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Informe de los representantes de CCOO sobre la negociación del futuro Convenio Colectivo del PDI laboral

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Informe de los representantes de CCOO sobre la negociación del futuro

Convenio Colectivo del PDI laboral

(06/05/2008)

Tras más de un año de negociación del nuevo Convenio Colectivo del personal docente e investigador laboral, no se ha alcanzado acercamiento entre las propuestas sobre retribuciones planteadas por los representantes del PDI y de la Universidad. La parte social considera que la última propuesta presentada por la Universidad es inaceptable porque implica bajar las retribuciones mensuales actuales a todo el PDI Laboral, y no cumple con la Ley General de Presupuestos. Además, es inferior a propuestas anteriores que el Rectorado había realizado.

Ante esta situación, la representación de la parte social en dicha comisión decidió situar fuera del ámbito de la negociación del nuevo convenio la actualización de las retribuciones derivadas de la aplicación de las leyes de presupuestos generales del Estado, y plantear este asunto en la comisión paritaria de seguimiento del Acuerdo Colectivo vigente. Esta decisión fue adoptada a causa de que el Rectorado ofrecía una propuesta de retribuciones inferior a la que legalmente el colectivo tiene derecho. Conviene hacer constar que el Rectorado aplicó mal el incremento establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado incluso para 2007 (BOE de 29/12/2006), por lo que hay deuda acumulada de los ejercicios 2003-2007. Aún cuando el Rectorado dice no haberlo advertido, los representantes de CCOO han puesto de manifiesto la ilegalidad cometida y éste se niega a enmendarla.

Durante la reunión del pasado 17 de abril de la comisión paritaria de seguimiento del Acuerdo Colectivo vigente, la representación de CCOO ha anunciado la interposición de un conflicto colectivo, lo que podría dar lugar, en su caso, a que las reclamaciones que se planteen se dirimiesen en los tribunales, ante la negativa del Rectorado de cumplir la Ley General de Presupuestos y ser conscientes de que cada día que pasa, se pierde el derecho a cobrar un día de atrasos.

El Rectorado de la Universidad, que ha mantenido hasta el último momento una falta de voluntad negociadora, así como desinterés en cumplir la Ley General de Presupuestos debe de tener la firme convicción de que su propuesta es más económica para la UNED que la situación que resulte de la resolución del conflicto colectivo en los términos anunciados.

La representación del PDI laboral ha informado recientemente a sus representados sobre la marcha del proceso de negociación. Sin embargo, consideramos que la información proporcionada no refleja suficientemente lo tratado en las reuniones de la comisión negociadora del nuevo Convenio Colectivo y, sobre todo, no explica al colectivo del PDI laboral que la propuesta que se rechaza, ni siquiera cumple la Ley General de Presupuestos, y que implica una bajada de las retribuciones

mensuales actuales, lo cual justifica la interposición de un conflicto colectivo.

En relación con la incorporación del complemento de puesto en las pagas extraordinarias de 2007 que fue exigida al Rectorado, el 21 de diciembre de 2007, verbalmente y el 11 de enero de 2008 por escrito, los representantes de la Universidad en la comisión negociadora, negaron repetidamente que el PDI Laboral tuviera derecho alguno, pero pidió más tiempo para estudiarlo. Cuando a finales de febrero los representantes de CCOO, asesorados legalmente, comunicaron al Rectorado que de no interponer conflicto colectivo que parara el plazo de reclamación, cada día que pasara, el PDI laboral perdía el derecho a un día de atrasos, los representantes de la Universidad manifestaron que, se comprometían firmemente a completar el pago de los atrasos a todo el año 2007, si no se llegaba a un acuerdo, en las cantidades que establecieran los Tribunales de Justicia.

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El contexto cambió recientemente desde el momento en que en la reunión de la comisión negociadora del 11 de marzo de 2008, cuando se estaba a punto de llegar a un acuerdo, la representación del Rectorado rebajó su propuesta del 4 de marzo de 2008, hasta un límite en el que nos rebajan las retribuciones mensuales que

cobramos en la actualidad, y no alcanza el mínimo que establece la Ley General de

Presupuestos. La parte social hizo notar al Rectorado que no se podía firmar un

Convenio Colectivo que bajara las retribuciones del PDI Laboral. Cuando el

Rectorado confirmó que era su última propuesta obligó a los representantes de CCOO a reclamar su derecho fuera del ámbito de la negociación del futuro Convenio. (Además, se hace constar que la propuesta del Rectorado ni siquiera cumple la Ley General de Presupuestos, pero además, existe desacuerdo en casi todos los puntos, como se indica más adelante). Para colmo, en la última reunión del pasado 17 de abril de la comisión paritaria de seguimiento del Acuerdo Colectivo vigente, se amenazó por la representación del Rectorado con que, desde el momento en que se interponga el conflicto colectivo anunciado, no mantendrán su palabra sobre el pago de atrasos del 2007. A pesar de ello, la representación de la parte social, como prueba de buena

voluntad, manifestó que no habría problema en seguir con la negociación del nuevo Convenio Colectivo y que siempre se podría retirar el conflicto colectivo en caso de acuerdo.

Independientemente de que la forma en la que la representación del Rectorado ha transmitido la información sobre el desarrollo de las negociaciones supone un claro chantaje al colectivo del PDI Laboral, la parte social mantiene su disposición al

diálogo y la firme voluntad de alcanzar un acuerdo en el más breve plazo posible, pero no puede dejar pasar ni un día más sin garantizar que no prescriban los derechos económicos del colectivo. En todo caso, ante las

circunstancias descritas, el Rectorado ha informado al colectivo del PDI laboral de la última propuesta de la Universidad que fue planteada en la comisión negociadora del convenio colectivo. Dicha propuesta, que se analiza a continuación, fue presentada por el Rectorado en el entendimiento de que con ella se alcanzaba el acuerdo, a pesar

de suponer un rebaja de las retribuciones mensuales actuales del PDI Laboral, ser un paso atrás respecto a propuestas anteriores y no cumplir la Ley General de Presupuestos, siendo esto algo inadmisible para la parte social.

Se quiere hacer constar expresamente que el Rectorado mantiene su propuesta de bajar las retribuciones mensuales en todos sus términos, pero sólo en el caso en el que dejemos pasar el tiempo y perdamos el derecho a cobrar los atrasos. Porque de lo contrario, a partir del momento en que se presentase, en su caso, el anunciado conflicto colectivo para garantizar las retribuciones a las que se tiene derecho según la Ley de Presupuestos, el Rectorado amenaza con considerar decaídas todas y cada una de sus propuestas e iniciar de nuevo las negociaciones, una vez que se conociesen los términos en los que se resolviese dicho conflicto.

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Análisis de la propuesta del Rectorado: las razones del rechazo de una propuesta inaceptable

Tabla salarial 2008

En la propuesta del Rectorado sólo aparecen las cantidades anuales por categoría, pero la propuesta completa es la siguiente:

CATEGORÍA SUELDO COMPLEMETO

DE PUESTO COMPLEMENTO DE FUNCIÓN MENSUAL TOTAL ANUAL TOTAL P. AYUDANTE 908,07 540,80 1.448,87 20.284,18 P. AYUDANTE DOCTOR 1.135,10 752,82 1.887,92 26.430,88 P. COLABORADOR 993,68 752,82 58,66 1.805,16 25.233,13 P. COLABORADOR DOCTOR 1.029,40 752,82 58,66 1.840,88 25.733,21 P. CONTRATADO DOCTOR NIVEL 1 1.135,10 690,06 111,58 1.936,74 27.039,97 P. CONTRATADO DOCTOR NIVEL 2 1.135,10 752,82 539,71 2.427,63 33.499,02 P. ASOCIADO 517,64 158,54 676,18 9.466,52

Las pagas extraordinarias incluyen sueldo, trienios, complemento de puesto y 2/3 del complemento de función (según lo previsto en la LPGE). En 2009 se completaría la inclusión del 100% del complemento de función en las pagas extraordinarias.

Lo que se le olvida al Rectorado explicar, seguramente sin darse cuenta, es decir, de forma inadvertida, es que en la actualidad estamos cobrando mensualmente lo siguiente (como podéis comprobar en vuestra propia nómina):

CATEGORÍA SUELDO COMPLEMETO DE PUESTO COMPLEMENTO DE FUNCIÓN TOTAL MENSUAL AYUDANTE 916,97 546,19 1.463,16 AYUDANTE DOCTOR 1.146,23 760,21 1.906,43 P. COLABORADOR 1.003,43 760,21 59,23 1.822,87 P. CONTRATADO DOCTOR NIVEL 1 1.146,23 696,82 112,67 1.955,72 P. CONTRATADO DOCTOR NIVEL 2 1.146,23 760,21 545,01 2.451,44 P. ASOCIADO 522,72 160,09 682,81

En definitiva, después de incumplir la LPGE entre 2003 y 2007 (y también el acuerdo Administración-Sindicatos y Acuerdo Colectivo vigente), lo que el Rectorado realmente está planteando es reducirnos el sueldo, el complemento de puesto y el de función mensualmente en todas las categorías. El incremento anual se debe a la obligación legal de pagar el 100% del complemento de puesto y 2/3 del de función en las pagas extra (en cumplimiento de la LPGE, el acuerdo Administración-Sindicatos y el Acuerdo Colectivo). Además siguen sin reconocer la deuda de 2007 (100% del C. de puesto y 1/3 del de destino tal y como marca la Ley).

Complementos por méritos docentes y de investigación

La propuesta del Rectorado es el reconocimiento de los complementos por méritos docentes y de investigación (quinquenios y sexenios) al profesorado contratado, por un importe, por mes y periodo reconocido, de 86,45 € para el profesor colaborador y de 104,40 € para el profesor contratado doctor.

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El pago del importe total de estos complementos se alcanzaría progresivamente en un periodo de 4 años: 30% en 2008, 55% en 2009, 80% en 2010 y 100% en 2011. La razón que el Rectorado esgrime para que estos importes sean inferiores a los que perciben los profesores contratados de la Comunidad de Madrid y los cuerpos docentes de todo el territorio nacional y la razón para el pago diferido en cuatro años, es que aunque el Rectorado ha solicitado al Ministerio fondos para afrontar el pago de quinquenios y sexenios a los contratados, éste siempre se los ha negado.

Pero los representantes de CCOO han descubierto que la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2006 (BOE nº. 312, pág. 43004) dice en nota a pie del cuadro del Anexo VI:

“Incluye la dotación solicitada para el personal funcionario y contratado de 353,00 miles de euros en concepto de devengo de sexenios y quinquenios en 2006.”

De nuevo, el Rectorado incumple la LPGE de 2006 puesto que esa dotación no se ha destinado a quinquenios y sexenios del PDI Laboral. Como los nuevos quinquenios y sexenios del personal funcionario aumentan el presupuesto de forma automática, ni requieren ser solicitados expresamente ni dotados excepcionalmente. Por lo tanto, el Ministerio ya desde 2006 dotó con 353,00 miles de euros a la UNED para pagar quinquenios y sexenios al personal contratado. Esa cantidad se consolida y se aumenta anualmente, por lo que el Rectorado dispone de aproximadamente 386 mil euros en 2008, para el pago de quinquenios y sexenios al PDI Laboral, y pretende hacerlo en menor cuantía y a plazos hasta 2011, cuando pudo haberlo hecho desde 2006.

A continuación se muestra una comparativa entre lo que están cobrando los compañeros de la Comunidad de Madrid y lo que propone el Rectorado de nuestra Universidad, las escandalosas diferencias se comentan por sí solas:

Quinquenios P. Colaborador Quinquenios P. Contratado Doctor Año UNED Comunidad de Madrid Diferencia % Año UNED Comunidad de Madrid Diferencia %

2008 25,94 104,40 -303% 2008 31,32 123,81 -295% 2009 48,50 106,49 -120% 2009 58,57 126,29 -116%

2010 71,95 108,62 -51% 2010 86,89 128,81 -48%

2011 91,74 110,79 -21% 2011 110,79 131,39 -19%

Supuesto incrementos del 2% anual.

Trienios

La parte social propuso un incremento del complemento de antigüedad desde los actuales 39,50 € hasta 43,63 € (4,13€, de incremento), importe correspondiente al grupo A1 de funcionarios para 2008. Esto acabaría con el trato desigual a nuestro colectivo que cobra trienios inferiores al resto de funcionarios y PAS laboral de nuestra Universidad. Esta propuesta fue aceptada por el Rectorado después de una durísima negociación.

El Rectorado en su propuesta sólo reconoce el complemento de antigüedad para profesores indefinidos y profesores ayudantes doctores, con el mismo importe de 43,63 €, pero, ante el hecho de que según Real Decreto Legislativo 1/1995 de 24 de marzo por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, modificado por el Real Decreto Ley 5/2001 de dos de marzo y por la Ley 43/2006 de 29 de diciembre en su artículo 15.6, establece este derecho para todos los trabajadores temporales, la parte social quiere reclamar este derecho para el resto del

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PAS Laboral temporal de la UNED en 2007. Si de nuevo el Rectorado no quiere cumplir la legalidad vigente se exigirá este derecho ante los tribunales interponiendo conflicto colectivo.

Transformación de contratos de profesor contratado doctor de nivel 1 a nivel 2

La petición de la parte social es la desaparición de la categoría de contratado doctor nivel 1. El Rectorado había hecho una propuesta de reducir de los actuales 4 años a 3 años de permanencia en una categoría que requiera estar en posesión del grado de doctor, que se exige para acceder a la categoría de profesor contratado doctor nivel 2, y reducir la diferencia entre las retribuciones de los dos tipos de contratado doctor en 1.800 € anuales. Pero el Rectorado se ha vuelto atrás en la parte económica, como se puede ver en la propuesta Rectoral, en la que la diferencia anual entre dos niveles de la misma categoría es de 6.459,12€ al año, mayor que la diferencia entre profesor titular de universidad y profesor titular de escuela universitaria, que son dos categorías distintas.

Inclusión del nuevo complemento por méritos docentes en pagas extraordinarias

La parte social siempre ha puesto de manifiesto que el complemento por méritos docentes se debe incorporar a las pagas extraordinarias, según la Ley General de Presupuestos y el Art. 25.2 del Acuerdo Colectivo Vigente.

Inclusión del complemento por desempeño de cargo académico en pagas extraordinarias

La parte social siempre ha puesto de manifiesto que el complemento por desempeño de cargo académico se debe incorporar a las pagas extraordinarias según la Ley General de Presupuestos y el Art. 25.2 del Acuerdo Colectivo Vigente.

Transformación de profesores colaboradores

La propuesta del Rectorado sobre la transformación directa prevista en la Disposición adicional tercera de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se reformó la LOU, que establece un plazo máximo de 6 meses a partir de la fecha de solicitud de transformación es aceptada por la parte social. Si bien hay que decir, que en otro contexto se podría exigir legalmente la transformación de estos contratos en un plazo menor, ya que en la citada Ley no hay un plazo expreso, en otras Universidades el paso se hace en un mes desde el momento que lo solicita el interesado.

Promoción de profesores contratados doctores

La propuesta del Rectorado sobre la convocatoria de plazas de promoción a profesor titular de universidad de los profesores contratados doctores acreditados que se realizará en un plazo máximo de 6 de meses a partir de la fecha de la correspondiente solicitud es aceptada por la parte social, y confía en que sea mantenida por el Rectorado en cualesquiera de sus propuestas, dado que para la UNED es más económico contratar a un profesor titular de universidad que a un profesor contratado doctor, debido a que la cotización a MUFACE es inferior a la cotización a la Seguridad Social, como el Rectorado nos ha recordado en varias ocasiones. Suponemos que el Rectorado no va a retirar una propuesta eficiente para el conjunto de la Universidad, sólo para evitar que un colectivo de sus profesores exija legalmente sus derechos. Los representantes del PDI Laboral de CCOO en la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo:

Basilio Sanz Carnero (Presidente del Comité de Empresa) Mar Serrano Maestro (Vicepresidente del Comité de Empresa) Isabel Plaza Hidalgo (Vocal del Comité de Empresa)

Referencias

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