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Importancia de la difusión y conocimiento del artículo 218 del código orgánico integral penal ecuatoriano en los estudiantes y tutores de la unidad de atención odontológica Uniandes de la Ciudad de Ambato

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Academic year: 2020

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(1)

UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES “UNIANDES”

FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS CARRERA DE ODONTOLOGÍA

TESIS PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ODONTÓLOGA

TEMA:

“IMPORTANCIA DE LA DIFUSIÓN Y CONOCIMIENTO DEL ARTÍCULO 218 DEL

CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL ECUATORIANO EN LOS ESTUDIANTES

Y TUTORES DE LA UNIDAD DE ATENCIÓN ODONTOLÓGICA UNIANDES DE LA CIUDAD DE AMBATO”

AUTORA: Pamela Alejandra Núñez Reyes

TUTOR: Dr. Fausto Pintado

AMBATO – ECUADOR

(2)

CERTIFICADO DEL TUTOR

En calidad de Asesor de Tesis, designado por disposición de Investigación de la

Universidad Regional Autónoma de los Andes, CERTIFICO que la Srta. PAMELA ALEJANDRA NÚÑEZ REYES, desarrolló su trabajo de graduación para la obtención

del título de Odontóloga con el tema: “IMPORTANCIA DE LA DIFUSIÓN Y

CONOCIMIENTO DEL ARTÍCULO 218 DEL CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL ECUATORIANO EN LOS ESTUDIANTES Y TUTORES DE LA UNIDAD DE ATENCIÓN ODONTOLÓGICA UNIANDES DE LA CIUDAD DE AMBATO”, quien ha cumplido con todos los requerimientos exigidos por la Universidad, por lo que se

aprueba la entrega de la misma.

La interesada puede hacer uso del presente para los efectos oportunos, así como

también autorizo la presentación por la evaluación por parte del jurado.

Atentamente:

DR. FAUSTO PINTADO

(3)

DECLARACIÓN DE AUTORÍA DE LA TESIS

Yo, PAMELA ALEJANDRA NÚÑEZ REYES, estudiante de la Carrera de Odontología de la Universidad Regional Autónoma de los Andes “UNIANDES”, declaro de forma

libre y voluntaria que la presente investigación para la obtención del título de

Odontóloga, con el tema: “IMPORTANCIA DE LA DIFUSIÓN Y CONOCIMIENTO

DEL ARTÍCULO 218 DEL CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL ECUATORIANO EN LOS ESTUDIANTES Y TUTORES DE LA UNIDAD DE ATENCIÓN ODONTOLÓGICA UNIANDES DE LA CIUDAD DE AMBATO”, así como las expresiones vertidas constituyen una elaboración personal realizada

únicamente con la dirección del asesor de tesis.

En consecuencia asumo la responsabilidad de la originalidad de la misma y el

cuidado pertinente al remitir a las fuentes bibliográficas respectivas para fundamentar

el contenido expuesto.

Pamela Alejandra Núñez Reyes

(4)

DEDICATORIA

Nuestra vida está llena de desafíos, uno de los más importantes es la carrera

Universitaria, al encontrarme finalizando la misma, puedo observar que no es solo un

desafío sino que es además la base para mi futuro profesional.

Dedico esta tesis a Dios por ser quien guía mi camino.

A mi madre Mercedes, quien ha sido mi pilar fundamental, mi fortaleza en todo

momento, el ejemplo de lucha que he seguido a lo largo de mi vida, la mujer que ha

estado apoyándome incondicionalmente en mis aciertos y errores, brindándome todo

su amor y alentándome a siempre seguir adelante en busca de mis sueños para

hacerlos realidad.

A mis abuelito Luis, quien ha sido mi padre, mi amigo y mi apoyo incondicional, y el

ejemplo a seguir, siempre con una sonrisa.

(5)

AGRADECIMIENTO

En todo momento, medito, sonrío y pienso “Yo sé que fuiste Tú” ¡Gracias Dios!

Agradezco a mi madre, Mercedes quien ha sido la responsable de que yo esté donde

estoy, y que sea quien soy con su eterno amor por mi.

A mi tía Sylvia, quien me ha brindado su cariño y su apoyo incondicional a lo largo de

toda mi vida, siendo como una segunda madre para mí.

A mi familia, quienes estuvieron en cada uno de los peldaños que fui escalando,

quienes han aportado de una u otra manera para que pueda llegar a cumplir cada

una de mis metas propuestas, con su sincero cariño y apoyo siempre.

A mis amigos, quienes son la familia que uno escoge, por siempre estar pendientes

de mí a lo largo de este proceso y por brindarme su cariño apoyo incondicional.

A mi Tutor, Dr. Fausto Pintado persona llena de sabiduría y valores, por su apoyo y

paciencia en el transcurso de mi vida estudiantil sobre todo en la realización de este

trabajo de investigación.

A mis maestros, que gracias a su sapiencia, a su enseñanza y a su paciencia pude ir

llenándome de conocimientos fundamentales para mi vida personal y profesional.

Finalmente A la Universidad Regional Autónoma de los Andes UNIANDES por

acogerme y prepararme a lo largo de toda esta etapa estudiantil, para ser una

profesional llena de éxitos en mi vida futura.

(6)

RESUMEN EJECUTIVO

La atención primaria en salud forma parte del sistema nacional de salud, del

desarrollo social y económico global de la comunidad, enmarcando una serie de

acciones en salud pública que deben realizarse desde un nivel primario y local en

beneficio de la comunidad. Brindando una excelente atención de calidad y calidez a

todos los pacientes que acuden a consulta, aplicando el respectivo protocolo de

salud.

A partir de Agosto del 2014, se cambia el escenario jurídico para los profesionales de

la salud al entrar en vigencia el Código Orgánico Integral Penal, dentro del cual se

encuentra el Art. 218, que menciona que el profesional de salud será sancionando

por desatención de emergencias a pacientes que acuden a consulta, pudiendo ser

esta sanción económica o incluso con pena privativa de libertad y su clausura

temporal. Lo que hace necesario se preste atención a todos y cada uno de los

pacientes que acuden a ser atendidos, mostrando así los principios éticos y valores

como profesionales de salud.

En el presente proyecto según su metodología a emplear es una investigación “Cuali-Cuantitativa”, porque busca conocer a detalle todo el contenido del artículo 218 del

COIP y las consecuencias que produciría la no aplicación del mismo, mediante datos

numéricos y estadísticos se verificará el número de estudiantes y tutores de la

Unidad de Atención Odontológica Uniandes que lo ponen en práctica.

La presente propuesta está encaminada a implementar un plan de capacitación para

la difusión y conocimiento del Artículo 218 del COIP que contribuyan a mejorar la

atención odontológica la misma que debe ser oportuna, de calidad y calidez, evitando

incurrir en la ley

(7)

ABSTRACT

Primary health care is part of the national health system, the overall social and

economic development of the community, framing a series of public health actions to

be performed from a primary and local level for community´s benefit. Must provide to

each and every one of the patients who come to see an excellent quality care and

warmth, preceding a correct diagnosis to provide excellent treatment by applying the

respective health protocol.

From August 2014, the legal stage for health professionals is changed to take effect

the Code of Integral Criminal, within which lies the Art. 218, which states that the

health professional will be sanctioned by neglect emergency patients seeking

consultation and may take financial penalty or even imprisonment and its temporary

closure. So it is necessary to pay attention necesesaria each and every one of the

patients who come to be addressed as a matter, demonstrating our ethical principles

and values as health professionals.

In this project is established by methodology to be used as a research "quantitative

composition" because it seeks to know in detail the content of Article 218 of the COIP

and the consequences that would produce the non-application thereof by figures and

statisticians will verify the number of students and tutors Dental Care Unit Uniandes

that implement the above in this article.

This proposal aims to implement a training plan for the dissemination and knowledge

of Article 218 of the COIP providing and increasing knowledge to students and tutors

of the UAO to help improve dental care it must be timely, quality and warmth,

avoiding incurring the law imposed by disregard for emergency patients attending the

consultation which will prevent the patient is in danger and face criminal not to treat

problems early.

(8)

ÍNDICE GENERAL

CONTENIDO Pág.

Portada

Certificado del Tutor

Declaración de Autoría de la Tesis

Dedicatoria

Agradecimiento

Resumen Ejecutivo

Abstract

Índice General

Índice de Tablas

Índice de Gráficos

Introducción 1

Problema 2

Formulación del Problema 3

Objeto De Estudio Y Campo De Acción 3

Línea De Investigación 3

Objetivos 3

Idea A Defender 4

Metodología A Emplear 4

Estructura De La Tesis 5

Aporte Teórico, Significación Práctica Y Novedad Científica 5

CAPÍTULO I MARCO TEÓRICO

1.1.1 Antecedentes Investigativos 7

1.1.2 Fundamentación Científica 8

(9)

1.2.1.1 Definición 8

1.2.1.2 Artículo 218 9

1.2.2 Responsabilidad de los Profesionales de la Salud 9

1.2.3 Código de Ética Profesional para Odontólogos 10

1.2.4 Atención en Salud al Paciente 12

1.2.5 Derechos del Paciente 13

1.2.5.1 Según la Constitución de la República del Ecuador 13

1.2.5.2 La Ley Orgánica de Salud del Ecuador Establece 14

1.2.6 Deberes del paciente 16

1.2.7 Ley de Derechos y Amparos del Paciente 17

1.2.7.1 Capítulo II 17

1.2.7.2 Capítulo III 18

1.2.7.3 Capítulo IV 19

1.2.7.4 Capítulo V 20

1.2.8 Trámite a seguir por personas perjudicadas 21

1.2.9 Obligaciones de los Servicios y Profesiones de la Salud 21

1.2.10 Emergencias 22

1.2.10.1 Etimología 22

1.2.10.2 Definición 22

1.2.10.3 Emergencias en Odontología 23

1.2.10.4 Emergencias Médicas en Odontología 25

1.1.4 Conclusiones Parciales del Capítulo 26

CAPÍTULO II

MARCO METODOLÓGICO

2.1 Metodología a Emplear 27

2.1.1 Paradigma o Modalidad de la Investigación 27

2.1.2 Tipo de Investigación por su Diseño 27

2.1.3 Tipo de Investigación por su Alcance 27

(10)

2.1.4.1 Método del Nivel Teórico del Conocimiento 28

2.1.4.2 Método del Nivel Empírico del Conocimiento 28

2.1.4.3 Técnicas de Investigación 28

2.1.4.4 Instrumentos de Investigación 29

2.2 Población y Muestra 29

2.2.1 Población 29

2.2.2 Muestra 29

2.3 Recolección de Información 30

2.3.1 Trabajo de Campo 30

2.4 Procedimiento y Análisis 31

2.5 Análisis de los resultados obtenidos en las Encuestas dirigidas a los

Estudiantes De 7mo A 10mo Semestre de la UAO (Ver Anexo N° 6) 32

2.6 Análisis de los resultados obtenidos en las Encuestas dirigidas a los

Tutores encargados de los turnos de la UAO (Ver Anexo N° 7) 42

2.7 Conclusiones Parciales Del Capítulo 52

CAPÍTULO III MARCO PROPOSITIVO

3.1 Título 53

3.2 Fundamentación 54

3.3 Objetivos 54

3.4 Desarrollo de la Propuesta 54

3.4.1 Identificación del Problema, Patología a Resolver 54

3.4.2 Tipo de Población 54

3.4.3 Lugar de Desarrollo y Aplicación de la Propuesta 54

3.5 Secuencia de los Procedimientos 55

3.7 Beneficios de la Propuesta 61

3.7.1 Sociales 61

3.7.2 Institucionales 61

(11)

3.8 Esquema de la Propuesta 62

3.9 Conclusiones Parciales del Capítulo 63

3.10 Conclusiones Y Recomendaciones Generales De La Tesis 64

Bibliografía

Linkografía

(12)

ÍNDICE DE TABLAS

CONTENIDO Pág.

Tabla N° 1 Emergencias en Odontología 23

Tabla N° 2 Emergencias Médicas en Odontología 25

Tabla N° 3 Tabulación en porcentajes de la pregunta N° 1 a estudiantes 32

Tabla N° 4 Tabulación en porcentajes de la pregunta N° 2 a estudiantes 33

Tabla N° 5 Tabulación en porcentajes de la pregunta N° 3 a estudiantes 34

Tabla N° 6 Tabulación en porcentajes de la pregunta N° 4 a estudiantes 35

Tabla N° 7 Tabulación en porcentajes de la pregunta N° 5 a estudiantes 36

Tabla N° 8 Tabulación en porcentajes de la pregunta N° 6 a estudiantes 37

Tabla N° 9 Tabulación en porcentajes de la pregunta N° 7 a estudiantes 38

Tabla N° 10 Tabulación en porcentajes de la pregunta N°8 a estudiantes 39

Tabla N° 11 Tabulación en porcentajes de la pregunta N° 9 a estudiantes 40

Tabla N° 12 Tabulación en porcentajes de la pregunta N° 10 a estudiantes 41

Tabla N° 13 Tabulación en porcentajes de la pregunta N° 1 a tutores 42

Tabla N° 14 Tabulación en porcentajes de la pregunta N° 2 a tutores 43

Tabla N° 15 Tabulación en porcentajes de la pregunta N° 3 a tutores 44

Tabla N° 16 Tabulación en porcentajes de la pregunta N° 4 a tutores 45

Tabla N° 17 Tabulación en porcentajes de la pregunta N° 5 a tutores 46

Tabla N° 18 Tabulación en porcentajes de la pregunta N° 6 a tutores 47

Tabla N° 19 Tabulación en porcentajes de la pregunta N° 7 a tutores 48

Tabla N° 20 Tabulación en porcentajes de la pregunta N° 8 a tutores 49

Tabla N° 21 Tabulación en porcentajes de la pregunta N° 9 a tutores 50

(13)

ÍNDICE DE GRÁFICOS

CONTENIDO Pág.

Gráfico N° 1 Gráficación porcentual de la pregunta N° 1 a estudiantes 32

Gráfico N° 2 Gráficación porcentual de la pregunta N° 2 a estudiantes 33

Gráfico N° 3 Gráficación porcentual de la pregunta N° 3 a estudiantes 34

Gráfico N° 4 Gráficación porcentual de la pregunta N° 4 a estudiantes 35

Gráfico N° 5 Gráficación porcentual de la pregunta N° 5 a estudiantes 36

Gráfico N° 6 Gráficación porcentual de la pregunta N° 6 a estudiantes 37

Gráfico N° 7 Gráficación porcentual de la pregunta N° 7 a estudiantes 38

Gráfico N° 8 Gráficación porcentual de la pregunta N° 8 a estudiantes 39

Gráfico N° 9 Gráficación porcentual de la pregunta N° 9 a estudiantes 40

Gráfico N° 10 Gráficación porcentual de la pregunta N° 10 a estudiantes 41

Gráfico N° 11 Gráficación porcentual de la pregunta N° 1 a tutores 42

Gráfico N° 12 Gráficación porcentual de la pregunta N° 2 a tutores 43

Gráfico N° 13 Gráficación porcentual de la pregunta N° 3 a tutores 44

Gráfico N° 14 Gráficación porcentual de la pregunta N° 4 a tutores 45

Gráfico N° 15 Gráficación porcentual de la pregunta N° 5 a tutores 46

Gráfico N° 16 Gráficación porcentual de la pregunta N° 6 a tutores 47

Gráfico N° 17 Gráficación porcentual de la pregunta N° 7 a tutores 48

Gráfico N° 18 Gráficación porcentual de la pregunta N° 8 a tutores 49

Gráfico N° 19 Gráficación porcentual de la pregunta N° 9 a tutores 50

Gráfico N° 20 Gráficación porcentual de la pregunta N° 10 a tutores 51

Gráfico N° 21 Confección de Gigantografía 55

Gráfico N° 22 Colocación de Gigantografía 56

Gráfico N° 23 Tríptico Anverso 57

Gráfico N° 24 Tríptico Reverso 57

Gráfico N° 25 Entrega de Trípticos a Estudiantes 58

Gráfico N° 26 Entrega de Trípticos a Estudiantes 58

Gráfico N° 27 Entrega de Trípticos a Tutores 59

(14)

Gráfico N° 29 Socialización a Estudiantes 60

Gráfico N° 30 Socialización a Tutores 60

(15)

1 INTRODUCCIÓN

Los profesionales de odontología son los encargados de la salud oral. No solo se

centran en los órganos dentales, sino también en los diversos órganos que

componen la cavidad oral, además del diagnóstico y el tratamiento de

enfermedades, se ocupa de la prevención.

Como profesional de la salud bucal el odontólogo, asume una gran

responsabilidad social. La salud bucal tiene importancia fundamental; busca lograr

el bienestar del individuo convirtiéndolo en un ente útil y activo dentro del entorno

en el cual se desenvuelve. Por lo tanto el profesional de la odontología, debe

asumir este compromiso, sin escatimar esfuerzos con el fin de devolverle al

paciente un completo estado de salud, puesto que la salud bucal constituye parte

imprescindible el bienestar de todo ser humano

Para que el paciente que acude a la consulta odontológica reciba una atención

satisfactoria y brindarle el tiempo que merecen para su atención, se debe

programar las citas con anterioridad; en caso de existir urgencias o emergencias

estas deberán ser atendidas de inmediato, así evitar complicaciones que puedan

comprometer o empeorar la salud del paciente.

Muchas veces por falta de programación, la falta de tiempo o por exceso de

pacientes, los profesionales pueden dejar de lado la atención oportuna de alguno

de sus pacientes y caer en una desatención, con lo cual y de acuerdo a las

nuevas leyes establecidas en nuestro país específicamente en el COIP

estaríamos infringiendo en uno de sus artículos, razón por la cual podríamos ser

(16)

2 La atención que un profesional de la saludpresta a sus pacientes, debe darse en

un ambiente de calidad y calidez, desde el primer momento que tienen contacto

con ellos, los debe tratar de una manera muy respetuosa y amable para que se

sientan cómodos, para que tengan confianza en el profesional, ya que la mayoría

llegan con gran incertidumbre y con miedo a ser tratados por el odontólogo.

Por lo tanto, el presente trabajo de investigación pretende difundir todo lo

referente a la desatención a los pacientes, así como las sanciones penales que

serían impuestas en caso de incumplido lo impuesto, mejorando así el nivel de

atención odontológica en los profesionales de salud bucal.

PROBLEMA

El desconocimiento de la existencia del Código Orgánico Integral Penal y su

Artículo 218 que expone lo siguiente: Desatención del servicio de Salud.- La

persona que, en obligación de prestar un servicio de salud y con la capacidad de

hacerlo, se niegue a atender a pacientes en estado de emergencia, será

sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.(Registro Oficial,

2014)

Si se produce la muerte de la víctima, como consecuencia de la desatención, la

persona será sancionada con pena privativa de libertad de trece a dieciséis años.

Si se determina la responsabilidad penal de una persona jurídica, será

sancionada con multa de treinta a cincuenta salarios básicos unificados del

trabajador en general y su clausura temporal.(Registro Oficial, 2014)

El desconocimiento parcial o total del contenido del presente artículo lleva a que

los estudiantes que brindan su atención en la Unidad de Atención Odontológica

incurren en la desatención a los pacientes que asisten a consulta, motivados por

diferentes circunstancias como: el miedo, la inseguridad, incluso por el corto

(17)

3 citados para ser atendidos, cabe recalcar que en algunos casos los estudiantes

pueden no solo desconocer la ley, sino también los signos y síntomas de una

emergencia, así como el correcto protocolo para su atención inmediata, pudiendo

ser sancionados por mínimos que sean los errores cometidos en la atención

odontológica vulnerando así el principio de universalidad que siempre se debe

tener presente en la práctica profesional.

FORMULACIÓN DEL PROBLEMA

¿La difusión y conocimiento del artículo 218 del Código Orgánico Integral Penal

Ecuatoriano en los estudiantes y tutores de la Unidad de Atención Odontológica

Uniandes de la cuidad de Ambato disminuye la incidencia en la prevención de

sanciones penales?

OBJETO DE ESTUDIO Y CAMPO DE ACCIÓN

Objeto de Estudio: El Artículo 218 de Código Orgánico Integral Penal  Campo de Acción:Marco Lega en Salud

LÍNEA DE INVESTIGACIÓN:

Odontología Preventiva y Comunitaria. Estudios de variables de riesgo

odontológico en la población.

OBJETIVOS Objetivo General:

 Valorar la importancia de la difusión del conocimiento del artículo 218 del Código Orgánico Integral Penal Ecuatoriano en los estudiantes y tutores de

la Unidad de Atención Odontológica Uniandes para prevenir sanciones de

(18)

4 Objetivos Específicos:

 Considerar los marcos teóricos y legales del artículo 218 del Código Orgánico Integral Penal Ecuatoriano.

 Estimar el grado de conocimiento de lo expuesto en el artículo 218 del Código Orgánico Integral Penal Ecuatoriano por parte de los estudiantes y

tutores de la Unidad de Atención Odontológica Uniandes de la Ciudad de

Ambato.

 Implementar un plan de capacitación parala difusión y conocimiento del artículo 218 del Código Orgánico Integral Penal Ecuatoriano en los

estudiantes y tutores de la Unidad de Atención Odontológica

IDEA A DEFENDER

Con un adecuado conocimiento del Artículo 218 del Código Orgánico Integral

Penal Ecuatoriano por parte de los estudiantes y tutores de la Unidad de Atención

Odontológica Uniandes de la Ciudad de Ambato se evitarán futuras sanciones de

tipo económico, así como sanciones con pena privativa de libertad al incurrir en el

incumplimiento del artículo mencionado cada vez que el estudiante o el tutor

brinden atención a los pacientes que asisten a consulta odontológica.

METODOLOGÍA A EMPLEAR

Cualitativa: porque busca conocer a detalle todo el contenido del artículo 218 del Código Orgánico Integral Penal Ecuatoriano y las consecuencia que produciría la

no aplicación del mismo por los estudiantes y tutores de la Unidad de Atención

Odontológica Uniandes de la cuidad de Ambato en su práctica diaria.

Cuantitativa: porque se verificará el número de estudiantes y tutores de la Unidad de Atención Odontológica Uniandes de la cuidad de Ambato que conocen

y ponen en práctica lo concerniente al artículo 218 del COIP, mediante datos

(19)

5 ESTRUCTURA DE LA TESIS

La tesis se encuentra estructurada de la siguiente forma. Introducción, tres

capítulos, conclusiones y recomendaciones.

En la Introducción, se identifica el problema, se lo formula, delimita y se plantea la

idea a defender en el desarrollo de esta investigación.

Se desarrollan tres capítulos: En el primer capítulo, se presenta el marco teórico

de la investigación, donde se menciona y analiza el artículo 218 del COIP, así

como las sanciones penales por incumplir dicha ley, los deberes y derechos tanto

de los pacientes como del profesional odontólogo y la identificación de

emergencias odontológicas y como actuar frente a estas. En el segundo capítulo

se describe los métodos empleados a partir de la investigación

cualitativa-cuantitativa. De igual manera en este capítulo se presentan los resultados

obtenidos de los instrumentos aplicados. En el tercer capítulo se presenta la

propuesta para la difusión y aplicación del contenido del artículo 218 del COIP a

estudiantes y tutores de la Unidad de Atención Odontológica.

Las conclusiones resumen las ideas fundamentales que se adquieren con esta

investigación y en las recomendaciones se elaboran sugerencias para se dé a

conocer y se difunda el artículo 218 del COIP a los estudiantes y tutores de la

Unidad de Atención Odontológica.

APORTE TEÓRICO, SIGNIFICACIÓN PRÁCTICA Y NOVEDAD CIENTÍFICA Aporte Teórico

Esta investigación brindará un aporte al estudiante y al profesional odontólogo

sobre el conocimiento del contenido del artículo 218 del Código Orgánico Integral

Penal pudiendo así saber cuales son las sanciones penales que se tendrá en

(20)

6 Significación Práctica

Este proyecto está encaminado a evitar sanciones penales al incumplir el artículo

218 del COIP tomando las medidas pertinentes en la práctica diaria tanto del

estudiante como del profesional odontólogo de la Unidad de Atención

Odontológica Uniandes.

Novedad Científica

Es novedoso ya que no todas las personas tienen un conocimiento adecuado

sobre el contenido del artículo 218 del COIP, incluso muchos estudiantes y

profesionales de odontología desconocen por completo su existencia, por lo que

podrían infringir la ley y recibir sanciones penales, mediante una adecuada

difusión del contenido del artículo se pueden evitar futuros incumplimientos y por

ende futuras sanciones penales.

Debiendo recordad en todo momento que “el desconocimiento de la ley no exime de responsabilidades a los profesionales o trabajadores de la salud.”1

(21)

7 CAPÍTULO I

MARCO TEÓRICO 1.1 ANTECEDENTES INVESTIGATIVOS

A través de las diferentes épocas y culturas, y de acuerdo con las concepciones

médicas, la apreciación de la responsabilidad de los médicos u odontólogos ha

ido variando constantemente, ocasionadas por sus errores o faltas y las

exigencias de pericia, cuidado y prudencia en el ejercicio de su arte o profesión.

(Parra, 2008)

En el Código de Hamurabi, alrededor de 2.000 años antes de Cristo, en Babilonia,

fijó ya reglas sobre la responsabilidad del médico y se establecieron penas

severas por presuntos errores profesionales. Por ejemplo, dicho de cuerpos de leyes prescribía que “si un médico hace una grave herida a alguno con el cuchillo operatorio y lo mata…… a tal médico le deberán cortar las manos. Si un médico le

hace una herida grave al esclavo de un hombre libre y lo mata, deberá resarcir con un esclavo la pérdida del esclavo….”. (Parra, 2008)

Desde la época republicana hasta antes de la promulgación del Código Orgánico

Integral Penal en el Ecuador, se han publicado cinco cuerpos penales a saber: el

primero, del 14 de abril de 1837 de Vicente Rocafuerte; el segundo, publicado el 3

de noviembre de 1871 durante el gobierno de Gabriel García Moreno; el tercero,

dispuesto por Antonio Flores Jijón, el 4 de enero de 1889; el cuarto, producto de

la Revolución Liberal liderada por el General Eloy Alfaro y que se oficializó el 18

de abril de 1906; y, el quinto, publicado el 22 de marzo de 1938 durante la

presidencia de Alberto Enríquez Gallo. (Registro Oficial, 2014)

El artículo 76 de la Constitución ordena que las penas estén acorde con el

principio de proporcionalidad, es decir, debe existir cierta relación coherente entre

el grado de vulneración de un derecho y la gravedad dela pena. (Registro Oficial,

(22)

8 La Unidad de Atención Odontológica Uniandes, no cuenta con un registro

estadístico sobre casos de desatención a pacientes que acuden por una

emergencia a ser atendidos, lo que dificulta establecer un antecedente preciso, y

que permita indicar con fechas y datos estadísticos problemas de este tipo.

El presente trabajo investigativo ha permitido que se considere la necesidad de

implementar procesos de control estadísticos sobre desatención, puesto que de

vital importancia para casos futuros similares.

1.2 FUNDAMENTACIÓN CIENTÍFICA

1.2.1 Código Orgánico Integral Penal

1.2.1.1 Definición

Como menciona Fernando Gutiérrez Vera: “Después de la Constitución el Código

Penal es el más importante cuerpo legal que pueda darse en cualquier país.

Establece, modela, limita o prohíbe comportamientos personales que se puedan

considerar contrarios al orden jurídico porque violan o amenazan violar los

derechos individuales y colectivos de los miembros de una sociedad; define cómo

debemos relacionarnos los ciudadanos unos con otros señalando lo que es malo,

constituye infracción y se vuelve objeto de sanción o pena; lo que está fuera de ese marco está permitido, es lo bueno.” (Vera, 2014)

El Código Orgánico Integral Penal establece un orden social y éste va a sujetar a

los ciudadanos a ese orden, teniendo no solamente sanciones que consisten en

privar de libertad a la persona implicada, sino también al incumplir la ley

(23)

9 1.2.1.2 Artículo 218

En el Código Orgánico Integral Penal establece sanción penal cuando el

profesional en odontología no prestare su ayuda adecuada, al paciente que lo

necesite.

“Art. 218.- Desatención del servicio de Salud.- La persona que, en obligación de

prestar un servicio de salud y con la capacidad de hacerlo, se niegue a atender a

pacientes en estado de emergencia, será sancionada con pena privativa de

libertad de uno a tres años.

Si se produce la muerte de la víctima, como consecuencia de la desatención, la

persona será sancionada con pena privativa de libertad de trece a dieciséis años.

Si se determina la responsabilidad penal de una persona jurídica, será

sancionada con multa de treinta a cincuenta salarios básicos unificados del trabajador en general y su clausura temporal.” (Registro Oficial, 2014)

1.2.2 Responsabilidad de los Profesionales de la Salud

Según la Ley Orgánica de Salud del Ecuador2 en su Artículo 201al 204 menciona lo siguiente:

“Art. 201.- Es responsabilidad de los profesionales de salud, brindar atención de

calidad, con calidez y eficacia, en el ámbito de sus competencias, buscando el

mayor beneficio para la salud de sus pacientes y de la población, respetando los derechos humanos y los principios bioéticos.” (ARCSA, 2012)

Es su deber exigir condiciones básicas para el cumplimiento de lo señalado en el

inciso precedente.

“Art. 202.- Constituye infracción en el ejercicio de las profesiones de salud, todo

acto individual e intransferible, no justificado, que genere daño en el paciente y

sea resultado de:

(24)

10 a) Inobservancia, en el cumplimiento de las normas;

b) Impericia, en la actuación del profesional de la salud con falta total o parcial de conocimientos técnicos o experiencia;

c) Imprudencia, en la actuación del profesional de la salud con omisión del cuidado o diligencia exigible; y,

d) Negligencia, en la actuación del profesional de la salud con omisión o demora injustificada en su obligación profesional.” (ARCSA, 2012)

“Art. 203.- Los servicios de salud, serán corresponsables civilmente, de las

actuaciones de los profesionales de la salud que laboran en ellos.

Art. 204.- El consentimiento o autorización del paciente o de la persona que le

representa legalmente, no exime de responsabilidad al profesional o al servicio de salud en aquellos casos determinados en el artículo 202 de esta Ley” (ARCSA,

2012)

1.2.3 Código de Ética Profesional para Odontólogos

Según la Federación Odontológica Ecuatoriana (FOE) nos indica en su Código de

Ética Profesional para Odontólogos la relación que el Profesional de la Salud

Dental debe tener con sus pacientes.

“Capitulo VII: Relaciones con los Pacientes

Art. 18. En su ejercicio profesional, el Odontólogo respetará las creencias políticas

y religiosas del paciente y observará una conducta intachable.

Art. 19. El Odontólogo será cauteloso al mencionar la calidad de los específicos

que prescribe y en ningún momento, deberá indicar al paciente donde debe

adquirir su receta, procurando que la prescripción se encuentre al alcance de sus

(25)

11 Art. 20. El Odontólogo está en la obligación, de prestar su atención profesional en

aquellos casos en que corra peligro la vida del enfermo, si no se le brinda la

atención de inmediato.

Art. 21. El profesional Odontólogo podrá rehusar atención a un paciente, si el

comportamiento de éste va en desmedro del prestigio profesional o atenta contra

las normas de corrección dentro del ámbito de su consultorio.

Art. 22. Establecido el convenio entre el profesional y el paciente para el

desarrollo del tratamiento odontológico, es obligación del Odontólogo cumplirlo.

Si fuere interrumpido por una causa que justifique no terminarlo, se valorarán los

trabajos realizados para liquidar los honorarios profesionales.

Art. 23. Si un paciente no cumpliere con las indicaciones del Odontólogo en forma

reiterada, perjudicando el tratamiento indicado, el profesional podrá excusarse de

continuar con la atención. Facultase al profesional comunicar al respectivo

Colegio Odontológico Provincial, si lo creyere del caso. Igualmente podrá

rehusarse la continuación del tratamiento cuando el paciente no cumpla con las

condiciones previamente concertadas respecto al pago de honorarios.

Si se suscitase controversia insuperable entre el Odontólogo y el paciente, aquel

podrá proponer arbitraje ante el Colegio Odontológico al que pertenece, sin

perjuicio de la acción judicial correspondiente.

Art. 24. El Odontólogo no concertará, ni hará ningún tratamiento a menores de

edad o pacientes incapacitados, sin previo conocimiento del padre o guardador,

no ejecutará tratamiento alguno sin previa autorización de un familiar, cuando la

atención signifique un riesgo para la vida del paciente; exceptuándose los casos

de emergencia.

Art. 25. El Odontólogo utilizará en su práctica técnicas y conocimientos

consagrados por la experiencia científica.

Debe abstenerse de aplicar métodos que rebasen los límites de sus

(26)

12 Es prohibido realizar procedimientos experimentales, mientras no exista expresa

autorización de ellos o de sus guardadores, en caso de menores de edad o

incapacitados, la autorización será por escrito, con reconocimiento de firma y rúbrica ante la autoridad competente.” (Federación Odontológica Ecuatoriana,

2012)

1.2.4 Atención en Salud al Paciente

“La atención primaria de salud (siglas: AP o APS), según la definición dada en la

Declaración de Alma-Ata, aprobada por la Conferencia Internacional sobre

Atención Primaria de Salud de Alma-Ata de 1978 convocada por la Organización

Mundial de la Salud (OMS) es la siguiente:

Es la asistencia sanitaria esencial basada en métodos y tecnologías prácticos,

científicamente fundados y socialmente aceptables, puesta al alcance de todos

los individuos y familias de la comunidad mediante su plena participación y a un

costo que la comunidad y el país puedan soportar, en todas y cada una de las

etapas de su desarrollo con un espíritu de autorresponsabilidad y

autodeterminación. La atención primaria forma parte integrante tanto del sistema

nacional de salud, del que constituye la función central y el núcleo principal, como del desarrollo social y económico global de la comunidad.” (Fundación Wikimedia,

Inc, 2015)

Dicha definición enmarca una serie de acciones de salud pública, sean de

diagnóstico, prevención, curación y rehabilitación, que deben realizarse desde un

nivel primario y local en beneficio de la comunidad. Además, de ser el nivel básico

e integrante de cualquier sistema de salud.

La atención primaria es el mecanismo mediante el cual se proveen mejor salud a

las poblaciones y las personas, con mayor equidad en salud, y con

(27)

13 1.2.5 Derechos del Paciente

1.2.5.1 Según la Constitución de la República del Ecuador:

La Constitución de la República del Ecuador determina los derechos

fundamentales a que tienen las personas, comunidades, pueblos, nacionalidades,

los cuales gozaran de los derechos garantizados en la Constitución y en los

Instrumentos Internacionales.

Art. 11.- “El ejercicio de los derechos se regirá por los siguientes principios:

2. Todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y

oportunidades.

Nadie podrá ser discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad,

sexo, identidad de género, identidad cultural, estado civil, idioma, religión,

ideología, filiación política, pasado judicial, condición socio-económica, condición

migratoria, orientación sexual, estado de salud, portar VIH, discapacidad,

diferencia física; ni por cualquier otra distinción, personal o colectiva, temporal o

permanente, que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el

reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos. La ley sancionará toda forma de

discriminación.

El Estado adoptará medidas de acción afirmativa que promuevan la igualdad real

en favor de los titulares de derechos que se encuentren en situación de desigualdad.” (Corporación de Estudios y Publicaciones, 2012)

Es decir que todos los ecuatorianos debemos tener el mismo trato preferente e

igualitario en todos los asuntos relacionados a nuestro diario vivir y amparados a

los derechos del Buen Vivir (Suma Kausay).

Art. 32.- “La salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya realización se

vincula al ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho al agua, la

alimentación, la educación, la cultura física, el trabajo, la seguridad social, los

(28)

14 El Estado garantizará este derecho mediante políticas económicas, sociales,

culturales, educativas y ambientales; y el acceso permanente, oportuno y sin

exclusión a programas, acciones y servicios de promoción y atención integral de

salud, salud sexual y salud reproductiva. La prestación de los servicios de salud

se regirá por los principios de equidad, universalidad, solidaridad,

interculturalidad, calidad, eficiencia, eficacia, precaución y bioética, con enfoque de género y generacional.” (Corporación de Estudios y Publicaciones, 2012)

El Estado en la actualidad realiza planes, programas, proyectos encaminados al

beneficio de los ecuatorianos, específicamente refiriéndonos a los servicios de

salud, servicios que deben ser eficaces, oportunos, de calidad para precautelar la

salud de los pacientes, como se lo ejecuta en la Unidad de Atención

Odontológica Uniandes.

1.2.5.2 La Ley Orgánica de Salud del Ecuador (LOS) establece:

“Art. 7.- Toda persona, sin discriminación por motivo alguno, tiene en relación a la

salud, los siguientes derechos:

a) Acceso universal, equitativo, permanente, oportuno y de calidad a todas las

acciones y servicios de salud;

b) Acceso gratuito a los programas y acciones de salud pública, dando atención

preferente en los servicios de salud públicos y privados, a los grupos vulnerables determinados en la Constitución Política de la República;

c) Vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado y libre de contaminación;

d) Respeto a su dignidad, autonomía, privacidad e intimidad; a su cultura, sus prácticas y usos culturales; así como a sus derechos sexuales y reproductivos;

e) Ser oportunamente informada sobre las alternativas de tratamiento, productos y

servicios en los procesos relacionados con su salud, así como en usos, efectos, costos y calidad; a recibir consejería y asesoría de personal capacitado antes y

(29)

15 integrantes de los pueblos indígenas, de ser el caso, serán informados en su lengua materna;

f) Tener una historia clínica única redactada en términos precisos, comprensibles y completos; así como la confidencialidad respecto de la información en ella

contenida y a que se le entregue su epicrisis;

g) Recibir, por parte del profesional de la salud responsable de su atención y

facultado para prescribir, una receta que contenga obligatoriamente, en primer lugar, el nombre genérico del medicamento prescrito;

h) Ejercer la autonomía de su voluntad a través del consentimiento por escrito y

tomar decisiones respecto a su estado de salud y procedimientos de diagnóstico y

tratamiento, salvo en los casos de urgencia, emergencia o riesgo para la vida de la personas y para la salud pública;

i) Utilizar con oportunidad y eficacia, en las instancias competentes, las acciones

para tramitar quejas y reclamos administrativos o judiciales que garanticen el cumplimiento de sus derechos; así como la reparación e indemnización oportuna por los daños y perjuicios causados, en aquellos casos que lo ameriten;

j) Ser atendida inmediatamente con servicios profesionales de emergencia,

suministro de medicamentos e insumos necesarios en los casos de riesgo

inminente para la vida, en cualquier establecimiento de salud público o privado, sin requerir compromiso económico ni trámite administrativo previos;

k) Participar de manera individual o colectiva en las actividades de salud y vigilar

el cumplimiento de las acciones en salud y la calidad de los servicios, mediante la

conformación de veedurías ciudadanas u otros mecanismos de participación social; y, ser informado sobre las medidas de prevención y mitigación de las

amenazas y situaciones de vulnerabilidad que pongan en riesgo su vida; y,

l) No ser objeto de pruebas, ensayos clínicos, de laboratorio o investigaciones, sin su conocimiento y consentimiento previo por escrito; ni ser sometida a pruebas o

(30)

16 Todas las personas tienen derecho a una atención digna, de calidad y calidez sin

ser víctimas de discriminación alguna por varios motivos como pueden ser etnia,

color de piel, religión o incluso diferentes creencias políticas que pueda tener,

respetando siempre el derecho de universalidad que tienen todas las personas.

1.2.6 Deberes del Paciente

Según la Ley Orgánica de Salud del Ecuador en su Artículo 8 menciona lo

siguiente:

“Art. 8.- Son deberes individuales y colectivos en relación con la salud:

a) Cumplir con las medidas de prevención y control establecidas por las autoridades de salud;

b) Proporcionar información oportuna y veraz a las autoridades de salud, cuando

se trate de enfermedades declaradas por la autoridad sanitaria nacional como de

notificación obligatoria y responsabilizarse por acciones u omisiones que pongan en riesgo la salud individual y colectiva;

c) Cumplir con el tratamiento y recomendaciones realizadas por el personal de

salud para su recuperación o para evitar riesgos a su entorno familiar o comunitario;

d) Participar de manera individual y colectiva en todas las actividades de salud y

vigilar la calidad de los servicios mediante la conformación de veedurías

ciudadanas y contribuir al desarrollo de entornos saludables a nivel laboral,

familiar y comunitario; y,

(31)

17 1.2.7 Ley de Derechos y Amparo del Paciente

1.2.7.1 “CAPITULO II

DERECHOS DEL PACIENTE

Artículo 2.- DERECHO A UNA ATENCIÓN DIGNA.- Todo paciente tiene derecho

a ser atendido oportunamente en el centro de salud de acuerdo a la dignidad que

merece todo ser humano y tratado con respeto, esmero y cortesía.

Artículo 3.- DERECHO A NO SER DISCRIMINADO.- Todo paciente tiene

derecho a no ser discriminado por razones de sexo, raza, edad, religión o

condición social y económica.

Artículo 4.- DERECHO A LA CONFIDENCIALIDAD.- Todo paciente tiene derecho

a que la consulta, examen, diagnóstico, discusión, tratamiento y cualquier tipo de

información relacionada con el procedimiento médico a aplicársele, tenga el

carácter de confidencial.

Artículo 5.- DERECHO A LA INFORMACIÓN.- Se reconoce el derecho de todo

paciente a que, antes y en las diversas etapas de atención al paciente, reciba del

centro de salud a través de sus miembros responsables, la información

concerniente al diagnóstico de su estado de salud, al pronóstico, al tratamiento, a

los riesgos a los que médicamente está expuesto, a la duración probable de

incapacitación y a las alternativas para el cuidado y tratamientos existentes, en

términos que el paciente pueda razonablemente entender y estar habilitado para

tomar una decisión sobre el procedimiento a seguirse. Exceptúense las

situaciones de emergencia.

El paciente tiene derecho a que el centro de salud le informe quien es el médico

responsable de su tratamiento.

Artículo 6.- DERECHO A DECIDIR.- Todo paciente tiene derecho a elegir si

(32)

18 salud deberá informarle sobre las consecuencias de su decisión.” (Ministerio de

Salud Pública del Ecuador, 2015)

Cada una de las personas que acuden a consulta odontológica tienen derechos

que deben ser respetados por parte de los profesionales de la salud, como ya se

mencionó anteriormente el paciente es libre de conocer y decidir lo que crea que

es mejor para él, obviamente después de recibir información por parte del

profesional dándole a conocer los beneficios y riesgos de las decisiones que el

paciente pueda tomar en cuanto a su tratamiento de salud.

1.2.7.2 “CAPITULO III

AMPARO AL PACIENTE EN SITUACIONES DE EMERGENCIA

Artículo 7.- SITUACIÓN DE EMERGENCIA.- Es toda contingencia de gravedad

que afecte a la salud del ser humano con inminente peligro para la conservación

de la vida o de la integridad física de la persona, como consecuencia de

circunstancias imprevistas e inevitables, tales como: choque o colisión,

volcamiento u otra forma de accidente de tránsito terrestre, aéreo o acuático,

accidentes o infortunios en general, como los ocurridos en el medio de trabajo,

centros educativos, casa, habitación, escenarios deportivos, o que sean el efecto

de delitos contra las personas como los que producen heridas causadas con

armas cortopunzantes, de fuego, contundentes, o cualquiera otra forma de

agresión material.

Artículo 8.- Todo paciente en estado de emergencia debe ser recibido

inmediatamente en cualquier centro de salud, público o privado, sin necesidad de

pago previo.

Artículo 9.- Se prohíbe a los centros de salud públicos y privados exigir al paciente

en estado de emergencia y a las personas relacionadas con él, que presenten

cheques, tarjetas de crédito, pagarés a la orden, letras de cambio u otro tipo de

documento de pago, como condición previa a ser recibido, atendido y estabilizado

(33)

19 Tan pronto como el paciente haya superado la emergencia y se encuentre

estabilizado en sus condiciones físicas, el centro de salud tendrá derecho para

exigir al paciente o a terceras personas relacionadas con el, el pago de los

servicios de salud que recibió.

Artículo 10.- El estado de emergencia del paciente será calificado por el centro de

salud al momento de su arribo.

Artículo 11.- Los valores no recuperados por el centro de salud por la atención a

(sic) un paciente en estado de emergencia, podrán deducirse del impuesto a la

renta de (sic) conformidad con las disposiciones de la Ley de Régimen Tributario Interno.” (Ministerio de Salud Pública del Ecuador, 2015)

Una emergencia no puede pasar desapercibida y no ser atendida por los

profesionales de la salud debido a que la vida del paciente se encuentra en

riesgo, como lo menciona la FOE en el Código de ética Profesional par

Odontólogos: “El Odontólogo está en la obligación, de prestar su atención

profesional en aquellos casos en que corra peligro la vida del enfermo, si no se le brinda la atención de inmediato.” (Federación Odontológica Ecuatoriana, 2012)

1.2.7.3 “CAPITULO IV

SANCIONES POR FALTA DE ATENCIÓN EN SITUACIONES DE EMERGENCIA

Artículo 12.- Bajo ningún motivo un centro de salud podrá negar la atención de un

paciente en estado de emergencia.

El centro de salud que se negare a atender a un paciente en estado de

emergencia será responsable por la salud de dicho paciente y asumirá

solidariamente con el profesional o persona remisa en el cumplimiento de su

deber, la obligación jurídica de indemnizarle los daños y perjuicios que su

negativa le cause.

Artículo 13.- Los responsables de un centro de salud que se negaren a prestar

(34)

20 12 a 18 meses y, en caso de fallecimiento del paciente desatendido (sic), con prisión de 4 a 6 años.” (Ministerio de Salud Pública del Ecuador, 2015)

Debemos tener en cuenta que en la actualidad las sanciones penales por

desatención de emergencias ha tomado mayor importancia por lo que en el

Artículo 218 del COIP que entró en vigencia en Agosto del 2014 menciona lo siguiente: “Art. 218.- Desatención del servicio de Salud.- La persona que, en

obligación de prestar un servicio de salud y con la capacidad de hacerlo, se

niegue a atender a pacientes en estado de emergencia, será sancionada con

pena privativa de libertad de uno a tres años.

Si se produce la muerte de la víctima, como consecuencia de la desatención, la

persona será sancionada con pena privativa de libertad de trece a dieciséis años.

Si se determina la responsabilidad penal de una persona jurídica, será

sancionada con multa de treinta a cincuenta salarios básicos unificados del trabajador en general y su clausura temporal.” (Registro Oficial, 2014)

1.2.7.4 “CAPITULO V

APLICACIÓN DE LA LEY

Artículo 14.- La presente Ley obliga a todos los centros de salud del país, sean

éstos públicos, privados o a cargo de instituciones militares, policiales, religiosas o

de beneficencia.

Artículo 15.- Es obligación de todos los centros de salud mantener a disposición

de los usuarios ejemplares de esta Ley y exhibir el texto de los derechos del

paciente en lugares visibles para el público.

Artículo 16.- Todos los centros de salud están obligados a mantener expuestas en

lugares visibles para el público, las tarifas que se cobran por sus servicios.

(35)

21 1.2.8 Trámite a seguir por personas Perjudicadas

EL trámite que debe seguir la persona que se siente perjudicado por desatención

del servicio de odontología deberá presentar la respectiva denuncia en las

oficinas de la Fiscalía de la provincia en donde fue atendido.

Artículo 421.- Denuncia.- La persona que llegue a conocer que se ha cometido un

delito de ejercicio público de la acción, podrá presentar su denuncia ante la

Fiscalía, al personal del Sistema especializado integral de investigación, medicina

legal o ciencias forenses o ante el organismo competente en materia de tránsito.

(Registro Oficial, 2014)

La denuncia será pública, sin perjuicio de que los datos de identificación personal

del denunciante, procesado o de la víctima se guarden en reserva para su

protección.

1.2.9 Obligaciones de los Servicios y Profesiones de la Salud

Según la Ley Orgánica de Salud del Ecuador en su Artículo 186 menciona lo

siguiente:

“Art. 186.- Es obligación de todos los servicios de salud que tengan salas de

emergencia, recibir y atender a los pacientes en estado de emergencia. Se

prohíbe exigir al paciente o a las personas relacionadas un pago, compromiso

económico o trámite administrativo, como condición previa a que la persona sea

recibida, atendida y estabilizada en su salud.

(36)

22 1.2.10 Emergencias

1.2.10.1 Etimología

La etimología de emergencia proviene del latín emergens. Probablemente la

primera palabra que se indicó para referirse a un estado de emergencia fue CQD, “Come Quickly, Distress”, que significa “vengan rápido, problemas”, fue la primera

señal de socorro utilizada en las transmisiones telegráficas que se originó en

1904. (Villalibre, 2013)

1.2.10.2 Definición

La OMS define emergencia como: “aquel caso en que la falta de asistencia conduciría a la muerte en minutos”.

La Asociación Médica Americana define emergencia como: “aquella situación

urgente que propone en peligro inmediato la vida del paciente la función de un órgano”

Emergencia: es toda situación urgente en la que está en peligro la vida de la

persona o la función de algún órgano fundamental para sobrevivir también

llamados órganos diana, como son corazón, cerebro, pulmones y riñones.

“Es aquel caso en el que la falta de asistencia sanitaria conduciría a la muerte en

minutos (hora dorada) y en el que la aplicación de los primeros auxilios por

cualquier persona es de importancia primordial. Algunos autores americanos

promovieron el concepto de hora dorada como la primera hora de un suceso en la

(37)

23 1.2.10.3 Emergencias en Odontología

Tabla N° 1 CONDICIÓN

SÍNTOMAS TRATAMIENTO

Dolor Sordo continuo dolor no es de

emergencia

Un dolor sordo, continuo, no se considera una emergencia dental o de urgencia. Sin embargo, un dolor de muelas no debería ser ignorado, ya que por lo general significa que hay algo que irrita la raíz del nervio del diente.

Dentadura rota no es de emergencia

NO intente reparar su dentadura por su cuenta, ya que podría causar daños adicionales a la dentadura o de la boca.

La sensibilidad la sensibilidad al frío en los

dientes no es de emergencia

La sensibilidad al frío es causado por varios factores, que pueden incluir la exposición de dentina, los alimentos ácidos, los últimos procedimientos dentales de rutina, la recesión de las encías, cepillarse demasiado duro o rechinar los dientes.

La sensibilidad al

calor se considera urgente

Puede indicar que una infección puede estar presente. Sin embargo, si la hinchazón significativa y / o fiebre están presentes, entonces este tipo de sensibilidad al calor podría ser considerada una emergencia dental.

Un diente fracturado

Puede ser una emergencia dental según el grado de fractura y dolor en la zona.

(38)

24

Hinchazón Emergencia

Si está experimentando malestar repentino, severo, acompañado de hinchazón, puede haber una infección en la boca. Si la infección está presente, el área aparece roja y sensible, y cálido al tacto con un poco de formación de pus localizada.

Absceso dental. se considera urgente

Si hay un absceso, una formación de pus localizada por lo general se puede ver en el extremo de la raíz del diente. Si la condición es grave y hay una infección presente, el dentista probablemente le recetará antibióticos y analgésicos de inmediato, antes de intentar realizar una terapia de

conducto radicular o de otros

procedimientos de restauración.

Si el diente se cae Emergencia

Controlar el sangrado aplicando

presión directa con una compresa fría, puede haber sangrado abundante. Recuperar el diente que ha sido eliminado (sin tocar el extremo de la raíz del diente). Es posible volver a implantar el diente dentro de los 30

minutos de haber ocurrido el

percance.

Un diente extruído Emergencia

Es un diente que ha sido forzado a salir de su posición original. Utilizar una gasa húmeda o tejido para mantener el diente en su lugar.

Una fractura facial Emergencia

En el caso de una fractura facial grave asegurar la vía aérea está permeable y aplicar presión directa a las zonas de sangrado. Llame al 911 o

transportar a la víctima a la

emergencia de un hospital de

inmediato para recibir atención

médica.

(39)

25 1.2.10.4 Emergencias Médicas en Odontología

Tabla N° 2

CONDICIÓN SÍNTOMAS TRATAMIENTO

Síncope vasovagal

-Pérdida súbita y transitoria

de conciencia, con

recuperación en pocos

minutos

-Valorar conciencia

-Posición supina (Trendelemburg) -Valorar ABC

-Soltar ropa apretada

-O2 – Atropina 1/3 amp. s/c.

Shock hipoglicémico

-Sensación de hambre

-Sudoración profusa -Náuseas

-Ansiedad, agresividad

-Posición cómoda del paciente

-Administrar carbohidratos (dulce,

azúcar)

Hiperventilación

-Palpitaciones, taquicardia -Vértigo, ansiedad

-Alteración de la visión -Sequedad bucal

-Control de la ansiedad

-Recircular el aire espirado (ventilar en una bolsa)

Angina de pecho

-Dolor torácico,

retroesternal, irradiado a

brazo y mano izq, epigastrio, hombros, cuello y mandíbula

-Isquemia miocárdica

transitoria

-Paciente cómodo -Soporte vital básico

-Administrar vasodilatador coronario (NTG sublingual) + O2

-Solicitar ayuda médica

Infarto agudo al miocardio

-Dolor retroesternal agudo y prolongado

-Necrosis de células

miocárdicas por una

isquemia mantenida

-No cede con reposo ni con NTG

-Arritmia, edema pulmonar, síncope

-Igual al manejo de la angina. Cuando no hay dolor persistente administrar Tramadol N2O (óxido nitroso).

-Si dolor persiste:

-Alivio del dolor con narcóticos parenterales (morfina), N2O

-Traslado a centro hospitalario

Shock Anafiláctico

-Urticaria. -Tumefacción. -Erupción cutánea. -Opresión torácica.

-Diseña o dificultad para respirar.

-Rinorrea. -Conjuntivitis

-Examinar las vías respiratorias y pulso del paciente.

-Se pueden suministrar:

-Adrenalina, que se puede administrar de forma subcutánea

-Líquido (expansor de plasma/HES, solución de Ringer, solución salina)

-Glucocorticoides (cortisona,

prednisolona)

-Antihistamínicos (clemastina,

cimetidina)

Crisis hipertensiva

-P. sist>200 -P. diast>120

-Sintomatología inespecífica: cefalea, tinitus, mareos, nauseas

Nifedipino 10mg sublingual

(40)

26 1.2 CONCLUSIONES PARCIALES DEL CAPÍTULO

 La investigación realizada permite concluir que de acuerdo a las Leyes establecidas en nuestro país, pueden existir sanciones penales debido a la

desatención de pacientes en estado de emergencia, que pueden ir desde

sanciones pecuniariashasta la pena privativa de libertad a los profesionales

que incurran en esta ley. Cabe recalcar que el desconocimiento de la ley no

exime de responsabilidades a los profesionales o trabajadores de la salud, por

lo que es necesario estar informados sobre el contenido de la ley.

 Muchos han sido los criterios difundidos sobre la atención de calidad y calidez que se debe prestar a los pacientes que acuden a consulta dental, así como

de la desatención y las sanciones que esta acción genera en los profesionales

de la salud.

 Es muy importante difundir el contenido del Artículo 218 del Código Orgánico Integral Penal a fin de que cada día mayor número de profesionales de salud,

así como estudiantes de pregrado tengan conocimiento de lo que puede

suceder cuando caen en una desatención a pacientes que acuden con

emergencias a la consulta dental, estar al tantode cómo actuar y así evitar

futuras sanciones penales que se encuentran establecidas en la ley de

nuestro país.

 Una vez conocido el artículo y su contenido se puede poner en práctica en consulta ofreciendo una atención de calidad y calidez, en caso de ya existir

mejorarla para que a futuro no tener preocupación de ser sancionados

penalmente por incurrir el artículo 218 del COIP de esta manera

(41)

27 CAPÍTULO II

MARCO METODOLÓGICO

2.1 METODOLOGÍA A EMPLEAR

2.1.1 Paradigma o Modalidad de la Investigación

En la presente investigación predomina el enfoque cuali-cuantitativo,

modalidades que se detallan a continuación:

 Cualitativa: porque permitió conocer a detalle todo el contenido del artículo 218 del Código Orgánico Integral Penal Ecuatoriano y las

consecuencia de la no aplicación del mismo por los estudiantes de la

Unidad de Atención Odontológica Uniandes de la cuidad de Ambato en su

práctica diaria.

 Cuantitativa: porque permitió verificar el número de estudiantes de la

Unidad de Atención Odontológica Uniandes de la cuidad de Ambato que

ponen en práctica lo expuesto en el artículo 218 del COIP, mediante datos

numéricos.

2.1.2Tipo de Investigación por su Diseño

 De Campo: debido a que la información se tomó en la Unidad de Atención Odontológica Uniandes de la ciudad de Ambato.

 Aplicada: ya que al tener conocimiento del Artículo 218 se evitan sanciones penales por su incumplimiento.

2.1.3 Tipo de Investigación por su Alcance

(42)

28 sanciones penales a los estudiantes de la Unidad de Atención

Odontológica Uniandes de la cuidad de Ambato en caso de incumplimiento  Descriptiva: porque dio a conocer minuciosamente cada una de las

sanciones penales el contenido del Artículo 218 del Código Orgánico

Integral Penal Ecuatoriano y las consecuencia que produce la no aplicación

del mismo y que deben acatar los estudiantes de la Unidad de Atención

Odontológica Uniandes de la cuidad de Ambato.

2.1.4 Métodos, Técnicas e Instrumentos de Investigación

2.1.4.1 Método del Nivel Teórico del Conocimiento

 Analítico - Sintético: porque se partió del estudio del Código Orgánico Integral Penal, y del análisis del artículo 218 contenido en el mismo

para conocer las consecuencias de la desatención por parte de los

estudiantes a los pacientes asistentes a la Unidad de Atención

Odontológica

 Inductivo – Deductivo: porque se parte del contenido del artículo 218 del Código Orgánico Integral Penal para determinar el grado de

conocimiento de los estudiantes que asisten a la Unidad de Atención

Odontológica

2.1.4.2 Método del Nivel Empírico del Conocimiento

 Análisis Documental: porque permitió obtener registros de los estudiantes de la Unidad de Atención Odontológica Uniandes que desconocen el

contenido del artículo 218 del COIP.

2.1.4.3 Técnicas de Investigación

(43)

29 Uniandes, así como a los tutores encargados de cada uno de los turnos de

la UAO.

2.1.4.4Instrumentos de Investigación

 Cuestionario: constó de preguntas cerradas con lo que se va a obtener información sobre el conocimiento total, parcial o nulo sobre el contenido

del artículo 218 del COIP

 Entrevistas: al realizar las entrevistas se obtienen datos que serán de interés, y servirán de guía para la investigación que se está realizando

2.2 POBLACIÓN Y MUESTRA

2.2.1 Población

La población estaba constituida por los estudiantes de 7mo a 10mo

semestre que asisten a la Unidad de Atención Odontológica de la Unidad

de Atención Odontológica del periodo lectivo Abril 2015- Septiembre 2015,

con un total de 82 estudiantes y 10 tutores que son los encargados de cada

uno de los turnos.

2.2.2 Muestra

En la presente investigación se tomó como muestra a la totalidad de la

población, es decir 82 estudiantes de 7mo a 10mo semestre que asisten a

sus respectivos turnos y de 10 tutores que son los encargados de cada uno

de los turnos de la Unidad de Atención Odontológica, debido a que la

población era reducida se tomó la decisión de trabajar con el 100%, para

(44)

30 2.3 RECOLECCIÓN DE INFORMACIÓN

Para la realización de la presente investigación, se procedió de la siguiente

manera: el primer paso fue dialogar con la Dra. Viviana Basantes, Directora

de la Carrera de Odontología, y solicitarle autorización para ingresar a la

Unidad de Atención Odontológica a realizar la investigación.

De igual manera, solicitar al Dr. Fauri Llerena, Director de la Unidad de

Atención Odontológica autorización para ingresar a los diferentes turnos a

realizar la investigación.

Para la toma de información se procedió a solicitar a la Srta. Alexandra

Peralvo Secretaria de la Unidad de Atención Odontológica las nominas de

los estudiantes de 7mo a 10mo semestre que asisten a los respectivos

turnos, así como la nomina de tutores encargados de los turnos

Mientras se realizaban los trámites para la autorización de ingreso a la

UAO se procedió con la elaboración de las encuestas que permitan obtener

la información de los estudiantes y tutores.

2.3.1 Trabajo de Campo

Para realizar el presente trabajo de investigación se procedió a recabar la

información en la Unidad de Atención Odontológica a los estudiantes y

tutores en cada uno de los turnos.

La información se tomó a los 82 estudiantes de 7mo, 8vo, 9no y 10mo

semestre que asisten a los diferentes turnos de la Unidad de Atención

Odontológica, así como a los 10 tutores encargados de cada uno de los

estudiantes en los turnos correspondientes.

Debido a que los estudiantes de 7mo a 9no semestres no asisten

simultáneamente a los 3 turnos de la UAO, se determinó el horario mas

(45)

31 Con relación a los estudiantes de 10mo semestre y con sus tutores la toma

realizó con mayor facilidad por su mayor permanencia en la UAO.

2.4 PROCEDIMIENTO Y ANÁLISIS

Los datos recopilados a través de las encuestas fueron tabulados, los

mismos que nos permitió evaluar el conocimiento que tienen los

estudiantes y tutores que asisten a la Unidad de Atención Odontológica

sobre el tema del presente trabajo de investigación.

De igual manera se tabularon las encuestas dirigidas a los y tutores que

asisten a la Unidad de Atención Odontológica, las misma que consta de

preguntas y alternativas con la finalidad de obtener un nivel de análisis de

los resultados del estudio.

Para el análisis y discusión con los datos obtenidos se realizaron cuadros y

gráficas estadísticos con la ayuda del Programa Matemático Microsoft

Excel; los mismos que ayudarán a visualizar gráficamente el grado de

conocimiento que tienen los encuestados sobre la desatención a pacientes

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Tabla N° 1   Emergencias en Odontología  23
Tabla N° 1  CONDICIÓN
Gráfico N° 1
Gráfico N°3
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Referencias

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