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Contrato entre la Comisión Nacional de Energía de Chile y el Organismo de Seguridad Radiológica y Nuclear de Finlandia

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Estudio de la Comisión Nacional de Energía de Chile:

Marco Regulador Nuclear: Experiencia Internacional

Contrato entre la Comisión Nacional de Energía de Chile y el Organismo de Seguridad Radiológica y Nuclear de Finlandia

Preparado por

Organismo de Seguridad Radiológica y Nuclear de Finlandia

(STUK)

RESUMEN

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ÍNDICE

1 Introducción

2 Resumen del avance del proyecto desde el inicio

3 Generalidades sobre los marcos relativos a la seguridad nuclear internacional 3.1 Enfoque seleccionado

3.2 Legislación

3.3 Sistema de regulaciones

3.4 Sistema de otorgamiento de permisos 3.5 Estructura de organización gubernamental

3.6 Organismo regulador y sus funciones y estructura organizativa 3.7 Sistema de generación de electricidad

3.8 Plantas de energía nuclear en operación y en construcción 3.9 Organizaciones de propietario/ operador

3.10 Infraestructura industrial de respaldo

3.11 Administración de desechos y combustible nuclear 3.12 Institutos y organizaciones de investigación y desarrollo 3.13 Recursos humanos

3.14 Futuros programas nucleares

4. Modelo regulador conceptual para seguridad nuclear

5. Aplicación del modelo conceptual a la infraestructura de regulación chilena 6. Conclusiones

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1.

Introducción

El Proyecto

Este proyecto se basa en el contrato suscrito entre la Comisión Nacional de Energía, CNE de Chile y el Organismo de Seguridad Radiológica y Nuclear (STUK) de Finlandia /1a/ sobre la base de la licitación para el estudio: Marco Regulador Nuclear: Experiencia Internacional /1b/. El objetivo del estudio es tener una visión global de la experiencia internacional con relación a los Marcos Reguladores vigentes, para la generación eléctrica nuclear en la forma de modelos conceptuales. La aplicación del modelo conceptual al marco regulador chileno existente también es un objetivo para este estudio.

Antecedentes sobre la energía nuclear en Chile

El uso pacífico de la energía nuclear en Chile data de 1965 cuando, de conformidad con la Ley N° 16.319 /1b/, se creó la Comisión Chilena de Energía Nuclear (CCHEN). La CCHEN es responsable de “manejar los problemas relativos a la producción, adquisición, transferencia, transporte y uso pacífico de energía atómica y materiales fértiles, físiles y radioactivos”. De acuerdo a la Ley N° 18.302 sobre Seguridad Nacional, la CCHEN es responsable de regular, supervisar, controlar e inspeccionar sus propias instalaciones nucleares y radioactivas y las instalaciones radioactivas de 1ª categoría (las más grandes del país). Las otras instalaciones radioactivas, de 2ª y 3ª categoría, son reguladas e inspeccionadas por las Secretarías Regionales (SEREMIs) del Ministerio de Salud.

Las instalaciones de las que la CCHEN es responsable, comprenden aquellas de naturaleza industrial, tales como plantas de irradiación, el tratamiento de desechos radioactivos, la producción y uso de isótopos radioactivos, radiografía y gamagrafía industrial, e instalaciones médicas tales como equipos de teleterapia, aceleradores lineales, bombas de cobalto y equipos de braquioterapia y medicina nuclear. En la actualidad, existen 444 instalaciones industriales y médicas, con 607 operadores, que están dentro de esta categoría y son controladas e inspeccionadas por la CCHEN. Los Acuerdos sobre cooperación nuclear con países europeos y Estados Unidos, así como también la asistencia técnica recibida de la IAEA, contribuyeron a la formación de un grupo de profesionales, civiles y militares, que respaldaron a la CCHE en la instalación de los reactores experimentales de La Reina y Lo Aguirre.

Chile ha firmado tratados y convenios nucleares que incluyen, entre los más importantes /1b/:

(a) Tratado para la Prohibición de Armas Nucleares en América Latina y el Caribe (Tratado de Tlatelolco), ratificado por Chile en 1974.

(b) Tratado sobre la No Proliferación de Armas Nucleares (TNP), ratificado por Chile en 1995, bajo el cual el país está sujeto al sistema de protecciones de la IAEA.

(c) Convenios sobre Protección Física de Material Nuclear, ratificado en 1994. (d) Convenio sobre Seguridad Nuclear, ratificado en 1996.

(e) Tratado de Prohibición Total de Pruebas Nucleares, ratificado en 2000. (f) Convenio de Notificación Temprana de Accidentes Nucleares y Convenio de Asistencia en Caso de Accidentes Nucleares o Emergencias Radiológicas, ratificados en 2005.

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Organización del proyecto

El Organismo de Seguridad Radiológica y Nuclear (STUK) era el líder del Consultor.

Los conocimientos técnicos eran proporcionados por el siguiente regulador nuclear finlandés y su soporte técnico:

• Organismo de Seguridad Radiológica y Nuclear (STUK)

o Sr. Hannu Koponen

o Sr. Ilari Aro

• Consultor de STUK en asuntos relativos a la industria nuclear

o Sr. Ami Rastas

• Finpro

o Sra. Heta Pyhälahti

o Sr. Christian Peña-Ratinen

o Sr. Pekka Tolonen

El grupo homólogo CNE estaba constituido por dos profesionales de alto rango, encabezados por el Jefe del Área de Estudios, Sr. Claudio Huepe Minoletti y la Sra. Carolina Hernández. Mantuvieron contacto con los profesionales de alto rango de la Comisión Chilena de Energía Nuclear (CCHEN), la Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAMA), el Ministerio de Salud (MINSAL) y el Ministerio de Minería (MIM).

Los detalles para la ejecución del proyecto se incluyeron en los Términos de Referencia (ToR) /1b/. La fecha de inicio del proyecto fue 17 de Diciembre de 2008 y la fecha de término 8 de Abril de 2009.

2.

Resumen del avance del proyecto desde el inicio

El proyecto se llevará a cabo entre el 17 de Diciembre de 2008 y el 8 de Abril de 2009. La Reunión Inicial, a mediados de Diciembre, se organizó en Santiago de Chile en las oficinas CNW, donde se analizaron y convinieron las actividades, incluido el calendario. Durante la reunión, los señores Ilari Aro y Christian Peña-Ratinen visitaron diversas organizaciones chilenas y sostuvieron conversaciones para recibir información importante sobre la situación chilena y el rol de las distintas organizaciones. El representante de la STUK, Sr. Ilari Aro, también presentó las prácticas concernientes a los marcos legislativos y reguladores de Finlandia, las que se analizaron con los miembros del comité chileno de la CNE.

El Consultor preparó y entregó a la CNE el Informe de Inicio de las Actividades a fines de Diciembre de 2008, detallando el plan de trabajo. El Consultor entregó el Informe de Desarrollo de Actividades a fines de Enero de 2009, presentando la información sobre el avance de las Tareas 1 y 2, con el objeto de analizar las experiencias internacionales con relación a los marcos reguladores nucleares para la generación de energía eléctrica nuclear. En el análisis se utilizaron los marcos reguladores y sistemas de generación eléctrico-nuclear de Argentina, Brasil, Canadá, EE.UU., España, Finlandia, Francia y la República de Corea.

Durante Febrero de 2009, se efectuó un análisis más detallado de los resultados generales para evaluar las ventajas y desventajas de llegar a conclusiones útiles para el desarrollo de las prácticas reguladoras nucleares

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chilenas. Se identificó un modelo conceptual para el marco regulador nuclear y se especificaron las funciones para cada organización, además de las responsabilidades y atribuciones, incluyendo el grado de autonomía e independencia de cada una. Además, se aplicó el modelo conceptual a la infraestructura chilena existente. Los resultados preliminares se presentaron a fines de Febrero de 2009 y se analizaron durante la reunión final y el taller específico realizado la primera semana de Marzo. Los comentarios presentados se tomaron en cuenta en el informe final. Los resultados del trabajo de análisis se presentan en este informe.

3.

Generalidades sobre los marcos relativos a la seguridad nuclear

internacional

3.1 Enfoque seleccionado

En el análisis de las experiencias internacionales se utilizaron los sistemas de generación eléctrico-nuclear y marcos reguladores en los países seleccionados de referencia, como Argentina, Brasil, Canadá, Estados Unidos, España, Finlandia, Francia y la República de Corea. En algunos capítulos, se proporciona mayor información referente a uno de los países, para entregar un ejemplo más detallado. El objetivo en la Tarea 1 era analizar las industrias nucleares a través de la selección de parámetros/ asuntos claves, teniendo un efecto en los marcos reguladores nucleares. De manera similar, en la Tarea 2 se seleccionaron los asuntos claves para los marcos reguladores nucleares y, además, se presentaron y analizaron. En este capítulo se presentan los resultados combinados de las Tareas 1 y 2 y se extraen las conclusiones y hallazgos claves para el desarrollo del marco regulador chileno.

Los asuntos claves seleccionados son los siguientes:

• Legislación

• Sistema de regulaciones

• Sistema de otorgamiento de permisos

• Estructura organizativa gubernamental

• Organismo regulador y sus funciones y estructura organizativa

• Sistema de generación de electricidad

• Plantas de energía nuclear en operación y en construcción

• Organizaciones del propietario/ operador

• Infraestructura industrial de respaldo

• Administración de desechos y combustible nuclear

• Organizaciones de investigación y desarrollo

• Recursos humanos

• Futuros programas nucleares

El material de referencia se presenta por país en el Informe de Desarrollo de Actividades /2/, en caso de necesitarse información específica para el país.

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3.2 Legislación

La producción de energía nuclear es una actividad útil pero potencialmente peligrosa. Por lo tanto, es una práctica normal que el Parlamento apruebe una ley para controlar la actividad, de manera que no cause daños a terceras personas y para establecer un organismo regulador para el control de la actividad. En la ley, el Parlamento también entrega poderes al organismo regulador y define los procedimientos de otorgamiento de permisos para las instalaciones de producción.

Existen dos artículos vinculantes (Artículo 7 y Artículo 8) en el Convenio sobre Seguridad Nuclear /3/ referentes a los marcos reguladores nucleares y legislativos, en el caso del uso de la energía nuclear.

El Artículo 7 del Convenio sobre Seguridad Nuclear referente al marco regulador y legislativo exige que:

• Cada parte contratante establezca y mantenga un marco regulador y legislativo que controle la seguridad de las instalaciones nucleares.

• El marco regulador y legislativo:

o Establezca regulaciones y requerimientos de seguridad nacional aplicables.

o Proporcione un sistema de otorgamiento de permisos con relación a las instalaciones nucleares y a la prohibición de operar una instalación nuclear sin autorización.

o Proporcione un sistema regulador de inspección y evaluación de las instalaciones nucleares, para determinar el cumplimiento de las regulaciones aplicables y términos de los permisos.

o Haga cumplir las regulaciones aplicables y los términos de los permisos, incluyendo la suspensión, modificación o revocación.

Artículo 8 del Convenio sobre Seguridad Nuclear respecto al organismo regulador exige que:

• Cada parte contratante establezca o designe un organismo regulador encargado de implementar el marco regulador y legislativo mencionado en el Artículo 7 y con la autoridad, competencia y recursos humanos y financieros adecuados para cumplir con las responsabilidades asignadas.

• Cada parte contratante adoptará los pasos adecuados para garantizar una separación efectiva entre las funciones del organismo regulador y de los otros organismos u organizaciones interesadas en la promoción o utilización de energía nuclear.

Todos los países mencionados cuentan con los correspondientes marcos legislativos para regular la seguridad de las instalaciones nucleares. El marco legislativo establece:

o Requerimientos y regulaciones nacionales de seguridad.

o Un sistema de otorgamiento de permisos.

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Sin embargo, existen diferencias en cada país respecto a dónde y cómo se presentan estos asuntos en las leyes y regulaciones.

3.3 Sistema de regulaciones

El Artículo 7 del Convenio sobre Seguridad Nuclear en el marco regulador y legislativo, exige que dicho marco proporcione el establecimiento de requerimientos y regulaciones de seguridad nacional aplicables.

El Convenio sobre Seguridad Nuclear proporciona una serie de requerimientos obligatorios para las Partes Contratantes. La Agencia Internacional de Energía Atómica IAEA publica un conjunto integral de Normas de Seguridad, incluyendo Requerimientos y Pautas de Seguridad. Las Normas de Seguridad de la IAEA no son obligatorias para los Estados Miembros, pero proporcionan una buena base para el desarrollo de regulaciones a nivel nacional. Además, otras organizaciones internacionales como WENRA (Asociación de Reguladores Nucleares de Europa Occidental), han publicado pautas de seguridad para que sus miembros las utilicen en trabajos de desarrollo a nivel nacional.

La Comisión de Regulación Nuclear (NRC) de Estados Unidos proporciona un conjunto integral de regulaciones nucleares y pautas de regulación a nivel nacional. En un comienzo y también en la actualidad, muchos países utilizan las pautas de la NRC directamente si la entrega del reactor la realiza Estados Unidos o si fue fabricado con autorización de dicho país. Para muchos países, tales como Finlandia, las pautas de regulación de EE.UU. conformaron un modelo y una referencia importante, en un comienzo, aunque los reactores fueran de otro origen. Muchos proveedores hacían y siguen haciendo referencia a las pautas de EE.UU. en sus Informes de Análisis de Seguridad para proporcionar un entendimiento común para el caso de seguridad. Las regulaciones de EE.UU., así como también las pautas de menor nivel, se encuentran disponibles en la página web estadounidense de la NRC. /7/

Para los países o los programas nucleares más pequeños, el desarrollo de las propias regulaciones de seguridad y pautas de regulación es una tarea compleja. Significa que algunas de las pautas pueden existir en la base nacional, pero hay algunas pautas que faltan. En tales casos, pueden consultarse las pautas de seguridad internacionales, por ej.: del país del que proviene el reactor, o las Normas de Seguridad IAEA. En algunos países, la industria crea normas técnicas que luego son aprobadas por el organismo regulador. Para la creación de regulaciones y pautas de regulación, por lo general se consulta la pirámide reguladora para efectuar una comparación con el estado de los distintos niveles legislativos (ley, decreto, orden ministerial, etc.), reglamentaciones, pautas de regulación y normas técnicas, debido a que, por lo general, los nombres en los distintos países también difieren. La Figura 2 incluye un ejemplo de Finlandia. A continuación se refleja el estado de desarrollo en los países de referencia y sujetos a comparación.

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Figura 2. Pirámide de regulación en Finlandia

3.4 Sistema de otorgamiento de permisos

Por lo general, el sistema de regulación consiste en la aprobación del sitio y en los permisos de construcción, puesta en servicio, operación y desmantelamiento. Las figuras 2 y 3 proporcionan el ejemplo más reciente de la planificación y los procedimientos de otorgamiento de permisos en Finlandia. Existe una variación entre los países respecto a la forma en que destacan el rol de aprobación del sitio y a cómo sincronizan los permisos de operación.

Figura 2. Participantes del proceso de otorgamiento de permisos para instalaciones nucleares.

Constitución Parlamento

Leyes Parlamento

Decretos Presidente, Gobierno o Ministros

Pautas de regulación STUK (seguridad radiológica y nuclear Normas técnicas Organizaciones de regulación

Estructura jerárquica de las regulaciones de seguridad Constit

GOVERNMENT:

Makes licensing decisions

Ministry of Employment and the Economy:

Conducts preparations

STUK (regulatory body)

Public, other authorities, and expert organizations

APPLICANT Suppliers -nuclear industry MUNICIPALITY OF PLANT SITE Consejo Solicitud Revisión y supervisión de regulación Declaración sobre seguridad

Opiniones

Participantes del proceso de otorgamiento de permisos para instalaciones nucleares

Acuerdo en terreno

PARLIAMENT:

Confirms Decision in Principle

Expert organizations

Three step licensing: •Decision in Principle •Construction Permit •Operating License

Documentos diseño

GOBIERNO:

Toma decisión sobre el permiso

Ministerio de Economía y Trabajo:

Efectúa preparaciones

STUK (Org. regulador)

Público, otras autoridades, y organizaciones expertas SOLICITANTE Proveedores Industria nuclear MUNICIPALIDAD SEL SITIO DE LA PLANTA PARLAMENTO:

Confirma Decisión en Principio

Organizaciones expertas

Permiso de tres pasos: •Decisión en principio •Permiso de construcción •Permiso de operación

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Figura 3. Programa para el otorgamiento de permisos de la planta de energía nuclear Olkiluoto 3.

Algunos países otorgan permisos de operación durante toda la vida útil estimada para la planta, en tanto otros países otorgan permisos para un período de tiempo más breve. También existe una diferencia en quién otorga el permiso: gobierno, ministerio u organismo regulador. Por lo general, el permiso para el sitio y la Evaluación del Impacto Medioambiental son un paso inicial importante dentro del esquema del proceso de otorgamiento de permisos.

3.5 Estructura de organización gubernamental

En base al Convenio sobre Seguridad Nuclear, el tema clave en la disposición del gobierno es que el organismo regulador para la seguridad radiológica y nuclear se separe efectivamente de las organizaciones que promueven el uso de energía nuclear. Existen varias posibilidades para disponer la separación efectiva. El Anexo 2 presenta las disposiciones organizativas gubernamentales de los organismos reguladores para la seguridad radiológica y nuclear en los países de referencia. El informe comparativo de regulación OECD / NEA del año 2001/12/, proporciona información detallada sobre organizaciones reguladoras a nivel de gobierno y de regulación en países OECD.

En Argentina, la AR, el organismo regulador, informa al Secretario del Poder Ejecutivo Nacional. En Brasil, el organismo regulador, la Comisión Nacional de Energía Nuclear - CNEN, opera bajo el control del Ministerio de Ciencias y Tecnología, y el Instituto del Medio Ambiente y los Recursos Naturales Renovables – IBAMA, opera bajo el control del Ministerio del Medio Ambiente. La Comisión de Seguridad Nuclear Canadiense opera bajo el control del

Estudios de factibilidad

Pasos para el otorgamiento de permisos - Programa Olkiluoto 3

Decision in Principle

Construction License

Operating License

Licitación y preparación sitio

Construcción Mayo 1998 -– Mayo 2002 – Febrero de 2005 ? Política energética Seguridad nuclear

Siting including EIA

Decisión en Principio

Permiso construcción

Permiso para operar

?

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parlamento, a través del Ministro de Recursos Naturales, que presenta los temas al Gobierno cuando es necesario. La Comisión de Regulación Nuclear (NRC) en EE.UU. opera independientemente, bajo el control del Presidente y del Gobierno. /4-7/

En España, varias autoridades desempeñan la función reguladora. El Gobierno está a cargo de la política energética y anuncia las regulaciones obligatorias. El Ministerio de Turismo, Industria y Comercio otorga los permisos relacionados con las instalaciones nucleares y presenta las propuestas para el desarrollo de las actuales regulaciones. El Consejo de Seguridad Nuclear proporciona informes obligatorios sobre seguridad radiológica y nuclear. /8/

En Finlandia, el organismo regulador, Autoridad Radiológica y Nuclear – STUK, opera bajo el control del Ministerio de Asuntos Sociales y Salud. Esta disposición recalca la independencia del organismo regulador con relación a la promoción de la energía nuclear. El Ministerio de Economía y Trabajo es el organismo administrativo para el uso de energía nuclear y administra el proceso de otorgamiento de permisos. STUK proporciona, sobre la base de la Ley de Energía Nuclear, la declaración sobre seguridad nuclear que es obligatoria (derecho a veto) para los efectos del otorgamiento de permisos. En lo que respecta a la respuesta de emergencia, el Ministerio del Interior es responsable de la defensa pública. STUK es un organismo experto en asuntos relacionados con la seguridad radiológica y nuclear. /9/

En Francia, el Parlamento está involucrado en la seguridad nuclear y en la protección radiológica, especialmente a través de la aprobación de leyes. El parlamento cuenta con una oficina para la evaluación de las opciones científicas y tecnológicas que comprenden dieciocho MPs y dieciocho Senadores. La oficina es responsable de informar al Parlamento sobre las consecuencias de las opciones científicas o tecnológicas, para principalmente ayudarle en sus decisiones. El informe anual del organismo regulador ASN se presenta a la oficina en una sesión pública. De acuerdo con la constitución francesa, el gobierno, encabezado por el Primer Ministro, ejerce la facultad de regulación. Por lo tanto, el gobierno es responsable de establecer las regulaciones técnicas generales referentes a la seguridad nuclear y protección radiológica. La ley 2006 también le asigna la responsabilidad de tomar decisiones importantes respecto a las instalaciones nucleares. Se exige consultar a la ASN respecto a los decretos reguladores provisionales y órdenes sobre seguridad nuclear. También tiene acceso a organismos consultores, tales como el comité consultivo para instalaciones nucleares básicas, el comité superior para información y transparencia de la seguridad nuclear y el consejo superior para la salud pública. El gobierno es responsable de la protección civil en caso de emergencias. Los ministros responsables de la seguridad nuclear, tal como se estipula en la ley de 2006, son el ministro de Economía, Hacienda y Trabajo y el ministro de Ecología y Desarrollo Sostenido. Si es necesario, definen las regulaciones generales aplicables a las actividades nucleares en base a la propuesta de la ASN. Bajo la autoridad conjunta de los ministros responsables de la seguridad nuclear y la protección radiológica, se ha establecido una unidad para asistirlos. La unidad se ubica al interior del Ministerio de Economía, Hacienda y Trabajo. Los prefectos son los representantes del Estado y los garantes del orden público en el departamento bajo su responsabilidad. Son responsables de la seguridad civil, de las

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medidas preventivas aplicables a la población y de las medidas de emergencia en caso de un accidente. Estas medidas les son propuestas por la ASN. /10/

En la República de Corea, el Ministerio de Ciencias y Tecnología (MOST por sus siglas en inglés), que corresponde al organismo regulador de seguridad nuclear, cuenta con la total autoridad y responsabilidad por las regulaciones de seguridad, incluyendo la emisión de permisos y autorizaciones para instalaciones nucleares y está libre de la intervención de otros Ministerios en el área de regulación de seguridad. El Ministro que se une a la Comisión de Energía Atómica como un miembro de oficio, participa en la toma de decisiones sobre las principales políticas nacionales relacionadas con el desarrollo y utilización de energía nuclear. La relación del organismo regulador con las organizaciones responsables de la promoción y utilización de energía nuclear es la siguiente: MOST desempeña las funciones reguladoras para la construcción y operación de instalaciones nucleares. MOST también opera la Comisión de Seguridad Nuclear, una organización independiente, para aumentar la objetividad en la regulación de la seguridad. /11/

3.6 Organismo regulador y sus funciones y estructura organizativa

El organismo regulador deberá contar con la adecuada autoridad, competencia y recursos humanos para cumplir con las responsabilidades que se le han asignado.

En esencia, la norma GS-R-1 sobre Requerimientos de Seguridad de la IAEA, presenta requerimientos similares en su artículo 2.2 /13/. La norma GS-R-1 sobre Requerimientos de Seguridad de la IAEA, presenta un modelo de organización ideal en los capítulos 4 y 5, en base a las funciones (actividades) del organismo regulador. La IAEA también ha publicado pautas más detalladas sobre las funciones de regulación, tales como autorización, revisión y evaluación, inspección y aplicación, desarrollo de regulaciones y respuesta de emergencia, etc. /14 - 17/.

La norma GS-R-1 sobre Requerimientos de Seguridad de la IAEA, exige lo siguiente con relación a los mecanismos legislativos y gubernamentales de los Estados:

• Se deberá establecer y mantener un organismo regulador que será efectivamente independiente de las organizaciones u organismos encargados de la promoción de tecnologías nucleares o responsables de las instalaciones o actividades.

• Al organismo regulador se le deberá asignar la responsabilidad de la autorización, revisión y evaluación reguladora, inspección y cumplimiento y establecimiento de principios, criterios, regulaciones y pautas de seguridad.

• El organismo regulador deberá contar con la adecuada autoridad y poder y deberá garantizarse que cuenta con el personal y los recursos financieros adecuados para delegar sus responsabilidades asignadas.

• Al organismo regulador no se le deberá asignar otra responsabilidad que pueda poner en riesgo o entrar en conflicto con la responsabilidad de regular la seguridad.

La reciente tendencia en algunos organismos reguladores ha sido combinar la regulación de seguridad radiológica y nuclear para aumentar la eficiencia y mejorar la cooperación. Las funciones claves son presentadas por la Norma de Seguridad GS-R-1 de la IAEA y se enumeraron con anterioridad. Cómo

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organizar el organismo regulador para desempeñar las funciones en las principales áreas, tales como seguridad radiológica, nuclear y de desechos, así como también la seguridad nuclear, el control de material nuclear y la respuesta de emergencia, no es una tarea trivial, puesto que se necesitan muchas disciplinas técnicas, tales como ingeniería civil, ingeniería mecánica, automatización, ingeniería eléctrica, física y dinámica de reactores, análisis determinista de accidentes, análisis probabilístico de riesgos, evaluación medioambiental, etc. Como las diversas soluciones de regulación lo demuestran, las prácticas son muchas, incluyendo a los organismos reguladores centralizados, la distribución de tareas entre varios organismos reguladores y la utilización efectiva de las Organizaciones de Seguridad Técnica, como respaldo técnico. En algunos casos, las actividades de investigación también se incluyen en la organización reguladora o viceversa (ej.: CNEN en Brasil y STUK en Finlandia).

Por lo general, en países grandes con un extenso programa nuclear, el organismo regulador está encabezado por un grupo de comisionados (EE.UU., Francia, Canadá). En países más pequeños con programas nucleares pequeños, los comisionados no son tan comunes, pero el organismo regulador a menudo utiliza los poderes del gobierno o los ministerios. Además, la estructura organizativa depende del tamaño del programa nuclear y de las diversas tareas reguladoras, así como también de otros deberes no regulatorios anexos al organismo regulador, debido al desarrollo organizativo histórico. Generalmente, el número de expertos en el organismo regulador para la supervisión del programa de energía nuclear varía entre 50 y 100 en pequeños países. En países más grandes con extensos programas nucleares, el número de expertos reguladores es mayor, dependiendo del tamaño del programa. La Tabla II muestra la situación de los empleados en los organismos reguladores y, específicamente, lo referente a la supervisión de la seguridad de la planta de energía nuclear en los países de referencia /4 - 12/. Los números no son totalmente comparativos, debido a que algunas organizaciones también desempeñan otras actividades y, en algunos casos, los deberes relacionados con la evaluación e inspección se presentan de manera separada y en otros casos combinados.

Tabla II. Número aproximado de empleados de los organismos reguladores. /4-12/

Organismo regulador Empleados Supervisión NPP

ARN, Argentina 300 60 CNEN, Brasil 2600 50 CNSC, Canadá 600 130 NRC, EE.UU. 2800 330 CNS, España 400 120 STUK, Finlandia 350 100 ASN, Francia 400 120

MOST + KINS, República de Corea

70 + 380 40 + 320

Por lo general, el organismo regulador necesita de organizaciones de seguridad técnica para efectuar evaluaciones de seguridad y actividades de

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seguridad, análisis probabilísticos de riesgos requiere de sofisticados modelos computacionales y expertos dedicados. A menudo, el organismo regulador no cuenta con suficientes habilidades o capacidades para desempeñar dicho trabajo. Por lo tanto, las organizaciones de seguridad técnica son necesarias para entregar respaldo técnico al organismo regulador. Buenos ejemplos de dichas organizaciones son el IRSN, que brinda respaldo a la ASN en Francia, el Centro de Investigación Técnica de Finlandia (VTT), que respalda a la STUK en Finlandia y KINS que respalda a MOST en la República de Corea.

3.7 Sistema de generación de electricidad

La capacidad de la planta de energía instalada en los países de referencia va de 16,6 GWe en Finlandia (2004) a 978,0 GWe en EE.UU. (2005) (ver Tabla III). La capacidad total instalada en Chile, 13,5 GWe a fines de 2006, se encuentra debajo de ese rango. Además, hay cuatro sistemas de red eléctrica que abarcan diversos territorios del país. Significa que el tamaño de la red será uno de los factores limitantes para el tamaño máximo de una posible planta nuclear. Una norma comúnmente aplicada es que el tamaño de una sola planta de energía debería ser inferior al 10% de la capacidad total de red instalada.

Tres tendencias simultáneas han influido en el desempeño del mercado de electricidad en los países de referencia. La primera tendencia se relaciona con la eliminación de regulaciones innecesarias del mercado de electricidad y con la apertura del mercado. La secunda tendencia se relaciona con la privatización de las compañías estatales y la cotización de sus acciones en la bolsa. La tercera tendencia es la desintegración de la estructura vertical de aquellas compañías de electricidad que se encargan tanto de la generación como de la transmisión y distribución. Estas tendencias se han influenciado entre sí. Los países de referencia se encuentran en distintas fases en lo que se refiere al progreso de acuerdo a dichas tendencias.

Tabla III. Capacidad instalada, generación de electricidad y porcentaje de energía nuclear de la generación total en los países de referencia (Fuente: IAEA)

País Cap. instalada

Generación. electricidad Energía Nuclear 2004*/2005 2004*/2005 2007 GWe TWh % Argentina 30,6* 99,7* 6,2 Brasil 91,5 400,6 2,8 Canadá 120,1* 593,4* 14,7 EE.UU. 978,0 4054,7 19,4 España 76,4* 277,3* 17,4 Finlandia 16,6* 84,9* 28,9 Francia 115,5 575,4 76,9 Rep. de Corea 62,3 364,6 35,3

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3.8 Plantas de energía nuclear en operación y en construcción

Los reactores de aguas livianas, el reactor de agua presurizada (PWR) y el reactor de agua hirviendo (BWR), son los tipos de reactores dominantes de las plantas de energía nuclear operables en los países de referencia, tal como se muestra en la Tabla IV. Los reactores de aguas densas, CANDU y el Reactor Presurizado de Aguas Densas (PHWR) están operando en Argentina, Canadá y República de Corea. Hay un reactor de regeneración rápida (FBR) en operación en Francia.

Existen variaciones en la estandarización de las plantas. La estandarización se ha estado aplicando más extensamente en Francia. EE.UU. ha tenido otro enfoque. Prácticamente todas las 104 plantas en operación son distintas entre sí.

Los factores de capacidad promedio durante la vida útil por unidad país al 2007 en los países de referencia iban de 69% (Brasil) a 91% (Finlandia).

Tabla IV. Número de reactores en operación en los países de referencia y factores de capacidad promedio durante la vida útil por unidad país al 2007 (Fuente: IAEA PRIS)

País BWR PWR CANDU PHWR FBR Total Capacidad

% Argentina 1 1 2 81 Brasil 2 2 69 Canadá 18 18 76 EE.UU. 35 69 104 78,6 España 2 6 8 84,6 Finlandia 2 2 4 91,3 Francia 58 1 59 78,7 República de Corea 16 4 20 86,7 Total 39 153 23 1 1 217

En los países de referencia, se están construyendo seis PWR, uno en Finlandia, uno en Francia, uno en EE.UU., tres en la República de Corea y un PHWR en Argentina.

3.9 Organizaciones de propietario/ operador

Los ejemplos de los países de referencia muestran que las plantas de energía nuclear pueden ser operadas y estar en poder de empresas públicas y privadas. También hay diferencias en el campo de actividades de las empresas. Algunas son activas en la generación de electricidad, por lo general, mediante el uso de distintas fuentes de energía primaria. Algunas incluso participan en la transmisión y distribución de electricidad. Algunas compañías están dedicadas únicamente a la generación nuclear.

3.10 Infraestructura industrial de respaldo

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país. Todos los países de referencia cuentan con, al menos, una infraestructura básica que respalda la operación y el mantenimiento de las plantas de energía nuclear en operación. Existen diferencias en lo referente a la preparación para la ampliación de la capacidad nuclear. Incluso algunos de los países que han contado con un extenso programa nuclear han perdido el grueso de la infraestructura industrial debido al prolongado período sin construcción de plantas de energía nuclear.

3.11 Administración de desechos y combustible nuclear

Existen diferencias respecto a la organización responsable para la administración de desechos y combustible nuclear. En algunos países, dichas actividades son realizadas por una organización centralizada, en su mayoría, organizaciones estatales. En algunos países, los propietarios de plantas de energía son los que están a cargo de las actividades. Pueden haber establecido joint ventures para disminuir la carga de las organizaciones que participan en solitario.

Algunos de los países de referencia confían en sí mismos en lo que respecta a los servicios del ciclo de combustible. Sin embargo, muchos de los países dependen en gran medida de los mercados internacionales.

Los países de referencia se encuentran en distintas fases del desarrollo e implementación de medidas de administración de desechos nucleares. Algunos países cuentan con soluciones para la eliminación de desechos de nivel bajo y medio. Sólo un país cuenta con aceptación política para el depósito del combustible empleado.

3.12 Institutos y organizaciones de investigación y desarrollo

En los países de referencia, las comisiones nacionales de energía atómica han iniciado actividades de investigación nuclear en la primera fase del programa de energía nuclear. La mayoría de los países estableció un instituto estatal dedicado para la investigación y desarrollo nuclear. Dichos institutos aún existen, aunque el volumen de investigaciones ha disminuido y los temas de investigación se han reorientado.

3.13 Recursos humanos

Se han implementado medidas de educación, capacitación y reclutamiento para contar con los recursos necesarios en las plantas de energía nuclear operables en los países de referencia, aunque el retiro del personal original es un desafío. Sin embargo, la falta de recursos humanos es uno de los más grandes desafíos para el éxito del “renacimiento” nuclear en todos lados. Se proyecta que uno de los déficits más importantes de profesionales titulados corresponderá al de los ingenieros nucleares. En muchos países se han lanzado programas y actividades especiales de educación y capacitación.

3.14 Futuros programas nucleares

En todo el mundo se está produciendo un “renacimiento” nuclear. Esto también es cierto en los países de referencia con una excepción. Sin embargo, puede haber un cierto optimismo exagerado que aparecerá como un retraso en la implementación de nuevos planes y programas de construcción.

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Los asuntos que plantean un mayor desafío son la falta de recursos humanos y de capacidades de fabricación de componentes.

4. Modelo regulador conceptual para seguridad nuclear

Los Requerimientos de Seguridad GS-R-1 de IAEA GS-R-1 presenta un modelo organizativo ideal en los capítulos 4 y 5, basado en las funciones (actividades) del organismo regulador. El modelo conceptual general que se basa en el GS-R-1 se presenta en la Figura 4.

Figura 4. Modelo conceptual basado en los Requerimientos de Seguridad GS-R-1 de

IAEA. Las letras R, N, W se refieren a seguridad Radiológica, Nuclear y de Desechos.

Marco para abordar la utilización de la energía nuclear

La Agencia Internacional de Energía Atómica cuenta con un grupo asesor, INSAG, que ha publicado pautas útiles para que a nivel gubernamental y regulador sepan cómo abordar la opción nuclear en la producción de energía. De acuerdo con el INSAG 22 /22/, se deben emprender algunas acciones claves al abordar la utilización de la energía nuclear, por ejemplo:

• Creación de una infraestructura legislativa y reguladora.

• Desarrollo de una legislación, incluyendo el otorgamiento de permisos y el organismo regulador para el control.

• Establecimiento de un organismo regulador independiente para seguridad radiológica y nuclear, incluyendo el desarrollo de regulaciones a nivel nacional (ver INSAG 17).

• Establecimiento de una educación académica para la ingeniería y la ciencia y tecnología nuclear.

• Establecimiento de programas de capacitación profesional relativos a la seguridad radiológica y nuclear.

Management Management services Administration Advisorybodies Authorization (licensing) R N W Reviewand assessment R N W Inspectiona Enforcement R N W Emergency preparedness Developmentof regulationsand guides R N W Technicalsafetyand support organizations/ consultants Administración Servicios de admin.

Administración Organismo asesor

Autorización (otorgamiento de permisos) R N D Revisión y evaluación R N D Inspección y cumplimiento R N D Preparación para emergencia Desarrollo de regulaciones y guías R N D

Seguridad técnica y consultores/ organizaciones de respaldo

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• Establecimiento de programas de investigación para ciencia y tecnología nuclear.

• Creación de un proceso consultivo nacional, incluyendo a todos los interesados y público en general.

• Preparativos en la organización operativa para el desarrollo de infraestructura necesaria, respaldo de ingeniería, estudios de factibilidad, incluyendo la definición de normas de seguridad, licitación y contratación, capacitación profesional, creación de una cultura de seguridad, etc.

• Selección y caracterización del sitio.

• Consideración del desmantelamiento y de las opciones relativas a los desechos nucleares en la primera fase, incluyendo el financiamiento.

• Consideración de las opciones de diseño, tomando en cuenta las opciones de diseño probado (“planta de referencia”), seleccionando al proveedor confiable con experiencia y a las plantas de referencia, además de las opciones de entrega “llave en mano”.

• Consideración de prácticas de construcción sólidas, incluyendo el control de calidad.

El Anexo II de INSAG 22 proporciona una lista de acciones para todos los interesados que son útiles de estudiar.

Medidas a nivel de organización

La ref. /12/ presenta medidas gubernamentales y reguladoras para la seguridad nuclear en los países OECD al comienzo de 2000. Estos ejemplos prácticos demuestran que el desarrollo histórico y el tamaño del programa nuclear tienen un gran efecto en la apariencia de la organización. Los ejemplos también demuestran que no hay un modelo organizativo absolutamente “correcto”, sino que se aceptan varios modelos alternativos para la organización de actividades reguladoras.

En el Capítulo 3, se comparan los marcos de regulación nuclear aplicados a los sistemas de generación nuclear-eléctrica en los países de referencia (Argentina, Brasil, Canadá, EE.UU., España, Finlandia, Francia y la República de Corea. También se comparan con el modelo propuesto por IAEA en las Normas de Seguridad Nº GS-R-1 relativa a los requerimientos legales y de infraestructura. La configuración de las organizaciones gubernamentales y organismos reguladores de países de referencia se presentan en el Anexo 2 para efectos de comparación. Las cuatro reuniones de revisión del Convenio sobre Seguridad Nuclear, han demostrado que los países de referencia cuentan con marcos reguladores nucleares que, generalmente, están en la línea del convenio. Sin embargo, las estructuras organizativas y los deberes de los organismos reguladores varían. Las razones abarcan el tamaño del programa nuclear, el desarrollo histórico, combinado con los laboratorios de investigación, unidades de respaldo técnico, variedad de deberes, etc.

Cuando el modelo conceptual se compara con las organizaciones existentes, es evidente que éstas se ven distintas, aunque se lleven a cabo las funciones y tareas exigidas por las Normas de Seguridad IAEA. Por lo general, las disciplinas técnicas determinan las unidades organizativas. A menudo, la protección radiológica y la inspección de seguridad nuclear han sido puestas en unidades organizativas separadas, que no están en el mismo nivel dentro de la organización. La unidad de seguridad de desechos también puede ser una unidad organizativa separada. Generalmente, el trabajo de inspección y

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evaluación de seguridad se efectúa dentro de las mismas unidades organizativas y las organizaciones de respaldo técnico a menudo se utilizan en trabajos de análisis y/o evaluación de seguridad.

La dotación de personal y las competencias del organismo regulador se analizan en la Pauta de Seguridad IAEA /14/. Se necesita personal con experiencia en una amplia gama de asuntos técnicos y factores humanos. La fase y magnitud del programa nuclear deberá considerarse al momento de decidir de qué manera estas disciplinas se presentarán en el modelo organizativo. El organismo regulador deberá contar con personal suficiente para efectuar el trabajo de regulación y, además, para analizar los resultados del trabajo de los consultores u organizaciones de respaldo técnico. Es necesario realizar trabajos de inspección y evaluación altamente especializados. Se necesitan las correspondientes competencias, tales como conocimientos y habilidades para análisis de seguridad deterministas, análisis de riesgos probabilísticos, efectos de los fenómenos medioambientales, administración de combustibles y núcleo del reactor, componentes mecánicos y recipientes de presión, sistemas eléctricos y de automatización, distribución de la planta e ingeniería estructural, protección radiológica y preparación para emergencias en las instalaciones nucleares, administración operacional y de seguridad, nuevos temas de inspección de construcciones y evaluación del proceso de otorgamiento de permisos, desarrollo de regulaciones y pautas de regulación, planificación y control de calidad interna.

Convenios relativos a la seguridad nuclear internacional

De acuerdo con INSAG 21, se necesitan varios convenios y acuerdos para la opción nuclear. Chile ha suscrito y ratificado varios convenios, pero aún queda trabajo por hacer. Para la seguridad nuclear, rigen los siguientes tratados y convenios internacionales. Por lo general, la IAEA cumple la función de secretaría para la administración:

• Convenio sobre Seguridad Nuclear

• Convenio Conjunto sobre Seguridad de la Administración de Combustible Empleado y sobre Seguridad de la Administración de Desechos Radioactivos

• Convenio sobre Notificación Temprana de un Accidente Nuclear

• Convenio sobre Asistencia en Caso de un Accidente Nuclear o Emergencia Radiológica

• Convenio sobre Responsabilidad Civil por Daños Nucleares (Convenios de Viena y Paris) + Protocolo Conjunto y Protocolo para Modificar el Convenio de Viena + Convenio sobre Compensación Complementaria

• Convenio sobre Protección Física del Material Nuclear

• Tratado sobre No Proliferación de Armas Nucleares (TNP);

• Acuerdo de Medidas Integrales de Protección + Protocolo Adicional.

5. La aplicación del modelo conceptual a la infraestructura de regulación

chilena

Durante la reunión inicial a mediados de Diciembre de 2008 en Santiago, se entrevistó a todos los interesados y se analizaron las prácticas reguladoras. La reunión se realizó con los representantes de las siguientes organizaciones:

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• Miembros del grupo de trabajo CNE para la opción nuclear

• Representantes de la Comisión Chilena de Energía Nuclear (CCHEN)

• Representantes de la Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAMA)

• Representantes del Ministerio de Salud/ oficina de Santiago

• Visita al centro de investigaciones CCHEN e instalación del reactor experimental en el área de Santiago

• Visita a la Universidad de Chile para analizar la educación y capacitación nuclear con dos profesores (matemáticas, ingeniería eléctrica)

Cabe destacar también que el Ministerio de Economía y la Superintendencia de Electricidad y Combustibles podría tener un rol al momento de considerar la opción de la energía nuclear. Se colocó a disposición el libro “Legislación Nuclear” de CCHEN, que contiene la legislación y regulaciones relativas a la seguridad radiológica y nuclear publicadas por CCHEN y el Ministerio de Salud /39/. También se colocó a disposición el informe “Opción Nucleoeléctrica en Chile”, preparado por el Grupo de Trabajo Nucleoeléctrico (Septiembre de 2008) /40/.

Como es evidente en la base del Convenio sobre Seguridad Nuclear (Artículo 8), uno de los temas claves es la organización del organismo regulador a nivel de gobierno. ¿Cómo se garantiza la independencia del organismo regulador para seguridad nuclear con respecto a la promoción y producción de energía nuclear? ¿Bajo qué ministerio, gobierno o parlamento debería operar el organismo regulador en lo referente a la generación de informes, toma de decisiones de regulación y asuntos presupuestarios? Los ministerios que tienen un interés en el asunto son el Ministerio de Energía (interés en la promoción de la energía nuclear), el Ministerio de Salud (interés en la protección radiológica), el Ministerio del Medio Ambiente (Interés en los asuntos medioambientales) y el Ministerio de Economía (interés por las finanzas).

Los países nucleares más grandes cuentan con la mayor cantidad de organismos reguladores independientes conectados al Parlamento y al Gobierno, pero sin perder su independencia reguladora. En los países más pequeños, el organismo regulador normalmente opera bajo algún Ministerio. Esto también podría ser apropiado en el caso de Chile.

A continuación se presenta un modelo preliminar. El modelo conceptual general propuesto en el capítulo 4 es el siguiente:

1. Creación de infraestructura legislativa y reguladora

En Chile, tanto el Ministerio de Salud como CCHEN han desarrollado una legislación y regulaciones relativas a la seguridad nuclear y radiológica /39/. Esta configuración a nivel de legislación y organización entre el Ministerio de Salud y la Comisión Chilena de Energía Nuclear (CCHEN) ha sido creada para el control de los dos reactores experimentales situados en las instalaciones CCHEN, aceleradores y grandes fuentes de Cobalto para la producción de isótopos médicos en las instalaciones CCHEN y para la supervisión de otras instalaciones y fuentes radioactivas industriales y médicas. El control de los reactores experimentales y grandes instalaciones de generación radiológica es proporcionado por unidades organizativas separadas, situadas al interior de la CCHEN, en tanto el Ministerio de Salud controla las fuentes de radiación

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principalmente en las atenciones médicas, pero también en las industrias, a través de sus oficinas de área donde se ubican los inspectores respectivos. Como tal, la legislación y la configuración a nivel de organización proporcionan una buena base para la actual situación y para el trabajo de desarrollo adicional.

Es necesario efectuar el siguiente ordenamiento:

• A partir de las comparaciones anteriores, se hizo evidente que el lanzamiento de plantas de energía nuclear y otras instalaciones nucleares relacionadas requieren de un mayor desarrollo de la legislación. El control regulador, el establecimiento de un organismo regulador independiente y el desarrollo de procedimientos de otorgamiento de permisos exigen una mayor legislación, además de un reordenamiento de la estructura del organismo regulador. Lo que es suficiente para la actual situación no es suficiente para las plantas de energía nuclear y otras instalaciones relacionadas.

• Por lo general, las actividades de otorgamiento de permisos podrían ser coordinadas por la Oficina situada en uno de los Ministerios, por ejemplo, Ministerio de Energía (incluyendo la coordinación, recopilación de declaraciones, organización de audiencias públicas, presentación de asuntos ante el Gobierno, redacción de los permisos). El Ministerio podría recopilar declaraciones vinculantes (ej.: derechos de veto) del “Organismo Regulador para la Seguridad Radiológica y Nuclear” y del Ministerio del Medio Ambiente y otras declaraciones de las partes involucradas. La coordinación de la planificación energética en general y el rol de la energía nuclear en los planes en Chile pertenece al Ministerio de Energía.

• En un pequeño país con un programa nuclear pequeño, podría ser el gobierno el encargado de emitir los permisos principales, debido a la participación requerida para garantizar la seguridad de terceros y el control de desechos nucleares por períodos más prolongados, luego de haberse cerrado la instalación.

• El Ministerio del Medio Ambiente podría coordinar la Evaluación del Impacto Medioambiental y los asuntos relativos al otorgamiento de permisos medioambientales.

• Es necesario establecer el “organismo regulador para la seguridad nuclear y radiológica” como un organismo regulador independiente de la promoción de energía nuclear, tal como lo exige el Convenio de Seguridad Nuclear. El punto clave es la forma en que se organizan las actividades administrativas entre los ministerios y el Organismo Regulador con relación al proceso de otorgamiento de permisos.

• El control parlamentario y la transparencia en las actividades nucleares podrían proporcionarse junto con los buenos ejemplos incluidos en el capítulo 3. Dichos ejemplos deberán estudiarse.

El ordenamiento deberá ser tal, que participen todas las partes interesadas en la energía nuclear, seguridad radiológica y nuclear, entorno y transparencia de las actividades, a nivel de gobierno. El principio más importante señala que los

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ministerios deben cumplir con sus deberes normales en el caso de los negocios nucleares, a no ser que se convenga lo contrario.

2. Desarrollo de una legislación, incluyendo el otorgamiento de permisos y organismo regulador para el control

Se necesitan varias leyes para la opción de energía nuclear, tal como se indica en el capítulo 4, por ejemplo, Ley estableciendo los poderes de los organismos reguladores; Ley sobre seguridad de las instalaciones nucleares, Ley sobre responsabilidad nuclear, Ley sobre desechos radioactivos, combustible empleado y desmantelamiento, Ley de protección medioambiental, Ley sobre notificación de emergencia de incidentes nucleares. Esto significa que la actual legislación chilena necesita analizarse detenidamente y desarrollarse aún más.

Es necesario establecer una legislación y regulaciones nucleares para abordar el otorgamiento de permisos y la construcción de plantas de energía nuclear. Se deben incluir medidas para el otorgamiento de permisos y controles reguladores. Se dispone de buenos modelos, por ejemplo, en Finlandia. Además, la IAEA ha preparado material respecto a cómo establecer una legislación nuclear.

Se debe establecer un organismo regulador y su Oficina para la coordinación del establecimiento de leyes y regulaciones. También se deben establecer grupos de trabajo a partir del organismo regulador, los ministerios y TSO, para que hagan el trabajo, incluyendo abogados y especialistas nucleares.

3. Establecimiento de un organismo regulador independiente para la seguridad radiológica y nuclear, incluyendo el desarrollo de regulaciones a nivel nacional.

Una de las primeras actividades es establecer un organismo regulador independiente, con personal adecuado y competencia suficiente para desarrollar las regulaciones necesarias a nivel nacional para el control de las plantas de energía nuclear y otras instalaciones nucleares.

El establecimiento de un Organismo Regulador para la Seguridad Radiológica y Nuclear es un punto clave para el futuro desarrollo. La IAEA proporciona buena orientación respecto a las funciones y tareas claves /13 -17/. Se establecerá un Organismo Regulador y se considerarán las unidades organizativas existentes que hoy se sitúan al interior de la CCHEN – en su unidad de inspección y control regulador – y en el Ministerio de Salud y en sus oficinas de área, por ejemplo, en Santiago. La Superintendencia de Electricidad y Combustibles también podría tener las competencias relevantes a considerar en este respecto. El modelo conceptual se presenta en la Figura 13 y se analiza en el capítulo 4. De acuerdo con la IAEA /13, 14/, al organismo regulador se le asignará la responsabilidad de la autorización, revisión y evaluación reguladora, inspección y cumplimiento, además de establecer los principios, criterios, regulaciones y pautas de seguridad. Al organismo regulador se le proporcionará la adecuada autoridad y poder y deberá garantizarse que cuenta con el personal y los recursos financieros adecuados para delegar sus responsabilidades asignadas. Para el desarrollo de la infraestructura interna del regulador, se proporcionan ejemplos en el Anexo 2 y en la referencia /12/.

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Debido al requerimiento de independencia del Convenio sobre Seguridad Nuclear, el “Organismo Regulador para Seguridad Radiológica y Nuclear” podría estar administrativamente bajo el mando de, por ejemplo, el Ministerio de Salud, el Ministerio del Medio Ambiente o el Ministerio de Economía.

El punto clave en un comienzo sería el desarrollo de regulaciones nacionales para plantas de energía nuclear, incluyendo los Criterios Generales de Diseño /23/. Un buen punto de partida serían los documentos de la Serie de Normas de Seguridad IAEA. Existen algunos organismos reguladores que podrían servir como ejemplos para el desarrollo, por ej.: Argentina, Brasil, Finlandia.

4. Establecimiento de una educación académica para la ingeniería y la ciencia y tecnología nuclear.

Las universidades chilenas no cuentan con profesores especializados en ciencias. Todos los conocimientos especializados relevantes se encuentran en los institutos y laboratorios de CCHEN. La provisión de educación nuclear en las universidades es un requisito previo para un exitoso desarrollo futuro. El establecimiento de una educación académica para la ingeniería y la ciencia y tecnología nuclear, es uno de los primeros pasos para establecer el marco para el caso de la energía nuclear. Las universidades en Santiago deberán establecer programas para física nuclear y física y dinámica de reactores, así como también hidráulica termal y ciencia de materiales para los sistemas de reactores. Existen programas computacionales disponibles, por ejemplo, a través de los programas de investigación financiados por NRC o de las fuentes europeas (Francia, Finlandia). Los simuladores de capacitación y analizadores de planta serían herramientas de capacitación ideales.

Además de la tecnología y física del reactor, así como también de la protección radiológica, todas las habilidades normales de ingeniería son necesarias en el programa nuclear. Por lo tanto, las habilidades y conocimientos nucleares también se deberán considerar en los campos específicos de ingeniería, además de la física del reactor y los estudios tecnológicos.

Establecer un profesor en una universidad adecuada correspondería a un mínimo esfuerzo. El establecimiento de conexiones con las universidades correspondientes en otros países, con el objeto de recolectar información sobre cómo proceder en lo referente a la educación nuclear, sería una de las primeras actividades. Se deberán establecer las relaciones relativas a la educación con las instalaciones y laboratorios CCHEN en el campo de la física y tecnología del reactor y a la protección radiológica.

5. Establecimiento de programas de capacitación profesional relativos a la seguridad radiológica y nuclear

Además de la educación universitaria, se deberá proporcionar otra capacitación nuclear profesional, basada en asuntos de seguridad nuclear y radiológica a nivel nacional. Esta capacitación se dirigiría al personal profesional de organizaciones gubernamentales y empresas energéticas. Se dispone de cursos de capacitación que proporcionan una visión general y conocimientos detallados sobre temas nucleares específicos, que son importantes de considerar en las actividades nucleares. Es necesaria la participación en dichos cursos de capacitación, la utilización de las experiencias recabadas en Chile y el establecimiento de servicios de capacitación similares en Chile.

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El establecimiento de programas de capacitación profesional relativos a la seguridad radiológica y nuclear es clave para el rápido desarrollo del personal. Por ejemplo, STUK ha estado participando y continuamente organiza cursos de capacitación sobre la materia, a modo de cooperación a nivel nacional y europeo (en inglés).

6. Establecimiento de programas de investigación para ciencia y tecnología nuclear

El establecimiento de programas de investigación para ciencia y tecnología nuclear es clave para el futuro desarrollo. El programa de investigación nacional sobre asuntos de seguridad nuclear y radiológica, es necesario para respaldar el establecimiento del programa nuclear. Los programas de investigación son herramientas importantes para la promoción de la opción nuclear, pero también son importantes para respaldar el trabajo regulador relativo a la seguridad nuclear. Tales programas de investigación también son valiosos desde el punto de vista de la educación y capacitación, debido a que se pueden desarrollar expertos específicos a través dichos programas. También se necesita el financiamiento público.

Los temas incluyen: seguridad de la planta nuclear, administración de desechos nucleares, fenómenos medioambientales y sus efectos en el programa nuclear.

CCHEN será un proveedor ideal de tal investigación y, además, de servicios de desarrollo de personal. Un objetivo para CCHEN sería capacitar a jóvenes investigadores para que luego fuesen transferidos al organismo regulador o empresas de energía, para trabajar como especialistas de alta capacitación.

7. El rol de las Organizaciones de Respaldo y Seguridad Técnica

El Organismo Regulador para Seguridad Radiológica y Nuclear necesita de Organizaciones de Seguridad Técnica (TSO) para respaldar la evaluación y análisis de seguridad, así como también para respaldar inspecciones especializadas, tales como inspecciones relacionadas con el recipiente de presión e inspecciones relativas a la automatización. CCHEN y la Superintendencia de Electricidad y Combustibles podrían proporcionar los servicios necesarios – sin embargo, debe garantizarse la independencia necesaria. La clave es comenzar a desarrollar habilidades para efectuar análisis de seguridad deterministas y probabilísticos. Esto significa que las TSO necesitan adquirir y elaborar programas computacionales adecuados y desarrollar la capacidad para efectuar análisis de seguridad nuclear y evaluaciones de seguridad. Además, para las inspecciones del recipiente de presión del reactor nuclear, los expertos existentes necesitan conocimientos nucleares específicos. El Organismo Regulador para Seguridad Radiológica y Nuclear necesita algunos expertos en el campo de la automatización y de los recipientes de presión de calidad nuclear, así como también, en el campo de los análisis de seguridad deterministas y probabilísticos. Se deberá definir la posición organizativa de la TSO, parte de CCHEN. Existen posibilidades tales como Ministerio de Energía, Ministerio de Economía y Ministerio de Educación.

8. Creación de un proceso consultivo nacional, incluyendo a todos los interesados y público en general

La creación de un proceso consultivo nacional, incluyendo a todos los interesados y público en general, es una tarea importante para la transparencia

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y confianza pública. Tal programa podría involucrar a miembros del Parlamento y público general en conversaciones abiertas y transparentes, donde se presentaría información de investigación sólida respecto a la necesidad energética, asuntos de seguridad nuclear, administración de desechos y medio ambiente. Se organizarán procesos de audiencia pública como parte del proceso de otorgamiento de permisos.

La aceptación pública y las conversaciones a nivel parlamentario sobre la opción nuclear son necesarias para proceder de una forma controlada. Es importante comprender los beneficios de la opción nuclear, así como también los riesgos relacionados con el uso de la radiación y la energía nuclear. Los asuntos de administración de desechos y medio ambiente también son puntos importantes a tratar antes de iniciar el proceso de otorgamiento de permisos. En general, se necesita de un estudio energético para comparar las distintas opciones de energía, además de sus beneficios y desventajas en las condiciones existentes y en el futuro.

Se necesita una sólida organización gubernamental para la administración del proyecto, con recursos adecuados para producir la información necesaria para la toma de decisiones.

9. Preparativos en la organización operativa para el desarrollo de infraestructura necesaria

La organización operativa necesita desarrollar su infraestructura. Se deberá establecer un respaldo de ingeniería. La capacitación profesional, incluyendo la creación de una cultura de seguridad, es una de las claves para que el equipo de profesionales comprenda los requerimientos nucleares específicos, además de las prácticas industriales normales. Existen asuntos nucleares importantes que requieren de conocimientos y habilidades específicas. Es necesario desarrollar dichos conocimientos y habilidades.

Se necesitan establecer los estudios de factibilidad para la opción nuclear con el fin de decidir el tipo de planta de energía, la capacidad necesaria, las opciones de red eléctrica, asuntos de diseño medioambiental, requerimientos reguladores y normas de diseño. Es necesario contar con la siguiente información para el otorgamiento de permisos, licitación y contratación:

• Se necesita un diseño probado, un proveedor de planta confiable, con plantas de referencia y entrega “llave en mano” para un proyecto exitoso con costos predecibles. Se necesitarán en caso que faltaran prácticas industriales sólidas para construir instalaciones industriales grandes y complejas.

• Además, la administración de combustibles sería más fácil con este tipo de soluciones.

• La calidad de la construcción y el producto final son extremadamente importantes en una inversión de tal magnitud. La confiabilidad de la producción eléctrica y los factores de alta disponibilidad de la operación de la planta son importantes para las industrias que necesitan la electricidad. La organización operativa necesita supervisar la construcción y la calidad del trabajo. Además, el control regulador es necesario para garantizar la seguridad y calidad nuclear.

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La Evaluación del Impacto Medioambiental es una herramienta para esta fase. El Ministerio del Medio Ambiente está desarrollando el proceso de Evaluación del Impacto Medioambiental. El programa de investigación nacional es necesario para establecer conocimientos detallados sobre las condiciones naturales en Chile, incluyendo condiciones sísmicas, volcánicas y climáticas, tales como temperatura, vientos fuertes, nivel del agua, etc., las que se deberán considerar al momento de diseñar la planta de energía nuclear. Además, para la selección del sitio se deben considerar los peligros generados por el hombre, como accidentes aéreos, riesgos de transporte e industriales, tales como explosiones, químicos, etc.

Se debe estimar el efecto de descargas radioactivas durante la operación normal y en condiciones de accidentes. La respuesta de emergencia es un punto importante a considerar. La evaluación riesgos probabilísticos es una buena herramienta para obtener un panorama general de la importancia de los factores de riesgo medioambiental en comparación con otros riesgos.

11. Consideración del desmantelamiento y de las opciones relativas a los desechos nucleares en la primera fase, incluyendo el financiamiento

Para el éxito del proyecto, también se deberán considerar los asuntos relativos a los desechos antes de configurar un programa nuclear. Se deberán estudiar las posibilidades para la eliminación final en Chile. Además, la instalación deberá estar diseñada de manera tal, que su desmantelamiento se lleve a cabo de manera fácil.

12. Convenios relativos a la seguridad nuclear internacional

Es necesario continuar trabajando en los convenios relativos a seguridad internacional para firmarlos y ratificarlos. Por ejemplo, los siguientes Convenios no han sido firmados por Chile: Convenio Conjunto sobre Seguridad de la Administración de Combustible y sobre Seguridad de la Administración de Desechos Radioactivos; Convenio sobre Responsabilidad Civil por Daños Nucleares y Acuerdo de Medidas de Protección Integrales según /1b/.

13.Cooperación Internacional

Es necesaria la cooperación bilateral entre países, con el fin de permitir el desarrollo de competencias y asistir en el trabajo de desarrollo. En EE.UU. y en la Unión Europea existen instrumentos para asistir y experimentar, y herramientas para el análisis de seguridad y capacitación nuclear, además de pautas de regulación que se utilizarán como modelo, etc. Las organizaciones internacionales también proporcionan asistencia en el campo nuclear, como es el caso de la IAEA. También se necesitan acuerdos bilaterales entre países vecinos, por ejemplo, con relación a la preparación para emergencias.

14. Evaluación del estado del desarrollo de la infraestructura nuclear

Una infraestructura apropiada es esencial para un uso seguro, confiable y pacífico de la energía nuclear. La publicación /29/ de los Hitos IAEA proporciona una visión general de todo el programa, con la finalidad de desarrollar la infraestructura nacional para energía nuclear. Las actividades se dividen en tres fases progresivas de desarrollo. La finalización del trabajo en cada una de estas fases está marcada por un hito específico en el que se

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puede evaluar el progreso y éxito del desarrollo y tomar la decisión de pasar a la fase siguiente. Se insta a completar la autoevaluación del estado del desarrollo de la infraestructura nuclear chilena, de acuerdo con la pauta /30/ de la IAEA y, luego de ello, disponer una revisión independiente de la autoevaluación. La evaluación debería producir un claro programa de trabajo para cada asunto evaluado.

6. Conclusiones

En base a este estudio se pueden sacar las siguientes conclusiones:

1. Chile ha desarrollado actividades nucleares desde los años setenta, mediante la utilización de reactores experimentales y la producción de isótopos para uso médico en aceleradores y fuentes de Cobalto. Se han desarrollado las correspondientes leyes y regulaciones y establecido el control regulador. Por lo tanto, hay una duradera infraestructura a través de la Comisión Chilena de Energía Nuclear y el Ministerio de Salud, incluyendo los correspondientes conocimientos y habilidades para desarrollo nuclear. La Comisión Nacional de Energía también ha establecido un grupo de trabajo sobre energía nuclear, que ha publicado sus resultados en 2008. Además, se han implementado medidas de protección a nivel de organización para que el Ministerio de Energía y el Ministerio del Medio Ambiente lleven a cabo las correspondientes actividades para iniciar el proceso de Evaluación del Impacto Medioambiental y crear las leyes medioambientales necesarias. Esto garantiza la preparación para el mayor desarrollo de la opción nuclear.

2. El inicio del programa de energía nuclear comercial requiere de un mayor desarrollo de las leyes y regulaciones para el otorgamiento de permisos, diseño y construcción de plantas de energía nuclear.

3. El actual sistema regulador no es suficiente para el programa nuclear comercial. Requiere de un mayor desarrollo para crear un Organismo Regulador independiente en base al Convenio de Seguridad Nuclear y al proceso de otorgamiento de permisos para plantas de energía nuclear comerciales.

4. Se han enumerado los pasos necesarios para Chile, incluyendo:

• Desarrollo del personal de regulación y su competencia

• Proporcionar a la Organización de Seguridad Técnica correspondiente los programas computacionales apropiados para el análisis de seguridad, con el fin de respaldar el trabajo regulador

• Establecer en Chile el adecuado sistema de educación y capacitación

• Iniciar el programa de investigación orientado a la administración nuclear y de desechos a nivel nacional.

Éstos son los pasos necesarios para establecer un programa nuclear exitoso, desde el punto de vista de la dotación de personal y competencia.

5. El Ministerio del Medio Ambiente está desarrollando el proceso de Evaluación del Impacto Medioambiental. El programa de investigación nacional es necesario para la selección del sitio y para establecer los conocimientos detallados sobre condiciones medioambientales en Chile, con el objeto de definir los requerimientos de diseño para las instalaciones nucleares (efectos sísmicos, posibilidades de efectos volcánicos, clima, Chile tiene uno

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