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UNIVERSIDAD CÉSAR VALLEJO

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Academic year: 2022

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(1)

UNIVERSIDAD CÉSAR VALLEJO

ESCUELA DE DERECHO

TESIS

LA INSCRIPCION DEL CONSEJO DIRECTIVO COMO

PRESUPUESTO PARA EJERCER LA REPRESENTACION DE LA ASOCIACION

(Un análisis del artículo 46º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Personas Jurídicas No Societarias)

PARA OPTAR POR EL TÍTULO DE ABOGADO

AUTOR

PAMELA IRIS VELASCO SANTIAGO

Asesor Temático:

GILMER MARRUFO AGUILAR

Asesor Metodológico:

Gerardo Francisco Ludeña Gonzalez

Lima - Perú

2012

(2)

i

DEDICATORIA

A mis padres, porque siempre depositaron toda su

confianza en mí y porque incondicionalmente

estuvieron, están y siempre estarán

acompañándome y apoyándome en las decisiones

más difíciles. A Jordany, Matías, Lucía y el

pequeño Stefanno porque me alegran el día todos

los días. A M.M.S.B. por haberme dejado muy

buenas enseñanzas.

(3)

ii

AGRADECIMIENTO

Agradezco, en principio, a Dios por la familia que

me ha dado; a mis padres porque a su desvelo debo

todo lo bueno que he conseguido. Agradezco

también al Dr. Gilmer Marrufo Aguilar, quien no

solamente ha sido un excelente profesor, sino que

además se ha comportado como un buen amigo

orientándome siempre a no detenerme ni mucho

menos a retroceder en el camino. Al gran profesor

Remigio Rojas porque su apoyo me lo siguió

brindando hasta fuera de las aulas.

(4)

iii

PRESENTACIÓN:

Honorables miembros del Jurado:

La tesis que les presentaré a continuación está dirigida a mejorar las expectativas de los usuarios de la SUNARP, y del público en general, respecto del acceso que tendrá la rogatoria de inscripción referida al nombramiento del Consejo Directivo de la asociación que éstos presenten ante esta institución. De este modo, el estudio realizado pretende que la labor calificadora del registrador realmente propicie y facilite las inscripciones, eliminando toda barrera que impida el acceso al Registro de los actos que requieren ser publicitados para cumplir y concretar la seguridad jurídica que caracteriza al Registro.

Con este propósito, en la presente investigación se han comprendido tres capítulos; los mismos que abordan el aspecto metodológico; otro aspecto teórico y, además, la aplicación de instrumentos y su consecuente análisis a fin de comprobar que sí existe un problema que requiere ser solucionado.

Grado a optar:

(5)

iv

RESUMEN

La presente investigación tiene como propósito solucionar el problema con el que se encuentra el usuario de la SUNARP al solicitar la inscripción del Consejo Directivo de la asociación en el registro correspondiente. Es de aquí que consideramos como un problema que debe tener solución, el límite que impone el Reglamento de Inscripciones del Registro de Personas Jurídicas No Societarias, en su artículo 46°, a la facultad de convocatoria del presidente del Consejo Directivo elegido en asamblea general para un nuevo período.

El objetivo del presente estudio es demostrar que la aplicación del artículo 46° del mencionado Reglamento no propicia ni facilita la inscripción del nuevo Consejo Directivo, y por el contrario, obstaculiza el acceso al Registro de dicho acto resultando por esa razón, inadecuada su aplicación en la calificación registral en primera instancia, y en segunda instancia de ser el caso.

Los instrumentos de los cuales nos hemos valido para comprobar nuestras hipótesis han sido las entrevistas, encuestas; fuentes documentales como artículos, resoluciones emitidas por la segunda instancia registral entre otros, en los cuales se haya abordado el tema que aquí desarrollamos.

Las principales conclusiones a las que hemos arribado con esta

investigación han sido; en primer término, que si bien el Consejo Directivo puede

prescindir de su inscripción para desempeñarse como tal y ejercer sus facultades

al interior de la asociación; lo mismo no sucede cuando se vincula con terceros,

en cuyo caso necesitará inscribir en el registro correspondiente su nombramiento

como tal, ya que solamente con su inscripción otorgará a los terceros con quienes

(6)

v

de relacione la seguridad que las transacciones de las cuales forme parte serán ejercidas conforme a derecho y por ende tuteladas por el Estado.

En segundo lugar, que el artículo 46° del RIRPJNS sí limita al nuevo Presidente del Consejo Directivo el ejercicio pleno de sus facultades; entre ellas la facultad de convocar a la asamblea que tenga por objeto subsanar los defectos de su elección, dejando de lado la voluntad del colectivo de los asociados, en virtud de la cual se determinó en la asamblea eleccionaria que el nuevo Consejo Directivo se encontrará vigente desde el momento de su nombramiento como tal.

En consecuencia concluimos que existen contradicciones en el reglamento cuestionado, en los dispositivos relacionados al nombramiento de este órgano colegiado.

Palabras clave: Inscripción, Consejo Directivo, representación, asociación.

(7)

vi

ABSTRACT

This research aims to solve the problem that the user is the SUNARP to apply for registration of the Governing Board of the association in the appropriate register. It is from here that we consider as a problem that must be solved, the limit imposed by the Rules of Registration of Legal Entities Registration No Corporate, article 46 °, with the power to call the President of the Board of Directors elected at a general meeting to a new period.

The objective of this study is to demonstrate that the application of Article 46 of the Basic Regulation does not encourage or facilitate the registration of the new Board of Directors, and on the contrary, impedes access to the register of the resulting act for that reason, its application in inadequate registration qualification in the first instance and on appeal, if applicable.

The instruments which we have used to test our hypotheses have been interviews, surveys, documentary sources such as articles, resolutions of the second instance registration among others, which has addressed the issue that developed here.

The main conclusions we have reached in this research were, first, that

although the Board may dispense with their registration to practice as such and

exercise their powers within the association, the same does not happen when

linked with third parties, in which case you need to place on the record for his

appointment as such, since only with registration granted to related parties with

which the security of transactions which part shall be exercised in accordance with

law and therefore supervised by the State.

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vii

Second, that article 46 ° of RIRPJNS does limit the new Chairman of the Board the full exercise of their powers, among them the power to convene the meeting whose purpose remedy defects of their choice, leaving aside the collective will of the partners, under which the assembly was determined eleccionaria that the new Board will be effective upon his appointment as such.

Thus we conclude that there are inconsistencies in the regulations challenged in devices related to the appointment of this collective body.

Keywords: Registration, Board, agency, partnership.

(9)

viii

INDICE

Contenido

DEDICATORIA ... i

AGRADECIMIENTO... ii

PRESENTACIÓN: ... iii

RESUMEN ... iv

ABSTRACT ... vi

INTRODUCCION ... xii

CAPITULO I ... 1

1. PROBLEMA DE INVESTIGACION ... 1

1.1. Planteamiento del Problema ... 1

1.2. Formulación del problema ... 6

1.2.1. Problema General ... 6

1.2.2. Problemas Específicos ... 6

1.3. Objetivos ... 6

1.3.1. Objetivo General ... 6

Demostrar la relevancia de la inscripción del Consejo Directivo para que pueda ejercer la representación de la asociación. ... 6

1.3.2. Objetivos Específicos ... 6

1.4. Justificación ... 7

1.4.1. Justificación teórica: ... 7

1.4.2. Justificación Legal: ... 9

1.4.3. Justificación práctica: ... 10

1.5. Delimitación: ... 12

1.5.1. Delimitación espacial: ... 12

1.6. Hipótesis ... 12

1.6.1. Hipótesis General ... 12

1.6.2. Hipótesis Específicas ... 12

1.7. Variables ... 13

1.7.1. Definición conceptual ... 13

1.7.2. Definición operacional ... 15

1.7.3. Indicadores ... 16

1.8. Metodología: ... 17

(10)

ix

1.8.1. Tipo de estudio: ... 17

1.8.2. Diseño de estudio ... 17

1.8.3. Población, muestra y muestreo ... 17

1.8.4. Método de investigación ... 18

1.8.5. Técnicas e instrumentos de recolección de datos ... 20

1.8.6. Métodos de análisis de datos ... 21

MATRIZ DE OPERACIONALIZACION ... 22

LA INSCRIPCION DEL CONSEJO DIRECTIVO COMO PRESUPUESTO PARA EJERCER LA REPRESENTACIÓN DE LA ASOCIACIO N (Un análisis al artículo 46° del RIROJNS) ... 22

LA INSCRIPCION DEL CONSEJO DIRECTIVO COMO PRESUPUESTO PARA EJERCER LA REPRESENTACIÓN DE LA ASOCIACIO N (Un análisis al artículo 46° del RIROJNS) ... 23

LA INSCRIPCION DEL CONSEJO DIRECTIVO COMO PRESUPUESTO PARA EJERCER LA REPRESENTACIÓN DE LA ASOCIACIO N (Un análisis al artículo 46° del RIROJNS) ... 24

CAPITULO II: ... 25

2. MARCO TEÓRICO ... 25

2.1. Antecedentes ... 25

2.2. Bases Teórico Doctrinarias: ... 36

2.3. Marco Conceptual: ... 56

2.4. Glosario de términos: ... 61

CAPÍTULO III: ... 63

3. INTERPRETACIÓN Y RESULTADOS ... 63

3.1. Análisis de fuente documental ... 63

3.2. Entrevistas ... 71

ENTREVISTADO: ... 71

Sr. GilmerMarrufo Aguilar ... 71

REFERENCIA ACADEMICA ... 71

RESEÑA BIOGRÁFICA ... 71

LUGAR: Zona Registral N° IX Sede Lima ... 71

FECHA: Martes 23 de Octubre de 2012 ... 71

ENTREVISTADO: ... 77

Sr. Daniel Echaíz Moreno ... 77

REFERENCIA ACADEMICA ... 77

RESEÑA BIOGRÁFICA ... 77

(11)

x

LUGAR: Estudio Jurídico ... 77

FECHA: Viernes 19 de Octubre de 2012 ... 77

ENTREVISTADO: ... 83

Sr. Donato Zavala López ... 83

REFERENCIA ACADEMICA ... 83

RESEÑA BIOGRÁFICA ... 83

LUGAR: Zona Registral N° IX Sede Lima ... 83

FECHA: Lunes 29 de Octubre de 2012 ... 83

3.3. Encuestas ... 87

Grafico N° 01 ... 88

Grafico N° 02 ... 89

Grafico N° 03 ... 91

Grafico N° 04 ... 93

Grafico N° 05 ... 95

Grafico N° 06 ... 96

Grafico N° 07 ... 97

Grafico N° 08 ... 99

Grafico N° 09 ... 100

Grafico N° 10 ... 101

3.4. Análisis de Marco Normativo ... 103

3.5. Discusión: ... 115

Respecto de cada una de las respuestas conseguidas con la entrevista realizada. ... 115

3.6. Conclusiones ... 122

3.7. Sugerencia: ... 124

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS ... 126

4. ANEXOS ... 130

(12)

xi

INDICE DE TABLAS

Tipo de estudio p. 17

Método de Investigación p. 18

Técnicas de instrumentos de recolección de datos p. 20

Matríz de Operacionalización p. 22

Análisis de Marco Normativo p. 103

INDICE DE GRÁFICOS

Gráfico N° 1 p. 88

Gráfico N° 2 p. 89

Gráfico N° 3 p. 91

Gráfico N° 4 p. 93

Gráfico N° 5 p. 95

Gráfico N° 6 p. 96

Gráfico N° 7 p. 97

Gráfico N° 8 p. 99

Gráfico N° 9 p. 100

Gráfico N° 10 p. 101

(13)

xii

INTRODUCCION

El estudio que realizamos en esta oportunidad está referido a las asociaciones; personas jurídicas sin fines lucrativos que han sido definidas por la doctrina como una organización de personas (naturales, jurídicas o de ambas) que en conjunto trabajan por un fin valioso. Su finalidad altruista busca beneficiar a un grupo social determinado a través de diversas actividades, por ejemplo, actividades de tipo educativas, deportivas, científicas, etc.; todo dependiendo de cada asociación y de los fines que cada una persiga.

De forma específica, nos compete abordar en esta investigación un tema referido al órgano por medio del cual la asociación va a actuar y se va a relacionar con terceros; nos estamos refiriendo al Consejo Directivo.

En esta línea de ideas, lo que pretendemos demostrar es que en el Reglamento de Inscripciones del Registro de Personas Jurídicas No Societarias, aplicable a las asociaciones en la calificación registral para efectos de verificar la validez del acto que se solicita inscribir, existe una norma que limita al nuevo Presidente del Consejo Directivo, cuya elección ha sido observada, la facultad de convocar a la asamblea que tenga como finalidad subsanar los defectos de su elección. El supuesto bajo el cual nos encontramos, es aquel en el que asamblea eleccionaria acuerda que el nuevo Consejo Directivo elegido se encuentra vigente desde el momento de su elección, dato relevante que la norma que cuestionamos está obviando, pues resulta ilógico que encontrándose vigente no pueda ejercer la facultad de convocar que le atribuye el Código Civil y su propio estatuto.

La presente investigación comprende tres capítulos. El primer capítulo

referido al aspecto metodológico; el segundo capitulo referido al marco teórico y el

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xiii

tercer capitulo referido a la discusión, análisis y comprobación de nuestra hipótesis.

Como acabamos de mencionar, el primer capítulo está referido a la parte metodológica de la de la tesis; en la misma se consigna el planteamiento del problema de nuestra investigación, la formulación del problema en el que señalamos un problema general y dos problemas específicos; los objetivos, compuestos por un objetivo general y dos objetivos específicos y las hipótesis;

una general y dos hipótesis específicas; todos estos en función a la formulación del problema. Asimismo, justificamos teórica, práctica y legalmente el porqué es necesario que se modifique el artículo 46° bajo análisis.

Asimismo, en un segundo capítulo abordamos el marco teórico de

nuestra investigación, el mismo que comprende, entre otros aspectos, los

antecedentes y las bases teóricas que coadyuvan al sostenimiento de nuestra

tesis. Finalmente, contamos con un tercer capítulo en el cual realizamos un

análisis a nuestro marco normativo; es decir, a las normas que sirven de margen

a la actuación del Registrador, fundamentando en nuestro comentario el motivo

que nos mueve a proponer la modificación de la norma cuestionada.

Referencias

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