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Formalización tributaria

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 Formalización tributaria:Formalización tributaria:

Cuando una empresa desea iniciar su

Cuando una empresa desea iniciar su formalización debe primero pensar como se va a constituir, como persona natural conformalización debe primero pensar como se va a constituir, como persona natural con

negocio o como persona jurídica, es la primera pregunta que se debe realizar el empresario. Hay que recordar que tener un

negocio o como persona jurídica, es la primera pregunta que se debe realizar el empresario. Hay que recordar que tener un

negocio o una actividad empresarial genera

negocio o una actividad empresarial genera rentas de tercera categoría y como tal se rentas de tercera categoría y como tal se debe hacer la inscripcióndebe hacer la inscripción

en S!"

en S!"# para obtener el # para obtener el n$mero de %C. Si el n$mero de %C. Si el empresario desea constituirse como persona natural solo debe presentarempresario desea constituirse como persona natural solo debe presentar

su &!' y un recibo de agua o luz para inscribir su negocio y obtener el %C, de lo contrario si desea constituirse como

su &!' y un recibo de agua o luz para inscribir su negocio y obtener el %C, de lo contrario si desea constituirse como

persona jurídica, debe tramitar la

persona jurídica, debe tramitar la minuta y la escritura p$blica de minuta y la escritura p$blica de la empresa e inscribirla en registros p$blicos, la empresa e inscribirla en registros p$blicos, parapara

despu(s solicitar el n$mero de %C en

despu(s solicitar el n$mero de %C en S!"S!"##. )a diferencia entre . )a diferencia entre el tipo de el tipo de constitución del negocio es por el constitución del negocio es por el lado de lalado de la

separación de los bienes personales y de la empresa, que en el caso de una persona jurídica se dejan claramente

separación de los bienes personales y de la empresa, que en el caso de una persona jurídica se dejan claramente

establecidos. "dem

establecidos. "dem*s el empresario debe saber en *s el empresario debe saber en que tipo de r(gimen que tipo de r(gimen tributario va estar su negocio, la tributario va estar su negocio, la cual puedecual puede

escoger entre el !uevo %S, el

escoger entre el !uevo %S, el r(gimen especial +%%- y el %(gimen eneral +%-, pero hay r(gimen especial +%%- y el %(gimen eneral +%-, pero hay que conocer las limitacionesque conocer las limitaciones

que tiene cada uno

que tiene cada uno de ellos/ es por eso de ellos/ es por eso que antes de iniciar el que antes de iniciar el proceso de formalización el empresario se debe informar.proceso de formalización el empresario se debe informar.

¿QUÉ ES RUC?

¿QUÉ ES RUC?

Es el registro informático a cargo de la SUNAT donde se encuentran inscritos los contribuyentes de todo el Es el registro informático a cargo de la SUNAT donde se encuentran inscritos los contribuyentes de todo el país, así como otros obligados a inscribirse en el por mandato legal.

país, así como otros obligados a inscribirse en el por mandato legal.

Contiene información como el nombre, denominación o raón

Contiene información como el nombre, denominación o raón social, el domicilio fiscal, la acti!idadsocial, el domicilio fiscal, la acti!idad económica principal y las secundarias de cada

económica principal y las secundarias de cada contribuyente. Asimismo, recoge la relación de tributoscontribuyente. Asimismo, recoge la relación de tributos afectos, tel"fonos, correo electrónico, la fec#a

afectos, tel"fonos, correo electrónico, la fec#a de inicio de acti!idades y los responsables del cumplimientode inicio de acti!idades y los responsables del cumplimiento de obligaciones tributarias.

de obligaciones tributarias.

Cada contribuyente es identificado con un n$mero de %% dígitos denominado n$mero &UC. Este n$mero es Cada contribuyente es identificado con un n$mero de %% dígitos denominado n$mero &UC. Este n$mero es de carácter $nico y permanente y debe utiliarse en todo trámite 'ue se realia ante la SUNAT.

de carácter $nico y permanente y debe utiliarse en todo trámite 'ue se realia ante la SUNAT.

¿QUÉ NECESITO PARA OBTENER MI RUC?

¿QUÉ NECESITO PARA OBTENER MI RUC?

(ara inscribirse en el &UC usted cuenta con dos opciones) (ara inscribirse en el &UC usted cuenta con dos opciones)

1.

1. A través de Internet (Pre- inscrici!n"#A través de Internet (Pre- inscrici!n"#

(odrá encontrar toda la información relacionada en el siguiente

(odrá encontrar toda la información relacionada en el siguienteenlaceenlace..

2.

2. En $%r&a resencia'#En $%r&a resencia'#

Usted podrá realiar su inscripción en cual'uier

Usted podrá realiar su inscripción en cual'uier Centro de Ser!icios al ContribuyenteCentro de Ser!icios al Contribuyente cercano a su cercano a su domicilio fiscal, debiendo presentar los documentos detallados en el siguiente

domicilio fiscal, debiendo presentar los documentos detallados en el siguiente enlaceenlace..

IMPORTANTE#

IMPORTANTE#

Si necesita inscribir una (ersona *urídica u otras entidades tendrá mayor información a tra!"s de

Si necesita inscribir una (ersona *urídica u otras entidades tendrá mayor información a tra!"s de +rientación+rientación Tributaria

Tributaria..

) ¿QUIÉNES EST*N OB+I,AOS A INSCRIBIRSE? ) ¿QUIÉNES EST*N OB+I,AOS A INSCRIBIRSE?

Todas las personas domiciliadas o no en el

Todas las personas domiciliadas o no en el (er$, 'ue realicen acti!idades económicas por las 'ue deban pagar tributos, incluyendo(er$, 'ue realicen acti!idades económicas por las 'ue deban pagar tributos, incluyendo la importación , eportación.

la importación , eportación.

(ersonas 'ue realicen acti!idades de eportación e importación. (ersonas 'ue realicen acti!idades de eportación e importación.

.) ¿CU*NO EBE INSCRIBIRSE? .) ¿CU*NO EBE INSCRIBIRSE?

(2)

Cuando se proyecte iniciar acti!idades económicas -generadoras de impuestos dentro de los doce -%/ meses siguientes a la fec#a de inscripción.

/) ¿QUIÉNES PUEEN INSCRIBIRSE EN E+ RUC POR ESTE MEIO?

(ueden inscribirse por este medio sólo las personas naturales con o sin negocio, -es decir comerciantes, arrendadores de bienes muebles e inmuebles, profesionales independientes, personas 'ue e0eran alg$n oficio, etc. y 'ue se identifi'uen con su

documento nacional de identidad -1N2.

El número de RUC,

Es el número de once (11) dígitos que idenfca al contribuente ante la !U"#$, luego que a este se le confrma su inscri%ci&n, endic'o registro. Es de uso obligatorio %ara cualquier ges&n que se realice ante la #dministraci&n $ributaria  otras de%endencias de la #dministraci&n ública que la !U"#$ estableca. *ic'o número ene car+cter %ermanente  es de uso eclusi-o de su tular.

/ui0nes deben inscribirse en el RUC

$odas las %ersonas naturales o urídicas, sucesiones indi-isas, sociedades de 'ec'o u otros entes colec-os, nacionales o etraneros, domiciliados o no en el %aís, quesean contribuentes 3o res%onsables de tributos administrados 3o recaudados %or !U"#$. #simismo, deber+n inscribirse en el Registro, los suetos que soliciten la de-oluci&n del 456 o 47 al am%aro de lo dis%uesto %or el *ecreto 8egisla-o "9 :;<  modifcatorias, los suetos que se acoan a los Regímenes #duaneros o a los *esno #duaneros Es%eciales o de Ece%ci&n %re-istos en el $U= de la 8e 5eneral de #duanas>  los que %or los actos u o%eraciones que se realicen la !U"#$ considere necesaria su incor%oraci&n al registro. ara inscribirse en el RUC, el contribuente debe

conocer %re-iamente la renta que genera,

el r0gimen tributario 3o el tributo que le corres%onda como agenteretenedor

/ui0nes no deben inscribirse

"o deben inscribirse en el RUC, siem%re que no tu-ieran la obligaci&n de inscribirse en dic'o registro %or alguno de los mo-os indicados en el %unto anterior?

a. 8as %ersonas naturales que %erciban eclusi-amente rentas consideradas de quinta categoría según las normas del 4m%uesto a la Renta.

b. 8as %ersonas naturales, sociedades conugales  sucesiones indi-isas que %erciban eclusi-amente intereses %ro-enientes de de%&sitos e@ectuados en

las 4nstuciones del !istema Ainanciero "acional autoriadas %or la!u%erintendencia de Banca  !eguros.

(3)

c. 8as %ersonas naturales que %erciban eclusi-amente, o en @orma conunta, los ingresos sealados en los incisos %recedentes.

d. 8as %ersonas naturales, sociedades conugales  sucesiones indi-isas quesean suetos del 4m%uesto a las $ransacciones Ainancieras, 4m%uesto de !olidaridad en @a-or de la "ie *esam%arada  el 4m%uesto Etraordinario %ara la romoci&n  *esarrollo $urísco "acional.

e. 8as %ersonas naturales, sucesiones indi-isas  sociedades conugales que eeran la o%ci&n sobre atribuci&n de rentas %re-ista en el arDculo 19 de la 8e del 4m%uesto a la Renta, que em%leen a

trabaadores del 'ogar o

quee-entualmente contraten trabaadores de construcci&n ci-il %ara laconstrucci&n o re@acci&n de edifcaciones, no relacionadas con su ac-idad comercial.

@. 8os no domiciliados cuas rentas est+n suetas a retenci&n en la @uente. $ambi0n los no domiciliados a los cuales no se les 'a e@ectuado la retenci&n %or cuanto el %agador de la renta es una endad no domiciliada.

g. 8as %ersonas naturales que realicen en @orma ocasional im%ortaciones o e%ortaciones de mercancías, cuo -alor A=B %or o%eraci&n no eceda de mil d&lares americanos (U! F 1,GGG.GG)  siem%re

que registren 'asta tres(<) im%ortaciones o e%ortaciones anuales como m+imo.

'. 8as %ersonas naturales que %or única -e, en un ao calendario, im%orten o e%orten mercancías, cuo -alor A=B eceda los mil d&lares americanos (U!F 1,GGG.GG)  siem%re que no su%ere los tres mil

d&lares americanos (U! F<,GGG.GG).

i. 8as %ersonas naturales que realicen el tr+fco @ronterio limitado a las onas de intercambio de mercancías desnadas al uso  consumo dom0sco

entre%oblaciones @ronterias, en m0rito a los Reglamentos  Con-enios4nternacionales -igentes, 'asta %or el monto o candad establecidos en los mismos.

 . 8os suetos que e@ectúen o reciban en-íos o %aquetes %ostales de uso%ersonal  eclusi-o del desnatario, trans%ortados %or el ser-icio %ostal o los concesionarios %ostales o de mensaería internacional.

H. 8os suetos que e@ectúen el ingreso o salida tem%oral  %ermanencia de -e'ículos %ara turismo.

l. 8os miembros acreditados del ser-icio di%lom+co nacional o etranero, así como los @uncionarios de organismos internacionales que en eercicio de sus derec'os establecidos en las dis%osiciones legales, desnen sus -e'ículos  menae de casa a regímenes, o%eraciones o desnos aduaneros es%eciales, con o sin resoluci&n liberatoria.

m. 8os disca%acitados %or la im%ortaci&n de %r&tesis  'asta un -e'ículoeonerado, de acuerdo a lo dis%uesto en la 8e 5eneral de la %ersona con disca%acidad.

n. 8as %ersonas naturales que e@ectúen el ingreso o salida

del equi%ae menae de casa, así como las o%eraciones tem%orales reguladas en elReglamento de Equi%ae  7enae de Casa.

o. 8as %ersonas naturales no residentes en el %aís que e@ectúen el reembarque de mercancías arribadas con su equi%ae.

Los Regímenes Tributarios de la

SUNAT

(4)

Son aquellas categorías en las cuales toda persona

natural o jurídica que posea o va a iniciar un negocio

deberá estar registrada en la Superintendencia

Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria

-SUNAT, que establece los niveles de pagos de

impuestos nacionales

DePeru.com - Tipos de impuestos en Perú

La SUNAT tiene establecido cuatro regímenes donde todo profesional independiente o negocio deben

estar contemplados. El último de ellos entr en !igencia el primer día del a"o #$%&

(5)

1. Nuevo Régimen Único Simplificado - RUS

Es el primer r'gimen donde se encuentran las personas o negocios de menor mo!imiento

econmico establecido dentro de los rangos establecidos por la Sunat.

¿Quiénes pueden acogerse aeste régimen?

Pueden acogerse a este ('gimen) Personas Naturales * Sucesiones +ndi!isas ,ue contemplen lo

siguiente)

 8os 4ngresos Brutos  el monto de las com%ras no sean maor a !3 <G,GGG  El -alor de los ac-os fos no sean maor a !3 :G,GGG

 *eben realiar ac-idades en un solo establecimiento o sede %roduc-a.

Impedidos a acogerse a Nuevo RUS

 No pueden acogerse al Nue!o (US a,uellos ,ue)

 resten el ser-icio de trans%orte de carga de mercancías uliando sus -e'ículos que tengan una

ca%acidad de carga maor o igual a 2 $7.

 resten el ser-icio de trans%orte terrestre nacional o internacional de %asaeros.

 E@ectúen 3o tramiten algún r0gimen, o%eraci&n o desno aduanero> ece%to que se trate de

contribuentes?

 Cuo domicilio fscal se encuentre en ona de @rontera, que realicen im%ortaciones defni-as que no

ecedan de U! F IGG %or mes, de acuerdo a lo sealado en el Reglamento.

 /ue e@ectúen e%ortaciones de mercancías a tra-0s de los desnos aduaneros es%eciales o de

ece%ci&n %re-istos en los incisos b)  c) del arDculo ;<J de la 8e 5eneral de #duanas, con sueci&n a la norma-idad es%ecífca que las regule.

 /ue realicen e%ortaciones defni-as de mercancías, a tra-0s del des%ac'o sim%lifcado de

e%ortaci&n, al am%aro de lo dis%uesto en la norma-idad aduanera.

 Realicen -enta de inmuebles.

 *esarrollen ac-idades de comercialiaci&n de combusbles líquidos  otros %roductos deri-ados de

los 'idrocarburos, de acuerdo con el Reglamento %ara la Comercialiaci&n de Combusbles 8íquidos  otros %roductos deri-ados de los Kidrocarburos.

 Entreguen bienes en consignaci&n.

 resten ser-icios de de%&sitos aduaneros  terminales de almacenamiento.

 Realicen alguna de las o%eraciones gra-adas con el 4m%uesto !elec-o al Consumo.  Realicen o%eraciones a@ectas al 4m%uesto a la -enta del #rro ilado.

(6)

 =rganicen cualquier %o de es%ect+culo %úblico.

 !ean notarios, marlleros, comisionistas 3o rematadores> agentes corredores de %roductos, de bolsa

de -alores 3u o%eradores es%eciales que realian ac-idades en la Bolsa de roductos> agentes de aduana  los intermediarios de seguros.

 !ean tulares de negocios de casinos, m+quinas tragamonedas 3u otros de naturalea similar.  !ean tulares de agencias de -iae, %ro%aganda 3o %ublicidad.

ipo de !ompro"antes a emitir#

1. Boletas de 6enta. 2. $icHets

<. 7+quinas registradora sin derec'o al cr0dito fscal.

ri"utos a $agar#

Categoría Ingresos Hasta S/. Compras Hasta S/. Cuota por Pagar

1 I,GGG I,GGG 2G

2 ;,GGG ;,GGG IG

< 1<,GGG 1<,GGG 2GG

L 2G,GGG 2G,GGG LGG

I <G,GGG <G,GGG GG

¿Quiénes

se

encuentran

en

la

categor%a

especial

del

nuevo

RUS?

La ategoría Especial del NUE/0 (US est1 dirigida a a,uellos contribu*entes cu*os ingresos

 brutos * sus compras anuales no supere cada uno de S2 3$$$$ * siempre ,ue se trate de)

(7)

Personas ,ue se dedi,uen únicamente a la !enta de frutas

4ortali5as legumbres tub'rculos raíces semillas * dem1s bienes especificados en el Ap'ndice +

de la Le* del +6/ e +S reali5ada en los mercados de abastos.

Personas dedicados e7clusi!amente al culti!o de productos agrícolas * ,ue !endan sus productos

en

su

estado

natural.

&a cuota mensual aplica"le a los contri"u'entes u"icados en la (!ategor%a )special( es de

S*.

+.++,

es

decir,

ue

no

paga.

¿!undo

se

de"e

cam"iar

de

Régimen

/salir

del

Nuevo

RUS0?

El

cambio

del

r'gimen

puede

ser

!oluntario

u

obligatorio)

oluntario

) Se puede dar en cual,uier mes del a"o. El contribu*ente se podr1 incorporar al (E( 

o

al

(86+9EN

6ENE(AL

DEL

+9PUEST0

A

LA

(ENTA.

2"ligatorio#

  Se produce si durante el a"o el contribu*ente incumple con algunos de los

re,uisitos

establecidos

para

el

NUE/0

(US.

En este caso el contribu*ente ingresar1 al (86+9EN 6ENE(AL DEL +9PUEST0 A LA

(ENTA.

(8)

El (E( es un r'gimen tributario dirigido a personas naturales * :urídicas sucesiones indi!isas *

sociedades con*ugales domiciliadas en el país ,ue obtengan rentas de tercera categoría

 pro!enientes

de)

a. a. Acvidades de comercio y/o industria, como la -enta de bienes que se adquieren, %roducan o manu@acturen , así como la de aquellos recursos naturales que etraigan, incluidos la cría  el cul-o. b. b. Acvidades de servicio,es decir, cualquier ac-idad no sealada anteriormente o que s&lo se lle-e a

cabo con mano de obra.

Su

tasa

es

de

%.;<

de

los

ingresos

netos

mensuales.

¿Quiénes pueden acogerse al R)R?

 ersonas "aturales.  !ociedades Conugales.  !ucesiones 4ndi-isas.  ersonas Murídicas.

Reuisitos para acogerse al R)R 

 El monto de sus ingresos netos no debe su%erar los !3. I2I,GGG en el transcurso de cada ao.

 El -alor de los ac-os fos a@ectados a la ac-idad con ece%ci&n de los %redios  -e'ículos, no debe

su%erar los !3. 12,GGG

 !e deben desarrollar las ac-idades generadoras de rentas de tercera categoría con %ersonal a@ectado

a la ac-idad que no su%ere las 1G %ersonas %or turno de trabao.

 El monto acumulado de sus adquisiciones a@ectadas a la ac-idad, no debe su%erar los !3. I2I,GGG en

el transcurso de cada ao.

 "o realiar ninguna de las ac-idades que est+n %ro'ibidas en el RER.

Impedidos a acogerse a R)R 

 No pueden acogerse a,uellos ,ue)

 Realicen ac-idades que sean califcadas como contratos de construcci&n según las normas del

4m%uesto 5eneral a las 6entas, aun cuando no se encuentren gra-adas con re@erido im%uesto.

 resten ser-icios de trans%orte de carga de mercancías, cua ca%acidad de carga sea maor o igual a

2$7. (*os toneladas m0tricas).

 !er-icios de trans%orte terrestre nacional o internacional de %asaeros.  =rganicen cualquier %o de es%ect+culo %ublico.

(9)

 !ean notarios, marlleros, comisionistas 3o rematadores? agentes corredores de %roductor, de bolsa

de -alores 3u o%eradores es%eciales que realian ac-idades en la Bolsa de roductos> agente de aduanas  los intermediarios de seguros.

 !ean tulares de negocios de casinos, tragamonedas 3u otros de naturalea similar.  !ean tulares de agencia de -iaes, %ro%aganda 3o %ublicidad.

 *esarrollen ac-idades de comercialiaci&n de combusbles líquidos  otros %roductos deri-ados de

los 'idrocarburos.

 Realicen -enta de inmuebles.

 resten ser-icios de de%&sito aduaneros  terminales de almacenamiento, ges&n.  #c-idades de m0dicos  odont&logo.

 #c-idades -eterinarias.  #c-idades urídicas.

 #c-idades de contabilidad, tenedurías de libros  auditorias, asesoramiento en materia de im%uestos.  #c-idades de #rquitectura e 4ngeniería  relacionadas con el #sesoramiento $0cnico.

 #c-idades 4n@orm+cas  Coneas.

 #c-idades de #sesoramiento Em%resarial  en materia de ges&n.

ri"utos 4fectos al R)R 

I.5..#

%= < del !alor de !enta con deduccin del cr'dito fiscal.

Impuesto a la Renta#

%.;< de sus ingresos netos mensuales. El pago de esta cuota mensual es

de car1cter cancelatorio.

¿!6mo

acogerse

al

R)R?

Para incorporarse al este ('gimen 4a* ,ue tener presente lo siguiente)

a. ratndose de contri"u'entes ue inicien actividades en el transcurso del e7ercicio#

El Acogimiento se reali5a únicamente con ocasin de la declaracin * pago de la cuota ,ue

corresponde al período de inicio de acti!idades declarado en el (egistro >nico de

ontribu*entes * siempre ,ue se efectúe dentro de la fec4a de su !encimiento.

". ratndose de contri"u'entes ue provengan del Régimen 5eneral o del Nuevo Régimen

Único

Simplificado#

El acogimiento se reali5ar1 únicamente con ocasin de la declaracin * pago de la cuota ,ue

corresponde al período en ,ue se efectúa el cambio de r'gimen * siempre ,ue se efectúe dentro

(10)

de

la

fec4a

de

su

!encimiento.

&i"ros ' Registros !onta"les

 Registro de Com%ras.  Registro de 6entas.

ipo de !ompro"antes ue pueden emitir

 Aacturas

 Boletas de -enta

 $icHets emidos %or m+quinas registradoras que dan derec'o al cr0dito fscal.  Aactura Electr&nica a tra-0s de !U"#$ 6irtual.

8eclaraci6n

'

pago

de

impuestos

en

el

R)R  

Presentando la declaracin mediante)

 El @ormulario -irtual "o. 21 !im%lifcado 456 N Renta 7ensual *$ 21.

 7ediante el *$ 21 a tra-0s de 4nternet o en las agencias bancarias autoriadas, uliando %ara dic'o

e@ecto la C8#6E !=8 (cla-e de acceso a !unat =%eraciones en 8ínea)  considerando su -encimiento según el Cronograma de =bligaciones $ributararias a%robado %or la !unat.

9. Régimen 5eneral del Impuesto a la Renta

Dentro de las características principales de este r'gimen tenemos)

(11)

 Es @uente generadora de renta? Ca%ital  $rabao.  !e ene que sustentar sus gastos.

 !e debe realiar %agos a cuenta mensuales %or el 4m%uesto a la Renta.  !e %resenta *eclaraci&n #nual.

¿Quiénes pueden acogerse?

 ersonas "aturales.  !ucesiones 4ndi-isas.

 #sociaciones de Kec'o de ro@esionales.  ersonas Murídicas.

 !ociedades irregulares.

 Contratos asocia-os que lle-en contabilidad inde%endiente.

4ctividades comprendidas

 Cualquier %o de ac-idad econ&mica 3o e%lotaci&n comercial.  restaci&n de ser-icios.

 Contratos de construcci&n.  "otarios.

 #gentes mediadores de comercio, rematadores  marlleros.

!ompro"antes de $ago ' otros 8ocumentos ue pueden emitir

 Aacturas  Boletas de -enta  $icHets  8iquidaci&n de com%ra  "otas de cr0dito  "otas de d0bito

(12)

 5uías de remisi&n trans%orsta

ri"utos 4fectos

I.5..#

%= < del !alor de !enta con deduccin del cr'dito fiscal.

Impuesto

a

la

Renta#

?$<

sobre

la

renta

neta.

&i"ros ' Registros !onta"les

:asta 1;+ UI de ingresos "rutos anuales#

 Registro de Com%ras  Registro de 6entas

 8ibro *iario de Aormato !im%lifcado

Ingresos "rutos anuales ma'ores a 1;+ UI#

 Contabilidad Com%leta

<. Régimen =>$) ri"utario

Este r'gimen comprende a personas naturales * :urídicas sucesiones indi!isas * sociedades

con*ugales las asociaciones de 4ec4o de profesionales * similares ,ue obtengan rentas de tercera

categoría domiciliadas en el país cu*os ingresos netos no superen las % &$$ U+T en el e:ercicio

gra!able.

 ¿Cómo puedo acceder al nuevo Régimen MYPE Tributario?

La SU!T incorporar" de o#icio a lo$ contribu%ente$ &ue al '()(*)*+(, -ubieren e$tado tributando en el Régimen .eneral % cu%o$ ingre$o$ neto$ del e/ercicio *+(, no $uperaron la$ (0++ U1T2 $alvo &ue $e -a%an acogido al uevo RUS o Régimen E$pecial2 con la declaración corre$pondiente al me$ de enero del a3o *+(0) También $er"n incorporado$ de o#icio a&uello$ contribu%ente$ &ue al '()(*)*+(, -ubieran e$tado acogido$ al uevo RUS en la$ categor4a$ '2 5 % 6 o tengan la condición de E1RL acogida$ a dic-o régimen2 $iempre &ue no -a%an optado por acoger$e en enero del *+(0 al RUS 7categor4a$ ( % *82 Régimen E$pecial o Régimen .eneral) !$imi$mo2 de acuerdo a la norma también pueden acoger$e de manera voluntaria lo$ contribu%ente$ &ue $e encuentren en

(13)

¿Cómo pago el 1mpue$to a la renta en el Régimen MYPE Tributario? El impue$to a la renta $e determinar" aplicando la e$cala progre$iva

acumulativa de acuerdo al $iguiente detalle:

;a$ta (6 U1T < (+ =

M"$ de (6 U1T < *>)6 =

¿Cómo realio lo$ pago$ a cuenta en el Régimen MYPE Tributario? Lo$ pago$ a cuenta del 1mpue$to a la Renta $e pagar"n de la

$iguiente manera:

Contribu%ente$ cu%o$ ingre$o$ neto$ anuale$ del e/ercicio no $uperen la$ '++ U1T: uno por ciento 7(2+=8 a lo$ ingre$o$ neto$ obtenido$ en

el me$)

Contribu%ente$ del RMT &ue en cual&uier me$ del e/ercicio $uperen la$ '++ U1T: con#orme a la$ regla$ del Régimen .eneral e$tablecida$ en la Le% del 1mpue$to a la Renta % norma$ reglamentaria$) ¿@ué libro$ contable$ $e e$t" obligado a llevar en el Régimen MYPE Tributario?

Lo$ libro$ contable$ &ue deber"n llevar lo$ contribu%ente$ de é$te

régimen $on:

Con ingre$o$ neto$ anuale$ -a$ta '++ U1T:

Regi$tro de Aenta$2

Regi$tro de Compra$ %

Libro Biario de ormato Simpli#icado)

Con ingre$o$ neto$ anuale$ $uperiore$ a '++ U1T: E$t"n obligado$ a llevar lo$ libro$ con#orme a lo di$pue$to en el $egundo p"rra#o del

art4culo ,6D de la Le% del 1mpue$to a la Renta)

¿@ué bene#icio tiene el Régimen MYPE Tributario?

Trat"ndo$e de contribu%ente$ &ue inicien actividade$ durante el *+(0 % a&uello$ &ue provengan del uevo RUS2 durante el e/ercicio *+(02 la SU!T no aplicar" la$ $ancione$ corre$pondiente$ a la$ $iguiente$ in#raccione$2 $iempre &ue cumplan con $ub$anar la in#racción2 de acuerdo a lo &ue e$tableca la SU!T mediante re$olución de $uperintendencia:

mitir llevar lo$ libro$ de contabilidad2 u otro$ libro$ %Fo regi$tro$ u otro$ medio$ de control e9igido$ por la$ le%e$ % reglamento$ Llevar lo$ libro$ de contabilidad2 u otro$ libro$ %Fo regi$tro$ $in

(14)

ob$ervar la #orma % condicione$ e$tablecida$ en la$ norma$ corre$pondiente$)

Llevar con atra$o ma%or al permitido por la$ norma$ vigente$2 lo$

libro$ de contabilidad u otro$ libro$ o regi$tro$)

o e9-ibir lo$ libro$2 regi$tro$ u otro$ documento$ &ue la

!dmini$tración Tributaria $olicite)

o pre$entar la$ declaracione$ &ue contengan la determinación de la deuda tributaria2 dentro de lo$ plao$ e$tablecido$)

Regímenes tributarios

Son las categorías bajo las cuales una Persona Natural o Persona Jurídica que posee o va a

iniciar un negocio debe estar registrada en la SUNAT.

El rgimen tributario establece la manera en la que se pagan los impuestos ! los niveles de

pagos de los mismos. Puedes optar por uno u otro rgimen dependiendo del tipo ! el tama"o

del negocio.

A partir de enero del a"o #$%& 'a! cuatro regímenes tributarios Nuevo Rgimen (nico

Simpli)cado *NRUS+, Rgimen Especial de -mpuesto a la Renta *RER+, Rgimen /PE

Tributario *RT+ ! Rgimen 0eneral *R0+.

"ue-o R0gimen Onico !im%lifcado ("RU!)

R0gimen Es%ecial de 4m%uesto a la

Renta (RER)

R0gimen 7PE $ributario (R7$)

R0gimen 5eneral (R5)

(15)

ersonaMurídica "o !í !í !í   8ímite de ingresos al ao Kasta !3 Q,GGG.GG anuales u !3 ;,GGG.GG mensuales Kasta !3 I2I,GGG.GG anuales

4ngresos netos que no su%eren las 1: U4$ en el eercicio gra-able

(%roectado o del eercicio anterior) !in límite 8ímite de com%ras al ao Kasta !3 Q,GGG.GG anuales u !3 ;,GGG.GG mensuales Kasta !3 I2I,GGG.GG anuales

!in límite !in límite

Com%robantes de %ago que %uede emir

Boleta de -enta  cHets que no dan derec'o a cr0dito fscal, gasto o costo

Aactura, boleta  todos los dem+s %ermidos

Aactura, boleta  todos los dem+s %ermidos

Aactura, boleta  todos los dem+s %ermidos

*eclaraci&n Murada

(16)

6alor de ac-os

fos !3 :G,GGG.GG !3 12,GGG.GG !in límite !in límite

$rabaadores !in límite 1G %or turno !in límite !in límite

Puedes encontrar ma!or in1ormaci2n sobre estos regímenes tributarios en la 3eb de la

SUNAT.

Referencias

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