• No se han encontrado resultados

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA DIRECCION DE OBRAS PUBLICAS

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2021

Share "MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA DIRECCION DE OBRAS PUBLICAS"

Copied!
17
0
0

Texto completo

(1)

H. AYUNTAMIENTO DE NAVOLATO

DIRECCION DE OBRAS PÚBLICAS

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA

DIRECCION DE OBRAS PUBLICAS

(2)

Contenido

a).-Introducción.

b).- Objetivo del manual. c).- Antecedentes históricos. d).- Marco jurídico.

e).- Atribuciones.

f).- Misión, visión y principios. g).- Estructura orgánica. h).- Organigrama.

i).- Objetivo y funciones. j).- Glosario de términos.

(3)

a).- Introducción

En cumplimiento a la disposición del reglamento interno de la administración pública del Municipio de Navolato, se elabora el presente documento el cual se le denomina “Manual de Organización de la Dirección de Obras Publicas”, mismo que fue elaborado en coordinación con asesor de presidencia.

El manual de organización constituye un instrumento de apoyo al proceso de reingeniería organizacional del H. Ayuntamiento de Navolato, al proporcionar información sobre la estructura orgánica, atribuciones, objetivos y funciones que realizan cada uno de las direcciones administrativas.

El presente manual de organización tiene como finalidad dar a conocer de una manera clara y objetiva la estructura orgánica, los diferentes niveles jerárquicos que conforman esta unidad administrativa, permite identificar con claridad las funciones y responsabilidades de cada una de las áreas que la integran y evitar la duplicidad de funciones; conocer las líneas de comunicación y de mando, y proporcionar los elementos para alcanzar el optimo desarrollo de sus funciones, elementos indispensables para lograr la actualización administrativa.

Por ser un documento de consulta frecuente este manual deberá ser actualizado cada 3 años, o en su caso, cuando exista algún cambio orgánico funcional al interior de esta unidad administrativa, por lo que cada una de las áreas que la integran, deberán aportar la información necesaria para este propósito.

Control de actualizaciones

(4)

b).- Objetivo del manual.

Se elabora para proporcionar, en forma ordenada, la información básica de la organización y funcionamiento de la Dirección de Obras Publicas como una referencia obligada para lograr el aprovechamiento de los recursos y el desarrollo de las funciones encomendadas.

Proporcionar la información necesaria a las áreas que conforman la Dirección de Obras Publicas, con el fin de dar a conocer la forma de organización, los objetivos, funciones y niveles de responsabilidad.

(5)

c).- Antecedentes históricos.

Por disposición del reglamento interno de la Administración Pública del Municipio de Navolato, contenido en el art. 2, art. 3, art. 4, art. 9 frac. VI, art. 49 y art. 50. El H. ayuntamiento de Navolato es un organismo Público con personalidad Jurídica y patrimonio propio creado mediante el Decreto Nº 212 del H. Congreso del Estado de Sinaloa, Publicado en el Periódico Oficial del Estado Nº 103 de Fecha 27 de Agosto de 1982, y de acuerdo a lo establecido en los Artículos 2, 3 y 9 frac. VI del Reglamento Interno de la Administración Pública del Municipio de Navolatoel Representante Legal del H. Ayuntamiento es el encargado de ejecutar sus resoluciones y Nombramientos de sus funcionarios salvo lo dispuesto por la Ley Orgánica Municipal del Estado.

La integración de la actual Dirección de Obras Publicas, dentro del marco estructural del H. Ayuntamiento de Navolato, ha venido evolucionando, de acuerdo a las necesidades de ejecución y vigilancia de la obra pública, que tienen como base fundamental los lineamientos emitidos para mejorar el esquema general de equipamiento urbano público y de interés social.

(6)

d).- Marco jurídico.

 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 Constitución Política del Estado de Sinaloa.

 Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

 Reglamento de La Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

 Ley de Obras Publicas del Estado de Sinaloa.

 Ley de Gobierno Municipal del Estado de Sinaloa.

 Decreto No. 176 (Publicado en el Periódico Oficial “El estado de Sinaloa” el día 28 de noviembre de 2001).

 Reglamento Interior de la Administración Pública del Municipio de Navolato, Sinaloa (2011).  Convenios.  Acuerdos.  Circulares.  Normas.  Otros.

(7)

e).- Atribuciones.

Artículo 49°.- Además de las facultades genéricas de las Direcciones, son facultades y obligaciones de la Dirección de Obras Públicas:

I. Formular y conducir los programas en materia de construcción y mantenimiento de las obras públicas, de acuerdo a las necesidades del Municipio.

II. Proyectar las obras públicas que requieren los centros poblados del municipio. III. Elaborar, directamente o a través de terceros, los proyectos técnicos arquitectónicos y de ingeniería que se requieran para las obras públicas del municipio, incluyendo el cálculo de costos de estos proyectos.

IV. Participar, con opinión técnica, en los procesos de licitación pública y asignación de contratos de obra, vigilando que se respete la normatividad correspondiente.

V. Realizar, directamente o través de terceros, las obras públicas del municipio, conforme a los programas y presupuestos autorizados.

VI. Supervisar técnica y directamente o a través de terceros, las obras públicas que se construyan en el municipio, vigilando el cumplimiento de los contratos respectivos.

VII. Realizar los actos protocolarios de entrega-recepción de las obras ejecutadas. VIII. Tener a su cargo la conservación y mantenimiento de las obras públicas. IX. Fomentar la participación de la población en la construcción, conservación y mantenimiento de las obras públicas.

X. Desarrollar los programas de carreteras, vialidades y pavimentación. XI. Tener a su cargo el cuidado, nivelación y alineación de calles.

XII. Promover la construcción y mantenimiento de caminos, para incorporar a las comunidades rurales al desarrollo.

XIII. Coordinar los programas de construcción de vivienda de interés social, para familias de escasos recursos económicos.

(8)

Artículo 50°.- Para la atención y despacho de los asuntos de su competencia, la Dirección de Obras Públicas contará con las siguientes unidades administrativas: I. Departamento Técnico.

II. Departamento de Construcción y Maquinaria. III. Departamento de Supervisión.

(9)

f).- Misión, visión y principios.

MISIÓN

Gestionar estratégicamente para proporcionar servicios públicos e implementar programas de ordenamiento territorial y políticas públicas, con honestidad, transparencia y justicia, para elevar el bienestar social y la calidad de vida de todos los habitantes.

VISIÓN

Ser un Municipio con una sociedad participativa, con valores sólidos, responsable y comprometida con su desarrollo. Municipio generador de empleos a través de un desarrollo económico basado en el sector turístico de gran clase y alternativo, en una agricultura diversificada y pesca tecnificada, así como en programas de ordenamiento territorial sustentable y en servicios públicos de calidad. Educación integral de excelencia y pertinente, sistema de salud pública y estrategias de gobierno que conlleven al desarrollo humano y al bienestar social de los navolatenses. Gobierno local y ciudadanía que cumplan y hagan cumplir la Ley, en un marco de legitimidad y corresponsabilidad y que propicia una alta participación ciudadana en el desarrollo de los programas y las políticas públicas. Administración pública municipal eficiente, eficaz, honesta y que rinda cuentas claras a la sociedad y que esté integrada por servidores públicos profesionales, sensibles y con vocación social.

La administración municipal 2011-2013 sustentará su trabajo en los siguientes principios:

Unidad, porque Navolato es una tarea de todos, nuestro proyecto de gobierno sumará las voluntades y el esfuerzo de toda la población, independientemente de la condición económica o social, del sexo o la edad, de las creencias religiosas o preferencias políticas. Siempre unidos, trabajaremos por un mejor Navolato.

Prosperidad, porque nuestra meta será incrementar el bienestar individual y colectivo de todos los habitantes del municipio. Trabajaremos para elevar la calidad de vida de la población, promoviendo la generación de empleos, alentando el desarrollo social y humano, y mejorando la seguridad pública.

Sustentabilidad, para que el desarrollo económico y social no atente contra el patrimonio natural del municipio. Pensando en el presente y en el futuro de las nuevas generaciones de navolatenses, una de nuestras prioridades será el cuidado del medio ambiente.

(10)

Inclusión, para que ninguna comunidad o sector de la población, quede al margen de los beneficios del desarrollo. Por ello, impulsaremos políticas públicas que generen más y mejores oportunidades para todos. Nuestros proyectos y programas de gobierno tendrán un enfoque de género y atenderán a los criterios de diversidad y equidad.

Legalidad, a fin de que la actuación de las autoridades y de los ciudadanos se apegue estrictamente a lo establecido en las leyes. Para recuperar la seguridad y propiciar una convivencia social armónica, promoveremos una cultura de respeto al estado de derecho.

Servicio, porque entendemos que el ejercicio de gobierno implica, sobre todo, una vocación y un espíritu de servicio a la comunidad. Nuestro compromiso será escuchara los ciudadanos y atender oportunamente sus demandas. La irresponsabilidad, la negligencia y la soberbia no tendrán cabida en la administración pública municipal.

Ética, porque nos proponemos consolidar un gobierno con valores, que sea ejemplo de rectitud, congruencia y probidad.

Honestidad, para administrar los recursos públicos con racionalidad, austeridad y absoluta transparencia, rindiendo cuentas de manera permanente a los ciudadanos. En la administración municipal no se tolerará ningún acto de desviación de recursos o de corrupción.

Eficacia, para cumplir los compromisos y responder a las expectativas de la población, consolidando un gobierno que ofrezca buenos resultados.

Democracia, ejerciendo un gobierno incluyente, respetuoso de la pluralidad política, receptivo y tolerante a la crítica, y sustentado en una amplia participación ciudadana.

(11)

g).- Estructura orgánica.

1.0. DIRECCION DE OBRAS PUBLICAS

1.1.1. SECRETARIA.

1.2. DEPARTAMENTO TECNICO.

1.2.1. Responsable de expedientes técnicos 1.2.2. Responsable de licitaciones

1.2.3. Responsable de presupuestos

1.2.4. Responsable de programas especiales

1.3. DEPARTAMENTO DE CONSTRUCCION Y MAQUINARIA. 1.3.1. Responsable de diseño

1.3.2. Responsable de topografía 1.3.3. Responsable de maquinaria

1.4. DEPARTAMENTO DE SUPERVISION. 1.4.1. Responsable de obra directa 1.4.2. Responsable obra contratada

(12)

h).- Organigrama.

Dirección de Obras Públicas

Director de Obras Públicas

Departamento de Construcción y maquinaria Secretaria Departamento Tecnico Departamento de Supervision Responsable de obra directa Responsable de Diseño Responsable de Expedientes Tecnicos Responsable de Topografía Responsable de Licitaciones Responsable de

Presupuestos Responsable de Maquinaria

Responsable de obra contratada Responsable de Presupuestos Responsable de Programas Especiales

(13)

i).- Objetivo y funciones.

Objetivos

- Supervisar, vigilar, mantener y conservar la ejecución técnica de la obra pública que se realiza en el municipio, así como los actos de entrega recepción de la misma.

- Promover, fomentar y realizar la obra pública conforme a los programas y presupuestos autorizados, así como la participación de la ciudadanía en su conservación y mantenimiento.

- Formular, proyectar y elaborar los programas de desarrollo en materia de construcción, así como los proyectos técnicos arquitectónicos para incorporar al desarrollo las comunidades rurales y la integración de la documentación técnica-administrativa de los expedientes técnicos.

Funciones

- Determinar las normas técnicas del proceso de ejecución de la obra pública y de los actos de entrega recepción de la misma.

- Establecer los lineamientos para la integración de los programas a desarrollar en materia de construcción.

- Vigilar la integración de la documentación técnica de los expedientes de la obra pública ejercida.

- Administrar el presupuesto autorizado de cada una de la obra pública asignada. - Determinar los lineamientos en la supervisión de la obra pública que se desarrolla en el municipio.

- Desarrollar los proyectos técnicos arquitectónicos de los programas de incorporación de las comunidades rurales.

(14)

j).- Glosario de términos.

ACTIVIDAD: Conjunto de operaciones o tareas que son ejecutadas por una persona o unidad administrativa como parte de una función asignada.

ANÁLISIS: Examen detallado de los hechos para conocer sus elementos constitutivos, sus características representativas, así como sus interrelaciones y la relación de cada elemento con el todo.

ÁREA: Parte de la institución en la que se subdivide y a la cual se asigna una responsabilidad.

ÁREAS SUSTANTIVAS: Son aquellas que desarrollan funciones derivadas directamente de las atribuciones y objetivos encomendados a la institución, mediante la producción de bienes y/o prestaciones de servicios para lo que están facultadas y fueron constituidas.

ATRIBUCIÓN: Cada una de las funciones, actividades o tareas que se asignan a un funcionario o unidad administrativa mediante un instrumento jurídico o administrativo.

AUTORIDAD: Facultad de mando conferida a una institución o funcionario para que la ejerza directamente o la delegue en otros subalternos. Existen dos tipos de autoridad formal: la funcional, que es la facultad de mando que ejercen varios funcionarios en un mismo grupo de trabajo, cada uno para funciones distintas y, la lineal, que es facultad de mando que ejerce exclusivamente un funcionario en un grupo de trabajo.

CADENA DE MANDO: Es la relación (jerarquía de autoridad) entre las unidades administrativas que integran una estructura orgánica. Se extiende linealmente desde el área del Titular hasta nivel de Jefe de Departamento.

CARGA DE TRABAJO: Es la que se establece de acuerdo con las funciones que se desarrollan en el desempeño de un cargo específico y conforme a los requerimientos exigidos para su ocupación.

COMUNICACIÓN: Transmisión y recepción de información para el logro de una mayor eficiencia en el trabajo y el mejoramiento de las relaciones interpersonales dentro de una organización.

COORDINACIÓN: Es el proceso de integración de acciones administrativas de una o varias instituciones, órganos o personas, que tienen como finalidad obtener de las distintas áreas de trabajo la unidad de acción necesarias para contribuir al mejor logro de los objetivos, así como armonizar la actuación de las partes en

(15)

DELEGACIÓN DE AUTORIDAD: Acto de facultar a un subordinado para tomar decisiones, emitir instrucciones y hacer que se cumplan compartiendo la responsabilidad correspondiente.

DELEGACIÓN DE FUNCIONES: Acto bilateral mediante el cual un superior jerárquico confiere funciones específicas y responsabilidades a un subalterno y, en algunos casos, otorga la autoridad que necesita cuando va a desempeñar tales funciones.

ESTRUCTURA ORGÁNICA: Unidades administrativas que integran una direccion, donde se establecen niveles jerárquico-funcionales de conformidad con las atribuciones que a la misma le asigna la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal, así como el reglamento interior correspondiente.

De esta forma se identifica el sistema formal.

FUNCIÓN SUSTANTIVA: Conjunto de acciones que se desarrollan, derivadas directamente de las atribuciones de la dirección.

JERARQUIZACIÓN (JERARQUÍA ORGÁNICOFUNCIONAL): Es el nivel que se asigna a un puesto dentro de una organización, por el grado de autoridad asignado.

LINEAMIENTO: Directriz que establece los límites dentro de los cuales han de realizarse las actividades y tareas asignadas.

MANUAL DE ORGANIZACIÓN: Documento que contiene información detallada referente a los antecedentes, marco jurídico administrativo, estructuras y funciones de las Direcciones que integran el H. Ayuntamiento, señalando los niveles jerárquicos, grados de autoridad y responsabilidad, canales de comunicación y coordinación; asimismo, contiene organigramas que describen en forma gráfica la estructura de organización.

MÉTODO: Conjunto de operaciones ordenadas con que se pretende obtener un resultado.

NORMA: Regla, disposición o criterio que establece una autoridad para regular los procedimientos que se deben seguir para la realización de las tareas asignadas. OBJETIVO: Es el enunciado del propósito que se establece para realizarse en un período determinado.

ORGANIGRAMA: Representación gráfica de la estructura orgánica que debe reflejar en forma esquemática, la posición de las unidades administrativas que la

(16)

POLÍTICA: El conjunto de reglas o normas generales que guían el pensamiento y acción de los subordinados. (Son guías de acción). Ayudan a tomar decisiones. Ayudan a la consecución de objetivos.

PRINCIPIO: Ley general cuyas consecuencias rigen toda una disciplina.

PROCEDIMIENTO: Guía que señala la secuencia cronológica más eficiente para obtener mejores resultados en una acción concreta.

PROCEDIMIENTO DE TRABAJO: Sucesión ordenada de acciones concatenadas entre sí, que se constituye en función de una tarea específica. El procedimiento implica actividades del personal, determinación de tiempo para realizarlas, uso de recursos materiales y tecnológicos y un método de trabajo y de control para lograr oportunamente el resultado.

PROGRAMA: Instrumento mediante el cual se desagrega y detalla ordenadamente las actividades a realizar para lograr las metas y objetivos establecidos.

PROYECTO: Intención para hacer algo o plan para realizarlo. Redacción o disposición provisional de un tratado, ley, etc.

PUESTO: Unidad impersonal de trabajo que se caracteriza por tener tareas y deberes específicos, lo cual le asigna cierto grado de responsabilidad. Cada puesto puede contener una o más plazas e implica determinados requisitos de aptitud, habilidad, preparación y experiencia.

REESTRUCTURACIÓN (ORGÁNICA Y OCUPACIONAL): Acción que identifica en primera instancia los factores internos y/o externos que propician alteraciones a los esquemas orgánico-funcionales de las dependencias o entidades, dando lugar a un proceso de adaptación y cambio en el sistema de organización.

STAFF: Son los órganos que tienen por objeto, asesorar e informar al personal de mando, en aquellas actividades que requieren conocimientos y experiencia técnica especializada.

(17)

Redactado: Rosa Isela González Payan Resp. de Contabilidad y Control

Redactado: Roberto Castro Quevedo Resp. Programas Especiales

Validado: Carlos Zaragoza Jefe de Departamento

Aprobado: Alejandro López Sainz Director

Fecha documento: 20-Abril-2013

Fecha revisión: Inserte aquí la fecha

Referencias

Documento similar

que hasta que llegue el tiempo en que su regia planta ; | pise el hispano suelo... que hasta que el

En junio de 1980, el Departamento de Literatura Española de la Universi- dad de Sevilla, tras consultar con diversos estudiosos del poeta, decidió propo- ner al Claustro de la

E Clamades andaua sienpre sobre el caua- 11o de madera, y en poco tienpo fue tan lexos, que el no sabia en donde estaña; pero el tomo muy gran esfuergo en si, y pensó yendo assi

The part I assessment is coordinated involving all MSCs and led by the RMS who prepares a draft assessment report, sends the request for information (RFI) with considerations,

d) que haya «identidad de órgano» (con identidad de Sala y Sección); e) que haya alteridad, es decir, que las sentencias aportadas sean de persona distinta a la recurrente, e) que

De hecho, este sometimiento periódico al voto, esta decisión periódica de los electores sobre la gestión ha sido uno de los componentes teóricos más interesantes de la

Ciaurriz quien, durante su primer arlo de estancia en Loyola 40 , catalogó sus fondos siguiendo la división previa a la que nos hemos referido; y si esta labor fue de

Las manifestaciones musicales y su organización institucional a lo largo de los siglos XVI al XVIII son aspectos poco conocidos de la cultura alicantina. Analizar el alcance y