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QU MICA SUIZA SA DEMANDANTE

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(1)

3

Consejo

Superior

deContratacionesy

Adquisiciones

delEstado CONSUCODE

Arbitraje seguido

entre

QU˝MICA

SUIZA

SA

DEMANDANTE

Y

SEGURO SOCIAL

DE

SALUD

ESSALUD

DEMANDADO

LAUDO

`rbitro

nico

`lvaro

Loredo

Romero

Fecha de enœsi n 2G de noviembre de 2008

F

rr

represerrlaci n

de laDenrarrdarrte Err

represerrtar7 n

del Demandado Sr

JosØ

Antario

Nerndndei

Bockos Dr

JosØ

Antonio

Qr

iipe

Salcedo

Sr Narald

Jrrergaren Leopold

Kart Brandes Basian Sr Eric For7ro Alvistrrr

Dra Cecilia

RsriZ

Morales

(2)

PÆgina 2 de 34 `lvazoLoredo Romero rlrbiho nico

Resoluci n N 21

Lima

26 denoviembre de 2008

1 ANTECEDENTES ALPROCESO ARBITRAL

1

1 Lacontroversia

surgida

entrelas partes

1 La presente controversia deviene de la relaci n contractual existente entre

Qu mica

Suiza SA

en

adelante

Qu mica

Suiza o la

Demandante

y la RedAsistencial

Juliaca

del

Seguro

Socialde Salud

ESSALUD

en

adelante ESSALUD o el

Demandado

en

relaci nala entrega en cesi n de uso de

equipos

cl nicos

as como de

materiales einsumospara serusados en dichos

equipos

a

prop sito

de

la

Adjudicaci n

de Menor Cuant a N

044

GRAJUL

ESSALUD

2007

Proceso N 0734M00441

Adquisici n

de Material e Insumos para

Banco de

Sangre

de la Red Asistencial de

Juliaca

convocada por el

Demandado

en

adelante

simplemente

la

AMC

2 Mediante Carta N

O1

RES

062

ECU

GRAJUL

ESSALUD

2007

de fecha 30 de marzo de

2007

ESSALUD solicit a

Qu mica

Suiza

presente una propuesta as como

catÆlogos

e informaci n tØcnica

respecto a

equipos

de

i inmunolog a

para banco de sangre de œltima

generaci n

coagul metro

y

i

equipo

de gases y electrolitos

3 Enrespuesta a la solicitud realizada porparte de

ESSALUD

Qu mica

Suiza le remiti una carta indicando que hac an entrega de los

equipos

el lavador Washer

430

Marca BIOMERIEUiSerie 6520857 y el lector Reader

230

S

Marca

BIOMERIEU

Serie

124201980

en

lo sucesivo

simplemente

los

Equipos

Asimismo

seæalaron que los

Equipos

estaban en

perfecto

estado de funcionamiento y que deb an de ser devueltos en las mismas condiciones

Finalmente

Qu mica

Suiza

detall las condiciones m nimas

bajo

las cuales deb an operarse los

Equipos

as com que en caso de encontrarse

desperfectos

por el uso

incorrecto de los

Equipos

se instale software

ajeno

o sean

manipulados

por

personal

no

calificado

el costo

reparaci n

ser a asumido por ESSALUD

ARBITRAJEDE DERECHO QUERESUELVE LA CONTROVERSIA SURGIDA ENTRE QU˝MICASUIZA SA cSEGURO SOCIAL DE SALUD

(3)

y

PÆgina 3 de 34 `lvazoLoredo Romero `rbitro nico

4 A travØs de la Carta N

04

RES

062

ECU

GRAJUL

ESSALUD

2007

de fecha 16 de abril de

2007

la Demandante le

entreg

en calidad de

cesi n en uso los

Equipos

Tales

equipos

fueron remitidos mediante

gu a

de remisi n N

468

0016153

1

2 El proceso de selecci n y el

otorgamiento

de la buena pro a

favor de

Qu mica

Suiza

5

Posteriormente

con fecha 9 de

julio

de

2007 ESSALUD

comoc a

proceso de selecci n

bajo

la modalidad de

adjudicaci n

de menor cuant a

nos

referimos a la

AMC

para la

adquisici n

de Material e

Insumos de Laboratorio Banco de

Sangre

de la Red Asistencial de

Juliaca

en

adelante los

Materiales

6 El d a 11 de

julio

de

2007

ESSALUD

otorg

la buena pro de la AMCa

Qu mica

Suiza Como consecuencia de dicho

otorgamiento

con fecha

26 de

julio

de 2007 se

gener

la Orden de

Compra

N 4500808459

en

lo sucesivo la Orden de

Compra

a travØs de la cual ESSALUD

requer a

la entrega de los bienes ofertados por

Qu mica

Suiza y establec a el valor de la

transacci n

que ascend a a

S 12

055

68

doce

mil cincuenta y cinco con

68

100

nuevos

soles

Los Materiales fueron

entregados

aESSALUD por parte de

Qu mica

Suiza

quien

a su vez

emiti la Factura N 4610186184

en

adelante la

Factura

1

3 La

inoperatividad

de los

Equipos

los

requerimientos

de

provisi n

de

equipos

nuevos y la intimaci n del pago a

ESSALUD

7 El d a 23 de

julio

de

2007

se

constituyeron

en la Red Asistencial de

Juliaca

funcionarios de la referida entidad y un representante de

Qu mica

Suiza

con la finalidad de constatar el estado f sico de los

Equipos

que hab an sido cedidos en uso a ESSALUD Concluida dicha

inspecci n

se elev el Acta de Constataci n N 001

en

lo sucesivo el

Acta N

001

a traeØs de la cual se constat que los

Equipos

se

encontraban

inoperaœvos

motivo por el cual

Qu mica

Suiza

procedi

a

retirarlos de las instalaciones de ESSALUD

8 Estando a lo antes

seæalado

la

Demandante

mediantecarta notarial de fecha 29 de agosto de

2007

puso enconocimiento del Demandado que

En dicha

gu a

de remisi n se seæala como fecha para el inicio del traslado de los

Equiposel d a 18 de abril de 2007

ARBITRAJE DE DERECHO QUERESUELVE LA CONTROVERSIA SURGIDA ENTRE QU˝MICASUIZA SA cSEGURO SOCIAL DE SALUD

(4)

PÆgina4 de 34 `lvazoLoredoRomero Ærbitro nico

Øste deb a asumir los daæos

y

perjuicios

derivados de la

inoperatividad

y del maluso que los funcionarios de ESSALUD le hab an dado a los

equipos

9 Por su

parte el Demandado a travØs de la Carta N 617

GRAJUL

ESSALUD

2007

fechada 11 de setiembrede

2007

inform a

Qu mica

Suiza que ESSALUD contaba con los Materiales

entregados

a

prop sito

de la AMC y detallados en la Orden de

Compra

pero que sin

embargo

no contaban con los

Equipos

para

poder

hacer uso de dichos

insumos

toda vez que la Demandante hab a

procedido

a su

retiro En

consecuencia

ESSALUD

requiri

a

Qu mica

Suiza para

cumpla

con retornar los

Equipos

que le fueran

otorgados

en cesi n de

uso en un

plazo

de 48

cuarenta

y

ocho

horas

10 De otro

lado

con carta notarial de fecha 17 de setiembre de

2007

la

Demandante

requiri

al Demandado efectœe el

pago de la Factura por la entrega de los Materiales

por un

importe

de

S 12

055

68

nuevos soles En la misma

fecha

mediante

carta notarial

Qu mica

Suiza solicit a ESSALUD

cumpla

con efectuar el pago

por los daæos ocasionados a los

Equipos

as como tambiØn estableci la cotizaci n de los repuestos y la mano de obra

para su

reparaci n

solicitando su

aceptaci n

en un

plazo

de 48

cuarenta

y

ocho

horas

1

4 Terminaci n del v nculocontractual

11 La

Demandante

mediante carta

notarial de fecha 3 de octubre de

2007

procedi

a comunicar al Demandado la resoluci n del contrato

en

adelante el

Contrato

z

por

incumplimiento

de las

obligaciones

a

cargo de

ESSALUD

as como el uso

inapropiado

y

negligente

de los

Equipos

por parte de

Øste

pese a los

requerimient s

de

cumplimiento

efectuados por

Qu mica

Suiza

12

Finalmente

mediante Carta N

827

GRAJUL

ESSALUD

2007

de

fecha 23 de noviembre de

2007

ESSALUD solicit a

Qu mica Suiza

el

recojo

de los

Materiales

toda vezque Østos eran para uso exclusivo de

Articulo 201del ReglamentoContenidodel

contrato contrato estÆ

conformado

poredocumento que ocontiene as Bares

inte8radar

y a oferta

ganadora

as comolasdocumentos derivadosdel

proceso de selecci n que

estabkZcan obligaciones

para laspar7esy que

boyan

sidoexpresamenteseæaladosenecontrato

ARBITRAJE DE DERECHO QUERESUELVE LA CONTROVERSIA

SURGIDAENTRE QU˝MICA SUIZA SA cSEGURO SOCIAL D SALUD

(5)

z

t PÆgina 5 de 34

`lvaroLoredo Romero Ærbitro nico

los

Equipos

los cuales fueron retirados del establecimiento por parte

de la Demandante

2 DESARROLLO DELPRESENTE

ARBITRAJE

2

1

Designaci n

del

`rbitro

nico

13 Mediante Carta

Notarial

de fecha 02 de enerode

2008

Qu mica

Suiza

remiti aESSALUD la solicitud de

arbitraje

de acuerdo a lo

dispuesto

en el numeral

2

del art culo 53 del Teato

nico

Ordenado de la

Ley

de Contrataciones y

Adquisiciones

del

Estado

aprobado

por Decreto

Supremo

N 0832004PCM

en

adelante la

Ley

y de los art culos 227 y 276 del

Reglamento

de la

Ley

de Contrataciones y

Adquisiciones

del

Estado

aprobado

por Decreto

Supremo

N 084

2004

PCM

en

adelante el

Reglamento

debido a la controversia

derivada de la resoluci n del Contrato relacionado con la AMC y la Orden de

Compra

14 En respuesta a dicha carta ESSALUD mediante oficio N 014GG

ESSALUD

2008 de fecha 28 de enerode 2008propuso la

designaci n

como

`rbitro

nico

al doctor

Sergio

Alberto Tafur SÆnchez para que se encargue de resolver la presente controversia Sin

embargo

el 30 de enerode

2008

Qu mica

Suiza

manifest su

discrepancia

con respectoa

lapropuesta de ESSALUD solicitando la

designaci n

del

`rbitro

nico

aCONSUCODE

15 t1 travØs de la Resoluci n N

0136

2008

CONSUCODE

PRE

de fecha 19 de marzo de

2008

se

design

como

`rbitro

nico

para

pronunciarse

sobre la presente controversia al doctor

`lvaro

Loredo Romero Dicha

designaci n

fue

aceptada

por el

`rbitro

Unico mediante comunicaci n de fecha 26 demarzode 2008

2

2 Audiencia de Instalaci n einicio del proceso arbitral

16 Con fecha 22 de abril de

2008

en la sede institucional del

Consejo

Superior

de Contrataciones y

Adquisiciones

del

Estado

contando con

la

presencia

del

`rbitro Unico

el doctor

`lvaro

Loredo

Romero

el doctor Franz Kundm ller

Caminiti

Jefe

de la Oficina de Conciliaci n y

Arbitraje

Administrativo del

Consejo Superior

de Contrataciones y

Adquisiciones

del

Estado

el seæor

JosØ

Antonio HernÆndez

Bockos

representante de

Qu mica

Suiza

asistido por la doctora Cecilia Ruiz

ARBITRAJEDE DERECHOQUERESUELVE LA CONTROVERSIA SURGIDA ENTRE QU˝MICASUIZA SA cSEGURO SOCIAL DE SALUD

(6)

PÆgina6 de 34 `lvaroLoredo Romero `rbitro nico

Morales y el seæor Harald

Juerguen Leopold

Kart Brandes

Bastian

y

del representante de

ESSALUD

el doctor

JosØ

Antonio

Quispe

Salcedo

se llev acabo la Audiencia de Instalaci n

2

3

Excepci n

de caducidad

interpuesta

porESSALUD

Argumentos

delDemandado

17 ESSALUD mediante escrito de fecha 3 de

junio

de

2008

solicit se

declare la caducidad del

arbitraje

fundamentando dicho

pedido

en lo

dispuesto

en el numeral

2

del art culo 53 de la

Ley

y enel art culo 227

del

Reglamento

toda vez que

segœn

el argumento expuesto por el

Demandado

Qu mica

Suizaeni la cartanotarial en la cualcomunicaba a ESSALUD la decisi n de resolver el Contrato relacionado a la AMC

y

ala Orden de

Compra

materia delpresente proceso

18 Al respecto el Demandado seæala que

Qu mica

Suiza resolvi el Contrato con fecha 5 de octubre de 2007 Refiere el Demandado

que a

partir

de ese momento la Demandante tuvo

quirtce

15

d as para solicitar el inicio del

arbitraje

en caso exista controversiacon respecto a

la resoluci n contractual

Agrega

ESSALUD que el

plazo

de 15 d as es

de caducidad y que

Qu mica

Suiza

present

su solicitud de

arbitraje

con

fecha 14 de enerode

2008

es

decir

luego

de transcurridos mÆs de dos

mesesde vencido el

plazo

de caducidad

19 Poresta

raz n

para ESSALUD la solicitud de

arbitraje

de

Qu mica

Suiza fue

presentada

fuera del

plazo

establecido en el

Reglamento

con lo cual su derecho para accionar en la v a arbitral se encontrar a vencido

Mediante Resoluci n N 05 de fecha 04 de

junio

de

2008

se puso en

Art culo 53 de laLeySoluci n de Controversias 53

2Las cartrvversiar questran entrelarpartessobre la jecrci n interpretaci n reroluczÆn

inexistencia inefzcaeiao invalidesde contratoseresolverÆn mediante

caneiliaciÆny

o

arbitraje segr n e aesrerdo de aspartes debiendo solieitarre einicio de errorprocedimientos en cualquier momento

anterioraa culminaci n decontratoErre

plano

esde cadrreidad

Art culo 227 delReglamento Efectos de la resoluci n

J

Cualquier

controverrla relacionada conla resoÆrci n decontrato

podrÆ

sercometidaporlaparte intuesadaaconciliaci n

y

a arbitraje

dentro de as grrince 15 d as hÆbilessiguientesde comunicada a rzsokrci rr Vencidoere

plano

sin guese

haya

iniciadoningsrno deerlosprocedimientos teentenderÆ

que a rzsalucidn decontratoha

gsredado

consentida

ARBITRAJE DE DERECHO QUERESUELVE LACONTROVERSIA SURGIDA ENTRE QU˝MICASUIZA SA cSEGURO SOCIAL DE SALUD

(7)

3a

PÆgina7 de 34 `lveoLoredo Romero `rbitro nico

conocimiento de

Qu mica

Suiza el escrito

presentado

por ESSALUD en

el que solicitaba la caducidad del

arbitraje

Argumentos

de la Demandante

20 Con fecha 12 de

junio

de

2008

Qu mica

Suiza absuelve el escrito

presentado

por ESSALUD seæalando que su

pretensi n

en el presente

proceso es el

pago por las

obligaciones ejecutadas

por parte de la

Demandante Al respecto

precisa

que de acuerdo a lo

previsto

en el

art culo 273 del

Reglamentos

el

incumplimiento

de los pagos tambiØn

puede

ser sometido a

arbitraje

y que la caducidad a que se refiere el

numeral

2

del art culo 53 de la

Ley

no se

aplica

a lo

regulado

en el

primer pÆrrafo

del citado art culo 273 del

Reglamento

2

4 Demanda arbitral

21 Con fecha 9 de

junio

de

2008

Qu mica

Suiza

interpuso

demanda arbitral contra ESSALUD

Pretensiones arbitrales

22 Como

primera pretensi n Qu mica

Suiza solicit el pago por la

Øntrega

de cada uno de los

Materiales

de acuerdoa la Orden de

Compra

y de la

Factura

cuyo monto asciende a

S 12

055

68

doce

mil cincuenta y

cincocon

68

100

nuevos

soles

s

Art culo 273 delReglamento Arbitraje

Cualquierade arparlentiene e derecho de dar inicio aarbitrajedenhro de

platio

de caducidad

previno enelflrl c7rlo5jde la Ley enarmon a conlopreuirtoen or arY c7rlor 202 227 232

257 259 2G5 267 2G

y2G9 deente

Keglamento

Pura iniciar e

arbitraje

ar parten debut rearmra unainrtihrci narbitral enecarode

arbitraje

inrtitucional o remitir a ralicitud de

arbitrcje aquere

refiere

ente

Reglamento

enecarode

arbitraje

ad hoc

Lar cantmuerriarrelativar aconrurtimiento de la liquidaci n

fina

de or contratarde carrutorza yjecud n de obrarorerpecta aa

conformidad

de arcepei n enecarodebienery rervieiorar como

ainarmplimientade orpagarque rerultur de armirmar tambiØn rerœn rerueltar mediante

arbitraje

De acuerdo a la Orden de Compra los bienes ofertados fueron los siguientes i

Anœcuerpo anœ IITLV III Anœcuerpo anœ VIH 12i Hepaœœs B antcuerpo

anœcore iv Hepaœœs BAnœgeno de Superficie v Anœcuerpo anœ tripanosoma cruzi chagas vi Anœcuerpo anœ treponema

pallidum

v Hepaœœs C anticuerpo

De acuerdo a la Facnira los

productos

son los

siguientes

iVironosœka Hiv

Vironosœka

Hily

III i

Chagatex

Elisa 192test iv

Hepanosœka

HCY Ultra X 192

ARBITRAJEDE DERECHOQUE RESUELVE LA CONTROVERSIA SURGIDA ENTRE QU˝MICASUIZA SA cSEGURO SOCIAL DE SALUD

(8)

PÆginaS de 34

`lvazoLoredo Romero `rbitro rrico

23 Como

segunda pretensi n

Qu mica

Suiza solicit el pago por la

reparaci n

de los

Equipos

debido a la

responsabilidad

de ESSALUD

por el no funcionamiento de Østas Dicho

monto asciende a US

3

759

00

tres

mil setecientos cincuenta y nueve con

00

100

d lares

americanos

por concepto de repuestos y

S

162500

mil

seiscientos veinticinco con

00

100

nuevos

soles

por concepto demano de obra

24

Finalmente

como tercera

pretensi n

Qu mica

Suiza solicit se ordene a ESSALUD el pago de los intereses

legales

y el de las costas y costos derivados delpresente proceso

Fundamentos de hecho y de derecho de la demanda arbitral

Formalizaci n y

obligaciones

derivadas del v nculo contractual

25

Qu mica

Suiza seæala que el Contrato se formaliz

mediante

la emisi n

de la Orden de

Compra

dado que de acuerdo al

Reglamento

los contratosse encuentran conformados por los documentos derivados del proceso de selecci n que establezcan

obligaciones

para las partes y que

hayan

sido

expresamente

seæalados en el contrato

Agrega

que como

consecuencia del v nculo contractual entre

Qu mica

Suiza y

ESSALUD

el

primero

deb a

cumplir

con una

obligaci n

de hacer entregar los

Materiales al

igual

que los

Equipos

mientras que el

segundo

se

encontraba

obligado

a

cumplir

con el pago por la

ejecuci n

de la

prestaci n

26 AI respecto

Qu mica

Suiza seæala que el motivo del presente

procedimiento

es œnicamente por el

incumplimiento

de pagos por

ESSALUD La Demandante sustenta su

posici n

en el art culo 237 del

Reglainento

seæalando que el

cumplimiento

de la

obligaci n

por parte

v

Hepanostika

HBSAS ULTRA l92 TEST vi

Hepanostika

Anti HBC UNIFI 92 TESTv

Trepanosœka

TP RECOMB X 192T

Art culo 237 delReglamento

Oportunidad

del pago

Todor orpagarque laEntidad debarraliiara

favor

de contratistapor conceptode los bienesa

servidor

objeto

deconlrata te

efectuarÆn despuØs

de

jeczrtada

la

respectiva

prestaci nmlvo quepar

la

natrrraletia

deØsta elpagadel

precio

reacondici nparalaentrega de lar bienesala

realitiaezÆn

de

servido

ARBITRAJEDE DERECHO QUERESUELVE LACONTROVERSIA SURGIDA ENTRE

(9)

PÆgina 9 de 34 `lvazoLoredo Romero `rbitro nico

del contratista genera

obligaci n

en la otra parte de realizar el

correspondiente

pago amodo de

contraprestaci n

El pago por conceptode laentregade los Materiales

27 LaDemandante resalta que elv nculo contractualcon el Demandado se

origin

con el

otorgamiento

de la bueno pro de la AMC y que a

consecuencia de dicho

otorgamiento

ESSALUD emiti la Orden de

Compra Agrega Qu mica

Suiza que los Materiales fueron

entregados

a

ESSALUD de acuerdo a lo acordado Tal entrega a su vez

gener

la

emisi n de la Factura y la entregade Østos al Demandado

28 A criterio de

Qu mica

Suiza

estamos frente a unclaro

incumplimiento

por parte de

ESSALUp

toda vez que mientras Østa

cumpli

con

entregar los

productos

en el

plazo

establecido el Demandado no

cumpli

con el pago por la entrega de los Materiales y por la

reparaci n

yrepuestos de los

Equipos

pese areiteradas solicitudes eintimaciones

El pago porconcepto de la

reparaci n

de los

Equipos

29

Qu mica

Suiza

seæala que ESSALUD estÆ

obligada

a efectuar las

reparaciones

ordinarias y extraordinarias de los

Equipos

por haber tenido a su cargo la custodia del bien cuando estos

quedaron

inoperativos

Segœn

lo

expresado

por la

Demandante

los

Equipos

fueron cedidos a ESSALUD mediante

prØstamos

en uso Dichos

Equipos

fueron oportunamente remitidos hasta la sede de ESSALUD

en

Juliaca

Posteriormente a su instalaci n fueron

probados

por parte

del representante de

Qu mica

Suiza

quien

ademÆs hasta en dos

oportunidades

llev a cabo labores de

capacitaci n

del

personal

de

ESSALUD enel usoadecuado de los

Equipos

30 En relaci n a este punto la Demandante seæala que cedi en uso al

Demandado los

Equipos

precisando

que en caso se encontrara

algœn

desperfecto

por el uso incorrecto de los mismos la instalaci n de

softlvare

ajeno

o la

manipulaci n

del

personal

no

autorizado

el costo de la

reparaci n

5 repuestos los asumir a ESSALUD La Demandante resalta el hecho de que el Banco de

Sangre

del

Hospital

III de

Juliaca

Las bases de la AMC seæalan comodefinici n de cesi nen uso losiguiente

Cesi nen usoCoi

f

erea

faarltad

deorar unbien ajeno at tulo

gratuito

uonerosoporun

peæodo

deternrinada Ecedentesigere riendo e titular de bien

ARBITRAJEDE DERECHOQUE RESUELVE LA CONTROVERSIA SURGIDA ENTRE QU˝MICA SUIZA SA cSEGURO SOCIAL DE SALUD

(10)

PÆgina10 de 34 `lvazoLoredo Romero `rbihro nico

efectu

pruebas

a los

Equipos concluyendo

que estaban en buen

estado

2

5 Admisi n de la demanda arbitral

31 Mediante Resoluci n N

06

de fecha 10 de

junio

de

2008

se resolvi

admitir atrÆmite la demanda arbitral

presentada

por

Qu mica

Suiza con los medios

probatorios

que se indican y con los documentos anexos

que se

adjuntan

Del mismo

modo

se corri traslado a

ESSALUD

a

fin de que presente su

respectiva

contestaci n y de considerarlo

conveniente

formule en ese mismo acto reconvenci n

Asimismo

mediante Resoluci n N 07 de fecha 17 de

junio

de

2008

se tuvo por absuelto el traslado conferido mediante Resoluci n N 05 enrelaci n a

la

excepci n

de caducidad

planteada

por ESSALUD

2

6 Contestaci n ala demanda arbitral

32 Con fecha 25 de

junio

de

2008

ESSALUD

cumpli

dentro del

plazo

otorgado

con presentar su escrito de contestaci n y Øn el mismo acto

plante

reconvenci nala demandaarbitral

Fundamentos de hecho y de derecho que sustentan la

contestaci n de la demanda arbitral

33

Segœn

lo seæalado por

ESSALUD

la demandante reclama el pago de los Materiales que no se relacionan con la

AMC

toda vez que fueron

entregados

antes de la

respectiva

comrocatoria

Agrega

que

Qu mica

Suiza

una vez

otorgada

la buena pro y emitida la Orden de

Compra

no

cumpli

con entregar los Materiales

AdemÆs

seæalan que es falsa la

afirmaci n

correspondiente

ala resoluci n del contratodado que para ellos el

incumplimiento

lo realiz

Qu mica

Suiza al no entregar los

Equipos

en los que se usar an dichos Materiales

34

Asimismo

el Demandado indica que los motivos por los cuales se

entregaron los

Equipos

fueron

ajenos

a la

AMC

debido a que en el

momento de la entrega dicha

adjudicaci n

no se hab a convocado

Seæala ademÆs que los

Equipos

fueron retirados de ESSALUD antes de la emisi n de la Orden de

Compra correspondiente

35 Porotro

lado

seæala que la cesi n de los

Equipos

se realiz de forma

gratuita

sin generar

algœn compromiso

de pago por parte de

ARBITRAJE DE DERECHOQUE RESUELVE LA CONTROVERSIA SURGIDA ENTRE QUfMICASUIZA SA cSEGURO SOCIAL DE SALUD

(11)

26

PÆgina 11 de 34 `lvaroLoredo Romero r˝rbitro nico

ESSALUD

por tanto tampoco la

adquisici n

de repuestos que seæala

Qu mica

Suiza y que fuerasustentopara la resoluci n del Contrato

36 Para ESSALUD los

Equipos

sirvieron para la elaboraci n de criterios de las bases del proceso de

selecci n

los cuales seæalaban la

obligaci n

de los postores de

acompaæar

equipos

con los insumos ofrecidos La

convocatoria a la AMC se realiz el 9 de

julio

de

2007

y la Orden de

Compra

se emiti el 26 de

julio

del mismo aæo Eneste

sentido

para el Demandado los pagos a los que se refiere la Demandante no se

encuentran vinculados al proceso deselecci n de la

AMC

la resoluci n del Contrato se hizo por hechos

ajenos

a este proceso y

Qu mica

Suiza

incumpli

conremitir lo

consignado

enlas bases

37 El Demandado seæala que

Qu mica

Suiza no

cumpli

con la entrega de

los insumos ofrecidos a

ESSALUD

por ello se le envi una carta en la

cual le

requer an

que se otorguen los

equipos

dados en cesi n en uso en

palabras

de la

demandada

en dicha cartapor error se manifest que

los insumos

correspond an

a a AMC ESSALUD sostiene que la

Ley

seæala que los pagos que el Estadorealice no

comprenden

los bienes

adquiridos

anteriormente por la entidad o cedidos a la misma

Seæalando as que las entidades

pœblicas

no convocan a selecci n para

adquirir

bienes hacia atrÆs sino hacia futuro

38

Asimismo

indica que el numeral 728 de la Directiva N 11GG ESSALUD

2005 de fecha 19 de setiembre de

2005

seæala que los

equipos

biomØdicos

entregados

en cesi n en uso no generan

obligaciones

de pago porconcepto de compra derepuestos

39

Finalmente

menciona que la

perfecci n

del Contrato se realiz con la

emisi n de la Orden de

Compra

de fecha 26 de

julio

de

2007

no

existiendo e

cumplimiento

de la

prestaci n

por parte de la Demandante ya que solo ha

dejado

en

consignaci n algunos

insumos

para la realizaci n de

pruebas

demostraciones o

capacitaciones

Fundamentos de la reconvenci n

40 Para ESSALUD el

incumplimiento

del Contrato recae en la Demandante que debe indemnizar al

Demandado

toda vez que no

habiØndose

entregados

los bienes necesarios para la

prestaci n

del

servicio

ESSALUD tuvo que convocar a otro proceso de selecci n o que causodaæosy

perjuicios

al Demandado

ARBITRAJE DE DERECHO QUE RESUELVE LA CONTROVERSIA SURGIDA ENTRE QU˝MICASUIZA SA cSEGURO SOCIAL DE SALUD

(12)

PÆgina 12 de 34 `lvazo Laredo Romero `rbiho nico

41 Abunda ESSALUD en afirmar que

Qu mica

Suiza nunca

entreg

los

Materiales

hecho que se

evidencia

a su

decir

en la falta del sello de

recepci n

de estos en la Orden de

Compra

Por ese

motivo

el

Demandado convoc a un nuevo proceso de

adquisici n

que

gener

gÆstos

yque deben servalorizados comoindemnizaci ny asciende a un

monto similar al monto final de la

adjudicaci n

de menor cuant a

ganada

por

Qu mica

Suiza S 12

055

68

doce

mil cincuenta y cinco y

68

100

nuevos

soles

La Ædmisi n de la contestaci n a la demanda arbitral y de

la reconvenci n

42 Mediante Resoluci n N 08 de fecha 30 de

junio

de

2008

se admiti

la contestaci n de la demanda arbitral y de la reconvenci n

planteÆda

por

ESSALUD

corriendo traslado del mismo a

Qu mica

Suizapara que

cumpla

concontestarlas

2

7 Absoluci n de la contestaci n a la demanda arbitral y de la

reconvenci n

43 Con fecha 14 de

julio

de

2008

Qu mica

Suiza

cumpli

con presentar

sus

alegatos

escritos

seæalando

entreotros argumentoslos

siguientes

i

tanto los Materiales como los

Equipos

fueron

entregados

a

ESSALUD

precisando

que laentrega de los

primeros

devino de la Orden de

Compra

y que para la entregade los

segundos

se

fij

como condici n de entregaque en casode

desperfecto

los costos relativos a su

reparaci n

ser an asumidos por la

entidad

los repuestos que se deben

adquirir

son para reparar el daæo

ocasionado por el mal uso de los

Equipos

por parte de

ESSALUD y que los mismos son necesarios para que

vuelvana

funcionar

i

los

equipos

fueron

entregados

en calidad de

prØstamo

a

ESSALUD antes de la

convocatoria

que se dio en

julio

de

2007 para que Østos

cumplieran

con los fines establecidos en

tantoconvoque al

respectivo

proceso de

selecci n

ofertando

ARBITRAJEDE DERECHO QUERESUELVE LA CONTROVERSIA SURGIDA ENTRE QU˝MICASUIZA SA cSEGURO SOCIAL DE SALUD

(13)

2y

PÆgina 13 de 34 `lvazo Loredo Romero `rbitro nico

posteriormente

los mismos para no tener que cambiarlos en caso se les otorgarala buena pro y

iv

Finalmente

con respecto a la

reconvenci n

Qu mica

Suiza

seæala que el

comportamiento

de ESSALUD merece un

cuestionamiento

toda vezque

despuØs

de daæar los

Equipos

reclama para que se le pague una indemnizaci n por daæos y

perjuicios

2

8 Audiencia de Conciliaci n y Determinaci n de Puntos

Controvertidos

44 Mediante Resoluci n N

09

de fecha 14 de

julio

de

2008

se cit alas

partes a Audiencia de Conciliaci n y Determinaci n de Puntos

ControverÆdos para el d a 23 de

julio

de 2008

Posteriormente

mediante escrito de fecha 18 de

julio

de

2008

ESSALUD solicit se

evalœe la

posibilidad

de que el Arbitro

nico

se

pronuncie

sobre la

excepci n

de caducidad del presente

arbitraje presentada

Asimismo

propuso los puntos controverÆdos que deber an serdesarrollad s en el

presente proceso arbitral

45 Con fecha 23 de

julio

de

2008

se llev acabo la Audiencia de

Conciliaci n 5

Fijaci n

de Puntos ControverÆdos contando con la

presencia

del

`rbitro

nico

dØ las partes y de la secretaria arbitral En dicha audiencia se emiÆ la Resoluci n N 10 referida al escrito

presentado

por ESSALUD el d a 18 de

julio

de 2008

Seguidamente

las partes

procedieron

a exponersus

posiciones

respecto ala

excepci n

de

caducidad

planteada

por el Demandado Mediante Resoluci n N 11

se resolvi que la

excepci n

formulada por el Demandado sobre la

caducidad del

arbitraje

ser a resuelta al momento de emiÆrse el laudo arbitral

4G Posteriormente el

`rbitro

Unico imit a las partes a

llegar

a un

acuerdo conciliatorio que les

permita

concluir de maneraamistosa con

las controversias materia del presente proceso arbitral Los

representantes de

Qu mica

Suiza manifestaronsu voluntad de conciliar

Por su parte el representante de ESSALUD manifest que no

pod a

conciliar las materias controverÆdas debido aque nocontaba con

poder

suficiente para ello

ARBITRAJE DE DERECHOQUE RESUELVE LACONTROVERSIA SURGIDA ENTRE QU˝MICASUIZA SAcSEGURO SOCIAL DE Sr LUD

(14)

PÆgina14 de 34 `lvazo Loredo Romero `rbitro uico

47 Debido a que no se arrib a un acuerdo

conciliatorio

se

fijaron

los

siguientes

puntos controvertidos

i

Primer Punto Controvertido Determinar si

corresponde

ordenar a ESSALUD pague la suma de

S 12

055

68

por la

entrega de los Materiales y que se constata en la Orden de

Compra

yenla Factura

Segundo

PuntoControvertido Determinar si

corresponde

ordenar aESSALUD

cumpla

con pagar la sumaascendente a

US

3

759

60

repuestos

y

S 1

625

00

mano

de

obra

por

concepto de

reparaci n

de los

Equipos

por

inoperatividad

por supuesta

responsabilidad

de

ESSALUD

i

Tercer Punto Controvertido Determinar si

corresponde

ordenar a ESSALUD pague los intereses

legales

correspondientes

iv

Cuarto Punto Controvertido

Determinar

si

corresponde

a

ESSALUD asumir las costas y costos que

originen

el

presente

proceso

arbitral

v

Quinto

Punto Controvertido Determinar si

corresponde

ordenara

Qu mica

Suiza pague la suma de

S 12

055

00

por

concepto de indemnizaci n por daæos y

perjuicios

procedentes

de la realizaci n de un nuevo proceso de

selecci npor partedeESSALUD

48 Finalmente la Audiencia de Conciliaci n y

Fijaci n

de Puntos

Controvertidos

concluy

con la admisi n de

los

medios

probatorios

presentados

por la Demandante y el

Demandado

as como con la citaci n a las partes a la Audiencia de Ilustraci n de Puntos

Controvertidos para el

jueves

31 de

julio

de

2008

a fin de que las partes

cumplan

con ilustrar al

`rbitro

Unico suspuntos de vista enrelaci n a

la presente controversia Dicha audiencia fue

postergada

mediante

Resoluci n N 12 de fecha 30 de

julio

de

2008

siendo

reprogramada

para el d a 20 deagosto de 2008

ARBITRAJE DE DERECHO QUERESUELVE LACONTROVERSIASURGIDA ENTRE QU˝MICA SUIZA SA cSEGURO SOCIAL DE SALUD

(15)

zz

Pagina15 de 34

`lvazo Loredo Romero Ærbitro uico

2

9 Audienciade Ilustraci n de PuntosControvertidos

49 Con fecha 20 de agosto de

2008

se llev a cabo la Audiencia de

Ilustraci n de Puntos Controvertidos contando con la

presencia

del

`rbitro

nico

de los representantes de

Qu mica

Suizay de

ESSALUD

y de la secretaria adhoc

50 Con fecha 29 de agosto de

2008

se emiti la Resoluci n N 14 de a

travØs de la

cual

se declar concluida la etapa

probatoria otorgando

a

las partes un

plazo

de cinco

05

d as para que

presenten

sus

respectivos

alegatos

escritos

2

10

Alegatos

y laAudiencia de Informes Orales

Alegatos

escritos

presentados

por laspartes

51 Con fecha 8 de setiembre de

2008

ambas partes

cumplieron

con

presentar sus

alegatos

escritos

pronunciÆndose

sobre los puntos controvertidos materia del presente

arbitraje

A este respecto se emiti

la Resoluci n N 16 de fecha 08 setiembre de

2008

poniendo

en

conocimiento de ambas partes los escritos

presentados

y citando para la

correspondiente

Audiencia de Informes Orales para el d a 16 de setiembre de 2008

Audiencia de Informes Orales

52 El d a 16 de setiembre de 2008 se realiz la audiencia de Informes

Orales la cual cont con la

presencia

del

`rbitro

Unico y de los

representantes de

Qu mica

Suiza y ESSALUD En dicha audiencia las partes

procedieron

a exponer sus

posiciones jur dicas

sobre la presente

controversia

2

11

Fijaci n

del

plazo

para laudar

53

Finalmente

mediante Resoluci n N

19

de fecha 03 de octubre de 2008estableci que como

plazo

para laudarveinte

20

d as

œtiles

plazo

que

posteriormente

fuera

prorrogado

mediante Resoluci n N 20 de fecha 30 de octubre de 2008

ARBITRAJEDE DERECHOQUE RESUELVE LA CONTROVERSIA SURGIDA ENTRE QU˝MICASUIZA SA cSEGURO SOCIAL DE SALUD

(16)

PÆgina16 de 34 `lvaroLoredo Romero `rbitro nico

3 DECISIONES DEL

`RBITRO

NICO

54 El presente proceso arbitral deviene de la controversia

surgida

entre

Qu mica

Suiza y ESSALUD en relaci n a supuestos

incumplimientos

de las

obligaciones

acargo de ESSALUD derivadas de la AMCy de la

posterior ejecuci n

de la Orden de

Compra

i

de un

lado

la Demandante

pretende

el pago por la entrega

de los Materiales de acuerdo ala

adjudicaci n

aque se refiere

la

AMC

del otro

Qu mica

Suiza reclama a ESSALUD el pago

correspondiente

a la

reparaci n

de los

Equipos entregados

a

ESSALUD mediante cesi n en uso

55 Como consecuencia de los supuestos

incumplimientos

referidos

anteriormente

luego

de haber

requerido

el pago en varias

oportunidades

a travØs de carta notariales remitidas al

Demandado

Qu mica

Suiza

procedi

a resolver el Contrato de

pleno

derecho y

reclamar el pago de los montos que se le adeudan a travØs delpresente

arbitraje

56 Por su parte ESSALUD reclama a

Qu mica

Suiza el no

cumplimiento

de la entrega de los

Equipos

pese a haber sido oportunamente

requeridos

Consecuentemente

producto

de dicho supuesto

incumplimiento

de

Qu mica

Suiza

el Demandado no

pudo

utilizar los

Materiales que le fueron

entregados

En tal

sentido

en v a de

reconvenci n

requiri

a

Qu mica

Suiza para que

cumpla

con pagar los

daæos y

perjuicios

causados a consecuencia de la necesidad quetuvo de tener llevar acabo un nuevo proceso de

selecci n

con la finalidad de

obtener los insumos y

equipos

que necesitaba

3

1 Caducidad del

arbitraje

57 En

tØrminos

de lo

dispuesto

por la Real Academia de la

Lengua8

la

caducidad se define como la extinci n deuna facultad o de una acci n

por e transcurso deun

plazo configurado

por la

ley

como carga para el

e

Definici n obtenida de la pÆgina web oficial de la REAL ACADEMIA DE LA LENGUA Dicha

pÆgina

web se

puede

encontrar en el

siguiente

enlace electr nico vw

v rae com

ARBITRAJEDE DERECHO QUERESUELVE LA CONTROVERSIA SURGIDA ENTRE QU˝MICA SUIZA SA cSEGURO SOCIAL DE SALUD

(17)

PÆgina17 de 34 Alvazo Loredo Romero `rbibo nico

ejercicio

de

aquellas

Dicho concepto

atiende

ademÆs

al hecho

objetivo

de la falta de

ejercicio

durante un tØrmino

prefijado

y a la

intenci n delordenamiento endar

seguridad

al trÆfico

jur dico

58 A mayor

abundamiento

de acuerdo al art culo 2003 del

C digo

Civil

la caducidad

importa

la extinci n del derecho y la acci n

correspondiente

Por su parte el art culo 2004 de citado

c digo

sustantivo seæala que los

plazos

de caducidad son

fijados

por

ley

y que

entales supuestos no se admite pacto encontrario

Sustento de la

excepci n

de caducidad

59 A los efectos de resolver la presente

controversia

partimos

de la

premisa

que la mismaversa comoya le hemos seæalado del

supuesto

incumplimiento

del pago de la

prestaci n

a cargo de ESSALUD en

relaci nala entrega de los Materiales ya la

reparaci n

de los

Equipos

entregados

por

Qu mica

Suiza

as como

tambiØn

de la reclamaci nde

ESSALUD sobre los supuestos daæos y

perjuicios

causados por

parte

de

Qu mica

Suiza

60 Al respecto ESSALUD seæala como

argumento que sustenta su

solicitud de

caducidad

que el numeral

2

del art culo 53 de la

Ley

establece que el inicio del

arbitraje

una vez

producida

la resoluci n del

Contrato

tiene un

plazo

de caducidad Seæala

ademÆs

que el tercer

pÆrrafo

del art culo 227 del

Reglamento

establece que dicho

plazo

es

de 15 d as hÆbiles

Cualquier

controvereia relaczonada con a rerolucz n del

contrato

podrÆ

sersometidapor la parte interesada a conciliacz n

y

o

arbitraje

dentro de los

quince SJ

d as hÆbiles

siguientes

de comunicada la reolucz n Vencidoee

plato

sinque se

haya

iniczado

ninguno

deeta

procedimientos

se entenderÆ que la resoluci n del contrato ha

quedado

corr

cerrtida

61

tlgrega

el

Demandado

que en el presente caso el

plazo

de

quince 15

d as para que

Qu mica

Suiza solicite el inicio del

arbitraje

se ha excedido

ampliamente

ergo ha

caducado

toda vez que la Demandante resolvi

DICCIONARIO

JURiDICO

ESPASA 1ladrid Editorial Esposa

Calpe

SA 2001 p 254

ARBITRAJEDE DERECHOQUERESUELVE LA CONTROVERSIA SURGIDA ENTRE QU˝MICASUIZA SA cSEGURO SOCIAL DE SALUD

(18)

PÆgina18 de 34 `lvazo Loredo Romero `rbibo linico

el Contrato mediantecarta de fecha 5 de octubre de 2007 y

present

su

solicitud de

arbitraje

con fecha 14 deenerode 2008

Pronunciamiento acerca de la caducidad

62 Lasnormassobre contrataciones y

adquisiciones

delEstado

aplicables

a

la soluci n de la presente

controversia

en concreto el numeral

2

del art culo 53 de la

Ley disponen

que las partes

pueden

resolver sus

controversias relacionadas con la

ejecuci n interpretaci n

resoluci n

inexistencia

ineficacia o invalidez del contrato mediante conciliaci n

y

o

arbitraje Asimismo

se seæala que el inicio de estos

procedimientos

debe ser anterior ala culminaci ndel contratosiendo Øste un

plazo

de

caducidad

63 En concordancia con lo antes

seæalado

debemos agregar que el

primer

pÆrrafo

del art culo 273 del

Reglamento prevØ

que

Cualquiera

de las partes tiene el derecho de dar inicio al

arbitraje

dentro del

plazo

de caducidad

previsto

enel Art culo 53 de la

Ley

en arrrran a con lo

previsto

en os art crlos

202

227 232

257 259 2G5 267

268

y

269 de este

Reglamento

64 Sin

embargo

en adici nalo antes

seæalado

se debe tambiØn tener en

cuenta el

segundo pÆrrafo

de referido art culo 273 en el que se

regulan

otros

tipos

de

incumplimientos

de

obligaciones

que tambiØn

pueden

ser

sometidos a

arbitraje

enlos

siguientes

tØrminos

Las controversias relativas al consentimiento de la

liguidacz n frna

de os contratos de consultor a y

jecucz n

de obrar o respecto a la

conformidad

de la

recepc7 n

en elcaro de bienes

y servicios as coma al

incumplimiento

de ospagos que rrsulten de as

mismas

tambiØn serÆn resueltas mediante

arbitraje

65 Estando a lo

previsto

en las normas antes

referidas

el

Arbitro

nico

interpreta

que el

Reglamento

por

opci n legislativa o reglamentaria

en

este

caso regula

de manera

separada

las distintas controversias que se

puede

generar en materia de contrataciones y

adquisiciones

Espec ficamente

para el presente caso

aquellas

relativas

La normas sobre la materia

aplicables

al presente caso sonel Texto Unico Ordenado

de la Ley de Contrataciones y

Adquisiciones

del Estado Decreto

Supremo

N 083 2004

PCM ysu

Reglamento

el DecretoSupremo N 0842004PCM

ARBITRAJEDE DERECHOQUERESUELVE LA CONTROVERSIA SURGIDA ENTRE QU˝MICASUIZA SAcSEGURO SOCIAL DE SALUD

(19)

i8

PÆgina19 de 34 `lvaroLoredo Romero `rbitro nico

Las controversias relativas al

inezrmplimiento

de os

pagos

que resulten de las mismas tambiØn serÆn resueltas mediante

arbitraje

66 Todo lo anterior supone que el

plazo

de caducidad a que se refiere el

numeral

2

del art culo 53 de la

Ley

invocado por ESSALUD resulta

aplicable

a los supuestos

espec ficamente

seæalados en Øl

nos

referimos alas controversias que

surjan

entre las partes en relaci nala

ejecuci n

interpretaci n

resoluci n

inexistencia

ineficacia o imalidez del

contrato

yno

incorpora

la soluci n de las controversias que se

puedan

derivar en relaci n al pago de las

obligaciones

como la que es materia

de esta

litis

a las que resulta

plenamente aplicable

lo

dispuesto

en el

segundo pÆrrafo

del citado art culo 273 del

Reglamento

67 En

consecuencia

siendo la

pretensi n

de

Qu mica

Suiza el pago de las

obligaciones patrimoniales

a cargo de

ESSALUD

el inicio del

arbitraje

no se encuentra sometido al

plazo

de caducidad

previsto

en el numeral

2

del art culo 53 de la

Ley

sino a lo establecido enel

segundo

pÆrrafo

del citado art culo 273 del

Reglamento

por lo que no

corresponde

amparar la

excepci n

de caducidad

planteada

por ESSALUD

3

2 AnÆlisis de los puntos controvertidos

A Primer PuntoControvertido

Determinar si

corresponde

ordenaraESSALUD

cumpla

con

pagara

Qu mica

Suiza la suma de

S 12

055

68

nuevos soles por la entrega de los Materiales que se

constatade la Orden de

Compra

y de la Factura

68 LaDemandante afirma que ha

cumplido

con todas y cada una de las

prestaciones

a su cargo esto es en lo que respecta al presente punto

controvertido

la de entregar los AIateriales

bajo

determinadas

especificaciones

tØcnicas contenidas en las bases del proceso de

selecci n de

adjudicaci n

de menos

cuant a

que fueron

requeridos

por

parte de

ESSALUD

adjudicados

a ella mediante la AMC y

requeridos

a

travØs de la Orden de

Compra

69 Por su parte el Demandado seæala que dichos bienes e insumos no

corresponden

a los bienes

adjudicados

por la

AMC

sino que

corresponden

a los

entregados

como consecuencia de un proceso de

ARBITRAJE DE DERECHO QUERESUELVE LA CONTROVERSIA SURGIDA ENTRE QU˝MICASUIZA SA cSEGURO SOCIAL DE SALUD

(20)

`rbitro nico

selecci n

distinto

toda vez que las entidades

pœblicas

no convocan

procesos de selecci n para

adquirir

bienes hacia

atrÆs

sino hacia el

futuro

Perfeccionamiento del Contrato

70 De acuerdo a lo

previsto

por el art culo 1373 del

C digo

Civil

los

contratos se

perfeccionan

en el momento en que el oferente

toma conocimiento de la

aceptaci n

ParaManuel De La Puente y

Lavalle12

el contratoes un acuerdo de declaraciones de

voluntades

de tal

manera

que debe considerarse concluido cuando ambas partes conocen que la oferta ha sido

aceptada

En

consecuØncia

si se

cumplen

con los pasos

para el

procedimiento

de formaci n de los contratos

i

que

exista una

oferta y que exista una

aceptaci n

el contrato

queda

automÆticamente

perfeccionado

71 En ese

sentido

se

puede

inferir que la

propuesta

remitida por

Qu mica

Suiza

constituye

la oferta y la Orden de

Compra

emitida por

ESSALUD es la

aceptaci n

de la misma con lo cual

queda

perfeccionado

el Contrato

72 De otro

lado

de acuerdo a lo establecido por el art culo 197 del

Reglamento

en el casode las

adjudicaciones

demenor

cuant a

comola

que es materia del

presente

proceso

arbitral

el v nculo contractual se

perfecciona

con la

recepci n

de la orden de compra por parte del

contratista

Lo anterior supone que enel presente casoel Contrato ha

quedado perfeccionado

con la emisi n de la Orden de

Compra

constituyendo

el mismo un acuerdo de voluntades

perfectamente

vÆlido

Art culo 1373 del C digo CivilPerfeccionamiento del contrato

El contrato

queda

perfeccionado

en elmomento

1

rgar

en tlne la

aceptaci n

erconorrdapore

ofersnte Z

DE LAPUENTEYLAVALLE Manuel Elcontratoen

general

Camentarior

ala Secci n

Pæmera del Llbm VII del C digo Civil Tomo II Lima Fondo Editorial de la Pontificia

Universidad Cat lica delPerœ 1991p 252

Art culo 197 del ReglamentoPerfeccionamiento delcontrato

El contrato te

perfecciona

con la rsueripd n del dacrrmento que la contiene TratÆndote de a

judicaeioner

demenorcuant a dirtintatalarconvocador para

la

jearci n

yconrsrltor a deobrarel

contratote

podrÆperfeccionar

ronlaacepci n de la orden decompra

o de rervicio

ARBITRAJE DEDERECHO QUE RESUELVE LACONTROVERSIASURGIDA ENTRE

(21)

I

6

PÆgina21 de 34 `lvazoLoredo Romero `rbiho nico

73 Siendo esto

as

corresponde seguidamente

determinar si los Materiales

a que se refiere la AMC fueron efectivamente

entregados

a ESSALUD

porparte de

Qu mica

Suiza ysi el

Demandado

a su vez

cumpli

con la

prestaci n

a sucargo vale

decir

conefectuar el pago por los bienes que le fueron

otorgados

74

Asimismo

es del caso seæalar que los contratos que suscribe el Estado para la

adquisici n

y contrataci n de

bienes servicios

consultor as y

obras

son contratosad rolemnitatem En

consecuencia

son contratos que entraæan niveles de formalidad mÆs estrictos y que resultan distintos a

los que se suscriben dentro del Æmbito

privado

e incluso de otros contratos que suscribe el Estado

Entrega

de los Materiales aESSALUD

75 Si bien es

cierto

el Demandado refiere que la fecha en la que se

entregaron los Materiales es una fecha anterior a la convocatoria a la

AMC

tambiØn es cierto que la

propia

Red Asistencia de

Juliaca

mediante Carta N

617

GRAJUL

ESSALUD

2007

de fecha 11 de setiembre de

2007

seæal a

Qu mica

Suiza que ellos contaban con los

Materiales

entregados

a

prop sito

de la AD2C y detallados en la Orden de

Compra

pero que no contaban con los

Equipos

necesarios para

poder

hacer uso de dichos

insumos

todavezque la Demandante hab a

procedido

aretirar los mismos con fecha 23 de

julio

de 2007

76 No solo

ello

sino que

posteriormente

mediante Carta N 827

GRr1JUL

ESSALUD

2007

de fecha 23 de noviembre de

2007

ESSALUD reiter a

Qu mica

Suiza lo seæalado en la comunicaci n

referida en el

pÆrrafo

anterior

en el sentido de admitir que dicha

entidad ten a en su

poder

los Materiales y que solicitaba a

Qu mica

Suiza que

proceda

aretirarlos de susalmacenes

77 En la linea de lo manifestado por el

Demandado

a

juicio

del

tlrbitro

nico

se presentan

algunas

argumentaciones

contradictorias en

relaci nalaentrega de los Materiales

i

de un

lado

ESSALUD seæala que una vezemitida la Orden

de

Compra

los MÆteriales no han sido

entregados

por parte

de

Qu mica

Suiza

y

ARBITRAJEDE DERECHOQUE RESUELVE LA CONTROVERSIA SURGIDA ENTRE QU˝MICASUIZA SA cSEGURO SOCIAL DE SALUD

(22)

`rbitro nico

del otro el Demandado manifiesta que los Materiales noson los que fueron

adjudicados

por la

AMC

sino que

corresponden

a otro proceso de selecci n debido a que la

Factura tiene fecha de emisi n 30 de

junio

de

2007

cuando la AMCreciØnse convoc e19 de

julio

de 2007

78 En relaci n al argumento a que se refiere el numeral

i

a criterio del

`rbitro

nico

dicha afirmaci n se contradice con lo seæalado por la

propia

entidad en la Carta N

617

GRAJUL

ESSALUD

2007

y en la

Carta N

827

GRAJUL

ESSALUD

2007

en las que la

propia

Red

Asistencial de

Juliaca receptora

de los

Materiales

manifiesta lo

contrario

es

decir

que efectivamente contaban con los Materiales

79 Enrelaci n al

argumento

a que se refiere el numeral si realizamos una

rÆpida

comparaci n

entre los bienes

consignados

en la Orden de

Compra

con los bienes que se detallan en la

Factura

y con los

referidos por la

propia

Red Asistencial de

Juliaca

en su Carta N 827

GRAJUL

ESSALUD

2007

se tiene que dichos insumos son

exactamente los

mismos

en las mismas cantidades y por los mismos

valores que los

adjudicados

a travØs de la AMC

Asimismo

ESSALUD no ha

podido

demostrar a lo

largo

del presente proceso arbitral aque

otro proceso deselecci n

corresponder an

los Materiales

80 En

consecuencia

a criterio del

`rbitro

nico

queda

acreditado que los

Materiales fueron efectivamente

entregados

por parte de

Qu mica

Suiza

aESSALUD

Existe

la

obligaci n

depago por

parte

deESSALUD

81 Habiendo determinado que los Materiales fueron

entregados

a

ESSALUD

corresponder

verificar si existeuna

obligaci n

depago por

parte del Demandado a favor de la Demandante relacionada a la entrega de los Materiales

82 Estando frente a un

proceso de selecci n

bajo

a modalidad de

adjudicaci n

de menor

cuant a

el v nculo contractual se

perfecciona

como ya se ha seæalado con la

adjudicaci n

de la buena pro por parte

del contratista y con la

posterior

emisi n de la

respectiva

orden de

compra tal y como lo

prevØ

el art culo 197 del

Reglamento podemos

afirmar que nos encontramos frente a unv nculo contractual que tiene por finalidad satisfacer una necesidad

pœblica

el

aprovisionamiento

de

ARBITRAJE DE DERECHOQUERESUELVE LA CONTROVERSIASURGIDA ENTRE QU˝MICA SUIZA SA c SEGURO SOCIAL DE SALUD

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