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Electricidad y Sanitaria)

La construcción de los diferentes proyectos de infraestructura (agua, electricidad y sanitaria), permite dotar o mejorar el servicio en áreas que no cuentan con dicha infraestructura o donde la misma no es adecuada, por lo que debe ser mejorada. Son muchas las comunidades del Municipio de Guaynabo que se beneficiarán con dichos proyectos. Específicamente, se logra instalar la infraestructura necesaria que mejorará la calidad de vida de los residentes de Guaynabo en general.

Partiendo de las obras a llevarse a cabo, el impacto ocurrirá cuando se trabaje en las carreteras existentes para la instalación de tuberías, aunque de forma temporal. Una vez estén instaladas las líneas de agua potable, alcantarillado sanitario y eléctrico, será necesario interrumpir el servicio a los usuarios del área para hacer la conexión. Esta interrupción en el servicio, debe ser temporal y debe ser reestablecido a la brevedad posible.

Todos los trabajos a realizarse respecto a los servicios, serán coordinados con la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA), agencia que suplirá el agua potable y manejará las descargas de aguas usadas, con la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE), el Municipio de Guaynabo y la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT).

Por otro lado, como parte de la construcción de los tanques de almacenamiento y estaciones de bombeo de agua potable y estaciones de bombeo del servicio de alcantarillado sanitario, ocurrirá un aumento temporal en la cantidad de vehículos pesados que transitarán por las carreteras donde estarán ubicadas las estructuras (PR-173, PR-20, “Nueva 834”, PR-1, entre otras). El aumento de camiones pesados para transportar materiales y equipo de construcción y para el acarreo de escombros, interferirá y retrasará un poco el tránsito de estas carreteras. No

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por la servidumbre de las carreteras estatales y municipales existentes de manera soterrada. La línea eléctrica impactará el camino municipal y la Calle A de la Urb. Lomas del Sol; las calles Bambú y Maga de la Urb. Linda Garden y una sección de la 1. La línea de alcantarillado discurrirá por la 1, 20, PR-834, PR-835, PR-837, PR-169 (conocida como Calle José R. Carazo), PR-199 Y PR-886. También va por las calles municipales Cecilio Urbina y Calle D.

Al momento de instalar las líneas necesarias, los camiones y maquinaria que se utilicen para excavar y transportar los materiales deben estar al lado de la carretera. Ésto provocará al menos el cierre del carril inmediato a la construcción o de un tramo de la carretera. Los trabajos tendrán un impacto temporal en el tránsito durante ese periodo de construcción.

Es inevitable que el flujo vehicular se retrase o afecte durante la fase de construcción, especialmente al instalar las líneas. Sin embargo, mientras el carril esté cerrado se asignarán algunos empleados para que su tarea sea exclusivamente dirigir el tránsito, especialmente en las horas pico. Otra alternativa sería utilizar el paseo, en el caso de que exista, para tener dos carriles disponibles. En el caso de que se requiera utilizar vías alternas, se rotulará y proveerá información en la carretera para que los usuarios puedan tomar las medidas pertinentes, según su caso particular.

Es importante señalar que durante los trabajos de construcción se pondrán vallas de protección en el perímetro del área del proyecto, y se colocarán rótulos señalando las obras que se realizarán para alertar al usuario del área. Además, habrá un horario o limite de operación de la maquinaria de construcción, que a su vez será por tiempo limitado, pues será solamente mientras dure la construcción de los diferentes proyectos.

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obras, se coordinará con el Departamento de Transportación y Obras Públicas tanto estatal como del Municipio de Guaynabo para llevarlo a cabo. Una vez el proyecto de infraestructura extramuros propuesto esté operando, no habrá un aumento en el tránsito vehicular de las carreteras por donde discurre.

La instalación de las líneas conllevará también un impacto en los árboles presentes en las áreas a trabajarse. Para cumplir con el Reglamento Núm. 25 se llevará a cabo un Inventario de Árboles y se preparará un Plan de Siembra para mitigar a una razón de 2:1 por los árboles impactados. Ambos documentos serán sometidos al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) para su evaluación y posterior aprobación.

En general, entre las medidas de mitigación que se llevarán a cabo para minimizar el posible impacto ambiental que causaría los proyectos de infraestructura se pueden señalar:

1. Coordinación con la AAA para la conexión de las obras a sus sistemas. 2. Coordinación con la AEE para la conexión del Proyecto al sistema.

3. Coordinación con la Autoridad de Carreteras y Transportación para la interrupciones en el tránsito.

4. Coordinación con el Municipio de Guaynabo.

5. Reforestación de las áreas verdes que sean despojadas de su cubierta vegetal, cumpliendo con las disposiciones del Reglamento de Planificación Número 25 (Reglamento de Siembra, Corte y Forestación de Puerto Rico).

6. Al comienzo del movimiento de tierra o la etapa de construcción, se obtendrá de la JCA el permiso para el Control de Erosión y sedimentación para minimizar la erosión hacia los cuerpos de agua cercanos a los proyectos, según el Reglamento para el Control de Erosión y Sedimentación.

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proyectos, entre éstos, el correspondiente para una fuente de emisión de polvo fugitivo (PFE) previo a iniciar la construcción y para una actividad generadora de desperdicios sólidos (Formulario DS-3).

9. El movimiento de tierra mantendrá los rasgos topográficos lo más posible y se limitará el mismo a la porción de terreno que se considere en la aprobación del plano de construcción. Durante esta etapa se mantendrá el área húmeda para evitar la generación de polvo fugitivo y material particulado.

10. Depositar los desechos de material de construcción y capa vegetal en los vertederos autorizados por la JCA.

11. Mantener cubiertos los camiones de carga que se utilicen para transportar material mientras estén en movimiento para evitar la generación de material particulado y polvo fugitivo.

12. Observar el periodo de operación que establece el Reglamento para la Prevención y el Control de la Contaminación por Ruido para actividades de esta naturaleza.

III. Medidas de Mitigación de los Impactos Ambientales relacionados a las Acciones de Desarrollo propuestas o programadas

A. Medidas de Mitigación para reducir el impacto de daños causados por Erosión, Sedimentación y Deforestación de la Construcción y Operación de los Nuevos Proyectos de Desarrollo

Durante la construcción de todos los proyectos se implantará un Plan de Control de Erosión y Sedimentación (Plan CES), así como un Plan para el Control del Polvo Fugitivo. De acuerdo a las estipulaciones del Plano de Ensanche anteriormente descrito (Espacios públicos, paisajismo, veredas, etc.), el impacto en deforestación se limitará a las áreas donde se construirán las estructuras y las áreas de impacto serán sembradas en sus alrededores. A estos efectos, se llevará a

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Planificación Núm. 25, con el respectivo plan de mitigación.

Niveles de Ruido

Durante la fase de construcción de cada proyecto el ruido a generarse es el típico de la maquinaria que se utiliza para movimiento de terreno y de construcción. Se estima que el nivel de ruido promedio debe variar entre los 60 y los 80 decibeles durante el día. En la fase operacional, el nivel de ruido será el acostumbrado o menor, debido a que las nuevas actividades urbanas armonizarán con el ambiente natural existente, siendo un componente mitigador.

Medidas de Mitigación

Se implantarán las medidas de control apropiadas según lo establece el Reglamento para el Control de la Contaminación por Ruido de la Junta de Calidad Ambiental. En la mayoría de las áreas a impactarse no existen residencias y muy pocas en las cercanías donde la maquinaria de construcción habrá de desplazarse. Reconociendo que la necesidad de realizar los proyectos hace imperativo el uso de maquinaria, se sugiere la utilización de la tecnología adecuada y disponible en el mercado para la reducción de los ruidos de las maquinarias y equipos, incluyendo otras medidas de ingeniería o administrativas necesarias de implantar.

Los trabajos se realizarán durante el periodo diurno. En horas de la tarde y noche no se afectará la tranquilidad de la zona. De igual forma, el efecto de los niveles de ruido de sobre 67 decibeles (nivel de ruido recomendado por la Junta de Calidad Ambiental para las zonas residenciales durante el periodo diurno) será uno mínimo.

Desperdicios Sólidos:

Para atender y manejar adecuadamente la generación de desperdicios sólidos dentro de los límites del Plan de Ensanche Hato Nuevo, las siguientes

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correspondiente para la Generación de Desperdicios Sólidos No Peligrosos, (DS-3) de la Junta de Calidad Ambiental (JCA).

o Como resultado de la construcción de los nuevos desarrollos, se generarán desperdicios sólidos tales como material producto del corte y relleno y desechos de construcción resultantes de la demolición de estructuras desplazadas, entre otros. Para éstos es responsabilidad del proyectista y/o contratista realizar el análisis pertinente para detectar la presencia de materiales que puedan ser perjudiciales al ambiente y nocivos para la salud. De resultar positiva la presencia de materiales de este tipo se deberán obtener los permisos de los Programas de Aire y Contaminación de Terrenos de la Junta de Calidad Ambiental (JCA) que correspondan.

o Todo desperdicio sólido generado durante la construcción será dispuesto de acuerdo a la reglamentación de la Junta de Calidad Ambiental para reducir los efectos ambientales según establecido en el Reglamento para el Manejo de los Desperdicios Sólidos No Peligrosos. Se indicará si el material que está siendo removido se utilizará como material de relleno y lo que no pueda ser utilizado de esta forma se trasladará para ser dispuesto como material de relleno sanitario en el vertedero luego de solicitar el permiso de desperdicios sólidos no peligrosos ante la Junta de Calidad Ambiental (JCA: Permiso DS-3).

o Se cumplirá con la política pública de disminuir el volumen de desperdicios que se depositan en los vertederos del país según dispuesto en la Ley Núm. 70 de 18 de septiembre de 1992, según enmendada y conocida como Ley para la Reducción y Reciclaje de los Desperdicios Sólidos.

o Entre otras consideraciones para la reducción de desperdicios sólidos y evitar la proliferación de vertederos clandestinos se encuentra la prohibición del lanzamiento de desperdicios en vías públicas y otras áreas, como estipula la

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de 1969, “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”.

o Otro aspecto a considerar en los nuevos desarrollos es lo que establece la Ley Núm. 411 de 8 de octubre de 2000, que enmienda la Ley 70, en su Artículo 6, Inciso A, Separación en la Fuente, que “Todas las industrias, fábricas, tiendas, comercios y cualquier otro tipo de institución que emplee a más de diez (10) personas, ya sea a tiempo completo o a tiempo parcial, tendrán que implantar un Plan de Reciclaje”. El mismo dispondrá el procedimiento para reducir y separar los materiales reciclables de los residuos sólidos generados por el sector privado. El plan debe discutir como se hará acopio de la información necesaria para proveer a la Autoridad de Desperdicios Sólidos (ADS) un informe trimestral sobre el material recuperado para reciclar y reusar. Este requisito se aplica tanto en la etapa de construcción como en la de operación de los proyectos.

o De estar disponibles, para fomentar el reciclaje y cumplir con el artículo 1 de la Ley Núm. 191 de 30 de julio de 1999, las áreas de juegos para niños implantarán en sus áreas gravilla o losas de goma, fabricadas de neumáticos desechados y triturados en Puerto Rico. El reciclaje estimula el desarrollo y la implantación de estrategias económicas viables y ambientalmente seguras, encaminadas a disminuir el volumen de desperdicios sólidos.

o Los constructores de proyectos de vivienda deberán cumplir con las estipulaciones de la Ley Núm. 61 de 10 de mayo de 2002, conocida como “Ley para Crear las Áreas de Recuperación de Material Reciclable en los Complejos de Viviendas”. El manejo y la disposición de los desperdicios sólidos cumplirán con las recomendaciones de las Guías para el Manejo de los Desperdicios Sólidos, que apliquen a las particularidades de cada proyecto. Se

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Ensanche Hato Nuevo cumplirá con la sección 20.00, Desperdicios Sólidos, del Reglamento de Planificación Núm.3, conocido como Reglamento de Lotificación y Urbanización. Este Reglamento establece que para disponer adecuadamente de los desperdicios sólidos se proveerán las instalaciones necesarias. Específicamente para los materiales sólidos no reciclables se colocaran recipientes en los patios posteriores o laterales de los edificios, además de que se construirán verjas para disimularlos.

o Para cumplir con la Ley Número 70 del 18 de septiembre de 1992 (Ley para la Reducción y Reciclaje de los Desperdicios) y la Ley Número 411 del 8 de octubre de 2000, (enmiendas a la Ley 70) se debe proveer y designar en los espacios comunes, áreas de servicio para acomodar receptáculos de materiales reciclables por un número de unidades de vivienda y rotular este espacio como Área de Separación y Reciclaje. Dichas áreas deben ser construidas en hormigón, contar con servicio de agua potable para su mantenimiento y ubicadas independientemente del área común establecida para el depósito de los materiales no reciclables. Será provista de la infraestructura adecuada para que las compañías dedicadas al recogido y transportación de estos materiales, puedan recogerlos en las áreas designadas y llevarlos hasta los centros de acopio o procesamiento. El recogido podría ser semanal o según la generación de materiales. Se utilizará el mismo tamaño de recipiente para el recogido de basura como para el reciclaje de materiales.

o Por otro lado, el Plan de Reciclaje del Municipio Autónomo de Guaynabo formará parte de la política pública ambiental del Plan de Ensanche, integrando estrategias de reducción, reuso y reciclaje para atender el manejo y la disposición adecuada de los residuos sólidos.

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El Municipio Autónomo de Guaynabo cuenta actualmente con un programa de reciclaje muy efectivo que cubre todo el territorio municipal, incluyendo los límites del Plan de Ensanche Hato Nuevo. La dependencia encargada de dicho programa es el Departamento de Control Ambiental, el cual para ponerlo en práctica visitó las comunidades a fin de brindar información sobre los días de recogido de desperdicios regulares y de reciclaje. A la vez, se le facilitó a cada propiedad un contenedor o zafacón de reciclaje para que semanalmente las familias dispongan en ellos artículos reciclables para reusarlos en materiales útiles a la comunidad. Los materiales que se pueden reciclar son los siguientes:

• Papel y cartón.

• Aluminio – incluye latas de refrescos, cervezas u otros envases que sean específicamente de aluminio.

• Plástico – incluye todos los envases de plástico 1 y 2, tales como de leche, refrescos, jugos, detergentes y otros de uso residencial.

• Vidrio – incluye todo tipo de envase de vidrio color marrón, verde o transparente, de cerveza, refrescos, jugos, comida o cualquier otro de uso residencial.

Aparte de estos artículos, el programa provee para el reciclaje de desperdicios de jardinería que sean 100% reciclables. Entre ellos se encuentran los siguientes:

• Arbustos – incluye todo tipo de arbustos y ramas podadas.

• Recortes de grama – incluye todo tipo de recortes de grama y material de poda de solares.

• Hojas secas – incluye todas las hojas secas de árboles y arbustos y las generadas por la poda de plantas.

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• Los desperdicios sólidos se recogen el primer día, siendo el segundo recogido solamente para el Programa de Reciclaje.

Se coloca el material reciclable en el recipiente que entrega el personal del Municipio. Dicho recipiente se coloca en el exterior de la residencia el día correspondiente al recogido del reciclaje.

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