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100 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2011

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(1)

A.E.A.T. D.I.T.

S.G. de Aplicaciones

100 – Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

2011

Servicios de Ayuda a la Declaración

(2)

ÍNDICE

1  INTRODUCCIÓN ...4 

1.1  Modelos de declaración ...4 

1.2  Modos de presentación del modelo 100...4 

2  CONFECCIÓN DE DECLARACIONES ...6 

2.1  Especificaciones ...6 

2.2  Formas ...6 

2.3  Servicio de Validación y Prueba de Impresión ...7 

3  PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES: FORMAS ...8 

4  EMPRESAS DE DESARROLLO DE SOFTWARE: INTEGRACIÓN CON LOS SERVICIOS ...9 

4.1  Servicio de Validación y Prueba de Impresión ...10 

4.1.1

 

Envío directo al servidor de la AEAT ... 10

 

4.1.2

 

Enlace con el formulario ... 10

 

4.2  Servicio de Presentación Telemática ...11 

4.2.1

 

Envío directo al servidor de la AEAT ... 11

 

4.2.2

 

Enlace con el formulario ... 11

 

5  DUDAS MÁS FRECUENTES ...12 

6  ESPECIFICACIONES PARA LA INTEGRACIÓN DEL SOFTWARE COMERCIAL CON LOS SERVICIOS ...14 

6.1  Integración con el servicio de Validación y Prueba de Impresión ...14 

6.1.1

 

Invocación del servicio de Validación y Prueba ... 14

 

6.1.2

 

Juego de caracteres válido ... 15

 

6.1.3

 

Recursos mínimos para trabajar con las páginas HTML de la

AEAT

16

  6.2  Integración con el servicio de Presentación Telemática ...17 

6.2.1

 

Invocación del servicio de Presentación Telemática ... 17

 

(3)

6.2.3

 

Recursos mínimos para trabajar con las páginas HTML de la

AEAT

30

 

6.3  Requisitos comunes a los servicios ...31 

6.3.1

 

Juego de caracteres válido ... 31

 

6.3.2

 

Recursos mínimos para trabajar con las páginas HTML de la

AEAT

31

 

(4)

1

INTRODUCCIÓN

Este documento recopila los distintos servicios de ayuda a la declaración del modelo 100, Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que la Agencia Tributaria pondrá a disposición de sus colaboradores: empresas de desarrollo (EE.DD.), entidades colaboradoras (EE.CC.) y gestores administrativos (GG.AA.). Por tanto, tiene por objeto difundir la oferta de servicios y los detalles necesarios para su utilización.

Antes de describir los servicios de ayuda repasaremos la configuración de los modelos y modos de presentación.

1.1 Modelos de declaración

Para las declaraciones correspondientes al ejercicio 2011, de manera similar a los ejercicios 2009 y 2010, existe un único modelo de declaración: el modelo 100

para la presentación, aunque para el segundo plazo se utilizará el modelo 102.

Además, los contribuyentes pueden solicitar que la Administración tributaria

les remita un borrador de declaración, siempre que obtengan exclusivamente las

rentas señaladas en el apartado 1 del artículo 98 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Aunque en este documento nos referiremos exclusivamente a los servicios de ayuda referidos a las declaraciones del modelo 100.

1.2 Modos de presentación del modelo 100

Las declaraciones del modelo 100 se presentan bien en modelo impreso, bien por vía telemática por Internet.

a) En el supuesto de presentación en papel, se puede utilizar el modelo preimpreso distribuido por el Colegio de Huérfanos de Hacienda (CHH) utilizando el sobre de envío que figura en el Anexo III de la Orden HAP/638/2012, de 26 de marzo, o la impresión generada utilizando el módulo de impresión distribuido por la AEAT y que genera un código de puntos PDF-417.

(5)

b) En el supuesto de presentación por vía telemática, se presentará por Internet con necesidad de certificado electrónico. También es posible la presentación sin necesidad de certificado electrónico utilizando el Número de Referencia del Borrador/Datos Fiscales previamente suministrado por la AEAT al contribuyente, únicamente en el caso de declaraciones a ingresar por domiciliación, a devolver o negativas.

A partir de aquí no nos referiremos a las declaraciones presentadas y confeccionadas manualmente conforme al modelo preimpreso del CHH – Módulo de impresión o mediante programa de ayuda en papel descrito en el apartado a). Tampoco a la presentación telemática sin certificado utilizando el Número de Referencia del Borrador/Datos Fiscales.

(6)

2

CONFECCIÓN DE DECLARACIONES

2.1 Especificaciones

Las declaraciones del formulario del modelo 100 que sean confeccionadas mediante herramientas informáticas deben atender a las especificaciones de validaciones para generar el fichero del modelo 100 del ejercicio 2011. En

http://www.aeat.es/padres/eedd/index.htm se publicarán los siguientes documentos: - Impresos Renta 2011 (formato PDF)

- Diseño de registro Renta 2011

- Especificaciones del Módulo de Impresión de Renta 2011

2.2 Formas

Atendiendo a las especificaciones anteriores, existen dos formas de confección de la declaración:

- PADRE de Renta 2011-modelo 100: Es el programa de ayuda a la declaración que sin necesidad de certificado de usuario se descarga de la página web de la AEAT. Dicho programa se instala en el ordenador de la entidad declarante y permite generar un fichero para la presentación de la declaración con las validaciones propias del programa. Si existiese una nueva versión más actualizada se avisará al momento de acceder al servidor de la AEAT.

- Software comercial: Las entidades proveedoras de software también pueden generar el fichero de la declaración. Para ello la AEAT ha puesto a su disposición en Internet las validaciones y especificaciones del diseño de registro.

(7)

2.3 Servicio de Validación y Prueba de Impresión

El fichero de declaración obtenido mediante al software comercial, está listo para su presentación tal como se indica en el apartado 3. Adicionalmente la Agencia Tributaria ofrecerá un nuevo “Servicio de Validación y Prueba de Impresión” con el objetivo de que las empresas que desarrollan aplicaciones para generar el fichero de la declaración del modelo 100 puedan verificar en la fase de pruebas contra el servidor de la AEAT que dichos ficheros son conformes con las especificaciones.

Este nuevo servicio está disponible en Internet y no necesita certificado electrónico.

Mediante este servicio se enviará el fichero al servidor de la AEAT para validarlo y, sin guardar los datos, devolverá el resultado indicando la conformidad de la declaración o la relación de errores detectados. Si la declaración es conforme, se podrá obtener una copia en formato PDF con la marca de agua “BORRADOR NO VALIDO PARA PRESENTACIÓN” y sin número de justificante para impedir su presentación.

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3

PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES: FORMAS

Una vez generado el fichero de la declaración, su presentación se realizará de la siguiente forma:

• Con certificado, por Internet (lo que llamaremos Presentación

Telemática): En la Sede Electrónica de la AEAT.  Una vez haya sido presentada la declaración, se obtendrá una página de respuesta del servidor con el justificante de presentación en formato PDF validado con un código seguro de verificación.

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4

EMPRESAS DE DESARROLLO DE SOFTWARE: INTEGRACIÓN CON LOS SERVICIOS

En la figura 1 se muestran esquemáticamente los diferentes servicios identificados en este documento.

Figura 1.- Esquema de los diferentes servicios ofrecidos por la AEAT.

Las sucesivas especificaciones de estos servicios se publicarán en la página web de las empresas de desarrollo firmantes del acuerdo con la Agencia (www.aeat.es/padres/eedd).

Todos estos servicios, para su uso directo sin integración con el software comercial, estarán disponibles en la Sede Electrónica de la AEAT.

A continuación se hace una primera aproximación a dichas especificaciones para que, desde el software comercial, se pueda realizar la integración con cada uno de ellos. Los detalles pueden consultarse en el apartado 6.

(10)

4.1 Servicio de Validación y Prueba de Impresión

Existen dos formas de verificar si el fichero de una declaración es formalmente correcto y, en su caso, de obtener el documento PDF con la marca de agua “Borrador NO VÁLIDO para su presentación” conteniendo la declaración.

4.1.1 Envío directo al servidor de la AEAT

Este servicio requiere el establecimiento de una conexión a internet pero NO será necesario certificado electrónico alguno.

El servicio procede a la validación del fichero de tal modo que si fuera erróneo se devuelve la relación de errores y si es correcto se devuelve el modelo cumplimentado en formato PDF. A su vez, las empresas de desarrollo han podido preparar la forma de envío declaración a declaración o por lotes.

Será necesario enviar a cierta URL de la AEAT una cadena de caracteres por el método POST encapsulada como si fuese desde un formulario. Los campos que forman la cadena de caracteres irán etiquetados como nombre=valor, en un orden determinado, separados mediante el símbolo &, y con el valor en codificación urlencoded.

4.1.2 Enlace con el formulario

También se publica la posibilidad de automatizar la importación de los datos extraídos del software comercial al formulario de validación y, mediante envío manual pulsando en el botón “Validar fichero”, proceder a la remisión al servidor de la AEAT.

Una vez validado el contenido del fichero, si presenta errores se devuelve la relación de errores y si es correcto se devuelve una página HTML desde la que se podrá obtener el modelo cumplimentado en PDF.

Será necesario incorporar en el aplicativo una llamada a cierta URL de la AEAT, existiendo dos posibilidades:

- Llamada sin parámetro: abrirá una página Web de la AEAT que

permitirá recuperar manualmente el fichero de datos a importar para seguidamente ver su contenido y remitirlo al servidor de la AEAT.

(11)

- Llamada indicando la ruta del fichero de datos a importar: abrirá una página Web de la AEAT en la que se muestre su contenido y permita remitirlo al servidor de la AEAT.

4.2 Servicio de Presentación Telemática

Existen dos formas de presentar telemáticamente el fichero que contiene la declaración:

4.2.1 Envío directo al servidor de la AEAT

Este servicio requiere el establecimiento de una conexión a Internet y se necesita firmar CON CERTIFICADO electrónico.

El servicio procede a la validación del fichero de tal modo que si fuera erróneo se devuelve la relación de errores y si es correcto se devuelve la página de respuesta correcta con el justificante de presentación en formato PDF embebido y el código seguro de verificación. A su vez, las empresas de desarrollo han podido preparar la forma de envío declaración a declaración o por lotes.

Será necesario enviar a cierta URL de la AEAT una cadena de caracteres por el método POST encapsulada como si fuese desde un formulario. Los campos que forman la cadena de caracteres irán etiquetados como nombre=valor, en un orden determinado, separados mediante el símbolo &, y con el valor en codificación urlencoded.

4.2.2 Enlace con el formulario

Será necesario incorporar en el sotware comercial una llamada a cierta URL de la AEAT, existiendo dos posibilidades:

- Llamada sin parámetro: abrirá una página Web de la AEAT que

permitirá recuperar manualmente el fichero de datos a importar para seguidamente ver su contenido y remitirlo al servidor de la AEAT.

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5

DUDAS MÁS FRECUENTES

1. ¿Dónde se acude ante dudas o incidencias informáticas ?

Para cualquier duda que pueda surgir, tanto las entidades financieras como los profesionales tributarios, así como las empresas desarrolladoras de sofware, pueden ponerse en contacto con el Centro de Atención Telefónica dependiente del Departamento de Informática (teléfono 901200347 y catentidades@correo.aeat.es)

2. ¿Cuándo deben comunicar las entidades financieras datos por NPGT?

De la manera habitual de ejercicios pasados.

En el caso de que se produzca un ingreso por Adeudo en cuenta (cargo y abono en la cuenta restringida), así como en caso de que el resultado sea a Devolver, se deben comunicar los datos a la A.E.A.T. .

En caso de domiciliación del pago, los datos que precisa la A.E.A.T. ya constan en la declaración, por lo que NO DEBE ser utilizado este medio.

Las declaraciones con resultado negativo (cota cero) no se pueden admitir en las EEFF.

3. Horario de transmisiones NPGT ¿se podrán realizar todos los días? ¿existe límite de horario?

Las transmisiones se pueden realizar todos los días a cualquier hora, pero es aconsejable hacerlo en días hábiles de 08:00 a 20:00 para reducir el impacto de las posibles incidencias.

4. ¿Cómo pueden las entidades financieras obtener información de contraste de las declaraciones presentadas?

Si la Entidad Financiera quiere obtener información de contraste de las declaraciones presentadas por ella telemáticamente deberá solicitarlo a través del buzón de sugerencias, haciendo constar:

• Nif del certificado con el que firman la declaración. • Código EDITRAN de la Entidad presentadora.

(13)

• Razón Social.

• Persona y teléfono de contacto.

Diariamente se pondrá a disposición de la Entidad mediante una conexión EDITRAN los datos de las declaraciones recibidas desde la descarga anterior.

5. ¿Pueden realizar las entidades financieras y entidades colaboradoras presentaciones telemáticas de declaraciones de sus clientes sin certificado consignando el número de referencia del borrador/datos fiscales?

No se pretende que las entidades modifiquen la forma en que realizan la presentación telemática de las declaraciones de sus clientes. Las entidades deberán seguir realizando presentaciones con su certificado electrónico.

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6

ESPECIFICACIONES PARA LA INTEGRACIÓN DEL SOFTWARE COMERCIAL CON LOS SERVICIOS

6.1 Integración con el servicio de Validación y Prueba de Impresión

6.1.1 Invocación del servicio de Validación y Prueba

Deberá realizarse una invocación al servicio por cada fichero con el contenido de la declaración que se desee validar1.

La invocación del servicio se podrá realizar de dos formas:

6.1.1.1 Envío directo al servidor de la AEAT

Al servicio se le pasará por el método POST del protocolo http una cadena de caracteres encapsulada como si fuese desde un formulario. Se debe respetar el

orden de las variables, que irán etiquetadas como nombre=valor, separadas

mediante el símbolo &, y sólo con el valor en codificación URLEncoded.

Hay que tener en cuenta que sólo el valor del campo es el que debe ir como urlencoded; ya que el servidor de la AEAT espera la misma entrada que el que recibiría desde un navegador. El &nombre= tiene que ir sin urlencoded.

La URL de llamada directa al servicio es:

https://www2.agenciatributaria.gob.es/l/zi22zilk0022

El orden de las variables, su nombre y su contenido son los indicados a continuación:

VARIABLES A ENVIAR HID= IEV1000A

IDI= Idioma en el que se envían los datos (ES) LEV= 000000000000

FIC= Fichero plano completo de la declaración según el diseño de

1

El contenido del fichero deberá respetar el juego de caracteres válido indicado en el apartado 6.3.

(15)

registro publicado

RUT= Cadena con la ruta en el directorio local y nombre del fichero

que contiene la declaración a validar (opcional)

PRG= EWLINKUL o vacío FIN= vacío

EJF= 2011 MOD= 100

Si la variable PRG contiene el literal EWLINKUL el fichero enviado se validará con los programas HOST de la AEAT, y si la respuesta es correcta se obtendrá el documento de la declaración en formato PDF. Si la variable PRG viene vacía, no se realizará dicho proceso de validación, obteniéndose directamente el documento de la declaración correspondiente (sin validar) en formato PDF. En caso de error, la respuesta será un página HTML con la relación de errores.

6.1.1.2 Enlace con el formulario:

A través de un formulario HTML, en la siguiente URL:

https://www2.agenciatributaria.gob.es/es13/h/servurlr.html?WEB=INTERNET&PR G=100&EJE=2011&URL=VPI&EXT=?FIC=<path_al_fichero_a_presentar>

Donde la variable ‘fic’ de la URL contendrá el camino, en el sistema de ficheros local, al fichero que se desea validar. Esta variable es opcional, si no se utiliza, se presentará al usuario una página HTML que permite seleccionar, a través de una ventana de diálogo, el fichero a validar.

El fichero enviado se validará con los programas HOST de la AEAT. La respuesta será siempre una página HTML en la que se indicará si el fichero es válido o no, en este último caso se especificarán los errores encontrados.

Las páginas de respuesta sin errores permitirán al usuario obtener una copia en PDF de la declaración validada.

(16)

6.1.3 Recursos mínimos para trabajar con las páginas HTML de la AEAT

Ver apartado 6.3

Requisitos comunes a los servicios

.

(17)

6.2 Integración con el servicio de Presentación Telemática

6.2.1 Invocación del servicio de Presentación Telemática

La invocación del servicio se podrá realizar de dos formas2:

6.2.1.1 Envío directo al servidor de la AEAT

NOTA: Para el ejercicio 2011, estas especificaciones son válidas tanto para ficheros generados por el programa de ayuda de la AEAT como para otros programas de ayuda. Para el ejercicio 2011 el programa de ayuda de la AEAT no incluirá en el fichero las etiquetas <FIRMA></FIRMA>.

6.2.1.1.1 Funcionalidades que debe cubrir el software comercial de presentación

1. Debe disponer de un servicio de captura del fichero a transmitir.

2. Debe seleccionar determinados campos de la declaración para mostrarlos al contribuyente con objeto de:

• Obtener la autorización para su transmisión a la A.E.A.T.

• Realizar el cargo en cuenta y obtener un NRC, en su caso. (sólo EE.FF.)

3. Debe generar una firma electrónica con el certificado electrónico o certificado electrónico del colaborador social según se especifica en el apartado 6.2.1.1.2.

4. Debe enviar el fichero plano, datos de firma y la firma electrónica según se especifica en el apartado 6.2.1.1.3

5. Debe devolver al contribuyente los datos en formato html como resultado de la aceptación o no de la declaración según se especifica en el apartado 6.2.1.1.4

6. También es deseable que gestione los errores leves de tipo censal que pueden manifestarse en la presentación de la declaración según se

(18)

especifica en el apartado 6.2.1.1.5

A continuación se describe cómo debe implementarse esta funcionalidad.

6.2.1.1.2 Selección de determinados campos para mostrarlos al contribuyente y

generación de la firma electrónica

El fichero de la declaración del modelo 100 es una secuencia de datos etiquetados. Existe una etiqueta inicial que indica el modelo, ejercicio y periodo de la declaración.

Por cada página del modelo oficial existe una etiqueta de comienzo y final.

Para el ejercicio 2011, no existirán etiquetas específicas para contener las datos a firmar.

A continuación se describen las etiquetas y la localización de datos que necesita el software comercial para realizar la operación de cargo en cuenta (sólo EE.FF.) o para mostrar los datos relevantes necesarios para obtener la autorización del envío de la declaración3:

Primera etiqueta del fichero < T100020110A0000> <T100020110A0000>

• Modelo: 100 (posiciones 2 a 4 de la propia etiqueta) • Ejercicio: 2011 (posiciones 6 a 9 de la propia etiqueta) • Periodo: 0A (posiciones 10 y 11 de la propia etiqueta)ç

Para la localización de los siguientes datos, se debe considerar que las posiciones que se indican a continuación se cuentan a partir del primer carácter de la correspondiente etiqueta de inicio, es decir del carácter “<”

Etiqueta <AUX>datos</AUX>

• Idioma: posición 36 (“E”=Castellano; “C”=Catalán; “G”=Gallego;

“V”=Valenciano). El idioma indicado se utilizará para la generación del PDF

3

Para obtener cualquier otro dato que pueda resultar de interés, consultar el diseño de registro definitivo publicado por la AEAT en Ayuda/Diseños de registro de http://www.agenciatributaria.es

(19)

justificante de presentación.

• Anagrama: posiciones 47 a 50 (aquel que debe figurar en el registro que se envíe a través del NPGT quincenal).

Etiquetas de principio y fin de la página 1 del modelo oficial

<T10001></T10001> “Página 1”:

• NIF del declarante: posiciones 10 a la 18.

• Apellidos y nombre del declarante: posiciones 19 a 33, 34 a 48 y 49 a 63 respectivamente.

• NIF del cónyuge: posiciones 795 a la 803.

• Apellidos y nombre del cónyuge: posiciones 804 a 818, 819 a 833 y 834 a 848 respectivamente.

Etiquetas de principio y fin de página 2 del modelo oficial <T10002></T10002>

“Página 2”:

• Opción de tributación: Individual (1) o Conjunta (2), en la posición 1066. Etiquetas de principio y fin página 22 <T10022></T10022> “Documento de Ingreso/Devolución”

• Resultado de la declaración: posiciones 10 a 22. Si el resultado fuera negativo (a devolver) el primer carácter del campo será una letra ‘N’

• Fraccionamiento del pago:

• No fracciona: posición 37 (1) posición 38 (0) • Sí fracciona: posición 37 (0) posición 38 (1) • Importe del ingreso: posiciones 39 a 51.

• Forma de pago: posición 52 (2 - Adeudo en cuenta, 3 – Domiciliación). • Domiciliación 2º plazo:

(20)

• Importe del 2º plazo: posiciones 55 a 67.

• Opción de devolución: posición 68 (0- No consta /1- Solicita devolución / 2 – Renuncia a la devolución).

• Importe de la Devolución: posiciones 69 a 81.

• Código Cuenta Cliente: (Adeudo o Domiciliación/ Domicialización del 2ºPlazo/Devolución) posiciones 82 a 101.

El software comercial firmará los datos de la declaración (origen de firma) que se especifican posteriormente. La firma generada deberá estar en formato

CAdES-EPES en modo explícito o dettached (no se incluye los datos firmados en la propia

firma), tal y como se especifica en el documento “Nueva firma CAdES-EPES: especificaciones para firmas CAdES en presentaciones telemáticas mediante envío directo al servidor de la AEAT” que se publica en el Portal de Empresas de Desarrollo

(http://www.agenciatributaria.es/AEAT.desarrolladores/Desarrolladores/Desarrollador es.html) en el menú Documentación> Especificaciones > General. El CAdES se generará en formato BASE64. El origen de firma debe utilizar el juego de caracteres ISO-8859-15.

El origen de firma será el “contenido del fichero”, que es el contenido de las páginas correspondientes a la declaración (de la página 01 T10001 a la página 22 T10022) según el formato descrito para cada página en el Diseño de Registro publicado (DR100). O, dicho de otra forma, para construir el origen de firma el software comercial deberá extraer del fichero según el Diseño de Registro publicado (DR100) desde la posición 646 (etiqueta de inicio de la página 01 <T10001>) hasta el final quitando las 18 últimas posiciones (etiqueta de cierre final del contenedor </T100020100A0000>), una vez eliminados los retornos de carro (CRLF / Hexadecimal 0D0A). El origen de firma debe utilizar el juego de caracteres ISO-8859-15. El origen de firma debe respetar el juego de caracteres indicado en el apartado 6.3.

(21)

<T10001> I89890001KCERTI ... </T10001>

... ... ... ... ... ...

<T10022> ... </T10022>

Ejemplo:

6.2.1.1.3 Envío firmado al servidor de la AEAT

Se enviará a la URL de la A.E.A.T. que se indica a continuación, mediante el método POST un formulario web que contendrá, entre otros, los datos origen de la firma codificados en BASE64, junto con la firma generada.

Los datos a enviar serán una cadena de caracteres encapsulada como si fuese desde un formulario por el método POST.Se ha de respetar el orden de las

variables, que irán etiquetadas como nombre=valor, separadas mediante el símbolo

&, y sólo con el valor va en codificación urlencoded.

Hay que tener en cuenta que sólo el valor del campo es el que debe ir como urlencoded; ya que el servidor de la AEAT espera la misma entrada que el que recibiría desde un navegador. El &nombre= tiene que ir sin urlencoded.

El orden de las variables, su nombre y su contenido son los indicados a continuación:

VARIABLES A ENVIAR HID= IE11000A (Constante)

CMN= Reservado vacío. (Camino de lectura del fichero de disco local)

LOT= 0 (Constante)

(22)

partir de la anteriormente obtenida en el vector <AUX> del programa de Ayuda de la AEAT.

El valor de la variable IDI sirve para mostrar las páginas de respuesta en el idioma indicado. No obstante, el PDF justificante de presentación se obtendrá en el idioma indicado en el <AUX>.

LEV= 000000000000 (Constante)

F01= Fichero plano completo de la declaración según el

diseño de registro publicado. Fichero completo de la declaración de IRPF leído en el equipo del cliente y obtenido por el programa de Ayuda de la AEAT (con VECTOR, AUX,...) .

PUN= 00000000 (Constante)

RFD= Reservado vacío.

RFC= Reservado vacío.

TXT= Datos origen de la firma codificados en Base-64.

FD1= Firma en formato CAdES-EPES, codificado en Base-64.

FD2= Vacío, por haberse firmado con certificado de

Colaborador Social.

NRC= Número de Referencia Completa (ingreso no

domiciliado), o vacío.

TIA= Opción del tipo de declaración (I,U,N,D).

I – a Ingresar, U – a Domiciliar, N – Negativa, D – a Devolver,

ING= Reservado vacío.

(23)

ENT= Código de entidad de la EE.FF. Nota: Este código es el

que se utiliza en las estadísticas, por lo que es importante que sea correcto.

FIN= Vacío, indicador de fin de datos.

Los datos origen de la firma y la firma se han de enviar como Base-64 y sin que contengan caracteres de tipo CRLF.

A continuación se detalla la secuencia de pasos que debe realizar el software comercial para las variables que hemos detectado generan mayor tipo de errores en los envíos:

• Contenido de la variable F01=:

1. Pasar el contenido del fichero plano completo según el Diseño de Registro a ISO-8859-154.

2. Eliminar caracteres de tipo CRLF.

3. Transformar el resultado a URLEncoded. • Contenido de la variable TXT=:

1. Obtener el origen de firma a partir del fichero plano completo según el Diseño de Registro.

2. Pasar el origen de firma a ISO-8859-155. 3. Eliminar caracteres de tipo CRLF.

4. Transformar el resultado a Base64. 5. Transformar el resultado a URLEncoded. • Contenido de la variable FIR=:

1. Obtener el origen de firma a partir del fichero plano completo según el Diseño de Registro.

(24)

3. Eliminar caracteres de tipo CRLF.

4. Generar el CAdES-EPES en formato Base64. 5. Transformar el resultado a URLEncoded.

El “action” del formulario desde el que se envía el fichero de la declaración del modelo 100 será:

https://www2.agenciatributaria.gob.es/es13/l/ewuiewlinkui (sin autenticación)

6.2.1.1.4 Recepción de la respuesta de la AEAT y envío al contribuyente

La AEAT genera, de forma predeterminada para cualquier petición de presentación de declaraciones, una respuesta en formato HTML con la copia electrónica de la presentación realizada, en formato PDF, embebida dentro de la página7. A efectos de la AEAT el justificante de la presentación no es la página HTML devuelta sino el PDF que se encuentra embebido en la misma.

Para los casos de aceptación de la declaración el título de la página de respuesta correcta comienza por el Código Seguro de Verificación (16 primeros caracteres). El título de la página de rechazo tiene el texto “ERROR”.

La página correcta siempre contendrá el código seguro de verificación (variable CEL de Javascript) y la página de respuesta de error nunca lo contendrá. El código seguro de verificación, junto con la fecha y hora (variables Javascript FEC y HOR), y el Nº de entrada de Registro (variable Javascript REG), indican que la declaración se ha aceptado y grabado en el servidor de la AEAT.

Las variables javascript disponibles son:

var CEL=”&amp;CEL;”; //Código seguro de verificación de la presentación var FEC=”&amp;FEC;”; //Fecha de presentación

var HOR=”&amp;HOR;”; //Hora de presentación

var REG=”&amp;REG;”; //Número de entrada de Registro var NRC=”&amp;NRC;”; //Número de Referencia Completa. var ING=”&amp;ING;”; //Importe del ingreso.

6

Teniendo también en cuenta las indicaciones del apartado 6.3.

7

Para la presentación del modelo 100, la visualización del PDF embebido en la página de respuesta correcta no requerirá de autenticación de cliente con certificado electrónico.

(25)

var NIP=”&amp;NIP;”; //NIF Presentador.

var APP=”&amp;APP;”;//Apellidos y nombre, razón social o denominación del presentador. var CAP=”&amp;CAP;”; // En calidad de, del Presentador

var NDC=”&amp;NDC;”; //NIF Declarante.

var NAP=”&amp;NAP;”; //Apellidos y nombre, razón social o denominación del declarante. var MOD=”&amp;MOD;”; // Modelo

var EJF=”&amp;EJF;”; //Ejercicio Fiscal var PER=”&amp;PER;”; //Período

var JUS=”&amp;JUS;”; // Número de Justificante. var IDI=”&amp;IDI;”; // Idioma de la presentación.

Adicionalmente, se podrán localizar los mismos datos en pseudoxml con los siguientes etiquetados: <CEL>&amp;CEL;</CEL> <FEC>&amp;FEC;</FEC> <HOR>&amp;HOR;</HOR> <REG>&amp;REG;</REG> <NRC>&amp;NRC;</NRC> <ING>&amp;ING;</ING> <NIP>&amp;NIP;</NIP> <APP>&amp;APP;</APP> <CAP>&amp;CAP;</CAP> <NDC>&amp;NDC;</NDC> <NAP>&amp;NAP;</NAP> <MOD>&amp;MOD;</MOD> <EJF>&amp;EJF;</EJF> <PER>&amp;PER;</PER> <JUS>&amp;JUS;</JUS> <IDI>&amp;IDI;</IDI>

En caso de error, la página de respuesta nunca contendrá la variable JavaScript CEL= y se podrán identificar las causas del error en las variables JavaScript Err[0]= a Err[99]=. El número máximo de errores que se mostrará será de 100.

Variables javascript con la descripción de las causas del error: Err[0]=“&amp;E00;”; Err[1]=“&amp;E01;”;

(26)

Asimismo, dispondrá de la misma información en pseudoxml: <E00>&amp;E00;</E00><E01>&amp;E01;</E01>

… ….

<E98>&amp;E98;</E08><E99>&amp;E99;</E99> No es posible anular declaraciones ya grabadas.

En el caso de producirse algún error de comunicaciones durante la transmisión de la declaración a la AEAT, se podrá recuperar la página de aceptación o de error efectuando de nuevo la transmisión de la declaración. Si no hubiese sido recepcionada anteriormente en la AEAT, se obtendrá la página de respuesta correcta o error correspondiente. En el caso de ya haber sido grabada y aceptada en la AEAT, se tratará como una consulta mostrándose la hoja de aceptación de la declaración en el momento anterior (que contendrá el texto YA REALIZADA y no contendrá el PDF embebido; si se desea recuperar deberá usarse el servicio de Comprobación de la presentación de la declaración/Comprobación en la AEAT, o acceder a la Sede electrónica y realizar el cotejo mediante CSV o acceder a la Copia Electrónica (Consulta Íntegra)). No se debe generar un NRC diferente, ya que la E.F. tampoco debe admitir el cargo duplicado para el mismo modelo, período, NIF e importe, sino que hay que volver a utilizar el NRC de la presentación que se realizó la primera vez.

IMPORTANTE: Las páginas de respuesta correcta se han modificado para

cumplir con la normativa relacionada con la Ley 11/2007. En el documento “Nuevo justificante de presentación telemática: servicios de ayuda a la presentación de las declaraciones” publicado en https://www.aeat.es/padres/eedd pueden consultarse los detalles.

6.2.1.1.5 Presentación telemática de declaraciones con errores leves de tipo

censal

Los errores de validación de los ficheros de declaración se clasifican en dos tipos: • Errores graves: impiden la presentación de la declaración. Deben ser

(27)

• Errores leves: no impiden la presentación de la declaración, aunque se recomienda su subsanación, puesto que reporta beneficios al contribuyente (por ejemplo, agilización de las devoluciones en los modelos que corresponda).

Al presentar por primera vez una declaración que contenga errores leves, se obtendrá una página de error con las características indicadas en el apartado anterior. La página de errores leves se distinguirá de la página de errores habitual por las siguientes características:

• Literal de identificación en el título de la página <title>Error - Pagina de errores leves</title>. Este literal de identificación no será traducido a idiomas.

• Presencia de la variable PEL, que siempre tomará el valor “1”.

No obstante, se puede realizar un segundo intento de presentación de dicha declaración, simplemente modificando el valor de la variable LEV, que en este caso deberá ser LEV=100000000000. La declaración se aceptará en el caso de que sólo se detecten errores leves (no se aceptará si en este segundo envío se detecta algún error grave).

Por lo demás, las características del envío y de la respuesta son las mismas que las indicadas en los apartados 6.2.1.1.3 y 6.2.1.1.4.

6.2.1.1.6 Comprobación de la presentación de la declaración

El software comercial puede proporcionar la posibilidad de comprobar que la declaración ha sido admitida por la AEAT, para lo cual puede utilizar dos alternativas:

A. Comprobación en la AEAT:

Se enviará a la URL mediante el método POST un formulario que contendrá los datos necesarios para identificar la declaración presentada. Desde el servidor de la AEAT únicamente se muestran previa autenticación de certificado electrónico del titular o presentador.

(28)

https://www1.agenciatributaria.gob.es/es14/l/ewukewlinkuk (con autenticación)

Los datos a enviar serán una cadena de caracteres encapsulada como si fuese desde un formulario por el método POST. Se ha de respetar el orden de las

variables, que irán etiquetadas como nombre=valor, separadas mediante el símbolo

&, y sólo con el valor va en codificación urlencoded.

El orden de las variables, su nombre y su contenido son los indicados a continuación:

VARIABLES A ENVIAR

HID= Constante con el siguiente valor: ‘COINX100’ .

NIF= NIF del declarante

EJF= Ejercicio (no válido para ejercicios anteriores a 2011)

PER= Periodo CEL= Vacío EXP= vacío NIU= Vacío IDI= ES (Constante) VIA= Vacío

FIN= Vacío, (indicador de fin de datos).

La respuesta del servidor consistirá en una página html de respuesta de selección múltiple (incluso en el caso de que sólo haya una declaración para el NIF indicado) con las declaraciones/Códigos Seguros de Verificación para el NIF indicado.

(29)

El software comercial podrá almacenar en sus sistemas la respuesta correcta devuelta por la AEAT en su día, la cual podrá mostrar al contribuyente cada vez que éste se lo solicite.

6.2.1.1.7 Pruebas

Se podrán realizar pruebas de validación del fichero de la declaración con el servicio de validación/pruebas descrito en el apartado 6.1.

Para la realización de pruebas del nuevo formato de firma CAdES-EPES, se ha habilitado la presentación del modelo 100 de 2010 en el nuevo entorno de Pruebas para Externos. La presentación del modelo 100 de 2011 se habilitará el 3 de mayo de 2012 (un poco antes si es posible).

Para más información sobre las pruebas en este entorno puede consultar el documento “Nueva firma CAdES-EPES: especificaciones para firmas CAdES en presentaciones telemáticas mediante envío directo al servidor de la AEAT” que se publica en el Portal de Empresas de Desarrollo (http://www.agenciatributaria.es/AEAT.desarrolladores/Desarrolladores/Desarrollador es.html) en el menú Documentación> Especificaciones > General.

6.2.1.2 Enlace con el formulario:

La invocación al servicio se realizará a través de un formulario HTML, en la siguiente URL:

https://www2.agenciatributaria.gob.es/es13/h/servurlr.html?WEB=INTERNET&PR G=100&EJE=2011&URL=PIR&EXT=?FIC=<path_al_fichero_a_presentar>

Donde la variable ‘FIC’ de la URL contendrá el camino, en el sistema de ficheros local, al fichero que se desea presentar telemáticamente. Esta variable es opcional, si no se utiliza, se presentará al usuario una página HTML que permite seleccionar, a través de una ventana de diálogo, el fichero a presentar telemáticamente.

El servicio de Presentación Telemática procederá a la firma electrónica de la declaración utilizando el certificado electrónico, y realizará la petición correspondiente a los programas HOST de la AEAT, que validarán la declaración y

(30)

6.2.2 Juego de caracteres válido

Ver apartado 6.3

Requisitos comunes a los servicios

.

6.2.3 Recursos mínimos para trabajar con las páginas HTML de la AEAT

Ver apartado 6.3

Requisitos comunes a los servicios

.

(31)

6.3 Requisitos comunes a los servicios

6.3.1 Juego de caracteres válido

Se tienen que utilizar los caracteres visibles de ISO-8859-15, ya que los invisibles (saltos de línea, tabuladores...) modifican la posición de los datos. Se ruega que preferentemente se envíen los caracteres alfabéticos en mayúsculas.

6.3.2 Recursos mínimos para trabajar con las páginas HTML de la AEAT

6.3.2.1 Ordenador. Configuración.

Sistemas operativos :

• Windows '95, '98, 2000, NT, XP, Vista o 100% compatibles. • GNU Linux

• Mac OS X 10.3 o superior Navegadores:

• Internet explorer 6 o superior • Firefox 2.0 o superior

• Google Chrome 3 o superior • Apple Safari 4

6.3.2.2 Impresora

Para imprimir la declaración es necesario tener instalado en el ordenador un visor de PDF (por ejemplo el Adobe Reader) e impresora.

Referencias

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