2014 - 2016
G O B I E R N O M U N I C I P A L D E M A Z A T L Á N
Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
ACTA DE SESIÓN 026/2015 DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL H. AYUNTAMIENTO MAZATLÁN, SINALOA.
En la ciudad de Mazatlán, Sinaloa siendo las 17:00 horas del día 06 de Marzo de 2015, se reunieron en las oficinas que ocupa la Oficialía Mayor del H. Ayuntamiento del Municipio de Mazatlán ubicadas en planta alta del edificio del Palacio Municipal sito en calle ángel flores s/n en el centro de esta ciudad, los servidores publico integrantes del COMITÉ DE ADQUISICIONES ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL MUNICIPIO DE MAZATLÁN; ARQ. SALVADOR REYNOSA GARZÓN, en su doble carácter de presidente del comité y oficial mayor, LIC. MA. DEL ROSARIO TORRES NORIEGA, secretaria del comité, C.P. CARLOS ERNESTO TAPIA PARRAL, tesorero del comité; ARQ. SERGIO LEONARDO WONG RAMOS, primer vocal, LIC. JULIO GUERRA ECHEAGARAY segundo vocal, LIC. LpAR SUSEK LÓPEZ DELGADO, tercer vocal, y LIC. FRANCISCO JAVIER ÁLVAREZ DÍAZ, testigo de calidad y contralor municipal, nos constituimos a efecto de analizar, discutir así como discernir las siguientes adquisiciones, atendiendo para ello los criterios y lineamientos establecidos en el acta de sesión del comité No. 001-2014.
Tomando el uso de la voz el ARQ. SALVADOR REYNOSA GARZÓN, en su doble carácter de Oficial Mayor y Presidente del Comité de adquisiciones antes referido da cuenta a los miembros que conforman o integran el comité de adquisiciones, procedieron a dar inicio a la reunión con el siguiente:
ORDEN DEL DÍA PRIMERO.- lista de asistencia.
SEGUNDO.- se propone a la consideración del comité para su análisis y resolución de siguientes asuntos:
A.- Manifiesta que el H. ayuntamiento de Mazatlán, Sinaloa, por conducto de la Secretaria d Seguridad Pública y Tránsito Municipal, tiene contratar mediante arrendamiento el bie inmueble ubicado en el ejido "El Venadillo" de esta ciudad de una superficie aproximadamente 100 metros cuadrados, de terrenos conocidos como "Cerro del Bitache", para el desarrollo de las actividades públicas propias del H. ayuntamiento.
B.- Que por medio de la PRESIDENCIA MUNICIPAL, tiene la necesidad de adquirir los bienes muebles, que son para el desarrollo de las actividades públicas propias del H. Ayuntamiento tales como a continuación se describen:
CANTIDAD 10,000 UNIDAD PIEZAS DESCRIPCIÓN COBIJAS
C.- La adquisición de los siguientes bienes muebles:
CANTIDAD 80.00
UNIDAD PIEZAS
DESCRIPCIÓN
BARRICADAS 0 BARRERAS DE PLÁSTICO
-D.- La adquisición de los siguientes bienes muebles: CANTIDAD 10.00 10.00 50.00 20.00 20.00 UNIDAD ROLLO ROLLO PIEZA PIEZA PIEZA DESCRIPCIÓN
CINTA AMARILLA DE PRECAUCIÓN CINTA DE PELIGRO
CONOS PARA SEÑALAMIENTO (FLUORECENTE
DE 71 CMS)
BARRIL DE PROTECCIÓN TAPA- CALLE E.- La adquisición de los siguientes bienes muebles:
CANTIDAD 1.00 UNIDAD PIEZA DESCRIPCIÓN EQUIPO DE COMPUTO
F.- La adquisición de los siguientes bienes muebles:
CANTIDAD 300 3000 UNIDAD M3 LITROS DESCRIPCIÓN ASFALTO DE EMULSIÓN
G.- Manifiesta que el H. ayuntamiento de Mazatlán, Sinaloa, por conducto de la Dirección de
Servicios Médicos Municipales del Hospital Municipal Margarita Maza de Juárez, tiene
la necesidad de adquirir los bienes consumibles tales como medicamentos, Material de Hospital, Laboratorio, Dental y Rayos X, para el desarrollo de las actividades públicas propias del H. Ayuntamiento tales como a continuación se describen:
M A Z A T L Á N
C o n s t r u y e n d o F u t u r oG O B I E R N O M U N I C I P A L D E M A Z A T L Á N
Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios 2014 - 2016
La adquisición de los bienes muebles consumibles tales como medicamentos del cuadro básico, Material de curación, material de laboratorio, Dental y rayos X.
TERCERO.- En cumplimiento a lo establecido en el punto primero del orden del día y después de haber pasado la lista de asistencia correspondiente, los miembros del comité con derecho a voz y voto, declararon la existencia del quorum legal requerido para el desarrollo de la presente reunión.
El presidente del comité después de dar lectura al orden del día, siguió adelante con la lectura del segundo punto donde se sometió a consideración del comité el siguiente asunto: En relación al inciso A), señalado en el Segundo punto del Orden del día, manifiesta que el H. ayuntamiento de Mazatlán, Sinaloa, por conducto de la SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA, tiene la necesidad de contratar mediante arrendamiento el bien inmueble ubicado en el ejido "El Venadillo" de esta ciudad de una superficie aproximadamente 100 metros cuadrados, de terrenos conocidos como "Cerro del Bitache" con un costo mensual de $ 6,000.00 (Seis Mil Pesos 00/100 moneda nacional), cuyo uso y goce para efectos de utilizarse como caseta de comunicaciones que vendría a cubrir las necesidades de radiocomunicación de la secretaria de seguridad pública y tránsito Municipal,
Asimismo comenta, que dado que el costo total anual del arrendamiento a adquirir, en este inciso A), exceden de 784.01 salarios mínimos vigente en el Estado de Sinaloa, equivalente a la suma de $ 52,097.46 (Cincuenta y Dos Mil Noventa y Siete pesos 46/100mn), pero no rebasan la suma de 15,682 salarios mínimos vigentes en el Estado de Sinaloa equivalente a $1 '042,068.90 ( Un millón Cuarenta y dos mil sesenta y ocho pesos 90/100mn), con IVA Incluido, según la propuesta: del COMISARIADO EJIDAL DEL VENADILLO, representado por el C. JUAN FRANCISCO FREER OSUNA, presidente, C. RUBÉN FLORES GARCÍA, secretario; ROSENDO PARDO FLORES, tesorero, y RAYMUNDO PARRA CARRILLO, presidente del consejo de vigilancia, Será necesario encuadrar dicha adquisición en el procedimiento establecido en el artículo 32 Fracción III de la ley de adquisiciones arrendamientos, servicios y administración de bienes muebles para el Estado de Sinaloa, en concordancia con los artículos 8,17, Fracción III 35 fracción XX y XXI del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Municipio de Mazatlán, Sinaloa según le corresponda de acuerdo a su monto, los cuales Quedaron establecidos por ÍL el comité mediante acta de conformación del comité de adquisiciones de folio número 001 -2014 v 004--2014.
Con fundamento en el Artículo 51, Fracción VIII de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Administración de Bienes Muebles para el Estado de Sinaloa, este este comité manifiesta que es de suma importancia arrendar el bien antes señalados bajo los siguientes supuestos que a la letra dice:
Artículo 51- La Secretaría y entidades, previa autorización del Comité Intersecretarial o del Comité de Adquisiciones, según corresponde, balo su responsabilidad, podrán contratar adqo/s/'c/'ones, arrendamientos y servicios, sin sujetarse al procedimiento de licitación pública o a través de los procedimientos de invitación a cuando menos tres personas y se adjudicarán directamente, de conformidad con el procedimiento previsto en este artículo, cuando:
En su fracción Vil y IX dice:
VIH. Existan razones justificadas para la adquisición o arrendamiento de bienes de marca determinada o la contratación de servicios de proveedor determinado;
IX.- cuando no exista por lo menos tres proveedores idóneos, previa investiciación de mercado que al efecto se hubiere realizado;
En este mismo orden el presidente manifiesta que para cumplir y estar en apego a nuestra legislación, se aplica de manera supletoria el artículo 35 fracción XX y XXI del reglamento de adquisiciones, arrendamientos y servicios del municipio de Mazatlán, Sinaloa, misma que a la letra dice:
XX. Cuando a juicio del Comité, Existan razones justificada para la adquisición o
arrendamiento de bienes de marcas determinadas o la contratación de servicios de proveedor de terminado.
XXI. las demás que determine el propio Comité.
M A Z A L L A N
G O B I E R N O M U N I C I P A L D E M A Z A T L A N
Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios 2014 - 2016
Acto continuo, el presidente del comité procede a exhibir, a los integrantes de EL COMITÉ para que valoren los costos, calidad, quienes previa deliberación consideran que por las características propias, exclusivas e inherentes del arrendamiento se determina que la correspondientes adquisiciones encuadrarlas en la fracción III del artículo 32 de la ley de adquisiciones, arrendamientos, servicios y administración de bienes muebles para el Estado de Sinaloa, en concordancia con los artículos 8,17 fracción III, 35 XX y XXI del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Municipio de Mazatlán, Sinaloa, es decir por ADJUDICACIÓN DIRECTA; con RECURSOS PROPIOS, por lo que, los integrantes de EL COMITÉ proceden a formular las preguntas y cuestionamientos que estiman necesarios, así como escuchar los razonamientos de todos y cada uno de los que hicieron uso de la voz destacando desde luego los criterios rectores de economía, eficacia, imparcialidad, honradez y transparencia, los cuales resultan suficientes y debidos, para que el presidente de EL COMITÉ proceda a someter a consideración del mismo las propuestas existentes a fin de que previa deliberación y por mayoría de votos se adjudique el arrendamiento.
~ n*df
En relación al inciso B), señalado en el Segundo punto del Orden del día, manifiesta que el H. Ayuntamiento de Mazatlán, Sinaloa, por conducto de la PRESIDENCIA MUNICIPAL, tiene la necesidad de adquirir los bienes muebles, que serán entregados a los sectores de escasos recursos y extrema pobreza que se encuentran identificados en este Municipio, con la finalidad de mitigar los estragos del frió correspondientes al mes de Marzo de 2015, ya que pronósticos de frentes fríos que harán que la temperatura descienda, recrudeciéndose para estos sectores, de acuerdo a los conceptos descritos en las cotizaciones que se anexan, según se desprende de la solicitud de fecha 02 de Marzo 2015.
Asimismo comenta, que dado que el costo total de los bienes a adquirir, en este inciso B), exceden de 784.01 salarios mínimos vigente en el Estado de Sinaloa, equivalente a la suma de $ 52,096.80 (cincuenta y dos mil noventa y seis pesos 80/1 OOmn), pero no rebasan la suma de 15,682 salarios mínimos vigentes en el Estado de Sinaloa equivalente a $1'042,068.90 (un millón cuarenta y dos mil sesenta y ocho pesos 90/100mn), con IVA Incluido, según las propuestas y cotizaciones de los proveedores: JORGE LUIS MURRAY SANTOS, MANUEL GANCEDO DEL RIO y LA COVADONGA TEXTILES MEXICANOS., Será necesario encuadrar dicha adquisición en el procedimiento establecido en el artículo 32 de la ley de adquisiciones arrendamientos, servicios y administración de bienes muebles para el Estado de Sinaloa, en concordancia con los artículos 8, 17, Fracción III, 34 y 35 del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Municipio de Mazatlán, Sinaloa según le corresponda de acuerdo a su monto, los cuales Quedaron establecidos por el comité mediante acta de conformación del comité de adquisiciones de folio número 001-2Qlá-v-OOár
Acto continuo, el presidente del comité procede a abrir los sobres y exhibir las cotizaciones a los integrantes de EL COMITÉ para que valoren los costos, calidad y tiempo de entrega, quienes previa deliberación consideran que por las características propias, exclusivas e inherentes de los bienes a adquirir se determina que la correspondientes adquisiciones encuadrarlas en la fracción III del artículo 32 de la ley de adquisiciones, arrendamientos, servicios y administración de bienes muebles para el Estado de Sinaloa, en concordancia con los artículos 8,17 fracción III, 34 y 35 del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Municipio de Mazatlán, Sinaloa, es decir por ADJUDICACIÓN DIRECTA; con RECURSOS PROPIOS, por lo que, los integrantes de EL COMITÉ proceden a formular las preguntas y cuestionamientos que estiman necesarios, así como escuchar los razonamientos de todos y cada uno de los que hicieron uso de la voz destacando desde luego los criterios rectores de economía, eficacia, imparcialidad, honradez y transparencia, los cuales resultan suficientes y debidos, para que el presidente de EL COMITÉ proceda a someter a consideración del mismo las propuestas existentes a fin de que previa deliberación y por mayoría de votos se adjudique el pedido.
Acto Seguido, el presidente del comité procede a abrir los sobres y exhibir las cotizaciones a los integrantes de EL COMITÉ para que valoren los costos, calidad y tiempo de entrega, quienes previa deliberación consideran que por las características propias, exclusivas e inherentes de los bienes a adquirir se determina que la correspondientes adquisiciones encuadrarlas en la fracción III del artículo 32 de la ley de adquisiciones, arrendamientos, servicios y administración de bienes muebles para el Estado de Sinaloa, en concordancia con los artículos 8,17 fracción III, 34 y 35 del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Municipio de Mazatlán, Sinaloa, es decir por ADJUDICACIÓN DIRECTA; con RECURSOS PROPIOS, por lo que, los integrantes de EL COMITÉ proceden a formular las preguntas y cuestionamientos que estiman necesarios, así como escuchar los razonamientos de todos y cada uno de los que hicieron uso de la voz destacando desde luego los criterios rectores de economía, eficacia, imparcialidad, honradez y transparencia, los cuales resultan suficientes y debidos, para que el presidente de EL COMITÉ proceda a someter a consideración del mismo las propuestas existentes a fin de que previa deliberación y por mayoría de votos se adjudique el o los pedidos
M A Z A T L Á N
G O B I E R N O M U N I C I P A L D E M A Z A T L Á N
Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios 2014 - 2016
En relación al inciso C) señalado en el Segundo punto del Orden del día, y de acuerdo a la requisición presentada por la SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA Y TRANSITO MUNICIPAL, manifiesta que tiene la necesidad de adquirir los bienes muebles consistentes en 80 (ochenta) Barricadas o barreras de Plástico, que serán utilizadas para el operativo de semana santa 2015, que realice esta secretaría de seguridad pública, de acuerdo a los conceptos descritos en las cotizaciones que se anexan, según se desprende de la requisición con folio 1897 de fecha 05 de Febrero de 2015.
Asimismo comenta, que dado que el costo total de los bienes a adquirir, en este inciso C), exceden de 784.01 salarios mínimos vigente en el Estado de Sinaloa, equivalente a la suma de $ 52,097.46 (Cincuenta y Dos Mil Noventa y Siete pesos 46/1 OOmn), pero no rebasan la suma de 15,682 salarios mínimos vigentes en el Estado de Sinaloa equivalente a $1'042,068.90 ( Un millón Cuarenta y dos mil sesenta y ocho pesos 90/100mn), con IVA Incluido, según las propuestas y cotizaciones de los proveedores: FERREGAPA S.A. DE C.V., TORRES TIZNADO VÍCTOR ISMAEL y GARCÍA LEÓN JESÚS., Será necesario encuadrar dicha adquisición en el procedimiento establecido en el artículo 32 fracción III, de la ley de adquisiciones arrendamientos, servicios y administración de bienes muebles para el Estado de Sinaloa, en concordancia con los artículos 8, 17, Fracción III, 34 y 35 del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Municipio de Mazatlán, Sinaloa según le corresponda de acuerdo a su monto, los cuales Quedaron establecidos por el comité mediante acta de conformación del comité de adquisiciones de folio número 001-2014 y 004-2014.
Acto continuo, el presidente del comité procede a abrir los sobres y exhibir las cotizaciones a los integrantes de EL COMITÉ para que valoren los costos, calidad y tiempo de entrega, quienes previa deliberación consideran que por las características propias, exclusivas e inherentes de los bienes a adquirir se determina que la correspondientes adquisiciones encuadrarlas en la fracción III del artículo 32 de la ley de adquisiciones, arrendamientos, servicios y administración de bienes muebles para el Estado de Sinaloa, en concordancia con los artículos 8,17 fracción III, 34 y 35 del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Municipio de Mazatlán, Sinaloa, es decir por ADJUDICACIÓN DIRECTA; con RECURSOS PROPIOS, por lo que, los integrantes de EL COMITÉ proceden a formular las preguntas y cuestionamientos que estiman necesarios, así como escuchar los razonamientos de todos y cada uno de los que hicieron uso de la voz destacando desde luego los criterios rectores de economía, eficacia, imparcialidad, honradez y transparencia, los cuales resulta suficientes y debidos, para que el presidente de EL COMITÉ proceda a someter a
consideración del mismo las propuestas existentes a fin de que previa deliberación y por mayoría de votos se adjudique el o los bienes.
En relación al inciso D) señalado en el Segundo punto del Orden del día, y de acuerdo a la requisición presentada por la DIRECCIÓN DE OBRAS PUBLICAS, manifiesta que tiene la necesidad de adquirir los bienes muebles, mismos que fueron señaladas anteriormente, de acuerdo a los conceptos descritos en las cotizaciones que se anexan, según se desprende de la requisición con folio 2000 de fecha 06 de Febrero de 2015.
Asimismo comenta, que dado que el costo total de los bienes a adquirir, en este inciso D), exceden de 784.01 salarios mínimos vigente en el Estado de Sinaloa, equivalente a la suma de $ 52,097.46 (Cincuenta y Dos Mil Noventa y Siete pesos 46/100mn), pero no rebasan la suma de 15,682 salarios mínimos vigentes en el Estado de Sinaloa equivalente a $1'042,068.90 ( Un millón Cuarenta y dos mil sesenta y ocho pesos 90/100mn), con IVA Incluido, según las propuestas y cotizaciones de los proveedores: FERREGAPA S.A. DE C.V., GARCÍA LEÓN JESÚS y TORRES TIZNADO VÍCTOR ISMAEL., Será necesario encuadrar dicha adquisición en el procedimiento establecido en el artículo 32 fracción III, de la ley de adquisiciones arrendamientos, servicios y administración de bienes muebles para el Estado de Sinaloa, en concordancia con los artículos 8, 17, Fracción III, 34 y 35 del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Municipio de Mazatlán, Sinaloa según le corresponda de acuerdo a su monto, los cuales Quedaron establecidos por el comité mediante acta de conformación del comité de adquisiciones de folio número 001-2014 y 004-001-2014.
-Acto continuo, el presidente del comité procede a abrir los sobres y exhibir las cotizaciones a los integrantes de EL COMITÉ para que valoren los costos, calidad y tiempo de entrega, quienes previa deliberación consideran que por las características propias, exclusivas e inherentes de los bienes a adquirir se determina que la correspondientes adquisiciones encuadrarlas en la fracción III del artículo 32 de la ley de adquisiciones, arrendamientos, servicios y administración de bienes muebles para el Estado de Sinaloa, en concordancia con los artículos 8, 17 fracción III, 34 y 35 del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Municipio de Mazatlán, Sinaloa, es decir por ADJUDICACIÓN DIRECTA; con RECURSOS PROPIOS, por lo que, los integrantes de EL COMITÉ proceden a formular las preguntas y cuestionamientos que estiman necesarios, así como escuchar los razonamientos de todos y cada uno de los que hicieron uso de la voz destacando desde luego los criterios rectores de economía, eficacia, imparcialidad, honradez y transparencia, los cuales
M A Z A T L A N
C o n s t r u y e n d o F u t u r oG O B I E R N O M U N I C I P A L D E M A Z A T L Á N
Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios 2014 - 2016
suficientes y debidos, para que el presidente de EL COMITÉ proceda a someter a consideración del mismo las propuestas existentes a fin de que previa deliberación y por mayoría de votos se adjudique el o los bienes.
Continuando con el inciso E) señalado en el Orden del día, y de acuerdo a la requisición presentada por EL DEPARTAMENTO DE COMUNICACIÓN SOCIAL, manifiesta que tiene la necesidad de adquirir los bienes muebles que fueron señaladas anteriormente, de acuerdo a los conceptos descritos en las cotizaciones que se anexan, según se desprende de las requisición de folio 1851, de fecha 05 de Febrero de 2015.
Asimismo comenta, que dado que el costo total de los bienes a adquirir, en este inciso E), exceden de 784.01 salarios mínimos vigente en el Estado de Sinaloa, equivalente a la suma de $ 52,097.46 (Cincuenta y Dos Mil Noventa y Siete pesos 46/1 OOmn), pero no rebasan la suma de 15,682 salarios mínimos vigentes en el Estado de Sinaloa equivalente a $1'042,068.90 ( Un millón Cuarenta y dos mil sesenta y ocho pesos 90/100mn), con IVA Incluido, según las propuestas y cotizaciones de los proveedores: MONTANO ARAMBURO JOSÉ CARMEN, BASTIDAS VELAZQUEZ JOSÉ LUIS y CONDUCTORES Y CONECTIVIDAD DE MAZATLÁN., Será necesario encuadrar dicha adquisición en el procedimiento establecido en el artículo 32 fracción III, de la ley de adquisiciones arrendamientos, servicios y administración de bienes muebles para el Estado de Sinaloa, en concordancia con los artículos 8,17, Fracción III, 34 y 35 del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Municipio de Mazatlán, Sinaloa según le corresponda de acuerdo a su monto, los cuales Quedaron establecidos por el comité mediante acta de \ conformación del comité de adquisiciones de folio número 001-2014 y 004-2014.
Acto continuo, el presidente del comité procede a abrir los sobres y exhibir las cotizaciones a los integrantes de EL COMITÉ para que valoren los costos, calidad y tiempo de entrega, quienes previa deliberación consideran que por las características propias, exclusivas e inherentes de los bienes a adquirir se determina que la correspondientes adquisiciones encuadrarlas en la fracción III del artículo 32 de la ley de adquisiciones, arrendamientos, servicios y administración de bienes muebles para el Estado de Sinaloa, en concordancia con los artículos 8,17 fracción III, 34 y 35 del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Municipio de Mazatlán, Sinaloa, es decir por ADJUDICACIÓN DIRECTA; con RECURSOS PROPIOS, por lo que, los integrantes de EL COMITÉ proceden a formular las preguntas y cuestionamientos que estiman necesarios, así como escuchar los razonamientos de todos y cada uno de los que hicieron uso de la voz destacando desde luego los gierios
rectores de economía, eficacia, imparcialidad, honradez y transparencia, los cuales resultan suficientes y debidos, para que el presidente de EL COMITÉ proceda a someter a consideración del mismo las propuestas existentes a fin de que previa deliberación y por mayoría de votos se adjudique el o los bienes.
Continuando con el inciso F) señalado en el Segundo punto del Orden del día, y de acuerdo a la solicitud presentada por la DIRECCIÓN DE OBRAS PUBLICAS, manifiesta que tiene la necesidad de adquirir los bienes muebles consistentes en 300 (Trescientos) m3 de Mezcla Asfáltica y 3,000 (tres Mil) Litros de Emulsión Asfáltica, Material que será utilizado para reparación de baches de diferentes puntos de la ciudad, mismos que fueron señaladas anteriormente, de acuerdo a los conceptos descritos en las cotizaciones que se anexan, según se desprende de la solicitud No. D.O.P. 573/2015, de fecha 02 de Marzo de 2015.
Asimismo comenta, que dado que el costo total de los bienes a adquirir, en este inciso F), exceden de 784.01 salarios mínimos vigente en el Estado de Sinaloa, equivalente a la suma de $ 52,097.46 (Cincuenta y Dos Mil Noventa y Siete pesos 46/1 OOmn), pero nc rebasan la suma de 15,682 salarios mínimos vigentes en el Estado de Sinaloa equivalente a $1'042,068.90 ( Un millón Cuarenta y dos mil sesenta y ocho pesos 90/100mn), con IV/ Incluido, según las propuestas y cotizaciones de los proveedores: CONSTRUCCIÓN ^ ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA DE SINALOA SA DE C.V., CONSTRUCCIONES Y URBANIZACIONES JAPAVA S.A. DE C.V. y CONSTRUCTORA NOJIMA S.A. DE C.V., Será necesario encuadrar dicha adquisición en el procedimiento establecido en el artículo fracción III, de la ley de adquisiciones arrendamientos, servicios y administración de bienes muebles para el Estado de Sinaloa, en concordancia con los artículos 8,17, Fracción III, 34 y 35 del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Municipio de Mazatlán, Sinaloa según le corresponda de acuerdo a su monto, los cuales Quedaron establecidos por el comité mediante acta de conformación del comité de adquisiciones de folio número 001-2014 y 004-001-2014.
Acto continuo, el presidente del comité procede a abrir los sobres y exhibir las cotizaciones a los integrantes de EL COMITÉ para que valoren los costos, calidad y tiempo de entrega, quienes previa deliberación consideran que por las características propias, exclusivas e inherentes de los bienes a adquirir se determina que la correspondientes adquisi
G O B I E R N O M U N I C I P A L D E M A Z A T L Á N
Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios 2014 - 2016
encuadrarlas en la fracción III del artículo 32 de la ley de adquisiciones, arrendamientos, servicios y administración de bienes muebles para el Estado de Sinaloa, en concordancia con los artículos 8,17 fracción III, 34 y 35 del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Municipio de Mazatlán, Sinaloa, es decir por ADJUDICACIÓN DIRECTA; con RECURSOS PROPIOS, por lo que, los integrantes de EL COMITÉ proceden a formular las preguntas y cuestionamientos que estiman necesarios, así como escuchar los razonamientos de todos y cada uno de los que hicieron uso de la voz destacando desde luego los criterios rectores de economía, eficacia, imparcialidad, honradez y transparencia, los cuales resultan suficientes y debidos, para que el presidente de EL COMITÉ proceda a someter a consideración del mismo las propuestas existentes a fin de que previa deliberación y por mayoría de votos se adjudique el o los bienes.
Continuando con el ultimo inciso G), señalado en el segundo punto del orden del día, y de acuerdo a la solicitud presentada por la DIRECCIÓN DE SERVICIOS MÉDICOS MUNICIPALES, manifiesta que tiene la necesidad de adquirir medicamentos, Material de curación, material de laboratorio, Dental y rayos X, para los derechos-habientes
Del Hospital Margarita maza de Juárez.
r^vMTV'3 Sigue manifestando el presidente del comité que de acuerdo a las facultades y obligación conferidas a este comité, en su artículo 13 fracción IV, del Reglamento de adquisiciones, arrendamiento y servicios para nuestro Municipio de Mazatlán, que es la de establecer los siguiente:
/
IV. Establecer los artículos v servicios de uso constante v sostenido durante el aft de acuerdo a la naturaleza de las funciones de cada una de las dependencias, qué para su contratación deberá realizarse cotización cada tres meses o licitado»
mediante convocatoria pública.
En este caso que nos ocupa dichos materiales como: medicamentos, Material de curación, material de laboratorio, Dental y rayos X, para los derechos-habientes del Hospital Margarita maza de Juárez, son de usos constante y durante todo el año es por eso que el H. _ Ayuntamiento de Mazatlán, Sinaloa, por conducto de la Dirección de Servicios Médicos Municipales del Hospital Municipal Margarita Maza de Juárez, se autoriza para que lleve a cabo el contrato respectivo, con las empresa: > GRUPO FARMACÉUTICO DEL MILENIO SA DE C.V.fTEOBALDO MARTÍNEZ CASTRO! DORA OFELIA CASTRO GARCÍA, 4 ^
*ttALUD RL SA DE C.V., PHARMAINDUSTRIA DE SINALOA S.R.L. DE C.V., (.EXCLUSIVAS FARMACÉUTICAS SA DE C.V.,sfANA MARGARITA MIRANDA SERAFÍN, ^RAUL CASTELLANOS ORTIZ, JOSÉ GILBERTO GARCÍA GARCÍA, vf t DOLORES
VERDUGO ARAUX, CASA MARZAM SA DE C.V., ANTONIO VELARDE OSUNA,
\S MÉDICOS DE OCCIDENTE sA DE c.v, LABORATORIOS PISA sA
DE C.V./SALUCOM SA DE C.V. Y^IEDIGROUP DEL PACIFICO SA DE C.V., dado que el total de los bienes y servicios a adquirir no exceden de 784.01 salarios mínimos vigente en el Estado de Sinaloa, equivalente a la suma de $ 49,996.31 (Cuarenta y Nueve mil Novecientos Noventa y Seis pesos 31/100mn), pero no rebasan la suma de 15,682 salarios mínimos vigentes en el Estado de Sinaloa equivalente a $1'000.041.14 ( Un millón Cuarenta y un pesos 14/IOOmn), con IVA Incluido, Será necesario encuadrar dicha adquisición en el procedimiento establecido en el artículo 32 de la ley de adquisiciones arrendamientos, servicios y administración de bienes muebles para el estado de Sinaloa; en concordancia con los artículos 17 fracción III, 34 y 35 del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Municipio de Mazatlán, Sinaloa según le corresponda de acuerdo a su monto, los cuales quedaron establecidos por el comité mediante acta de conformación del comité de adquisiciones de folio número 001-2014 y 004-2014
continuando este mismo orden de ¡deas dicho suministro, es de carácter urgente ya que es de extrema importancia, por lo cual es necesario adquirir diversos materiales con las siguientes empresas: GRUPO FARMACÉUTICO DEL MILENIO SA DE C.V., TEOBALDO MARTÍNEZ CASTRO, DORA OFELIA CASTRO GARCÍA, SALUD RL S.A. DE C.V., PHARMAINDUSTRIA DE SINALOA S.R.L. DE C.V., EXCLUSIVAS FARMACÉUTICAS S.A. DE C.V., ANA MARGARITA MIRANDA SERAFÍN, RAÚL CASTELLANOS ORTIZ, JOSÉ GILBERTO GARCÍA GARCÍA, DOLORES VERDUGO ARAUX, CASA MARZAM SA DE C.V., ANTONIO VELARDE OSUNA, IMPLEMENTOS MÉDICOS DE OCCIDENTE SA DE C.V, LABORATORIOS PISA S.A. DE C.V., SALUCOM S.A. DE C.V. Y MEDIGROUP DEL PACIFICO S.A. DE C.V.., Por tal motivo antes expuesto y fundado este comité determina encuadrar dicha adquisición en el Artículos 13 fracción I, 35, Fracción XX del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Municipio de Mazatlán, Sinaloa; mismo que a la letra dice:
XX. Cuando ajuicio del comité, Existan Razones justificadas para la adquisición o arrendamiento de bienes de marcas determinadas o la contratación de servicios de proveedor determinado.
M A Z A T L Á N
G O B I E R N O M U N I C I P A L D E M A Z A T L Á N
Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios 2014 - 2016
Así mismo y en concordancia sirviendo de apoyo el Artículo 51, Fracción III y Vil de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Administración de Bienes Muebles para el Estado de Sinaloa, que a la letra dice:
Artículo 51.- La Secretaría y entidades, previa autorización del Comité Intersecretaríal o del Comité de Adquisiciones, según corresponde, bajo su responsabilidad, podrán contratar adquisiciones, arrendamientos y servicios, sin sujetarse al procedimiento de licitación pública o a través de los procedimientos de invitación a cuando menos tres personas v se adjudicarán directamente, de conformidad con el procedimiento previsto en este artículo, cuando:
III. Existan circunstancias que puedan provocar pérdidas o costos adicionales importantes, debidamente justificados;
Toda vez que si el Hospital Margarita Maza de Juárez, llegase a quedar si medicamentos y tener alguna eventualidad estaría en riesgo la salud pública de sus empleados, y derecho-habiente, por lo cual esta a su vez incurrirá en alguna falta grave y ocasionara pérdidas de vidas, violándose con ello un bien jurídico tutelado por los Derechos Humanos como lo es el derecho a la salud y costos importantes que pudiesen afectar a la economía del Municipio.—
VIII. Existan razones justificadas para la adquisición o arrendamiento de bienes de marca determinada o la contratación de servicios de proveedor determinado;
en uso de la voz el presidente comenta que la Dirección de Servicios Médicos Municipales del Hospital Municipal Margarita Maza de Juárez, le ha estado suministrando las siguientes empresas: GRUPO FARMACÉUTICO DEL MILENIO S.A. DE C.Vt,
TEOBALDO MARTÍNEZ CASTRO, DORA OFELIA CASTRO GARCÍA, SALUD RL S.A. DE C.V., PHARMAINDUSTRIA DE SINALOA S.R.L. DE C.V., EXCLUSIVAS FARMACÉUTICAS S.A. DE C.V., ANA MARGARITA MIRANDA SERAFÍN, RAÚL CASTELLANOS ORTIZ, JOSÉ GILBERTO GARCÍA GARCÍA, DOLORES VERDUGO ARAUX, CASA MARZAM S.A. DE C.V., ANTONIO VELARDE OSUNA, IMPLEMENTOS MÉDICOS DE OCCIDENTE S.A. DE C.V, LABORATORIOS PISA S.A. DE C.V., SALUCOM S.A. DE C.V. Y MEDIGROUP DEL PACIFICO S.A. DE C.V., diversos materiales que en forma urgente a necesitado el Hospital y es con la que actualmente se han llevado a cabo el suministro de medicamentos y material de curación para cubrir con las necesidades que se presentan con los pacientes hospitalizados, así como los insumes diarios de las consultas que se generan
13
M A ZALLA N
Continuando con el uso de la voz el presidente del comité manifiesta que una vez agotadas y analizados y discutidos, según el orden del día este comité determina por unanimidad de votos de los integrantes presentes del comité resolver lo siguiente:
PRIMERO.- Que es procedente adjudicar directamente la celebración del contrato de arrendamiento señalada en los incisos A), a favor de: COMISARIADO EJIDAL DEL VENADILLO, representado por el C. JUAN FRANCISCO FREER OSUNA, presidente, C. RUBÉN FLORES GARCÍA, secretario; ROSENDO PARDO FLORES, tesorero, y RAYMUNDO PARRA CARRILLO, presidente del consejo de vigilancia,, en virtud de que, se encuentra dentro de los procedimientos de adjudicación debidamente fundada ya que, cuyo monto es por la cantidad de $ 6,000.00 (Seis Mil Pesos 00/100 moneda nacional), con RECURSO PROPIOS y tiene el principio de calidad, porque reúne las características solicitadas por el requirente la SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA Y TRANSITO MUNICIPAL, y atendiendo a la presente adjudicación mediante arrendamiento del bien antes mencionado, se le apercibe a la requiere- solicitante deberá realizar los trámites correspondiente para llevar acabo la elaboración de contrato respectivo, en un plazo no mayor a 10 días hábiles y remitir copias a este comité, de lo contrario quedara sin efecto lo antes acordado.
SEGUNDO.- Que es procedente la adjudicación directa, señalada en los incisos B), a favor del proveedor: JORGE LUIS MURRAY SANTOS., en virtud de que, de las tres cotizaciones exhibidas ésta atiende a uno de los principios como el de economía, al haber sido la propuesta más baja, cuyo monto es por la cantidad de $ 939,600.00 (Novecientos Treinta y Nueve Mil Seiscientos Pesos 00/1 OOmn) con IVA incluido, con RECURSO PROPIOS y tiene el principio de calidad, porque reúne las características solicitadas por el requirente la PRESIDENCIA MUNICIPAL y se ajusta al principio de eficacia, pues garantizó la entrega del producto inmediato, y atendiendo a la presente adjudicación del bien antes -mencionado, se le apercibe ala requiere- solicitante deberá realizar los trámites correspondiente para llevar acabo la elaboración de contrato respectivo, en un plazo no mayor a 10 días hábiles y remitir copias a este comité del mismo, de lo contrario quedara sin efecto lo antes acordado. 4
G O B I E R N O M U N I C I P A L D E M A Z A T L Á N
Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
2014 - 2016
TERCERO.- Que es procedente la adjudicación directa, señalada en los incisos C), a favor del proveedor: FERREGAPA S.A. DE C.V.., en virtud de que, se encuentra dentro de los procedimientos debidamente fundada dicha adquisición ya que, de las tres cotizaciones exhibidas ésta atiende a uno de los principios como el de economía, al haber sido la propuesta más baja, cuyo monto es por la cantidad de $ 171,216.00 (Ciento Setenta y un mil Doscientos Dieciséis pesos 00/1 OOmn) con IVA incluido, con RECURSO PROPIOS y tiene el principio de calidad, porque reúne las características solicitadas por el requirente SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA Y TRANSITO MUNICIPAL y se ajusta al principio de eficacia, pues garantizó la entrega de los bienes de inmediato.
..
CUARTO.- Que es procedente la adjudicación directa, señalada en los incisos D), a favor del proveedor: FERREGAPA S.A. DE C.V., en virtud de que, se encuentra dentro de los procedimientos debidamente fundada dicha adquisición ya que, de las tres cotizaciones exhibidas ésta atiende a uno de los principios como el de economía, al haber sido la propuesta más baja, cuyo monto es por la cantidad de $ 67,122.94 (Sesenta y Siete Mil Ciento Veintidós pesos 94/1 OOmn) con IVA incluido, con RECURSO PROPIOS y tiene el principio de calidad, porque reúne las características solicitadas por el requirente DIRECCIÓN DE OBRAS PUBLICAS y se ajusta al principio de eficacia, pues garantizó la entrega de los bienes de inmediato.
QUINTO.- Que es procedente la adjudicación directa, señalada en los incisos E), a favor del proveedor: MONTANO ARAMBURO JOSÉ CARMEN., en virtud de que, se encuentra dentro de los procedimientos debidamente fundada dicha adquisición ya que, de las tres cotizaciones exhibidas ésta atiende a uno de los principios como el de economía, al haber sido la propuesta más baja, cuyo monto es por la cantidad de $ 61,108.80 ( Sesenta y uh Mil Ciento Ocho Pesos 80/1 OOmn) con IVA incluido, con RECURSO PROPIOS y tiene é( principio de calidad, porque reúne las características solicitadas por el requirente DEPARTAMENTO DE COMUNICACIÓN SOCIAL y se ajusta al principio de eficacia, pues garantizó la entrega de los bienes de inmediato.
15
M A Z A U A N C o n s t r u y e n d o F u t u r o
SEXTO.- Que es procedente la adjudicación directa, señalada en los incisos F), a favor del proveedor: CONSTRUCCIÓN Y ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA DE SINALOA S.A. DE C.V, en virtud de que, se encuentra dentro de los procedimientos debidamente fundada dicha adquisición ya que, de las tres cotizaciones exhibidas ésta atiende a uno de los principios como el de economía, al haber sido la propuesta más baja, cuyo monto es por la cantidad de $ 995,976.00 (Novecientos Noventa y Cinco Mil Novecientos Setenta y Seis pesos 00/100mn) con IVA incluido, con RECURSO PROPIOS y tiene el principio de calidad, porque reúne las características solicitadas por el requirente DIRECCIÓN DE OBRAS PUBLICAS y se ajusta al principio de eficacia, pues garantizó la entrega de los bienes de inmediato, y atendiendo a la presente adjudicación del bien antes mencionado, se le apercibe ala requiere- solicitante deberá realizar los trámites correspondiente para llevar acabo la elaboración de contrato respectivo, en un plazo no mayor a 10 días hábiles y remitir copias a este comité del mismo, de lo contrario quedara sin efecto lo antes acordado.
SÉPTIMO.- Que es procedente que la Dirección de Servicios Médicos Municipales del Hospital Municipal Margarita Maza de Juárez, lleve a cabo la contratación de suministro de medicamentos del cuadro básico, material de curación, material para laboratorio y materiales para radiología, con: GRUPO FARMACÉUTICO DEL MILENIO S.A. DE C.V., TEOBALDO MARTÍNEZ CASTRO, DORA OFELIA CASTRO GARCÍA, SALUD RL S.A. DE C.V., PHARMAINDUSTRIA DE SINALOA S.R.L. DE C.V, EXCLUSIVAS FARMACÉUTICAS S.A. DE C.V, ANA MARGARITA MIRANDA SERAFÍN, RAÚL CASTELLANOS ORTIZ, JOSÉ GILBERTO GARCÍA GARCÍA, DOLORES VERDUGO ARAUX, CASA MARZAM S.A. DE C.V, ANTONIO VELARDE OSUNA, IMPLEMENTOS MÉDICOS DE OCCIDENTE S.A. DE C.V, LABORATORIOS PISA S.A. DE C.V, SALUCOM S.A. DE C.V. Y MEDIGROUP DEL PACIFICO S.A. DE C.V. y atendiendo aJa-» presente adjudicación del bien antes mencionado, se le apercibe ala requiere-solicitante deberá realizar los trámites correspondiente para llevar acabo la elaboración de contrato respectivo, en un plazo no mayor a 10 días hábiles v remitir copias a este comité del mismo, de lo contrario quedara sin efecto lo antes acordado.
Finalmente y a efecto de hacer constar la transparencia de las presentes adjudicaciones se anexan las cotizaciones de los tres proveedores mencionado^ líneas arriba para los efectos legales y/o administrativos a que hubiere lugar.
G O B I E R N O M U N I C I P A L D E M A Z A T L Á N
Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios 2014 - 2016
Así lo dictaminó y resolvió el comité por unanimidad de votos, procediendo a dar por terminada esta acta administrativa a las 18:4!p horas del día de su inicio, firmando al calce y al margen la presente acta.
LIC. MA.' DEL ROSARIO TORRES NORIEG S ECRETARIO DEL COMITÉ
APIA PARRAL ARQ. SALVADOR FÍEYNOSA GARZÓN
PRESIDENTE DEL COMITÉ
C.P. CARLOS TESORERO
ARQ. SERGIO LEONARDO WONG RAMOS PRIMER VOCAL DEL
;AL DEL COMPTE
LIC. LOAR SUSEK LÓPEZ DELGADO TERCER VO
FRANCISCO JAVIER ÁLVAREZ DÍAZ O DéCAÍlDAD