PROTOCOLO
DE TESIS
2 TEMA:
Plan de difusión de la Constitución Ecuatoriana de 1998.
TITULO:
Plan de difusión de los derechos colectivos de los pueblos indígenas, aprobados en la Constitución Ecuatoriana de 1998, Quito-2002.
PROPÓSITO:
Difundir los derechos colectivos de los pueblos y nacionalidades indígenas aprobados en la Constitución Ecuatoriana de 1998, para una interacción justa con la sociedad.
OBJETIVO GENERAL:
Desarrollar un plan de difusión de los derechos colectivos de la Constitución Ecuatoriana de 1998.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
- Conocer el Capítulo V, de los Derechos Colectivos de la Constitución Ecuatoriana de 1998
- Identificar a la comunidad indígena objeto de este estudio - Caracterizar a la comunidad indígena
- Contactar a los líderes de las comunidades - Preparar el material informativo
3 IDEA A DEFENDER:
Mediante la aplicación de estrategias idóneas de comunicación mejorar el nivel de conocimiento de la Constitución Ecuatoriana de 1998, por parte de las comunidades indígenas.
VARIABLES:
VI - Plan de difusión a través de estrategias de comunicación.
VD- El conocimiento adquirido sobre la nueva Constitución Ecuatoriana de 1998 por parte de las Comunidades Indígenas
INDICADOR:
El indicador de esta investigación va a ser el conocimiento. Este va a ser medido desde la categoría regular a sobresaliente. (S= SOBRESALIENTE, MB= MUY BUENO, B= BUENO, R= REGULAR, I= INSUFICIENTE).
INSTRUMENTOS:
- Encuestas personales - Entrevistas
JUSTIFICACIÓN:
Las estrategias de difusión a aplicarse fomentarán el conocimiento sobre los derechos colectivos de los pueblos y nacionalidades indígenas expresados en la Constitución Ecuatoriana de 1998, permitiéndoles el desarrollo y fortalecimiento de su identidad.
4 IMPACTO SOCIAL:
Presenta este tipo de impacto porque a través de la información difundida al interior de las comunidades indígenas, éstas pueden participar democráticamente en la sociedad.
IMPACTO METODOLÓGICO:
Este estudio es un reordenamiento del conocimiento, en este caso la nueva Constitución Ecuatoriana de 1998.
IMPACTO PRÁCTICO:
Tiene impacto práctico porque la sociedad indígena estará más informada permitiéndole un mayor acercamiento y participación en la comunidad.
VIABILIDAD:
Es viable debido a que se cuenta con la accesibilidad a la información.
RECURSOS ECONÓMICOS:
Para realizar este estudio se cuenta con el recurso económico necesario.
INFRAESTRUCTURA:
Se cuenta con la infraestructura necesaria
RECURSO HUMANO:
5 INFORMACIÓN:
Se cuenta con la información necesaria para llevar a cabo el estudio
TIEMPO:
Se cuenta con el tiempo necesario para realizar el estudio
RECURSO ESPACIAL:
6 MARCO DE REFERENCIA
MARCO TEORICO:
Al celebrarse ya el quincuagésimo aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948-1998), varios autores se han expresado sobre este tema, como María Elena Moreira que afirma que nuestro país ha realizado importantes transformaciones que se establecieron con la aprobación de la nueva Constitución Ecuatoriana por parte de Asamblea Nacional Constituyente, el 5 de junio de 1998. Esto sin duda es un hecho sin precedentes en la historia nacional, porque por primera vez se priorizó el concepto “sin discriminaciones” en lo que concierne a todos los derechos de cualquier ser humano; expresamente la multietnicidad del Estado Ecuatoriano y por tanto, los derechos de los pueblos indígenas y afroecuatorianos. Se acepta además por vez primera el derecho a participar en igualdad de condiciones y oportunidades, en los bienes, servicios y manifestaciones de la cultura (artículo 63). Han sido importantes las reformas instauradas a favor de las colectividades indígenas como: mantener su identidad y tradiciones en lo espiritual, cultural, lingüístico, social, político y económico; mantener la posesión ancestral de tierras comunitarias; desarrollar y administrar su patrimonio cultural e histórico; mantener sus conocimientos de medicina ancestral; respetar sus formas de convivencia y organización social, entre otros de igual importancia. Luego de este análisis se considera vital y obligatorio por parte de todos quienes hacemos comunicación difundir estas modificaciones que nos consolidan como un verdadero país, tolerante a sus diferencias.
Este paso quedaría inconcluso si los ahora beneficiados (en este caso las comunidades indígenas) no llegan a conocer sus derechos para después
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exigirlos.1 De acuerdo a esto Pablo Avilés en su artículo de
Plurinacionalidad mantiene que muchos países enfrentan conflictos interétnicos que se ven reflejados en guerras internas y reclamos permanentes por el reconocimiento de sus nacionalidades, por consiguiente, la visión de un Ecuador único es el deseo compartido por los actores sociales de convivir en tolerancia en un mismo territorio. Considerándose así, la plurinacionalidad como un concepto que garantiza el ejercicio de los derechos de las etnias del Estado.
Se enfatiza dentro de este proceso “a los movimientos sociales, como los más entusiastas para crear una asamblea constituyente y de esta manera se de importancia a los derechos colectivos de los indígenas, quienes exhortan la necesidad de recibir información sobre estas nuevas reformas a través de
los medios de comunicación” 2. Como expresa otro autor “El concepto de
plurinacionalidad que sustenta el movimiento indígena busca una neófila institucionalidad jurídica en la que se reconozca la pluralidad étnico cultural. Al mismo tiempo, la apropiación y redefinición de la etnicidad por parte de las nacionalidades indígenas ha puesto en tela de juicio el orden simbólico dominante planteando a la sociedad el desafío de construir, por primera vez en su historia, un concepto de nación que incluya la diversidad
étnica, cultural y regional existente”. 3
De forma contraria a esta opinión el jurista mexicano Julio César Olive expresa que una distinción a favor de minorías étnicas lleva a posiciones más discriminatorias. Piensa que las etnias deben mantener sus costumbres y creencias alejadas, libres de contaminación ideológica, es decir, sin pertenecer a la comunicación del Estado. Según este criterio el reconocer constitucionalmente la plurinacionalidad conduciría a un régimen estamentario y discriminatorio, por lo que dichas campañas de difusión no deberían diferenciar grupos humanos de otros ni establecer leyes o
1 Moreira María Elena, abril 1999, Avances en Derechos Humanos, AFESE 33.
2
Avilés Martín Pablo, abril 1999, Incidencia de la plurinacionalidad, AFESE 33
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8 principios especiales para perfeccionar ante el derecho, la personalidad
jurídica de las comunidades indígenas.4
Criterios opuestos a este se han expresado, por ejemplo la ONU “Organización de las Naciones Unidas” ha sido partícipe del reconocimiento del derecho consuetudinario manifestado en el marco de la lucha mundial contra la discriminación racial, el respecto y la protección de los derechos humanos. En nuestro país la población indígena se ha resistido a la homogenización de culturas, por lo que ha fincado sus mayores esfuerzos en lograr a través de la concertación con líderes políticos y otros sectores de la sociedad una asamblea nacional constituyente, que de por resultado la aceptación de la plurinacionalidad en la Constitución Ecuatoriana, tomando
en cuenta el Estado unitario, soberano e indivisible.5
Cabe recalcar que fue la CONAIE, el organismo que a través de estrategias logró la participación de mediadores indígenas que se han destacado en cargos estatales a nivel latinoamericano, siendo el caso de Vicepresidente de Bolivia, Licenciado Víctor Hugo Cárdenas, indígena aymara, quien en su participación en las mesas de concertación expresó: “Una república unitaria es la que atiende las diferencias” y “que el Ecuador tiene la oportunidad de dar ejemplo al continente si incluye en la reforma constitucionalidad el
capítulo de la plurinacionalidad”6
Para finalizar hemos creído conveniente citar la definición de los derechos colectivos proporcionada por la CONAIE: “El conjunto de principios jurídicos, normas, prácticas y procedimientos que regulan los derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas para su libre determinación, reivindicados por estos y reconocidos por el Estado; identificados y cohesionados entre sí, que tiene como característica fundamental el de ser pueblos milenarios asentados ancestralmente en una
4
Olive Julio César, 1995, Etica y diversidad cultural, (Recopilación).
5
Tibán Lourdes, 2001, Derechos Colectivos de los Pueblos Indígenas del Ecuador, Aplicabilidad, Alcances y Limitaciones, p. 76-78.
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9 jurisdicción territorial geográfica determinada, que ejerce un sistema
colectivo, social, económico, cultural, político, legal, religioso, idioma”.7
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10 MARCO CONCEPTUAL
Definición de Términos Conceptúales:
COMUNICACIÓN: Esfuerzo oficial u oficioso para intercambiar ideas, actitudes o creencias entre personas y grupos.
DIFUSIÓN: Proceso por el que se logra la propagación gradual de las innovaciones sociales, culturales y tecnológicas.
MEDIOS DE DIFUSIÓN: Instrumentos o medios tecnológicos y de comunicación que transmiten a numerosas personas un mensaje común, incluyen los medios masivos de difusión.
PLANES DE DIFUSIÓN: Acciones estratégicas con miras a diseminar o influir en las opiniones y/o grados de información sobre un determinado tema en un público específico.
RELACIONES PUBLICAS: Actividad de alta dirección, orientada a conseguir la credibilidad y confianza de los públicos, utilizando diversas técnicas de difusión y propagación sobre las personas u organizaciones para modificar o potenciar las actitudes y acciones de estos.
PUBLICOS: Para efectos de Relaciones Públicas y Comunicación se consideran públicos a las personas en general y se los puede dividir en: internos, externos, latentes y potenciales, dado el caso.
ESTRATEGIAS: Planes generales de acción enfocados en la realización de los objetivos planteados.
11 TÁCTICAS: Medios o canales a través de los que se cumplen las estrategias.
Definición de Términos Operacionales:
DERECHOS COLECTIVOS: Conjunto de normas, principios, prácticas que regulan la convivencia de una colectividad indígena y constituyen la condición básica para el ejercicio de los derechos humanos.
DERECHOS HUMANOS: Se refieren es especial a los derechos individuales de las personas, son universales y defienden fundamentalmente la dignidad del ser humano.
LIDERES INDÍGENAS: Individuos que regentan el pensamiento y voz de las comunidades indígenas.
PUEBLOS INDÍGENAS: Son colectividades originarias, conformadas por comunidades o centros con identidades culturales que les distinguen de otros sectores de la sociedad ecuatoriana, regidos por sistemas propios de organización social, económica, política y legal.
MULTIETNICIDAD: Reconocimiento de varias etnias bajo un territorio.
PLURINACIONALIDAD: Reconocimiento de la diversidad de regiones, pueblos, etnias y culturas.
NACIÓN: Grupo humano dotado de homogeneidad cultural, histórica, política, económica y lingüística, que comparte un territorio y está regido por un mismo Gobierno.
ETNIA: Pueblo o grupo de personas con ciertas características físicas, ancestrales, culturales comunes.
12 METODOLOGÍA:
Exploratorio: En el sentido de que se recogerá datos sobre el nivel de información acerca de los derechos colectivos.
Descriptivo: Se establecerá cuáles son las necesidades de comunicación más urgentes, a fin de poder absolverlas a través de un plan de difusión.
DISEÑO DEL TIPO DE INVESTIGACIÓN:
El presente proceso de investigación será correlacional y observacional debido a que las variables serán únicas y exclusivamente observadas y en ningún momento manipuladas, además es un diseño de pre test a un grupo control.
MÉTODOS DE LA INVESTIGACIÓN:
Será a través de los siguientes métodos:
Analítico/sintético: porque se realizará un análisis y síntesis del contenido, sobre la base de la aplicación de estrategias de difusión.
Observacional: debido a que se recogerá la información de las partes en estudio para llegar a conocer la situación actual y proponer una solución al problema.
Inductivo/Deductivo: porque se basa en la información que va a ser recopilada para desarrollar el plan que permita un mejor conocimiento sobre el tema.
13 TÉCNICAS A TRAVÉS DE LAS CUALES SE OBTENDRÁ INFORMACIÓN:
- Revisión de la Constitución Ecuatoriana de 1998 y del Capítulo V (de los Derechos Colectivos) con el fin de establecer la información que va a ser difundida.
- Aplicación de encuestas a un segmento de una comunidad indígena, objeto del estudio, esto nos permitirá definir el grado de información sobre el tema, para el desarrollo de las estrategias de difusión.
- Consultas a profesionales especializados en tema indígena, social, cultural, jurídico y comunicacional.
- Revisión de literatura, estatutos y archivos.
FUENTES DE INVESTIGACIÓN:
- Primarias, se obtendrá información directamente de los sujetos de estudio.
- Secundarias, a su vez se obtendrá información de personas que aporten profesionalmente a la investigación.
TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN:
- Se definirá como población a las etnias del Ecuador; la muestra será: la población indígena del Ecuador; y la unidad de observación será: la comunidad Panzaleo de Cotopaxi, situada en el zona rural noroeste de la provincia.
14 - Análisis de datos, una vez que se recoja la información está será
estudiada en términos cualitativos y cuantitativos que establezcan información real y concreta.
- Tabulación de la información, se realizará a través de tablas del programa Excel.
15 BIBLIOGRAFIA:
- JOSÉ AYALA LASSO, 1998, EL ECUADOR Y LOS DERECHOS HUMANOS 1948-1998.
- JOSÉ EMILIO ROLANDO ORDOÑEZ, 1996, LA CUESTION ETNICO CULTURAL Y DERECHOS HUMANOS, MÉXICO.
- CONSEJO DE GOBIERNO DE LA CONAIE, DICIEMBRE DE 1997, PROYECTO POLITICO DE LA CONAIE, QUITO.
- ASAMBLEA CONSTITUYENTE, JUNIO 1998, CONSTITUCION POLITICA DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR.
- MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, JULIO 1998, CONMEMORACIÓN DE CINCUENTENARIO DE LA DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS.
- CARLOS FERNANDEZ COLLADO, GORDON L DANHKE, 1995, LA COMUNICACIÓN HUMANA, MÉXICO.
- ALFREDO ESPINOSA TAMAYO, 1979, PSICOLOGÍA Y SOCIOLOGÍA DEL PUEBLO ECUATORIANO , BCE, QUITO.
- JOSÉ ALMEIDA, 1990, IDENTIDADES Y SOCIEDADES, QUITO.
- JOHN MARSTON, 1994, RELACIONES PÚBLICAS MODERNAS, MÉXICO.
- LOURDES TIBAN, 2001, DERECHOS COLECTIVOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS DEL ECUADOR APLICABILIDAD ALCANCES Y LIMITACIONES, QUITO.