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DIRECCIÓN NACIONAL DE ACCESO A LOS SERVICIOS DE JUSTICIA ACCESO A SERVICIOS DE JUSTICIA PARA LA EXPLOTACIÓN SEXUAL DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

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(1)

“ACCESO A SERVICIOS DE JUSTICIA PARA

LA EXPLOTACIÓN SEXUAL DE NIÑOS, NIÑAS

Y ADOLESCENTES”

Noviembre 2020

(2)

¿Qué es el acceso a la justicia?

Es el conjunto de derechos y garantías que los Estados tienen que asegurar a sus ciudadanos, sin ningún tipo de distinción, para que puedan acudir a la administración de justicia a resolver un conflicto y obtener una sentencia justa, de conformidad con el ordenamiento jurídico

Se aplica a todas las jurisdicciones y tiene un contenido amplio, siendo

concreciones del mismo: 1. La asistencia jurídica y

la defensa por un abogado totalmente independiente, 2. La especialización de la justicia, 3. La eliminación de barreras arquitectónicas, 4. La protección de las víctimas y testigos, la gratuidad, 5. La asistencia de un intérprete, si fuera necesario

6. Las garantías del debido proceso

(3)

Acceso a la justicia para niños, niñas y

adolescentes

Declaración Universal de DDHH - Los arts. 1 y 2 consagran la igualdad de todos los seres humanos

• El art. 8 (Acceso a la justicia): establece el derecho de toda persona a un recurso efectivo en caso de vulneración de los derechos fundamentales.

• El art. 9 prohíbe la detención, prisión o destierros arbitrarios,

• Y, los artículos 10 y 11 reconocen un catálogo de garantías procesales, como el derecho a ser oído

públicamente y con justicia por un tribunal imparcial e independiente, la presunción de inocencia, el derecho a la defensa jurídica y la irretroactividad de la ley penal

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

• Art. 9 prohíbe la detención por causas ajenas a la ley y reconoce el derecho a ser juzgado en plazo y a recurrir a los tribunales.

• Los art. 14 y 15 consagran la igualdad ante los tribunales y las garantías del debido proceso

Convención Americana sobre Derechos Humanos

• Sus artículos 8,9 y 10, con relación a las garantías judiciales, al principio de legalidad, a la irretroactividad de la ley penal y al derecho a la indemnización del perjudicado.

El acceso a la justicia para NNA: NNA víctimas o testigo del

delito en la justicia penal

(4)

Convención de los Derechos del Niño

Crea un marco de protección integral a favor de los NNAs que obliga a los Estados parte a respetar, proteger y garantizar tanto los derechos civiles y políticos como los económicos, sociales y culturales de este grupo poblacional

Ratificada la Convención por los Estados, estos se obligan a reconocer

para los niños, niñas y adolescentes los mismos derechos que con carácter

general se habían consagrado a favor de todos los seres humanos en el marco del derecho internacional.

Así mismo, reconocen derechos específicos dirigidos a asegurar el

crecimiento, supervivencia y desarrollo en las mejores condiciones

de bienestar para los NNAs.

La Convención estable 4 principios orientadores para su aplicación: • a. No-discriminación (artículo 2) • b. Interés superior del niño (artículo

3)

• c. Derecho a la vida, la

supervivencia y el desarrollo (artículo 6)

• e. Derecho a opinar libremente (artículo 12)

(5)

Acceso a la justicia para NNA víctimas de trata

de personas. Caso Ecuatoriano

MARCO NORMATIVO ECUATORIANO:

A

rt

íc

u

lo

75 CRE

Toda persona tiene

derecho al acceso gratuito a la justicia y a la tutela efectiva, imparcial y

expedita de sus derechos e intereses.

A

rt

íc

u

lo

22 C

O

FJ

Superar las barreras estructurales de índole jurídica, económica, social, generacional, de género, cultural, geográfica, o de cualquier naturaleza que sea discriminatoria e impida la igualdad de acceso y de oportunidades de defensa en el proceso.

A

rt

íc

u

lo

46,

#4 CRE

El Estado adoptará, entre otras, las siguientes medidas que aseguren a las niñas, niños y

adolescentes: 4) Protección y atención contra todo tipo de violencia, maltrato, explotación sexual o de cualquier otra índole, o contra la negligencia que provoque tales situaciones.

A

rt

. 66 #

29,

lit

er

al

(b

)

CRE

“… la prohibición de la esclavitud, la explotación, la servidumbre y el tráfico y la trata de seres

humanos en todas sus formas. El Estado adoptará medidas de prevención y erradicación de la trata de personas, y de protección y reinserción social de las víctimas de la trata y de otras formas de violación de la libertad”

(6)

Acceso a la justicia para NNA víctimas de trata

de personas. Caso Ecuatoriano

MARCO NORMATIVO ECUATORIANO:

Ar tí cu lo 78 C R

E Las víctimas de infracciones penales

gozarán de protección especial, se les garantizará su no revictimización. A rt íc ul o 81 C R

E Procedimientos especiales y expeditos

para el juzgamiento y sanción de los delitos de violencia intrafamiliar, sexual, crímenes de odio y los que cometan contra niños, niñas y adolescentes,

jóvenes (…) que, por sus particularidades, requieren una mayor protección (…).

(7)

Tipificación más recurrente en caso de NNA - COIP

A rt íc ul o

91 Tipificación del delito de

trata de personas. “la captación,

transportación, traslado, entrega, acogida o

recepción para sí o para un tercero, de una o más personas, ya sea dentro del país o desde o hacia otros países con fines de explotación…” A rt íc ul o 100 Explotación sexual de personas agravada. “la persona que, en

beneficio propio o de terceros, venda, preste, aproveche o dé en

intercambio a otra para ejecutar uno o más actos de naturaleza sexual (…) Si la conducta descrita se lleva a cabo sobre … niñas, niños, adolescentes, … la pena privativa aumenta.” A rt íc ul o 103

Pornografía con utilización de niñas, niños o

adolescentes. “La persona

que fotografíe, filme, grabe, produzca, transmita o edite materiales visuales,

audiovisuales, informáticos, electrónicos o de cualquier otro soporte físico o formato que contenga la

representación visual de desnudos o semidesnudos reales o simulados de niñas, niños o adolescentes…” A rt íc ul o 104 Comercialización de pornografía con utilización de niñas, niños o adolescentes. “La persona que

publicite, compre, posea, porte, transmita,

descargue, almacene, importe, exporte o venda, por cualquier medio, para uso personal o para intercambio

pornografía de niños, niñas y adolescentes…”

(8)

Evolución Normativa

Hasta el año 2000, con la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y el Protocolo Complementario para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas especialmente mujeres y niños; se consolida el delito de Trata Y tráfico como lo conocemos en la actualidad incluyendo sus distintas modalidades

En el 2014, el Estado ecuatoriano se comprometió a tomar acciones para la erradicación de la trata de personas, dando un paso a la tipificación del delito en el COIP

En el 2017, se expidió la Ley Orgánica de Movilidad Humana y su Reglamento

Delito de Trata y Tráfico de

Personas

En el 2019, se construyó el Plan de Acción Contra la Trata de Personas (PACTA) • Protocolos de Actuación Interinstitucional para la Atención y Protección Integral a Víctima de Trata de Personas; • Protocolo de Actuación Interinstitucional para la atención de casos de presuntas Víctimas o Víctimas de Tráfico Ilícito de Migrantes

(Acuerdo Interinstitucional 003, 2019)

La trata de personas está considerada como la forma de esclavitud del siglo XXI y se estima que esta vulneración de derechos ocupa el tercer lugar en réditos en la lista de crímenes transnacionales

Fuente: Plan de Acción contra la Trata de Personas en Ecuador 2019-2030

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Acceso a la justicia para NNAs víctimas de

trata de personas caso Ecuatoriano:

Acciones del Sistema de Justicia

Proceso de Formación de operadores de Justicia:

• Construcción y ejecución del “Plan Integral de formación continua para la Especialización de servidores judiciales en materia de violencia contra las mujeres y miembros del núcleo familiar” Se cuenta con el apoyo y auspicio de

diferentes instituciones nacionales e internacionales, para su implementación. Se destaca que proceso de formación cuenta con un módulo de delitos sexuales, el cual se contó con la coordinación y apoyo de UNICEF. Adicionalmente se resalta la construcción de un módulo de peritajes para el proceso de investigación de delitos sexuales.

• Capacitación a jueces, equipos técnicos, ayudantes judiciales y/o primera acogida, fiscales y defensores públicos, con competencia en violencia con las mujeres y miembros del núcleo familiar: presentación de la propuesta “Disminución de la impunidad y re victimización en la investigación y sanción judicial de casos de violencia sexual contra mujeres, niñas, niños y adolescentes, a través de la capacitación especializada de funcionarios judiciales y dotación de

equipamiento para la práctica efectiva de la prueba testimonial”.

• Plan nacional de despliegue de capacitación y entrenamiento sobre perspectiva de género y herramientas

especializadas no revictimizantes para la investigación en casos de violencia sexual contra niños, niñas y adolescente. Este plan incorpora dos unidades de trabajo

• Capacitación del Protocolo Ecuatoriano de entrevista forense mediante escucha especializada a niñas, niños y adolescentes víctimas de violencia sexual, aprobado con Resolución 116-A 2018 del Pleno del Consejo de la Judicatura.

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Acceso a la justicia para NNAs víctimas de

trata de personas caso Ecuatoriano:

Acciones del Sistema de Justicia

Se conformaron mesas de trabajo, las cuales de manera articulada trabajarán por crear un

protocolo que abarque todas las etapas desde la detección hasta la sentencia y reparación de

la víctima; de esta manera se conformó:

• Administrativa: Ministerio de Educación, Ministerio de Inclusión Económica y Social, Ministerio de Gobierno, Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional, Ministerio de Salud Pública, Secretaría de Derechos Humanos, DINAPEN y Consejo de la Judicatura.

Esta mesa estará coordinada por la Secretaría de Derechos Humanos y el CNII.

• Jurisdiccional: Fiscalía General del Estado, Corte Nacional de Justicia, Consejo de la Judicatura, Defensoría Pública, Servicio Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, Ministerio de Gobierno, DINAPEN, Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional.

Esta mesa estará coordinada por Fiscalía General del Estado y Consejo de la

Judicatura.

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Acceso a la justicia para NNAs víctimas de

trata de personas caso Ecuatoriano:

Acciones del Sistema de Justicia

Mesa Jurisdiccional

• De acuerdo a las reuniones de trabajo mantenidas, se ha definido crear una metodología que consiste en: • Articular a las instituciones en la detección, derivación y atención para NNA víctimas de violencia sexual.

• Relatar las mejores prácticas de trabajo para la construcción de un documento para los operadores de justicia.

Mesa Administrativa

• El Consejo de la Judicatura participa en esta mesa administrativa en razón de ser la institución que proporcionó el insumo base del procedimiento entregado por UNICEF; las instituciones que lideran el proceso de construcción son la Secretaría de Derechos Humanos y el Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional para lo cual han realizado una

esquematización de la etapa de detección, en este sentido la Dirección Nacional de Acceso a los Servicios de Justicia solicitó a la psicóloga Teresa Almeida, perito de la Unidad Judicial de Violencia contra la Mujer y Miembros del Núcleo Familiar de Carcelén, la revisión del mismo.

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• Conformado el 13 de

septiembre de 2017

Está conformado por 4 Mesas técnicasCreación de protocolos.Equipo de casos. Encuentros binacionales. Ferias, campañas. educomunicacionales. Procesos de capacitación.

COMITÉ INTERINSTITUCIONAL PARA LA

PREVENCIÓN DE LA TRATA Y TRÁFICO DE

MIGRANTES

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Elaborar, propuestas de proyectos,

protocolos y rutas, para la protección de derechos humanos desde el enfoque de género, interculturalidad, intergeneracional y territorial, de presuntas víctimas de trata de personas y tráfico ilícito de migrantes.

Protección

Asegurar la coordinación intergubernamental, e interinstitucional, para la prestación de

servicios de manera eficaz y eficiente a las

victimas, familiares y testigos en delitos de trata de personas y tráfico ilícito de migrantes

Gobernanza

Proponer, y ejecutar, herramientas y

proyectos de normas, reformas legales, para optimizar la investigación y judicialización de los delitos de trata y tráfico ilícito de

migrantes.

Investigación y

Judicialización

Enfocada en la elaboración de estrategias técnicas alertas tempranas, capacitación, y diseño planes de prevención y promoción de derechos de las presuntas víctimas de trata y tráfico ilícito

Prevención y Promoción

de Derechos

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Actividades

Identificar buenas prácticas de investigación, definir una ruta de investigación y

judicialización, y hallar nudos críticos para la investigación.

Integrantes

Está integrada por: Fiscalía, Consejo de la Judicatura, Policía Nacional y Secretaría de Derechos Humanos

Seguimiento estadístico

Sistema Nacional de Protección y Asistencia a víctimas, testigos y otros participantes en el proceso penal Proceso de protección a la victima Nacional y extranjera Resultados El fortalecimiento de capacidades en operadores de justicia, para mejorar el

proceso de investigación y judicialización Coordinador Consejo de la Judicatura Propuestas Realizar seguimientos a denuncias y causas judicializadas, Rutas creadas

Ruta para la denuncia,

investigación y judicialización de delitos

Referencias

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