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CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL PARA LA EXPLOTACIÓN DE UN SERVICIO DE LAVANDERÍA EN LA BASE AÉREA DE ZARAGOZA PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS

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SERVICIO DE LAVANDERÍA EN LA BASE AÉREA DE ZARAGOZA

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS

OBJETO DEL CONTRATO

CLAUSULA 1. La Base Aérea de Zaragoza cuenta con instalaciones destinadas a alojamiento de personal en viviendas y residencias para Oficiales, Suboficiales y Tropa. La distancia del establecimiento al núcleo urbano y zonas comerciales aconseja facilitar al personal residente la posibilidad de un servicio completo de lavandería y secado de ropa, no disponiendo la Base de medios propios para ello.

El objeto del contrato es la explotación, por cuenta y riesgo exclusivo del concesionario del servicio de lavandería, en beneficio del personal militar y civil autorizado por la Jefatura de la Base Aérea, con cargo a los usuarios y de conformidad con el precio acordado.

CLAUSULA 2. La instalación objeto del presente pliego de condiciones técnicas se localiza en el Edificio 296 de la Base Aérea de Zaragoza.

OBLIGACIONES POR PARTE DE LA ADMINISTRACIÓN

CLAUSULA 3. La Administración pondrá a disposición del concesionario el local, equipado con las tomas o acometidas correspondientes a los servicios necesarios, pudiendo realizar el adjudicatario las obras e instalaciones complementarias previa autorización del Órgano de Contratación, que fueran necesarias para la puesta en marcha o mejora de la actividad a realizar en el local objeto de la concesión. La solicitud del adjudicatario se dirigirá por escrito al Órgano de Contratación.

Cualquier obra o instalación complementaria deberá ajustarse a las instrucciones que, en su caso, sean indicadas por el personal técnico de la Base Aérea y correrán a costa del adjudicatario. Cuando finalice el plazo contractual, o se rescinda el contrato, todas las mejoras revertirán en la Base Aérea.

CLAUSULA 4. Los medios materiales necesarios serán por cuenta del adjudicatario, que acreditará documentalmente la propiedad de la maquinaria, utillaje y medios auxiliares suficientes para la correcta explotación del servicio, presentando relación de los elementos a emplear.

CLAUSULA 5. El usuario queda exonerado del pago del importe de los consumos de energía eléctrica, agua, calefacción y recogida de basura; para lo que se establece un canon que se especifica en el pliego de cláusulas administrativas que en todo caso será ingresado en la cuenta de ingresos restringidos de la Sección Económico Administrativa

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CLAUSULA 6. La Administración no será responsable de los daños y perjuicios que pudieran derivarse de cortes de suministro eléctrico y/o de agua.

FACULTADES DE LA ADMINISTRACIÓN

CLAUSULA 7. La Administración, por medio del Director del Expediente, podrá inspeccionar el local, maquinaria, artículos y productos, etc., con el fin de garantizar que reúna las necesarias condiciones de higiene y salubridad, así como el estado de conservación del edificio, muebles y enseres que debe cuidar el concesionario; en el caso de ser observada alguna deficiencia, previa notificación al interesado, éste deberá subsanarla en el plazo de 72 horas.

OBLIGACIONES GENERALES DEL ADJUDICATARIO

CLAUSULA 8. El adjudicatario queda obligado a ofrecer un servicio mínimo detallado en el Anexo I.

CLAUSULA 9. El adjudicatario equipará los locales objeto de la concesión con el material, maquinaria, enseres y utillaje necesarios para la prestación de forma satisfactoria del servicio a desarrollar, debiendo aportar un inventario del material.

CLAUSULA 10. Correrá por cuenta del adjudicatario el mantenimiento del interior del local.

CLAUSULA 11. Extinguida la concesión por cualquier causa, en especial por vencimiento del contrato, se procederá en el plazo máximo de quince días a partir de la fecha de extinción, al desalojo del local y retirada por el adjudicatario, del material, mobiliario y enseres que hubiese aportado; efectuándose tal acción, sin deterioro del local e instalaciones existentes. En todo caso, el adjudicatario hará entrega de la instalación en un estado de conservación, funcionamiento y limpieza adecuado.

CLAUSULA 12. El adjudicatario se obliga en todo momento a tener a disposición de los usuarios un Libro de Reclamaciones.

CLAUSULA 13. El local objeto de la concesión permanecerá abierto al público, como mínimo, de acuerdo con el siguiente calendario y horario:

Laborables: 09:00 a 18:00 horas Sábados, domingos y festivos: 09:00 a 14:00 horas

Los horarios establecidos sólo podrán ser modificados total o parcialmente, previo acuerdo de las partes. Tanto la solicitud de modificación por parte del usuario o de la Administración, así como la pertinente resolución, serán efectuadas por escrito, quedando constancia de ello en el correspondiente expediente.

(3)

OBLIGACIONES HIGIENICO-SANITARIAS DEL ADJUDICATARIO

CLAUSULA 14. El adjudicatario deberá aplicar en el local objeto del contrato, la Ley 28/2005 de 26 de Diciembre de Medidas Sanitarias frente al tabaquismo.

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO EN RELACIÓN A SU PERSONAL CONTRATADO

CLAUSULA 15. El adjudicatario se obliga a que todo el personal que mantenga para el cumplimiento del expediente, esté integrado en su plantilla, dado de alta en la Seguridad Social y estar al corriente del pago de salarios y seguros sociales correspondientes. Para ello aportará, si así se solicita, el correspondiente certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social.

CLAUSULA 16. Cuando algún trabajador de la plantilla contratada por el adjudicatario no procediera con la debida corrección o no cumpliese en su prestación laboral con los requisitos mínimos de la calidad de servicio exigidos, el adjudicatario se compromete a proceder a su sustitución en el plazo de quince días desde la comunicación de tal circunstancia por parte del Órgano de Contratación.

CLAUSULA 17. En caso de producirse por algún motivo la rescisión o término del contrato, todas las responsabilidades laborales y servidumbres relativas al personal contratado en cualquier materia, recaerán siempre en el adjudicatario y nunca en los organismos de la Base Aérea o de su Administración.

CLAUSULA 18. El adjudicatario será responsable del cumplimiento de las disposiciones de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y sus reglamentos de desarrollo en vigor en cada momento.

CLAUSULA 19. El adjudicatario será responsable del cumplimiento de las disposiciones relativas a la protección del medio ambiente en el ámbito del servicio prestado.

CLAUSULA 20. El adjudicatario se obliga a asegurar suficientemente a su cargo, durante el cumplimiento del contrato, la responsabilidad civil por los daños y perjuicios que puedan derivarse de la prestación de servicios del presente expediente.

PLAZO DE EJECUCIÓN.

CLAUSULA 21. La duración del servicio de explotación será de dos (2) años a partir de la firma del contrato, prorrogable dos (2) años más siempre que se dé la autorización definitiva por el Órgano de Contratación. Esta prórroga se solicitará por escrito con una antelación mínima de cuatro meses a la fecha del vencimiento del plazo inicial.

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adjudicatario y a su personal contratado, con un preaviso mínimo de un mes, en el caso que por necesidades del servicio o de seguridad, se precisase tomar dicha medida.

Zaragoza, a 02 de marzo de 2011 EL TENIENTE CORONEL JEFE DEL GRUPO DE PERSONAL

-Carlos A. Vicente Murcia – Vº Bº

EL CORONEL 2º JEFE DE LA AGRUPACIÓN B.A.

ZARAGOZA

- Juan Ayuso Puente -

APROBADO

EL JEFE DE LA SEA 026

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Anexo I

SERVICIOS MÍNIMOS

Medios materiales:

- Cinco (5) lavadoras de 6 Kg. de carga (funcionamiento con monedas) - Cinco (5) secadoras de 6 Kg. de carga (funcionamiento con monedas) - Dispensador del detergente (funcionamiento con monedas)

- Dispensador del suavizante (funcionamiento con monedas) - Características mínimas de los medios:

o Lavadoras

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS LAVADORAS 

     

TAMBOR    

   CAPACIDAD (Kg)  6 

     

DIAMETRO APERTURA DE LA PUERTA 

(mm)  300        VELOCIDAD        ALTO CENTRIFUGADO (RPM)  500 a 1000     BAJO CENTRIFUGADO (RPM)  250 a 500     INTERMEDIA (RPM)  85     LAVADO (RPM)  10 a 50        FUERZA‐G  296      

POTENCIA DEL MOTOR (W)  750

     

PRESION DEL AGUA (BAR)  3 a 5 

      CLASIFICACIÓN ENERGETICA  A‐30%        EFICACIA LAVADO  A        EFICACIA CENTRIFUGADO  A  o Secadoras:

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS LAVADORAS 

     

TAMBOR 

   CAPACIDAD (Kg)  6

   CONDESACION ELECTRÓNICA POR BOMBA DE CALOR 

FILTROS Y CONDENSADORES 

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   PROGRAMA RÁPIDO PARA CARGAS DE 3 KG 

   CAMISAS    

   TEJIDOS GRUESOS        PRENDAS DEPORTIVAS    

POTENCIA DEL MOTOR (Kw)  1,9

     

POTENCIA DE CONEXIÓN (W)  1350

     

CLASIFICACIÓN ENERGETICA  A‐40%

Servicio de limpieza en seco:

- A realizar en servicio ajeno a la Base Aérea.

- Recogida y entrega de ropa a cargo del adjudicatario - Entrega de ropa en plazo máximo de 48 horas

- Entrega de ropa con empaquetado y presentación final - Lista de precios por servicio

- Libro de reclamaciones

LIMPIEZA EN SECO 

COEFICIENTE  PRENDA  PRECIO CON IVA 

5  PANTALÓN    5  FALDA    5  AMERICANA     3  CORBATA    3  CAMISA     5  CAZADORA    4  ANORAK    4  ABRIGO    4  BLUSA    4  JERSEY    LAVADO EN AGUA 

COEFICIENTE  SERVICIO  PRECIO CON IVA 

10  LAVADO 6 Kg. ROPA   

10  SECADO 6 Kg. ROPA   

5  DOSIF.  DETERGENTE   

Referencias

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