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Protocolo Contingencia Sanitaria Coronavirus COVID 19 Casinos PROT CAS - COVID 19

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Protocolo Contingencia Sanitaria

Coronavirus COVID – 19 “Casinos”

PROT – CAS - COVID 19

Desarrollado por

Sr. Leonardo Follert U., Experto en Prevención de Riesgos

Fecha: Julio 2020

Revisado por Sra. Carmen Pérez Mansilla, Jefe de Recursos Humanos

Fecha: Julio 2020

Aprobado por Sr. Rafael Poblete, Administrador Colegio

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1. OBJETIVO

Establecer estándares de seguridad para protección sanitaria contra Coronavirus “COVID 19”, en los Casinos del Colegio San Francisco Javier.

2. ALCANCE

Será aplicable a todas las personas que se encuentren al interior del Establecimiento, y que utilicen uno de los Casinos para cubrir necesidades básicas de alimentación.

3. DEFINICIONES

3.1 Atomizador: Pulverizador de líquidos.

3.2 Barrera Física de Protección: Es o son aquellas barreras físicas, construidas de diversos materiales que se disponen entre personas para evitar contactos del alto riesgo en las actividades definidas según la operación del Colegio.

3.3 Casino: Dependencia del Establecimiento destinada a la alimentación de colaboradores y alumnos.

3.4 Comité de Crisis: Grupo de personas pertenecientes al Establecimiento, seleccionados estratégicamente para actuar de forma rápida y oportuna frente a la contingencia sanitaria actual.

3.5 Contacto Directo: Ocurre cuando se toca algo; una persona puede transmitir los microorganismos a los demás por el contacto de piel a piel o el contacto con las superficies, el suelo o la vegetación.

3.6 Distanciamiento Social: Es una medida de mitigación comunitaria, frecuentemente utilizada en pandemias o en el contexto de alerta sanitaria. Esta medida corresponde a la disminución del contacto físico básico entre personas en cualquier situación.

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3.7 Elementos de Protección Personal: Elemento o conjuntos de dispositivos utilizados para proteger la integridad física de un colaborador, disminuyendo las consecuencias de potenciales accidentes o enfermedades profesionales.

3.8 Establecimiento: Refiere a Colegio San Francisco Javier

3.9 Lavado Clínico de Manos: Acción de limpieza, y Sanitizante de manos por medio de jabón y agua. Se recomienda seguir las indicaciones establecida en el instructivo a fin. 3.10 Propagación por gotículas: Se refiere a la diseminación gotitas y aerosoles relativamente grandes de corto alcance, que se produce al toser, estornudar o hablar. 3.11 Protocolos: Conjunto de medidas preventivas adoptadas para el control de riesgos, que rigen el comportamiento individual o colectivo al interior del Establecimiento, los cuales son declarados y evidenciados mediante un documento.

3.12 Solución desinfectante: Solución recomendada por el Ministerio de Salud, utilizada en el pediluvio o superficie sanitizante para asegurar la desinfección del calzado de una persona, sin daños al artículo o a la integridad del mismo individuo.

4. REFERENCIAS

 Ley N° 16.744 “Establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

 Resolución Exenta N° 8.668 “Autoriza Protocolo de Seguridad Sanitaria para Lugares de Trabajo”.

 Recomendaciones de actuación en los lugares de trabajo en el contexto COVID 19 (MINSAL – Plan de Acción Coronavirus).

 Decreto Supremo N° 594, Aprueba las Condiciones Sanitarias Básicas en los Lugares de Trabajo.

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5. DESCRIPCIÓN

5.1 Generalidades

Debido a la contingencia sanitaria por COVID 19 actual, hemos considerado pertinente establecer estándares de seguridad para el funcionamiento de los Casinos del Establecimiento que permiten cubrir necesidades básicas de alimentación de colaboradores y alumnos, o para diversas actividades que se requieran.

Estas dependencias resultan ser un foco de atención importante en la adopción de medidas preventivas con la finalidad de disminuir la probabilidad de contagio, por sobre todo por el tiempo de permanencia de personas sin protección personal mientras consumen su alimentación. Por lo mismo, el presente Protocolo permite establecer parámetros de seguridad para una protección efectiva de las personas mientras sean usuarios de estas dependencias.

5.2 Responsabilidades

Administración: Otorgar las facilidades correspondientes para la planificación, implementación, control y seguimiento del procedimiento y protocolos de seguridad establecidos para el control del riesgo sanitario COVID 19.

Comité de Crisis: Definir y gestionar un plan de respuesta para la prevención y control de COVID 19 al interior de los Casinos.

Colaboradores, Alumnos, Terceros: Participar y ejecutar cada una de las medidas de control establecidas en el presente Protocolo.

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5.3 Medidas preventivas

Las medidas preventivas que se describen a continuación se establecen con la finalidad de disminuir la exposición al riesgo biológico por COVID – 19, en los Casinos, disminuyendo la probabilidad de contagio al interior de éstos:

5.3.1 Medidas Preventivas Generales: Se establecen las siguientes medidas para disminuir el riesgo de contagio:

 Lavado frecuente de manos o en su defecto uso de solución alcohólica (alcohol gel) disponible en su lugar de trabajo,

 Estornudar o toser con el antebrazo o en pañuelo desechable,

 Mantener distancia social de mínimo un metro con otros usuarios,

 Evitar tocarse los ojos, la nariz y la boca,

 No compartir artículos de higiene personal o alimentación,

 Evitar el contacto físico en saludos o despedidas,

 Mantener ambientes limpios y debidamente ventilados,

 Estar alerta a la sintomatología relacionada a potenciales contagios por COVID 19,

 No consumir alimentos en lugares ni horarios autorizados por el Establecimiento. 5.3.2 Medidas Preventivas Específicas: Se establecen las siguientes medidas específicas al interior de los servicios higiénicos para disminuir el riesgo de contagio: a) De las medidas Administrativas

Estas medidas permiten establecer un orden en el funcionamiento de los casinos del Establecimiento, considerando las siguientes:

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 En la escalera de acceso de los casinos se determina el sentido de ingreso y salida, siempre por el costado derecho.

 Se publica en el acceso de la dependencia el aforo, el cual no puede por ningún motivo superar las 50 personas simultáneas en colación o exceder el número de puestos indicados.

 Los horarios de colación son por turnos, respetando las normas básicas de seguridad: mínimo un metro de distancia entre personas y aforo ya indicado.

 Se cuenta con gráfica con las normas de seguridad básicas para las dependencias.

b) De las condiciones básicas de los Casinos

A continuación mencionan las medidas preventivas en relación a las condiciones básicas implementadas para control de COVID 19:

 Se cuenta con sillas y mesas de material lavable y en buen estado, las cuales se distribuyen de forma de respetar siempre el metro mínimo de distancias entre personas.

 Se cuenta con ventilación, ya sea forzada o natural.

 Se mantiene en condiciones higiénicas adecuadas, considerando las etapas de limpieza y desinfección de las superficies y elementos de mayor uso.

 Se poseen basureros con tapa para la eliminación de residuos, tanto por la elaboración de alimentos como por el uso de elementos de protección personal.

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c) Del Acceso al Casino

Se establecen las siguientes normas de seguridad en el acceso al Casino:

 Se dispone de alcohol gel en el acceso para reforzar la sanitización de manos de colaboradores y alumnos.

 Los desplazamientos se realizará siempre por el costado derecho de la escalera.

 En escalera o pasillos se cuenta con demarcación, indicando la distancia social entre personas, mientras acceden a la dependencia.

 Respete la señalización existente en la dependencia, sean gráficas, demarcaciones y señalizaciones en general.

d) De las medidas físicas y complementarias de protección

Establecer medidas físicas de protección permite resguardar la integridad física de colaboradores y alumnos, en los momentos de consumo de alimentos y por ende de no uso de elementos de protección personal:

 En las mesas se implementa barreras físicas de protección, para impedir la propagación de gotículas entre usuarios.

 En las mesas se determinará que puesto utilizar y cual no, de manera de asegurar la distancia mínima social de 1 metro entre personas.

 Se cuenta con atomizadores con alcohol diluido al 70%, para desinfección de superficies de mesas y sillas, antes y después de cada colación, por parte de los usuarios de las dependencias.

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 Alcuzas, termos, envases de café / té /jugos, serán retirados de las mesas, con la finalidad de evitar la generación de superficies de alto tránsito por parte de colaboradores o alumnos.

e) De los requisitos mínimos de implementación para empresa Concesionaria

Se mencionan las siguientes medidas preventivas de la concesionaria de alimentación:

 Velar que las normas establecidas en el presente Protocolo y otros establecidos por el Establecimiento se cumplan cabalmente.

 Antes y posterior a su uso, el Casino debe ser limpiado y desinfectado.

 Todos los manipuladores de alimentos deberán adoptar estrictas medida de higiene: pelo tomado, manos limpias, uñas cortas, sin accesorios como reloj, anillos, entre otros.

 Uso obligatorio de cofia, mascarilla y guantes.

 No debe presentar heridas en manos. En caso de ser así, debe reportar de inmediato a su jefatura directa.

 Mantener en buen estado de conservación, limpieza y desinfección de todos los artículos necesarios para el funcionamiento del Casino.

 Las comidas, ensaladas, café/té/jugos serán servidos exclusivamente por manipuladores.

 Las actividades de limpieza y desinfección de ambiente, superficies, lozas, servicios, microondas, dispensadores de agua, entre otros, son de responsabilidad

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de personal de la empresa Concesionaria, según lo dispuesto en los Protocolos establecidos para el control de riesgo sanitario por COVID 19.

f) De la Eliminación de Residuos

La eliminación de residuos se ejecuta según lo dispuesto en el Protocolo de Limpieza y Desinfección establecido por el Establecimiento.

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