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JUSTICIA Y PAZ. JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL Propiedad Industrial PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

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sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas o animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de junio del 2015, solicitud Nº 2015-0005799. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 25 de junio del 2015.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—Solicitud N° 36343.—(IN2015053094).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderado especial de Laboratorios Farsimán S. A. con domicilio en 6 ave. 5 calle s.o. N° 32, barrio El Centro, San Pedro Sula, Honduras, solicita la inscripción de: LOPTAL como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticas y veterinarias; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas o animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de junio del 2015, solicitud Nº 2015-0005800. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 25 de junio del 2015.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—Solicitud N° 36344.—(IN2015053096).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderado especial de Laboratorios Farsimán S. A. con domicilio en 6 ave. 5 calle s.o. N° 32, barrio El Centro, San Pedro Sula, Honduras, solicita la inscripción de: FUNGIFAR como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas o animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de junio del 2015, solicitud Nº 2015-0005798. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 25 de junio del 2015.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—Solicitud N° 36345.—(IN2015053099).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderado especial de Laboratorios Farsimán S. A. con domicilio en 6 ave. 5 calle s.o. N° 32, barrio El Centro, San Pedro Sula, Honduras, solicita la inscripción de: DIORIDINA como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas o animales; emplastes, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de junio del 2015, solicitud Nº 2015-0005796. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 25 de junio del 2015.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—Solicitud N° 36346.—(IN2015053100).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Propiedad Industrial

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderada especial de Laboratorios Farsimán S. A. con domicilio en 6 ave. 5 calle s.o. N° 32, barrio El Centro, San Pedro Sula, Honduras, solicita la inscripción de: ZUGLID como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas o animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de junio del 2015, solicitud Nº 2015-0005805. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 25 de junio del 2015.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—Solicitud N° 36340.—(IN2015053089).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 1-0679-0960, en calidad de apoderada especial de Laboratorios Farsimán S. A. con domicilio en 6 ave. 5 calle s.o. N° 32, barrio El Centro, San Pedro Sula, Honduras, solicita la inscripción de: TORVAFAR como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas o animales; emplastes, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada 18 de junio del 2015, solicitud Nº 2015-0005803. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 25 de junio del 2015.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.— Solicitud N° 36341.—(IN2015053091).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderado especial de Laboratorios Farsimán S. A. con domicilio en 6 ave. 5 calle s.o. N° 32, barrio El Centro, San Pedro Sula, Honduras, solicita la inscripción de: QUALIZOL como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas o animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de junio del 2015, solicitud Nº 2015-0005802. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 25 de junio del 2015.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—Solicitud N° 36342.—(IN2015053093).

Marianella Arias Chacón, Cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderado especial de Laboratorios Farsimán S. A. con domicilio en 6 ave. 5 calle s.o. N° 32, barrio El Centro, San Pedro Sula, Honduras, solicita la inscripción de: GLIFORMIN como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y

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Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de Apoderada Especial de Laboratorios Farsimán S. A., con domicilio en 6 Ave. 5 Calle S.O. Nº 32, Barrio El Centro, San Pedro Sula, Honduras, solicita la inscripción de: ANSIOLEX como marca de fábrica y comercio, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas o animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de junio de 2015. Solicitud Nº 2015-0005789. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 25 de junio del 2015.— Grettel Solís Fernández, Registradora.—(IN2015053107).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de Apoderada Especial de Laboratorios Farsimán S. A. con domicilio en 6 Ave. 5 Calle S.O. Nº 32, Barrio El Centro, San Pedro Sula, Honduras, solicita la inscripción de: ALBENDAFAR COMPUESTO como marca de fábrica y comercio, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas o animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de junio de 2015. Solicitud Nº 2015-0005788. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 25 de junio del 2015.—Grettel Solís Fernández, Registradora.— (IN2015053108).

Luis Pal Hegedüs, casado, cédula de identidad 105580219, en calidad de Apoderado Especial de Amsoil Inc., con domicilio en 925 Tower Ave, Superior, WI 54880, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: AMSOIL como marca de fábrica y comercio, en clase 1 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Químicos utilizado en la industria y la ciencia; químicos para uso en la industria automotriz; resinas artificiales sin procesar, plásticos sin procesar; aditivos químicos para lubricantes y combustibles; anticongelante; fluidos de transmisión, de embrague, de batería, de transmisión hidráulica, de compensadores, de frenos y de calibración; fluidos químicos para uso como detectores de fugas; aceite de filtro de aire; materiales de filtración; refrigerantes; fluidos refrigerantes para radiadores de vehículos; solventes, fluidos hidráulicos; aceites para circuitos hidráulicos, para cojines y para suspensiones; químicos para uso en el tratamiento de sistemas de enfriamiento; dispersantes, emulsificantes, abrasivos; preparaciones químicas para impedir el óxido. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de febrero de 2015. Solicitud Nº 2015-0001423. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de febrero del 2015 del 2014.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(IN2015053114).

Manuel E. Peralta Volio, cédula de identidad N° 900120480, en calidad de apoderado generalísimo de Productora La Florida S. A. con domicilio en Echeverría, distrito 2° de Belén, en las instalaciones de Cervecería Costa Rica, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: TROPICAL HERBAL, como marca de fábrica y comercio en clase 32 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: bebidas a base de frutas sin alcohol. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en

calidad de apoderado especial de Laboratorios Farsimán S. A. con domicilio en 6 ave. 5 calle s.o. N° 32, barrio El Centro, San Pedro Sula, Honduras, solicita la inscripción de: ACFOL COMPLETE como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas o animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de junio del 2015, solicitud Nº 2015-0005787. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 25 de junio del 2015.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—Solicitud N° 36347.—(IN2015053101).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de Apoderada Especial de Laboratorios Farsimán S. A. con domicilio en 6 Ave. 5 Calle S.O. Nº 32, Barrio El Centro, San Pedro Sula, Honduras, solicita la inscripción de: CARBAZEPINA como marca de fábrica y comercio, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas o animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de junio de 2015. Solicitud Nº 2015-0005792. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 25 de junio de 2015.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(IN2015053104).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de Apoderado Especial de Laboratorios Farsimán S. A. con domicilio en 6 Ave. 5 Calle S.O. Nº 32, Barrio El Centro, San Pedro Sula, Honduras, solicita la inscripción de: BUTEMAX como marca de fábrica y comercio, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas o animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada 18 de junio del 2015. Solicitud Nº 2015-0005791. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 25 de junio del 2015.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(IN2015053105).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de Apoderada Especial de Laboratorios Farsimán S. A., con domicilio en 6 Ave. 5 Calle S.O. Nº 32, Barrio El Centro, San Pedro Sula, Honduras, solicita la inscripción de: ANSIOLEX como marca de fábrica y comercio, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas o animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de junio de 2015. Solicitud Nº 2015-0005789. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 25 de junio del 2015.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(IN2015053107).

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y bebidas de cereales sin alcohol. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de junio del 2015. Solicitud N° 2015-0005704. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 23 de junio del 2015.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.— Solicitud N° 37358.—(IN2015053472).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad N° 106790960, en calidad de apoderada especial de Industrias Alimenticias Kern´s y compañía sociedad en comandita por acciones con domicilio en kilómetro 6.5 carretera al Atlántico, zona 18, Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: FRUCO, como marca de fábrica y comercio en clase 32 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas, jarabes y otros preparados para hacer bebidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de junio del 2015. Solicitud N° 2015-0005267. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 14 de julio del 2015.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—Solicitud N° 37356.— (IN2015053473).

Manuel E. Peralta Volio, cédula de identidad 900120480, en calidad de Apoderado Generalísimo de Productora La Florida S. A., cédula jurídica 3101306901 con domicilio en Echeverría, distrito 2° de Belén, en las instalaciones de Cervecería Costa Rica, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: BOG como marca de fábrica y comercio, en clase 32 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Cervezas, otras bebidas no alcohólicas a base de malta y otras preparaciones para hacer bebidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de junio del 2015. Solicitud Nº 2015-0005303. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 11 de junio del 2015.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—Solicitud N° 37348.— (IN2015053644).

Manuel E. Peralta Volio, cédula de identidad 90120480, en calidad de Apoderado Generalísimo de Productora La Florida S. A., cédula jurídica 3101306901 con domicilio en Echeverría, distrito 2° de Belén, en las instalaciones de Cervecería Costa Rica, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: BOG como marca de fábrica y comercio, en clase 33 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Bebidas alcohólicas, (excepto cervezas). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de junio de 2015. Solicitud Nº 2015-0005305. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de junio del 2015.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—Solicitud N° 37347.—(IN2015053646).

Manuel E. Peralta Volio, cédula de identidad 900120480, en calidad de apoderado generalísimo de Productos La Florida S. A., cédula jurídica 3101306901 con domicilio en Echeverría, distrito 2° de Belén, en las instalaciones de Cervecería Costa Rica, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: BOG BY MAXI MALTA como marca de fábrica y comercio, en clase 33 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Bebidas alcohólicas, (excepto cervezas). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de junio del 2015. Solicitud Nº 2015-0005306. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de junio del 2015.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—Solicitud N° 37345.—(IN2015053649).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderada especial de Astrazeneca AB con domicilio en SE-151 85 Södertälje, Suecia, solicita la inscripción de: TEMLIMM la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de junio del

2015. Solicitud N° 2015-0005876. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 29 de junio del 2015.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.— Solicitud N° 37365.—(IN2015053462).

Manuel E. Peralta Volio, cédula de identidad N° 900120480, en calidad de apoderado generalísimo de Productora La Florida S. A., cédula jurídica N° 3101306901 con domicilio en Echeverría, distrito 2° de Belén, en las instalaciones de Cervecería Costa Rica, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: TROPICAL HERBAL, como marca de fábrica y comercio en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: café, té, cacao, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café; harinas y preparaciones hechas con cereales, pan, pastelería y confitería, helados, comestibles; miel, jarabe de melaza; levaduras, polvos para esponjar, vinagre, salsas (condimentos), especias; hielo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de junio del 2015. Solicitud N° 2015-0005877. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 29 de junio del 2015.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.— Solicitud N° 37364.—(IN2015053465).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad N° 106790960, en calidad de apoderada especial de Diageo North America, Inc., con domicilio en 801 Main Avenue, Norwalk, Connecticut 06851, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: SMIRNOFF -1°CE ELECTRO, como marca de fábrica y comercio en clase 33 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: bebidas alcohólicas; vodka. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de junio del 2015. Solicitud N° 2015-0005969. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 26 de junio del 2015.—Bernard Molina Alvarado, Registradora.—Solicitud N° 37363.—(IN2015053466).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad N° 106790960, en calidad de apoderado especial de Diageo North America, Inc. con domicilio en 801 Main Avenue, Norwalk, Connecticut 06851, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: SMIRNOFF -I°CE, como marca de fábrica y comercio en clase 33 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: bebidas alcohólicas (excepto cervezas). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de junio del 2015. Solicitud N° 2015-0005784. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 25 de junio del 2015.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—Solicitud N° 37362.—(IN2015053469).

Marco Antonio Jiménez Carmiol, casado una vez, cédula de identidad N° 102990846, en calidad de apoderado especial de Bacardi & Company Limited con domicilio en Aeulestrasse 5, 9490 Vaduz, Liechtenstein, solicita la inscripción de: BANKS, como marca de fábrica y comercio en clase 33 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: bebidas alcohólicas, excepto cerveza. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de marzo del 2015. Solicitud N° 2015-0002736. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 24 de junio del 2015.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—Solicitud N° 37359.—(IN2015053470).

Manuel E. Peralta Volio, cédula de identidad N° 9001200480, en calidad de apoderado especial de Productora La Florida S. A. con domicilio en Echeverría, distrito 2° de Belén, en las instalaciones de Cervecería Costa Rica, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: BAVARIA RED, como marca de fábrica y comercio en clase 32 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: cerveza

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como marca de servicios, en clase: 35, 38, 41 y 42 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 35: servicios de gestión de ficheros informáticos, actualización de documentación publicitaria, servicios de teneduría de libros, servicios de copiado y reproducción de documentos, servicios de archivo de documentos. Clase 38: servicios de telecomunicaciones de redes digitales, servicios de transmisión de información a través de redes digitales, transmisión de archivos e informaciones digitales. Clase 41: servicios de centros de enseñanza, formación, culturales o recreativos, gimnasia y deportes, servicios de adiestramiento y formación de personal especializado; cursos por correspondencia, servicios de edición de libros, revistas, casettes y películas de video, servicios de campañas de divulgación cultural, servicios de organización y dirección de coloquios, seminarios, congresos y conferencias, servicios de academias, servicios de traducciones, servicios de bibliotecas ambulantes. Clase 42: servicios de programación de ordenadores; conversión de datos a documentos de un soporte físico a un soporte electrónico; digitalización de documentos; diseño, mantenimiento y actualización de software de ordenador; alquiler de tiempos de acceso a servidores de bases de datos informáticas; diseño, instalación, interconexión, comprobación y mantenimiento de programas informáticos; estudios de proyectos técnicos en materia de hardware y programas informáticos; consultoría en el campo del hardware informático; análisis de sistemas informáticos; asesoramiento y consultoría relacionados con la utilización de internet; alquiler de ordenadores y de software; servicios jurídicos; investigación científica e industrial; servicios de diseño y creación de páginas web. Reservas: de los colores: magenta y verde. Prioridad: se otorga prioridad Nº 013504956 de fecha 28/11/2014 de OAMI. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de mayo del 2015. Solicitud Nº 2015-0004969. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 14 de julio del 2015.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—Solicitud Nº 37192.—(IN2015053728).

Manuel E. Peralta Volio, cédula de identidad 9001200480, en calidad de apoderado generalísimo de Productora La Florida S. A. con domicilio en Echeverría, distrito 2° de Belén, en las instalaciones de Cervecería Costa Rica, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: Bendito Té como marca de fábrica y comercio en clase: 33 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Bebida alcohólica con sabor a té. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de julio del 2015. Solicitud Nº 2015-0006333. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de julio del 2015.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—Solicitud N° 37338.—(IN2015054047).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderado especial de GSM Globe.Com Inc con domicilio en 134 N.E 1 Street, Miami Florida 33132, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: GOL como marca de fábrica y comercio en clase: 9 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: teléfonos móviles. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de mayo del 2015. Solicitud Nº 2015-0005071. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 11 de junio del 2015.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.— Solicitud N| 37339.—(IN2015054049).

Tomás Federico Nassar Pérez, cédula de identidad 105080509, en calidad de apoderado generalísimo de Corners Brokers Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101337532 con domicilio de la Iglesia Santa Teresita 600 metros este, casa número 3387, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: INTELIGENCIA INMOBILIARIA, como señal de propaganda, para proteger y como marca de fábrica y comercio, en clase 5 internacional, para

proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones y sustancias farmacéuticas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de junio de 2015. Solicitud Nº 2015-0005591. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 17 de junio del 2015.— Walter Campos Fernández, Registrador.—Solicitud N° 37342.— (IN2015053656).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderada especial de Astrazeneca AB con domicilio en SE-151 85 Södertälje, Suecia, solicita la inscripción de: IMCEPSEO como marca de fábrica y comercio, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones y sustancias farmacéuticas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de junio de 2015. Solicitud Nº 2015-0005590. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 17 de junio del 2015.— Walter Campos Fernández, Registrador.—Solicitud N° 37341.— (IN2015053657).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderada especial de Astrazeneca AB, con domicilio en SE-151 85 Södertälje, Suecia, solicita la inscripción de: IMJUDO, como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones y sustancias farmacéuticas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de junio de 2015. Solicitud N° 2015-0005595. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 17 de junio de 2015.— Walter Campos Fernández, Registrador.—Solicitud N° 37343.— (IN2015053662).

Marianella Arias Chacón, Cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderada especial de Astrazeneca AB, con domicilio en SE-151 85 Södertälje, Suecia, solicita la inscripción de: IMFINZI, como Marca de Fábrica y Comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones y sustancias farmacéuticas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de junio de 2015. Solicitud N° 2015-0005592. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 17 de junio de 2015.— Walter Campos Fernández, Registrador.—(IN2015053665).

Manuel E. Peralta Volio, cédula de identidad 9-0012-0480, en calidad de gestor oficioso de Marine Harvest USA, Llc, con domicilio en 8550 N.W. 17TH Street, Suite 105, Miami, Florida 33126, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: ROYAL FJORD, como marca de fábrica y comercio en clase: 29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: trozos de pescado, pescado fresco, congelado y ahumado; patés de pescado; patés de pescado ahumado. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de mayo de 2015. Solicitud N° 2015-0004377. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de junio de 2015.— Grettel Solís Fernández, Registradora.—Solicitud N° 37340.— (IN2015053668).

Jessica Salas Venegas, soltera, cédula de identidad Nº 112210610, en calidad de apoderada especial de Informática Abana S.L., con domicilio en Avenida de la Emperatriz Isabel 12, código postal: 28019, Municipio de Madrid, provincia Madrid, España, solicita la inscripción de:

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identificación; y conjuntos de preparación de afeitado compuestas esencialmente de la maquinilla de afeitar desechable y crema de afeitar; aparatos, instrumentos, dispositivos y suministros quirúrgicos, médicos y dentales, a saber, porta-agujas, tapas de aguja intravenosa, manijas de cuchilla quirúrgica, y pinzas; productos electroquirúrgicos para uso médico, a saber, generadores electroquirúrgicos, lápices electroquirúrgicos, y electrodos médicos; cizallas y separadores quirúrgicos; instrumentos endoscópicos; instrumentos de neurocirugía, a saber, retractores, sierras, disectores, y elevadores; sondas rectales y lagrimales de oxímetro desechables; tijeras médicas y quirúrgicas; sostenes y soportes de instrumentos médicos; cinta y hojas de identificación de instrumentos quirúrgicos; espéculos; máscaras de anestesia; máscaras de oxígeno, tubos y bolsas de oxígeno, reguladores de oxígeno, conservadores y concentradores de oxígeno, y oxímetros todos para aplicaciones médicas; reguladores respiratorios para la respiración artificial, aspiradores nasales; sets de transferencia y recolección de sangre que comprenden soportes de tubos de extracción de sangre, agujas, medidores, y catéteres intravenosos; instrumentos de inyección con agujas; protectores de baño para uso en terapia y rehabilitación física; sistemas de monitoreo de glucosa que comprenden medidores, estuche, tiras reactivas, soluciones de control y dispositivos de punción; oftalmoscopios; otoscopios; luces desechables de lapicero para uso médico; estetoscopios; monitores de signos vitales; nebulizadores; alarmas de pacientes médicos y dispositivos de monitoreo para el monitoreo del movimiento del paciente o de residentes; protectores de manos para prevenir la extracción o manipulación indebida de tubos; camillas y cinturones para las mismas; tubos de alimentación por vía intravenosa; contenedores, soportes y armarios para desechos médicos; bolsas médicas adaptadas para y vendidas con instrumentos médicos y quirúrgicos; bolsas de plástico para la transmisión de muestras médicas; bolsas médicas vendidas vacías; bolsas y sobres de papel para esterilizar instrumentos médicos; bandejas y contenedores de esterilización; esterillas de silicona para bandejas de esterilización; contenedores adaptados específicamente para el transporte de desechos médicos; protectores, bandejas y cubiertas adaptadas específicamente para instrumentos médicos; kits de procedimiento estéril compuestas de bolsas y tubos para uso en la esterilización por gas/vapor; productos de monitoreo de la esterilización para su uso en el control de la esterilidad de instrumentos médicos; envoltorio de esterilización para instrumentos médicos; electrodos médicos reutilizables; mobiliario médico, a saber, mesas y taburetes para cama; soportes para uso médico general; bastones para uso médico; muletas; andaderas y ascensores para discapacitados; mesas de examen y/o tratamiento de pacientes; sillones de tratamiento de pacientes médicos; soportes de expedientes médicos; carros y accesorios médicos, a saber, dispensadores de tazas, luces flexibles magnéticas, etiquetas de recipiente, casetes de carro de medicamentos; recolectores de orina y contenedores de muestra de orina para uso médico; soportes intravenosos para uso médico; cortinas protectoras para sala de operaciones y tratamiento médico y ropa para uso médico; bandejas de catéter; bandejas de riego para uso médico; bandejas de cambio de vendajes para uso médico; kits médicos que comprenden combinaciones de instrumentos médicos, a saber, fórceps, pinzas hemostáticas, curetas/legras, espéculos, pinzas, escalpelos, tubos de muestras, y apósitos para heridas; materiales de preparación del paciente, a saber, guantes médicos, bastoncillos de algodón para uso médico, lavabos para uso médico, orinales para uso médico, bacinillas, tazas de medicina, recolectores de especímenes médicos, contenedores de prótesis y chupetes de ortodoncia; calcetería médica, a saber, soportes de medias elásticas, medias a la altura de la rodilla y medias a la altura del muslo; vendas y envoltorios elásticos; almohadillas abdominales; relleno para yesos ortopédicos; sábanas y empapadores para incontinencia utilizados para ropa de cama; tablas desechables para apoyar el brazo; instrumentos hospitalarios y quirúrgicos, a saber, jeringas y agujas; escalpelos y cuchillas quirúrgicas; bolas de algodón y esponjas de succión absorbentes; tubos de estómago; catéteres y bandejas de catéter; recipientes y cobertores de émesis; bulbos de látex; férulas para dedos; protectores para pezones; vendajes de plástico; correas de tracción pélvica; correas y almohadillas para clavícula; kits de enema que comprenden preparaciones y aparatos distinguir lo siguiente: Para promocionar boletines informativos

descargables en relación con bienes raíces, relacionado con el registro 170429. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de julio del 2013. Solicitud Nº 2013-0005961. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 20 de abril del 2015.— Carlos Rosales Picado, Registrador.—Solicitud N° 38182.— (IN2015054454).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 1-0679-0960, en calidad de apoderada especial de Medline Industries, Inc. con domicilio en One Medline Place, Mundelein, Illinois 60060, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clases: 3; 5 y 10 internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 03: Productos y preparaciones para la higiene personal y para el cuidado personal, no medicados, a saber, humectantes, lociones para las manos y el cuerpo, cremas para el cuerpo, preparaciones bloqueadoras del sol, champú, limpiadores para la piel, limpiadores para las manos, enjuague bucal y jabón castilla para la piel; sistema de champú personal que consiste de un champú y un acondicionador libre de enjuague para la higiene personal, y una gorra en un paquete sellado; kits para pacientes que contienen artículos no medicados para el cuidado personal, a saber, bálsamo labial, máscaras para los ojos, tapones para los oídos, señales para guindar en la puerta, diarios, libros de puzles, y lápices; limpiador enzimático para instrumentos quirúrgicos. Clase 05: Preparaciones y productos medicados, médicos, farmacéuticos, dentales y sanitarios, a saber, preparaciones medicadas para el cuidado de la piel, limpiadores para la piel y heridas, cremas y polvos antimicóticos, jabón anti-microbios, limpiador sin enjuague para la cabeza y el cuerpo; productos para el cuidado de las heridas, a saber, apósitos, bandas adhesivas, cinta adhesiva médica y quirúrgica, gaza, tiras de nailon, gel tópico de primeros auxilios, gel tópico para tratamientos médicos y terapéuticos para el cuidado de las heridas; fajas sanitarias, toallas sanitarias, tampones, enjuague oral para heridas, toallitas pre-humedecidas para uso médico, ambientadores, desinfectantes para propósitos higiénicos y sanitarios, desinfectantes para instrumentos médicos, toallas para la incontinencia, pañales para adultos, suplementos nutricionales y dietéticos en polvo o en forma líquida, toallitas desinfectantes hechas de tela o papel, lociones para la piel, cremas para la piel y ungüentos para la piel, todos para uso médico, kits para el cuidado de los ojos con catarata que consisten de enjuagues para los ojos y anteojos protectores; protectores de ropa interior desechables para usar con calzoncillos y ropa interior desechable para la incontinencia; soluciones para irrigación y urología, a saber, soluciones salinas; preparaciones para uso médico; a saber, alcohol isopropílico, toallas preparatorias tratadas con alcohol, peróxido de hidrógeno, jalea lubricante, baños de asiento, y soluciones de tintura/yodo; y prendas reutilizables para la incontinencia; preparaciones para enema, laxantes; prendas para la incontinencia; apósitos de espuma para heridas; preparaciones desodorizantes todo propósito para uso doméstico, comercial o industrial; bandas adhesivas que contienen zinc; geles comestibles para tabletas, cápsulas y píldoras para que sean más gustosas y más fáciles de tragar; apósitos médicos, a saber, hemostáticos absorbentes quirúrgicos para controlar el sangrado; adhesivos médicos para cerrar heridas; gel para ultrasonido; ropa interior y toallas para la incontinencia; pañales desechables para la incontinencia; pañales de tela para adultos. Clase 10: Dispositivos médicos, a saber, bandejas para cambio de vendajes, bombas de presión alterna, y almohadillas, bolsos de cama desechables, compresas frías y calientes de un solo uso, almohadillas de eliminación de cinta adhesiva, aparatos externos de la alimentación por gravedad, recipientes para objetos punzantes, bandejas de exfoliante de piel, bolsas de riesgo biológico para el almacenamiento de desechos médicos, electrodos de reposo, equipos/kits para iniciar administración intravenosa que consisten esencialmente de catéteres, dispositivo de colocación de catéter, cinta, torniquete, cápsula de preparación de yodo, gasa con alcohol, gasas, esponjas, pomadas, vendas adhesivas y etiquetas de

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televisión; servicios de transmisión, emisión y difusión de programas de televisión vía satélite; servicios de transmisión, emisión y difusión de programas de televisión que permiten al usuario personalizar el horario de transmisión. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de junio del 2015. Solicitud Nº 2015-0005779. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 3 de julio del 2015.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.— Solicitud N° 37370.—(IN2015054875).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de Apoderada Especial de Goba Internacional S. A de C.V. con domicilio en avenida Insurgentes Sur Nº 1647, piso 12, Colonia San José Insurgentes, Delegación Benito Juárez, C.P. 03900, México, D.F., México, solicita la inscripción de: BARRILITO como marca de fábrica y comercio en clase: 8; 9; 16 y 20 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 8: Herramientas e instrumentos manuales, cuchillería, tenedores, cucharas, armas blancas, navajas, especialmente tijeras y cuchillos; maquinillas de afeitar y de corte de cabello, herramientas e instrumentos impulsados manualmente que conforman ci utillaje de diversas profesiones tales como herramientas de corte, navajas, cuchillos, tijeras, cizallas; tijeras para jardinería, para hojalatería, para peluquería, para la estética personal, para las artes manuales, para las artesanías, para sastrería y modista, para uso doméstico, escolar, de oficina y de oficios manuales; herramientas sacabocados, troqueles (herramientas de mano), tijeras con patrones de corte decorativos y escuadras (herramientas de mano), estuches para la manicura y para la pedicura; alicates para la cutícula y para las uñas. Clase 9: Aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesaje, de medición, de señalización, de control (inspección), de salvamento y de enseñanza; aparatos e instrumentos de conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación o control de la electricidad; aparatos de grabación, transmisión o reproducción de sonido o imágenes; soportes de registro magnéticos, discos acústicos; discos compactos, DVD, memorias USB, soportes digitales de almacenamiento de información y otros soportes de grabación digitales; mecanismos para aparatos de previo pago; cajas registradoras, máquinas de calcular, equipos de procesamiento de datos, ordenadores; software; extintores; reglas de cálculo, reglas de calibrar, reglas (instrumentos de medición), reglas para medición de ángulos (transportadores de ángulos), ábacos, compases (instrumentos de medición), escalímetros (instrumentos de medición, lupas (ópticas), contadores manuales; pizarrones electrónicos. Clase 16: Papel, cartón y artículos de estas materias no comprendidos en otras clases; productos de imprenta; material de encuadernación; fotografías; artículos de papelería; adhesivos (pegamentos) de papelería o para uso doméstico; material para artistas; pinceles; máquinas de escribir y artículos de oficina (excepto muebles); material de instrucción o material didáctico (excepto aparatos); materias plásticas para embalar (no comprendidas en otras clases); caracteres de imprenta; cintas entintadas; clichés de imprenta; incluyendo engrapadoras, perforadoras, encuadernadoras de escritorio, engargoladoras de escritorio, desengrapadoras, afilalápices (sacapuntas para lápices), foliadoras, sellos de estampar, sellos fechadores, almohadillas para sellos, cojines, mojasellos, tintas para sellos; perforadoras de papel para cortes con figuras o diseños; grapas de uso escolar, doméstico, de oficina y para las artes manuales; impresiones, posters, litografías, ilustraciones coleccionables o didácticas, etiquetas adhesivas, estampillas, máquinas de oficina o escritorios para estampillar, tarjetas conmemorativas o de felicitación, impresos recortables e impresos en general, cuadros, portarretratos y álbumes de fotografías; instrumentos de escritura como lápices, lápices de colores, lápices de cera, minas de lápices, plumas, bolígrafos, plumines, marcadores y resaltadores; estuches de escritura (artículos de papelería), carteleras (tablones de anuncios) de papel o cartón; correctores (artículos de oficina), borradores para pizarras y goma de borrar; pizarrones, pizarrones magnéticos, pizarras para escribir; figuras de cartón o papel, calcomanías; papel y cartón; cartón corrugado de colores, con suajes o corte específico o predeterminado; álbumes para enema; equipo de respiración para bebés; bandas de empaque

de gasas; tubos de gasa; vendaje de tela médica; equipo de cama para cirugía; bolsas de caucho para uso en relación con equipos respiratorios; equipo de medición de presión arterial; esterilizadores; orinales sanitarios; tenazas de puntada; tijeras quirúrgicas; lancetas de sangre; kits de remoción de sutura; recipientes de muestras; férulas; tablas de brazo intravenosas; recolectores de sangre; termómetros orales y rectales; martillos de percusión para uso médico; bandejas de riego; llaves de paso; goteros; vidrio tubo de observación; instrumentos quirúrgicos; agujas y estiletes; bolsas de drenaje; puntas de muletas; cintas porosas; hisopos; cubiertas de tazón; mascarillas; guantes quirúrgicos; restricciones de muñeca; esponjas de tejidos de gasa detectables por rayos X; aparatos médicos, a saber, cuñas de espuma y empapadores para uso con hojas/láminas de baja fricción para el uso en movimiento, posicionamiento y traslado de pacientes hacía, desde o sobre una cama, camilla, camilla o suelo; vendas elásticas; bandejas de transporte de endoscopio desechables; tapetes de piso utilizados durante operaciones y otros procedimientos médicos; productos de seguridad para el baño adaptados para su uso por personas con discapacidad física, es decir, silla de ducha, taburetes de baño, marcos de seguridad de inodoro, barandillas de seguridad de inodoro, bancos de transferencia, asientos de inodoro elevados, raíles de ducha y barras de apoyo, inodoros portátiles; productos médicos, a saber, sistema de tornillo canulado compuesto de tornillos implantables y los instrumentos quirúrgicos asociados; soportes médicos para el codo, rodilla, soportes para la espalda, rodilla, tobillo y la muñeca para uso médico; vendajes de compresión; aparatos e instrumentos médicos y quirúrgicos para uso en cirugía general; aparatos e instrumentos para uso en cirugía; batas y prendas quirúrgicas; prendas de hospital para el personal del hospital a saber, prendas de vestir médicas, a saber, camisas y vestidos quirúrgicos/ médicos, pantalones quirúrgicos/médicos, uniformes, batas, batas de laboratorio, chaquetas; protectores de talón ortopédicos con paneles elásticos que ayudan a prevenir las úlceras y la caída del pie; bombas de compresión, mangas, y juegos de tubos neumáticos utilizados para ayudar a reducir la incidencia de trombosis venosa profunda; productos médicos, a saber, sistema de tornillo canulado compuesto de tornillos implantables y los instrumentos quirúrgicos asociados. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de marzo de 2015. Solicitud Nº 2015-0002380. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 18 de Marzo de 2015.—María Leonor Hernández B., Registradora.—Solicitud N° 37337.—(IN2015054872).

Marianela Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderada especial de Televisora de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3101006829 con domicilio en Sabana Oeste, Mata Redonda, edificio René Picado, frente al estadio nacional, La Sabana, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase: 38 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Telecomunicaciones; servicios de transporte de señales a través de redes de telecomunicaciones; servicios de telecomunicaciones prestados a través de redes de radiodifusión sonora o televisiva; servicios de transmisión, emisión y/o recepción de signos, señales, escritos, datos, imágenes, sonidos o información de cualquier naturaleza por hilo, conductores, ondas radioeléctricas, medios ópticos u otros sistemas electromagnéticos; servicios dedicados nacionales e internacionales; servicios de acceso VSAT (terminal de apertura muy pequeña) nacional e internacional; servicios de red inalámbrica digital; servicios de Internet; servicios de voz sobre Internet; servicios de red privadas virtuales; servicios de acceso internacional a Internet; servicios de frame relay (servicio de transmisión de voz y datos a alta velocidad que permite la interconexión de redes de área local separadas geográficamente a un costo menor); servicios de redes digitales de accesos integrados; servicios de videoconferencias; servicios de televisión abierta o por suscripción; servicios de transmisión, emisión y difusión de programas de

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bolsos para llevar abordo, bolsas para prendas para viajar y otros productos para viajar en esta clase; estuches incluyendo estuches de viaje, estuches para una noche, estuches para documentos, estuches para tarjetas de crédito, estuches de vanidad, estuches para kits de viaje (no siendo hechos a la medida o con forma), bolsas para joyería para viajar; bolsas pequeñas en esta clase; estuches para llaves, que sean de cuero; pieles e imitaciones de las mismas; bolsos, no siendo con forma, para artículos deportivos; sombrillas portátiles incluyendo paraguas y parasoles. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de junio del 2015. Solicitud Nº 2015-0005596. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de junio del 2015.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.— Solicitud N° 37360.—(IN2015054914).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 1-0679-0960, en calidad de apoderada especial de Holding Le Duff “Hld” con domicilio en 105 A, Avenue Henri Freville, 35200 Rennes, Francia, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y servicios en clase: 29; 30 y 43 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 29: Carne; pescado, carne de ave y carne de caza, extractos de carne, frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva, secas y cocidas; jaleas; confituras y mermeladas; frutas estofadas; huevos; leche y productos lácteos; postres a base de leche; aceites y grasas comestibles. Clase 30: Café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú; sucedáneos del café; harinas y preparaciones a base de cereales; pan, pan de trigo; pan Vienna, sándwiches; productos de pastelería y confitería; helados comestibles; miel; jarabe de melaza; levadura; polvos de hornear; sal; mostaza; vinagre; salsas (condimentos); especias; hielo; galletas; bollos de pan; cangrejos de pan; queques; pastas para queques, panqueques; tartas; quiches; pizzas, con excepción de turrones y confites. Clase 43: Servicios de restauración (alimentación); servicios de restaurante de comida rápida; alojamiento temporal; servicios de hotel; salas de té; cafés; cafeterías; servicios de barra de meriendas, servicios de pastelería, servicios de cafeterías, servicios de cantina, servicios de restaurante, servicios de restaurante para áreas de descanso y salones de espera. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de marzo del 2015. Solicitud Nº 2015-0002250. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 26 de junio del 2015.—María Leonor Hernández B., Registradora.—Solicitud N° 37361.—(IN2015054918).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 1-0679-0960, en calidad de apoderada especial de Televisora de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3101006829 con domicilio en Sabana oeste, Mata Redonda, edificio René Picado, frente al estadio nacional, La Sabana, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase: 38 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 38 Telecomunicaciones; servicios de transporte de señales a través de redes de telecomunicaciones; servicios de telecomunicaciones prestados a través de redes de radiodifusión sonora o televisiva; servicios de transmisión, emisión y/o recepción de signos, señales, escritos, datos, imágenes, sonidos o información de cualquier naturaleza por hilo, conductores, ondas radioeléctricas, medios ópticos u otros sistemas electromagnéticos; servicios dedicados nacionales e internacionales; servicios de acceso VSAT (terminal de apertura muy pequeña) nacional e internacional; servicios de red inalámbrica digital; servicios de Internet; servicios de voz sobre Internet; servicios de red privadas virtuales; servicios de acceso internacional a Internet; servicios de frame relay (servicio de transmisión de voz y datos a alta velocidad que permite la interconexión de redes de área local separadas geográficamente a un costo menor); servicios de redes digitales de accesos integrados; servicios de videoconferencias; servicios de televisión abierta o por suscripción; servicios de transmisión, emisión y difusión de programas de fotográficos y esquineros o protectores de esquinas para documentos

y fundas protectoras de documentos, clips de oficina, clips para sujetar papeles, sujetadores de documentos (artículos de papelería), fundas portadocumentos (artículos de papelería), carpetas para documentos, bandejas portadocumentos; diamantina para uso de papelería, adhesivos de silicón para papelería o uso doméstico; palitos de madera para la elaboración de manualidades; estuches para instrumentos de escritura; estuches de papelería (artículos de oficina); guillotinas. Clase 20: Muebles, espejos, marcos; productos de madera, corcho, caña, junco, mimbre, cuerno, hueso, marfil, ballena, concha, ámbar, nácar, espuma de mar, sucedáneos de todos estos materiales o de materias plásticas, no comprendidos en otras clases; láminas y placas de materias plásticas, especialmente láminas y placas de espuma de etilvinilacetato (foamy) en diversos colores o combinación de colores y texturas; láminas y placas de materiales plásticos para decoraciones, manualidades, acojinamiento, revestimiento, aislamiento, para elaborar maquetas y otros artículos de decoración. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de mayo del 2015. Solicitud Nº 2015-0005067. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 11 de junio del 2015.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—Solicitud N° 38992.—(IN2015054880).

Manuel E. Peralta Volio, cédula de identidad 90120480, en calidad de apoderado especial de C.F.E.B. Sisley con domicilio en 16, Avenue George V, 75008 París, Francia, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 3 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Jabones, artículos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello, dentífricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de junio del 2015. Solicitud Nº 2015-0005418. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de junio del 2015.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—Solicitud N° 37354.—(IN2015054910).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 1-0679-0960, en calidad de apoderada especial de Súper Farmacia Siman S. A. con domicilio en Barrio El Benque, 6ta avenida, 5ta Calle S.O., San Pedro Sula, Departamento de Cortes, Honduras, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase: 44 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de dispensación de medicamentos, información a pacientes en administración de medicamentos, preparación de medicamentos. Reservas: De los colores: azul, rojo y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de junio del 2015. Solicitud Nº 2015-0005302. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 17 de junio del 2015.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.— Solicitud N° 37355.—(IN2015054912).

Marianella Arias Chacón, Cédula de identidad 106790960, en calidad de Apoderada Especial de GSM (Operations) PTY LTD con domicilio en 1 Billabong Place, Burleigh Heads, Queensland, 4220, Australia, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 18 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Bolsos incluyendo bolsos de playa, bolsos deportivos todo propósito, bolsos de barril, bolsos de acarrear, bolsos de compras de cuero, textil o malla, bolsos de hombro, bolsos de mano, bolsos pequeños de mano, bolsas para empacar mercadería, bolsos para llevar cruzados, bolsos de cintura, mochilas, bolsos para cosméticos vendidos vacíos, bolsos de afeitado vendidos vacíos, bolsos con ruedas; billeteras; carteras; bolsos de viaje, maletas,

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televisión; servicios de transmisión, emisión y difusión de programas de televisión vía satélite; servicios de transmisión, emisión y difusión de programas de televisión que permiten al usuario personalizar el horario de transmisión. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de junio del 2015. Solicitud Nº 2015-0005782. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 3 de julio del 2015.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.— Solicitud N° 37367.—(IN2015054919).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderado especial de Televisora de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3101006829 con domicilio en Sabana Oeste, Mata Redonda, edificio René Picado, frente al Estadio Nacional, La Sabana, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase: 41 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Educación; capacitación; entretenimiento; actividades deportivas y culturales; servicios de producción de programas de televisión incluyendo, pero no limitado a, programas televisores de ayuda social, de contratos, de concursos, de entretenimiento, de entrevistas, de esparcimiento, de geografía, de historia, de humor, de información, de noticias, de presentación de artistas, de turismo y de variedades; servicios de producción de programas de televisión culturales, deportivos, educación, infantiles y musicales; servicios de producción de programas de televisión en directo y diferido; servicios de producción de programas de televisión abierta o por suscripción; servicios de educación, información y esparcimiento vía Internet. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de junio del 2015. Solicitud Nº 2015-0005778. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 3 de julio del 2015.— Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—Solicitud N° 37369.— (IN2015054920).

Marck Van Der Laat Robles, casado una vez, cédula de identidad 1119600018, en calidad de apoderado especial de Cruceros Verdes Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-235639 con domicilio en Liberia, Edificio Montiel, oficina N° 1, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de administración y dirección de negocios dedicados a una tienda de “souvenirs” en el Hotel Bahía del Sol. Reservas: De los colores: verde y anaranjado. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de diciembre del 2014. Solicitud Nº 2014-0011148. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de marzo del 2015.—Sabrina Loáciga Pérez, Registradora.— (IN2015055067).

Marck Van Der Laat Robles, casado una vez, cédula de identidad 111960018, en calidad de apoderado especial de Laboratorios Productos Industriales Sociedad Anónima, cédula jurídica 3012381937 con domicilio en kilómetro 16.5 carretera a El Salvador, cruce a Llanos de Arrazola, Fraijanes, Guatemala, solicita la inscripción de: GINNA FENTICONAZOL como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 5 Productos farmacéuticos que contienen fenticonazol (antimicóticos). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de marzo del 2015. Solicitud Nº 2015-0002279. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 18 de marzo del 2015.— Milena Marín Jiménez, Registradora.—(IN2015055068).

Marck Van Der Laat Robles, casado una vez, cédula de identidad 111960018, en calidad de apoderado especial de Corporación Parador de Bielsa S. A, cédula jurídica 3101316717 con domicilio en Santa Cruz, Playa Tamarindo, Hotel Tamarindo Diriá, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a brindar servicios de hotelería, restaurante, bar y similares, servicios de tienda de regalos, curiosidades y souvenirs; servicios de turismo, ubicado en Guanacaste, Santa Cruz, Playa Tamarindo, Hotel Tamarindo Diriá. Reservas: No se hace reserva de los términos Tamarindo Costa Rica. Se reserva los colores café y rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de mayo del 2015. Solicitud Nº 2015-0004910. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.— San José, 2 de junio del 2015.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(IN2015055070).

Marck Van Der Laat Robles, casado una vez, cédula de identidad 111960018, en calidad de apoderado especial de National Instruments Corporation con domicilio en 1150 N. Mopac Expressway, Austin, Texas, 78759, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: LABVIEW como marca de fábrica y servicios en clases 9 y 42 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: 9: Hardware de computadoras o equipos informáticos, a saber unidades de interfaz; software para uso en los campos científicos y de ingeniería para el control de adquisición de datos y análisis y para controlar y emular instrumentos científico, de ingeniería y sistemas de instrumentos; y para llevar a cabo funciones de instrumentación y de manuales de instrucciones vendidos con ellos, y 42: Servicios de actualización de software de computadora, prestación de asistencia de computadoras a través de las comunicaciones en línea y servicios de consultoría relacionados con estos, todo en los campos científicos y de ingeniería para el control de adquisición de datos, control y análisis. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de abril del 2015. Solicitud Nº 2015-0004044. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 2 de junio del 2015.—Carlos Rosales Picado, Registrador.— (IN2015055071).

Marck Van Der Laat Robles, casado una vez, cédula de identidad 111960018, en calidad de apoderado especial de National Instruments Corporation con domicilio en 1150 N. Mopac Expressway, Austin, Texas, 78759, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clases 9 y 42 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: 9: Hardware de computadoras o equipos informáticos, a saber unidades de interfaz; software para uso en los campos científicos y de ingeniería para el control de adquisición de datos y análisis y para controlar y emular instrumentos científico, de ingeniería y sistemas de instrumentos; y para llevar a cabo funciones de instrumentación y de manuales de instrucciones vendidos con ellos, y 42: Servicios de actualización de software de computadora, prestación de asistencia de computadoras a través de las comunicaciones en línea y servicios de consultoría relacionados con estos, todo en los campos científicos y de ingeniería para el control de adquisición de datos, control y análisis. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de abril del 2015. Solicitud Nº 2015-0004046. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 2 de junio del 2015.— Carlos Rosales Picado, Registrador.—(IN2015055073).

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