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En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del mismo nombre, siendo las 10:00 diez horas del día 13 Trece de Agosto del año 2009 dos mil

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Presidente Municipal, los Regidores, C. Paulo Arturo Sandoval Barrera, C. Claudia Rubín de Celis Chávez, C. Carlos Gómez Coulon; C. Claudia Calina Zárate; C. Oscar Silos Díaz de León, C. Romana Campos Rodríguez, C. Oscar Hermes Sánchez Torres; C. Gilberto García Moreno, C. Fernando Díaz de León Pedroza, C. José Ángel Castillo Torres; C. José Juan Pérez Guillén; C. Andrés Carlos Covarrubias Rendón; C. María Elena Lara Morales; C. Benito Juárez Cabrera; Lic. María del Rocío Hernández Cruz, en su carácter de Síndico; así como el C. Lic. Francisco González Mendizábal, en su carácter de Secretario General del Ayuntamiento y el Dr. José Mejía Lira, Tesorero Municipal. Y una vez instalado el acto, se abre la Sesión bajo el siguiente: --- --- Orden del Día --- I.- Lista de Asistencia.--- II.- Declaración de validez de la Sesión.--- III.- Aprobación de las Actas de la Sesión Extraordinaria del 10 Julio y Ordinaria del 14 de Julio de 2009.---- IV.- Dictámenes que presenta la Comisión de Hacienda.--- V.- Dictámenes que presenta la Comisión de Administración Urbana, Alumbrado y Obras Públicas.--- VI.- Dictámenes que presentan en forma Conjunta las Comisiones de Gobernación y Desarrollo Económico.---- VII.- Dictamen que presenta la Comisión de Pensiones y Asuntos Laborales.--- VIII.- Solicitud del Regidor Oscar Silos Díaz de León.--- IX.- Solicitud de la Lic. Karla Salazar Orellana.--- X.- Solicitudes del Regidor Andrés Carlos Covarrubias Rendón.--- XI.- Informe de Secretaría General, en conjunto con las Delegaciones.--- XII.- Clausura.---

-- Como primer punto del Orden del Día.- En uso de la palabra,

el Lic. Francisco González Mendizábal, Secretario General del H. Ayuntamiento, conforme al Artículo 18 del Reglamento Interno del Municipio Libre de San Luis Potosí, procede a pasar lista de asistencia. Se informa a los miembros del Cabildo que se recibió escrito de la Lic. Karla Salazar Orellana, Síndico Municipal, solicitando se justifique su inasistencia a la presente, por cuestiones de agenda. Así mismo, da cuenta al Señor Presidente Municipal, Lic. Jorge Lozano Armengol, que están presentes catorce Regidores y un Síndico.--- -- Como punto II del Orden del Día y, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 25 de la Ley Orgánica del Municipio Libre, el C. Lic. Jorge Lozano Armengol, Presidente Municipal, declara que está Sesión de Cabildo es válida en virtud de que existe quórum, por lo que las decisiones y acuerdos que se tomen en ella, tendrán validez y serán obligatorios.---

-- Como punto III del Orden del Día.- Aprobación de las Actas

de la Sesión Extraordinaria del 10 Julio y Ordinaria del 14 de Julio de 2009.- En uso de la palabra el Lic. Francisco González Mendizábal, Secretario General del H. Ayuntamiento,

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señala que: Toda vez que las actas levantadas con motivo de las citadas sesiones, fueron entregadas previamente para su revisión a los Señores Regidores, Síndicos y Presidente Municipal, dentro de los términos que establece el artículo 67 del Reglamento Interno y habiendo recibido solicitudes de modificación en las Actas de referencia, las cuales han sido corregidas, y de las cuales se les entrega copia fotostática de las mismas, se propone al H. Cabildo las siguientes peticiones: PRIMERO: Se solicita se dispense la lectura de las Actas de la Sesión Extraordinaria del 10 Julio y Ordinaria del 14 de Julio de 2009; y de conformidad con lo que establecen los artículos 52 y 54 del Reglamento Interno, se procede a realizar la votación en forma económica y simple, por lo que se solicita a los miembros de este Cabildo, procedan a votar levantando su mano, SE APRUEBA POR UNANIMIDAD DE VOTOS. SEGUNDO.- Se somete a aprobación el acta de la Sesión Extraordinaria de fecha 10 de Julio del 2009. Y de conformidad con lo que establecen los artículos 52 y 54 del Reglamento Interno se procede a realizar la votación en forma económica y simple, por lo que se solicita a los miembros de este Cabildo, procedan a votar levantando su mano. Se aprueba por MAYORÍA de votos y 1 abstención del Regidor Paulo Arturo Sandoval Barrera. TERCERO: Se somete a aprobación el acta de la Sesión Ordinaria de fecha 14 de Julio del 2009. Y de conformidad con lo que establecen los artículos 52 y 54 del Reglamento Interno se procede a realizar la votación en forma económica y simple, por lo que se solicita a los miembros de este Cabildo, procedan a votar levantando su mano. Se aprueba por MAYORIA de votos y 1 abstención del Regidor Paulo Arturo Sandoval Barrera.---

-- Como punto IV del Orden del Día.- Dictámenes que presenta la

Comisión Permanente de Hacienda.- En uso de la palabra, el Secretario General del H. Ayuntamiento, Lic. Francisco González Mendizábal, hace del conocimiento de los presentes que, se recibió escrito del Regidor Oscar Silos Díaz de León, Presidente de la Comisión de Hacienda, solicitando se agendara este punto en el Orden del Día, por lo que con fundamento en el Artículo 85 fracción VII del Reglamento Interno del Municipio Libre de San Luis Potosí, se dará lectura al dictamen que presenta la Comisión Permanente de Hacienda. En uso de la voz, el Regidor Gilberto García Moreno, solicita la dispensa de la lectura del dictamen, y se vote punto por punto; lo cual se somete a consideración de los miembros del Cabildo, APROBÁNDOSE POR UNANIMIDAD DE VOTOS.--- Se inserta el dictamen en la presente, para constancia, bajo el siguiente tenor: DICTAMEN DE LA COMISION DE HACIENDA. Honorable Cabildo: Con fundamento en las Facultades conferidas a la Comisión de Hacienda por el Reglamento Interno del Municipio Libre de San Luis Potosí, en su artículo 86 y demás relativos, se somete a consideración el dictamen del asunto turnado a esta comisión. UNICO.- DE LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE JULIO DE 2009. Conforme a lo establecido en el artículo 86 en sus fracciones I, VII Y IX del Reglamento Interno, los integrantes de la Comisión verificamos los movimientos del mes de julio 2009, correspondientes a los Ingresos y Egresos que sometió a nuestra consideración el C.P. José Mejía Lira., Tesorero Municipal. Del periodo revisado, se da cuenta del estado de posición financiera al 31 de julio 2009 correspondientes a los Activos, Pasivos y Patrimonio del

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Municipio de San Luis Potosí, así como el flujo económico en general. Los resultados muestran en el rubro de Ingresos propios una recaudación de $98’512,634.00 (NOVENTA Y OCHO MILLONES, QUINIENTOS DOCE MIL, SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS. 00/100 M.N.)En ingresos correspondientes al ramo XXXIII, aportaciones federales de usuarios y productos financieros, se da cuenta de la cantidad de $ 31’838,247.75 (TREINTA Y UN MILLONES, OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL, DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS 75/100 M.N.) Así mismo en Ingresos correspondientes al ramo XX se da cuenta de la cantidad de $3’355.975.07 (TRES MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS 07/100 M.N.). Por lo que respecta a Egresos, durante este mes que se revisa se ejercieron $135’524,637.00 (CIENTO TREINTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE PESOS, 00/100 M.N.) Referente al ramo XXXIII, se erogó la cantidad de $44’871,801.63 (CUARENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS UN PESOS, 63/100 M.N.) Así mismo del Ramo XX se erogó la cantidad de $1’370,250.12 (UN MILLON TRESCIENTOS SETENTA MIL DOSCIENTOS CINCUENTA PESOS, 12/100 M.N.) Una vez que se analizaron todas y cada una de las partidas expuestas con anterioridad, y que corresponden a los ingresos y egresos tanto en el aspecto general como en el de cada área que integra la Administración Municipal, esta Comisión emite el presente DICTAMEN a los ESTADOS FINANCIEROS correspondientes al 31 de JULIO 2009. Se aprueba por MAYORIA DE VOTOS registrándose 9 votos a favor y 2 abstenciones por parte de los Regidores José Juan Pérez Guillén y Regidora María Elena Lara Morales. Así mismo se adjunta al presente Dictamen, copia simple del estado de Ingresos y Egresos correspondiente al mes de julio 2009 el cual forma parte integrante del mismo. ATENTAMENTE, LA COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA. En uso de la voz, el Secretario General del H. Ayuntamiento, somete a consideración de los miembros del Cabildo el Dictamen que presenta la Comisión de Hacienda relativo a los Estados Financieros correspondientes al mes de Julio de 2009, como han quedado establecido en el dictamen, y de conformidad con lo que establecen los artículos 52 y 54 del Reglamento Interno, procedan a votar levantando su mano, SE APRUEBA POR MAYORIA DE 12 DOCE VOTOS A FAVOR Y 4 CUATRO ABSTENCIONES DE LOS REGIDORES MARÍA ELENA LARA MORALES, JOSÉ JUAN PÉREZ GUILLÉN, JOSÉ ÁNGEL CASTILLO TORRES Y ANDRÉS CARLOS COVARRUBIAS RENDON.--- Continúa con el uso de la voz, el Regidor Oscar Silos Díaz de León, Presidente de la Comisión de Hacienda, dando a conocer el dictamen, como sigue: I.- SOLICITUDES DE LA LIC. KARLA SALAZAR ORELLANA, SÍNDICO MUNICIPAL. 1.- SE APRUEBA POR

UNANIMIDAD DE VOTOS LA SOLICITUD PRESENTADA POR LA LIC. KARLA

SALAZAR ORELLANA, CON RESPECTO A LA AUTORIZACIÓN PARA INSTALAR EN FORMA TEMPORAL UNA MALLA EN EL ÁREA DE DONACIÓN COLINDANTE CON LAS INSTALACIONES DE LA ESCUELA SECUNDARIA GENERAL “PROF. JUAN MANUEL MARTÍNEZ MENDOZA”, UBICADA EN LA CALLE PRESA DEL PEAJE S/N, DEL FRACCIONAMIENTO EL AGUAJE 2000 DE ESTA CIUDAD, BAJO LAS SIGUIENTES CONDICIONANTES: a) La malla ha instalarse respetara en todo momento las medidas y colindancias descritas en el presente expediente, por lo que en todo momento estará deslindada el área de donación del terreno propio de la escuela secundaria “Prof. Juan Manuel Martínez Mendoza”, ha sabiendas que es un terreno municipal; b) Todo equipamiento e infraestructura que se disponga en dicha área, pasará a ser

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parte del patrimonio municipal; c) Este H. Ayuntamiento no generara ninguna erogación ni asignación de personal para la instalación de la malla, y se deslinda de cualquier responsabilidad derivada de la instalación o relación laboral con la persona que se designe como encargado de la misma; d) El solicitante quedan obligados a colocar un letrero visible dentro de la superficie a cercar en el que se estipule que dicho predio es propiedad municipal; e) Acepta el solicitante que en caso de incumplimiento a alguna de las disposiciones señaladas, se les notificara en forma personal la revocación de la presente autorización. En uso de la palabra, el Secretario General del H. Ayuntamiento, somete a consideración de los miembros del H. Cabildo, el dictamen que presenta la Comisión de Hacienda, relativo a la solicitud presentada por la Lic. Karla Salazar Orellana, con respecto a la autorización para instalar en forma temporal una malla, como ha quedado establecido en el dictamen, y de conformidad con lo que establecen los artículos 52 y 54 del Reglamento Interno, se procede a realizar la votación en forma económica y simple, por lo que se solicita a los miembros del Cabildo procedan a votar levantando su mano, SE APRUEBA POR UNANIMIDAD.--- -- Continúa con el uso de la voz, el Regidor Oscar Silos Díaz de León, Presidente de la Comisión de Hacienda, dando a conocer el dictamen, como sigue: 2.- SE APRUEBA POR UNANIMIDAD DE VOTOS LA SOLICITUD DE DONACIÓN QUE PRESENTA LA LIC. KARLA SALAZAR ORELLANA, SÍNDICO MUNICIPAL, RESPECTO DE SESENTA SILLAS INFANTILES Y QUINCE MESAS INFANTILES, A FAVOR DEL JARDÍN DE NIÑOS “VÍCTOR PUEBLA”, UBICADO EN EL FRACCIONAMIENTO EL TERREMOTO, CON CLAVE 245JN0003P, LAS CUALES SE DONAN BAJO LAS CONDICIONES QUE A CONTINUACIÓN SE DESCRIBEN: a) Que el objeto de la donación de los bienes muebles que a continuación se enlistan, es para utilizarlos, exclusivamente, en las actividades propias del Jardín de Niños “Víctor Puebla”, ubicado en el fraccionamiento el “Terremoto”.

CLAVE ÚNICA ARTÍCULO NO. 13696 SILLA INFANTIL 1 13685 SILLA INFANTIL 2 13686 SILLA INFANTIL 3 13687 SILLA INFANTIL 4 13670 SILLA INFANTIL 5 13673 SILLA INFANTIL 6 13701 SILLA INFANTIL 7 13705 SILLA INFANTIL 8 13706 SILLA INFANTIL 9 13707 SILLA INFANTIL 10 13708 SILLA INFANTIL 11 13709 SILLA INFANTIL 12 13710 SILLA INFANTIL 13 13711 SILLA INFANTIL 14 13693 SILLA INFANTIL 15 13694 SILLA INFANTIL 16 13695 SILLA INFANTIL 17 12214 SILLA INFANTIL 18 12292 SILLA INFANTIL 19 12299 SILLA INFANTIL 20 13674 SILLA INFANTIL 21

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13677 SILLA INFANTIL 22 13678 SILLA INFANTIL 23 13679 SILLA INFANTIL 24 13660 SILLA INFANTIL 25 13662 SILLA INFANTIL 26 13663 SILLA INFANTIL 27 13665 SILLA INFANTIL 28 13667 SILLA INFANTIL 29 13668 SILLA INFANTIL 30 13650 SILLA INFANTIL 31 13651 SILLA INFANTIL 32 13654 SILLA INFANTIL 33 13655 SILLA INFANTIL 34 13656 SILLA INFANTIL 35 13659 SILLA INFANTIL 36 13642 SILLA INFANTIL 37 13643 SILLA INFANTIL 38 13644 SILLA INFANTIL 39 13646 SILLA INFANTIL 40 13647 SILLA INFANTIL 41 13649 SILLA INFANTIL 42 13638 SILLA INFANTIL 43 13639 SILLA INFANTIL 44 13824 SILLA INFANTIL 45 13825 SILLA INFANTIL 46 13827 SILLA INFANTIL 47 13828 SILLA INFANTIL 48 13830 SILLA INFANTIL 49 13831 SILLA INFANTIL 50 13832 SILLA INFANTIL 51 13833 SILLA INFANTIL 52 13846 SILLA INFANTIL 53 13845 SILLA INFANTIL 54 13844 SILLA INFANTIL 55 13841 SILLA INFANTIL 56 13837 SILLA INFANTIL 57 13836 SILLA INFANTIL 58 13835 SILLA INFANTIL 59 13834 SILLA INFANTIL 60 10086 MESA INFANTIL 61 10087 MESA INFANTIL 62 10078 MESA INFANTIL 63 10079 MESA INFANTIL 64 10080 MESA INFANTIL 65 10082 MESA INFANTIL 66 10085 MESA INFANTIL 67 10089 MESA INFANTIL 68 10090 MESA INFANTIL 69 10091 MESA INFANTIL 70 10093 MESA INFANTIL 71 10095 MESA INFANTIL 72 10076 MESA INFANTIL 73 10077 MESA INFANTIL 74 10084 MESA INFANTIL 75

b) Queda prohibido a la institución educativa antes citada, así como a los beneficiarios que laboran en esta institución educativa, enajenar por cualquier forma o arrendar los bienes

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muebles materia de esta donación, así como cederlos en comodato a cualquier persona o asociación; c) Se aprueba que el Presidente Municipal, el Secretario General y la Síndico Karla Salazar Orellana, celebren contrato de comodato respecto de los bienes antes descritos, a fin de que los bienes muebles puedan ser entregados y utilizados de manera inmediata por los interesados, cuya vigencia del mismo sería a partir de la fecha de su autorización y hasta el término de la presente administración municipal, así mismo de manera paralela se lleve a cabo el trámite de donación correspondiente; e) El incumplimiento a alguna de las condiciones señaladas, será motivo para que el H. Cabildo revoque la donación de los bienes muebles y se restituyan éstos a favor del H. Ayuntamiento, por medio de la reversión; f) Deberá de comunicársele a la Coordinación de Patrimonio Municipal el acuerdo dictado, para efecto de que realice los trámites administrativos internos correspondientes. En uso de la palabra, el Secretario General del H. Ayuntamiento, somete a consideración de los miembros del H. Cabildo, el dictamen que presenta la Comisión de Hacienda, relativo a la solicitud de donación que presenta la Lic. Karla Salazar Orellana, Síndico Municipal, respecto de sesenta sillas infantiles y quince mesas infantiles, a favor del Jardín de Niños “Víctor Puebla”, como ha quedado establecido en el dictamen, y de conformidad con lo que establecen los artículos 52 y 54 del Reglamento Interno, se procede a realizar la votación en forma económica y simple, por lo que se solicita a los miembros del Cabildo procedan a votar levantando su mano, SE APRUEBA POR UNANIMIDAD.--- -- Continúa con el uso de la voz, el Regidor Oscar Silos Díaz de León, Presidente de la Comisión de Hacienda, dando a conocer el dictamen, como sigue: 3.- SE APRUEBA POR UNANIMIDAD DE VOTOS LA SOLICITUD DE DONACIÓN QUE PRESENTA LA LIC. KARLA SALAZAR ORELLANA, SÍNDICO MUNICIPAL, RESPECTO DE TREINTA SILLAS INFANTILES METÁLICAS PALETA DE MADERA, A FAVOR DE LA ESCUELA PRIMARIA “MANUEL JOSÉ OTHÓN”, UBICADA EN EL FRACCIONAMIENTO CENTRAL, CON CLAVE C.C.T.24DPR2478D, LAS CUALES SE DONAN BAJO LAS CONDICIONES QUE A CONTINUACIÓN SE DESCRIBEN: a) Que el objeto de la donación de los bienes muebles que a continuación se enlistan, es para utilizarlos, exclusivamente, en las actividades propias de la escuela primaria “Manuel José Othón”, ubicada en el fraccionamiento Central.

CLAVE ÚNICA

ARTÍCULO NO.

49255 SILLA INFANTIL METÁLICA PALETA DE MADERA 1 49256 SILLA INFANTIL METÁLICA PALETA DE MADERA 2 49257 SILLA INFANTIL METÁLICA PALETA DE MADERA 3 49258 SILLA INFANTIL METÁLICA PALETA DE MADERA 4 49259 SILLA INFANTIL METÁLICA PALETA DE MADERA 5 49260 SILLA INFANTIL METÁLICA PALETA DE MADERA 6 49261 SILLA INFANTIL METÁLICA PALETA DE MADERA 7 49262 SILLA INFANTIL METÁLICA PALETA DE MADERA 8 49263 SILLA INFANTIL METÁLICA PALETA DE MADERA 9 49264 SILLA INFANTIL METÁLICA PALETA DE MADERA 10 49265 SILLA INFANTIL METÁLICA PALETA DE MADERA 11 49266 SILLA INFANTIL METÁLICA PALETA DE MADERA 12 49267 SILLA INFANTIL METÁLICA PALETA DE MADERA 13 49268 SILLA INFANTIL METÁLICA PALETA DE MADERA 14 49269 SILLA INFANTIL METÁLICA PALETA DE MADERA 15

CLAVE ÚNICA

ARTÍCULO No.

49270 SILLA INFANTIL METÁLICA PALETA DE MADERA 16 49271 SILLA INFANTIL METÁLICA PALETA DE MADERA 17 49272 SILLA INFANTIL METÁLICA PALETA DE MADERA 18 49273 SILLA INFANTIL METÁLICA PALETA DE MADERA 19 49274 SILLA INFANTIL METÁLICA PALETA DE MADERA 20 49275 SILLA INFANTIL METÁLICA PALETA DE MADERA 21 49276 SILLA INFANTIL METÁLICA PALETA DE MADERA 22 49277 SILLA INFANTIL METÁLICA PALETA DE MADERA 23 49278 SILLA INFANTIL METÁLICA PALETA DE MADERA 24 49279 SILLA INFANTIL METÁLICA PALETA DE MADERA 25 12133 SILLA INFANTIL METÁLICA PALETA DE MADERA 26 13655 SILLA INFANTIL METÁLICA PALETA DE MADERA 27 12126 SILLA INFANTIL METÁLICA PALETA DE MADERA 28 12130 SILLA INFANTIL METÁLICA PALETA DE MADERA 29 12131 SILLA INFANTIL METÁLICA PALETA DE MADERA 30 b) Queda prohibido a la institución educativa antes citada, así como a los beneficiarios que laboran en esta institución educativa, enajenar por cualquier forma o arrendar los bienes muebles materia de esta donación, así como cederlos en comodato a cualquier persona o asociación; c) Se aprueba que el Presidente Municipal, el Secretario General, y la Síndico Karla

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Salazar Orellana, celebren contrato de comodato respecto de los bienes antes descritos, a fin de que los bienes muebles puedan ser entregados y utilizados de manera inmediata por los interesados, cuya vigencia del mismo sería a partir de la fecha de su autorización y hasta el término de la presente administración municipal, así mismo de manera paralela se lleve a cabo el trámite de donación correspondiente; e) El incumplimiento a alguna de las condiciones señaladas, será motivo para que el H. Cabildo revoque la donación del bien mueble y se restituya éste a favor del H. Ayuntamiento, por medio de la reversión; f) Deberá de comunicársele a la Coordinación de Patrimonio Municipal el acuerdo dictado, para efecto de que realice los trámites administrativos internos correspondientes. En uso de la palabra, el Secretario General del H. Ayuntamiento, somete a consideración de los miembros del H. Cabildo, el dictamen que presenta la Comisión de Hacienda, relativo la Lic. Karla Salazar Orellana, Síndico Municipal, respecto de treinta sillas infantiles metálicas paleta de madera, a favor de la Escuela Primaria “Manuel José Othón”, como ha quedado establecido en el dictamen, y de conformidad con lo que establecen los artículos 52 y 54 del Reglamento Interno, se procede a realizar la votación en forma económica y simple, por lo que se solicita a los miembros del Cabildo procedan a votar levantando su mano, SE APRUEBA POR UNANIMIDAD.--- -- Continúa con el uso de la voz, el Regidor Oscar Silos Díaz de León, Presidente de la Comisión de Hacienda, dando a conocer el dictamen, como sigue: 4.- SE APRUEBA POR UNANIMIDAD DE VOTOS LA SOLICITUD DE DONACIÓN QUE PRESENTA LA LIC. KARLA SALAZAR ORELLANA, SÍNDICO MUNICIPAL, RESPECTO DE TRECE MESABANCOS INDIVIDUALES DE MADERA, A FAVOR DE LA ESCUELA PRIMARIA “PROFR. SALVADOR VARELA RESÉNDIZ”, UBICADA EN LA COLONIA DE LA CRUZ, CON CLAVE C.C.T.24DPR1259K, LAS CUALES SE DONAN BAJO LAS CONDICIONES QUE A CONTINUACIÓN SE DESCRIBEN: a) Que el objeto de la donación de los bienes muebles que a continuación se enlistan, es para utilizarlos, exclusivamente, en las actividades propias de la escuela primaria “Profr. Salvador Varela Reséndiz”, ubicada en la colonia la Cruz.

CLAVE ÚNICA CLAVE ANTERIOR DESCRIPCIÓN No. 0000016255 621212J01002 MESABANCO INDIVIDUAL DE MADERA 1 0000016256 621212J01003 MESABANCO INDIVIDUAL DE MADERA 2 0000016257 621212J01004 MESABANCO INDIVIDUAL DE MADERA 3 0000016259 621212J01006 MESABANCO INDIVIDUAL DE MADERA 4 0000016260 621212J01007 MESABANCO INDIVIDUAL DE MADERA 5 0000016261 621212J01008 MESABANCO INDIVIDUAL DE MADERA 6 MESABANCO INDIVIDUAL 0000016262 621212J01009 DE MADERA 7 0000016263 621212J01010 MESABANCO INDIVIDUAL DE MADERA 8 0000016264 621212J01011 MESABANCO INDIVIDUAL DE MADERA 9 0000016265 621212J01012 MESABANCO INDIVIDUAL DE MADERA 10 0000016266 621212J01013 MESABANCO INDIVIDUAL DE MADERA 11 0000016267 621212J01014 MESABANCO INDIVIDUAL DE MADERA 12 0000016268 621212J01016 MESABANCO INDIVIDUAL DE MADERA 13

b) Queda prohibido a la institución educativa antes citada, así como a los beneficiarios que laboran en esta institución educativa, enajenar por cualquier forma o arrendar los bienes muebles materia de esta donación, así como cederlos en comodato a cualquier persona o asociación; c) Se aprueba que el Presidente Municipal, el Secretario General y la Síndico Karla Salazar Orellana, celebren contrato de comodato respecto de los bienes antes descritos, a fin de que los bienes muebles puedan ser entregados y utilizados de manera inmediata por los interesados, cuya vigencia del mismo sería a partir de la fecha de su autorización y hasta el término de la presente administración municipal, así mismo de manera paralela se lleve a cabo el trámite de donación correspondiente; e) El

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incumplimiento a alguna de las condiciones señaladas, será motivo para que el H. Cabildo revoque la donación del bien mueble y se restituya éste a favor del H. Ayuntamiento, por medio de la reversión; f) Deberá de comunicársele a la Coordinación de Patrimonio Municipal el acuerdo dictado, para efecto de que realice los trámites administrativos internos correspondientes. En uso de la palabra, el Secretario General del H. Ayuntamiento, somete a consideración de los miembros del H. Cabildo, el dictamen que presenta la Comisión de Hacienda, relativo a la solicitud de donación que presenta la Lic. Karla Salazar Orellana, Síndico Municipal, respecto de trece mesabancos individuales de madera, a favor de la Escuela Primaria “Profr. Salvador Varela Reséndiz”, como ha quedado establecido en el dictamen, y de conformidad con lo que establecen los artículos 52 y 54 del Reglamento Interno, se procede a realizar la votación en forma económica y simple, por lo que se solicita a los miembros del Cabildo procedan a votar levantando su mano, SE APRUEBA POR UNANIMIDAD.--- -- Continúa con el uso de la voz, el Regidor Oscar Silos Díaz de León, Presidente de la Comisión de Hacienda, dando a conocer el dictamen, como sigue: II.- SOLICITUD DEL ING. OSCAR HERMES SANCHEZ TORRES PRESIDENTE DE LA COMISION DE EDUCACION PÚBLICA Y BIBLIOTECAS. SE APRUEBA POR UNANIMIDAD DE VOTOS LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL REGIDOR OSCAR HERMES SANCHEZ TORRES RESPECTO, A LA DONACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA DE LA ESCUELA PREPARATORIA DE LA DELEGACIÓN MUNICIPAL DE BOCAS, CON DOMICILIO CONOCIDO, COLONIA O LOCALIDAD, CABECERA DELEGACIONAL DE BOCAS AL CECYTE. Así como, subsidiar a dicha Escuela Preparatoria con el porcentaje del 25%, el cual corresponde a la cantidad de $45,834.00 (CUARENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS 00/100 M.N.) de los gastos de operación. El porcentaje restante, será subsidiado por Gobierno del Estado con el 25% y la Federación con el 50% para el presente semestre. No se omite señalar que esta cantidad está contemplada únicamente para la presente Administración Municipal. En uso de la palabra, el Secretario General del H. Ayuntamiento, somete a consideración de los miembros del H. Cabildo, el dictamen que presenta la Comisión de Hacienda, relativo a la solicitud del Ing. Oscar Hermes Sánchez Torres presidente de la Comisión de Educación Pública y Bibliotecas, como ha quedado establecido en el dictamen, y de conformidad con lo que establecen los artículos 52 y 54 del Reglamento Interno, se procede a realizar la votación en forma económica y simple, por lo que se solicita a los miembros del Cabildo procedan a votar levantando su mano, SE APRUEBA POR UNANIMIDAD DE VOTOS.--- Continúa con el uso de la voz, el Regidor Oscar Silos Díaz de León, Presidente de la Comisión de Hacienda, dando a conocer el dictamen, como sigue: III.- SOLICITUD DEL DR. JOSE MEJIA LIRA TESORERO MUNICIPAL. SE APRUEBA POR MAYORIA DE VOTOS REGISTRÁNDOSE 5 A FAVOR 5 EN CONTRA POR PARTE DE LOS REGIDORES GASTON GOMEZ MERAZ, CLAUDIA GALINA ZARATE, OSCAR HERMES SANCHEZ TORRES, BENITO JUAREZ CABRERA Y JOSE JUAN PEREZ GUILLEN Y 2 ABSTENCIONES POR PARTE DE LAS REGIDORAS MARIA ELENA LARA MORALES Y CLAUDIA RUBIN DE CELIS; EJERCIENDO EL VOTO DE CALIDAD EL PRESIDENTE DE LA COMISION A FAVOR; LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL DR. JOSE MEJIA LIRA TESORERO MUNICIPAL, CON RESPECTO A LA MODIFICACION DEL ACUERDO DE CABILDO CON FECHA 11 DE NOVIEMBRE DE 2008, REFERENTE AL

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PROGRAMA DE SISTEMA DE AGUA POTABLE EL REALITO, EN VIRTUD DE QUE LAS REFORMAS MODIFICACIONES Y ADICIONES QUE SE PROPONEN, CAMBIAN EN PARTE ALGUNOS ARTICULOS DEL MISMO. QUEDANDO DE LA SIGUIENTE FORMA:

Poder Legislativo del Estado

C.P. Marcelo de los Santos Fraga, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, a sus habitantes sabed: Que el congreso del Estado ha decretado lo siguiente:

DECRETO 563

LA QUINCUAGESIMA OCTAVA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SAN LUIS POTOSI, DECRETA:

ARTICULO 1°. Respecto de su “Programa de Mejora Integral de Gestión”, se autoriza al organismo intermunicipal metropolitano de agua potable, alcantarillado, saneamiento y servicios conexos de Cerro de San Pedro, San Luis Potosí y Soledad de Graciano Sánchez de San Luis Potosí, INTERAPAS:

I. Para convocar a la licitación y suscribir un contrato para la prestación de servicios para la realización del “Programa de Mejora Integral de Gestión”, por un plazo de hasta ocho años, en el que se efectuaran una serie de acciones e inversiones para el mejoramiento de los servicios prestados por el organismo, así como la optimización de los recursos hidráulicos. El monto de la contraprestación se determinara como resultado del proceso de licitación publica para tal efecto;

II. Para afectar los derechos e ingresos de los que pueda disponer conforme a la ley aplicable, y los destine como fuente de pago del contrato de prestación de los servicios señalado en la fracción que antecede; así como para afectarlos a uno o más fideicomisos que se instituyan con ese propósito;

III. Para contratar un crédito en cuenta corriente, irrevocable y contingente por un monto equivalente a tres veces el importe del pago de la contraprestación mensual, que se pacte en el contrato al que se refiere la fracción I de este articulo, más el impuesto al valor agregado correspondiente, actualizable conforme al índice nacional de precios al consumidor, más las cantidades que se requieran para el pago de las comisiones del crédito y el impuesto al valor agregado correspondiente. El destino del crédito será cubrir contingencias en el pago de la contraprestación que el INTERAPAS deba cubrir al ganador de la licitación, conforme al contrato de prestación de servicios para llevar a cabo el “Programa de la Mejora Integral de Gestión”.

IV. Para afectar al patrimonio del fideicomiso de administración y fuente de pago que se constituya, los derechos para

D E C R E T O N Ú M E R O _____________

QUE REFORMA Y ADICIONA EL DECRETO NÚMERO 563, DE FECHA 23 DE DICIEMBRE DE 2008, PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SAN LUIS POTOSÍ EL 27 DE DICIEMBRE DE 2008.

ARTÍCULO ÚNICO. Se autoriza la modificación al Decreto número 563, de fecha 23 de diciembre de 2008, publicado en el Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí el día 27 del mismo mes y año, en sus artículos 5°, fracciones I, II, V y VI y 6º, así como la adición del artículo 7° para quedar en los términos siguientes:

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disponer del crédito en cuanta corriente, irrevocable y contingente señalado en la fracción anterior, y

V. Para pactar en el contrato de crédito en cuenta corriente, irrevocable y contingente, las condiciones señaladas en la fracción III de este mismo articulo, y lleve a cabo las gestiones necesarias para que se cubran los requisitos de registro ante la Secretaria de Hacienda y Crédito Público y en el Registro de Deuda Pública Estatal.

ARTICULO 2°. Respecto del Programa de Sistema de Agua Potable “El Realito”, se autoriza al organismo intermunicipal metropolitano de agua potable, alcantarillado, saneamiento y servicios conexos de Cerro de San Pedro, San Luis Potosí y Soledad de Graciano Sánchez, S.L.P., INTERAPAS:

I. Para comparecer, de resultar necesario, con la Comisión Estatal del Agua, a la suscripción del contrato de prestación de servicios que celebre con el ganador de la licitación, del Sistema de Agua Potable “El Realito” por un plazo de hasta veinticinco años;

II. Para celebrar con la Comisión Estatal del Agua, un contrato de prestación de servicios para la entrega de agua, por un plazo de hasta veinticinco años, a través del cual INTERAPAS pagará a la Comisión Estatal del Agua, la totalidad del agua conducida y potabilizada por el acueducto “El Realito”, en los tanques de entrega y regulación al INTERAPAS, con la finalidad de que la Comisión cuente con los recursos necesarios para cubrir parcialmente la inversión y la operación del acueducto “El Realito”;

III. Para cubrir la Comisión Estatal del Agua la contraprestación que se pacte en el contrato de prestación de servicios para la entrega de agua. El monto que pagara el INTERAPAS a la Comisión Estatal del Agua, se determinará una vez que se conozca el resultado de la licitación a que alude la fracción I de este articulo y, deberá ser igual, a la cantidad resultante de descontar de la contraprestación del contrato de prestación de servicios que celebre la Comisión Estatal del Agua con el ganador de la licitación, el monto de la aportación del Gobierno del Estado para el proyecto;

IV. Para afectar los derechos e ingresos de los que pueda disponer, conforme a la ley aplicable, y los destine como fuente de pago del contrato de prestación de servicios para la entrega de agua que celebre con la Comisión Estatal del Agua; V. Para contratar un crédito en cuenta corriente, irrevocable, contingente, con alguna institución de crédito, por un monto equivalente de hasta tres veces el importe del pago de la contraprestación mensual correspondiente a INTERAPAS, que se pacte en el contrato de prestación de servicios para la entrega de agua, más el IVA correspondiente, actualizable conforme al índice nacional de precios al

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consumidor que publique el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, más las cantidades que se requieran para el pago de las comisiones de crédito y el IVA correspondiente, a fin de cubrir contingencias en el pago de la contraprestación que le corresponda cubrir al INTERAPAS, según lo pactado en el contrato de prestación de servicios para la entrega de agua con la Comisión Estatal del Agua;

VI. Para afectar al patrimonio del fideicomiso de administración y fuente de pago que se constituya, los derechos para disponer del crédito en cuenta corriente, irrevocable y contingente señalado en la fracción anterior, y

VII. Para realizar las gestiones necesarias para cubrir los requisitos de registro ante la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, y en el Registro de Deuda Pública Estatal.

ARTICULO 3°. En relación con el programa de construcción de la planta de tratamiento de aguas residuales “El Morro”, se autoriza al organismo intermunicipal metropolitano de agua potable, alcantarillado, saneamiento y servicios conexos de Cerro de San Pedro, San Luis Potosí y soledad de Graciano Sánchez, S.L.P., INTERAPAS:

I. Para comparecer, de ser necesario, con la Comisión Estatal del Agua, a suscribir el contrato para la prestación de servicios de tratamiento de aguas residuales de la planta denominada “El morro”, por un plazo de hasta veinte años, el cual incluirá el diseño, elaboración del proyecto ejecutivo, la construcción, equipamiento electromecánico y pruebas de funcionamiento, incluidos en su operación, conservación y mantenimiento. El monto de la contraprestación se determinara como resultado del proceso de licitación respectivo;

II. Para celebrar con la Comisión Estatal del Agua, un contrato de servicios de tratamiento de agua, a través del cual INTERAPAS cubra a la Comisión la totalidad del agua tratada;

III. Para afectar derechos e ingresos de los que pueda disponer conforme a la ley aplicable, y los destine como fuente de pago del contrato de prestación de servicios señalado, así como para afectarlos a uno o más fideicomisos;

IV. Para contratar un crédito en cuenta corriente, irrevocable y contingente, por un monto equivalente a tres veces el importe de la contraprestación del contrato de prestación de servicios para el tratamiento de agua, más el impuesto al valor agregado correspondiente, actualizable conforme al índice nacional de precios al consumidor, más las cantidades que se requieran para el pago de las comisiones del crédito y el impuesto al valor agregado correspondiente. El destino del crédito será cubrir contingencias en el pago de la contraprestación de los servicios para el tratamiento de aguas, que se indica en la

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fracción II de este articulo;

V. Para pactar en el contrato de crédito en cuenta corriente irrevocable y contingente, las condiciones señaladas en la fracción anterior, y lleve a cabo las gestiones necesarias para que se cubran los requisitos de registro ante la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, y en el Registro de Deuda Publica Estatal, y

VI. Para afectar al patrimonio del fideicomiso de administración y fuente de pago que se constituya, los derechos para disponer del crédito en cuenta corriente, irrevocable y contingente señalado en la fracción IV anterior.

ARTICULO 4°. Se autoriza al organismo intermunicipal metropolitano de agua potable, alcantarillado, saneamiento y servicios conexos de Cerro de San Pedro, San Luis Potosí y Soledad de Graciano Sánchez, S.L.P., INTERAPAS, para que pacte las bases, condiciones y modalidades que estime convenientes o necesarias; así como que suscriba los contratos, convenios o documentos para el cumplimiento de las autorizaciones otorgadas en los artículos precedentes de este Decreto, por conducto de los funcionarios autorizados o representantes legítimamente investidos. ARTICULO 5°. Se autoriza al ayuntamiento de San Luis Potosí, S.L.P.:

I. Para constituirse como deudor solidario del organismo intermunicipal metropolitano de agua potable, alcantarillado, saneamiento y servicios conexos de Cerro de San Pedro, San Luis Potosí y Soledad de Graciano Sánchez, S.L.P., INTERAPAS, hasta por un monto de $36’600,000.00 (Treinta y seis millones seiscientos mil pesos 00/100 M.N.) por un plazo de ocho años respecto de todas y cada una de las obligaciones de pago establecidas en el contrato de crédito en cuenta corriente, irrevocable y contingente, a que se refiere el articulo 1° de este mismo Decreto;

II. Para constituirse como deudor solidario del organismo intermunicipal metropolitano de agua potable, alcantarillado, saneamiento y servicios conexos de Cerro de San Pedro San Luis Potosí y Soledad de Graciano Sánchez, S.L.P., INTERAPAS, hasta por un monto de $43’400,000.00 (Cuarenta y tres millones cuatrocientos mil pesos 00/100 M.N.), por un plazo de veintidós años, respecto de todas y cada una de las obligaciones de pago establecidas en el contrato de crédito en cuenta corriente, irrevocable y contingente, señalado en el articulo 2° de este Decreto;

III. Para constituir un fideicomiso de

ARTÍCULO 5°. Se autoriza al Ayuntamiento de San Luis Potosí, S.L.P.:

“I. Para constituirse como deudor solidario del Organismo Intermunicipal Metropolitano de Agua Potable, Alcantarillado, Saneamiento y Servicios Conexos de Cerro de San Pedro, San Luis Potosí y Soledad de Graciano Sánchez, S.L.P., (INTERAPAS) respecto de todas y cada una de las obligaciones que contraiga dicho organismo conforme al crédito en cuenta corriente, irrevocable y contingente que se autoriza conforme al Artículo 1° del presente Decreto, hasta por el plazo de vigencia del crédito referido, por un monto de $36’ 600,000.00 (Treinta y seis millones seiscientos mil pesos 00/100 M.N.), a precios de diciembre de 2008, actualizable conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor.

“II. Para constituirse como deudor solidario del Organismo Intermunicipal Metropolitano de Agua Potable, Alcantarillado, Saneamiento y Servicios Conexos de Cerro de San Pedro, San Luis Potosí y Soledad de Graciano Sánchez, S.L.P., (INTERAPAS), respecto de todas y cada una de las obligaciones que contraiga dicho organismo conforme al crédito en cuenta corriente, irrevocable y contingente que se autoriza conforme al Artículo 2° del presente Decreto, hasta por el plazo de vigencia del crédito de referencia, por un monto de $43’400,000.00.00 (Cuarenta y tres millones cuatrocientos mil pesos 00/100 M.N.), a precios de diciembre de 2008, actualizable conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor. ...

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inversión con las aportaciones realizadas por el propio ayuntamiento al Programa de Sistema de Agua Potable “El Realito”, cuyo fin principal sea la creación de un patrimonio autónomo destinado sufragar los gastos relacionados con la operación y mantenimiento de dicho programa, en su obra del acueducto para San Luis Potosí, con una longitud de 134 kilómetros, del tramo comprendido entre la presa “El Realito” y la Ciudad de San Luis Potosí; IV. Para aportar al programa de sistema de agua Potable “El Realito”, en un lapso de ocho años, de fondos federales, específicamente del Fondo de Fortalecimiento Municipal, las cantidades mensuales en pesos que suman inversión acumulada en:

a) 2009; por un monto de $24’000,000.00 (Veinticuatro millones de pesos 00/100 M.N.).

b) 2010; por un monto de $24’000,000.00 (Veinticuatro millones de pesos 00/100 M.N.).

c) 2011; por un monto de $30’000,000.00 (Treinta millones de pesos 00/100 M.N.). d) 2012; por un monto de $36’000,000.00 (Treinta y seis millones de pesos 00/100 M.N.).

e) 2013; por un monto de $36’300,000.00 (Treinta y seis millones trecientos mil pesos 00/100 M.N.).

f) 2014; por un monto de $36’600,000.00 (Treinta y seis millones seiscientos mil pesos 00/100 M.N.).

g) 2015; por un monto de $37’200,000.00 (Treinta y siete millones doscientos mil pesos 00/100 M.N.).

h) 2016; por un monto de $37’100,382.49 (Treinta y siete millones cien mil trescientos ochenta y dos pesos 49/100 M.N.).

En suma, $261’200,382.49 (Doscientos sesenta y un millones doscientos mil trescientos ochenta y dos pesos 49/100 M.N.) más los intereses bancarios que estas inversiones generen en el fideicomiso precisado en la fracción anterior;

V. Para constituirse como deudor solidario del organismo intermunicipal metropolitano de agua potable, alcantarillado, saneamiento y servicios conexos de Cerro de San Pedro, San Luis Potosí y Soledad de Graciano Sánchez, S.L.P., INTERAPAS, hasta por un monto de $12’000,000.00 (Doce millones de pesos 00/100 M.N.) por un plazo de dieciocho años, respecto de todas y cada una de las obligaciones de pago establecidas en el contrato de crédito en cuenta corriente, irrevocable y contingente, precisado en el articulo 3° de este Decreto, y

VI. Para afectar en garantía de las obligaciones que se deriven de los contratos de crédito en cuenta corriente, irrevocable y contingente, consignadas en las fracciones I, II y V precedentes, las participaciones presentes y futuras que en ingresos federales le correspondan, como

IV.- Para aportar al programa de sistema de agua Potable “El Realito”, a través de la celebración de un contrato de colaboración con la Comisión Estatal del Agua y el INTERAPAS (organismo operador del servicio de agua potable en el Municipio de San Luis Potosí), para los fines indicados, determinándose que debe existir o celebrarse un convenio de colaboración por cada aportación anual que se realice de los recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, que tales aportaciones se realizaran una vez cada año, que serán cinco aportaciones de $60’000,000.00 (SESENTA MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.), y en consecuencia, se formalizaran cinco convenios de colaboración, que la primera aportación financiera y en consecuencia, el primer convenio de colaboración se formalizara en el año 2012 Dos Mil Doce, y así sucesivamente cada anualidad, hasta realizarse las cinco aportaciones de recursos.

V. Para constituirse como deudor solidario del Organismo Intermunicipal Metropolitano de Agua Potable, Alcantarillado, Saneamiento y Servicios Conexos de Cerro de San Pedro, San Luis Potosí y Soledad de Graciano Sánchez, S.L.P., (INTERAPAS), respecto de todas y cada una de las obligaciones que contraiga dicho organismo conforme al crédito en cuenta corriente, irrevocable y contingente que se autoriza conforme al Artículo 3° del presente Decreto, hasta por el plazo de vigencia del crédito de referencia, por un monto de $12’000,000.00 (Doce millones de pesos 00/100 M.N.) a precios de diciembre de 2008, actualizable conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor. “VI. Para afectar como garantía de las obligaciones que asuma como deudor solidario del INTERAPAS, conforme a los contratos de crédito en cuenta corriente, irrevocable y contingente que se autorizan en términos de los artículo 1°, 2° y 3° del presente Decreto, las participaciones presentes y futuras que en ingresos federales le correspondan, sin perjuicio de afectaciones anteriores, hasta por el plazo de vigencia de los contratos de crédito referidos.

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fuente alterna de pago de los créditos resultantes de los citados contratos, sin perjuicio de afectaciones anteriores.

ARTICULO 6°. Se autoriza al ayuntamiento de Soledad de Graciano Sánchez, S.L.P.:

I. Para que se constituya como deudor

solidario del organismo intermunicipal metropolitano de agua potable, alcantarillado, saneamiento y servicios conexos de Cerro de San Pedro, San Luis Potosí y Soledad de Graciano Sánchez, S.L.P., INTERAPAS, hasta por un monto equivalente a tres meses de la contraprestación que se pacte, actualizable conforme al índice nacional de precios al consumidor, más las cantidades que se requieran para el pago de las comisiones y el impuesto al valor agregado respectivo, en la proporción que le corresponda en el cumplimiento de todas las obligaciones que se deriven del contrato de crédito en cuenta corriente, irrevocable y contingente, que se indican en el articulo 1° de este Decreto, afectando en garantía las participaciones presentes y futuras que en ingresos federales le correspondan, como fuente alterna de pago de los créditos resultantes del citado contrato, son perjuicio de afectaciones anteriores; II. Para que se constituya como deudor solidario del organismo intermunicipal metropolitano de agua potable, alcantarillado, saneamiento y servicios conexos de Cerro de San Pedro, San Luis Potosí y Soledad de Graciano Sánchez, S.L.P., INTERAPAS, hasta por un monto equivalente a tres veces el pago mensual del cincuenta por ciento de la contraprestación que se pacte, actualizable conforme al índice nacional de precios al consumidor, más las cantidades que se requieran para el pago de las comisiones y el impuesto al valor agregado respectivo, en la proporción que le corresponda en el cumplimiento de todas las obligaciones que se deriven del contrato de crédito en cuenta corriente, irrevocable y contingente, que se indican en el articulo 2° de este Decreto, afectando en garantía las participaciones presentes y futuras que en ingresos federales le correspondan, como fuente alterna de pago de los créditos resultantes del citado contrato, son perjuicio de afectaciones anteriores; III. Para que se constituya como deudor solidario del organismo intermunicipal metropolitano de agua potable, alcantarillado, saneamiento y servicios conexos de Cerro de San Pedro, San Luis Potosí y Soledad de Graciano Sánchez, S.L.P., INTERAPAS, hasta por un monto equivalente a tres meses de la contraprestación que se pacte, actualizable conforme al índice nacional de precios al consumidor, más las cantidades que se requieran para el pago de las comisiones y el impuesto al valor agregado respectivo, en la proporción que le corresponda en el cumplimiento de todas las obligaciones que se deriven del contrato de crédito en cuenta corriente, irrevocable y contingente, que se indican

“ARTÍCULO 6°. Se autoriza al Ayuntamiento de Soledad de Graciano Sánchez, S.L.P:

“I. Para constituirse como deudor solidario del Organismo Intermunicipal Metropolitano de Agua Potable, Alcantarillado, Saneamiento y Servicios Conexos de Cerro de San Pedro, San Luis Potosí y Soledad de Graciano Sánchez, S.L.P., (INTERAPAS), respecto de todas y cada una de las obligaciones que contraiga dicho organismo conforme al crédito en cuenta corriente, irrevocable y contingente, que se autoriza conforme al Artículo 1° del presente Decreto, hasta por el plazo de vigencia del crédito de referencia, por un monto de $6’500,000.00 (Seis millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.), a precios de diciembre de 2008, actualizable conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor.

“II. Para constituirse como deudor solidario del Organismo Intermunicipal Metropolitano de Agua Potable, Alcantarillado, Saneamiento y Servicios Conexos de Cerro de San Pedro, San Luis Potosí y Soledad de Graciano Sánchez, S.L.P., (INTERAPAS), respecto del de todas y cada una de las obligaciones que contraiga dicho organismo conforme al crédito en cuenta corriente, irrevocable y contingente, que se autoriza en términos del Artículo 2° del presente Decreto, hasta por el plazo de vigencia del crédito de referencia, por un monto de $7’660,000.00 (Siete millones seiscientos sesenta mil pesos 00/100 M.N.), a precios de diciembre de 2008, actualizable conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor.

“III. Para constituirse como deudor solidario del Organismo Intermunicipal Metropolitano de Agua Potable, Alcantarillado, Saneamiento y Servicios Conexos de Cerro de San Pedro, San Luis Potosí y Soledad de Graciano Sánchez, S.L.P., (INTERAPAS), respecto de todas y cada una de las obligaciones que contraiga dicho organismo conforme al crédito en cuenta corriente, irrevocable y contingente, que se autoriza en términos del Artículo 3° del presente Decreto, hasta por el plazo de vigencia del crédito de referencia, por un monto de $2’120,000.00 (Dos millones ciento veinte mil pesos 00/100 M.N.),a precios de diciembre de 2008, actualizable

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en el articulo 3° de este Decreto, afectando en garantía las participaciones presentes y futuras que en ingresos federales le correspondan, como fuente alterna de pago de los créditos resultantes del citado contrato, son perjuicio de afectaciones anteriores; y IV. Para aportar temporalmente recursos para el financiamiento de la partida de la contraprestación del acueducto “El Realito”, por una cantidad de $10, 000,000.00 (Diez millones de pesos 00/100 M.N.) actualizables por inflación durante el periodo 2012-2017, constituyendo, en su caso el fideicomiso correspondiente.

Las obligaciones solidarias que se asuman por el ayuntamiento de Soledad de Graciano Sánchez, S.L.P., en términos de las fracciones I, II y III de este artículo, será en conjunto por un monto equivalente de aproximadamente $13’000,000.00 (Trece millones de pesos 00/100 M.N.), actualizables conforme al índice nacional de precios al consumidor.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Este Decreto entrara en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

SEGUNDO.- La presente autorización faculta al INTERAPAS para celebrar los créditos en cuenta corriente, irrevocable y contingente señalados en los artículos 1° fracción III, 2° fracción V; y 3° fracción IV de este Decreto, respectivamente, durante los ejercicios fiscales de 2009 y 2010.

Lo tendrá entendido el ejecutivo del Estado y lo hará publicar, circular y

conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor.

“IV. Para afectar como garantía de las obligaciones que asuma como deudor solidario del INTERAPAS conforme a los contratos de crédito en cuenta corriente, irrevocable y contingente, que se autorizan en términos de los artículo 1°, 2° y 3° del presente Decreto, las participaciones presentes y futuras que en ingresos federales le correspondan, sin perjuicio de afectaciones anteriores hasta por el plazo de los contratos de crédito referidos.

“V. Para aportar temporalmente recursos para el financiamiento de la partida de la contraprestación del acueducto “El Realito”, por una cantidad de $10’00,000.00, a precios de diciembre de 2008, actualizables por inflación durante el período 2012-2017, constituyendo en su caso, el fideicomiso correspondiente.

“ARTÍCULO 7°. Se autoriza a los municipios de San Luis Potosí y Soledad de Graciano Sánchez, S.L.P., para que, a través de sus representantes legales o servidores públicos facultados, suscriban los instrumentos jurídicos necesarios para la afectación de las participaciones federales que este Decreto se autoriza, incluyendo la celebración del mandatos y/o constitución de fideicomisos o la adhesión a los mismos que sean necesarios para tales efectos.

TRANSITORIOS

ARTÍCULO PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

ARTÍCULO SEGUNDO.- La presente autorización faculta a los Municipios de San Luis Potosí y Soledad de Graciano Sánchez, para constituirse como obligados solidarios, en los términos previstos en los artículos 5° y 6° de este Decreto, respectivamente, durante los ejercicios fiscales 2009 y 2010.

ARTÍCULO TERCERO.- Salvo por las modificaciones a que se refiere el presente Decreto, las autorizaciones a

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obedecer.

D A D O en el auditorio “Lic. Manuel Gómez Morin”, declarado recinto oficial provisional del Honorable Congreso del Estado, el veintitrés de diciembre de dos mil ocho.

Diputado Presidente: José Luis Ramiro Galero, Diputado Primer Secretario: Jorge Alejandro Vera Noyola, Diputada Segunda Secretaria Ma. Guadalupe Almaguer Pardo, (Rúbricas).

Por tanto mando se cumpla y ejecute el presente Decreto y que todas las autoridades lo hagan cumplir y guardar y al efecto se imprima, publique y circule a quines corresponda.

D A D O en el Palacio de Gobierno, sede del Poder Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, a los veintisiete días del mes de diciembre de dos mil ocho.

El Gobernador Constitucional del Estado C.P. Marcelo de los Santos Fraga

(Rúbrica)

El Secretario General de Gobierno Lic. Alfonso José Castillo Machuca (Rúbrica)

que se refiere el Decreto número 563, de fecha 23 de diciembre de 2008, emitido por la Quincuagésima Legislatura del Congreso del Estado de San Luis Potosí, subsisten con todo su valor, alcance y fuerza legal.

LO TENDRÁ ENTENDIDO EL EJECUTIVO DEL ESTADO Y LO HARÁ PUBLICAR, CIRCULAR Y OBEDECER.

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, EN LA CIUDAD DE SAN LUIS POTOSÍ, A LOS __ DEL MES DE _________ DEL AÑO DOS MIL NUEVE.

-- Hace uso de la voz, el Regidor José Ángel Castillo Torres, para manifestar lo siguiente:”Mi criterio es que debido a que esto va mucho más allá del periodo para el que fuimos electos, debería contar por lo menos con la opinión de la Auditoria del Congreso del Estado, porque está comprometiendo estos pagos, yo también no puedo dejar de señalar que me parece que fue un error haberlos planteado, que la figura a través de la cual se financiara esto, fuera un fideicomiso, porque ahora se nos comenta que el criterio de la Secretaria de Hacienda, no es esta figura del fideicomiso la que permite hacer la aportación, si no tiene que ser, a través de otra modalidad, como es el caso de los convenios, yo comparto también la opinión en el sentido de que esta debería ser una decisión que tome la próxima administración y no ésta, en tanto que es muy cómodo para nosotros que ya vamos de salida, dejar comprometidos este tipo de pagos, de tal manera que a mi en particular, en tanto que no veo yo un respaldo, una base suficientemente sólida, que no veo tampoco la opinión del Congreso del Estado, pues para mi esta solicitud debe de ser desechada y debe quedarse como parte de los asuntos que la próxima administración debe resolver”. Interviene el Tesorero Municipal, Dr. José Mejía Lira, para hacer el siguiente señalamiento: “Yo nada más algunas precisiones de esta situación la primera es que se había acordado el apoyo, esta autoridad acordó apoyar este proyecto, basado en ello es que todo el análisis de habilidad del proyecto se considero es decir se dijo como vamos a garantizar que el proyecto sea viable, pues va a ser gracias a un aporte que van a dar los municipios implicados que van a recibir agua el de la Capital, el de Cerro de San Pedro y Soledad, entonces ya el apoyo había sido acordado y se manejo la viabilidad de todo el proyecto, es un proyecto como ustedes saben de gran envergadura y que

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además es la opción que se tiene para proveer de agua en años futuros a San Luis Potosí, esa es la opción que opto INTERAPAS, y es la que genero un análisis financiero de demanda técnico y demás y que ahí estaba implicada esta aportación, ciertamente se esta solicitando una modificación al acuerdo porque razón, porque la consulta que hicimos y originalmente hicimos una consulta a Sedesore de Gobierno del Estado quien originalmente nos dijo que si se podía o sea que el esquema que originalmente traíamos era viable sin embargo al fin y al cabo es un recurso Federal, nosotros hicimos la consulta a la Secretaría de Hacienda y la Secretaría de Hacienda nos dijo que los recursos se deben de ejercer en el periodo o sea más que el problema del Fideicomiso obviamente ahí esta impedido también meter el dinero en Fideicomiso porque no se debe de ahorrar el dinero del Fondo entonces lo que nos esta diciendo es que hay que ejercer el recurso, en el esquema original que solicito INTERAPAS, solicitaba que ciertamente diéramos el aporte en el 2012 cuando iba a iniciar la operación de la Presa es decir el uso del agua de la Presa esta prevista para el 2012 y la idea es aportar este recurso para que se pueda dar esta operación, señalaría también que si ya de entrada la propuesta original se afectaba las administraciones siguientes lo único que se hizo en la propuesta original era suavizar los aportes es decir buscábamos repartir la carga financiera en más administraciones pero la petición original de INTERAPAS era aportar precisamente a partir del 2012, ante el impedimento de separar recursos del Fondo de Fomento Municipal lo que nosotros estamos proponiendo es cambiar el esquema como originalmente se había previsto, que es la forma incluso que manejaron los otros municipios el acuerdo de los otros municipios implicados esta así que se hará un aporte a partir del 2012 para apoyar la operación de este proyecto, lo que si es un hecho es que hay que modificar el acuerdo, porque si no se modifica y se vota en contra o sea lo que estaríamos dejando es vivo el otro acuerdo que no es viable, si no es viable porque el Fondo de Fomento nos están diciendo no podemos separarlo de esa manera como se previo en consecuencia entonces yo diría que ya se venían afectando a las otras Administraciones o se estaba pidiendo a otras administraciones que apoyaran, tan es así que se tuvo que ir al Congreso para que avalara este acuerdo y subrayaría esto que la petición original del INTERAPAS era que se diera un aporte a partir del 2012 y que la intención de esta Tesorería fue buscar que se repartiera más el aporte en mayores Administraciones, ahora estamos volviendo al esquema original que es el que realmente se solicito es viable si se puede manejar de esa manera y permite garantizar el que sea viable la operación de este proyecto, porque una cosa es la construcción y otra es la operación, la operación es donde se esta requiriendo que haya un aporte precisamente para que se pueda costear todo lo que va ser el gasto de operación”. En uso de la voz, el Regidor Fernando Díaz de León, menciona lo siguiente: “Al señor Tesorero yo quisiera preguntarle el compromiso que tiene esta Administración que se aprobó aquí en el Cabildo fue pagar 300 trescientos millones de pesos en cinco pagos de 60 sesenta millones de pesos cada uno a partir de que llegara el primer litro de agua aquí a San Luis que se estimaba fuera para el 2012 es correcto, entonces lo único que estamos cambiando es

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un acuerdo interno que realmente hicimos aquí en el Cabildo de formar un fideicomiso para ayudarnos a los primeros pagos de esos sesenta millones de pesos, pero si se le da a tras a esto, empezaría la siguiente administración en el año 2012 si es que llega el primer litro de agua a San Luis a pagar sesenta millones de pesos y esto si se puede disponer del ramo 33, si se ejerce en ese momento”. Por su parte, el Regidor Andrés Carlos Covarrubias Rendón, manifiesta lo siguiente: “Bueno cuando se inicio el debate sobre la factibilidad de la Presa del Realito, creo que más o menos nos aventamos como un año y medio pidiendo información, pidiendo reuniones para que nos explicaran en que consistía el proyecto para ver el aspecto técnico el aspecto que tenia que ver con el desarrollo sustentable, toda esta cuestión que promovió el Banco Mundial, como una forma supuestamente de subsanar el problema del requerimiento del agua en San Luis Potosí, en el Valle de San Luis y municipios conurbanos es un proyecto que viene desde hace cuatro o cinco años y que fue muy difícil entenderlo porque era un lenguaje técnico, era un lenguaje fiscal, poco claro como creo que ahora se vislumbra y creo que ahora va hacer una situación todavía peor, no es posible después de dos años de debate de análisis en un día, en una semana nos cambien el esquema yo no lo veo claro, sinceramente primero tendríamos que ver el nuevo convenio porque esta es la recomposición de un convenio, una cuestión de este tipo no se puede modificar en un artículo y todo lo demás quedar igual, es una modificación integral de la propuesta y ese nuevo convenio y esa nueva forma de realizar los acuerdos con el Gobierno del Estado y en su momento con los demás municipios no esta plasmado en un documento claro donde se va a insertar la modificación, en que parte va a modificar la estructura integral del proyecto de desarrollo de lo que es la Presa del Realito, esto es totalmente oscuro a mi me parece que no se trata de decir ahora, ahora ya no es un Fideicomiso, ahora es un Convenio, ahora se va tener que ejercer a partir de este Gobierno Municipal o sea va tener que de alguna u otra manera establecer que ese recurso del ramo 33 ya queda amarrado desde esta Administración ejercido como dice el Tesorero para evitar que sean otras administraciones las que tengan el problema, a mi me parece que al rato vamos a platicar de algo muy parecido de una aportación que hizo el Municipio y que no se ha ejercido, que no se esta haciendo absolutamente nada, son siete millones de pesos por el concepto de Iluminación Escénica, vamos a ver si este mismo criterio de decir que hay que ejercer las cosas que vamos a tenerlas que aplicar en el momento de la Administración se cumplen en puntos posteriores, también creo que tiene que ver una explicación del Gobierno del Estado, el Gobierno del Estado fue quién impuso la forma y el modelo mediante el cual teníamos que firmar ese documento mediante el cual se tenía que llegar a ese acuerdo, la gente de la Comisión Estatal del Agua, la gente de Gobierno del Estado vinieron a imponernos un modelo de aplicación de ese Desarrollo hubo muchísima resistencia de la administración es más hubo yo creo que una defensa de los intereses del Municipio en su momento pero finalmente las presiones de carácter político obligaron que este Ayuntamiento aceptara ese proyecto, ni siquiera sabemos en este momento cual es el estado de tramite del desarrollo de ese proyecto, no tenemos un informe a quien se licito, no tenemos un informe de en que

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estado se encuentra la construcción de la cortina yo lo que se es que hay una demanda judicial de uno de las empresas que licitaron y que tienen parada la construcción del acueducto es lo que yo se, que hay una situación grave en lo que es el desarrollo de la Presa del Realito, por eso el Presidente de la Republica hace algunos días que vino no hizo ninguna mención sobre el desarrollo del Proyecto de la Presa, hablo de otras cosas y la Presa del Realito esta a un kilómetro de donde fue a inaugurar una planta, no hay ningún informe claro de en que situación económica, que situación material se encuentra ese desarrollo va a pasar lo que con Ciudad Satélite, recordemos nosotros lo advertíamos hace meses de que se iba a convertir en un elefante blanco, yo pienso que la Presa del Realito va ser un mega elefante blanco, que va a ser un fracaso regional de desarrollo, va a ser una situación muy grave y nosotros no tenemos porque seguir contribuyendo con eso, hay que exigir información clara como se encuentra ahorita el Realito económicamente, como se encuentra la situación de la licitación de la construcción y de las corridas financieras, bueno si Pedro Aspe con su grupo económico hizo el análisis financiero si gente de ese nivel académico de investigación o de carácter conocedor sobre este tema dijo que estaba bien la forma en que se estaban planteando los acuerdos entre los municipios las corridas funcionaban y de pronto nos dice no, fíjense a que hora nos dijeron que es así, es diferente eso no es posible si estamos hablando de una cuestión administrativa municipal tan importante, de una cuestión de decisiones económicas tan importantes no nos la pueden cambiar en una semana, eso es imposible eso se presta a dudas yo no creo que este sea el esquema ni el que estaba antes ni el que esta hoy yo creo que jamás el municipio se debió comprometer en esa aventura que no va a funcionar lo vamos a ver igual que con Ciudad Satélite, dentro de dos años vamos a ver un problema estructural de algo que no se supo planificar y que no se supo consensar con gente que realmente sepa del tema”. En uso de la voz, el Regidor Oscar Silos Díaz de León, señala lo siguiente: “Mira el hecho de que se este tocando ahorita a ultima hora este punto es porque se envió un escrito a la Tesorería por parte de la Secretaria de Hacienda, firmado el 14 de Julio del 2009, aproximadamente hace un mes entonces es por eso que en este momento se lleva a cabo una modificación al acuerdo de Cabildo o se pretende hacer una modificación, no es porque a la mera hora se quiera hacer o se quiera sorprender en un cambio al acuerdo de Cabildo anterior es por un escrito que sugiere, o que recomienda la Secretaría de Hacienda y aquí esta el escrito que le mandan a la Tesorería, segundo yo creo que el Congreso difiero que el Congreso tenga que dar su punto de vista porque el Cabildo es el que modifica el acuerdo de Cabildo o no y ya el Congreso será la autoridad final si ese acuerdo de Cabildo que se modifica lo considera si lo valida o no, ya el Congreso tendrá la ultima palabra eso si, pero de que tengamos que pedirle una opinión a otro no únicamente lo que estamos haciendo es una modificación al Acuerdo de Cabildo y ya el Congreso ya cuando tenga el balón de su lado ya ellos sabrán si la modificación al Acuerdo de Cabildo es procedente o no y lo otro que yo considero es que el proyecto pues ya esta autorizado y ya fue viable y yo creo que no esta a discusión si se le da para delante o si se le da para atrás,

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