CURSO: TELEASISTENCIA II: HERRAMIENTAS DE TRABAJO
Bloque 1: Servicio de Teleasistencia
1.1. Objetivos del servicio
1.2. Las actuaciones que ofrece el servicio
1.3. El horario del servicio
1.4. Requisitos de acceso
1.5. Régimen de compatibilidad
1.6. Criterios de participación en su financiación
1.7. Modalidades del servicio
1.8. Funcionamiento del servicio
Bloque 1: Servicio de Teleasistencia
El servicio de Teleasistencia queda recogido en la Ley 39/2006 de promoción de la autonomía persona y atención a las persona en situación de dependencia, como uno de los servicios que integran el Catálogo de Servicios que integran el Catálogo de Servicios del Sistema para la Autonomía y la Atención a la Dependencia (Artículo 22.1).
Dentro del Catálogo de Servicios para la atención a la dependencia, la Teleasistencia se configura como un servicio esencial para facilitar la permanencia de las personas en situación de dependencia en el entorno en el que desarrollan su vida, en algunos casos como instrumento suficiente para mantener su autonomía personal, y en otros, como servicio complementario a otros recursos.
Consiste en la atención directa y personalizada ante situaciones de emergencia, inseguridad, soledad o aislamiento, a través de profesionales especializados/as que proporcionan los apoyos necesarios para poder resolver situaciones de diversa naturaleza, movilizando los recursos más adecuados para cada caso.
1.1. Objetivos del Servicio:
-‐ Contribuir a la atención a personas en situación de dependencia,
prestándoles un servicio de asistencia en sus propios contextos personales favoreciendo el mantenimiento del mayor grado de autonomía e independencia posible.
-‐ Atender de forma inmediata ante cualquier tipo de eventualidad o
incidencia (necesidad de conversar, situaciones de emergencias sanitarias, accidentes domésticos, solicitar información, etc.)
-‐ Mejorar la seguridad en el hogar a través de dispositivos automáticos
(detectores de gases, incendios, inundaciones, control de presencias, etc.)
-‐ Otorgar a las personas en situación de dependencia seguridad y una
atención rápida en caso de emergencia.
-‐ Proporcionar tranquilidad para la persona en situación de dependencia y
también a sus familias.
Se trata de un dispositivo especial conectado a la línea telefónica que permite contactar de forma inmediata con el servicio a través de un pulsador (tipo colgante o pulsera) desde cualquier lugar del domicilio.
1.2. Las actuaciones que ofrece el servicio
-‐ Atención profesionalizada y directa, conociendo en cada momento las
circunstancias personales y familiares en las que se encuentra la persona. Además se habilitan los recursos necesarios para el aviso a los servicios sanitarios y de seguridad ciudadana o en el caso de extrema gravedad derivándolas a los servicios de emergencias del 061, así como a los familiares designados/as previamente por la persona interesada.
-‐ Contacto periódico con las personas beneficiarias del servicio, aportándoles
confianza, seguridad y compañía.
-‐ Seguimiento personal de cada persona beneficiaria, que garantiza una
mejor prestación del Servicio.
1.3. El horario del servicio
La atención profesionalizada que ofrece este servicio permite a las personas beneficiarias mantener el contacto verbal a través de la línea telefónica, con sólo apretar un botón, las 24 horas al día, todos los días del año y sin moverse de su domicilio.
1.4. Requisitos de acceso al servicio:
Pueden acceder a este servicio todas las personas en situación de dependencia, indistintamente del grado de dependencia que tengan reconocido. Se requiere únicamente que residan en su domicilio habitual y que cuenten con línea telefónica fija.
• Personas en situación de Dependencia: Personas que tienen reconocida
la prestación de Teleasistencia en su Programa Individual de Atención. Estas personas pueden tener cualquier edad y, dependiendo del grado de dependencia y sus capacidades, el servicio se presta a su cuidador o cuidadora.
• Personas Mayores: Sólo existe el requisito de ser titular de la Tarjeta
Andalucía Junta sesentaycinco.
• Personas con Discapacidad: Personas con más del 65% de discapacidad y
edad comprendida entre los 16 y los 65 años, que no estén o no tengan reconocida su situación de dependencia y que estén empadronado/as en cualquier municipio de Andalucía.
El servicio de Teleasistencia no está recomendado para personas con problemas graves en el habla, problemas serios de audición, ni para personas
asumirlo la persona encargada de los cuidados.
En el caso de las personas mayores sordas existe un proyecto de Cruz Roja denominado TELPES, el funcionamiento es el mismo pero las comunicaciones se establecen mediante videoconferencias y las señales de llamada son luminosas. Se puede consultar en el siguiente enlace:
Proyecto TELPES
1.5. Régimen de compatibilidad.
El Servicio de Teleasistencia es compatible con la mayoría de servicios y prestaciones económicas, es decir, puede ser prestado junto con otros servicios o prestaciones del catálogo. Sólo es incompatible con el Servicio de Atención Residencial y con la Prestación económica vinculada a la adquisición de un servicio de esta misma naturaleza, debido a que es necesario que la persona usuaria resida en su domicilio habitual.
1.6. Criterios de participación en su financiación.
La participación en el coste del servicio por parte de las personas usuarias se determina por la Delegación Territorial de Salud y Bienestar Social con arreglo a las disposiciones vigentes. En la actualidad, se establece una tarifa mensual a la que se le practican descuentos/bonificaciones atendiendo a la capacidad económica de la persona usuaria, a excepción de las personas de 80 años o más, que están exentas de pago.
En la actualidad, el coste del Servicio es:
→ Servicio Gratuito (Bonificación del 100%):
• Personas titulares de la Tarjeta Andalucía Junta “Sesentaycinco Oro” que
vivan solas, o que convivan exclusivamente con titular/titulares de la citada Tarjeta en su modalidad Oro.
• Personas titulares de la Tarjeta Andalucía Junta “Sesentaycinco” en
cualquiera de sus modalidades, mayores de 80 años y que vivan solas.
• Personas en situación de dependencia, mayores de 80 años, cualquiera que
fuera su capacidad económica.
• Personas en situación de dependencia, menores de 80 años, con capacidad
económica inferior al 75% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples).
→ Cuota 3,60 euros/mes (Bonificación del 80%):
• Titulares de la Tarjeta Andalucía Junta “Sesentaycinco Oro” que convivan
con personas no titulares de la Tarjeta Andalucía Junta “Sesentaycinco Oro”.
• Personas en situación de dependencia, menores de 80 años, con capacidad
económica igual o superior al 75% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples).
→ Cuota 10,80 euros/mes (Bonificación del 40%):
• Titulares de la Tarjeta Andalucía Junta “Sesentaycinco” no incluidos en los
apartados anteriores.
• Personas con discapacidad.
1.7. Modalidades del Servicio de Teleasistencia
Existen dos modalidades de Teleasistencia.
→ Servicio de teleasistencia domiciliaria sin unidad móvil. Es cuando el
servicio se presta desde un centro de atención. Para ello el centro dispone de un fichero de los recursos de la zona de atención.
Ante una situación de emergencia o crisis, desde el centro, tras una primera valoración, se gestionan los recursos externos y se les solicita que se desplacen al domicilio.
Una vez atendida la emergencia se programa en la agenda de la persona usuaria un seguimiento hasta que desaparezca la causa que originó la situación.
Además de intervenciones de emergencia se realizan llamadas de seguimiento a la persona usuaria con carácter periódico.
→ Servicio de teleasistencia domiciliaria con unidad móvil. Es cuando se
dispone de un equipo que, en caso necesario, se desplaza a los domicilios en unidades móviles. Las unidades móviles deben disponer de:
• Llaves de los domicilios
• Material de primeros auxilios
• Herramientas y materiales para pequeñas reparaciones domésticas.
• Bolsa térmica para el transporte de comidas
• Material para el aseo personal
La unidad móvil complementa los servicios que se prestan desde el centro de atención. Además de las atenciones en situaciones de emergencia, el
servicio que suelen ofrecer las empresas privadas del sector.
1.8. Funcionamiento del servicio de teleasistencia
El Servicio de Teleasistencia, para su funcionamiento, cuenta con un terminal fijo con altavoz y micrófono que normalmente es colocado junto al teléfono del propio usuario. También cuenta con un terminal inalámbrico, que a modo de colgante, el usuario lleva consigo cuando se encuentra en su hogar. (Fig. 1)
Fig. 1: Equipo necesario en casa del usuario
Las características de este dispositivo inalámbrico permiten a los usuarios:
-‐ Establecer la comunicación desde cualquier parte del domicilio.
-‐ Accionando cualquiera de los dos pulsadores (el del terminal fijo o el del
colgante), las personas mayores se ponen en contacto con la central de la Teleasistencia, atendida por profesionales formados específicamente para atender a este colectivo.
-‐ El sistema utilizado para el establecimiento de la comunicación es del tipo
“manos libres”. Es decir, con la simple pulsación del botón y sin necesidad de descolgar el teléfono, el usuario entra en contacto verbal con la central. El sistema de “manos libres” puede usarse también para recibir cualquier tipo de llamada.
-‐ Además, incluso aunque no se produjera comunicación verbal, nada más
pulsar el botón, aparece en la pantalla del teleoperador/a, toda la información referente a la persona mayor. (Fig. 2)
Fig. 2: Esquema de Funcionamiento del Servicio Andaluz de Teleasistencia