1 SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACIÓN Y EMPLEO – SENCE
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REF.: Aprueba Bases Administrativas para el Programa Especial de Becas Laborales Región de Atacama 2015, financiadas con las cuentas de excedentes de las empresas adheridas a un organismo técnico intermedio para capacitación, y define conjuntamente a los grupos vulnerables beneficiarios.
RESOLUCIÓN EXENTA N°2160 / SANTIAGO, Mayo 06 del 2015 CONSIDERANDO:
1. Que , de conformidad al artículo 16 del Decreto N° 122 de 30 de marzo de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprueba el reglamente Especial de la Ley N° 19.518, a los organismos técnicos intermedios para capacitación, OTIC, corresponde , a través de los remanentes de las cuentas de excedentes y los saldos residuales de éstas , la ejecución de programas de becas de capacitación orientadas, entre otros, a jóvenes, personas cesantes que buscan trabajo por primera vez, como asimismo a los demás grupos vulnerables definidos como tal por resolución del Director Nacional.
2. Que de conformidad a la norma antes señalada, estas becas deberán ajustarse a las definiciones que establezca este Servicio Nacional, a través de una o más resoluciones.
3. La Providencia N°327, de 27 de abril de 2015, del Jefe del Departamento de Capacitación a Personas, mediante la cual solicita revisar y aprobar Bases Administrativas para el “Programa Especial de Becas laborales 2015 para la Región de Atacama”, cuyo objetivo es atender las necesidades de las personas afectadas con la catástrofe natural producida durante el pasado mes de abril de 2015.
4.- La necesidad de establecer en junto con el Programa Especial, señalado en el numeral anterior, a los grupos vulnerables beneficiarios de dicho Programa, de acuerdo a lo establecido en el artículo 16, del decreto N°122, de 199, Reglamento Especial de la Ley N°19.518, relativo a los organismos técnicos intermedios para capacitación.
VISTOS:
Lo dispuesto en artículo 16 del Reglamento
Especial de la Ley N° 19.518, aprobado por el Decreto Supremo N° 122, de 1998,
del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; las facultades que me otorga el Nº5
del artículo 85 de la Ley Nº19.518, sobre Estatuto de Capacitación y Empleo y lo
preceptuado en la Resolución Nº1.600, de 2008, de la Contraloría General de la
República, sobre exención del trámite de toma de razón.
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RESUELVO:
1.-Apruébanse las Bases Administrativas para el Programa Especial de Becas Laborales Región de atacama 2015“, financiadas con las cuentas de excedentes de las empresas adheridas a un organismo técnico intermedio para Capacitación, conjuntamente con los grupos vulnerables beneficiarios del mismo, cuyo texto es el siguiente:
BASES ADMINISTRATIVAS PARA EL PROGRAMA DE BECAS LABORALES, “ATACAMA”, FINANCIADAS CON LAS CUENTAS DE EXCEDENTES DE LAS EMPRESAS ADHERIDAS A UN ORGANISMO TECNICO INTERMEDIO PARA CAPACITACION
1. PRESENTACIÓN.
1.1. Marco legal del Programa.
De conformidad a lo establecido en el artículo 16 del Reglamento Especial de la Ley Nº19.518, aprobado por el Decreto Supremo Nº122, de 1998, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, le corresponde a los organismos técnicos intermedios de capacitación, en adelante “el OTIC” a través de los remanentes de las cuentas de excedentes y los saldos residuales de éstas, la ejecución de acciones de capacitación, orientadas, entre otras, a personas cesantes y/o que buscan trabajo por primera vez, y aquellas personas declaradas vulnerables.
Con el objetivo de dar cumplimiento a dicho mandato y acorde con las políticas impulsadas por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, se efectúa un llamado a Licitación Pública para el desarrollo del Programa Becas Laborales orientado al público objetivo descrito en el párrafo anterior, a fin aumentar la empleabilidad de personas detalladas en el punto 3.2 de estas bases a través de la capacitación en oficios o acciones de formación continua.
1.2. Financiamiento del Programa.
El Programa de Becas de Capacitación será financiado, de acuerdo al artículo 16 antes señalado, con recursos del denominado “Fondo de Becas Laborales”, creado con los recursos de las cuentas de excedentes de las empresas adherentes al OTIC y traspasados expresamente para tales fines, según el plan de capacitación ingresado a la plataforma informática dispuesta por SENCE para tales efectos, tanto para mandatos como para remanentes de estas cuentas.
Los recursos disponibles para el financiamiento de este llamado a licitación corresponderán a la suma total de $577.800.000 (quinientos setenta y siete millones ochocientos mil pesos).
2. NORMAS GENERALES.
2.1. Organismos Participantes.
Podrán participar en esta Licitación solo los organismos técnicos de capacitación,
denominados indistintamente en estas Bases Administrativas como “OTEC”, que
a la fecha de presentación de las propuestas se encuentren inscritos y vigentes en
el “Registro Nacional de Organismos Técnicos de Capacitación”, regulado y
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administrado por el SENCE de acuerdo a la normativa vigente establecida en la Ley Nº 19.518 y su Reglamento General contenido en el Decreto Supremo Nº98, de 1997, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
Los OTEC no podrán subcontratar ningún tipo de servicio de otro OTEC o persona jurídica para la ejecución de las actividades de capacitación propuestos.
Los OTEC que participen en esta licitación no podrán presentar multas impagas, tanto en relación a SENCE como al OTIC.
2.2. Propuestas de Cursos de Capacitación.
Los cursos propuestos por los OTEC deben ajustarse al plan formativo de SENCE que los OTIC pondrán a su disposición.
2.3. Consultas y Aclaraciones a las Bases.
Los OTEC podrán efectuar consultas y aclaraciones a las presentes Bases
Administrativas, a través de correo electrónico
[email protected] entre los días 12 y 15 de Mayo, las que serán respondidas por el OTIC. Fuera de este plazo no se recibirán consultas.
Las aclaraciones y respuestas de consultas formarán parte integrante de las Bases de la presente licitación.
2.4. Rechazo de Propuestas o Declaración de Licitación Desierta.
El OTIC se reservará la facultad de rechazar indistintamente una o todas las propuestas y/o declarar desierta la licitación, si las mismas no se ajustaren a las exigencias establecidas en estas Bases Administrativas o, bien, cuando las mismas superaren los montos tenidos en cuenta para cada llamado a licitación, no estando obligado a indemnizar a los OTEC postulantes, ni a entregar las razones específicas frente al rechazo de una propuesta.
El OTEC postulante, mediante el acto de presentar su propuesta en la presente licitación, se entenderá aceptar todo lo consignado en las presentes Bases y en las respuestas a eventuales consultas.
Los OTEC participantes podrán presentar los antecedentes a la licitación tanto física como electrónicamente, las que, en ambos casos, no serán devueltos.
2.5. Difusión del llamado.
El OTIC difundirá el llamado a licitación a través de, a lo menos, un medio de comunicación de circulación nacional impreso y de circulación diaria.
El período de publicación para el OTIC será de 7 días corridos, contados entre la fecha de publicación de la licitación y la de presentación de las ofertas, con la finalidad de garantizar el tiempo apropiado para la elaboración de propuestas de capacitación.
2.6. Valor de las Bases.
Conforme a la Resolución Exenta Nº 1563 de 06 de abril de 2015, el valor de las
bases administrativas para este llamado será de $ 20.920.
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3. CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL PROGRAMA.
3.1. Objetivos del Programa de Becas Laborales Atacama.
Establecer un plan de acción que permita dar una respuesta adecuada a través de la capacitación en oficios pertinentes en el área de construcción, autoconstrucción y reparación de viviendas para mitigar la emergencia regional producida como efectos de la catástrofe natural ocurrida en la Región de Atacama durante el presente año 2015.
3.2. Beneficiarios del Programa.
• Hombres y mujeres mayores de 18 años habitantes de las localidades damnificadas por la catástrofe natural ocurrida en la Región de Atacama en el presente año 2015.
• De 18 a 65 años y más, 60% más vulnerables según FPS o instrumento que la reemplace.
3.3. Beneficios del Programa.
3.3.1. Cursos de capacitación gratuita para los beneficiarios/as.
No se podrá cobrar por ningún concepto a los beneficiarios/as, sea por inscripción, acreditación, credenciales o gastos asociados a la capacitación. El cobro por los cursos de capacitación implicará aplicación de multas y sanciones a los OTEC, por parte del OTIC, de acuerdo a la normativa vigente.
3.3.2. Seguro de accidentes personales.
Todos los participantes deberán contar con un Seguro de Accidentes Personales, que será de carácter obligatorio e irrenunciable, el cual deberá ser directamente contratado por el organismo técnico de capacitación.
Este seguro tiene por objeto permitir a los participantes de los cursos estar cubiertos, en todo tipo de accidentes producidos a causa o con ocasión de la actividad de capacitación, incluyendo los sucedidos en el trayecto directo entre el domicilio del participante y el lugar donde se ejecute la capacitación o el lugar de práctica laboral. Dicha cobertura cubrirá todo el período de duración del curso de capacitación, fase lectiva y fase práctica laboral, según corresponda
La póliza deberá ser de tipo flotante, de tal manera que permita remplazar alumnos y que, al terminar el curso, el alumno sea excluido de dicha póliza para que el cupo quede liberado y pueda ser ocupado por otro alumno, en otro curso totalmente distinto al ya finalizado.
En caso de accidentes el OTEC deberá adoptar todas las medidas necesarias con
el objeto que el beneficiario reciba la atención que corresponda y de manera
oportuna e informar de la situación al OTIC, y éste último al SENCE.
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Indistintamente al anexo, las coberturas mínimas serán:
Incapacidad temporal o permanente por
accidente (incluido desmembramiento). 250 U.F.
Muerte accidental. 250.U.F.
Gastos médicos y hospitalización por accidente, incluyendo todo tipo de exámenes, derechos de pabellón, honorarios médicos y arsenal ería, fármacos, insumos, proceso de rehabilitación y otros.
25 U.F.
porevento.
Bonificación por movilización para traslado del accidentado hasta el centro asistencial y de éste a su hogar, sin excluir ningún tipo de gasto por este concepto. Deberá entenderse que se reembolsarán todos los gastos en que incurra el beneficiario producto del traslado hacia y desde un centro hospitalario, en cualquier medio de transporte que utilice.
20 U.F.
porevento
3.3.3. Subsidio Fase Lectiva.
El monto diario será de $3.000 para ser usado en movilización y/o colación en la fase lectiva.
3.3.4. Subsidio herramientas.
Podrá ser otorgado en la modalidad de intervención trabajo independiente, por un monto de hasta $220.000 por beneficiario. Este subsidio corresponderá siempre a un set de herramientas que deberán ser entregados aliniciar el curso y según pertinencia del curso.
Los implementos de seguridad forman parte de los materiales del curso y no son parte del subsidio de herramientas (Ejemplo; cascos, zapatos de seguridad, pantalones de corte, guantes de seguridad, lentes de seguridad, mascarillas y otros).
3.3.5. Subsidios de manutención.
Consiste en un aporte económico destinado a cubrir gastos de manutención de los beneficiarios por un monto de $ 300.000 por beneficiario, pagado en una cuotauna vez finalizado el curso a los beneficiarios que hayan asistido al 75 % o más de las horas de fase lectiva. El OTEC entregará este monto dejando constancia de ello en una planilla de entrega de subsidios firmada por el alumno.
4. Características de la Capacitación.
4.1. Cursos de capacitación inicial.
Los cursos de capacitación permiten a los trabajadores adquirir competencias
básicas para el desempeño de una ocupación u oficio. Estos cursos están
orientados a la población objetivo señala en el punto 3.2 de las presentes bases.
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Cursos orientados a una salida laboral de trabajo independiente.
Trabajo Independiente es aquél en que el/la trabajador/a desarrolla una actividad económica, ya sea:
• Por cuenta propia, a partir de sus propias habilidades, conocimientos y destrezas y que obtiene sus ingresos como producto de la prestación de servicios en los oficios en los cuáles se capacita y que desarrolla en el mercado laboral. Es una persona que administra su propio trabajo, se hace cargo de todas las labores de su negocio, genera y mantiene operando un negocio por cuenta propia; es un trabajador no dependiente, no regulado, muchas veces informal, que obtiene sus ingresos a partir de sus habilidades en un oficio.
5. COMPONENTES DE LOS CURSOS.
5.1. Fase Lectiva
En esta fase se agrupa el componente técnico del curso:
5.1.1. Componente Técnico (elementos propios del oficio).
Es un conjunto de tareas normalizadas respecto de un oficio u ocupación que implica un desempeño laboral. La enseñanza de éstos debe implementarse bajo la modalidad de Escuela Taller (cualificación en alternancia con la práctica en el oficio). Esta modalidad considera la contratación de un Maestro Experto que apoye las clases prácticas al relator del Curso.Puede realizarse a través de un conjunto de módulos que permitan a la persona que recibe la formación, conocer y manejar una serie de aprendizajes esperados de acuerdo a los estándares establecidos en los criterios de evaluación.
6. ADMISIBILIDAD DE LAS PROPUESTAS PARA LA CAPACITACIÓN.
6.1. Requisitos de Admisibilidad de la Propuesta.
La documentación, que se detalla en los numerales 6.1.1 y 6.1.2, deberá estar disponible en el acto de apertura, debiendo incorporarse en cada sobre de presentación de las propuestas.
6.1.1. Documentación General.
a) Las propuestas deberán presentarse al OTICimpresas, en original, sin enmendaduras, en los formularios elaborados y puestos a disposición en el sitio del Programa en http://www.sence.cl. (Cada OTIC podrá completar de acuerdo a su plataforma de postulación) El valor de las ofertas debe estar expresado en moneda nacional.
b) Resumen de la propuesta del OTEC para la postulación. (Formulario A
1).
Este deberá estar suscrito por el(los) representante(s) legal (es) del mismo y la información que se solicita del OTEC deberá estar correctamente
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Se encuentra formato en el sitio web de SENCE www.sence.cl en el link de becas laborales.
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registrada de acuerdo a la documentación legal del mismo y ser presentado impreso.
c) Los OTEC deberán acompañar un disco compacto (CD) u otro respaldo de almacenamiento debidamente identificado con toda la información digitalizada del formulario A, y todo aquello necesario, por cada OTIC, y cualquier otro antecedente necesario que permita evaluar correctamente la propuesta técnica y económica.
6.1.2. Documentación Legal, que deberá contener.
NOTA: “TODA DOCUMENTACIÓN LEGAL DEBERA PRESENTARSE EN ORIGINAL, IMPRESA DE LA WEB O FOTOCOPIA LEGALIZADA”
a) Certificado de vigencia de la respectiva persona jurídica que le sirve de fundamento al OTEC, en original o fotocopia legalizada, emitido por la autoridad competente (Registro Civil, Ministerio de Justicia, Ministerio de Economía, etc.), con una antigüedad no superior a tres meses, contados desde la fecha de apertura de las propuestas.
Las Universidades, Centros de Formación Técnica e Institutos Profesionales deberán presentar certificado emitido por el Ministerio de Educación donde conste expresamente que dicha institución se encuentra vigente, entendiéndose por tal, el sólo otorgamiento del certificado con una antigüedad no superior a tres meses contados desde la fecha de apertura de las propuestas, en original, con firma y timbre de la autoridad competente.
En el caso de las Municipalidades, deberá acreditarse el cargo de alcalde o alcaldesa mediante copia del Acta de Constitución, debidamente autorizado por el Secretario Municipal
b) Certificado de vigencia o fotocopia legalizada de éste, emitido por la Dirección Regional de SENCE correspondiente al domicilio del OTEC, en que conste la vigencia del OTEC en el Registro Nacional de Organismos Técnico de Capacitación, de conformidad a la Ley Nº 19.518. Este documento no podrá tener una antigüedad superior a un mes, contado desde la fecha de apertura de la propuesta.
c) Fotocopia legalizada de la NCH Nº2728 en la que señale que dicha acreditación se encuentra vigente. Sólo se aceptará fotocopia legalizada y no original. La fecha de vigencia de la NCH N°2728 no deberá ser anterior a la fecha de término de las actividades del presente llamado.
d) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales en original, otorgado por la Dirección del Trabajo, o digitalizado, que certifique que el OTEC no registra deudas previsionales o infracciones a la Legislación Laboral y Previsional. Este documento deberá estar vigente al momento de la apertura. En caso que el certificado registre deudas que se encuentran pagadas o bajo convenio de pago, se deberá además adjuntar copia simple del pago de la respectiva deuda y/o multa, así como el convenio de pago.
La falta total o parcial de la información y/o documentación solicitada en los
puntos 6.1.1 y 6.1.2 de estas Bases, o la no vigencia de la misma, al
momento de la apertura, será causal suficiente para declarar inadmisible la
propuesta sin mayor trámite, es decir, no podrá participar de los procesos
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de evaluación y adjudicación posteriores a la apertura de las propuestas, como tampoco se podrá completar la documentación faltante al momento de la apertura, o posterior a ésta.
6.2. Presentación de las Propuestas.
Las propuestas serán recepcionadas hasta el día 20 de mayo del 2015, hasta las 17.00 horas, en calle Agustinas N°1357 piso 11 ciudad de Santiago, Región Metropolitana, dirigidas a Doña Margarita Cifuentes
6.3. Apertura de las Propuestas.
La ceremonia de apertura de propuestas se realizará el día 22 de Mayo a las 10:00 hrs. En la calle Nueva York 33 piso 15 Edificio de Valores-Santiago Centro, en presencia de un funcionario del SENCE, quien actuará como ministro de fe, levantándose un acta de apertura que será firmada por un representante del OTIC, uno del SENCE y los asistentes de los OTEC que voluntariamente deseen hacerlo.
La apertura de propuestas debe realizarse al día hábil siguiente a la recepción de las mismas. En caso de fuerza mayor, el OTIC, autorizado por SENCE, podrá modificar la fecha de apertura de las propuestas, informado de esta a través de carta dirigida al Jefe del Departamento de Capacitación a Personas.
En el acta de apertura se dejará constancia del nombre y RUT de los OTEC que presenten propuestas, del total de cursos y el monto total propuesto. Deberá además contener un recuadro de observaciones, en el cual se deberá declarar en cada caso la propuesta de cada OTEC admisible o inadmisible; Además, se dejará constancia de las observaciones, como además de todas aquellas situaciones que se desarrollen en el acto de apertura.
De aquellas propuestas declaradas inadmisibles podrá reclamarse verbalmente al OTIC licitante, al término del proceso de admisibilidad y antes del cierre de la apertura, para lo cual se dejará constancia en el acta de éstos y de su resultado.
Si el reclamo no fuere resuelto en dicho momento, el OTEC podrá reclamar por escrito ante el OTIC, en un plazo máximo de 48 horas, contado desde la hora de apertura. Vencido este plazo no se aceptarán posteriores reclamos.
Los reclamos podrán referirse a las siguientes materias:
⋅ Existencia de todos los documentos al momento de la apertura. Esta sólo se podrá invocar en el momento de la apertura y nunca con posterioridad.
⋅ Que la información requerida se encuentra vigente.
⋅ Que los documentos consignen toda la información requerida.
El OTIC deberá resolver el reclamo conforme a lo establecido en estas bases y deberá dar respuesta en un máximo de 48 horas al OTEC, mediante correo electrónico o carta.
A partir de la fecha de apertura de propuestas, el OTIC tendrá un plazo
máximo de 7 días corridos para evaluar los cursos. Dada la situación de
emergencia de la Región de Atacama, se solicita a las OTIC cumplir con los
plazos establecidos de tal forma llegar de manera oportuna a los
beneficiarios afectados y sujetos de este Programa.
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Al finalizar el acto de apertura el OTIC deberá entregar al Ministro de Fe de SENCE la siguiente documentación:
a) Copia del Acta de Recepción de Propuestas.
b) Copia del Acta de Apertura de Propuestas.
7. CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS.
7.1. Información General.
El OTIC procederá a realizar la evaluación de todas las propuestas, reservándose el derecho de requerir información aclaratoria o complementaria a los OTEC postulantes sobre las propuestas presentadas, que en ningún caso podrá ser información faltante al momento de la apertura, resguardando que dicho acto no afecte el principio de igualdad de los proponentes que necesariamente debe imperar en la licitación.
La información será solicitada a los OTEC por correo electrónico con copia al Encargado/a Nacional del Programa.
En caso de requerir información aclaratoria, el OTEC tendrá un plazo de dos (2) días hábiles, contado desde la notificación respectiva para presentar al OTIC la aclaración requerida. Si dentro de dicho plazo no entregaré la información solicitada la propuesta será rechazada de plano.
Previo a la evaluación técnica de propuestas, el OTIC verificará que el OTEC cumpla los requisitos de presentación establecidos en el punto 6.1 de estas Bases. Si el OTEC no cumple alguna de estas exigencias su propuesta será rechazada de plano y no será evaluada.
7.2. Evaluación de Cursos.
No se efectuará evaluación económica de las propuestas atendido a que se considera un valor hora por alumno único de $5.000.-
7.2.1 Situaciones que se considerarán como excluyentes del proceso de evaluación.
Las siguientes situaciones serán causal suficiente para excluir la propuesta del proceso de evaluación:
a) Documentación no ajustada a lo solicitado en estas Bases.
b) Valor subsidio de herramientas supere los $220.000.- (doscientos veinte mil pesos) por alumno.
c) Valor subsidio de manutención supere los $300.000.- (doscientos veinte mil pesos) por alumno
d) Valor Hora Alumno es distinto a $5.000 (cinco mil pesos VHA) e) No tener Sede Administrativa en la Región de Atacama
f) Los precios no estén expresados en moneda nacional.
10 7.3. Evaluación Técnica (100 %)
El Comité de Evaluación designado por el OTIC evaluará en las propuestas el menor o mayor logro de los criterios establecidos, asignándose un puntaje (entre 1 a 5 puntos) conforme a la siguiente pauta de evaluación:
Concep to
Ponderaci ón
Mecanismo de asignación de puntaje
Infraest
ructura 25%
En este punto se deberán señalar, describir y acreditar todos los lugares donde se ejecutará la capacitación, incluyendo sala de clases y recintos y espacios o talleres para las actividades prácticas. En la evaluación se tendrá en cuenta el estándar definido en la Ficha Técnica.
Pauta de Evaluación
Puntaj e
− No presenta información de Infraestructura.
1
− Presenta información pero no acredita mediante títulos de dominio, contratos de arriendo, usufructo o cesión, toda la infraestructura requerida para desarrollar las actividades en aula y los talleres.
− No tiene capacidad para atender al 100
% de los beneficiarios del curso
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− Presenta información pero no acredita mediante títulos de dominio, contratos de arriendo, usufructo o cesión, toda la infraestructura requerida para desarrollar las actividades en aula y los talleres.
− Tiene capacidad para atender al 100 % de los beneficiarios del curso
3
− Presenta información y acredita mediante títulos de dominio, contratos de arriendo, usufructo o cesión, toda la infraestructura requerida para desarrollar las actividades en aula y los talleres.
− No tiene capacidad para atender al 100
% de los beneficiarios del curso
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− Presenta información y acredita mediante títulos de dominio, contratos de arriendo, usufructo o cesión, toda la infraestructura requerida para desarrollar las actividades en aula y los
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11 talleres.
− Tiene capacidad para atender al 100 % de los beneficiarios del curso
Concepto Ponder ación
Mecanismo de asignación de puntaje
En este punto se deberá detallar, por módulo, para cada uno de los aprendizajes esperados, los criterios de evaluación, incluyendo indicadores para la evaluación de conocimientos, habilidades o destrezas y actitudes. Los indicadores deben referirse a acciones observables y concretas
Criterios de
Evaluació n
20% Pauta de Evaluación Puntaje
No presenta criterios de evaluación. 1 Presenta criterios de evaluación pero no permiten medir los conocimientos adquiridos ni las habilidades o aptitudes definidas en el objetivo del curso.
2 Presenta criterios de evaluación que permiten medir los conocimientos adquiridos pero no permite medir las habilidades o aptitudes definidas en el objetivo del curso.
3 Presenta criterios de evaluación que no permiten medir los conocimientos adquiridos pero permiten medir las habilidades o aptitudes definidas en el objetivo del curso
4
Presenta criterios de evaluación que permiten medir los conocimientos adquiridos y permiten medir las habilidades o aptitudes definidas en el objetivo del curso
5
Equipos y Herramie ntas
25%
En este punto se deberán señalar, describir, cuantificar y acreditar los equipos y herramientas necesarios para las actividades a desarrollar en el curso, según el número de participantes y la metodología propuesta. En la evaluación se tendrá en cuenta el estándar definido en la Ficha Técnica.
Pauta de Evaluación Puntaje
No presenta información de equipos y
herramientas 1
Los equipos y herramientas no cumplen los requerimientos de calidad y cantidad necesarios para el desarrollo de competencias básicas para el trabajo.
2 Los equipos y herramientas comprometidos cumplen con los requerimientos de calidad necesarios para el desarrollo de competencias básicas para el trabajo, pero no cumple con la cantidad necesaria para
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12 los alumnos.
Los equipos y herramientas comprometidos no cumplen con los requerimientos de calidad necesarios para el desarrollo de competencias básicas para el trabajo, y cumple con la cantidad necesaria para los alumnos.
4
Las herramientas e instrumentos comprometidos cumplen con los requerimientos de calidad y cantidad necesarios para el desarrollo de competencias básicas para el trabajo.
5
Metodolog
ía 20%
En este punto se deberá indicar la metodología para cada módulo formativo, señalando estrategias y actividades didácticas por cada aprendizaje esperado.
La metodología debe apuntar a integrar a través de la acción, los conocimientos, habilidades y actitudes que conforman las diferentes competencias a desarrollar.
Pauta de Evaluación Puntaje
No presenta información de metodología 1 La forma en que se utilizará los medios didácticos y el equipamiento, no contribuye al desarrollo de las actividades.
No se propone una metodología para el desarrollo de las actividades, desde el punto de vista práctico y teórico
2
La forma en que se utilizará los medios didácticos y el equipamiento, no contribuye al desarrollo de las actividades.
Se propone una metodología para el desarrollo de las actividades, desde el punto de vista práctico y teórico
3
La forma en que se utilizará los medios didácticos y el equipamiento, contribuye al desarrollo de las actividades.
No se propone una metodología para el desarrollo de las actividades, desde el punto de vista práctico y teórico
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. La forma en que se utilizará los medios didácticos y el equipamiento, contribuye al desarrollo de las actividades.
Se propone una metodología para el desarrollo de las actividades, desde el punto de vista práctico y teórico
5
13 Concepto Ponder
ación
Mecanismo de asignación de puntaje
Materiales
e insumos 10%
Pauta de Evaluación Puntaje
No presenta información de materiales e
insumos 1
Los materiales e insumos no cumplen los requerimientos de calidad y cantidad necesarios para el desarrollo de competencias básicas para el trabajo.
2 Los materiales e insumos comprometidos cumplen con los requerimientos de calidad necesarios para el desarrollo de competencias básicas para el trabajo, pero no cumple con la cantidad necesaria para los alumnos.
3
Los materiales e insumos comprometidos no cumplen con los requerimientos de calidad necesarios para el desarrollo de competencias básicas para el trabajo, y cumple con la cantidad necesaria para los alumnos.
4
Los materiales e insumos comprometidos cumplen con los requerimientos de calidad y cantidad necesarios para el desarrollo de competencias básicas para el trabajo.
5
El puntaje obtenido en cada ítem será ponderado de acuerdo a los porcentajes señalados. Los cursos deben evaluarse en su totalidad.
7.4. Nota de Curso
Una vez finalizado el proceso de evaluación técnico se calculará la Nota del Curso de acuerdo a la siguiente fórmula:
Nota Curso = 100% Técnica
8. PROCESO DE ADJUDICACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE CAPACITACIÓN.
8.1. Pre-adjudicación de la Propuesta.
Una vez evaluados las propuestas de cursos, el OTIC deberá enviar a SENCE la pre-adjudicación total de la licitación a SENCE para su revisión y adjudicación final. Esto, a través del medio que SENCE determine
El OTIC podrá realizar una pre-adjudicación parcial de una licitación, a solicitud de SENCE (Coordinación Nacional del Programa) la que, no obstante, se entenderá siempre como un solo proceso.
Para ambos casos, la propuesta de pre-adjudicación deberá ser informada a
SENCE, en un plazo máximo de 3 días corridos, a partir del término de la
evaluación de propuestas. (Dada la situación de emergencia de la Región de
Atacama, se solicita a las OTIC cumplir con los plazos establecidos de tal
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forma llegar de manera oportuna a los beneficiarios afectados y sujetos de este Programa).
La propuesta de pre-adjudicación debe reunir todos los requisitos exigidos en estas Bases, conforme a los siguientes criterios:
• Para cada uno de los cursos licitados, se optará por la propuesta que presente el mejor puntaje obtenido conforme a la evaluación detallada en el punto 7 de estas bases.
La propuesta de pre-adjudicación remitida al SENCE por el OTIC deberá contener y ajustarse al formato que el Servicio señale y deberá enviarlo a través de la plataforma tecnológica del Programa, o a través del mecanismo que se disponga.
Sin perjuicio de lo anterior, el OTIC deberá entregar al SENCE Informe Técnico de Evaluación cuyo formatos e encuentra en la web de SENCE en el link de Becas Laborales. En caso de no ser entregada esta información, no se aprobará la pre- adjudicación.
8.2. Autorización de la pre-adjudicación.
El SENCE se reserva la facultad de autorizar o no la propuesta de pre- adjudicación enviada por el OTIC, ya sea en su totalidad o por curso, en forma independiente. El SENCE podrá solicitar aclaraciones referentes a la propuesta de pre-adjudicación y, si éstas no se ajustasen a las Bases o presentaran errores injustificables, procederá a actuar según el criterio de evaluación propuesto en las presentes Bases.
8.3. Notificación de la adjudicación.
Una vez revisada y autorizada la propuesta de pre-adjudicación, el Director Nacional del SENCE comunicará por oficio la aprobación de la adjudicación.
Luego de adjudicada la propuesta, el OTIC procederá a comunicar por correo electrónico a todos los OTEC las actividades que le fueron adjudicadas en la licitación, dentro de un plazo máximo de 3 días corridos, a contar de la fecha de aprobación de la adjudicación. Deberá también notificar por los mismos medios a aquellos OTEC no adjudicados.
Además deberá publicar en su web los resultados de adjudicación, el informe técnico de evaluación y la planilla con las notas por ítem de cada curso evaluado.Dada la situación de emergencia de la Región de Atacama, se solicita a las OTIC cumplir con los plazos establecidos de tal forma llegar de manera oportuna a los beneficiarios afectados y sujetos de este Programa.
Dentro de un plazo máximo de 5 días corridos, una vez notificados de la adjudicación, el OTIC debe enviar copia de las propuestas adjudicadas en versión digital y datos de ejecución del curso
2(lugar de ejecución, dirección, horario, encargado o responsable del OTEC, teléfono, nombre relatores), a todos los Encargados de SENCE regional. Dada la situación de emergencia de la Región de Atacama, se solicita a las OTIC cumplir con los plazos
2
El formato para la comunicación de los datos de ejecución del cuso se encuentra en www.sence.cl
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establecidos de tal forma llegar de manera oportuna a los beneficiarios afectados y sujetos de este Programa.
8.4. Proceso de celebración de convenios.
Una vez adjudicados los cursos que correspondan, el OTIC procederá a suscribir los convenios de capacitación con cada uno de los OTEC en el cual se contemplarán las condiciones y obligaciones que regirán el desarrollo de las actividades de capacitación adjudicadas. Las Bases Administrativas y el Manual de Operación,se entienden forman parte integrante de dicho convenio, y en caso de incumplimiento de los mismos el OTEC podrá incurrir en la aplicación de las sanciones que las Bases disponen.
El proceso de tramitación de convenios, tiene un plazo máximo de 7 días corridos desde la fecha de notificación de la adjudicación hasta la fecha de suscripción del convenio.
El convenio deberá incluir un anexo
3donde se detallen los cursos a realizar, los cupos, horas y valor de cada uno de ellos. Además deberá incluir una cláusula, en la cual exija al OTEC que durante la ejecución del curso deberá permanecer en lugar visible el pendón y una señalética, en los términos exigidos en el documento oficial de orientaciones comunicacionales de SENCE.
En caso de ser el OTIC quién no cumpla con las exigencias señaladas en el Convenio, podrá ser sancionado de acuerdo a lo dispuesto en el Título V, “de las Infracciones, su Fiscalización y las Sanciones”, del Decreto Nº 98 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
Para la elaboración del Convenio, el OTEC debe entregar al OTIC la siguiente documentación:
a) Documento en que consten las personerías del representante legal o mandatario habilitado para concurrir a la firma del dicho instrumento. El representante legal del OTEC, o el mandatario de éste, deberán firmar el convenio en un plazo de 7 días corridos, contado desde la recepción del mismo y posteriormente deberá remitirlo a este último.
b) Una caución que garantice el fiel, oportuno y total cumplimiento de las obligaciones que emanan del convenio, la que podrá consistir en una boleta de garantía bancaria o póliza de seguro de crédito y garantía para contratos en general o un certificado de fianza, de ejecución inmediata, extendida a favor del OTIC por el monto equivalente al 10% del valor total adjudicado y con una vigencia que, a los menos, supere en noventa (90) días corridos la fecha de término de todas las actividades de capacitación.
La caución de fiel oportuno y total cumplimiento de las obligaciones contenidas en el convenio respectivo, deberá ser a la vista y tener la siguiente leyenda:
“Para garantizar el fiel, oportuno y total cumplimiento del(los) curso(s) adjudicado(s) en la Licitación X año 2015 del OTIC X del Programa de Becas Laborales”
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