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TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN ATRIBUCIONES, RESPONSABILIDADES Y/O FUNCIONES

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Academic year: 2021

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NOMBRE DEL PUESTO: DIRECTOR GENERAL DE PROTECCIÓN INSTITUCIONAL

Reglamento Interno del TEPJF Artículo 210

Las áreas de apoyo adscritas a la Secretaría Administrativa tendrán, en el ámbito de su competencia, las siguientes facultades:

I. Expedir y certificar las copias de documentos o constancias que existen en los archivos a su cargo, cuando proceda;

II. Informar a la Secretaría Administrativa sobre el avance y cumplimiento de los programas de trabajo de sus áreas adscritas, así como formular los informes y reportes estadísticos que en el ámbito de su competencia le sean requeridos;

III. Integrar los Comités y Comisiones que le instruya la Sala Superior, la Comisión de Administración, la Presidencia del Tribunal Electoral y la Secretaría Administrativa;

IV. Promover la adopción de una cultura de igualdad de derechos para mujeres y hombres, entre el personal de Tribunal Electoral;

V. Coordinar y dirigir la actualización de la normativa en el ámbito de su competencia, con apego a la normativa establecida;

VI. Cubrir, en el ámbito de su competencia, las ausencias temporales de la persona titular de la Secretaría Administrativa;

VII. Dirigir la formulación e integración del programa Anual de Trabajo e informar permanentemente de los resultados y avances obtenidos;

VIII. Someter a consideración de la Secretaría Administrativa, las propuestas de estructuras organizacionales y diagramas de organización y su actualización, para la optimización de las facultades conferidas;

IX. Informar de manera permanente a la persona titular de la Secretaría Administrativa de los asuntos, gestiones y trámite que en el ámbito de su competencia realice;

X. Supervisar el registro, clasificación, integración y actualización del archivo administrativo del área, de conformidad con los criterios y procedimientos establecidos en la materia;

XI. Coordinar, en el ámbito de su competencia, la atención de las solicitudes formuladas de conformidad con la normativa aplicable en materia de transparencia y acceso a la información pública;

XII. Apoyar en el ámbito de su competencia, a las personas titulares de las Delegaciones Administrativas de las Salas Regionales para el eficaz cumplimiento de sus funciones;

XIII. Emitir opiniones técnicas que la Secretaría Administrativa requiera, en aquellos asuntos que se le encomienden, en el ámbito de sus respectivas competencias; y

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XIV. Las demás que les confieran las disposiciones aplicables y las que les encomiende la persona titular de la Secretaría Administrativa.

Artículo 218

La Dirección General de Protección Institucional está encargada de garantizar el funcionamiento de los sistemas de seguridad, vigilancia y protección implementados en el Tribunal Electoral, para la salvaguarda y custodia de su personal y de los bienes en posesión de la institución, así como de las personas que se encuentren en sus instalaciones.

Artículo 219

(Reformado [N.E. Primer párrafo] mediante decreto publicado el 29 de diciembre de 2016)

La persona titular de la Dirección General de Protección Institucional tendrá las facultades siguientes: I. Asegurar el cumplimiento de la normativa aplicable en materia de protección institucional, con base en el desarrollo de programas y acciones;

II. Planear, dirigir, coordinar, evaluar y actualizar el Plan Integral de Seguridad y Protección Civil, privilegiando la prevención para garantizar la integridad física del personal del Tribunal Electoral, así como para preservar la seguridad de los bienes institucionales;

III. Planear, dirigir y coordinar las acciones preventivas y correctivas en materia de protección civil en el Tribunal Electoral;

IV. Generar y analizar la información para identificar oportunamente riesgos y amenazas que pudieran afectar las condiciones de seguridad del Tribunal Electoral, mediante el empleo de recursos propios y con la colaboración de otras autoridades;

V. Coordinarse con autoridades locales y federales responsables en la materia, para obtener el apoyo en situaciones de riesgo o desastre;

VI. Coordinar la elaboración de la agenda de riesgos de la institución, basados en la recopilación y análisis de la información generada por las diversas áreas del Tribunal Electoral, así como por las diversas autoridades en la materia;

VII. Dirigir y asegurar la aplicación de las acciones de protección institucional que garanticen el normal funcionamiento de las actividades del Tribunal Electoral;

VIII. Establecer estrategias para prevenir y combatir la comisión de delitos en las instalaciones del Tribunal Electoral;

IX. Establecer las medidas que resulten necesarias ante una contingencia; (Reformada mediante decreto publicado el 29 de diciembre de 2016)

X. Participar en el proceso de reclutamiento y selección del personal que se adscribirá a la Dirección General de Protección Institucional bajo esquemas de control de confianza, para estar en condiciones de elaborar el dictamen que justifique y fundamente razones para el movimiento, además de participar en la evaluación periódica que se practique para la permanencia con óptimos niveles de confiabilidad;

(Reformada mediante decreto publicado el 29 de diciembre de 2016)

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XI. Organizar la formación, capacitación y desarrollo técnico operativo para el personal de la Dirección General de Protección Institucional e integrantes de la Unidad Interna de Protección Civil, para fortalecer las habilidades y capacidades requeridas para el desempeño de sus funciones; XII. Planear, analizar, evaluar y proponer a la persona titular de la Secretaría Administrativa, la implementación de planes y medidas de seguridad necesarios para garantizar la seguridad y la integridad física dentro del Tribunal Electoral, de su personal;

XIII. Resguardar el orden en las instalaciones del Tribunal Electoral y contribuir o coadyuvar a la seguridad en la periferia de las mismas; y

XIV. Controlar el acceso y salida de las instalaciones del Tribunal Electoral.

Acuerdo General de Administración del TEPJF Artículo 335

La Coordinación de Protección Institucional es el área encargada de administrar los recursos humanos, materiales y financieros asignados, a efecto de promover un ambiente de trabajo seguro, libre de riesgos, actos de violencia y peligro en las instalaciones del Tribunal Electoral y asegurar la protección del personal que labora en el mismo, así como de las y los visitantes y bienes en posesión de la institución.

Artículo 336

Para el cumplimiento de su objetivo, la Coordinación de Protección Institucional tendrá a su cargo las siguientes funciones:

I. Proponer a la persona titular de la Secretaría Administrativa el Plan Integral de Seguridad y Protección Civil, actualizando los planes de emergencia y extraordinarios, así como todos aquellos lineamientos, directivas, programas y actividades que incidan en la seguridad e integridad física del personal del Tribunal Electoral y de visitantes;

II. Dirigir y mantener actualizado el Plan Integral de Seguridad y Protección Civil con base en la evaluación continua en su carácter preventivo y aplicabilidad, para garantizar la integridad física del personal del Tribunal Electoral y visitantes, así como para preservar la seguridad de los bienes institucionales;

III. Establecer coordinación con las unidades administrativas del Tribunal Electoral para coadyuvar, en el ámbito de su competencia, a la elaboración y ejecución del Programa Anual de Trabajo y el Programa Anual de Adquisiciones y Obra Pública, así como también con los programas específicos autorizados en materia de seguridad, protección civil y servicios técnicos, conforme a la normatividad aplicable;

IV. Dirigir las actividades propias de la Coordinación en lo referente al Programa Anual de Trabajo y al Programa Anual de Adquisiciones y Obra Pública, así como en los programas específicos autorizados en materia de seguridad, protección civil y servicios técnicos;

V. Determinar programas y acciones permanentes de cumplimiento a la normatividad aplicable en el ámbito de su competencia, así como en el desarrollo de las funciones y actividades del personal y las áreas administrativas a su cargo;

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VI. Organizar planes y programas en materia de protección civil con carácter preventivo y correctivo en el Tribunal Electoral, conforme a la legislación federal y local, así como a las normas oficiales o de referencia aplicables;

VII. Determinar procesos, métodos y procedimientos de obtención de información de carácter interno y con organismos autorizados, orientados a la identificación de riesgos y amenazas a las condiciones de seguridad del Tribunal Electoral;

VIII. Establecer procesos, métodos y procedimientos de colaboración con autoridades locales y federales en materia de seguridad y protección civil con la finalidad de obtener el apoyo en situaciones de riesgo o desastre;

IX. Definir procesos, métodos y procedimientos de obtención y análisis de información con las diversas unidades administrativas del Tribunal Electoral y con autoridades en la materia con la finalidad de formular la agenda de riesgos institucionales;

X. Organizar y dirigir planes, programas y actividades en materia de protección institucional con la finalidad de garantizar el normal funcionamiento de las actividades del Tribunal Electoral;

XI. Implementar programas, campañas de difusión y otras actividades a efecto de prevenir y combatir la comisión de delitos en las instalaciones del Tribunal Electoral, así como procedimientos de supervisión y verificación de las instalaciones, material y personal, en apego a las normas institucionales y respetando los derechos de las personas;

XII. Organizar y dirigir la operación, evaluación y toma de decisiones en la aplicación de los planes de emergencia y extraordinarios, o en otras situaciones que se considere necesario su integración y operación;

XIII. Establecer la coordinación permanente con unidades administrativas institucionales, instituciones, organismos, y autoridades especializadas a fin de mantener los mecanismos y procedimientos de apoyo para reclutar, seleccionar, capacitar y evaluar al personal que integre la Coordinación de Protección Institucional;

XIV. Establecer planes y programas de profesionalización, capacitación, desarrollo técnico y entrenamiento para el personal institucional que desarrolla actividades en materia de seguridad institucional y protección civil para lograr el mejor desempeño de sus funciones o actividades; XV. Establecer los lineamientos, directivas y procedimientos orientados al mantenimiento del orden en las instalaciones del Tribunal Electoral, así como aquellos que contribuyan a la seguridad en su periferia;

XVI. Definir los lineamientos, directivas, procedimientos y apoyos de equipos tecnológicos, orientados al control de accesos y salidas en las instalaciones del Tribunal Electoral, en apego a la normatividad institucional y respetando los derechos de las personas;

XVII. Fungir como responsable ante la Secretaría de la Defensa Nacional respecto a la Licencia Oficial Colectiva de Portación de Armas de Fuego emitida al Tribunal Electoral, vigilando el estricto cumplimiento de las disposiciones en ella emitidas;

XVIII. Establecer cualquier mecanismo de control de supervisión y evaluación al personal adscrito a la Coordinación de Protección Institucional y proponer cualquier acción de mejora de acuerdo a la detección de necesidades derivadas de la operación de las áreas administrativas a su cargo;

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XIX. Coadyuvar, en el ámbito de su competencia, a la documentación y publicación de la información generada en las campañas de difusión en materia de prevención del delito y sensibilización para fomentar la cultura de protección civil;

XX. Gestionar el uso de las tecnologías de la información para garantizar la transparencia, el derecho de acceso a la información y accesibilidad a la información generada en las campañas de difusión; XXI. Colaborar en la difusión proactiva de la información que sea de interés público; y

XXII. Las demás funciones que en el ámbito de su competencia le atribuyan las disposiciones legales aplicables y las que le confiera la persona titular de la Secretaría Administrativa.

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