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El impacto del Programa de Apoyo al Empleo Formal (PAEF) sobre la preservación de empleos en Colombia ante el choque del COVID-19

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Academic year: 2022

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El impacto del Programa de Apoyo al Empleo Formal (PAEF) sobre la preservación de empleos en Colombia

ante el choque del COVID-19

Autora: Sara Alejandra Baena Hernández*

Asesor: Manuel Fernández

Resumen

Este estudio cuantifica el impacto del Programa de Apoyo al Empleo Formal (PAEF) sobre la preservación de empleos y la supervivencia de las firmas en Colombia, entre mayo de 2020 y marzo de 2021. Para esto, se utilizan datos administrativos y de encuestas, y se emplea la metodología de diferencias-en-diferencias para múltiples periodos. Se analizan los efectos del PAEF por tamaño de los empleadores (número de trabajadores) y rama de actividad, además del sexo, edad, salario, y departamento de los trabajadores. Los resultados muestran que el programa frenó la destrucción de empleo en las firmas beneficiarias y que las compañías con PAEF presentaron una probabilidad de supervivencia superior en 4.0 puntos porcentuales a las que no obtuvieron los subsidios.

Clasificación JEL: E24, J18, J38

Palabras clave: Programa de Apoyo al Empleo Formal, PAEF, subsidios a la nómina, empleo, evaluación de impacto.

__________________

* Estudiante de la maestría de Economía de la Universidad de los Andes [[email protected], [email protected]]. Agradecimientos al Ministerio de Salud, Confecámaras, al Ministerio de Trabajo y al DANE por el acceso a los datos solicitados.

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1. Introducción

Tras la llegada del COVID-19 a Colombia, el Gobierno ordenó medidas de aislamiento preventivo obligatorio y limitó la libre circulación de las personas en el territorio nacional. El confinamiento generó afectaciones sobre la producción, en cuanto la actividad económica no pudo llevarse a cabo en condiciones normales. Los ingresos de las empresas se vieron reducidos y se dificultó el cumplimiento de sus obligaciones para con los trabajadores. En línea con lo anterior, los indicadores del mercado laboral se deterioraron. Como se observa en el gráfico 1, se presentó una importante destrucción interanual de empleo desde abril de 2020, mes en el que la economía cerró en un porcentaje muy alto, y estas variaciones negativas continuaron hasta principios del año 2021.

De igual forma, la tasa de desempleo alcanzó los valores más altos desde que tenemos mediciones para el total nacional, presentado una recuperación en los siguientes meses, pero sin alcanzar los niveles pre pandemia.

Gráfico 1. Número de Ocupados y Tasas de Desempleo

Panel A: Ocupados

Variación anual absoluta (miles)

Panel B: Tasa de desempleo

Fuente: GEIH; elaboración propia

En abril de 2020, la Red de Cámaras de Comercio (Confecámaras) realizó una encuesta de medición del impacto del COVID-19 a empresas colombianas, la cual evaluó la reacción de las firmas a los cierres de la economía y sus preocupaciones al inicio de la pandemia. Se encuestaron

-6000 -5000 -4000 -3000 -2000 -1000 0 1000

ene-20 feb-20 mar-20 abr-20 may-20 jun-20 jul-20 ago-20 sep-20 oct-20 nov-20 dic-20 ene-21 feb-21 mar-21

Variación anual ocupados

10.0 12.0 14.0 16.0 18.0 20.0 22.0

ene-20 mar-20 may-20 jul-20 sep-20 nov-20 ene-21 mar-21

Tasa de desempleo

COVID-19 COVID-19

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20.035 empresarios en 691 municipios del país. En el gráfico 2 se observa, entre otros, que: i) la principal medida adoptada por las empresas frente a su planta de personal fue la reducción del número de empleados; ii) las preocupaciones primordiales para los meses siguientes a la encuesta se centraban en la disminución de las ventas y el pago a los empleados; y iii) la mayoría de las empresas manifestaron poder subsistir bajo las condiciones iniciales de la pandemia sólo por 1 o 2 meses con recursos propios.

Gráfico 2. Encuesta a las empresas sobre el impacto del COVID-19

A. ¿Qué medidas está implementando su empresa para su planta de personal ante la situación provocada por el COVID-19?

B. ¿Cuáles son las principales preocupaciones que tiene su empresa para los próximos meses?

12% 11% 11%

9% 9% 9% 9%

8% 8% 8%

5%

1%

Reducción planta Vacaciones anticipadas Trabajo desde casa Jornada en turnos Modificacn contratos Suspensión contratos Vacaciones colectivas Auxilio a empleados Licencia no remunerada Contrato en igual condición Otro Aumento planta

15%

13% 13%

11% 11%

10%

8% 8%

6%

3% 2%

Disminucn ventas Pago a empleados Aumento casos COVID19 Desempleo Clientes no pagan Aprovisionamiento Aumento impuestos No acceder al crédito Cambios normativos Tasa de cambio Otras

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C. Suponiendo que las medidas se prolonguen indefinidamente, ¿cuántos meses podría subsistir su negocio con recursos propios?

Fuente: Encuesta de las Cámaras de Comercio sobre el Impacto del COVID-19 en las empresas colombianas.

Con el fin de reducir los efectos económicos y sociales generados por la pandemia y adoptar medidas en aras de mantener y proteger el empleo, el Presidente de la República declaró, mediante el Decreto 417 del 17 de marzo de 2020, el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional por un periodo de treinta días calendario. Posteriormente y, dado que la crisis superaba los efectos previstos, se expidió el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020, que fijaba otros treinta días para la declaratoria de emergencia1. En total, esta medida tuvo una duración de sesenta días calendario. De forma paralela, el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 385 del 12 de marzo de 2020, por la cual se declaró la emergencia sanitaria por causa del COVID-19 y se adoptaron medidas para hacer frente al virus, decisión que está vigente hasta el 30 de abril de 2022.

1 En la Sentencia C-145 de 2020, en la que la Corte Constitucional declara Exequible la Declaratoria de Emergencia Económica, Social y Ecológica adoptada en el Decreto 417 de 2020, se señala que esta medida corresponde a un estado de grave calamidad pública donde se puede verificar que: i) se inscribe dentro de una situación catastrófica que produce una alteración grave e intempestiva de las condiciones sociales, económicas y ecológicas. Así mismo, que el evento catastrófico ii) debe ser no solo grave sino imprevisto; iii) que no sea ocasionado por una guerra exterior o conmoción

81%80%

78%

75%74%73%

56%

8%8%9%11%11%12%

19%

8%8%9%11%11%12%

19%

2%2%

0%2%3%2%3%

1%1%4%

0%0%1%2%

Industria Servicios Extracción Construccn Resto Comercio Agricultura Industria Servicios Extracción Construccn Resto Comercio Agricultura Industria Servicios Extracción Construccn Resto Comercio Agricultura Industria Servicios Extracción Construccn Resto Comercio Agricultura Industria Servicios Extracción Construccn Resto Comercio Agricultura

Entre 1 y 2 meses Entre 3 y 4 meses Entre 5 y 6 meses Entre 6 y 12 meses Más de 12 meses

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Ahora bien, entre el conjunto de acciones para mitigar los efectos económicos y sociales de esta coyuntura, en mayo de 2020 se creó el Programa de Apoyo al Empleo Formal (PAEF), como una contribución del Estado en el financiamiento y pago de parte de las obligaciones laborales de los empleadores. El apoyo brindado a través del PAEF consiste en un monto de suma fija correspondiente hasta el 40% de un salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV) por cada empleado de la empresa2 que demuestre vinculación formal de sus empleados y disminución del 20% o más de sus ingresos dada el escenario de emergencia por COVID-19. Los montos se incrementan hasta el 50% si la trabajadora es mujer, o si la empresa realiza su actividad económica en el sector turístico, hotelero y de gastronomía, o en el sector de las actividades artísticas, de entretenimiento y recreación3.

El objetivo de este estudio es cuantificar el impacto del PAEF sobre la preservación del empleo y la supervivencia de las empresas, entre mayo de 2020 y marzo de 2021. También se analizan los efectos diferenciados del PAEF a nivel sectorial y de tamaño del empleador (número de trabajadores), y por sexo, salario, edad y departamento donde trabajan los empleados.

En cuanto a los datos utilizados, se construyó un panel de empresas con periodicidad mensual entre enero de 2018 y septiembre de 2021, con firmas beneficiarias y empresas que no accedieron al PAEF. En primer lugar, se obtuvo la lista de firmas beneficiarias del PAEF, la cual es información pública provista por la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP). Esta lista se cruzó con el Registro Único Empresarial y Social (RUES) de Confecámaras, con el fin de obtener variables adicionales para estas empresas, como la rama de actividad, y acceder a una lista de firmas parecidas4 a las que recibieron el PAEF, pero que no fueron beneficiarias.

Seguidamente, se obtuvieron los datos anonimizados de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) para los trabajadores de las empresas que recibieron el PAEF y de las firmas que no fueron beneficiarias. Se cuenta con variables a nivel de empresa, como la rama de actividad y

2 Según lo dispuesto en el Decreto 639 del 8 de mayo de 2020, modificado por el Decreto 677 del 19 de mayo de 2020, se considera como empleador formal a personas jurídicas, personas naturales que emplean formalmente a más de 3 trabajadores, empresas sin ánimo de lucro, consorcios, uniones temporales y patrimonios autónomos.

3 Consideraciones introducidas en la Ley 2060 de octubre 22 de 2020.

4 En cuanto a su tamaño, actividad económica, edad de la empresa y organización jurídica.

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el tamaño (número de trabajadores), y a nivel de empleado, como la edad, sexo, salario y departamento en el que trabaja. Cabe aclarar que, para el momento en el que se accedió a los datos, aún no se habían realizado giros del PAEF más allá de marzo de 2021. Por otro lado, se procesa la Gran Encuesta Integrada de Hogares (GEIH), con el fin de realizar un análisis descriptivo de la pérdida de empleo a nivel de ramas de actividad, departamento, edad y sexo de los trabajadores.

La metodología utilizada para la evaluación de impacto es la de diferencias-en-diferencias. Este método permite controlar por diferencias preexistentes constantes en el tiempo entre las empresas que recibieron el PAEF (grupo de tratamiento) y las que no (grupo de control). El supuesto de identificación es el de tendencias paralelas, que significa que el número de empleados en las firmas que accedieron a los subsidios tendría la misma evolución en ausencia del programa a la que se observa en las firmas no beneficiarias. Se analizan efectos dinámicos del tratamiento sobre el número de empleados de las firmas y sobre la supervivencia de las empresas, al igual que los efectos diferenciados del programa por características de los trabajadores y las firmas.

Los resultados muestran que las empresas que recibieron el PAEF perdieron más trabajadores antes de la implementación del programa que las que no accedieron a los subsidios, lo que sugiere que eran más vulnerables, pero que una vez iniciaron los giros, la caída del empleo en las firmas beneficiarias se frenó. En este sentido, el PAEF no generó nuevos puestos de trabajo, pero sí detuvo la destrucción de empleo en las empresas que recibieron los subsidios. Asimismo, se encuentra que las firmas que obtuvieron el beneficio presentaron una probabilidad de supervivencia superior en 4.0 puntos porcentuales a las que no accedieron al programa. De esta forma, las empresas que no recibieron los subsidios presentaron ajustes en el margen extensivo, al considerar el cierre como la opción que generaba menores pérdidas y las firmas beneficiarias mostraron ajustes en el margen intensivo, dada la reducción del número de trabajadores.

En cuanto a los efectos heterogéneos: (i.) no hay evidencia a favor de efectos diferenciados entre hombres y mujeres; (ii.) no se puede concluir acerca de efectos heterogéneos del PAEF por grupos de edad; (iii.) las empresas beneficiaras perdieron más trabajadores que devengaban 1 SM que las que no accedieron a los subsidios; (iv.) entre los departamentos que más trabajadores beneficiarios concentraron, Antioquia, Valle del Cauca, Atlántico, Santander y Bogotá presentaron efectos

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heterogéneos del PAEF; (v.) la caída del número de empleados fue mayor en las empresas grandes y muy grandes con PAEF que en las no beneficiarias; (vi.) las actividades económicas de minería, EGA5, actividades financieras, actividades inmobiliarias y actividades profesionales, científicas y técnicas evidenciaron efectos diferenciados del PAEF.

Los resultados de este trabajo de investigación presentan limitaciones relacionadas con el acceso a los datos. Por ejemplo, el grupo de empresas que no recibió las ayudas se construyó a partir de características similares a las de las firmas beneficiarias, pero sin tener en cuenta la estructura salarial, que puede asociarse con la productividad de las empresas y afectar la comparabilidad entre las firmas. De igual forma, se observa un comportamiento diferencial entre los dos grupos de empresas al inicio de la pandemia, el cual se frena tras la implementación del PAEF. El hecho de que las firmas tratadas perdieran más trabajadores en los primeros meses del confinamiento implica que los dos grupos de empresas no son directamente comparables. Sin embargo, antes de la pandemia existían tendencias paralelas, por lo que el grupo de firmas no beneficiarias funciona como un contrafactual imperfecto. Es como si se tuvieran dos tratamientos: la pandemia y el PAEF, y los resultados deben interpretarse con relación a ambos choques.

Por otro lado, este trabajo no responde la pregunta de por qué unas empresas accedieron al beneficio y otras no, ni estudia el flujo de información del programa dependiendo del tamaño de la empresa.

Debido a la dificultad para acceder a los datos, no se contó con información acerca de los ingresos de las empresas ni de si las firmas recibieron otras ayudas gubernamentales, además del PAEF.

Tampoco se tuvo acceso al número de giros del PAEF que cada firma recibió, sino solamente a si la empresa fue beneficiaria del programa en algún momento.

2. Revisión de literatura

Según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE, 2020), durante la etapa inicial de la crisis social y económica debido a la pandemia por COVID-19 se implementaron distintos esquemas de retención de empleo con el fin de evitar el aumento del desempleo y

5 Electricidad, Gas y Agua

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mantener la demanda agregada, al respaldar temporalmente los ingresos de los trabajadores con un tiempo de trabajo reducido y/o mitigar la reducción de ingresos de las empresas.

En términos generales, la OCDE (2020) clasifica los esquemas de retención de empleos en:

 Esquemas de subsidio de trabajo a tiempo parcial (short-time work schemes – STW) que, en general, son subsidios otorgados con el objetivo de compensar las horas no trabajadas por la crisis.

 Esquemas de subsidio salarial o de nómina (wage subsidy schemes – WS) que toman la forma de subsidio otorgado al empleador con el fin apoyar el pago de horas trabajadas o complementar ingresos de trabajadores con jornadas reducidas por la crisis, condicionado a la demostración de disminución de ingresos de la empresa por causa de la crisis.

Dentro de los países que conforman la OCDE, se presentan diversos ejemplos de estos tipos de esquemas para la retención de empleos, adoptados o profundizados durante el año 2020 (esquema 1).

Esquema 1. Implementación de esquemas de retención de empleos

Fuente: OCDE (2020); elaboración propia.

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La dimensión de protección brindada por estos esquemas, para mayo de 2020, fue tan importante que, de acuerdo a lo expresado por la OCDE (2020), respaldaron alrededor de 50 millones de empleos en los países que forman parte de la organización, unas diez veces más que lo alcanzado en medidas similares o equivalentes durante la crisis financiera mundial de 2008-09. El estudio menciona que, en general, los países que implementaron esquemas de subsidio de trabajo a tiempo parcial eran países que ya tenían estas medidas implementadas y, durante la crisis por COVID-19, las modificaron a través de: i) mayor facilidad de acceso y ampliación de cobertura en términos de montos y/o duración, ii) ampliación de cobertura a trabajadores no permanentes y iii) reducción de costos a empleadores por pago de cotizaciones a seguridad social, entre otros. De otra parte, el estudio reseña que los países que optaron por esquemas de subsidio salarial o de nómina, con excepción de los Países Bajos, son países con limitada o nula experiencia en esquemas de subsidio de trabajo a tiempo parcial y en donde las empresas enfrentan costos relativamente bajos por despido y, por tanto, podrían tener incentivos débiles para participar en otro tipo de esquemas que acarrean costos procesales o contribuciones financieras explícitas por parte de las empresas. De esta forma, los esquemas de subsidio salarial o de nómina se consideran un tipo de apoyo más flexible y sin tantos requisitos para las empresas.

A continuación, se reseñan algunos casos de medidas de subsidio salarial o de nómina implementadas, específicamente: i) el Paycheck Protection Program (PPP) en Estados Unidos, ii) la medida de JobKeeper Payment en Australia, ii) el COVID Wage Subsidy (CWS) adoptado en Nueva Zelanda y iii) la Subvention salariale d’urgence (SSUC) en Canadá. Estos son casos representativos a nivel internacional y comunes al propósito del PAEF, de mitigar el efecto de la pandemia sobre los ingresos de empresas y trabajadores, proteger el empleo y disminuir la probabilidad de quiebra o cierre de las firmas.

En Estados Unidos se pusieron en práctica los subsidios a la nómina a través del Paycheck Protection Program (PPP), entre abril de 2020 y mayo de 2021. Este programa dispuso recursos para apoyar a las pequeñas empresas, a manera de créditos condonables, para pagar entre 8 y 24 semanas de costos de nómina o intereses sobre hipotecas, alquileres y servicios públicos, con una inversión total del programa cercana a los USD $650 mil millones para la retención del empleo y

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otros gastos. Las organizaciones sin ánimo de lucro, los trabajadores por cuenta propia y los contratistas independientes eran elegibles siempre que cumplieran con los estándares del tamaño de la empresa.

El PPP se diferencia fundamentalmente del PAEF en que fue concebido como un préstamo condonable y no como un subsidio no reembolsable. El préstamo otorgado por el PPP podía tener una condonación por el monto total en los casos que el empleador lo solicitara y demostrara que:

i) se mantuvieron los niveles de empleo y compensación inicialmente presentados, ii) el producto del préstamo se agotó en su totalidad en costos de nómina y otros gastos elegibles y iii) al menos el 60% de sus ingresos se destinaron a costos de nómina.

La literatura encuentra que el PPP aumentó el empleo entre 2% y 4.5% en firmas elegibles y que el costo por empleo salvado estuvo en el rango de USD $162.000-$381.000, cuando un estadounidense promedio obtuvo un salario de USD $51.9166. Chetty et al. (2020) argumentan que los impactos del programa fueron modestos, ya que, posiblemente, la gran mayoría de los préstamos del PPP fueron concedidos a firmas que no tenían planeado despedir a muchos trabajadores. Consistente con esta hipótesis, Granja et al. (2020) estiman que la mayor parte de los empleos protegidos por el PPP no se hubieran perdido sin las ayudas del gobierno, y que las empresas destinaron los recursos del programa a pagos fijos que no eran de nómina y a crear colchones de ahorro, generando efectos pequeños sobre el nivel de empleo.

Respecto a la parte regional, Granja et al. (2020) encuentran que los estados que experimentaron mayores pérdidas de empleo antes del comienzo del programa recibieron menores préstamos del PPP. Se identifica que la focalización limitada en cuanto la elegibilidad llevó a una correlación baja entre la severidad del choque y la cantidad de beneficiarios por cada región. Bartik et al. (2020) presentan evidencia a favor de este punto y sugieren que las empresas en los estados menos afectados por la pandemia tenían la intención de mantener el mismo nivel de empleo, en cualquier caso, por lo que consideraron ventajoso solicitar los préstamos del PPP.

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En cuanto a las ramas de actividad, los préstamos no se destinaron a las industrias que probablemente habrían concentrado mayores pérdidas de empleo. Por ejemplo, las empresas en los sectores de actividades profesionales, científicas y técnicas recibieron más préstamos que las firmas en la rama de hotelería y servicios de comida, a pesar de que la actividad de hotelería y servicios de comida concentró la mitad de la pérdida de empleos antes de que comenzara el PPP y la caída en el empleo en las actividades profesionales, científicas y técnicas representó menos del 5% del total. En línea con lo anterior, Autor et al. (2020) exponen que el PPP no estuvo correctamente focalizado, en cuanto no llegó a las empresas o regiones donde más se necesitaba.

Una conclusión similar es expuesta por Humphries et al. (2020), al evidenciar que hubo un acceso desigual a los recursos del programa, favoreciendo a aquellas firmas más grandes, quienes tenían posibilidad de acceder rápidamente a la información sobre criterios de elegibilidad y de condonación de la deuda, organizar los requerimientos y presentar las solicitudes. Esta facilidad y rapidez de respuesta se relacionó con variables como el nivel educativo de los propietarios, la disponibilidad de equipos de trabajo ya vinculados que asumían la labor de adquirir información y postularse al programa, sin que esto implicara un mayor costo para la firma y, por último, la facilidad de asumir los costos fijos del proceso.

De otra parte, Kelly et al. (2021) hacen un análisis espacial y encuentran que las comunidades con más empresas elegibles, bancos, y mayores incrementos en la tasa de desempleo recibieron más préstamos per cápita. También muestran que los condados con población más adinerada, educada y blanca recibieron una mayor cantidad de préstamos, lo cual contribuiría a una recuperación desigual de la crisis. En línea con lo anterior, Kapinos et al. (2021) exponen que los préstamos condonables tuvieron un efecto significativo en reducir el desempleo promedio, especialmente en los condados con liquidez bancaria sólida y fuerza de trabajo educada, que no necesariamente fueron las áreas más perjudicadas por el choque del COVID-19. Joaquim et al. (2021) muestran que las firmas más grandes y menos afectadas por el virus recibieron los préstamos del PPP primero y Dalton et al. (2021) encuentran que los establecimientos pequeños y con menores salarios obtuvieron los mayores impactos del programa.

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Por otro lado, el subsidio a la nómina de Australia, el JobKeeper Payment, tenía como objetivo ayudar a las empresas afectadas por el COVID-19 a mantener el número de trabajadores. El subsidio se destinó a empresas, incluidas entidades sin ánimo de lucro y trabajadores por cuenta propia y consistió en otorgar a las firmas elegibles un subsidio quincenal por trabajador de $1.500 dólares australianos (antes de impuestos). Este valor fijo constituía una parte del pago de nómina para el trabajador que devengara más de dicho equivalente y, para el trabajador que devengara menos, un aumento en su ingreso, por valor u horas trabajadas, pues la empresa adquiría el compromiso de otorgar este monto fijo en su totalidad. Si bien este subsidio comparte la naturaleza de monto fijo con el PAEF, difiere en que la magnitud del monto fijo guarda equivalencia con el ingreso mínimo por quincena, mientras que el PAEF reconoce solo un porcentaje inferior.

La literatura encuentra que 1 de cada 5 empleados que recibieron el JobKeeper hubieran perdido el empleo de no ser por el programa. Dado que 3.5 millones de individuos percibieron el pago entre abril y julio de 2020, el JobKeeper redujo las pérdidas de empleo totales en alrededor de 700.000 puestos para este mismo periodo. Bishop et al. (2020) encuentran que el JobKeeper desempeñó un papel importante en amortiguar la reducción del empleo en la primera mitad de 2020: las pérdidas de empleo hubieran sido del doble de la magnitud sin el programa.

A partir de la aplicación de un modelo de reconstrucción semiparámetrico del ingreso, Li et al.

(2020) concluyen que la iniciativa de subsidio salarial fue eficaz para mantener el ingreso de las familias, principalmente aquellas situadas en los dos primeros quintiles de la distribución y de esta forma mitigar el riesgo de un aumento en la desigualdad. De otra parte, Andrews et al. (2021) muestran que la naturaleza temporal del JobKeeper presentó consecuencias positivas en la productividad agregada, pero se volvió distorsionante con el tiempo. En la primera fase del programa era más probable que las firmas más productivas accedieran al subsidio. Es más, el programa protegía desproporcionadamente a empresas productivas que eran frágiles financieramente - la salida prematura de estas firmas es un mecanismo a través del cual las recesiones dejan cicatrices. El esquema se volvió más distorsionante con el tiempo, impidiendo la redistribución de recursos desde las empresas menos productivas hacia las más productivas. En este orden de ideas, los autores señalan la importancia de que estas políticas sean temporales y su diseño evolucione con las condiciones económicas.

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Ahora bien, desde la perspectiva de un país como Nueva Zelanda, que ha tenido una de las menores tasas de incidencia de enfermedad por COVID-19 gracias a la estrategia de “go hard, go early”, se adoptó el COVID Wage Subsidy (CWS). Esta medida fue una ayuda del gobierno para que los empleadores continuaran pagando el salario a sus trabajadores, y se constituyó como un mecanismo de subsidio fijo por empleado, dependiendo de las horas laboradas semanalmente. Su objetivo era proteger empleos y mitigar el impacto de los menores ingresos relacionados con la pandemia por COVID-19. En cuanto a su evaluación, Maré & Hyslop (2021) encuentran que era más probable que los hombres y los empleados más jóvenes recibieran el CWS y que las firmas beneficiarias presentaron una mayor caída en la rotación laboral que las empresas que no obtuvieron el subsidio.

Por su parte, en Canadá, la Subvention salariale d’urgence (SSUC) inició el 15 de marzo de 2020 y continuó hasta el 7 mayo de 2022. Su objetivo fue mantener el empleo, recuperar los puestos de trabajo perdidos y facilitar la vuelta a la normalidad de las operaciones de producción. Esta medida estuvo dirigida a empleadores que experimentaron una caída en sus ingresos igual o mayor al 25%, quienes podían acceder, en función de la reducción de sus ingresos, a un subsidio entre el 10% y el 75% para el pago de su nómina. Se estima que el gobierno de Canadá invirtió en esta estrategia más del equivalente a USD $50 billones. Brethour et al (2021) reconocen que, si bien este programa se constituyó como el esfuerzo fiscal más grande que se haya puesto en marcha para la protección del empleo, quienes accedieron con mayor facilidad fueron las empresas de mayor tamaño.

En cuanto a Europa, Harasztosi et al. (2021) no encuentran evidencia de que las ayudas del gobierno llegaran a firmas débiles antes de la crisis y que hubieran desaparecido sin este beneficio, sino que las empresas que más ayudas obtuvieron fueron aquellas con mayores pérdidas en ventas durante la crisis y con colchones de liquidez más bajos. Lalinsky et al. (2021) muestran que, para Eslovaquia, los subsidios salvaron una cantidad no despreciable de empleos, y sostuvieron la actividad económica durante la primera ola de la pandemia. Los autores exponen que las ayudas fueron distribuidas eficientemente a firmas en los sectores más afectados, y a las empresas más productivas y con una mayor proporción de costos laborales. Cabe recalcar que muchos países de Europa tenían una amplia trayectoria de implementación de subsidios al desempleo y ayudas entregadas directamente a los hogares, para estimular la demanda en sectores críticos de la

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economía. De esta forma, el aumento en cobertura y permanencia de este tipo de subsidios fueron una de las medidas más comunes para enfrentar la crisis por COVID-19.

Por otro lado, en el marco del “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP)” en Argentina, se implementó una medida de reducción del 95% en contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y una asignación compensatoria del salario (subsidio de nómina) en empresas privadas. Esta se entregó a todos los sectores durante la cuarentena obligatoria y posteriormente solo a los sectores más críticos. Según Heredia & Dini (2021), si bien los instrumentos adoptados evidenciaron una rápida capacidad de respuesta y una flexibilización de requisitos para que las organizaciones accedieran a los diferentes mecanismos de compensación frente a la caída de ingresos, “el 70% del total de los créditos otorgados y el 69% de las garantías otorgadas se concentraron en 4 provincias” con lo cual se evidencia la necesidad de asegurar una mayor cobertura y facilidades de acceso a las medidas adoptadas.

Brasil, en desarrollo de su política “Benefício Emergencial de Preservação do Emprego e da Renda” autorizó la reducción de las horas de trabajo que, a través de acuerdos individuales entre empleadores y trabajadores formales, podía ser del 25%, el 50% o el 70%, preservando el valor de los salarios por hora hasta por 90 días. De acuerdo con Heredia & Dini (2021), desde el punto de vista de las organizaciones, si bien las medidas adoptadas mitigaron el impacto por la pandemia, el nivel de endeudamiento de las Pymes se incrementó de forma considerable, lo que evidenciaría que el sostenimiento empresarial se generó en mayor medida por el acceso a líneas de crédito especiales creadas durante la pandemia. También se resalta que las políticas no tuvieron un enfoque territorial especial para compensar los impactos diferenciales de la pandemia.

En todos los casos, las medidas directas a favor de brindar liquidez para el pago de la nómina y evitar la disminución del empleo hicieron parte de un conjunto de disposiciones entre las cuales se encuentran el congelamiento o renegociación de deudas, la reducción de la carga impositiva o su aplazamiento sin aplicación de intereses moratorios, la creación de líneas de crédito preferentes, los subsidios monetarios a las personas y otras medidas tendientes a proteger los flujos económicos.

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En el contexto descrito, la contribución de este documento es ser uno de los primeros estudios en realizar una evaluación de impacto del programa PAEF en Colombia. Como se describe en esta sección del documento, se han desarrollado diversas evaluaciones de subsidios a la nómina en países desarrollados, en los que las condiciones laborales son muy favorables y la mayoría de los trabajadores son formales. Colombia, por su parte, presenta una tasa de informalidad laboral significativamente más alta (cercana al 60%), lo que ocasionó que muchos trabajadores no pudieran acceder a los beneficios del programa. Este estudio analiza la pérdida de empleo en las empresas beneficiarias en comparación con las que no percibieron los subsidios, al igual que la supervivencia de las firmas que recibieron las ayudas, y los efectos diferenciados por grupos de empleados y empresas, según sus características.

3. Contexto institucional

El PAEF busca apoyar y proteger el empleo formal del país, a través de un subsidio directo al pago de nómina de trabajadores dependientes. El beneficio es de hasta el 40% del Salario Mínimo Legal Mensual Vigente (SMLMV), con montos que se incrementan hasta el 50% si la trabajadora es mujer, y si la empresa realiza su actividad económica en el sector turístico, hotelero y de gastronomía, o en el sector de las actividades artísticas, de entretenimiento y recreación. Los beneficiarios pueden ser personas jurídicas, personas naturales, consorcios, entidades sin ánimo de lucro, uniones temporales o patrimonios autónomos.

Para acceder al programa, los empleados y empleadores (empresas)7 deben cumplir varias condiciones. Los requisitos para los empleados son que: i) su ingreso básico de cotización (IBC) sea de al menos 1 SMLMV; ii) el empleador haya cotizado sobre ellos el mes completo en la PILA;

y iii) no se les haya aplicado la novedad de suspensión temporal del contrato de trabajo en el mes anterior al de la postulación. Los requisitos para las empresas son: i) haber sido constituidas antes del 1 de enero de 2020; ii) contar con un registro mercantil que haya sido renovado por lo menos en 2019; iii) haber presentado una disminución del 20% o más de sus ingresos, usando alguno de

7Hastamarzo de 2021. La siguiente versión del programa tiene requisitos diferentes.

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los dos métodos de cálculo establecidos8; iv) que los empleados sobre los que se recibe el aporte hayan percibido el salario correspondiente al mes inmediatamente anterior; v) contar con un producto de depósito, cuenta de ahorros o cuenta corriente en una entidad financiera; vi) no tener una participación de la Nación o sus entidades descentralizadas mayor al 50% de su capital; y vii) tener al menos 3 empleados reportados en la PILA correspondiente al periodo de cotización de febrero de 2020.

Una de las condiciones establecidas por el PAEF para incentivar la retención de empleos es que los empleados específicos tenidos en cuenta para el subsidio a la nómina deben corresponder al menos en un 50% con los empleados individualmente considerados que hayan sido reportados en la PILA correspondiente al periodo de cotización de febrero de 2020. Esto quiere decir que al menos el 50% de los empleos corresponden a puestos de trabajo existentes previamente. Sin embargo, no es requisito que el empleador mantenga el tamaño de la planta para acceder al programa; ya que las condiciones de acceso al programa se definen: i) por la elegibilidad del empleador que se presenta en términos del tipo de empresa, la legalidad de su constitución y del impacto igual o mayor al 20% en sus ingresos y, por otro lado, ii) sobre los trabajadores que cumplan los requisitos antes descritos, sin que en las condiciones se requiera un tamaño de planta constante.

El procedimiento de postulación consta de presentar dos documentos ante la entidad financiera en la que la empresa tiene su producto de depósito. El primero es una solicitud firmada por el representante legal, persona natural empleadora o representante legal de la fiduciaria que actúa como vocera del patrimonio autónomo, en la que se manifiesta la intención de ser beneficiario del PAEF y que no se es una entidad con participación directa de la Nación o entidad descentralizada con una participación de la Nación de más del 50% del capital. El segundo documento es una certificación firmada por el representante legal o persona natural empleadora y el revisor fiscal o contador público, indicando la caída de al menos del 20% de los ingresos, y que los empleados sobre los que se recibirá el aporte percibieron el salario correspondiente al mes anterior.

8 El primer método consiste en tomar el mes inmediatamente anterior al de la postulación y compararlo con el mismo mes del año anterior. El segundo método requiere tomar el promedio de los ingresos de enero y febrero de 2020 y

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Inicialmente el PAEF fue aprobado para los meses de mayo, junio y julio de 2020. Después se presentó su ampliación hasta marzo de 20219. Para continuar recibiendo las ayudas, la empresa debía postularse cada mes, con la posibilidad de recibir un máximo de 11 giros. En la Tabla 1 se observa una línea de tiempo con los cambios en el programa desde su inicio hasta marzo de 2021, así como otros hechos relevantes para el objeto de estudio. También se incluyen medidas de cierres y reaperturas durante estos meses.

Tabla 1. Principales medidas

Mes Medida

Marzo 2020

17: (Decreto 417) Declara el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional por un periodo de treinta días calendario.

22: (Decreto 457) Ordena el aislamiento preventivo obligatorio el cual limita la libre circulación, con excepciones como las actividades de servicios de salud y la cadena de producción de los bienes de primera necesidad.

Abril 2020

8: (Decreto 531) Permite la circulación de personas trabajando en la ejecución de obras de infraestructura de transporte y obra pública, y su cadena de suministros.

24: (Decreto 593) Autoriza la circulación de personas trabajando en la cadena de producción y suministro de las manufacturas de productos textiles, madera y papel, maquinaria y equipo metalúrgico. También en el sector de edificaciones y actividades especializadas.

Mayo 2020

6: (Decreto 637) Se declara nuevamente el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.

Se presentan aperturas en las actividades de petróleo y carbón; vehículos automotores; fabricación de muebles; comercio; mantenimiento y reparación de vehículos; transporte terrestre, por tuberías y aéreo; actividades financieras y de seguros; actividades profesionales; y actividades artísticas, de entretenimiento y de los hogares.

8: (Decreto Legislativo 639) Se crea el PAEF, con un máximo de 3 giros y un monto de hasta el 40%

del SMLMV por trabajador.

19: (Decreto Legislativo 677) El PAEF aceptará personas naturales, consorcios y uniones temporales. No podrán acceder personas naturales que tuvieran menos de 3 empleados en la PILA para el periodo de cotización de febrero de 2020. Los empleados considerados para el cálculo deberán corresponder al menos con un 80% a los trabajadores reportados en la PILA de febrero. El beneficiario debe haber cotizado sobre los trabajadores el mes completo y estos debieron recibir el salario correspondiente al mes anterior.

28: (Decreto 749) Aperturas en las actividades de madera y papel; fabricación de productos de caucho y plástico; muebles; comercio; actividades inmobiliarias; y actividades de los hogares.

Junio 2020 4: (Decreto 815) Modifica el Decreto 639 de 2020 y dispone medidas sobre el programa.

9 Ley 2060 del 22 de octubre de 2020

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Julio 2020

28: (Decreto 1076) Restringen actividades como las de textiles, madera y papel, refinación y sustancias químicas, maquinaria y equipo metalúrgico, muebles, y también en la actividad de comercio al por mayor y al por menor.

Agosto 2020

25: (Decreto 1168) Aperturas en actividades de la industria como las de textiles, madera y papel, refinación y sustancias químicas, maquinaria y equipo metalúrgico, muebles, construcción, comercio, transporte y almacenamiento, alojamiento y servicios de comida, y actividades artísticas.

Octubre 2020

22: (Ley 2060) Se amplía el número de giros del PAEF a 11, hasta marzo de 2021. Los empleados considerados para el cálculo deberán corresponder al menos con un 50% a los trabajadores reportados en la PILA de febrero. El monto del subsidio será de hasta el 50% del SMLMV para las empleadas mujeres y los trabajadores el sector turístico, hotelero y de gastronomía, y el de actividades artísticas, de entretenimiento y recreación.

Diciembre 2020 – Enero

2021

Dado el segundo pico de la pandemia por COVID-19, se presentan cierres en la industria como textiles, madera y papel, refinación y sustancias químicas, maquinaria y equipo metalúrgico, muebles, y en la actividad de comercio, reparación de vehículos, entre otros.

Febrero 2021 – Marzo 2021

Se presentan aperturas en actividades afectadas por cierres durante el segundo pico de la pandemia por COVID-19.

Fuente: elaboración propia.

Los recursos destinados al PAEF entre mayo de 2020 y marzo de 2021 ($6,8 billones) fueron de casi la mitad del recaudo esperado de la reforma tributaria de 2021 ($15,2 billones), conocida como la Ley de Inversión Social y equivalentes a 0,7% del PIB. Según la exposición de motivos de esta reforma, el programa benefició a 4,1 millones de empleados y a más de 142 mil empleadores a nivel nacional. Sin embargo, el número de beneficiarios no es equivalente a la cantidad de empleos salvados o que se dejaron de destruir por causa del programa. Una evaluación correcta del PAEF sería cuantificar los empleos que se dejaron de perder gracias al programa, que es una cifra diferente a la cantidad de trabajadores que recibieron el beneficio.

Es importante destacar que, si bien el PAEF es una medida de protección del empleo formal, en Colombia se implementaron otras acciones que beneficiarían al segmento de población ocupada en la informalidad, quienes fueron los más afectados por las medidas de cuarentena o restricción a la circulación por COVID-19. Los trabajadores informales tuvieron menor probabilidad de ejercer su actividad fuente de ingresos; caracterizada principalmente, como lo expresa Alfaro et al. (2020), por no corresponder a productos o servicios esenciales, tener alto nivel de contacto (comercio o servicios de restaurantes) y menor capacidad para teletrabajar que los empleados formales.

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Las medidas adoptadas fueron transferencias monetarias no condicionadas, que:

 Ampliaron la cobertura y frecuencia de transferencias, en el caso de programas ya existentes como Familias en Acción, Jóvenes en Acción, Colombia Mayor y Devolución de IVA.

 Ampliaron la base de población beneficiada, tratando de llegar a las personas y hogares en situación de pobreza y vulnerabilidad, cuyos ingresos se redujeron drásticamente por efecto de las medidas sanitarias adoptadas, como fue el programa de Ingreso Solidario creado a través del Decreto 518 del 04 de abril de 2020.

De forma complementaria a las acciones de protección al empleo o apoyo a través de transferencias monetarias no condicionadas, se implementaron otras medidas de orden laboral, como: i) la posibilidad de hacer uso de los ahorros de cesantías para aquellos que vieron afectados sus ingresos, ii) acuerdos sobre vacaciones anticipadas y iii) mecanismo de protección al cesante a través del Sistema de Subsidio Familiar, definidas en el Decreto 488 del 27 de marzo de 2020.

4. Datos

La base de datos consiste en un panel mensual de empresas que inicia en enero de 2018 y finaliza en septiembre de 2021. La lista de firmas beneficiarias del PAEF10 se obtuvo de las publicaciones de la Unidad de Gestión de Parafiscales (UGPP) y se cruzó con el Registro Único Empresarial Social (RUES)11, que tiene periodicidad anual, para agregar la variable de rama de actividad de la empresa. Con el fin construir la muestra de las firmas que no recibieron los subsidios, se tomaron empresas similares a las que sí percibieron el beneficio. El algoritmo fue el siguiente: i) se agruparon las firmas beneficiarias según sus características (tamaño, actividad económica, edad de la empresa y organización jurídica); ii) se contabilizó el número de empresas beneficiarias con el mismo conjunto de características; iii) se tomaron todas las firmas en el RUES, se descartaron las empresas beneficiarias del PAEF, y aleatoriamente, para cada conjunto de características, se escogió el mismo número de firmas que las beneficiarias con esas características. La razón por la

10 Este archivo no contiene información sobre el mes en el que la empresa percibió el subsidio ni sobre cuántos giros recibió. Solamente es una lista de las empresas beneficiarias del PAEF. Tampoco se conoce si estas firmas tuvieron acceso a otro tipo de ayudas gubernamentales.

11 Con el RUES de 2020.

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que se realizó este filtro fue para acotar la muestra de empresas no beneficiarias y con esto facilitar el acceso a la información de los empleados en estas firmas.

Tras construir el panel de datos con las firmas que recibieron el programa y las que no, se cruzaron sus identificadores con la PILA, que tiene periodicidad mensual, para obtener, de forma anonimizada, los trabajadores en cada empresa junto con sus características, como su sexo, edad, salario y departamento en el que laboran. Esto fue necesario porque el RUES no proporciona el número de trabajadores. De las 141.767 empresas beneficiarias del PAEF, se obtuvo información de la PILA para 140.345, y de la muestra de 141.767 firmas que no accedieron a los subsidios, se tuvieron datos para 87.941. La reducción de la muestra se debe a que hubo registros que no cruzaron con la PILA. En resumen, la base de datos está compuesta de empresas beneficiarias del PAEF y firmas similares, en cuanto a las características explicadas previamente, que estaban registradas en el RUES y cruzaron con el registro administrativo de la PILA.

Asimismo, con el objetivo de balancear el panel en el periodo pre tratamiento, se conservaron en la muestra solamente las empresas que reportaron al menos un empleado en todos los meses desde enero de 2018 hasta febrero de 2020. Después de este filtro, en el periodo pre pandemia quedaron en la base de datos 107.591 firmas con PAEF y 44.283 empresas no beneficiarias12. En el gráfico 3 se presenta la variación porcentual del número de firmas con PAEF y sin PAEF, la cual es nula para todos los periodos anteriores a marzo de 2020, por construcción.

12 El desbalance entre la cantidad de empresas beneficiarias y no beneficiarias no tiene en cuenta el tamaño de las

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Gráfico 3. Variación porcentual del número de empresas operando en la muestra

Fuente: PILA; elaboración propia

El supuesto necesario para el método de diferencias en diferencias es el de tendencias paralelas.

Como se observa en el gráfico 4 en la sección de estadísticas descriptivas, este supuesto se cumple en el periodo pre pandemia, en cuanto el número de trabajadores promedio de las firmas con PAEF se comportó de manera similar a la cantidad de empleados promedio de las empresas que no percibieron el beneficio.

5. Estadísticas descriptivas

Se revisan estadísticas descriptivas para las variables con el fin de analizar las diferencias preexistentes entre las empresas que recibieron el beneficio y las que no. En el gráfico 4, se observa el tamaño promedio de la firma, en términos del número de trabajadores. Las empresas con PAEF y sin PAEF presentan tendencias similares en el periodo pre pandemia, lo que sugiere que el supuesto de tendencias paralelas se cumple. Sin embargo, la caída en el empleo entre el momento que empieza la pandemia y el primer giro del PAEF es mucho más fuerte en el grupo de empresas beneficiarias. Esto indica una posible selección: las empresas que inicialmente redujeron la nómina

-7.0 -6.0 -5.0 -4.0 -3.0 -2.0 -1.0 0.0

ene-20 mar-20 may-20 jul-20 sep-20 nov-20 ene-21 mar-21 may-21 jul-21 sep-21

Con PAEF Sin PAEF

COVID-19 Primer giro

PAEF

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son las que aplicaron a los beneficios. Con el inicio del PAEF, la reducción de puestos de trabajo en el grupo de empresas beneficiarias se frena, dando paso a su recuperación.

La razón por la que se presentó este comportamiento puede relacionarse con que las empresas beneficiarias se vieron más perjudicadas por la pandemia que las que no accedieron a los subsidios.

Y puede ser por esta necesidad apremiante que las firmas beneficiarias solicitaron la ayuda gubernamental.

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Gráfico 4. Tamaño promedio de la empresa (número de trabajadores)

Fuente: PILA; elaboración propia

Al analizar el tamaño de la empresa por las clasificaciones de micro, pequeña, mediana, grande y muy grande13, en el gráfico 5 se observa que las empresas con PAEF fueron en un 64%

microempresas, mientras que las firmas sin PAEF lo fueron en un 81%. Para poner esta cifra en contexto, según Confecámaras, en 2020, el 94.7% de las empresas en Colombia fueron microempresas. Respecto a las demás categorías, las firmas con PAEF concentraron un mayor porcentaje en el grupo de pequeñas, medianas, grandes y muy grandes que las compañías sin PAEF.

13 Se considera microempresa cuando la firma tiene hasta 10 trabajadores, pequeña cuando tiene desde 11 hasta 50, mediana entre 51 y 200, grande entre 201 y 500, y muy grande con más de 500.

18 19 20 21 22 23 24 25

34 35 36 37 38 39 40 41

ene-18 mar-18 may-18 jul-18 sep-18 nov-18 ene-19 mar-19 may-19 jul-19 sep-19 nov-19 ene-20 mar-20 may-20 jul-20 sep-20 nov-20 ene-21 mar-21 may-21 jul-21 sep-21

Tamo promedio de la empresa

Con PAEF Sin PAEF (eje derecho) COVID-19 Primer giro PAEF

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Gráfico 5. Empresas beneficiarias por tamaño (número de trabajadores)

Fuente: PILA; elaboración propia

Siguiendo con las ramas de actividad en las que se desempeñan las empresas, la proporción de firmas que se encontraba en cada rama varió entre las compañías con PAEF y sin PAEF. Las empresas con PAEF presentaron una proporción más alta que las sin PAEF en las ramas de administración pública, defensa, salud y educación; actividades artísticas y de los hogares;

industria; y comercio, transporte y alojamiento (gráfico 6, Panel A). Por otra parte, las firmas sin PAEF tuvieron una mayor proporción que las que recibieron el programa especialmente en las ramas de actividades profesionales, científicas y técnicas; e información y comunicaciones.

Al comparar el porcentaje de empresas beneficiarias en cada rama de actividad con la pérdida de empleo registrada en la GEIH, se observa una correlación negativa: algunas ramas en las que hubo mayor pérdida de puestos de trabajo presentaron una proporción importante de empleadores que recibieron los subsidios. Como se ve en el panel B del gráfico 6, las ramas de actividad en las que más empleadores se vieron beneficiados fueron las de comercio y reparación de vehículos;

industria; actividades profesionales, científicas y técnicas; y construcción. Estas ramas evidenciaron destrucción de empleo, pero no perdieron el mayor número de trabajadores proporcional a los empleados en el sector, como es el caso de las ramas de actividades de los

66%

26%

6%

1% 1%

81%

14%

4% 1% 0%

Micro Pequeña Mediana Grande Muy grande

Con PAEF Sin PAEF

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hogares individuales; actividades artísticas de entretenimiento y recreación; actividades inmobiliarias y alojamiento y servicios de comida.

Gráfico 6. Ramas de actividad de las empresas

Panel A: Empresas por ramas de actividad

Fuente: PILA; elaboración propia

Panel B: Pérdida de empleo por ramas de actividad

Fuente: GEIH y boletín PAEF UGPP;

elaboración propia

En cuanto al sexo de los trabajadores, en el Panel A del gráfico 7 se observa que las empresas con PAEF concentraron un mayor porcentaje de empleadas mujeres que las firmas que no accedieron al programa: la diferencia es de 5 puntos porcentuales. Al comparar la proporción de empleados beneficiarios por sexo con la destrucción de empleo durante 2020 (gráfico 7, Panel B), se evidencia que las mujeres fueron las que más empleos perdieron y, sin embargo, un mayor porcentaje de hombres recibió el beneficio.

Frente a la edad, los empleados en empresas con PAEF presentan una mayor proporción en los grupos más jóvenes, de 15 a 24 años y de 25 a 34 años, que los trabajadores en firmas que no

4%

1%

15%

1%

9%

27%

2% 1% 1%

24%

11%

5% 4%

2%

12%

1%

9%

25%

5%

2% 1%

31%

7%

1%

Agropecuario Minea Industria EGA Construcción Comercio Info y com Act financieras Act inmobiliarias Act profesionales Admon pub Act artísticas

Con PAEF Sin PAEF

Activ de los hogares individuales Activ artísticas,

de entretenimiento y

recreación Activ inmobiliarias

Alojamiento y servicios de comida

Educacion Activ de atención

a la salud humana

Industria

Otras activ de servicios Profesionales,

cientificas y tecnicas Comercio y reparacion de

vehiculos

Activ financieras y de seguros Distribución de

agua, gestión de desechos

Transporte y almacenamiento

Informacion y comunicaciones Activ de servicios

admin y de apoyo

Admon pub y defensa, planes de ss

Agropecuario Construcción

Minas

Suministro de electricidad, gas

y vapor

Activ de organizaciones y

entidades extraterritoriales

0%

5%

10%

15%

20%

25%

30%

-50% 0% 50% 100%

% empleadores beneficiados

Var. % empleo 2020-2019

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percibieron el beneficio. Por su parte, los empleados en las compañías sin PAEF tienen una concentración un poco más alta en los grupos con mayor edad (gráfico 7, Panel C). El grupo de edad que mayores pérdidas presentó como proporción de la cantidad de trabajadores en cada categoría fueron los jóvenes de 15 a 19 años. Sin embargo, los subsidios fueron entregados sobre todo a la población de 25 a 39 años, como se observa en el Panel D del gráfico 7.

En cuanto a los departamentos, la mayor parte de empleados beneficiarios del PAEF se encontraban en Bogotá, seguido por Antioquia y Valle del Cauca. Las empresas con PAEF tuvieron una mayor proporción de trabajadores en Bogotá y Antioquia que las empresas sin PAEF (gráfico 7, Panel E), mientras que las firmas no beneficiarias concentraron una mayor cantidad de empleados en Valle del Cauca y Santander que las empresas con PAEF. En el panel F del gráfico 7 se evidencia que en departamentos en los que se presentó destrucción de empleo hubo un porcentaje importante de empleados beneficiados, sobre todo en Bogotá, Antioquia y Valle del Cauca. Sin embargo, hubo departamentos en los que la pérdida de empleo fue más alta, y el número de empleados beneficiados más bajo, como el Quindío, Meta y Magdalena.

Referencias

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