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INFORME TÉCNICO INDICE

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INFORME TÉCNICO

Expte.: 2019/PA/011

Unidad: Concejalía de Medio Ambiente. Dpto. de Parques y Jardines.

Asunto: Evaluación de los criterios NO VALORABLES MEDIANTE FÓRMULAS en el procedimiento abierto para la contratación del SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE ZONAS VERDES MUNICIPALES.

INDICE

1.- OBJETO. ... 2

2.- OFERTAS PRESENTADAS. ... 2

3.- CRITERIOS DE VALORACIÓN. ... 2

4.- ESTUDIO DE LAS OFERTAS PRESENTADAS AL LOTE 1. ... 3

4.1.- COMPROBACIÓN DE CONFORMIDAD E INTEGRIDAD FORMALES. ... 3

4.2.- EVALUACIÓN TÉCNICA PRELIMINAR. ... 5

4.3.- EVALUACIÓN DEL CRITERIO B.1. ... 12

4.4.- EVALUACIÓN DEL CRITERIO B.2. ... 18

4.5.- EVALUACIÓN DEL CRITERIO B.3. ... 39

4.6.- EVALUACIÓN DEL CRITERIO B.4. ... 51

5.- ESTUDIO DE LAS OFERTAS PRESENTADAS AL LOTE 2. ... 62

5.1.- COMPROBACIÓN DE CONFORMIDAD E INTEGRIDAD FORMALES. ... 62

5.2.- EVALUACIÓN TÉCNICA PRELIMINAR. ... 65

5.3.- EVALUACIÓN DEL CRITERIO B.1. ... 72

5.4.- EVALUACIÓN DEL CRITERIO B.2. ... 79

5.5.- EVALUACIÓN DEL CRITERIO B.3. ... 101

5.6.- EVALUACIÓN DEL CRITERIO B.4. ... 112

6.- CONCLUSIONES. ... 123

6.1.- PUNTUACIONES LOTE 1... 123

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1.- OBJETO.

El presente informe tienen como objeto evaluar los criterios NO VALORABLES MEDIANTE FÓRMULAS en las ofertas técnicas que han presentado los licitadores en el procedimiento abierto de contratación del SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE ZONAS VERDES MUNICIPALES, con nº de expediente de contratación 2019/PA/011.

2.- OFERTAS PRESENTADAS.

El número de empresas que han presentado ofertas a esta licitación, de acuerdo con el acta de la mesa de contratación del 9 de octubre de 2019, ha ascendido a trece (13).

Estos licitadores son los siguientes:

Nº 1 GRUPORAGA, S.A. LOTE 1 y LOTE 2

Nº 2 FCC MEDIO AMBIENTE, S.A. LOTE 2

Nº 3 IMESAPI, S.A. LOTE 1 y LOTE 2

Nº 4 URBASER, S.A. LOTE 1 y LOTE 2

Nº 5 EULEN, S.A. LOTE 1 y LOTE 2

Nº 6 U.T.E. CONSTRUCTORA SAN JOSE, S.A. –EL EJIDILLO VIVEROS INTEGRALES, S.L.

LOTE 1 y LOTE 2

Nº 7 LICUAS, S.A. LOTE 1

Nº 8 INGENIERIA Y DISEÑOS TECNICOS, S.A.U. LOTE 1 y LOTE 2

Nº 9 SERVICIOS AUXILIARES DE MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA SAMYL, S.L. LOTE 2

Nº 10 ACCIONA MEDIO AMBIENTE, S.A.U. LOTE 1

Nº 11 FERROVIAL SERVICIOS, S.A. LOTE 2

Nº 12 OHL SERVICIOS INGESAN, S.A. LOTE 1 y LOTE 2

Nº 13 VALORIZA SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES, S.A. LOTE 1 y LOTE 2 Habida cuenta de que el servicio se licita en dos lotes, correspondientes a la Zona 1 y Zona 2 de mantenimiento, y teniendo los licitadores la posibilidad de ofertar a todas las zonas o a una de ellas, el estudio de las ofertas presentadas se ha realizado como a continuación se indica:

1.- Diferenciación de las ofertas por lote (Lote 1 y Lote 2)

2.- Comprobación de la conformidad e integridad formales de las ofertas técnicas.

3.- Evaluación técnica de las ofertas formalmente válidas, con asignación de valoraciones o, en su caso, desestimación de las que presenten incumplimientos o deficiencias técnicas que hagan inviable su ejecución.

3.- CRITERIOS DE VALORACIÓN.

Para la adjudicación del contrato se tendrán en cuenta los criterios establecidos en el apartado 15 («Criterios de adjudicación») del Anexo 1 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (en adelante PCAP) que rige la contratación, con su correspondiente ponderación.

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4.- ESTUDIO DE LAS OFERTAS PRESENTADAS AL LOTE 1.

4.1.- COMPROBACIÓN DE CONFORMIDAD E INTEGRIDAD FORMALES.

Tras la apertura de las ofertas presentadas para el Lote 1, se procede primeramente a comprobar su conformidad e integridad formales, en relación con las normas de formato y presentación, presencia de todas las partes, elementos y documentos que deben componer la oferta, y contenidos mínimos exigidos. Los licitadores deben presentar la documentación requerida en el apartado 34 del Anexo 1 del PCAP, compuesta por:

- Anexos del Pliego de Prescripciones Técnicas cumplimentados, en formato excel. Las tablas a cumplimentar son concretamente las siguientes:

PPT Anexo 1: Tabla II y Tabla III.

PPT Anexo 3: Tabla II, Tabla III, Tabla IV y Tabla V. PPT Anexo 4: Tabla II, Tabla III y Tabla IV.

PPT Anexo 6: Tabla I, serie de Tablas II, Tabla III, serie de Tablas IV y Tabla V. - Memoria técnica, con los siguientes contenidos:

1. Organigrama del servicio, con la organización prevista para la realización de los trabajos, con justificación de su idoneidad. Para ello, dentro del organigrama se identificarán los diferentes grupos de trabajo, que a su vez estarán vinculados con zonas de actuación agrupadas por sectores.

2. Descripción detallada cuantitativa y cualitativa del personal que ha previsto el concursante para la realización del servicio, correspondiente al personal que el licitador haya detallado en los anexos 3 y 6.

En el texto de la memoria técnica deberán detallarse las previsiones de suplencia de vacaciones y absentismo y formación del personal, así como adjuntarse el Currículo de cualquier nuevo técnico o especialista que no proceda de subrogación del actual contratista.

No se valorarán las ofertas que no expongan la distribución y organización del personal completa y detallada para todas y cada una de las áreas.

3. Descripción detallada de los Programas de Gestión, correspondientes a la información que el licitador haya cumplimentado en al Anexo 6 (fichas que han de aplicarse a cada área verde referenciada en el Anejo I del PPTP).

4. Relación de los vehículos y maquinaria destinados al servicio con expresión de las características de cada tipo y su potencia (en CV. reales), grado de exclusividad, vida útil, etc., con especial atención a la organización de los mismos y agrupados por parques y labores según se recoge en el Anejo 4, y en el Anejo 6.

5. Descripción y número de la totalidad de herramientas y útiles de trabajo ofrecidos, agrupados por tareas y oficios, con indicación de su vida útil.

6. Estudio detallado de la ubicación y distribución de los locales e instalaciones que utilizará como bases de operaciones del servicio.

7. Instalaciones dedicadas a viveros de plantas ornamentales, depósitos o invernaderos propios, alquilados o en colaboración, con acreditación de su disponibilidad para abastecer al servicio. 8. Medios propios o ajenos que la empresa ponga al servicio del Ayuntamiento para realizar los

trabajos no habituales pero necesarios, con la certificación acreditativa correspondiente de su disponibilidad (Laboratorios de análisis, control de calidad, Servicios Técnicos específicos, especialistas, etc.)

9. Organización de las comunicaciones y transmisión y recepción de información. Sistemas de comunicación.

10. Organización de mecanización e informatización del proceso de seguimiento, control y registro de los trabajos.

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Debe presentarse una copia de la oferta técnica en papel y otra en formato digital.

Detectados defectos formales en algunas de las ofertas, la Mesa de Contratación acordó, en fechas 3 y 20 de diciembre de 2019, solicitar aclaraciones/subsanaciones sobre estos defectos, cuyo contenido se detalla en las notas de la tabla inferior.

A continuación se presenta tabla con los resultados de la comprobación de la conformidad e integridad formales de las diez ofertas al al Lote 1:

TABLAS PPT MEMORIA TÉCNICA

Tab las P P T A n e x o 1 Tab las P P T A n e x o 3 Tab las P P T A n e x o 4 Tab las P P T A n e x o 6 C o n s e rv a c ión e s tr u c tu ra C o p ia e n p a p e l C o p ia e n d igit a l For mat o e x c e l Or g a n igr a ma P e rs o n a l P ro g ra mas d e g e s tión V e h íc u lo y maq u ina ria H e rr a mi e n ta y ú ti les L o c a les e in s ta la c ion e s V iv e ro s , d e p ó s it o s C o mpr o m. g e s t. r e s idu o s S is t. c o mun ic a c ion e s In fo rmat iz . p ro c e s o s C o n tr o l int e rn o c a lid a d L ími te 1 1 0 p á g ina s C u mplim ien to f o rmat o s C o p ia e n p a p e l C o p ia e n d igit a l 1 GRUPORAGA Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí

2 FCC –NO PRESENTA OFERTA AL LOTE 1–

3 IMESAPI Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí 4 URBASER Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí 5 EULEN Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí 6 UTE C.S.JOSE - EL EJIDILLO Sí Sí Sí Sí (1) Sí Sí (2) Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí No (4) Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí 7 LICUAS Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí No (5) Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí 8 INDITEC Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí No (6) Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí

9 SAMYL –NO PRESENTA OFERTA AL LOTE 1–

10 ACCIONA Sí Sí Sí Sí Sí

(3) Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí

11 FERROVIAL –NO PRESENTA OFERTA AL LOTE 1–

12 OHL-INGESAN Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí

13 VALORIZA Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí

Nota (1): La oferta del licitador U.T.E. CONSTRUCTORA SAN JOSE, S.A. –EL EJIDILLO VIVEROS INTEGRALES, S.L. para el Lote 1 presentaba defectos en la titulación de varias tablas del Anexo 6:

- La Tabla III aparece con título de tabla II, no obstante la información se identifica correctamente a partir del contenido de la tabla y del nombre asignado a la pestaña de hoja de cálculo;

- La serie de tablas IV aparecen con títulos de tabla II, no obstante la información se identifica correctamente a partir de los códigos de espacio de mantenimiento indicados tanto en el campo de la celda 4U como los nombres asignados a las pestaña de hoja de cálculo.

Requerida por la Mesa de Contratación aclaración, el licitador confirmó la correcta atribución de las tablas mediante escrito de aclaraciones.

Nota (2): La oferta del licitador U.T.E. CONSTRUCTORA SAN JOSE, S.A. –EL EJIDILLO VIVEROS INTEGRALES, S.L. para el Lote 1 presentaba defectos en la presentación de una tabla del Anexo 6:

- Falta en papel la Tabla II del Anexo 6 correspondiente a la zona AR3-03, pero puede conocerse su contenido en la versión en digital, donde sí consta correctamente.

Requerida por la Mesa de Contratación subsanación, el licitador aportó en papel la tabla, junto a escrito de aclaraciones.

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Nota (3): La oferta del licitador ACCIONA MEDIO AMBIENTE, S.A.U., S.L. para el Lote 1 presentaba defectos no invalidantes en la presentación de una tabla del Anexo 6:

- Se ha omitiendo la presentación de datos desagregados para cada espacio de mantenimiento en las tablas II y III del Anexo 1.

Requerida por la Mesa de Contratación subsanación, el licitador aporta en papel dichas tablas, junto a escrito de aclaraciones.

Nota (4): La oferta del licitador U.T.E. CONSTRUCTORA SAN JOSE, S.A. –EL EJIDILLO VIVEROS INTEGRALES, S.L. para el Lote 1 presenta la siguiente deficiencia:

- No presenta carta de compromiso de gestor de residuos vegetales. Hay una referencia a esta cuestión en la página 41 de la Memoria (dentro del programa «PROGRAMA DE MANTENIMIENTO DEL ARBOLADO, ARBUSTOS Y HERBÁCEAS»), donde indica que «Los residuos de poda no permanecerán en la vía pública sin ser retirados más de 24 horas. Estos serán retirados a vertedero. Nuestra empresa mantiene un compromiso con la empresa ABONOS ALONSO, para la recepción de esta materia», si bien no se aporta acreditación documental de dicho compromiso.

Nota (5): La oferta del licitador LICUAS, S.A. para el Lote 1 presenta la siguiente deficiencia:

- No presenta carta de compromiso de gestor de residuos vegetales. Hay una referencia a esta cuestión en la página 84 de la Memoria (dentro del epígrafe «11.5.8.6 Medidas de separación de residuos»), donde el licitador indica que los restos de poda que no se destinen a astillado para acolchado «se llevará a planta de compostaje ubicada en la propia ciudad». Y en la página 86 de la Memoria (dentro del epígrafe «11.5.8.9 Gestores»), el licitador expone un listado con «los gestores autorizados en la ciudad de Madrid para la gestión de los residuos identificados a lo largo de este plan de gestión de residuos», entre los que cita cinco gestores de restos vegetales, si bien no se aporta acreditación documental de compromiso con ninguno de ellos.

Nota (6): La oferta del licitador INGENIERIA Y DISEÑOS TECNICOS, S.A.U. para el Lote 1 presenta la siguiente deficiencia:

- Presenta carta de compromiso con empresa autorizada para gestión de residuos vegetales, pero el compromiso no hace referencia a la gestión de residuos sino al suministro de materiales. En la página 43 de la Memoria (dentro del epígrafe «3.8.2.1 TIPOS DE PODA DE MANTENIMIENTO DEL ARBOLADO »), el licitador indica que «los residuos procedentes de los trabajos de poda de cualquier índole […] se trasladarán preferentemente a Planta de Compostaje, para lo que se contará con un Gestor Autorizado para este tipo de trabajos: ABONOS ALONSO». En la página 30 de la Memoria (dentro del epígrafe «3.5 ABONADOS Y ENMIENDAS»), el licitador indica que los restos de poda y siega no aprovechables «se trasladarán a planta de compostaje. Esta labor la realizará un Gestor Autorizado para estas labores con el que colabora habitualmente INDITEC: ABONOS ALONSO», y adjunta copia de la autorización de gestor de residuos de dicha empresa así como una carta de compromiso, si bien dicha carta se refiere al suministro de abonos y no al tratamiento de residuos.

Mediante el presente informe se pone en conocimiento de la Mesa que las ofertas de los licitadores Nº 6, Nº 7 y Nº 8 no presentan carta de compromiso de un gestor de residuos.

4.2.- EVALUACIÓN TÉCNICA PRELIMINAR.

Pasan a evaluarse técnicamente en el Lote 1 las diez ofertas presentadas, analizándose en primer lugar el cumplimiento de las prestaciones y exigencias establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas así como la viabilidad técnica general de cada oferta.

La viabilidad y el cumplimiento del PPT se va a analizar a través de los aspectos cuyo cumplimiento es una condición necesaria para la correcta ejecución del servicio, la admisión de las ofertas y su posterior puntuación.

Detectadas deficiencias técnicas en algunas de las ofertas, la Mesa de Contratación acordó, en fechas 3 y 20 de diciembre de 2019, solicitar aclaraciones sobre estos defectos, cuyo contenido se detalla a continuación:

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Nº 1 GRUPORAGA, S.A. DESCRIPCIÓN DE LA DEFICIENCIA :

No asigna medios para limpieza en turno de tarde de fines de semana y festivos durante 8 meses al año.

ACLARACIONES APORTADAS POR EL LICITADOR:

El licitador aclara que en su oferta propuso para los medios de limpieza en fin de semana un horario sólo de mañana durante las temporadas baja y media «claramente supeditado al criterio de los Servicios Técnicos Municipales y manifestando la posibilidad de adaptar el servicio a fin de dar cumplimiento a los requerimientos que estime el Ayuntamiento de Pozuelo».

De acuerdo con la posibilidad de reajustes de horario prevista en los pliegos, reafirma esta disposición a, «establecer para la temporada baja y media un servicio de limpieza de fines de semana y festivos en turno de mañana y tarde únicamente modificando el horario del personal asignado a tal función», «sin que se produzca una variación de los medios propuestos ni el personal ofertado».

EVALUACIÓN Y CONCLUSIÓN:

Resulta viable la prestación mediante redistribución de horarios, con independencia de la consiguiente disminución del grado de adecuación del dimensionamiento de medios resultante y la repercusión en la puntuación de los programas de gestión de Limpieza en fines de semana a que ello da lugar.

Nº 3 IMESAPI, S.A. DESCRIPCIÓN DE LA DEFICIENCIA :

Contempla las futuras condiciones de horas de trabajo (35 horas semanales) del Acuerdo Pozuelo únicamente a efectos de previsión de horarios de inicio y fin de jornada, pero no a la hora de prever la disponibilidad total de horas de trabajo por operario.

ACLARACIONES APORTADAS POR EL LICITADOR:

El licitador aclara que, con el fin de cumplir con cualquier posible escenario de jornada laboral previsto en el Acuerdo Pozuelo, «incrementó en su propuesta el personal mínimo establecido en el Pliego de Condiciones Técnicas con 5 operarios […] cubriendo así las carencias de horas anuales que pudieran surgir de forma inmediata ante una reducción de la jornada a 35 horas semanales». Así como que «estos 5 operarios cubren la reducción inmediata o progresiva de horas de trabajo hasta llegar a las 35 horas semanales».

Indica así mismo que «se realizó la programación en base a los seis primeros meses del nuevo contrato sobre la jornada de 1700 horas anuales, siguiendo el ejemplo y las instrucciones del Anexo 3 – Personal, publicado en el Pliego de Prescripciones Técnicas del Contrato, manteniendo lo establecido en Convenio Estatal de Jardinería, y en el Acuerdo Pozuelo».

EVALUACIÓN DE LAS ACLARACIONES:

El ejemplo que consta en las instrucciones para cumplimentar las tablas es, como claramente se indica, un mero ejemplo, ilustrado con un caso hipotético. Cada licitador debía computar cifras de horas anuales coherentes con su oferta, independientemente de que coincidieran o no con el supuesto que ilustraba el ejemplo de las instrucciones. En todo caso, los licitadores tuvieron ocasión de plantear durante el plazo de presentación de ofertas todas las dudas que se les planteasen, y así lo hicieron ante numerosas cuestiones que entendieron como dudosas, ambiguas o erróneas, y que fueron aclaradas por el órgano de contratación. Por ello, no resulta justificable que el licitador, ante un ejemplo que supuestamente consideraba incompatible con sus cálculos, optase por considerarse forzado a adulterar sus datos en vez de plantear la duda al órgano de contratación.

Respecto a los operarios adicionales que el licitador oferta contratar de inicio, en ningún punto de la oferta ni de la memoria técnica se justifica que la dotación de este personal responda a la necesidad de compensar la eventual disminución de jornada de trabajo que ocasionará la aplicación del Acuerdo Pozuelo, ni se expone ninguna información que apunte en este sentido ni permita sostener esta interpretación.

Antes bien, a partir de la estructura del sistema de correturnos para cubrir el servicio de limpieza en horario de tarde y de los datos de dedicación registrados por IMESAPI en la tabla III del anexo 6, resulta manifiesto que el personal adicional ofertado se destina a la cobertura del servicio de limpieza en horario de tarde y en fines de semana.

Por otra parte, en la memoria del Lote 1 el licitador indicó que «teniendo en cuenta las dedicaciones del personal operario y el convenio aplicable al contrato (Convenio Estatal de la Jardinería) y el convenio particular (Acuerdo Pozuelo), el personal operario fijo trabajará anualmente un total de 77.775,00 horas. Tal y como queda reflejado en las Tablas IV y V del anejo 3», de donde resulta claro que el dimensionamiento inicial de los medios se corresponde con el total de la plantilla, incluyendo el personal adicional de nueva contratación, a razón de 1.700 horas anuales (7,5 horas diarias) de trabajo por puesto. Y limitándose a añadir que el horario «se reajustará una vez entre en vigor el nuevo acuerdo de reducción de horas trabajadas expuesto en el denominado Acuerdo Pozuelo».

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manifiesta que «el personal podrá aumentar en número de equipos, o dotación de cada uno de ellos siempre que el cumplimiento de los programas de trabajo no sea el estimado, o cuando así lo requiera el Servicio Técnico de Parques y Jardines del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón».

Por tanto, analizadas las aclaraciones aportadas por el licitador, ha de concluirse que la oferta de IMESAPI, con los datos y en los término en que ha sido presentada, debe considerarse basada en un dimensionamiento de medios humanos con una jornada de 37,5 horas semanales, y su oferta no prevé ninguna dotación para compensar la reducción de jornada de trabajo que se producirá en virtud del Acuerdo Pozuelo. Es decir, el licitador no aclara el quid de la cuestión, que es: Cómo hará para mantener su capacidad de prestar el servicio en los términos y con las frecuencias que ha ofertado, cuando en algún momento durante el primer año de contrato todo el personal subrogado pase a trabajar un 6,7% menos de horas anuales. La empresa se compromete a dotar los medios adicionales que puedan requerirse para cumplir lo ofertado, pero ello comprometería el desarrollo y justificación de la oferta presentada además de la viabilidad económica de la oferta.

CONCLUSIÓN:

Conforme a lo registrado por el licitador en el Anexo 3 del PPT, su oferta no contempla, en lo que se refiere al dimensionamiento de horas de trabajo anuales del personal, la reducción de jornada el Acuerdo Pozuelo.

Desde un punto de vista económico, el licitador, en caso de resultar adjudicatario, estará obligado a ejecutar el servicio con las calidades y frecuencias comprometidas en su oferta durante todo el contrato. Compensar la reducción de horas del Acuerdo Pozuelo (6,7% de las horas anuales de trabajo) requeriría la contratación de personal operativo adicional, que se traduciría en un incremento sustancial de gastos. Por tanto esta deficiencia hace que la ejecución del servicio ofertado por el licitador no pueda llevarse a cabo con el balance económico de costes que este hubiera previsto.

Desde un punto vista de calidad de la propuesta técnica presentada por el licitador, esta deficiencia determina que, conforme a los datos registrados por el licitador en las tablas IV y V del anexo 3, los medios propuestos para ejecutar los servicios hayan de considerarse dimensionados para una jornada anual de 1.700 horas, y que por tanto se produzca una infradotación de medios a partir de la fecha en que comience la reducción de jornada del Acuerdo Pozuelo.

Nº 4 URBASER, S.A. DESCRIPCIÓN DE LA DEFICIENCIA :

Cita en la memoria la implantación de una jornada de 7 horas conforme al Acuerdo Pozuelo e indica igualmente una jornada de 7 horas en las fichas de los equipos, pero el dimensionamiento de medios humanos de la oferta, tal como queda reflejado en el Anexo 3, se ha realizado en base a una jornada de 7,5 horas.

ACLARACIONES APORTADAS POR EL LICITADOR:

El licitador presenta escrito de aclaraciones, donde indica que diversos puntos de su memoria técnica se comprometen al cumplimiento del Acuerdo Pozuelo y hacen referencia a horarios de trabajo de 7 horas diarias, al igual que hacen al indicar el horario de trabajo del personal de nueva contratación en las tablas II y III del Anexo 3 del PPT.

Indica que en las tablas IV y V del Anexo 3 computaron 1.700 horas anuales (7,5 horas diarias) de trabajo, pero ello se debió a la voluntad de URBASER de ajustarse a las directrices contenidas en las instrucciones que figuraban al pie de tabla, en las que se propone un caso de ejemplo con una jornada de 1.700 horas (7,5 horas diarias), y que estimó que lo más correcto era ceñirse a dicho ejemplo.

Alega que expresar los puestos de trabajo a razón de 1.700 horas anuales (7,5 horas diarias) no contradice el Acuerdo Pozuelo en su fase inicial hasta alcanzar los 6 meses tras la adjudicación.

EVALUACIÓN DE LAS ACLARACIONES:

Efectivamente, a lo largo del texto de la memoria técnica, así como en los listados donde se indica el personal adicional de nueva contratación (tablas II y III del Anexo 3), URBASER indica un horario de trabajo diario de 7 horas.

No obstante, en la tabla IV del Anexo 3, que es la única tabla del PPT donde deben registrase las horas totales de trabajo por puesto (y que, por lo demás, es el único punto de toda la oferta de URBASER donde se mencionan y dimensionan horas totales de trabajo), se indican sin excepción 1.700 horas anuales de trabajo por puesto.

El ejemplo que consta en las instrucciones para cumplimentar las tablas es, como claramente se indica, un mero ejemplo, ilustrado con un caso hipotético. Cada licitador debía computar cifras de horas anuales coherentes con su oferta, independientemente de que coincidieran o no con el supuesto que ilustraba el ejemplo de las instrucciones. En todo caso, los licitadores tuvieron ocasión de plantear durante el plazo de presentación de ofertas todas las dudas que se les planteasen, y así lo hicieron ante numerosas cuestiones que entendieron como dudosas, ambiguas o erróneas, y que fueron aclaradas por el órgano de contratación. Por ello, no resulta justificable que el licitador, ante un ejemplo que supuestamente consideraba incompatible con sus cálculos, optase por considerarse forzado a adulterar sus datos en vez de plantear la

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duda al órgano de contratación.

Por lo demás, y careciendo su memoria técnica de estudios ni cálculos de dimensionamiento basados de rendimientos y cargas de trabajo, URBASER no señala ni aporta datos que permitan «despejar toda duda acerca de su planteamiento», ya que, como se ha dicho, en el único punto de toda la oferta de URBASER donde se mencionan y dimensionan horas totales de trabajo (las tablas IV y V del Anexo 3), se indican 1.700 horas anuales de trabajo por puesto, y su oferta no prevé ninguna dotación para compensar la reducción de jornada de trabajo que se producirá en virtud del Acuerdo Pozuelo.

Es decir, el licitador no aclara el quid de la cuestión, que es: cómo hará para mantener su capacidad de prestar el servicio en los términos y con las frecuencias que ofertó, cuando en algún momento durante el primer año de contrato todo el personal subrogado pase a trabajar un 6,7% menos de horas anuales.

CONCLUSIÓN:

Conforme a lo registrado por el licitador en el Anexo 3 del PPT, su oferta no contempla, en lo que se refiere al dimensionamiento de horas de trabajo anuales del personal, la reducción de jornada el Acuerdo Pozuelo.

Desde un punto de vista económico, el licitador, en caso de resultar adjudicatario, estará obligado a ejecutar el servicio con las calidades y frecuencias comprometidas en su oferta durante todo el contrato. Compensar la reducción de horas del Acuerdo Pozuelo (6,7% de las horas anuales de trabajo) requeriría la contratación de personal operativo adicional, que se traduciría en un incremento sustancial de gastos. Por tanto esta deficiencia hace que la ejecución del servicio ofertado por el licitador no pueda llevarse a cabo con el balance económico de costes que este hubiera previsto.

Desde un punto vista de calidad de la propuesta técnica presentada por el licitador, esta deficiencia determina que, conforme a los datos registrados por el licitador en las tablas IV y V del anexo 3, los medios propuestos para ejecutar los servicios hayan de considerarse dimensionados para una jornada anual de 1.700 horas, y que por tanto se produzca una infradotación de medios a partir de la fecha en que comience la reducción de jornada del Acuerdo Pozuelo.

Nº 5 EULEN, S.A. DESCRIPCIÓN DE LA DEFICIENCIA :

No asigna medios para limpieza en turno de tarde.

ACLARACIONES APORTADAS POR EL LICITADOR:

El licitador presenta escrito de aclaraciones, donde manifiesta su compromiso de realizar las prestaciones «con todos los condicionantes expresados en los Pliegos de condiciones, entre ellos el horario en turno de mañana y tarde del servicio de limpieza». Alega, en relación con la limpieza diaria, que «el concepto “diario” está referido a la periodicidad de la limpieza a realizar, si bien esta periodicidad no indica horarios, que serán a convenir con el Servicio Técnico Municipal, dentro del contexto contemplado del Acuerdo Pozuelo en vigor».

Indica que, aunque «no se especifica textualmente» en la memoria, «las horas de dedicación a la limpieza diaria en turno de tarde también están recogidas en el dimensionamiento de los recursos humanos». Y que en todo caso, en el punto 2.1.3.2 de la memoria indica expresamente que los horarios «estarán sujetos a posibles cambios de Convenios Colectivos o a decisiones del Servicio Técnico Municipal de Medio Ambiente».

Por ello, manifiesta su disposición a, de acuerdo con la posibilidad de reajustes de horario prevista en los pliegos, realizar «la retirada diaria tanto en turno de mañana como de tarde, todos los días del año, de residuos urbanos, desperdicios, basuras, excrementos caninos, restos vegetales […] que por cualquier causa lleguen a las zonas que son objeto de este concurso». Para ello, indica que «la carga horaria calculada para la realización de las labores de limpieza se repartirá entre el turno de mañana y de tarde».

EVALUACIÓN Y CONCLUSIÓN:

Resulta viable la prestación mediante redistribución de horarios, con independencia de la consiguiente disminución del grado de adecuación del dimensionamiento de medios resultante y la repercusión en la puntuación de los programas de gestión de Limpieza en fines de semana a que ello da lugar.

Nº 6 U.T.E. CONSTR. SAN JOSE, S.A. –EL EJIDILLO VIVEROS INTEGRALES, S.L.

DESCRIPCIÓN DE LA DEFICIENCIA :

En relación con la prestación de limpieza en fines de semana y festivos, no prevé medios en horario de tarde, y en la mañana prevé jornadas de sólo 5 horas.

ACLARACIONES APORTADAS POR EL LICITADOR:

El licitador aclara que, aunque en el apartado de la memoria dedicado a la limpieza en fines de semana y festivo no hace referencia a horarios, los horarios genéricos ofertados para la limpieza de tardes deben entenderse referidos a todos los días de la semana, de lunes a domingo. Y que por tanto, la interpretación correcta es que prestará servicios de limpieza en turno de 5 horas en horario de tarde, tanto en días laborables como en fines de semana y festivos.

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EVALUACIÓN DE LAS ACLARACIONES:

La explicación aportada por UTE CONSTRUCTORA SAN JOSE - EL EJIDILLO resulta coherente con los horarios de 5 horas planteados, ya que efectivamente 5 horas durante los siete días de la semana suponen 35 horas semanales, que es lo que los operarios que específicamente prevé para horario de tarde trabajarán, conforme a las condiciones del Acuerdo Pozuelo. Por tanto se da por aclarada la cubertura de las tardes de fin de semana, con independencia de la adecuación del dimensionamiento de medios en base a turnos de sólo 5 horas, y la correspondiente puntuación de los programas de gestión de Limpieza a que ello da lugar.

CONCLUSIÓN:

Aclarada la prestación mediante turnos de 5 horas.

Nº 7 LICUAS, S.A. DESCRIPCIÓN DE LA DEFICIENCIA :

No contempla las futuras condiciones de horas de trabajo (35 horas semanales) del Acuerdo Pozuelo.

ACLARACIONES APORTADAS POR EL LICITADOR:

El licitador presenta escrito de aclaraciones, donde manifiesta que los datos que registró en las tablas de los anexos 1 y 6 se basan en una jornada de 7 horas diarias, aunque en las tablas IV y V del Anexo 3 registró 1.700 horas anuales (7,5 horas diarias) «al interpretar el texto que aparece en las instrucciones como una obligación de completar la tabla con las 1.700 horas establecidas como máximas en Convenio Colectivo Estatal de Jardinería».

Alega el licitador que «las instrucciones forman parte del pliego […] por lo que se entiende que al indicar “Se indicará […] las horas de trabajo anuales por categoría profesional (por ejemplo, dos puestos de oficial jardinero de 1700 horas anuales cada uno, computarían un total de 3400 horas/año)”. Es clara la interpretación de que las tablas deben dimensionarse al máximo de horas que permite el convenio colectivo de parques y jardines, como a la vista han realizado la mayor parte de los licitadores». EVALUACIÓN DE LAS ACLARACIONES:

El ejemplo que consta en las instrucciones para cumplimentar las tablas es, como claramente se indica, un mero ejemplo, ilustrado con un caso hipotético. El ejemplo que consta en las instrucciones para cumplimentar las tablas es, como claramente se indica, un mero ejemplo, ilustrado con un caso hipotético. Cada licitador debía computar cifras de horas anuales coherentes con su oferta, independientemente de que coincidieran o no con el supuesto que ilustraba el ejemplo de las instrucciones. En todo caso, los licitadores tuvieron ocasión de plantear durante el plazo de presentación de ofertas todas las dudas que se les planteasen, y así lo hicieron ante numerosas cuestiones que entendieron como dudosas, ambiguas o erróneas, y que fueron aclaradas por el órgano de contratación. Por ello, no resulta justificable que el licitador, ante un ejemplo que supuestamente consideraba incompatible con sus cálculos, optase por considerarse forzado a adulterar sus datos en vez de plantear la duda al órgano de contratación. LICUAS no expone en su memoria técnica estudios ni cálculos de dimensionamiento basados de rendimientos y cargas de trabajo que permitan sustentar su aclaración de que dimensionó los medios en base a una jornada de 7 horas diarias. Las únicas tablas donde deben registrarse horas totales de trabajo (las tablas IV y V del Anexo 3), se indican 1.700 horas anuales de trabajo por puesto. Y, por lo demás, los únicos puntos de su oferta donde se mencionan horas de trabajo son:

- el apartado 2.3 (página 10), donde se indica que «los periodos de vacaciones, se han tenido en cuenta dentro de la distribución de las 1700 horas máximas que según convenio se pueden realizar», y

- el apartado 2.3.2.3 (página 13) donde se hace referencia a la «aplicación de la jornada de trabajo de 40 horas a la semana. Dicha jornada incluye un descanso de 20 minutos diarios de bocadillo como tiempo efectivo de trabajo».

Estas referencias no contradicen los datos de 1.700 horas anuales que el licitador registro en las tablas IV y V del anexo 3, sino que en todo caso vendrían a respaldarlos. Por tanto, ese valor de 1.700 horas es el único que puede tomarse como dato de carga horaria integrante de la oferta presentada. Por lo demás, su oferta no prevé ninguna dotación para compensar la reducción de jornada de trabajo que se producirá en virtud del Acuerdo Pozuelo.

CONCLUSIÓN:

Conforme a lo registrado por el licitador en el Anexo 3 del PPT, su oferta no contempla, en lo que se refiere al dimensionamiento de horas de trabajo anuales del personal, la reducción de jornada el Acuerdo Pozuelo.

Desde un punto de vista económico, el licitador, en caso de resultar adjudicatario, estará obligado a ejecutar el servicio con las calidades y frecuencias comprometidas en su oferta durante todo el contrato. Compensar la reducción de horas del Acuerdo Pozuelo (6,7% de las horas anuales de trabajo) requeriría la contratación de personal operativo adicional, que se traduciría en un incremento sustancial de gastos. Por tanto esta deficiencia hace que la ejecución del servicio ofertado por el licitador no pueda llevarse a cabo con el balance económico de costes que este hubiera previsto.

(10)

Desde un punto vista de calidad de la propuesta técnica presentada por el licitador, esta deficiencia determina que, conforme a los datos registrados por el licitador en las tablas IV y V del anexo 3, los medios propuestos para ejecutar los servicios hayan de considerarse dimensionados para una jornada anual de 1.700 horas, y que por tanto se produzca una infradotación de medios a partir de la fecha en que comience la reducción de jornada del Acuerdo Pozuelo.

Nº 8 INGENIERIA Y DISEÑOS TECNICOS, S.A.U.

DESCRIPCIÓN DE LA DEFICIENCIA :

No contempla las futuras condiciones de horas de trabajo (35 horas semanales) del Acuerdo Pozuelo.

ACLARACIONES APORTADAS POR EL LICITADOR:

El licitador presenta escrito de aclaraciones, donde realiza una exposición comparativa de los calendarios y cargas horarias anuales en un escenario de 1.700 horas anuales (7,5 horas diarias) y 1.575 horas anuales (7 horas diarias). Indica que, teniendo en cuenta que se sustituyen las vacaciones y ausencias, en el primer escenario las horas efectivas de prestación de servicio por puesto no serían 1.700 sino 1.866 horas anuales; y en el segundo escenario no serían 1.575 sino 1.729.

INDITEC manifiesta su conclusión de que «como se desprende del cálculo realizado, ya sea en términos de equivalencia-anual, o en dedicación horaria por puesto de trabajo, la Oferta es compatible con un escenario de calendario Laboral con 35 horas semanales», y que «el valor deducido en la aplicación del Acuerdo Pozuelo [...] y que asciende a 1.729 horas anuales por puesto de trabajo, cubre holgadamente el criterio establecido en el Pliego», en referencia a las instrucciones de las tablas del PPT donde se menciona un ejemplo de suma de dos puestos de 1.700 horas.

EVALUACIÓN DE LAS ACLARACIONES:

La argumentación presentada por INDITEC no aclara el quid de la cuestión, que es: cómo hará para mantener su capacidad de prestar el servicio en los términos y con las frecuencias que ofertó, cuando el personal operativo pase a trabajar un 6,7% menos de horas anuales. Es decir, no se trata de que el licitador justifique que cuando se reduzca la jornada de los operarios podrá seguir cumpliendo los mínimos exigidos en los pliegos, sino de que justifique que podrá seguir cumpliendo lo que ha ofertado.

No obstante, la memoria técnica de la oferta de INDITEC, a diferencia de las de otros licitadores, sí expone los cálculos de dimensionamiento de medios humanos a partir de rendimientos y cargas de trabajo, y ello permite comprobar que ha efectuado dichos cálculos utilizando un volumen de 1.700 horas de servicio efectivo por puesto, cuando, como bien expone en el escrito de aclaraciones, las horas anuales efectivas de servicio ascienden a 1.866 sin reducción de jornada por Acuerdo Pozuelo y a 1.729 con reducción de jornada por Acuerdo Pozuelo. Ello permite constatar que el licitador INDITEC ha cometido un error de sobredimensionamiento de medios, dotando a su oferta de más personal del que en realidad correspondería conforme a sus datos de rendimientos. Y este error a favor del Ayuntamiento permite absorber y compensar la reducción de horas de trabajo que se producirá en virtud del Acuerdo Pozuelo.

CONCLUSIÓN:

Los cálculos de dimensionamiento de medios humanos a partir de rendimientos y cargas de trabajo expuestos en su memoria permiten constatar que la propuesta del licitador puede absorber y compensar la reducción de horas de trabajo que se producirá en virtud del Acuerdo Pozuelo, por lo que podría seguir prestando el servicio en los términos y con las frecuencias ofertadas.

Nº 10 ACCIONA MEDIO AMBIENTE, S.A.U.

DESCRIPCIÓN DE LA DEFICIENCIA :

No contempla las futuras condiciones de horas de trabajo (35 horas semanales) del Acuerdo Pozuelo.

ACLARACIONES APORTADAS POR EL LICITADOR:

El licitador presenta escrito de aclaraciones donde manifiesta que en su oferta procedió a desarrollar el dimensionamiento del servicio con las condiciones específicas del Acuerdo Pozuelo, teniendo en cuenta las condiciones de 35 horas de trabajo semanales, con una jornada laboral de 7 horas diarias.

EVALUACIÓN DE LAS ACLARACIONES:

Alega que desarrolló el dimensionamiento del servicio teniendo en cuenta las condiciones de 35 horas de trabajo semanales, pero expuso en su memoria técnica un cuadro de dimensionamiento en base a rendimientos, que incluye las prestaciones para las que ha ofertado un aumento de frecuencia, y de dicho cuadro se deduce un cálculo de dimensionamiento a razón de 1.700 horas anuales por puesto. Los datos que ACCIONA ha cumplimentado en la tabla IV del Anexo 3 tampoco permiten respaldar su afirmación de que previó una jornada de 35 horas semanales, ya que resultan incoherentes (por ejemplo, en turno de mañana de días laborables se exponen datos de horas anuales de auxiliares jardineros de las que se desprendería un promedio de 2.007 horas anuales por puesto).

Por tanto, no existen en la oferta de ACCIONA datos que sustenten su alegación de que desarrolló el dimensionamiento del servicio teniendo en cuenta las condiciones de 35 horas de trabajo semanales, antes al contrario, los datos que expuso indican jornadas

(11)

anuales mayores. Su oferta no prevé, por lo demás, cómo compensar la reducción de horas de trabajo en el momento en que entre en vigor la reducción de jornada del Acuerdo Pozuelo, ya que el personal adicional que oferta lo destina expresamente a la cobertura de las mejoras por aumento de frecuencia.

CONCLUSIÓN:

Conforme a lo registrado por el licitador en el Anexo 3 del PPT, su oferta no contempla, en lo que se refiere al dimensionamiento de horas de trabajo anuales del personal, la reducción de jornada el Acuerdo Pozuelo.

Desde un punto de vista económico, el licitador, en caso de resultar adjudicatario, estará obligado a ejecutar el servicio con las calidades y frecuencias comprometidas en su oferta durante todo el contrato. Compensar la reducción de horas del Acuerdo Pozuelo (6,7% de las horas anuales de trabajo) requeriría la contratación de personal operativo adicional, que se traduciría en un incremento sustancial de gastos. Por tanto esta deficiencia hace que la ejecución del servicio ofertado por el licitador no pueda llevarse a cabo con el balance económico de costes que este hubiera previsto.

Desde un punto vista de calidad de la propuesta técnica presentada por el licitador, esta deficiencia determina que, conforme a los datos registrados por el licitador en las tablas IV y V del anexo 3, los medios propuestos para ejecutar los servicios hayan de considerarse dimensionados para una jornada anual de 1.700 horas, y que por tanto se produzca una infradotación de medios a partir de la fecha en que comience la reducción de jornada del Acuerdo Pozuelo.

Nº 13 VALORIZA SERVICIOS

MEDIOAMBIENTALES, S.A.

DESCRIPCIÓN DE LA DEFICIENCIA :

No contempla las futuras condiciones de horas de trabajo (35 horas semanales) del Acuerdo Pozuelo.

ACLARACIONES APORTADAS POR EL LICITADOR:

El licitador presenta escrito de aclaraciones, donde indica que el horario propuesto en su oferta «corresponde con el horario al inicio del servicio, y que será reajustado a las sucesivas modificaciones que establece el Acuerdo Pozuelo». Añade que «la propuesta de Valoriza ha contemplado esa necesidad de incrementar el personal actual del servicio, ofertando 5 operarios a mayores desde el inicio del contrato […]. Gracias a este aumento de personal de 5 operarios Valoriza puede asegurar la correcta prestación del servicio una vez se reduzca la jornada laboral de los operarios».

EVALUACIÓN DE LAS ACLARACIONES:

En ningún punto de la oferta ni de la memoria técnica se justifica que la dotación de este personal sea para atender ninguna necesidad distinta a la simple prestación del servicio desde su inicio. Este personal adicional consta en la tabla IV del Anexo 3 con una jornada anual de 1.700 horas, y por lo demás no se expone ninguna información que apunte o permita sostener la interpretación de que ese personal responda a la necesidad futura de compensar la eventual disminución de jornada de trabajo que ocasionará la aplicación del Acuerdo Pozuelo.

Por lo tanto, analizadas las aclaraciones aportadas por el licitador, ha de concluirse que su oferta, con los datos y en los términos en que ha sido presentada, no previó medidas para mantener la capacidad de prestar el servicio en los términos y con las frecuencias que ha ofertado, cuando en algún momento durante el primer año de contrato todo el personal subrogado pase a trabajar un 6,7% menos de horas anuales. en aplicación de las condiciones del Acuerdo Pozuelo.

CONCLUSIÓN:

Conforme a lo registrado por el licitador en el Anexo 3 del PPT, su oferta no contempla, en lo que se refiere al dimensionamiento de horas de trabajo anuales del personal, la reducción de jornada el Acuerdo Pozuelo.

Desde un punto de vista económico, el licitador, en caso de resultar adjudicatario, estará obligado a ejecutar el servicio con las calidades y frecuencias comprometidas en su oferta durante todo el contrato. Compensar la reducción de horas del Acuerdo Pozuelo (6,7% de las horas anuales de trabajo) requeriría la contratación de personal operativo adicional, que se traduciría en un incremento sustancial de gastos. Por tanto esta deficiencia hace que la ejecución del servicio ofertado por el licitador no pueda llevarse a cabo con el balance económico de costes que este hubiera previsto.

Desde un punto vista de calidad de la propuesta técnica presentada por el licitador, esta deficiencia determina que, conforme a los datos registrados por el licitador en las tablas IV y V del anexo 3, los medios propuestos para ejecutar los servicios hayan de considerarse dimensionados para una jornada anual de 1.700 horas, y que por tanto se produzca una infradotación de medios a partir de la fecha en que comience la reducción de jornada del Acuerdo Pozuelo.

(12)

4.3.- EVALUACIÓN DEL CRITERIO B.1.

En relación con el criterio de adjudicación B.1 «INCREMENTO DE MEDIOS HUMANOS DE EJECUCIÓN DIRECTA», conforme a lo establecido en el apartado 15 del Anexo 1 del PCAP, se otorgarán hasta 10 puntos a las propuestas que oferten medios humanos de ejecución directa por encima de los mínimos exigidos, en la medida en que dicho incremento de personal se corresponda con los medios y labores que el licitador haya detallado en los Programas de Gestión que haya propuesto.

Los medios humanos adicionales se valorarán conforme a los dos siguientes parámetros: 1) Cantidad y categoría de los puestos adicionales ofertados:

- 3 puntos por Oficial Jardinero - 2,5 puntos por Jardinero - 2 puntos por Auxiliar Jardinero - 1 punto por peón

Hasta un máximo acumulado de 10 puntos, dando lugar una «Valoración acumulada del número y categoría de los puestos adicionales ofertados» (Ai).

2) Que el número y categoría de los puestos adicionales ofertados se corresponda con los medios y labores que el licitador haya detallado en los Programas de Gestión que haya propuesto y se encuentren computados e integrados en las tablas de distribución y organización del personal (anejos 3 y 6).

Para cada puesto adicional ofertado, dicha coherencia se calificará como “Buena”, “Suficiente” o “Insuficiente”, y posteriormente se calculará el promedio de las calificaciones de todos los puestos (“Ci”):

- Buena (B): cuando el puesto ofertado se encuentre computado e integrado en las tablas de distribución y organización del personal (anejos 3 y 6) y tenga perfecto encaje y correspondencia con los medios materiales y con las necesidades asociadas a los trabajos planificados en los programas de gestión, y así quede justificado en detalle por el licitador.

Factor de valoración: 1

- Suficiente (S): cuando el puesto ofertado se encuentre computado e integrado en las tablas de distribución y organización del personal (anejos 3 y 6) y tenga encaje y correspondencia aproximados con los medios materiales y con las necesidades asociadas a los trabajos planificados en los programas de gestión, así como cuando este extremo quede justificado sólo de manera somera o genérica por el licitador.

Factor de valoración: 0,5

- Insuficiente (I): cuando el puesto ofertado no se encuentre computado e integrado en las tablas de distribución y organización del personal (anejos 3 y 6), cuando no tenga encaje y correspondencia con los medios materiales y con las necesidades asociadas a los trabajos planificados en los programas de gestión o cuando este extremo no quede justificado por el licitador.

Factor de valoración: 0 Valoración básica de cada licitador: Vi = Ai x Ci

Dónde:

Vi: Valor total asignado a la mejora ofertada por el licitador.

Ai: Valoración acumulada del número y categoría de los puestos adicionales ofertados. Ci: Promedio de los factores de coherencia de todos los puestos adicionales ofertados. La puntuación final de cada licitador en este apartado será:

Pi = 10 x (VEi/Vmax) Dónde:

Pi: Puntuación del licitador.

Vmax: Valoración de la mejor Oferta. VEi: Valoración del licitador.

(13)

LICITADOR 01: GRUPORAGA, S.A.

[ LOTE 1 – CRITERIO B.1 ]

PARÁMETRO Ai, INCREMENTO DEL Nº DE PUESTOS: Se oferta como personal adicional:

CATEGORÍA Nº PUESTOS OFERTADOS VALOR POR UD. Ai

Oficial 1 3 3

Jardinero 2 2,5 5

Aux. jardinero 1 2 2

Peón jardinero – 1 –

Puestos adicionales, valor parámetro Ai 10 PARÁMETRO Ci, COHERENCIA:

Se les otorgan los siguientes coeficientes de coherencia (Ci):

CATEGORÍA VALOR POR UD. Ai

Oficial Buena (1) 1

Jardinero Buena (1) 1

Jardinero Buena (1) 1

Auxiliar jardinero Buena (1) 1

Promedio de factores de coherencia, valor parámetro Ci: 1 NOTAS:

(1) Los puestos ofertados se encuentran computados y se justifica su correspondencia con necesidades (cobertura de necesidad de carga de trabajo conforme a estudio de rendimientos).

PUNTUACIÓN (Máx. 10 puntos) Vi = Ai x Ci = 10 x 1 = 10

Pi = 10 x Vi/Vmax = 10 x 10/10 = 10,00 puntos

LICITADOR 03: IMESAPI, S.A.

[ LOTE 1 – CRITERIO B.1 ]

PARÁMETRO Ai, INCREMENTO DEL Nº DE PUESTOS: Se oferta como personal adicional:

CATEGORÍA Nº PUESTOS OFERTADOS VALOR POR UD. Ai

Oficial 2 3 6

Jardinero – 2,5 –

Aux. jardinero 2 2 4

Peón jardinero – 1 –

Puestos adicionales, valor parámetro Ai 10 PARÁMETRO Ci, COHERENCIA:

Se les otorgan los siguientes coeficientes de coherencia (Ci):

CATEGORÍA VALOR POR UD. Ai

Oficial Buena (1) 1

Oficial Buena (1) 1

Auxiliar jardinero Buena (1) 1

Auxiliar jardinero Buena (1) 1

Promedio de factores de coherencia, valor parámetro Ci: 1 NOTAS:

(1) Los puestos ofertados se encuentran computados y se justifica su correspondencia con necesidades (cobertura de servicio de limpieza en tardes y fines de semana y festivos).

PUNTUACIÓN (Máx. 10 puntos) Vi = Ai x Ci = 10 x 1 = 10

(14)

LICITADOR 04: URBASER, S.A.

[ LOTE 1 – CRITERIO B.1 ]

PARÁMETRO Ai, INCREMENTO DEL Nº DE PUESTOS: Se oferta como personal adicional:

CATEGORÍA Nº PUESTOS OFERTADOS VALOR POR UD. Ai

Oficial 2 3 6

Jardinero – 2,5 –

Aux. jardinero 2 2 4

Peón jardinero – 1 –

Puestos adicionales, valor parámetro Ai 10 PARÁMETRO Ci, COHERENCIA:

Se les otorgan los siguientes coeficientes de coherencia (Ci):

CATEGORÍA VALOR POR UD. Ai

Oficial Buena (1) 1

Oficial Buena (1) 1

Auxiliar jardinero Buena (1) 1

Auxiliar jardinero Buena (1) 1

Promedio de factores de coherencia, valor parámetro Ci: 1 NOTAS:

(1) Los puestos ofertados se encuentran computados y se justifica su correspondencia con necesidades (cobertura de diversas prestaciones detalladas en las tablas).

PUNTUACIÓN (Máx. 10 puntos) Vi = Ai x Ci = 10 x 1 = 10

Pi = 10 x Vi/Vmax = 10 x 10/10 = 10,00 puntos

LICITADOR 05: EULEN, S.A.

[ LOTE 1 – CRITERIO B.1 ]

PARÁMETRO Ai, INCREMENTO DEL Nº DE PUESTOS: Se oferta como personal adicional:

CATEGORÍA Nº PUESTOS OFERTADOS VALOR POR UD. Ai

Oficial 1 3 3

Jardinero 2 2,5 5

Aux. jardinero 1 2 2

Peón jardinero – 1 –

Puestos adicionales, valor parámetro Ai 10 PARÁMETRO Ci, COHERENCIA:

Se les otorgan los siguientes coeficientes de coherencia (Ci):

CATEGORÍA VALOR POR UD. Ai

Oficial Buena (1) 1

Jardinero Buena (1) 1

Jardinero Buena (1) 1

Auxiliar jardinero Buena (1) 1

Promedio de factores de coherencia, valor parámetro Ci: 1 NOTAS:

(1) Se encuentran correctamente computados y asignados a necesidades del servicio. PUNTUACIÓN (Máx. 10 puntos)

(15)

Vi = Ai x Ci = 10 x 1 = 10

Pi = 10 x Vi/Vmax = 10 x 10/10 = 10,00 puntos

LICITADOR 06: U.T.E. CONSTRUCT. SAN JOSE, S.A. –EL EJIDILLO VIVEROS INTEGRALES, S.L. [ LOTE 1 – CRITERIO B.1 ]

PARÁMETRO Ai, INCREMENTO DEL Nº DE PUESTOS: Se oferta como personal adicional:

CATEGORÍA Nº PUESTOS OFERTADOS VALOR POR UD. Ai

Oficial – 3 –

Jardinero 4 2,5 10

Aux. jardinero – 2 –

Peón jardinero – 1 –

Puestos adicionales, valor parámetro Ai 10 PARÁMETRO Ci, COHERENCIA:

Se les otorgan los siguientes coeficientes de coherencia (Ci):

CATEGORÍA VALOR POR UD. Ai

Jardinero Buena (1) 1

Jardinero Buena (1) 1

Jardinero Buena (1) 1

Jardinero Buena (1) 1

Promedio de factores de coherencia, valor parámetro Ci: 1 NOTAS:

(1) Se encuentran correctamente computados y asignados a necesidades del servicio. PUNTUACIÓN (Máx. 10 puntos)

Vi = Ai x Ci = 10 x 1 = 10

Pi = 10 x Vi/Vmax = 10 x 10/10 = 10,00 puntos

LICITADOR 07: LICUAS, S.A.

[ LOTE 1 – CRITERIO B.1 ] Prevé como personal adicional un encargado, pero no oferta personal adicional de las categorías puntuables (Oficial, Jardinero, Auxiliar jardinero o Peón Jardinero).

PUNTUACIÓN (Máx. 10 puntos) No oferta personal adicional puntuable. 0,00 puntos

LICITADOR 08: INGENIERIA Y DISEÑOS TECNICOS, S.A.U.

[ LOTE 1 – CRITERIO B.1 ]

PARÁMETRO Ai, INCREMENTO DEL Nº DE PUESTOS: Se oferta como personal adicional:

CATEGORÍA Nº PUESTOS OFERTADOS VALOR POR UD. Ai

Oficial 2 3 6

Jardinero – 2,5 –

Aux. jardinero 2 2 4

Peón jardinero – 1 –

Puestos adicionales, valor parámetro Ai 10 PARÁMETRO Ci, COHERENCIA:

(16)

CATEGORÍA VALOR POR UD. Ai

Oficial Buena (1) 1

Oficial Buena (1) 1

Auxiliar jardinero Buena (1) 1

Auxiliar jardinero Buena (1) 1

Promedio de factores de coherencia, valor parámetro Ci: 1 NOTAS:

(1) Se encuentran correctamente computados y asignados a necesidades del servicio. PUNTUACIÓN (Máx. 10 puntos)

Vi = Ai x Ci = 10 x 1 = 10

Pi = 10 x Vi/Vmax = 10 x 10/10 = 10,00 puntos

LICITADOR 10: ACCIONA MEDIO AMBIENTE, S.A.U.

[ LOTE 1 – CRITERIO B.1 ]

PARÁMETRO Ai, INCREMENTO DEL Nº DE PUESTOS: Se oferta como personal adicional:

CATEGORÍA Nº PUESTOS OFERTADOS VALOR POR UD. Ai

Oficial – 3 –

Jardinero 4 2,5 10

Aux. jardinero – 2 –

Peón jardinero – 1 –

Puestos adicionales, valor parámetro Ai 10 PARÁMETRO Ci, COHERENCIA:

Se les otorgan los siguientes coeficientes de coherencia (Ci):

CATEGORÍA VALOR POR UD. Ai

Jardinero Buena (1) 1

Jardinero Buena (1) 1

Jardinero Buena (1) 1

Jardinero Buena (1) 1

Promedio de factores de coherencia, valor parámetro Ci: 1 NOTAS:

(1) Los puestos ofertados se encuentran computados y se justifica su correspondencia con necesidades (cobertura de necesidades de carga de trabajo conforme a estudio de rendimientos de los incrementos de frecuencia ofertados como mejora).

PUNTUACIÓN (Máx. 10 puntos) Vi = Ai x Ci = 10 x 1 = 10

Pi = 10 x Vi/Vmax = 10 x 10/10 = 10,00 puntos

LICITADOR 12: OHL SERVICIOS INGESAN, S.A.

[ LOTE 1 – CRITERIO B.1 ]

PARÁMETRO Ai, INCREMENTO DEL Nº DE PUESTOS: Se oferta como personal adicional:

CATEGORÍA Nº PUESTOS OFERTADOS VALOR POR UD. Ai

Oficial 2 3 6

Jardinero – 2,5 –

Aux. jardinero 4 2 8

Peón jardinero – 1 –

(17)

PARÁMETRO Ci, COHERENCIA:

Se les otorgan los siguientes coeficientes de coherencia (Ci):

CATEGORÍA VALOR POR UD. Ai

Oficial Buena (1) 1

Oficial Buena (1) 1

Auxiliar jardinero Buena (1) 1

Auxiliar jardinero Buena (1) 1

Auxiliar jardinero Buena (1) 1

Auxiliar jardinero Buena (1) 1

Promedio de factores de coherencia, valor parámetro Ci: 1 NOTAS:

(1) Los puestos ofertados se encuentran computados y se justifica su asignación a necesidades (limpieza en turno de tarde).

PUNTUACIÓN (Máx. 10 puntos) Vi = Ai x Ci = 10 x 1 = 10

Pi = 10 x Vi/Vmax = 10 x 10/10 = 10 puntos

LICITADOR 13: VALORIZA SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES, S.A.

[ LOTE 1 – CRITERIO B.1 ]

PARÁMETRO Ai, INCREMENTO DEL Nº DE PUESTOS: Se oferta como personal adicional:

CATEGORÍA Nº PUESTOS OFERTADOS VALOR POR UD. Ai

Oficial – 3 –

Jardinero – 2,5 –

Aux. jardinero 5 2 10

Peón jardinero – 1 –

Puestos adicionales, valor parámetro Ai 10 PARÁMETRO Ci, COHERENCIA:

Se les otorgan los siguientes coeficientes de coherencia (Ci):

CATEGORÍA VALOR POR UD. Ai

Auxiliar jardinero Buena (1) 1

Auxiliar jardinero Buena (1) 1

Auxiliar jardinero Buena (1) 1

Auxiliar jardinero Buena (1) 1

Auxiliar jardinero Buena (1) 1

Promedio de factores de coherencia, valor parámetro Ci: 1 NOTAS:

(1) Los puestos ofertados se encuentran computados y se justifica su correspondencia con necesidades (asignación a servicios y prestaciones detalladas en memoria).

PUNTUACIÓN (Máx. 10 puntos) Vi = Ai x Ci = 10 x 1 = 10

Pi = 10 x Vi/Vmax = 10 x 10/10 = 10 puntos

Se otorgan por tanto las siguientes puntuaciones en el criterio de adjudicación B.1 del Lote 1: Lote 1 - puntuación del criterio B.1.

(18)

3 IMESAPI, S.A. 10,00 ptos.

4 URBASER, S.A. 10,00 ptos.

5 EULEN, S.A. 10,00 ptos.

6 U.T.E. CONSTRUCTORA SAN JOSE, S.A. –EL EJIDILLO VIVEROS INTEGRALES, S.L. 10,00 ptos.

7 LICUAS, S.A. 0,00 ptos.

8 INGENIERIA Y DISEÑOS TECNICOS, S.A.U. 10,00 ptos.

10 ACCIONA MEDIO AMBIENTE, S.A.U. 10,00 ptos.

12 OHL SERVICIOS INGESAN, S.A. 10,00 ptos.

13 VALORIZA SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES, S.A. 10,00 ptos.

4.4.- EVALUACIÓN DEL CRITERIO B.2.

En relación con el criterio de adjudicación B.2 «INCREMENTO DE VEHICULOS MAQUINARIA Y HERRAMIENTAS», conforme a lo establecido en el apartado 15 del Anexo 1 del PCAP se otorgarán hasta 8 puntos a las empresas que oferten vehículos (turismos, camiones, furgones y furgonetas) que sean de propulsión eléctrica, híbrida, a gas natural o a GLP, para cuyo manejo sea preciso el permiso de conducción B ó superior, así como maquinaria adicionalmente a los vehículos de subrogación indicados en el anexo 4.I, en la medida en que dicho incremento de vehículos y maquinaria se corresponda con los medios y labores que el licitador haya detallado en los Programas de Gestión que haya propuesto. La mejora de vehículos y maquinaria se valorará conforme a los tres siguientes parámetros: 1) El número de vehículos y maquinaria adicional ofertados (“Ai”):

Tipología Nº uds. ofertado Valoración

Vehículos >20 5 15 a 20 3 10 a 15 2 <10 0 Maquinaria >75 5 50 a 75 3 25 a 50 2 <25 0

2) La inversión total (precio de mercado) requerida para dicho suministro (“Bi”): Inversión total Valoración

>750.000 euros 5

500.000 a 750.000 euros 3

250.000 a 500.000 euros 2

<250.000 euros 0

3) Que el número y tipología de los vehículos o maquinaria ofertada se corresponda con los medios y labores que el licitador haya detallado en los Programas de Gestión que haya propuesto.

Para cada vehículo o máquina ofertado, dicha coherencia se calificará como “Buena”, “Suficiente” o “Insuficiente”, y posteriormente se calculará el promedio de las calificaciones de todos los vehículos y máquinas (“Ci”):

- Buena (B): cuando el vehículo o maquina ofertado tenga perfecto encaje y correspondencia con los medios humanos y con las necesidades asociadas a los trabajos planificados en los programas de gestión, y así quede justificado en detalle por el licitador.

Factor de valoración: 1

- Suficiente (S): cuando el vehículo o maquina ofertado tenga encaje y correspondencia aproximados con los medios humanos y con las necesidades asociadas a los trabajos planificados en los programas de gestión, y cuando este extremo quede justificado sólo de manera somera o genérica por el licitador.

(19)

- Insuficiente (I): cuando el vehículo o maquina ofertado no tenga encaje y correspondencia con los medios humanos y con las necesidades asociadas a los trabajos planificados en los programas de gestión, o cuando este extremo no quede justificado por el licitador.

Factor de valoración: 0 Valoración básica de cada licitador: Vi = (Ai + Bi) x Ci

Dónde:

Vi: Valor total asignado a la mejora ofertada por el licitador.

Ai: Valoración de número de vehículos y maquinaria adicional ofertado. Bi: Valoración de la inversión total adicional.

Ci: Promedio de los factores de coherencia de todos los vehículos y maquinaria. La puntuación final de cada licitador en este apartado será:

Pi = 8 x (VEi/Vmax) Dónde:

Pi: Puntuación del licitador.

Vmax: Valoración de la mejor Oferta. VEi: Valoración del licitador.

Tras estudiar y evaluar las ofertas técnicas para el LOTE 1 procede otorgar las siguientes puntuaciones:

LICITADOR 01: GRUPORAGA, S.A.

[ LOTE 1 – CRITERIO B.2 ]

PARÁMETRO Ai, Nº DE VEHÍCULOS Y MAQUINARIA:

Oferta 21 vehículos adicionales (Ai = 5), que cumplen los requisitos de motorización ecológica. Así como 97 máquinas (Ai = 5)

Nº de vehículos y maquinaria adicionales, valor parámetro Ai 5 + 5 = 10 PARÁMETRO Bi, VALOR ECONÓMICO:

Vehículos con un valor de 751.578,44 euros, maquinaria con un valor de 188.369,61 euros (Bi =.5) Valor de vehículos y maquinaria adicionales, valor parámetro Bi 5 PARÁMETRO Ci, COHERENCIA:

Se les otorgan los siguientes factores de coherencia:

COHERENCIA FACTOR

Vehículo Fungón cerrado IVECO DAILY

2 ud. Buena (1) 1

Buena (1) 1

Vehículo Vehículo multiusos con caja abierta ALKE ATX 330 E

1 ud. Suficiente (2) 0,5

Vehículo Furgoneta pequeña PIAGGIO PORTER 5 ud. Buena (1) 1 Buena (1) 1 Buena (1) 1 Buena (1) 1 Buena (1) 1

Vehículo Vehículo inspección TOYOTA YARIS

2 ud. Insuficiente (3) 0

Insuficiente (3) 0

Vehículo Camión ligero basculante IVECO DAILY

3 ud. Buena (1) 1

Buena (1) 1

Buena (1) 1

Vehículo Camión basculante con grúa y cesta IVECO

EUROCARGO

1 ud.

Suficiente (4) 0,5

Vehículo Camión con plataforma de poda IVECO DAILY

2 ud. Buena (1) 1

Buena (1) 1

Vehículo Pick-uo NISSAN eNV200 1 ud. Suficiente (2) 0,5

Vehículo Furgoneta ligera FIAT DOBLO CARGO

4 ud. Buena (1) 1

Buena (1) 1

Insuficiente (5) 0

Insuficiente (5) 0

(20)

Buena (1) 1

Buena (1) 1

Buena (1) 1

Maquinaria Tractor desbrozador 1 Suficiente (6) 0,5

Maquinaria Segadora 40-60 cm 4 Buena (1) 1

Buena (1) 1

Buena (1) 1

Buena (1) 1

Maquinaria Sopladora 14 ud Buena (1) 1

Buena (1) 1 Buena (1) 1 Buena (1) 1 Buena (1) 1 Buena (1) 1 Buena (1) 1 Buena (1) 1 Buena (1) 1 Buena (1) 1 Buena (1) 1 Buena (1) 1 Insuficiente (7) 0 Insuficiente (7) 0

Maquinaria Motoazada 2 ud. Buena (1) 1

Buena (1) 1

Maquinaria Motocultor 3 ud. Buena (1) 1

Buena (1) 1

Buena (1) 1

Maquinaria Aireadora-escarificadora 1 ud. Buena (1) 1

Maquinaria Desbrozadora hilo/disco 14 ud Buena (1) 1

Buena (1) 1 Buena (1) 1 Buena (1) 1 Buena (1) 1 Buena (1) 1 Buena (1) 1 Buena (1) 1 Buena (1) 1 Buena (1) 1 Buena (1) 1 Buena (1) 1 Buena (1) 1 Buena (1) 1

Maquinaria Motosierra grande 5 ud. Buena (1) 1

Buena (1) 1

Buena (1) 1

Buena (1) 1

Buena (1) 1

Maquinaria Motosierra mediana 5 ud. Buena (1) 1

Buena (1) 1

Buena (1) 1

Buena (1) 1

Buena (1) 1

Maquinaria Motosierra pequeña 5 ud. Buena (1) 1

Buena (1) 1

Buena (1) 1

Buena (1) 1

Buena (1) 1

Maquinaria Motosierra pértiga 4 ud. Buena (1) 1

Buena (1) 1

Buena (1) 1

Buena (1) 1

Maquinaria Cortasetos 10 ud Buena (1) 1

Buena (1) 1 Buena (1) 1 Buena (1) 1 Buena (1) 1 Buena (1) 1 Buena (1) 1 Buena (1) 1 Buena (1) 1 Buena (1) 1

(21)

Maquinaria Cortasetos pértiga 3 ud. Buena (1) 1

Buena (1) 1

Buena (1) 1

Maquinaria Atomizador trat. fitosanit. 1 ud Buena (1) 1

Maquinaria Carreteilla fumigadora 2 ud. Buena (1) 1

Buena (1) 1

Maquinaria Mochila pulverizadora 4 ud. Buena (1) 1

Buena (1) 1

Buena (1) 1

Buena (1) 1

Maquinaria Hidrolimpiadora 2 ud. Buena (1) 1

Buena (1) 1

Maquinaria Generador 1 ud. Buena (1) 1

Maquinaria Martillo percutor 2 ud. Buena (1) 1

Buena (1) 1

Maquinaria Taladrador/atornillador 2 ud. Buena (1) 1

Buena (1) 1

Maquinaria Radial 2 ud. Buena (1) 1

Buena (1) 1

Maquinaria Lijadora orbital 2 ud. Buena (1) 1

Buena (1) 1

Maquinaria Lijadora 2 ud. Buena (1) 1

Buena (1) 1

Maquinaria Compresor pintura 1 ud. Buena (1) 1

Maquinaria Equipo de soldadura 1 ud. Buena (1) 1

Promedio de factores de coherencia, valor parámetro Ci: 0,9322 NOTAS:

(1) Se justifica adecuadamente su destino y utilización en los programas de gestión.

(2) Se justifica adecuadamente su destino y utilización en los programas de gestión, pero la oferta no prevé puestos de recarga eléctrica donde poder recargar las baterías del vehículo fuera de su horario operativo. (3) No se justifica expresamente ni con detalle su destino y utilización.

(4) Justifica sólo genéricamente utilización para limpiezas.

(5) Sólo justifica y detalla expresamente el destino y utilización de dos de las furgonetas.

(6) Justifica con detalle, si bien el dimensionamiento no coincide exactamente (en programas de gestión suman 1,2 vehículos).

(7) Sólo justifica y detalla expresamente el destino y utilización de 12 de las 14 sopladoras. PUNTUACIÓN (Máx. 8 puntos)

Vi = (Ai+Bi) x Ci = (10+5) x 0,9322 = 13,983 Pi = 8 x Vi / Vmax = 8 x 13,98/15 = 7,46 puntos

LICITADOR 03: IMESAPI, S.A.

[ LOTE 1 – CRITERIO B.2 ]

PARÁMETRO Ai, Nº DE VEHÍCULOS Y MAQUINARIA:

Oferta 23 vehículos adicionales, de los cuales 8 (los 6 remolques, el tractor y el dumper) no están incluidos entre las categorías de vehículos que resultan puntuables ni cumplirían con los requisitos de motorización ecológica. Los otros 15 sí están entre las categorías puntuables y cumplen los requisitos de motorización ecológica (Ai = 2).

Así como 95 (1) máquinas (Ai = 5) (1)

Se computan como maquinaria los 6 remolques, el tractor y el dumper que no que no reúnen requisitos para ser vehículos puntuables.

Nº de vehículos y maquinaria adicionales, valor parámetro Ai 2 + 5 = 7 PARÁMETRO Bi, VALOR ECONÓMICO:

Vehículos y maquinaria con un valor agragado de 754.989,64 euros (Bi = 5).

Valor de vehículos y maquinaria adicionales, valor parámetro Bi 5 PARÁMETRO Ci, COHERENCIA:

Se les otorgan los siguientes factores de coherencia:

COHERENCIA FACTOR

Vehículo Camión caja abierta 3.500 Kg o superior con caja basculante

2 ud. Buena (1) 1

Buena (1) 1

Vehículo Vehículo ligero tipo furgoneta

4 ud. Buena (1) 1

Referencias

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