PROPUESTA H TÍTULO:
BONOS DE OBLIGACIÓN GENERAL PARA VIVIENDAS ACCESIBLES PROPUESTA H DE LA CIUDAD DE LOS ANGELES
EL ASUNTO:
Para proveer viviendas accesibles, seguras y limpias para las personas sin hogar y para aquellas en riesgo de convertirse en personas sin hogar, como las mujeres maltratadas y sus hijos, los veteranos, las personas mayores y los discapacitados; asistir a aquellos que compran una vivienda por primera vez; proveerle a las familias trabajadoras de bajos ingresos viviendas de alquiler seguras, y accesibles; ¿debe la Ciudad de Los Angeles emitir
$1,000,000,000 en bonos, con supervisión ciudadana independiente, auditorías financieras obligatorias anuales, y procesos judiciales por malversación de fondos?
LA SITUACIÓN:
Las viviendas accesibles son escasas en Los Angeles.
Más del 88% de los residentes de la Ciudad no pueden comprar un hogar de precio medio.
Hoy, una familia necesita ganar más de $100,000 para comprar una casa en la Ciudad. Gente como los maestros, trabajadores de la construcción y enfermeros no ganan lo suficiente para comprar una casa en la Ciudad.
Alquilar una casa es inaccesible según los estándares Federales si una familia gasta más del 30% de su ingreso en el alquiler. Casi la mitad de los inquilinos de la Ciudad gastan más del 41% de sus ingresos en el alquiler.
Viven en la ciudad 50,000 personas y familias sin hogar.
LA PROPUESTA:
La Ciudad debe emitir $1,000,000,000 en bonos para proveer aproximadamente 10,000 nuevos hogares y unidades de renta durante diez años. Estos fondos se colocarían en el Fondo Fiduciario para Viviendas Accesibles para ser utilizados de la siguiente manera:
• $250,000,000 para ayudar a las familias trabajadoras a comprar su primer hogar
• $350,000,000 para construir viviendas accesibles para alquilar a familias trabajadoras con bajos ingresos
• $250,000,000 para construir viviendas para personas sin hogar
• $150,000,000 a ser colocado para alquiler o viviendas para quienes no tienen hogar según las necesidades futuras.
Estos fondos en bonos atraerán más inversiones de fuentes Federales, Estatales y privadas.
Un comité ciudadano y un comité de supervisión administrativo controlaría cómo se gastan los fondos y recibiría una auditoría anual independiente.
UN VOTO A FAVOR SIGNIFICA:
Que usted desea emitir $1,000,000,000 en bonos para construir viviendas accesibles.
UN VOTO EN CONTRA SIGNIFICA:
Que usted no desea emitir $1,000,000,000 en bonos para construir viviendas accesibles.
EL TEXTO COMPLETO DE ESTA INICIATIVA DE LEY COMIENZA EN LA PÁGINA 15.
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PROPUESTA J TÍTULO:
CAMBIOS TÉCNICOS A LA PROPUESTA F DE ESTACIONES DE BOMBEROS REGIONALES PROPUESTA J DE LA CIUDAD DE LOS ANGELES.
EL ASUNTO:
Para reducir los gastos y proveer flexibilidad de diseño para nuevas estaciones de bomberos regionales, ¿debe cambiarse la Propuesta F (aprobada por los votantes el 7 de noviembre de 2000) para permitir que se construyan estaciones de bomberos regionales en uno o más sitios que ocupen un total de no más de 2 acres, en lugar de requerir un sólo sitio de 2 acres, si el Departamento de Bomberos determina que puede construirse la estación para satisfacer por completo las necesidades de funcionamiento?
LA SITUACIÓN:
La Propuesta F provee fondos para las nuevas estaciones de bomberos regionales estándar.
Una estación regional cuenta tanto con una estación estándar de bomberos como con un centro de capacitación, tradicionalmente ubicado en un único sitio de 2 acres.
LA PROPUESTA:
Esta iniciativa de ley permite al Departamento de Bomberos y al Ingeniero de la Ciudad construir un centro de capacitación de una estación regional en un sitio separado si fuera necesario. El sitio puede ser menor a 2 acres si el Departamento de Bomberos confirma que se cumple de manera íntegra con las necesidades del Departamento de Bomberos y de seguridad pública.
UN VOTO A FAVOR SIGNIFICA:
Que desea permitir al Departamento de Bomberos la flexibilidad de construir estaciones regionales de bomberos en más de un sitio menor a dos acres.
UN VOTO EN CONTRA SIGNIFICA:
Que no desea permitir al Departamento de Bomberos la flexibilidad de construir estaciones regionales de bomberos en más de un sitio menor a dos acres.
EL TEXTO COMPLETO DE ESTA INICIATIVA DE LEY COMIENZA EN LA PÁGINA 22.
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ENMIENDA A LA CARTA CONSTITUTIVA Y PROPUESTA DE ORDENANZA R TÍTULO:
LÍMITES DE TÉRMINOS DE LOS MIEMBROS DEL CONCEJO A TRES TÉRMINOS; CABILDEO EN LA CIUDAD, FINANCIAMIENTO DE CAMPAÑAS Y LEYES DE ÉTICA.
EL ASUNTO:
¿Debe enmendarse la Carta Constitutiva y adoptarse una ordenanza para: cambiar los límites de términos de los Miembros del Concejo a tres términos; restringir la posibilidad de los cabilderos de realizar contribuciones y donaciones para las campañas y convertirse en comisionados; modificar los límites de registro de los cabilderos; requerir que los contratistas certifiquen conformidad con las leyes de cabildeo; ampliar las restricciones post-empleo de los funcionarios electos; requerir capacitación en ética; y modificar los requerimientos para los gastos independientes y las comunicaciones de las campañas?
LA SITUACIÓN:
Ley Actual:
• Limita a los Concejales a dos períodos de 4 años
• Impide que los Comisionados Municipales se involucren en actividades de cabildeo
• Prohíbe que los funcionarios Municipales reciban contribuciones de cabilderos que excedan los $25
• Prohíbe a los funcionarios electos municipales cabildear en las agencias Municipales durante un año después de haber dejado el servicio Municipal
• Exige a los contratistas, pero no a los licitadores, que certifiquen que cumplirán con las leyes de cabildeo Municipales
• Hace informar a los comités de acción política (PAC) los gastos superiores a $1,000 para apoyar u oponerse a un candidato Municipal y realizar informes adicionales si gastan más de $10,000
• Exige a una compañía inscribirse como una firma de cabildeo en caso de que tenga derecho a recibir $4,000 por actividades de cabildeo en un trimestre calendario
• Exige a los individuos registrarse como cabilderos, en caso de que tengan derecho a recibir
$4,000 por actividades de cabildeo en un trimestre calendario
• Exige capacitación ética de los funcionarios Municipales cada dos años.
LA PROPUESTA:
Esta iniciativa de ley cambiaría la Carta para:
• Limitar a los Concejales Municipales a tres en vez de dos períodos de 4 años
• Prohibir la designación de cabilderos para Comisiones Municipales
• Prohibir las contribuciones de campaña de cabilderos a candidatos o funcionarios Municipales.
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Esta iniciativa de ley también aprobaría una ordenanza para:
• Disminuir la restricción de contribuciones de cabilderos a funcionarios Municipales de $25 a $0
• Prohibir a los funcionarios electos municipales cabildear en las agencias Municipales durante dos años en vez de uno después de haber dejado el servicio Municipal
• Exigir a los contratistas y licitadores que certifiquen que cumplirán con las leyes de cabildeo Municipales
• Aplicar los requisitos de presentación de informes de los PAC a las iniciativas de ley en la boleta electoral así como a los candidatos, y disminuir de $10,000 a $ 1,000 el requisito de presentación de informes de los PAC para contribuciones
• Disminuir el requisito de inscripción de la firma de cabildeo de $4,000 a $1,000
• Exigir a los individuos que se registren como cabilderos, en caso de que se les pague por 30 horas de actividades de cabildeo en tres meses consecutivos
• Ampliar la capacitación ética requerida para los funcionarios Municipales.
UN VOTO SÍ SIGNIFICA:
Que usted quiere cambiar los límites en los períodos para los Miembros del Concejo a tres períodos y aprobar los cambios en las leyes de ética.
UN VOTO NO SIGNIFICA:
Que usted no quiere cambiar los límites en los períodos para los Miembros del Concejo a tres períodos y aprobar los cambios en las leyes de ética.
EL TEXTO COMPLETO DE ESTA INICIATIVA DE LEY COMIENZA EN LA PÁGINA 32.
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BONOS DE OBLIGACIÓN GENERAL PARA VIVIENDAS ACCESIBLES. PROPUESTA H DE LA CIUDAD DE LOS ANGELES.
Para proveer viviendas accesibles seguras y limpias para las personas sin hogar y para aquellas en riesgo de convertirse en personas sin hogar, como las mujeres maltratadas y sus hijos, los veteranos, las personas mayores y los discapacitados; asistir a aquellos que compran una vivienda por primera vez; proveerle a las familias trabajadoras de bajos ingresos viviendas de alquiler seguras y accesibles; ¿debe la Ciudad de Los Angeles emitir $1,000,000,000 en bonos, con supervisión ciudadana independiente, auditorías financieras obligatorias anuales y procesos judiciales por malversación de fondos?
DECLARACIÓN SOBRE LA TASA DE IMPUESTO
POR WILLIAM T FUJIOKA, FUNCIONARIO ADMINISTRATIVO MUNICIPAL
Los bonos serán emitidos en incrementos equitativos en 10 años. Se anticipa que los bonos se emitirán en una serie de $100,000,000 por año durante 10 años.
En el primer año fiscal luego de la emisión de la primera serie de bonos, la tasa de impuesto estimada será del 0.12% por cada $100 de valuación catastral. En el año 11º, el primer año fiscal luego de la emisión de la última serie de bonos y el año en que la tasa de impuesto será la más alta, la tasa de impuesto estimada será del 2.6% por cada $100 de valuación catastral. En el año 11º, año del mayor servicio de la deuda, una vivienda con una valuación catastral de $500,000 tendrá un impuesto anual máximo de $129.
Durante la vida de los bonos, la tasa de impuesto anual promedio es de 1.5% por cada $100 de valuación catastral. Una vivienda con una valuación catastral de $500,000 tendrá un impuesto anual promedio de $73 durante 30 años.
RESUMEN IMPARCIAL
POR GERRY F. MILLER, ANALISTA LEGISLATIVO EN JEFE
Esta propuesta autorizaría a la Ciudad a emitir bonos de obligación general en la cantidad de $1 mil millones para la adquisición, construcción, rehabilitación, desarrollo y financiamiento de viviendas seguras, limpias y accesibles para los desamparados y para los que estén en peligro de quedarse sin hogar, como las mujeres golpeadas y sus hijos, los veteranos, las personas mayores y los discapacitados; para ayudar a los que compran una casa por primera vez; para brindarles a las familias de bajos ingresos viviendas de alquiler seguras y accesibles; y para otorgar préstamos a entidades privadas y sin fines de lucro para desarrollar viviendas de alquiler accesibles.
El producto de los bonos se depositaría en el Fondo Fiduciario de Viviendas accesibles de la Ciudad y será administrado por el Departamento de Viviendas de la Ciudad de Los Angeles con la supervisión de un Comité Ciudadano de Supervisión y Rendición de Cuentas (CAOAC) y un Comité Administrativo de Supervisión (AOC). Los fondos de los bonos se utilizarían sólo para los propósitos establecidos y los compromisos de financiamiento serían aprobados por el Concejo Municipal y el Alcalde.
Esta iniciativa de ley requeriría que cada dos años el Departamento de Viviendas desarrolle un programa laboral, el cual debe estar aprobado por los CAOAC, AOC, el Concejo Municipal y el Alcalde. El programa laboral establecerá las prioridades y las pautas para el uso del producto de
H
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los bonos y tomará en cuenta las condiciones del mercado de viviendas y las zonas que más necesiten viviendas accesibles. El primer programa laboral de dos años deberá estar aprobado para el 30 de junio de 2007.
Los fondos se gastarán de la siguiente manera:
A. Un mínimo de $250 millones para viviendas de alquiler accesibles para individuos y grupos familiares de muy bajos ingresos, incluyendo los anteriormente desamparados, que tengan un ingreso que vaya desde 0% hasta 30% del Ingreso Medio del Área (AMI);
B. Un mínimo de $350 millones para viviendas de alquiler accesibles para individuos y grupos familiares, cuyos ingresos vayan desde 30% hasta 80% del AMI, con no menos de $250 millones para viviendas de alquiler accesibles para individuos y grupos familiares cuyos ingresos sean de entre 30% y 60% del AMI;
C. $250 millones para ayudar a individuos y grupos familiares que estén en o por debajo del 150% del AMI a comprar sus primeras viviendas, con $37.5 millones para ayudar a los individuos y grupos familiares que estén en o por debajo del 80% del AMI, si fuera posible;
D. Los fondos restantes se asignarán a los Programas A y B que se detallaron antes de acuerdo con los programas laborales de dos años.
Las prioridades para gastar los fondos de los bonos incluirán la ayuda a los que más necesiten viviendas accesibles, crecimiento inteligente y desarrollo orientado al transporte, hacer uso de fondos de fuentes que no sean de la Ciudad, por ejemplo del gobierno federal o Estatal, aumentando el suministro general de viviendas accesibles y la estabilización de los vecindarios.
Esta iniciativa de ley prohibirá el uso del producto de los bonos para la expropiación forzosa de casas unifamiliares o parques. Todo abuso ilegal del producto de los bonos se remitirá a las autoridades pertinentes para su investigación y procesamiento hasta donde lo permita la ley.
Los fondos de los bonos no se utilizarán para reemplazar el financiamiento asignado actualmente por la Ciudad para viviendas accesibles, siempre y cuando estos fondos actuales permanezcan disponibles.
Esta iniciativa de ley requerirá una auditoría financiera todos los años por parte de un auditor independiente, que debe ponerse a disposición del público. El Funcionario Administrativo Municipal informará anualmente sobre el estado de los programas, los fondos recaudados y gastados y los proyectos aprobados para financiamiento.
La iniciativa de ley entraría en vigencia con dos tercios de los votos.
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DECLARACIÓN DEL IMPACTO FINANCIERO
POR WILLIAM T FUJIOKA, FUNCIONARIO ADMINISTRATIVO DE LA CIUDAD Esta iniciativa de ley autoriza a la Ciudad a emitir hasta $1 mil millones en bonos de obligación general para financiar la adquisición, construcción, rehabilitación, desarrollo y financiamiento de viviendas seguras, limpias y accesibles para los desamparados y para los que están en peligro de quedarse sin hogar, como las mujeres golpeadas y sus hijos, los veteranos, las personas mayores y los discapacitados; de viviendas para ayudar a los que compran una casa por primera vez; de viviendas de alquiler seguras y accesibles para las familias de bajos ingresos; y de viviendas de alquiler accesibles mediante préstamos a entidades privadas y sin fines de lucro.
Los bonos de Obligación General permiten que la Ciudad pida un préstamo de bonos a la menor tasa de interés posible. El servicio de la deuda se pagará con rentas adicionales provenientes del impuesto sobre la propiedad sobre la base de la valuación catastral de los bienes inmuebles gravables dentro de la Ciudad.
La emisión de los bonos resultará en pagos anuales del servicio de la deuda en un promedio de aproximadamente $58 millones durante 30 años. Esto resulta en que el propietario de una casa con una valuación catastral de $500,000 tenga un impuesto anual promedio de $73 durante 30 años. La emisión de estos bonos no provocará que el pago del servicio de la deuda de la Ciudad supere el 15% de las rentas del Fondo General, según se establece en las Políticas Financieras de la Ciudad. Los pagos del servicio de la deuda aumentarán desde el 5.30% hasta el 9.35% de las rentas del Fondo General en el año en que el servicio de la deuda sea el más alto para este programa de bonos.
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ARGUMENTO A FAVOR DE LA PROPUESTA H
Los Angeles tiene la mayor población de personas sin hogar en la nación. Todas las noches, más de 40,000 personas sin hogar y sus familias incluyendo veteranos y víctimas de violencia doméstica, duermen en las calles o en automóviles porque hay camas para solamente 2,000.
La clase media está siendo forzada a abandonar Los Angeles. Solo el 12% de nuestras familias pueden comprar una casa de precio medio. Solo el 35% de los inquilinos pueden rentar un apartamento promedio.
Muchas familias de bajos ingresos que trabajan a tiempo completo se ven obligadas a vivir en vecindarios de bajos recursos o apartamentos sobrepoblados y garages.
Los negocios abandonan la comunidad porque sus empleados no pueden conseguir viviendas accesibles.
Es hora de hacer algo sobre la crisis de las viviendas.
La propuesta H:
– Expandirá las oportunidades de vivienda a miles de familias que no tienen hogar o que corren riesgo de perderlo;
– Brindará a familias de bajos y medianos ingresos asistencia financiera para que puedan comprar su primer hogar; y
– Construirá viviendas para alquiler seguras, decentes y accesibles para familias trabajadoras de bajos ingresos, personas mayores y discapacitados.
Con la Propuesta H nos beneficiamos todos.
Los líderes de la economía y de las empresas concuerdan en que invertir en viviendas accesibles es una de las mejores maneras de crear nuevos empleos y mejorar nuestra economía local.
"Viviendas seguras y propias fortalece los vecindarios y mejora la seguridad pública,"
Jefe de Policía William Bratton.
La Propuesta H es un buen trato para los contribuyentes locales.
Cada $1 local se corresponderá con hasta $5 en inversiones estatales, federales y privadas.
La Propuesta H prohíbe el uso de los fondos para destruir zonas de parques y hogares unifamiliares.
Los argumentos que se presentan en esta página son las opiniones de los autores y su precisión no ha sido verificada por parte de ninguna agencia municipal.
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La Propuesta H requiere de una estricta supervisión ciudadana con auditorías públicas y la ley establece penalidades por fraude y uso indebido de fondos públicos.
Es por eso que una de las más grandes coaliciones de líderes de la comunidad en la historia de Los Angeles le pide que vote A FAVOR de la Propuesta H.
Para más información: www.HomesforLAfamilies.org ERIN RANK
Presidente/CEO
Hábitat por Humanidad de Greater Los Angeles
ANTONIO R. VILLARAIGOSA Alcalde
Ciudad de Los Angeles PAT McOSKER
Presidente
Bomberos Unidos de Los Angeles
ERIC GARCETTI Presidente
Concejo Municipal de Los Angeles ROBERT ERLENBUSCH
Director Ejecutivo
Coalición para poner Fin al Hambre y a los Desamparados
WENDY GREUEL Presidenta
Comité de Transporte del Concejo de la Ciudad de Los Angeles City
MARY LESLIE Presidenta
Consejo Comercial de Los Angeles
HERB J. WESSON, JR.
Presidente
Comité del Consejo de la Ciudad de Los Angeles de Vivienda, Comunidad &
Desarrollo económico DAVID FLEMING
Alianza Económica del Valle de San Fernando
REV. CECIL L. MURRAY Ministro Retirado
Los argumentos que se presentan en esta página son las opiniones de los autores y su precisión no ha sido verificada por parte de ninguna agencia municipal.
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REFUTACIÓN AL ARGUMENTO A FAVOR DE LA PROPUESTA H La Propuesta H grava a todos los propietarios sin tener en cuenta su ingreso.
El bono aumenta los impuestos sobre los bienes inmuebles de los propietarios durante 20 años, sin importar su ingreso, haciendo que las viviendas sean menos accesibles para cualquier persona que ya haya trabajado arduamente para comprarla.
El bono les proporciona millones a los ricos.
A diferencia de los programas comunes de viviendas, que sólo ayudan a los pobres, la Sección C de la Propuesta H pone millones de dólares de los contribuyentes a disposición de los que tienen mayores ingresos.
Que no lo engañen los partidarios de los bonos que hablan de los desamparados. Este bono aumenta sus impuestos y constituye un "beneficio para los ricos."
El bono no es necesario.
La ciudad recauda $717 millones más este año con respecto al anterior. Ese dinero se debería utilizar para pagar programas de viviendas para los que realmente lo necesitan – – en lugar de obligar a los propietarios a pagar un préstamo de mil millones de dólares, más otros mil millones de intereses.
Para más razones para votar NO a la Propuesta H visite:
www.MooreIsBetter.com/VoteNo.htm JON COUPAL
Presidente
Asociación de Contribuyentes Howard Jarvis RICHARD CLOSE
Presidente
Asociación de Propietarios de Sherman Oaks JOEL FOX
Presidente
Comité de Acción de Pequeñas Empresas ERNEST DYNDA
Presidente
Organizaciones de Contribuyentes Unidos, Inc.
WALTER MOORE Corredor de Bienes Raíces
Los argumentos que se presentan en esta página son las opiniones de los autores y su precisión no ha sido verificada por parte de ninguna agencia municipal.
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ARGUMENTO EN CONTRA DE LA PROPUESTA H
Para construir más viviendas "asequibles", los políticos de la ciudad harán que sea más caro tener un hogar en Los Angeles.
Si se aprueba la Iniciativa de Ley H, las cuentas de impuestos de los propietarios aumentarán para subsidiar a aquellos que, en ciertos casos, no han llegado aún a Los Angeles.
Los propietarios ya están pagando impuestos más elevados por cuatro bonos del Distrito Escolar Unificado de Los Angeles, dos bonos del Distrito de Colegios de la Comunidad de Los Angeles, bonos para las instalaciones policiales y el zoológico, varias avaluaciones para parques, uno de los impuestos a usuarios de servicios públicos más altos del estado y un impuesto sobre las parcelas que los funcionarios del condado prometieron que mantendría los centros de trauma. Además del impuesto local sobre la propiedad, algunos propietarios ya están pagando $1000 extra al año, o más, para cumplir con estas obligaciones. Y todos están por encontrarse con un aumento de 154% en las facturas de basura municipales.
Y como si esto no fuera suficiente para los contribuyentes, observe su boleta electoral. Se pide a los votantes que aprueben más de $41 mil millones en bonos estatales, incluyendo la Propuesta 1C, un bono estatal de $2.8 mil millones para la vivienda – exactamente, otro bono para la vivienda. Y hay más miles de millones en posibles impuestos, incluyendo la Propuesta 88, un nuevo impuesto sobre la propiedad de parcelas a nivel estatal.
El propósito del bono de la Iniciativa de Ley H es financiar un programa de bienestar social. Los propietarios de casa y los propietarios de otros bienes raíces no deberían sufrir un aumento en sus impuestos para el bienestar social. Si fuera necesario, los fondos deberían provenir de todos los contribuyentes. Los programas como éste deberían pagarse con fondos y subsidios estatales y federales, no con el dinero municipal. Los impuestos locales son para la policía, bomberos, obras sanitarias y otros servicios locales, no para subsidiar la vivienda para algunas personas que todavía no viven en Los Angeles.
El presupuesto de la ciudad es de $6 mil millones por año. Ya estamos pagando más que suficiente.
Vote en contra de la Iniciativa de Ley H.
JON COUPAL Presidente
Asociación de Contribuyentes de Howard Jarvis RICHARD CLOSE
Presidente
Asociación de Propietarios de Sherman Oaks JOEL FOX
Presidente
Comité de Acción de Pequeña Empresa ERNEST DYNDA
Presidente
Organizaciones de Contribuyentes Unidos, Inc.
WALTER MOORE Agente de Bienes Raíces
Los argumentos impresos en esta página representan las opiniones de sus autores y su precisión no ha sido verificada por ninguna agencia Municipal.
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REFUTACIÓN AL ARGUMENTO EN CONTRA DE LA PROPUESTA H
La Propuesta H es un asunto importante para los propietarios de bienes inmuebles de Los Angeles.
La Propuesta H le costará menos de $50 anuales al propietario promedio, sólo alrededor de $4 al mes.
Cada dólar del dinero local puede ser apareado con $4 ó $5 en fondos estatales y federales para crear las viviendas accesibles que se necesitan tanto. Si no aprobamos la Propuesta H, ese dinero estatal y federal se gastará en otras comunidades.
La Propuesta H se encarga de la terrible crisis de desamparo que tiene nuestra ciudad y ayuda a miles de familias a que salgan de la calle y puedan disponer de una vivienda segura.
La Propuesta H ayudará a los que compran una casa por primera vez y tienen ingresos bajos o regulares y revitalizará nuestros vecindarios.
La Propuesta H proporcionará viviendas de alquiler accesibles y de calidad.
Además la Propuesta H contiene estrictas auditorías independientes y rendiciones de cuentas completamente públicas.
Esa es la razón por la cual una de las coaliciones más amplias de la historia de Los Angeles dice vote Sí a la Propuesta H.
MARIA ELENA DURAZO Secretaria Ejecutiva Tesorera Federación del Trabajo del Condado de Los Angeles
ERIC GARCETTI Presidente
Concejo Municipal de Los Angeles
MAYNARD W. BROWN
Maestro del Año del Programa de Rendimiento Juvenil, 2006
JAN PERRY
Asistente Presidente Interino Concejo Municipal de Los Angeles MARLENE SAVAGE
Líder de la Comunidad de Westside
ED P. REYES Miembro del Concejo 1º Distrito
JAY H. GOLDBERG
Líder de la Comunidad de Valley
BILL ROSENDAHL Miembro del Concejo 11º Distrito
WILLIAM J. BRATTON Jefe de Policía
VIVIAN G. RAMIREZ Directora Ejecutiva
Viviendas de Familias de L.A.
Los argumentos que se presentan en esta página son las opiniones de los autores y su precisión no ha sido verificada por parte de ninguna agencia municipal.
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RESOLUCIÓN
Resolución que proporciona una iniciativa de ley para la emisión de bonos de obligación general para mejoras municipales para proveer viviendas accesibles seguras y limpias para las personas sin hogar y para aquellas en riesgo de convertirse en personas sin hogar, como las mujeres maltratadas y sus hijos, los veteranos, las personas mayores y los discapacitados; para asistir a aquellos que compran una vivienda por primera vez; y proporcionar a las familias trabajadoras de bajos ingresos viviendas de alquiler seguras y accesibles, que se someterá al voto de los electores calificados de la Ciudad.
CONSIDERANDO QUE, el Concejo encuentra que la emisión de bonos de obligación general en la manera más efectiva para recaudar el dinero necesario para el pago de las mejoras municipales, en conformidad con la sección 43601 del Código de Gobierno, para proveer viviendas accesibles seguras y limpias para las personas sin hogar y para aquellas en riesgo de convertirse en personas sin hogar, como las mujeres maltratadas y sus hijos, los veteranos, las personas mayores y los discapacitados; para asistir a aquellos que compran una vivienda por primera vez; para proveer a las familias trabajadoras de bajos ingresos viviendas de alquiler seguras y accesibles; y para ofrecer préstamos a entidades privadas y sin fines de lucro para el desarrollo de viviendas accesibles; y
CONSIDERANDO QUE, para emitir bonos de obligación general para este fin, es necesario preparar una ordenanza para la presentación de una propuesta a los votantes de la Ciudad para incurrir en un endeudamiento garantizado por bonos; y
CONSIDERANDO QUE, por medio de la presente la Ciudad de Los Angeles propone presentarle a los electores calificados de la Ciudad de Los Angeles en una Elección Especial que se convocará y consolidará con la Elección General Estatal a ser realizada el 7 de noviembre de 2006, una propuesta denominada como la Propuesta H, para incurrir en un endeudamiento garantizado por bonos para mejoras municipales para proveer viviendas accesibles seguras y limpias para las personas sin hogar y para aquellas en riesgo de convertirse en personas sin hogar, como las mujeres maltratadas y sus hijos, los veteranos, las personas mayores y los discapacitados; para asistir a aquellos que compran una vivienda por primera vez; y proveer a las familias trabajadoras de bajos ingresos viviendas de alquiler seguras y accesibles; y ofrecer préstamos para entidades privadas y sin fines de lucro para el desarrollo de viviendas accesibles, y expresan su determinación de interés público y necesidad con respecto a la misma;
RESUÉLVALO EL CONCEJO DE LA CIUDAD DE LOS ANGELES DE LA SIGUIENTE MANERA:
Sección 1. Que el interés público y la necesidad requieren la adquisición, construcción, rehabilitación, urbanización y financiamiento de mejoras municipales para proteger y promover el bienestar público brindando viviendas accesibles seguras y limpias para las personas sin hogar y para aquellas en riesgo de convertirse en personas sin hogar, como las mujeres maltratadas y sus hijos, los veteranos, las personas mayores y los discapacitados; para asistir a aquellos que compran una vivienda por primera vez; y proveer a las familias trabajadoras de bajos ingresos viviendas de alquiler seguras y accesibles; y ofrecer préstamos para entidades privadas y sin fines de lucro para el desarrollo de viviendas accesibles, según se describe en el Anexo 1 adjunto a esta Resolución, y la orden de preparación de una ordenanza para presentar una propuesta para incurrir en un endeudamiento garantizado con bonos de Mil Millones de Dólares a los votantes calificados de la Ciudad en una Elección Especial que se convocará y consolidará con la Elección General Estatal a ser realizada el 7 de noviembre de 2006.
Que las mejoras municipales son necesarias y convenientes para poder llevar a cabo los objetos, propósitos y poderes de la Ciudad.
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Que el costo de las mejoras municipales que se describen arriba y en el Anexo 1 es de aproximadamente Mil Millones de Dólares, que los costos son muy elevados para pagarse con los ingresos anuales ordinarios y las rentas de la Ciudad, requiere de un gasto mayor al monto permitido para estas mejoras municipales por el impuesto anual, y que la cantidad del capital de la deuda al contraerse para las mejoras municipales es de Mil Millones de Dólares.
Sección 2. Que el Secretario de la Ciudad debe presentarle al Concejo Municipal la ordenanza necesaria ordenando que se presente la propuesta para incurrir en un endeudamiento con bonos para los fines establecidos arriba a los votantes calificados de la Ciudad en una Elección Especial que se convocará y consolidará con la Elección General Estatal a ser realizada el 7 de noviembre de 2006.
Sección 3. Que el Secretario de la Ciudad deberá publicar esta Resolución de Necesidad en el Folleto de Información para el Votante de Los Angeles para la Elección Especial que se convocará y consolidará con la Elección General Estatal a ser realizada el 7 de noviembre de 2006.
Sección 4. Que el Secretario de la Ciudad deberá certificar la adopción y aprobación de esta Resolución por el voto de dos tercios del total de los miembros del Concejo, y deberá publicar esta Resolución una vez en un periódico de circulación diaria en la Ciudad.
Aprobado en cuanto a la forma y legalidad ROCKARD J. DELGADILLO, Abogado Municipal
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Anexo 1 VIVIENDAS ACCESIBLES
PROGRAMAS DE BONOS DE OBLIGACIÓN GENERAL
El producto de los bonos de obligación general se depositará en el Fondo de Inversión para Viviendas Accesibles que se utilizará sólo para los fines de adquisición, construcción, rehabilitación, urbanización y financiamiento de viviendas accesibles seguras y limpias para las personas sin hogar, para aquellos en riesgo de convertirse en personas sin hogar, como las mujeres maltratadas y sus hijos, los veteranos, las personas mayores y los discapacitados; para asistir a aquellos que compran una vivienda por primera vez; para proveerle a las familias trabajadoras de bajos ingresos viviendas de alquiler seguras y accesibles, y para ofrecer préstamos para entidades privadas y sin fines de lucro para el desarrollo de viviendas accesibles mediante los siguientes programas:
A. $250,000,000 o más para viviendas de alquiler accesibles para personas y hogares de familia con ingresos extremadamente bajos, incluyendo las personas que anteriormente no tenían hogar, que tengan un ingreso del cero al 30% del Ingreso Medio del Área (AMI), según lo establecido y revisado por el Departamento de Vivienda y Urbanización de Estados Unidos.
B. $350,000,000 o más para viviendas de alquiler accesibles para personas y hogares de familia, con un 30% a un 80% del AMI, con no menos de $250,000,000 para viviendas de alquiler accesibles para personas y hogares de familia con un 30% a un 60% del AMI, con los $100,000,000 restantes para viviendas de alquiler accesibles para personas y hogares de familia con un 60% a un 80% del AMI.
C. $250,000,000 para ayudar a personas y hogares de familia con un 150% o menos del AMI a comprar sus primeras viviendas, de los cuales $37,500,000, si resultara posible y se utilizaran los fondos de manera eficiente, se deberán utilizar para personas y hogares de familia con un 80% o menos del AMI.
Los fondos no comprometidos arriba se destinarán para los programas A y B de acuerdo con las políticas y pautas del Programa de Trabajo de Dos Años, según las recomendaciones del Comité Asesor de Supervisión Ciudadana y Rendición de Cuentas y del Comité de Supervisión Administrativa, sujetos a la aprobación por parte del Concejo Municipal y del Alcalde. El Programa de Dos Años de Trabajo deberá también establecer los estándares en caso de que y cuando el producto de los bonos debiera ser reasignado entre los programas de manera que se hagan recomendaciones al Concejo Municipal y al Alcalde para la aprobación de la reasignación del producto de los bonos para los programas A y B.
El Departamento de Vivienda deberá desarrollar un Programa de Trabajo de Dos Años con las recomendaciones y la aprobación del Comité Administrativo y Asesor de Supervisión Ciudadana y del Comité de Supervisión Administrativa, sujeto a la aprobación por parte del Concejo Municipal y del Alcalde. Deberá establecer prioridades y pautas para el uso del producto de los bonos. Las prioridades deberán incluir, pero sin limitarse a, servir a aquellos con mayor necesidad de una vivienda accesible, al crecimiento inteligente y las urbanizaciones orientadas al transporte, la obtención de fondos que no procedan de fuentes de la Ciudad, el incremento del suministro general de viviendas accesibles, y la estabilización de los vecindarios.
El primer Programa de Trabajo de Dos Años deberá ser aprobado para el 30 de junio de 2007 y ser revisado cada dos años.
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Disposiciones Adicionales:
1. El producto de los bonos deberá ser administrado por el Departamento de Vivienda bajo la supervisión del Comité Asesor de Supervisión Ciudadana y Rendición de Cuentas y de un Comité de Supervisión Administrativa, con la aprobación de los compromisos de financiación por parte del Concejo Municipal y del Alcalde.
2. El Comité Asesor de Supervisión Ciudadana y Rendición de Cuentas deberá componerse de tres miembros designados por el Alcalde y cuatro miembros designados por el Presidente del Concejo Municipal.
3. El Comité de Supervisión Administrativa deberá componerse de un miembro de la Oficina del Alcalde, el Analista Legislativo en Jefe, y el Funcionario Administrativo Municipal.
4. Cada año se deberá llevar a cabo una auditoría financiera a cargo de un auditor independiente y se pondrá a disposición del público. El Funcionario Administrativo Municipal deberá comunicar anualmente el estado de los programas, los fondos recaudados y gastados y los proyectos aprobados para la financiación.
5. El producto de los bonos no se deberá utilizar para fines de expropiación forzosa de viviendas unifamiliares o zonas verdes.
6. El producto de los bonos no se deberá utilizar para suplantar la financiación de viviendas accesibles de las fuentes existentes actualmente asignadas por la Ciudad, incluyendo pero sin limitarse al programa de Subvención de Desarrollo de Edificios para la Comunidad, el Programa de Asociación para Inversiones en Vivienda (HOME) sujetos a la disponibilidad continua de estos fondos.
7. Cualquier malversación fraudulenta del producto de los bonos deberá ser informado a las autoridades pertinentes para su investigación y proceso judicial aplicando todo el peso de la ley.
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CIUDAD DE LOS ANGELES PROPUESTA J. CAMBIO TÉCNICO DE LA PROPUESTA F SOBRE LAS ESTACIONES DE BOMBEROS REGIONALES.
Para reducir los gastos y proveer flexibilidad de diseño para nuevas estaciones de bomberos regionales, ¿debe cambiarse la Propuesta F (aprobada por los votantes el 7 de noviembre de 2000) para permitir que se construyan estaciones de bomberos regionales en uno o más sitios que ocupen un total de no más de 2 acres, en lugar de requerir un sólo sitio de 2 acres, si el Departamento de Bomberos determina que puede construirse la estación para satisfacer por completo las necesidades de funcionamiento?
DECLARACIÓN SOBRE LA TASA DE IMPUESTO
POR WILLIAM T FUJIOKA, FUNCIONARIO ADMINISTRATIVO MUNICIPAL
El Funcionario Administrativo Municipal informa que no hay cambios en las obligaciones de servicios de deudas de la ciudad, con lo cual continúa la tasa de impuesto actual, como resultado del ajuste técnico al Programa de Bonos de la Propuesta F.
RESUMEN IMPARCIAL
POR GERRY F. MILLER, ANALISTA LEGISLATIVO EN JEFE
Esta iniciativa de ley clarificará las disposiciones de la Propuesta F, que fuera aprobada por los votantes el 7 de noviembre de 2000, para permitir el diseño y la construcción de una nueva estación regional de bomberos financiada por la Propuesta F en una o más propiedades totalizando menos de dos acres.
La Propuesta F especificó la construcción de 20 instalaciones de bomberos y emergencias mediante el uso de los fondos de bonos, incluyendo la construcción de nuevas estaciones regionales de bomberos. El propósito de las nuevas estaciones de bomberos regionales es proporcionar entrenamiento y otros servicios en o cerca de las estaciones de bomberos convencionales con el propósito de que, durante el entrenamiento, los bomberos permanezcan en las zonas de servicio y estén disponibles para responder a los llamados de emergencia. La información de la Propuesta F en la boleta electoral describió una estación de bomberos regional de manera que, entre otras cosas, esté asentada en dos acres. Como resultado, el Abogado Municipal aconsejó que en conformidad con la Propuesta F, las estaciones de bomberos regionales se deben diseñar y construir en un solo sitio común de al menos dos acres.
Para las nuevas estaciones de bomberos regionales especificadas en la Propuesta F que se encuentran en zonas muy pobladas, es difícil identificar un solo sitio de dos acres que se pueda conseguir a un precio razonable y sin causar una alteración seria a la comunidad de los alrededores. El Departamento de Bomberos y el Ingeniero Municipal determinaron que los componentes de una estación regional de bomberos se pueden construir en dos o más sitios que se encuentren cerca uno del otro, o bien la instalación puede diseñarse con el propósito de que pueda adaptarse a un sitio que tenga menos de dos acres. Esto le dará flexibilidad a la Ciudad para que sitúe las estaciones regionales de bomberos con el objetivo de reducir costos y disminuir el impacto en las comunidades vecinas. El Abogado Municipal determinó que, para proceder con cualquiera de las dos opciones, se requerirá la aprobación de los votantes con respecto a este cambio técnico para clarificar el lenguaje de la Propuesta F.
J
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La aprobación de esta iniciativa de ley le dará a la Ciudad la posibilidad de construir estaciones regionales de bomberos en dos o más sitios que hagan un total de menos de dos acres, o en un solo sitio que sea menor a dos acres, cuando el Departamento de Bomberos determine que la instalación puede diseñarse para satisfacer sus necesidades operativas.
En esta iniciativa de ley no se incluye ninguna autorización adicional de bonos o impuestos.
Esta iniciativa de ley entraría en vigencia con dos tercios de los votos.
DECLARACIÓN DEL IMPACTO FINANCIERO
POR WILLIAM T FUJIOKA, FUNCIONARIO ADMINISTRATIVO DE LA CIUDAD Este ajuste técnico al Programa de Bonos de la Propuesta F no provocará cambios en las obligaciones del servicio de la deuda de la Ciudad ni impactará el Fondo General más allá del costo de colocar la iniciativa de ley en la boleta electoral.
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ARGUMENTO A FAVOR DE LA PROPUESTA J
La aprobación de esta aclaración permitirá la construcción de nuevas estaciones Regionales de Bomberos/de Paramédicos en más de un lugar. La reducción de gastos es urgente para el público simplemente porque la compra de parcelas de tierra más pequeñas es más barata que un sitio comercial de dos acres más costoso y más grande. El propósito de la Propuesta F, en relación con las Estaciones Regionales de Bomberos/de Paramédicos, se alcanzará de una manera más eficiente.
Con la aprobación del cambio técnico a la Propuesta F, los Ciudadanos de Los Angeles acelerarán los plazos de construcción, reducirán los costos y permitirán mayor flexibilidad en la ubicación de las estaciones de bomberos. Los recursos del Departamento de Bomberos permanecerán disponibles en sus comunidades locales para la capacitación obligatoria y requerida.
Las Estaciones de Bomberos estarán más accesibles a la comunidad local; los vecindarios actuales quedarán intactos y se minimizará el impacto de la construcción de nuevas estaciones de bomberos en las comunidades aledañas. El Departamento de Bomberos continuará satisfaciendo completamente las necesidades operacionales para proteger la salud y seguridad públicas. El cambio permitirá la construcción de un plano de planta más flexible de la estación de bomberos, que mejorará el servicio a dichas comunidades.
Le pedimos que apoye este cambio técnico para asegurar que todas las áreas de la Ciudad cuenten con los servicios contra incendios necesarios al menor costo posible.
NO SE PRESENTÓ NINGÚN ARGUMENTO EN CONTRA DE ESTA INICIATIVA DE LEY.
TOM LABONGE Miembro del Concejo 4º Distrito
ERIC GARCETTI Miembro del Concejo 13º Distrito
WILLIAM R. BAMATTRE Jefe de Bomberos Ciudad de LA
PAT McOSKER Presidente UFLAC JOHN P. MILLER
Presidente
Asociación de Directores
Los argumentos impresos en esta página representan las opiniones de sus autores y su precisión no ha sido verificada por ninguna agencia Municipal.
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RESOLUCIÓN
Resolución que proporciona una propuesta para un cambio técnico de la Propuesta F, una iniciativa de ley de bonos de obligación general aprobada por los votantes el 7 de noviembre de 2000, para permitir que las estaciones de bomberos regionales financiadas por la Propuesta F se construyan en uno o más sitios que ocupen un total de no más de dos acres si el Departamento de Bomberos determina que al construirse la estación ésta satisfará por completo las necesidades de funcionamiento, para proteger la salud y seguridad públicas, que se someterá a una elección por parte de los votantes calificados de la Ciudad.
CONSIDERANDO QUE, los votantes aprobaron la Propuesta F el 7 de noviembre de 2000, autorizando la emisión de Bonos de Obligación General para financiar la construcción y rehabilitación de las estaciones de bomberos y refugios para animales en toda la Ciudad de Los Angeles; y
CONSIDERANDO QUE, la iniciativa de ley en la boleta electoral designó específicamente a cada una de las instalaciones de bomberos del vecindario como una estación de bomberos estándar o como una estación de bomberos regional, y que un informe al Concejo Municipal describió los requisitos de superficie en acres para una estación de bomberos estándar en un acre y para una estación de bomberos regional en dos acres debido a que las estaciones de bomberos regionales requieren espacio adicional para albergar salas de entrenamiento, áreas de entrenamiento, áreas de almacenamiento y mantenimiento de aparatos, e instalaciones de apoyo relacionadas; y
CONSIDERANDO QUE, el Abogado Municipal ha recomendado que cada proyecto de estación de bomberos debe cumplir con los requisitos mínimos de superficie en acres y que cada instalación debe estar en un sitio contiguo, de manera que actualmente cada estación de bomberos regional debe estar en un sitio de un mínimo de dos acres; y
CONSIDERANDO QUE, una de las instalaciones designadas como una estación de bomberos regional es una estación en reemplazo de la Estación de Bomberos 82, al servicio del área de Hollywood, y que hasta la fecha el personal de proyecto ha hecho todo lo posible para localizar y adquirir un sitio de dos acres para construir la Estación de Bomberos 82, que fue en vano ya que el costo extremadamente elevado de los terrenos en la zona para la que trabaja la Estación de Bomberos 82, junto con las restricciones presupuestarias, han impedido la adquisición del terreno adecuado que cumpla tanto con los requisitos de superficie en acres como con las necesidades de funcionamiento del Departamento de Bomberos, previniendo en consecuencia que ese proyecto avance; y
CONSIDERANDO QUE, el Departamento de Bomberos y el Ingeniero de la Ciudad han determinado que se puede construir una estación de bomberos regional completamente funcional en uno o más sitios con una extensión total de no más de dos acres y aún así diseñarse de manera que satisfaga por completo las necesidades de funcionamiento, pero de acuerdo con el Abogado Municipal, debido a las disposiciones técnicas de la Propuesta F, se requiere la aprobación de los votantes para permitir la construcción de una estación de bomberos regional en más de un sólo sitio con un mínimo de dos acres; y
CONSIDERANDO QUE el propósito del Concejo Municipal es asegurar que la comunidad de Hollywood reciba las instalaciones de bomberos que se prometieron como parte de la emisión de bonos, y hallar una solución responsable para entregar estas instalaciones modernas para la seguridad pública, y que encuentra que para poder proporcionar esas instalaciones de una manera económicamente accesible y dentro de las restricciones presupuestarias mientras se cumplen por completo todos los requisitos de funcionamiento, es necesario preparar una
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ordenanza para la presentación de una propuesta para que los votantes de la Ciudad realicen el cambio técnico necesario a la Propuesta F; y
CONSIDERANDO QUE, por medio de la presente la Ciudad de Los Angeles propone presentar a los votantes calificados de la Ciudad de Los Angeles en una Elección Especial que se convocará y consolidará con la Elección General Estatal a ser realizada el 7 de noviembre de 2006, una propuesta denominada como la Propuesta J, para efectuar un cambio técnico para permitir que se construyan las estaciones de bomberos financiadas por la Propuesta F en uno o más sitios con un total de menos de 2 acres si el Departamento de Bomberos decide que como fuere construida la estación satisfará por completo las necesidades de funcionamiento, y expresa su determinación de interés y necesidad pública con respecto a la misma;
RESUÉLVALO EL CONCEJO DE LA CIUDAD DE LOS ANGELES DE LA SIGUIENTE MANERA:
Sección 1. Que el interés y necesidad públicos requieren la finalización de la adquisición, mejora, construcción y rehabilitación de las mejoras municipales para proteger la salud y seguridad públicas autorizadas previamente por la adopción por parte de los votantes de la Propuesta F el 7 de noviembre de 2000, y la disposición de la preparación de una ordenanza para presentar una propuesta a los votantes calificados de la Ciudad en una Elección Especial que se convocará y consolidará con la Elección General Estatal a realizarse el 7 de noviembre de 2006, para permitir que las estaciones de bomberos regionales financiadas por la Propuesta F se construyan en uno más sitios que ocupen un total de menos de dos acres si el Departamento de Bomberos decide que como fuere construida la estación satisfará por completo las necesidades de funcionamiento.
Dichas mejoras municipales son necesarias y convenientes para poder llevar a cabo los objetos, propósitos y poderes de la Ciudad.
Que el costo de las mejoras municipales que se describen arriba se pagará según lo autorizaron previamente los votantes en la Propuesta F, y la aprobación de la enmienda técnica propuesta no resultará en un costo adicional para los contribuyentes.
Sección 2. Que el Secretario de la Ciudad debe presentarle al Concejo Municipal la ordenanza necesaria que disponga que se presente a los votantes calificados de la Ciudad la propuesta para efectuar el cambio técnico a la Propuesta F para los fines establecidos arriba en una Elección Especial que se convocará y consolidará con la Elección General Estatal a ser realizada el 7 de noviembre de 2006.
Sección 3. Que el Secretario de la Ciudad deberá publicar esta Resolución de Necesidad en el Folleto de Información para el Votante de Los Angeles para la Elección Especial que se convocará y consolidará con la Elección General Estatal a ser realizada el 7 de noviembre de 2006.
Sección 4. Que el Secretario de la Ciudad deberá certificar la adopción y aprobación de esta Resolución por el voto de dos tercios (2/3) del total de los miembros del Concejo, y deberá publicar esta Resolución una vez en un periódico de circulación diaria en la Ciudad.
Aprobado en cuanto a la forma y legalidad ROCKARD J. DELGADILLO, Abogado Municipal
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LÍMITE DE TÉRMINOS DE LOS MIEMBROS DE CONCEJO A TRES TÉRMINOS;
CABILDEO EN LA CIUDAD, FINANCIAMIENTO DE CAMPAÑAS Y LEYES DE ÉTICA.
ENMIENDA A LA CARTA CONSTITUTIVA Y ORDENANZA PROPUESTA R.
¿Debe enmendarse la Carta Constitutiva y adoptarse una ordenanza para: cambiar los límites de términos de los Miembros del Concejo a tres términos; restringir la posibilidad de los cabilderos de realizar contribuciones y donaciones para las campañas y convertirse en comisionados;
modificar los límites de registro de los cabilderos; requerir que los contratistas certifiquen conformidad con las leyes de cabildeo; ampliar las restricciones post-empleo de los funcionarios electos; requerir capacitación en ética; y modificar los requerimientos para los gastos independientes y las comunicaciones de las campañas?
RESUMEN IMPARCIAL
POR GERRY F. MILLER, ANALISTA LEGISLATIVO EN JEFE
Esta iniciativa de ley enmendaría la Carta Constitutiva de la Ciudad de Los Angeles con respecto a los límites de términos para los miembros del Concejo Municipal y las leyes de ética de la Ciudad. Los cambios adicionales a las leyes de ética se realizarían por ordenanza.
Esta enmienda de la Carta Constitutiva cambiaría el número de términos que un miembro del Concejo Municipal podría trabajar desde dos términos de 4 años a tres términos de 4 años. No habría otros cambios en cuanto a las restricciones actuales de los límites de términos.
Esta enmienda a la Carta Constitutiva también prohibiría que los cabilderos puedan ser designados Comisionados Municipales. Además, la Carta Constitutiva se enmendaría para prohibir contribuciones a las campañas por parte de cabilderos y firmas de cabildeo a funcionarios y candidatos, incluyendo a campañas, personas que ocupan cargos públicos y cuentas de defensa legal.
De acuerdo con esta iniciativa de ley, se realizarían por ordenanza varias revisiones de las leyes de ética de la Ciudad. En la actualidad se les permite a los funcionarios de la ciudad recibir donaciones con un valor de hasta $25. La ordenanza fortalecería esta restricción para que los funcionarios de la Ciudad, con algunas excepciones, no puedan recibir donaciones de ningún valor.
Cuando un funcionario elegido deja el cargo, actualmente se les prohíbe cabildear a las agencias de la Ciudad durante un año. La ordenanza prohibiría que los funcionarios de la Ciudad electos cabildeen a las agencias de la Ciudad durante dos años luego de que dejen el cargo.
Una vez que se otorgue un contrato, se requiere que los contratistas certifiquen que cumplirán con las leyes de cabildeo de la Ciudad, pero este requerimiento no se aplica en la actualidad a las firmas o a los individuos que licitan contratos con la Ciudad. La ordenanza requeriría que los licitadores de contratos con la Ciudad también certifiquen que cumplirán con las leyes de cabildeo de la Ciudad.
Según la ley actual, se requiere que los individuos u organizaciones que realicen gastos independientes informen montos de gastos de $1,000 o más cuando apoyen o se opongan a un candidato de la Ciudad. Se requiere un informe adicional más detallado si gastan más de
$10,000. No se necesitará ningún informe de los Gastos independientes en las iniciativas de ley
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de la boleta electoral. La ordenanza requeriría informes más detallados en caso de que los Gastos Independientes alcancen los $1,000 y además exigiría ese informe tanto para iniciativas de ley en la boleta electoral como para los candidatos. Se requeriría que los individuos y las organizaciones informen esas contribuciones desde el 1 de enero del año en que se realizara el gasto o desde la fecha en que se registrara la declaración de la última campaña.
Actualmente, se exige que las compañías y los individuos se registren como cabilderos en caso de que reciban $4,000 o más en compensación por actividades de cabildeo en un trimestre calendario. La ordenanza impondría requerimientos más rigurosos mediante la reducción del umbral de registro a $1,000 o más en compensación por cada tres meses consecutivos. Se exigirá que los individuos se registren como cabilderos en caso de que se les pague un total de 30 horas por actividades de cabildeo en tres meses consecutivos sin tener en cuenta la compensación recibida.
La ordenanza también definirá las comunicaciones de las campañas en la ley de la Ciudad para proporcionar esclarecimiento y revelación en las comunicaciones de las campañas. Dichas normativas no existen actualmente en la ley de la Ciudad. Esta nueva definición incorpora elementos de la ley estatal y otros documentos de normatividad que describen cómo deben diseñarse las comunicaciones. Establece, entre otras cosas, los requerimientos de exenciones de responsabilidad y revelación, fija estándares en cuanto a tamaños de letra y regula el contenido y la ubicación de las frases requeridas.
La ley estatal en la actualidad requiere capacitación en ética para los funcionarios y comisionados elegidos, como también otros funcionarios selectos de la Ciudad según lo designe el Concejo Municipal. Esta iniciativa de ley ampliaría las regulaciones de capacitación en ética exigiendo que todos los funcionarios de la Ciudad que completen formularios de revelación financiera reciban capacitación en ética cada dos años.
Esta iniciativa de ley entraría en vigencia con un voto mayoritario.
DECLARACIÓN DEL IMPACTO FINANCIERO
POR WILLIAM T FUJIOKA, FUNCIONARIO ADMINISTRATIVO DE LA CIUDAD El Funcionario Administrativo de la Ciudad informa que no hay impacto financiero para la Ciudad como resultado de la Iniciativa de ley de Enmienda a la Carta Constitutiva sobre Límites de Términos de los Miembros del Concejo/Reformas de Ética.
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ARGUMENTO A FAVOR DE LA ENMIENDA DE LA CARTA CONSTITUTIVA Y ORDENANZA PROPUESTA R El gobierno de nuestra Ciudad necesita una reforma.
La Propuesta R tiene estrictas reformas de ética nuevas y límites de términos que harían que el gobierno de la Ciudad sea más honesto, efectivo y responsable para los votantes. Reducirá el poder y la influencia de los intereses especiales y sus cabilderos pagados.
Esa es la razón por la cual la Liga de Mujeres Votantes de Los Angeles y la Cámara de Comercio del Área de Los Angeles iniciaron esta reforma.
• Un voto SÍ a la Propuesta R establece un límite de tres términos para los Miembros del Concejo Municipal para reducir el poder y la influencia de los burócratas del Ayuntamiento y los cabilderos.
• Un voto SÍ a la Propuesta R prohíbe que los funcionarios de la Ciudad acepten donaciones gratuitas de los cabilderos. Eso significa que no haya más comidas gratuitas y no haya más boletos para eventos deportivos o conciertos.
• Un voto SÍ a la Propuesta R prohíbe que los cabilderos realicen contribuciones para las campañas para los Miembros del Concejo Municipal, no permite que los cabilderos sean designados para ninguna Junta o Comisión de la Ciudad e impone estrictas reformas en cuanto a los licitadores de contratos.
• Un voto SÍ a la Propuesta R hace más estrictas las reglas de revelación para los millones de dólares en gastos independientes que se realizan en las elecciones de la Ciudad. La Propuesta R además requerirá una mayor revelación por parte de los candidatos en todas sus propagandas políticas.
• Un voto SÍ a la Propuesta R prohíbe que los ex funcionarios electos de la Ciudad cabildeen en contra de cualquier agencia o departamento de la Ciudad durante dos años luego de dejar el servicio para la Ciudad.
• Un voto SÍ a la Propuesta R requiere que los Miembros del Concejo Municipal, su personal y los Comisionados Municipales asistan a la capacitación obligatoria de ética.
La Propuesta R es el camino más efectivo para asegurar que el gobierno Municipal sea más honesto, efectivo y responsable para los votantes.
¡Por favor únase a nosotros y vote SÍ a la Propuesta R!
Los argumentos que se presentan en esta página son las opiniones de los autores y su precisión no ha sido verificada por parte de ninguna agencia municipal.
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PERSONAS QUE FIRMAN EL ARGUMENTO A FAVOR DE LA ENMIENDA A LA CARTA CONSTITUTIVA Y LA ORDENANZA PROPUESTA R
LIZA WHITE Presidenta
Liga de Mujeres Votantes de Los Angeles
DAVID NICHOLS Presidente
Cámara de Comercio del Área de Los Angeles
RICHARD RIORDAN
Antiguo Alcalde de Los Angeles
RAPHAEL SONENSHEIN Profesor de Ciencias Políticas NOAH MODISETT
Cofundador
Alianza de Consejos de Vecindarios de la Ciudad
PAT McOSKER Presidente
Bomberos Unidos de la Ciudad de Los Angeles
ELISE BUIK Presidenta y CEO
United Way of Greater Los Angeles
JOHN W. MACK
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REFUTACIÓN AL ARGUMENTO A FAVOR DE LA ENMIENDA DE LA CARTA CONSTITUTIVA Y ORDENANZA PROPUESTA R
El gobierno de nuestra Ciudad necesita una reforma. La iniciativa de ley R no es una VERDADERA reforma.
La iniciativa de ley R fue tan apresurada, que ni aquellos que la apoyan saben lo que dice.
Tuvimos que obligarlos a admitir errores puntuales y a borrarlos del argumento original.
Si ellos no saben lo que la Iniciativa de ley R dice, ¿por qué tenemos que confiar en lo que dicen que hace?
Afirman que la Iniciativa de ley R "establece" límites de términos – como si ya no los tuviéramos.
La Iniciativa de ley R suaviza los límites actuales y más estrictos.
Afirman que la Iniciativa de ley R crea "nuevos" requerimientos de capacitación en ética para todos los funcionarios de la ciudad. ¡La ley de California ya requiere esta capacitación!
Prohibir las donaciones a los políticos es una idea estupenda. La Iniciativa de ley R no lo hace.
La Iniciativa de ley R no detiene la verdadera fuente de dinero que circula hacia los políticos – inversionistas ricos que contratan a los cabilderos. En su lugar, la Iniciativa de ley R sólo recorta el tope de donaciones anuales de $25 de los grupos de presión. ¡Gran cosa!
Además… si los políticos TODAVÍA no saben que está mal aceptar 'comidas, viajes y boletos' de parte de los intereses especiales - ¿por qué tenemos que darles cuatro años más?
GREG NELSON
Gerente General (Jubilado)
Departamento de Fortalecimiento Vecinal
WILLIAM J. MURRAY Presidente
Vigilancia Policial de Los Angeles CINDY CLEGHORN
Presidenta
Consejo de Vecindarios de Sunland y Tujunga
BENNETT S. KAYSER Presidente
Comité para un Gobierno de la Ciudad más Receptivo con Participación de la Ciudadanía, Comisión Elegida de la Reforma de la Carta Constitutiva JASON LYON
Ex Copresidente
Consejo de Vecindarios de Silver Lake
JEFF JACOBBERGER Miembro
Comisión de Supervisión del Consejo de Vecindarios
EDWIN RAMIREZ Presidente
Consejo de Vecindarios de Pacoima
FRANK WADA
Miembro de Junta Directiva
Consejo de Vecindarios de Lincoln Heights ROBERT LAMISHAW
Ex Presidente
Cámara de Comercio de Mid Valley
HEINRICH V. KEIFER Ex Presidente
Cámara de Comercio de Highland Park
Los argumentos que se presentan en esta página son las opiniones de los autores y su precisión no ha sido verificada por parte de ninguna agencia municipal.
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ARGUMENTO EN CONTRA DE LA ENMIENDA A LA CARTA CONSTITUTIVA Y ORDENANZA PROPUESTA R.
"HAN ENGAÑADO A LOS HABITANTES DE LOS ANGELES."
- Abogado Municipal Rocky Delgadillo sobre la Iniciativa de ley R
Si usted cree en un gobierno abierto y transparente…
Si cree en reglas de ética firmes que limiten a los poderosos cabilderos…
Si cree que los políticos deben ser honestos con los votantes…
Rechace la Iniciativa de ley R.
La Iniciativa de ley R fue redactada POR cabilderos. El Abogado Municipal Delgadillo afirma que la Iniciativa de ley R "debilita las leyes éticas actuales, coloca a la ciudad en riesgo legal y engaña a los votantes."
La Iniciativa de ley R esconderá a los cabilderos de la opinión pública hasta después de que ganen favores para un cliente. Tira la transparencia por la ventana.
La Iniciativa de ley R no dice lo que en realidad hace: extender los límites de términos del concejo municipal. Los políticos piensan que usted sólo aprobará una extensión si está oculta bajo "reformas éticas." ¿Por qué no ser honestos y pedirles otro término a los votantes?
El Concejo Municipal se apresuró para aprobar la Iniciativa de ley R para la boleta electoral sólo unas horas después de recibirla, con el simple objetivo de mantener su trabajo durante cuatro años más y:
• rechazó el consejo legal de su Abogado Municipal;
• se negó a permitir que su Comisión de Ética repasara la propuesta aunque los votantes crearon este grupo de vigilancia para supervisar las reglas de ética;
• le negó a la Gente la misma oportunidad de ser escuchados que la Cámara de Comercio;
• notificó de manera inadecuada a su Consejo de Vecindarios, como lo requiere la Carta Constitutiva de la Ciudad;
Hasta la Cámara de Comercio del Área de Los Angeles, que patrocinaba la Iniciativa de ley R, dice "los votantes merecen una discusión franca y abierta" con respecto a estos asuntos. Sin embargo los votantes nunca la tuvieron. En su lugar obtuvimos falsos cambios "éticos"
apresurados por el Ayuntamiento.
Los argumentos que se presentan en esta página son las opiniones de los autores y su precisión no ha sido verificada por parte de ninguna agencia municipal.
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El Comisionado de Ética Bill Boyarsky se refirió a la Iniciativa de ley R como "vergonzosa" y dijo que el Concejo Municipal "demostró menosprecio absoluto por la Comisión de Ética." (Los Angeles Times, 8-3-06)
El Daily News afirma que la Iniciativa de ley R "no tiene nada que ver con reformar la ética y que tiene mucho que ver con confundir a los votantes para que voten por este proyecto mal concebido."
Iniciativa de ley R: Un absurdo.
Vote No.
JEFF JACOBBERGER Miembro
Comisión de Supervisión del Consejo de Vecindarios
JASON LYON Ex Copresidente
Consejo de Vecindarios de Silver Lake
PAT HERRERA DURAN Ex Vicepresidente Junta de Vecindarios
PASTOR A.J. MORA Miembro de Junta Directiva
Comisionados del Consejo de Vecindarios de Arroyo Seco
HUMBERTO CAMACHO Miembro de Junta Directiva
Unión de Consejos de Vecindarios de Pico
ANTHONY BUTKA Miembro
Liga de Mujeres Votantes de Los Angeles RICHARD CLOSE
Presidente
Asociación de Propietarios de Sherman Oaks
SOLEDAD GARCÍA Miembro de Junta Directiva Consejo de Vecindarios de Coastal San Pedro
JULIAN ROGERS Presidente
Congreso Facultativo
Consejo de Desarrollo de Vecindarios del Área Sudeste
JILL BANKS BARAD Presidente
Alianza de Consejos de Vecindarios de Valley
Los argumentos que se presentan en esta página son las opiniones de los autores y su precisión no ha sido verificada por parte de ninguna agencia municipal.
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REFUTACIÓN AL ARGUMENTO EN CONTRA DE LA ENMIENDA A LA CARTA CONSTITUTIVA Y ORDENANZA PROPUESTA R.
La Propuesta R REFORMA el gobierno de la ciudad y fue redactada por la Liga de Mujeres Votantes de Los Angeles para AUMENTAR la capacidad de nuestros representantes de servir a los votantes mientras RESTRINGEN la influencia de los cabilderos y de los intereses especiales.
La oposición es sobre los políticos y no sobre política pública. Los que se oponen quieren posponer las reformas de ética.
Piensan que podemos esperar. Nosotros consideramos que los votantes quieren nuevas reformas estrictas para refrenar el poder de los intereses especiales ahora antes de que otro escándalo de ética afecte al Ayuntamiento.
La Propuesta R se colocó de manera adecuada en la Boleta Electoral de la Elección General de noviembre y no en la boleta electoral de marzo de 2007 precisamente para que cientos de miles más de ciudadanos puedan ser escuchados en lo que respecta a la reforma de ética. Queremos un voto de la gente.
Por favor únase a la Liga de Mujeres Votantes, a la Cámara de Comercio del Área de Los Angeles, a los bomberos y a los líderes de la comunidad que apoyan la reforma de ética ahora.
Vote SÍ a la Propuesta R.
LIZA WHITE Presidenta
Liga de Mujeres Votantes de Los Angeles
GARY TOEBBEN Presidente
Cámara de Comercio del Área de Los Angeles
RICHARD RIORDAN
Antiguo Alcalde de Los Angeles
ED AVILA
Alianza para una Comunidad Mejor CECILIA NUNEZ
Activista de la Comunidad
PAT McOSKER Presidente
Bomberos Unidos de la Ciudad de Los Angeles
JOE TURNER
Miembro de la Junta del Consejo de Vecindarios 9º Distrito
WILLIS EDWARDS
Miembro de la Junta Nacional NAACP
Los argumentos que se presentan en esta página son las opiniones de los autores y su precisión no ha sido verificada por parte de ninguna agencia municipal.
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ENMIENDA A LA CARTA CONSTITUTIVA Y PROPUESTA DE ORDENANZA R
Sección 1. La Sección 206 de la Carta Constitutiva de la Ciudad de Los Angeles se enmienda para que diga:
Sec. 206. Límites en los Períodos.
Ninguna persona puede desempeñarse por más de dos períodos como Alcalde. Ninguna persona puede desempeñarse por más de dos períodos como Abogado Municipal. Ninguna persona puede desempeñarse por más de dos períodos como Contralor. Ninguna persona puede desempeñarse por más de dos tres períodos como miembro del Concejo Municipal.
Estas limitaciones en el número de períodos sólo se aplicarán a los períodos que comenzaron el 1 de julio de 1993 o después. Estas limitaciones en el número de períodos no se aplicarán a ningún período sin finalizar en el que sea electa o designada una persona, si el resto del período es menor a la mitad del período completo.
Sec. 2. La Subsección (c) de la Sección 470 de la Carta Constitutiva de la Ciudad de Los Angeles se enmienda con el agregado de una nueva Subdivisión (11) para que diga:
(11) Ningún funcionario Municipal electo o candidato para el cargo Municipal electivo, ni ninguno de sus comités Municipales controlados, solicitarán o aceptarán ninguna contribución para el funcionario o candidato, o para cualquiera de sus comités Municipales controlados, de parte de un cabildero o firma de cabildeo inscripta para cabildear por el cargo Municipal para el cual el candidato trata de ser electo, o por el cargo Municipal actual, comisión, departamento, oficina o agencia del candidato o funcionario. Ninguna persona que por ordenanza deba estar inscripta como cabildero o firma de cabildeo, realizará ninguna contribución a un funcionario Municipal electo o candidato para el cargo Municipal electivo, ni a ninguno de sus comités Municipales controlados, en caso de que al cabildero o a la firma de cabildeo se le exija por ordenanza estar inscripto para cabildear por el cargo municipal para el cual el candidato trata de ser electo, o por el cargo Municipal actual, comisión, departamento, oficina o agencia del candidato o funcionario.
Sec. 3. La Subsección (I) de la Sección 470 de la Carta Constitutiva de la Ciudad de Los Angeles se enmienda para que diga:
(l) Gastos de Campaña – No controlados por el Candidato o el Comité. Las personas u organizaciones que no estén sujetas al control de un candidato o comité pero que realicen gastos independientes por o en contra de un candidato o comité deberán indicar claramente en cualquier material publicado, exhibido o emitido que no fue autorizado por un candidato o un comité controlado por un candidato cumplir con los requisitos aplicables de descargo de responsabilidad establecidos por ordenanza.
Sec. 4. La Subsección (d) de la Sección 501 de la Carta Constitutiva de la Ciudad de Los Angeles se enmienda para que diga:
Las nuevas disposiciones o el lenguaje agregado a la Carta Constitutiva o a las secciones existentes de la misma se muestran en texto subrayado; las palabras eliminadas de la Carta Constitutiva o de las secciones existentes de la misma se muestran en texto tachado.