facilitar el ejercicio de la vigilancia por parte de las veedurías, además suministrará toda la información pertinente sobre los
r planes institucionales y la evaluación del estatuto anticorrupción.
La Escuela Superior de Administración Pública, servirá de apoyo para la organización de los programas de capacitación que demande la veeduría ciudadana y las Redes que las agrupan.
El Fondo de Desarrollo Comunal y la Participación, adscrito al Ministerio del Interior, contribuirá e impulsará las campañas de conformación de veedurías ciudadanas y las capacitará para el ejercicio de la vigilancia.
Es importante tener en cuenta que en el Distrito Capital, las autoridades y las Juntas Administradoras Locales deben facilitar algunos medios como espacio, teléfono y papelería para que las veedurías puedan desarrollar sus actividades.
3. Los Derechos Humanos como sustento de la democracia
La Declaración Universal de Los Derechos Humanos constituye un hito en la búsqueda de la justicia y en la protección y el respeto de las personas. Aprobada por los Estados en 1948, al finalizar la segunda guerra mundial, crea un código ético y de derechos que debe ser reconocido universalmente. Ahí se compendian los valores más apreciados por la humanidad a través de todos los tiempos y en las diferentes culturas, para convertirlos en derechos. Los Estados se han obligado a sí mismos a respetarlos y a garantizarlos a través de tratados internacionales que suscriben libremente. Para que
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los Derechos Humanos sean una realidad para todos-as, en casi todos los países del mundo, se han introducido en las Constituciones y se traducen en leyes y en políticas encaminadas a propiciar la igualdad y fomentar el desarrollo de los pueblos. Así mismo los Estados se comprometen a garantizar la libertad de las personas en su forma de pensar, de opinar, de creer, de organizarse, entre otras.
Estos derechos considerados fundamentales son universales, es decir que se les reconocen a todas las personas y pueden ser exigidos en todo el mundo, independientemente de que sean nacionales o extranjeras. Hoy, no puede considerarse como democrática ninguna forma de gobierno que no respete y garantice los Derechos Humanos. Los Estados han encontrado en los Derechos Humanos una fuente de legitimación y reconocimiento.
3.1. Igualdad, libertad y solidaridad
..."Es útil señalar que por fortuna, el equívoco de interpretar la igualdad como uniformidad, parece superado. La igualdad no supone la existencia de seres idénticos, con similares circunstancias. Pretender la igualdad es antes que nada, tratar a todos-as como si fuesen iguales, lo cual implica tener en cuenta que todos-as los seres humanos-as presentan diferencias, y que ellas no pueden producir subordinación"". Aquellas características, que no dependen de la voluntad de las personas: sexo, raza, edad, filiación, lugar de nacimiento, que no son transformables a voluntad, no deberían producir tratos desigualitarios; pero si en el pasado o en determinadas circunstancias
11 BERMÚDEZ, Violeta. "Mujer e Igualdad Política", en Derechos Humanos De Las Mujeres editado por
o de manera persistente, ellas han sido utilizadas para discriminar a las personas, es imperativo buscar superar la injusticia creando leyes o desarrollando políticas que contribuyan a acelerar la igualdad. En Colombia tenemos algunos ejemplos de estas leyes y políticas: la ley de cuotas para que las mujeres lleguen a cargos públicos de poder, o las leyes que benefician a las jefas de hogar, o circunscripciones especiales para los indígenas y afro colombianos-as.
A las leyes o a las políticas que se desarrollan con el propósito de acelerar el camino de la igualdad y de la justicia se les denomina:
acciones afirmativas.
3. 2. Igualdad formal e igualdad real
Durante mucho tiempo se consideró que lo importante era lograr igualdad frente a la ley. Las mujeres, que habían librado de tiempo atrás una ardua lucha tratando que sus aspiraciones se plasmaran en las leyes, se dieron cuenta que esto no era suficiente; debían llegar a los espacios de decisión, para acelerar el proceso y desde allí impulsar los cambios necesarios para transformar la calidad de vida de las mujeres y su posición en la sociedad. En otras palabras, lograr que las leyes se convirtieran en realidades y no quedaran solamente en el papel. Una vez obtenido el voto en la mayoría de los países del mundo, las mujeres constataron que lo fundamental era transformar la cultura, es decir las costumbres, las formas de pensar y las visiones que la sociedad tiene, para alcanzar iguales oportunidades y hacer visibles las situaciones de opresión y subordinación, con el fin de producir los cambios tendientes a eliminar las inequidades existentes.
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3.3. La libertad
Que las personas se asuman con capacidad de decidir sobre sus vidas y la vida de las colectividades sin presiones, en libertad, significa poner en juego no solo la inteligencia sino también la decisión y el valor para asumir el propio destino. E. Kant un célebre filósofo de la modernidad, hace una dura crítica a quienes por pereza, temor o inseguridad, no asumen la posibilidad de enfrentar el fracaso o de equivocarse tomando decisiones propias y a quienes"solo por comodidad o por costumbre, dejan en manos de otros la tarea de decidir sobre aspectos o situaciones que son en sí mismas, de inmenso valor como la conducción del Estado, la construcción de pautas de conducta, de normas morales y la educación, entre otras. Afirma que la pereza y cobardía de quienes se dejan mantener en condición de dependencia, como al ansia de poder de quienes asumen "con benevolencia, ese trabajo de tutoría"12 es lo que posibilita que las personas no desarrollen su autonomía. En algunas oportunidades se ha
considerado que la dependencia económica de las mujeres frente a sus padres y esposos, o la influencia religiosa que sobre ellas pueden ejercer sacerdotes y personas del culto (vista como ausencia de libertad de conciencia), demuestran que no están en situación de poder opinar libremente en lo
relativo a los asuntos del Estado; esto se adujo en el presente siglo, en el contexto de las luchas sufragistas, para oponerse al voto de las mujeres en Colombia. Al parecer se asimila la libertad de conciencia con la independencia económica y se considera exclusivamente a las mujeres como sujetos influenciables, carentes de criterio frente a las cuestiones religiosas, a la vez que se pone en duda la actitud de las autoridades religiosas, para manipular conciencias.
Un aspecto importante de la libertad, en la democracia moderna con respecto al ejercicio del liderazgo democrático según J.S. Mill, surge cuando se produce una convergencia entre el interés del pueblo y el del gobernante; pero como es imposible, que en todas o las épocas o circunstancias, se logre un consenso absoluto en torno a todas las decisiones, se supone que la voluntad que expresa y realiza el gobernante es la de las mayorías. "El pueblo que ejerce el poder no es siempre el mismo pueblo sobre el cual el poder es ejercido"13. Entonces, lo que generalmente sucede, es que la mayoría más activa termina imponiendo su voluntad, y una parte del pueblo acaba siendo sujeto pasivo de las iniciativas de los otros, lo que al final se convierte en "la tiranía de la mayoría"; este uno de los males contra los cuales debe ponerse en guardia la sociedad.
Existe una tercera forma de coerción que puede ejercerse colectivamente desde la misma sociedad, sobre las personas individualmente. Frente a este tipo de presión e intromisión debe generarse una mayor protección pues sobrepasa incluso los niveles de intervención y control que puede desplegar la autoridad, logrando intervenir todos los espacios de la vida de los miembros de una comunidad. J.S. Mill se refiere al "ámbito de libertad personal" señalando la gran importancia
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que se debe dar a "un espacio de libertad individual, frente al cual no cabe intromisión alguna, ni de orden político, social o moral". Lo que quiere decir es que debe respetarse a todas las personas la posibilidad de decidir por sí mismas, teniendo como límite, el respeto por las libertades de los otros". Finalmente concluye que: "no es libre ninguna sociedad, cualquiera que sea su forma de gobierno, en la cual, estas libertades no estén respetadas en su totalidad... La humanidad sale mas gananciosa consintiendo a cada cual vivir a su manera, que obligándole a vivir a la manera de los demás."15 Estas libertades han sido incorporadas en la Constitución Colombiana como: derecho a la intimidad y derecho al libre desarrollo de la personalidad. Además, los estados tienen otra serie de obligaciones frente a la libertad:
Libertad negativa: El Estado tiene la obligación de eliminar de
su legislación cualquier freno a la libertad de ciudadanos-as, para expresar sus ideas, opiniones, profesar una fe, formar asociaciones de cualquier tipo, escoger el tipo de educación, profesión, entre otras. No podrá establecer ninguna prohibición que afecte la libertad de las personas. El único límite estará dado por las libertades de los demás. Este tipo de libertad está asociado a los Derechos Humanos civiles y políticos.
Libertad real: Que en lo fundamental supone "que sólo mediante la
remoción de los obstáculos de carácter económico y social, lograrán los individuos ser realmente libres"» Significa, que el estado deberá adelantar todos los esfuerzos para que la gente pueda efectivamente tener la posibilidad de optar. Cuando se habla de libertad real nos
14 MILL, John Stuart. 1984,
15 MILL, John Stuart. 1994.
6 LAPORTA, Francisco , citado por Jesús González a. "En Mujer y Derechos Humanos" Concepto y
acercamos a la noción de igualdad real. Un concepto que ilustra lo afirmado es el emitido por Carlos Gaviria, ex presidente de la Corte Constitucional colombiana: la libertad consiste en saberse dueño de su propio destino, pero para ser libre, hay que conocer, hay que superar la ignorancia.17 Esta libertad está relacionada con los derechos económicos, sociales y culturales, DESC.
Libertad positiva: Es la que pone en ejercicio cada persona,
como sinónimo de autodeterminación racional y se identifica con la democracia, en el plano político. Es la capacidad de optar a la luz del conocimiento, de la reflexión y de la propia conciencia.
Las mujeres durante siglos vimos constreñidas nuestras libertades, incluso en lo referido a nuestras propias vidas: nuestro cuerpo, nuestra sexualidad, nuestro deseo; en lo relacionado con lo público, se nos prohibió opinar, participar, elegir y por supuesto, ser elegidas. Tomando en cuenta estas realidades, cabe reflexionar si: ¿Es posible ser libre, en la ignorancia y en la pobreza?; ¿Si las mujeres, como lo han reconocido las Naciones Unidas, son las más pobres entre los pobres, pueden ejercer su libertad? ¿Será posible hablar de libertad cuando las personas se ven constreñidas a elegir entre posibilidades negativas y no ante verdaderas y múltiples opciones?. Si la libertad es un aprendizaje, ¿está preparando esta sociedad a las mujeres para la libertad ó para la subordinación?.
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3.4. La solidaridad
En los tiempos actuales, dentro del conjunto de ideas que promueve la democracia, poco a poco ha ido transformando el principio de fraternidad, entendiéndolo como solidaridad. La solidaridad, para las ciudadanas y ciudadanos, más que un derecho, más que una obligación, o una exigencia legal, es un deber moral o ético. También puede entenderse como un compromiso que surge para dar respuesta a unas necesidades sociales. Y si los derechos civiles y políticos se han denominado los de la libertad; los económicos, sociales y culturales, los de la igualdad; así también los derechos ambientales, a la paz, y al desarrollo, pueden considerarse los derechos de la solidaridad internacional y planetaria. Lo que se pretende a través del principio de solidaridad, es hacer compatibles los intereses individuales, con el interés general.
La solidaridad implica responsabilidad, interdependencia, noción de comunidad; reconocimiento y respeto por el otro/a. La solidaridad es un valor y una vivencia. En términos actuales, podría asociarse al concepto de "otRedad" de Maturana18 : "la aceptación del otro junto a uno en la convivencia..."; "Sólo tenemos el mundo que creamos con el otro".
La solidaridad como principio, se desarrolla en el Art. 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, donde con precisión se señala: "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia deben
comportarse fraternalmente los unos con los otros". Lo cual supone la búsqueda del bienestar colectivo, por medio de la realización de acciones tendientes a lograrlo.
Para los Estados, la solidaridad, en relación con sus ciudadanos se convierte en mandato y deberá promover ayuda o apoyo de manera permanente en relación con los más necesitados; los gobiernos están en la obligación de diseñar políticas y acciones positivas encaminadas a solucionar necesidades básicas y promover a los sectores de población tradicionalmente discriminados.
La solidaridad, vista como fenómeno social, posibilita alcanzar un sentido de convivencia diferente, mas pleno para todos/as. Concretándonos a las formas que adopta la expresión de la solidaridad desde las mujeres, en ese "ser para otros y no, también, para sí", hay que enfatizar que tanto la concepción como la práctica de la solidaridad implican la reciprocidad y la posibilidad de actuar en libertad.
3.5. Principios para la aplicación de los Derechos Humanos
En lo que respecta a la aplicación, reconocimiento y exigibilidad de los Derechos Humanos, se han establecido los siguientes principios: universalidad, inalienabilidad, integralidad e interdependencia. Ellos hacen referencia a los derechos, a sus titulares y a las exigencias para que sean realizables.
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Universalidad
Los titulares de los Derechos Humanos son todas las personas, por su exclusiva condición de seres humanos, sin discriminación alguna por razones de sexo, raza, edad, condición social, opción religiosa, política o sexual, entre otras.
El principio de universalidad está relacionado, tanto con las personas titulares de derechos, como con las obligaciones de los Estados que van mas allá, del compromiso de protección que deben a sus ciudadanos/as, asumiendo la responsabilidad de respetarlos a cualquier persona, sea nacional o extranjera que haga presencia en su territorio.
Inalienabilidad
La inalienabilidad de los Derechos Humanos se entiende como la imposibilidad de que algún ser humano pueda despojarse de ellos, por su propia voluntad; ninguna persona puede renunciar a ellos, por ser inherentes a su calidad de miembro de la familia humana y, ninguna autoridad podrá legítimamente exigir su renuncia.
Interdependencia e integralidad
Algunos gobiernos y algunas sociedades han tratado de establecer diferencias entre los derechos civiles y políticos y, los derechos económicos, sociales y culturales, afirmando que mientras unos son fundamentales, los otros no lo son y por lo tanto, para el caso de los segundos, sólo se exigirá a los Estados su cumplimiento cuando estén en capacidad de responder por las erogaciones que los derechos económicos, sociales y culturales suponen.
La integralidad hace referencia al derecho de cada persona a exigir el disfrute de todos los derechos. Por lo tanto todas las personas son sujetas de todos los derechos, ningún Estado podrá aducir alguna circunstancia para negar parcialmente los Derechos Humanos a alguna persona o grupos de personas. Ellos no son divisibles, pues en gran medida la violación de algún derecho, actúa en detrimento de otro.
La Asamblea General de las naciones Unidas ha declarado que los Derechos Humanos mantendrán su carácter de integralidad, interdependencia, inalienabilidad y universalidad. Así mismo, la indivisibilidad y la interdependencia de los Derechos Humanos, fueron proclamadas desde 1968, en la Conferencia de Teherán, con la finalidad de brindar una protección más eficaz al ejercicio de los Derechos Humanos.
4. Reflexiones acerca del liderazgo democrático de las mujeres
La insatisfacción que experimenta la mayoría de la población colombiana frente al ejercicio de la política es resultado de las prácticas antidemocráticas y corruptas que se han dado en nuestro país, así como en la mayoría de los países donde la democracia tiende a desdibujarse en los espacios decisorios, desestimando el bien público para obtener beneficios personales y/o que favorezcan a sus clientelas.
Pero la corrupción no es resultado del quehacer político mismo sino de la voluntad de las personas, de la pérdida de los ideales ético-políticos colectivamente construidos y del relajamiento de las prácticas al interior de las organizaciones políticas y sociales.