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PLAN 2016 SEGURO DE EXPLOTACIÓN DE GANADO OVINO Y CAPRINO CÓD. 404

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(1)

PLAN 2016

SEGURO DE EXPLOTACIÓN

DE GANADO

OVINO Y CAPRINO

CÓD. 404

AGRUPACIÓN ESPAÑOLA DE ENTIDADES ASEGURADORAS DE LOS SEGUROS AGRARIOS COMBINADOS, S.A.

(2)

ÍNDICE

PÁGINA

Modificaciones respecto a la Campaña anterior

...

3

Aclaraciones sobre la tramitación de Seguros

U Modificaciones en la Gestión con respecto al año anterior ... 4

U Especies Asegurables ... 6

U Período de Suscripción ... 6

U Ámbito de Aplicación ... 7

U Resumen de Coberturas y Garantías ... 8

U Explotaciones Datos Fijos y Variables ... 10

U Datos Variables por posibilidades de aseguramiento ... 12

U Cuadro de Precios ... 25 U Bonificaciones/Recargos ... 37 U Subvenciones ... 37 U Recargos Tarifas ... 37 U Pago ... 38

Anexo

... 42

(3)

MODIFICACIONES RESPECTO A LA CAMPAÑA

ANTERIOR

U

MODIFICACIONES RESPECTO AL PLAN ANTERIOR:

Esta línea que proviene de la línea tradicional 111, por su trasposición al nuevo sistema de gestión ha experimentado cambios considerables, sobre todo en la gestión de las pólizas.

En lo que respecta a las condiciones especiales, se han modificado profundamente, reescribiendo muchas de ellas y ordenándolas por capítulos.

Las garantías se han mantenido y se ha añadido la posibilidad de asegurar la retirada y destrucción de cadáveres como garantía adicional.

De forma resumida, los cambios más destacables son:

9 Se diferencian las explotaciones de ovino de las de caprino, pero cuando hay los dos tipos de animales en una explotación se debe elegir la especie predominante.

9 Se incluye como garantía adicional la retirada y destrucción de cadáveres (RyD). 9 En cuanto a las Bonificaciones / Recargos, para el acceso a este seguro se mantiene

el sistema de cálculo de las tablas, pero de forma independiente para la garantía RyD y el resto de garantías.

9 Se posibilita el pago fraccionado a través de SAECA. 9 Se da la opción de que la póliza sea o no renovable.

9 La domiciliación del pago de las pólizas renovables a una cuenta bancaria, permite el cobro de las actualizaciones y el pago de las indemnizaciones directamente a esa cuenta, que puede ser la del asegurado o el tomador.

(4)

ACLARACIONES SOBRE LA TRAMITACIÓN DE

SEGUROS

MODIFICACIONES EN LA GESTIÓN CON RESPECTO AL

AÑO ANTERIOR

Este tipo de seguro sólo tiene tratamiento a través de programas informáticos y tratamientos telemáticos, no existiendo la posibilidad de contratación manual.

En esta Norma de Contratación, para su mejor entendimiento hemos estructurado los datos que tienen que enviar en los distintos bloques de la póliza de seguro específicos de ésta línea.

(5)

ESQUEMA GENERAL DEL SEGURO

En el caso de tener póliza de la Línea 415 Retirada y Destrucción en vigor, y se desee asegurar la retirada como garantía adicional de la Línea de Vida, se debe contratar la Línea de Vida sin esta garantía y al vencimiento de la Línea 415 solicitar su inclusión. En caso que el seguro de la Línea 415 se haya contratado como renovable deberán solicitar su rescisión antes del vencimiento.

En ningún caso se dará de baja la Línea 415 Retirada y Destrucción, para incluirlo en una póliza de vida.

Una Póliza

Posibilidades de Aseguramiento

Vida + Garantía

Adicional RyD Sólo Vida

Renovable o No Renovable, a elegir por póliza

Fraccionado (si cumple) o No Fraccionado, a elegir por póliza

Cobro a elegir por póliza.

En caso de fraccionamiento el cobro siempre es al asegurado

(6)

ESPECIES ASEGURABLES

Son asegurables las siguientes especies:

ESPECIES 001 OVINO

002 CAPRINO

T

CLASE DE EXPLOTACIONES

A efecto del seguro, se considera una única Clase todas las Explotaciones de Ganado Ovino y Caprino Reproductor y de Recría:

Si se decide asegurar una de sus explotaciones, queda obligado a asegurar todas las de la misma Clase que posee en el ámbito de aplicación de este seguro, en una única póliza.

No podrán suscribir ésta línea de seguro los “Tratantes”, independientemente que tengan explotación de producción y reproducción.

PERIODO DE SUSCRIPCIÓN

ESPECIE FECHA DE INICIO FECHA FINAL ÚLTIMO DIA DE PAGO TODAS 01/06/2016 31/05/2017 01/06/2017

MODIFICACIONES DE CAPITAL ASEGURADO POR ALTA Y BAJA EN LA

EXPOTACIÓN

GARANTÍA RETIRADA Y DESTRUCCIÓN

En caso de que a lo largo de la vida del contrato el censo habitual del ciclo productivo de la explotación aumentase el asegurado verá remitir la modificación solicitando el alta. En caso de que disminuyese, el asegurado podrá enviar la modificación.

(7)

RESTO DE GARANTÍAS

El asegurado deberá solicitar el alta de capital mediante modificación cuando se consuma el capital asegurado, se produzca la muerte o sacrificio obligatorio indemnizado de todos los animales de la explotación o el infraseguro sea superior al 10%.

En los casos de sobreseguro superior al 10% por venta, muerte o sacrificios no amparados por el seguro, el asegurado podrá solicitar la devolución de prima, mediante la modificación de los animales.

ÁMBITO DE APLICACIÓN

SEGURO DE VIDA

Tipo de Capital: 017 Animales

Península, Baleares y Canarias.

SEGURO DE RYD

Tipo Capital: 015 RYD Animales

COMUNIDADES AUTÓNOMAS ANDALUCÍA CATALUÑA

ARAGÓN EXTREMADURA PRINCIPADO DE ASTURIAS GALICIA

ILLES BALEARS (MENORCA) LA RIOJA

CANARIAS MADRID CANTABRIA MURCIA CASTILLA-LA MANCHA NAVARRA

(8)

ACLARACIONES EN LA

CONTRATACIÓN

RESUMEN DE COBERTURAS Y GARANTÍAS

T

MODALIDAD

SEGURO

Se deberá indicar a nivel de póliza la modalidad elegida:

“R” SEGURO RENOVABLE

“N” SEGURO NO RENOVABLE

T

TIPOS DE CAPITAL

Para todas las especies el Tipo de Capital es:

015 RETIRADA Y DESTRUCCIÓN 017 ANIMALES

T

ELECCIÓN DE COBERTURAS

Se establece una Garantía Básica.

Además podrá elegir asegurar, según el Régimen, las siguientes Garantías Adicionales, a nivel de Explotación:

GARANTIA ADICIONAL ESPECIE RÉGIMEN GRUPO DE

RAZAS PUREZA

Sacrificio por Brucelosis 001 Ovino 002 Caprino 001 Intensivo 002 Semi-extensivo 003 Extensivo 001 Lácteas Sí/No 002 Resto Sí

Sacrificio por Tuberculosis 002 Caprino

001 Intensivo 002 Semi-extensivo 003 Extensivo

001 Lácteas Sí/No 002 Resto Sí

Pastos Estivales 001 Ovino

002 Caprino 003 Extensivo

001 Lácteas 002 Resto

Pastos Invernales 001 Ovino

002 Caprino 003 Extensivo

001 Lácteas 002 Resto

(9)

Además podrá elegir asegurar, según el Régimen, las siguientes Garantías Adicionales, a nivel de Cabecera:

GARANTIA ADICIONAL ESPECIE RÉGIMEN GRUPO DE

RAZAS PUREZA Compensación por perdida de Reproductores 001 Ovino 002 Caprino 001 Intensivo 002 Semi-extensivo 003 Extensivo 001 Lácteas 002 Resto

Retirada y destrucción 001 Ovino 002 Caprino 001 Intensivo 002 Semi-extensivo 003 Extensivo 001 Lácteas 002 Resto Retirada y destrucción Autorización Especial ZPAEN 001 Ovino 002 Caprino 001 Intensivo 002 Semi-extensivo 003 Extensivo 001 Lácteas 002 Resto

Si se elige una garantía adicional, se elige para todas las explotaciones de la póliza, capacitadas para contratarla.

No podrán elegir la garantía de retirada y destrucción los asegurados que tengan otras explotaciones no asegurables aunque sean de la misma especie. Tampoco aquellos en cuyas explotaciones las especies asegurables convivan con otras distintas de ganado vacuno.

(10)

EXPLOTACIONES DATOS FIJOS Y VARIABLES

T

CONCEPTO E IDENTIFICACIÓN DE

EXPLOTACIÓN EN EL

SEGURO

La Explotación a efecto del seguro se considera el conjunto de bienes organizados empresarialmente para la actividad de reproducción y recría de ganado ovino o caprino que tienen asignados un único número a efectos del Registro de explotaciones ganaderas (R.E.G.A.)

Se consideran explotaciones diferentes aquéllas que tengan distinto Código REGA, Especie y/o distinto Régimen.

Obligatoriamente, en la póliza figurarán los códigos nacionales asignados por el REGA de todas las explotaciones amparadas por dicha póliza

El código del libro (CEA) está compuesto por 14 dígitos, ejemplo: ES280830000117

PROV. TM NÚMERO LIBRO

ES 28 083 0000117

Se validará el código de explotación indicado en la póliza, con la base de datos que nos proporciona ENESA.

En caso de no estar incluido en la base de datos y si encontrarse realmente inscrito en el REGA y es una Explotación asegurable según se recoge en las Condiciones Especiales, pueden asegurar y enviar la documentación que lo acredite al correo electrónico: [email protected]

T

NÚMERO ANIMALES

TIPO DE CAPITAL 17 ANIMALES

El asegurado declarará, en el momento de suscribir el seguro, atendiendo a la información del censo actualizada que figure en REGA el número de animales sementales, reproductoras y recrías que componen cada una de sus explotaciones.

(11)

TIPO DE CAPITAL 15 RETIRADA Y DESTRUCCIÓN

El asegurado declarará el censo habitual de su ciclo productivo actualizado y coincidente con el REGA a la fecha de realización del seguro de cada una de sus explotaciones.

T

PRECIOS

Para los Tipos de Capital:

015 RETIRADA Y DESTRUCCIÓN 017 ANIMALES

Los precios son en €/Animal.

TIPO DE CAPITAL 017 ANIMALES

Pueden elegir el precio a asegurar, entre el mínimo y máximo establecido. En ningún momento se obliga a asegurar el precio máximo, teniendo en cuenta que todos los animales de la explotación deben asegurarse al mismo porcentaje respecto del valor unitario máximo, que por tipo de animal les corresponde.

TIPO DE CAPITAL 015 RETIRADA Y DESTRUCCIÓN

El precio a efecto del Seguro es único, correspondiente al máximo establecido por ENESA

Se podrán pactar precios (a excepción de Castilla – La Mancha), para lo cual se marcará la casilla correspondiente de Condiciones Particulares de acuerdo con el gestor o motivo de la negociación:

001 Pacto expreso precio 002 ADS

003 Cooperativas / Asociaciones

Se ha establecido un procedimiento de aplicación y un documento de cumplimentación, que podrán encontrar en el apartado correspondiente de esta Norma (ANEXO II)

.

Así mismo este documento se encuentra publicado en nuestra página web mediante la siguiente ruta: Atención al cliente/ Condiciones Particulares Seguros R y D.

(12)

T

ESPECIE/RÉGIMEN/GRUPO DE RAZAS/TIPO DE ANIMAL

ESPECIES: 001 OVINO 002 CAPRINO RÉGIMEN GRUPO DE RAZAS TIPO DE CAPITAL 17 ANIMALES TIPO DE ANIMAL TIPO DE CAPITAL 15 RET. Y DEST. TIPO DE ANIMAL 001 Intensivo 001 Lácteas 002 Resto 001 Sementales 002 Hembras reproductoras 003 Recría 004 Todos 002 Semi-extensivo 001 Lácteas 002 Resto 001 Sementales 002 Hembras reproductoras 003 Recría 004 Todos 003 Extensivo 001 Lácteas 002 Resto 001 Sementales 002 Hembras reproductoras 003 Recría 004 Todos

T

DATOS VARIABLES POR TIPO DE CAPITAL

Esta Norma de Contratación, para establecer con mayor claridad y facilitar la contratación, va a estar estructurada conforme a los distintos tipos de capital:

I. DATOS COMUNES

I.a.- TIPO DE CAPITAL 017 ANIMALES

(13)

I.- DATOS COMUNES

ESPECIE

001 OVINO 002 CAPRINO

Las explotaciones que dispongan de ambas especies deberán asegurarse eligiendo la especie mayoritaria.

RÉGIMEN

001 INTENSIVO

002 SEMI-EXTENSIVO 003 EXTENSIVO

En el caso de que en un mismo Libro de Registro (REGA) coexista más de un grupo de animales, sometidos a un Régimen diferente, el Asegurado deberá escoger, a efectos del seguro, el correspondiente al Régimen con mayor censo de reproductores.

GRUPO DE RAZAS

001 LÁCTEAS 002 RESTO

A efectos del seguro se considera que los animales de una explotación pertenecen al Grupo de Razas Lácteas, cuando al menos el 90% de sus hembras reproductoras están destinadas a la producción láctea, contando la explotación con máquina de ordeño y tanque de refrigeración de leche, suficientemente dimensionados ambos para la producción láctea de la explotación, y en perfecto estado de funcionamiento y mantenimiento.

A efectos del seguro se considera que los animales de una explotación pertenecen al Grupo de Razas Resto, cuando no cumpla alguno de los requisitos anteriores

En cada Explotación, se considerará como un solo Grupo de Razas, bien de Aptitud Láctea, bien de Aptitud Resto, al conjunto de Ovinos o Caprinos que conformen la Explotación

(14)

I.a.- TIPO DE CAPITAL 017 ANIMALES

TIPO DE ANIMAL

001 SEMENTALES 002 HEMBRAS REPRODUCTORAS 003 RECRÍA

NÚMERO ANIMALES

ANIMALES A DECLARAR

El asegurado declarará, en el momento de suscribir el seguro, atendiendo a la información del censo actualizada que figure en REGA el número de animales reproductores y recrías que componen cada una de sus explotaciones

PUREZA

A efectos del seguro, una Explotación tendrá esta consideración cuando al menos el 70% de sus animales reproductores tengan carta genealógica o certificación emitida por una asociación oficialmente reconocida para ello.

Se indicará a nivel de Tipo de Capital, siendo un factor diferenciador de precios:

001 PURA 002 NO PURA

SISTEMA DE PRODUCCIÓN

Podrán asegurarse opcionalmente como Ganaderías Ecológicas las explotaciones así registradas, según las normas vigentes

Se indicará a nivel de Tipo de Capital, siendo un factor diferenciador de precios:

001 ECOLÓGICO 002 TRADICIONAL

(15)

IGP

Podrán asegurar bajo esta denominación de calidad aquellas cuyo titular sea un operador inscrito en el registro de una IGP con registro comunitario.

Se indicará a nivel de Tipo de Capital, siendo un factor diferenciador de precios:

001 SI 002 NO

CALIFICACIÓN DE SANEAMIENTO

Para todas las Explotaciones, se indicará a nivel de Tipo de Capital su Calificación de Saneamiento para Brucelosis. Dependiendo de ésta calificación y de si son nuevos asegurados o no, se podrán contratar las garantías asociadas al riesgo de saneamiento. De está calificación dependerá la tarifa a aplicar.

En el Anexo I de estas Normas, tienen las distintas calificaciones y las posibilidades de aseguramiento.

CALIFICACIÓN SANITARIA

Para todas las Explotaciones de ganado caprino, se indicará a nivel de Tipo de Capital su Calificación de Saneamiento para Tuberculosis Caprina. Dependiendo de ésta calificación y de si son nuevos asegurados o no, se podrán contratar las garantías asociadas al riesgo de saneamiento. De está calificación dependerá la tarifa a aplicar.

En el Anexo I de estas Normas, tienen las distintas calificaciones y las posibilidades de aseguramiento.

(16)

I.b.- TIPO DE CAPITAL 015 RETIRADA Y DESTRUCCIÓN

TIPO DE ANIMAL

004 Todos

NÚMERO ANIMALES

ANIMALES A DECLARAR

TODO EL ÁMBITO EXCEPTO CATALUÑA CATALUÑA

Reproductores Machos + Reproductoras Hembras Hembras + Sementales + Reposición + Fase Intermedia

GESTORAS

Para aquellas Comunidades Autónomas en las que se pueda elegir la Empresa Gestora se indicará a nivel de Tipo de Capital y no se podrá modificar ésta elección durante la vigencia de la póliza.

EXTREMADURA: 001 SECANIM BIO-INDUSTRIES 002 FRANCISCO BARRUECO S.L 003 GESUCAS S.A. 004 TRATAMIENTOS ALMARAZ S.L CASTILLA-LA MANCHA: 001 SECANIM BIO-INDUSTRIES 002 FRANCISCO BARRUECO S.L ANDALUCIA 002 FRANCISCO BARRUECO S.L 007 RENDER GRASAS SL

(17)

CONDICIONES PARTICULARES

Se pueden pactar condiciones particulares de precio (a excepción de Castilla-La Mancha), para lo cual se marcará la casilla correspondiente de Condiciones Particulares a nivel de Tipo de Capital, de acuerdo con los siguientes motivos:

001 PACTO EXPRESO PRECIO 002 ADS

003 COOPERATIVAS / ASOCIACIONES

PRECIO RETIRADA PACTADO

Si existen Condiciones Particulares, se debe indicar a nivel de Tipo de Capital sobre la que se ha negociado precio, el precio de retirada pactado

.

AUTORIZACIÓN ESPECIAL ZPAEN

En cada una de las Explotaciones se ha de indicar si posee documento que autoriza a una Explotación a gestionar sus animales muertos para el aprovechamiento por las aves necrófagas, sin necesidad de que tengan que ser retirados y destruidos.

Por tanto se indicará: 001 SI

002 NO

Únicamente se indicará SÍ, cuando se opte por asegurar la Garantía Adicional de RyD en ZPAEN. En el caso de no desear asegurar esta Garantía, aún teniendo Autorización en alguna Explotación, podrá no incluirla en el Seguro.

En caso de haber elegido la Garantía, además de indicar que si tiene autorización especial, deben remitir el documento oficial que así lo acredite.

(18)

PRECIOS (VALORES UNITARIOS)

RELACIÓN DE T.M. POR ZONA EN LA PROVINCIA DE SALAMANCA A EFECTO DE PRECIOS

ZONA I

COMARCA TERMINO MUNICIPAL

1 Vitigudino 4 Ahigal de Villarino

1 Vitigudino 14 Aldeadávila de la Ribera 1 Vitigudino 28 Almendra

1 Vitigudino 42 Barceo

1 Vitigudino 44 Barruecopardo 1 Vitigudino 58 Brincones

1 Vitigudino 64 Cabeza de Framontanos (Incluido en el 364)

1 Vitigudino 65 Cabeza del Caballo 1 Vitigudino 100 Cerezal de Peñahorcada 1 Vitigudino 106 Cipérez 1 Vitigudino 126 Espadaña 1 Vitigudino 153 Grandes 1 Vitigudino 165 Iruelos 1 Vitigudino 180 El Manzano 1 Vitigudino 184 Masueco 1 Vitigudino 190 Mieza 1 Vitigudino 191 El Milano 1 Vitigudino 243 La Peña

1 Vitigudino 248 Peralejos de Abajo 1 Vitigudino 249 Peralejos de Arriba 1 Vitigudino 250 Pereña de la Ribera 1 Vitigudino 262 Puertas

1 Vitigudino 275 Saldeana

1 Vitigudino 280 Sanchón de la Ribera 1 Vitigudino 302 Saucelle

(19)

ZONA I

COMARCA TERMINO MUNICIPAL

1 Vitigudino 337 Valderrodrigo 1 Vitigudino 340 Valsalabroso 1 Vitigudino 349 La Vídola 1 Vitigudino 350 Vilvestre

1 Vitigudino 360 Villar de Peralonso 1 Vitigudino 361 Villar de Samaniego 1 Vitigudino 364 Villarino de los Aires

1 Vitigudino 366 Villarmuerto ( incluye Villargordo) 1 Vitigudino 367 Villasbuenas

1 Vitigudino 376 Vitigudino

1 Vitigudino 381 La Zarza de Pumareda 2 Ledesma 19 Aldearrodrigo

2 Ledesma 27 Almenara de Tormes 2 Ledesma 30 Añover de Tormes 2 Ledesma 34 El Arco

2 Ledesma 116 Doñinos de Ledesma 2 Ledesma 120 Encina de San Silvestre 2 Ledesma 150 Gejuelo del Barro

2 Ledesma 151 Golpejas 2 Ledesma 167 Juzbado 2 Ledesma 170 Ledesma

2 Ledesma 186 La Mata de Ledesma 2 Ledesma 198 Monleras

2 Ledesma 226 Palacios del Arzobispo 2 Ledesma 283 Sando (de Santa Maria) 2 Ledesma 290 San Pedro del Valle 2 Ledesma 292 San Pelayo de Guareña 2 Ledesma 293 Santa María de Sando 2 Ledesma 299 Santiz

2 Ledesma 301 Sardón de los Frailes 2 Ledesma 329 Tremedal de Tormes 2 Ledesma 335 Valdelosa

(20)

ZONA I

COMARCA TERMINO MUNICIPAL

2 Ledesma 368 Villasdardo

2 Ledesma 369 Villaseco de los Gamitos

2 Ledesma 370 Villaseco de los Reyes (Incl. Campo de Ledesma)

2 Ledesma 379 Zamayón 2 Ledesma 380 Zarapicos 3 Salamanca 16 Aldealengua

3 Salamanca 17 Aldeanueva de Figueroa 3 Salamanca 20 Aldearrubia

3 Salamanca 31 Arabayona 3 Salamanca 33 Arcediano 3 Salamanca 38 Babilafuente

3 Salamanca 62 Cabezabellosa de la Calzada 3 Salamanca 67 Cabrerizos

3 Salamanca 69 Calvarrasa de Abajo 3 Salamanca 73 Calzada de Valdunciel 3 Salamanca 84 Carbajosa de la Armuña 3 Salamanca 85 Carbajosa de la Sagrada 3 Salamanca 92 Castellanos de Moriscos 3 Salamanca 93 Castellanos de Villiquera 3 Salamanca 110 Cordovilla

3 Salamanca 117 Doñinos de Salamanca 3 Salamanca 121 Encinas de Abajo 3 Salamanca 128 Espino de la Orbada 3 Salamanca 129 Florida de Liébana 3 Salamanca 130 Forfoleda

3 Salamanca 152 Gomecello 3 Salamanca 164 Huerta 3 Salamanca 175 Machacón

3 Salamanca 185 Mata de Armuña (la) 3 Salamanca 202 Monterrubio de Armuña 3 Salamanca 206 Moriñigo

3 Salamanca 207 Moriscos (incluido en el 92) 3 Salamanca 222 Negrilla de Palencia

(21)

ZONA I

COMARCA TERMINO MUNICIPAL

3 Salamanca 224 La Orbada

3 Salamanca 225 Pajares de la Laguna 3 Salamanca 229 Palencia de Negrilla 3 Salamanca 230 Parada de Arriba 3 Salamanca 231 Parada de Rubiales 3 Salamanca 238 Pedrosillo el Ralo

3 Salamanca 239 El Pedroso de la Armuña 3 Salamanca 240 Pelabravo

3 Salamanca 253 El Pino de Tormes 3 Salamanca 254 Pitiegua

3 Salamanca 274 Salamanca

3 Salamanca 278 San Cristobal de la Cuesta (Incluido en el 92)

3 Salamanca 288 San Morales

3 Salamanca 294 Santa Marta de Tormes 3 Salamanca 318 Tardáguila 3 Salamanca 323 Topas 3 Salamanca 327 Torresmenudas 3 Salamanca 338 Valdunciel 3 Salamanca 342 Valverdón 3 Salamanca 347 La Vellés

3 Salamanca 352 Villagonzalo de Tormes 3 Salamanca 354 Villamayor

3 Salamanca 362 Villares de la Reina 3 Salamanca 372 Villaverde de Guareña 3 Salamanca 375 Villoruela

4 P. Bracamonte 7 Alaraz 4 P. Bracamonte 12 Alconada

4 P. Bracamonte 22 Aldeaseca de la Frontera 4 P. Bracamonte 57 Bóveda del Río Almar 4 P. Bracamonte 77 El Campo de Peñaranda 4 P. Bracamonte 81 Cantalapiedra

(22)

ZONA I

COMARCA TERMINO MUNICIPAL

4 P. Bracamonte 174 Macotera 4 P. Bracamonte 178 Malpartida

4 P. Bracamonte 179 Mancera de Abajo 4 P. Bracamonte 215 Nava de Sotrobal 4 P. Bracamonte 228 Palaciosrubios

4 P. Bracamonte 232 Paradinas de San Juan 4 P. Bracamonte 246 Peñaranda de Bracamonte 4 P. Bracamonte 256 Poveda de las Cintas 4 P. Bracamonte 265 Rágama

4 P. Bracamonte 276 Salmoral

4 P. Bracamonte 296 Santiago de la Puebla 4 P. Bracamonte 317 Tarazona de Guareña 4 P. Bracamonte 324 Tordillos

4 P. Bracamonte 348 Ventosa del Río Almar 4 P. Bracamonte 351 Villaflores

4 P. Bracamonte 358 Villar de Gallimazo 4 P. Bracamonte 374 Villoria

4 P. Bracamonte 382 Zorita de la Frontera 6 Alba de Tormes 8 Alba de Tormes 6 Alba de Tormes 21 Aldeaseca de Alba 6 Alba de Tormes 29 Anaya de Alba 6 Alba de Tormes 35 Armenteros

6 Alba de Tormes 70 Calvarrasa de Arriba 6 Alba de Tormes 108 Coca de Alba

6 Alba de Tormes 114 Chagarcía Medianero 6 Alba de Tormes 118 Ejeme

6 Alba de Tormes 122 Encinas de Arriba 6 Alba de Tormes 141 Gajates

6 Alba de Tormes 144 Galisancho 6 Alba de Tormes 148 Garcihernández 6 Alba de Tormes 162 Horcajo Medianero 6 Alba de Tormes 169 Larrodrigo

6 Alba de Tormes 182 Martinamor 6 Alba de Tormes 216 Navales

(23)

ZONA I

COMARCA TERMINO MUNICIPAL

6 Alba de Tormes 235 Pedraza de Alba 6 Alba de Tormes 236 Pedrosillo de Alba 6 Alba de Tormes 247 Peñarandilla

6 Alba de Tormes 310 Sieteiglesias de Tormes 6 Alba de Tormes 322 Terradillos

6 Alba de Tormes 330 Valdecarros 6 Alba de Tormes 336 Valdemierque

ZONA II

(24)

RELACIÓN DE T.M. POR ZONA EN CATALUÑA A EFECTO DE PRECIOS

ZONA I

PROVINCIA COMARCA TERMINO MUNICIPAL

08 Barcelona Todas Todos

17 Girona Resto no incluidas en Zona II Resto no incluidos en Zona II 25 Lleida 3 Alt Urgell 100 Gosol

ZONA II

PROVINCIA COMARCA TERMINO MUNICIPAL

17 Girona 1 Cerdanyá Todos

25 Lleida

1 Vall D’arán Todos 2 Pallars-Ribagorza Todos

3 Alt Urgell Resto no incluidos en Zona I

4 Conca Todos

5 Solsones Todos 6 Noguera Todos

7 Urgell Resto no incluidos en Zona III 8 Segarra Todos

ZONA III

PROVINCIA COMARCA TERMINO MUNICIPAL

25 Lleida

7 Urgell 119 Juneda

9 Segriá Todos

10 Garrigues Todos 43 Tarragona Todas Todos

(25)

PRECIOS (VALORES UNITARIOS)

PARA EL TIPO DE CAPITAL:

(26)

PRECIOS

(VALORES UNITARIOS)

ESPECIE: 001 OVINO

002

CAPRINO

CÓDIGOS DE FACTORES: TIPO DE CAPITAL: 017 ANIMALES (€/Animal) REGIMEN: 001 INTENSIVO 002 SEMI-EXTENSIVO 003 EXTENSIVO GRUPO DE RAZAS: 001 LÁCTEAS 002 RESTO TIPO DE ANIMAL: 001 SEMENTALES 002 HEMBRAS REPRODUCTORAS 003 RECRÍA PUREZA: 001 PURA 002 NO PURA SISTEMA PRODUCCIÓN: 001 ECOLÓGICO 002 TRADICIONAL IGP: 001 SI 002 NO

(27)

ESPECIES: 001 OVINO Y 002 CAPRINO

TIPO DE CAPITAL: 017 ANIMALES

001 INTENSIVO 002 SEMI-EXTENSIVO 003 EXTENSIVO

Grupo de

Razas Tipo de Animal Pureza Sistema de Producción IGP Precio Mínimo Precio Máximo

001 Lácteo 001 Sementales 002 Hembras Reproductoras 001 Sí 001 Ecológico 001 Sí 88,0000 220,0000 002 No 88,0000 220,0000 002 Tradicional 001 Sí 88,0000 220,0000 002 No 80,0000 200,0000 002 No 001 Ecológico 001 Sí 62,0000 154,0000 002 No 62,0000 154,0000 002 Tradicional 001 Sí 62,0000 154,0000 002 No 56,0000 140,0000 003 Recría 001 Sí 001 Ecológico 001 Sí 56,0000 140,0000 002 No 56,0000 140,0000 001 Sí 56,0000 140,0000

(28)

ESPECIES: 001 OVINO Y 002 CAPRINO

TIPO DE CAPITAL: 017 ANIMALES

001 INTENSIVO 002 SEMI-EXTENSIVO 003 EXTENSIVO

Grupo de

Razas Tipo de Animal Pureza Sistema de Producción IGP Precio Mínimo Precio Máximo

001 Lácteo 003 Recría 002 No 001 Ecológico 001 Sí 40,0000 99,0000 002 No 40,0000 99,0000 002 Tradicional 001 Sí 40,0000 99,0000 002 No 36,0000 90,0000

(29)

ESPECIES: 001 OVINO Y 002 CAPRINO

TIPO DE CAPITAL: 017 ANIMALES

001 INTENSIVO 002 SEMI-EXTENSIVO 003 EXTENSIVO

Grupo de

Razas Tipo de Animal Pureza Sistema de Producción IGP Precio Mínimo Precio Máximo

002 Resto 001 Sementales 002 Hembras Reproductoras 001 Sí 001 Ecológico 001 Sí 53,0000 132,0000 002 No 53,0000 132,0000 002 Tradicional 001 Sí 53,0000 132,0000 002 No 48,0000 120,0000 002 No 001 Ecológico 001 Sí 33,0000 82,0000 002 No 33,0000 82,0000 002 Tradicional 001 Sí 33,0000 82,0000 002 No 30,0000 75,0000 003 Recría 001 Sí 001 Ecológico 001 Sí 32,0000 81,0000 002 No 32,0000 81,0000 001 Sí 32,0000 81,0000

(30)

ESPECIES: 001 OVINO Y 002 CAPRINO

TIPO DE CAPITAL: 017 ANIMALES

001 INTENSIVO 002 SEMI-EXTENSIVO 003 EXTENSIVO

Grupo de

Razas Tipo de Animal Pureza Sistema de Producción IGP Precio Mínimo Precio Máximo

002 Resto 003 Recría 002 No 001 Ecológico 001 Sí 20,0000 49,0000 002 No 20,0000 49,0000 002 Tradicional 001 Sí 20,0000 49,0000 002 No 18,0000 45,0000

(31)

PRECIOS

(VALORES UNITARIOS)

PARA EL TIPO DE CAPITAL:

015 RETIRADA Y DESTRUCCIÓN

(32)

PRECIOS

(VALORES UNITARIOS)

ESPECIES: 001 OVINOS

002

CAPRINOS

CÓDIGOS DE FACTORES: TIPO DE CAPITAL:

015 RYD ANIMALES (€/Animal)

REGIMEN:

001 INTENSIVO 002 SEMI-EXTENSIVO 003 EXTENSIVO

GESTORA (CASTILLA LA MANCHA Y EXTREMADURA):

001 SECANIM

002 FRANCISCO BARRUECO 003 GESUCAS

(33)

ESPECIES: 001 OVINO Y CAPRINO

TIPO DE CAPITAL: 015 RETIRADA Y DESTRUCCIÓN

001 INTENSIVO 002 SEMI-EXTENSIVO 003 EXTENSIVO

Grupo de Razas Tipo de Animal Ámbito Gestora Precio

001 Lácteas

002 Resto 004 Todos

CÓRDOBA: Comarca 01 Pedroches MÁLAGA: Comarca 01 Norte o Antequera

SEVILLA: Comarcas 01 Sierra Norte, 05 Campiña y 06 Sierra Sur

2 23,0000 7 23,0000

ANDALUCÍA: Resto del Ámbito

2 26,2500 7 26,2500

ARAGÓN 8,5000

ILLES BALEARS (Menorca) 64,0000

CANARIAS 32,5000

CANTABRIA 21,7500

CASTILLA LA MANCHA

1 11,0000 2 14,0000

(34)

ESPECIES: 001 OVINO Y CAPRINO

TIPO DE CAPITAL: 015 RETIRADA Y DESTRUCCIÓN

001 INTENSIVO 002 SEMI-EXTENSIVO 003 EXTENSIVO

Grupo de Razas Tipo de Animal Ámbito Gestora Precio

001 Lácteas

002 Resto 004 Todos

BURGOS 14,0000

LEÓN 18,0000

PALENCIA: Comarcas 02 Campos y 04 Boedo-Ojeda 20,0000

PALENCIA: Resto del Ámbito 21,0000

SALAMANCA: T.M. Zona I Comarcas 03 Salamanca y 04 P. Bracamonte 12,5000

SALAMANCA: T.M. Zona I Comarcas 01 Vitigudino, 02 Ledesma y

06 Alba de Tormes 13,5000

SALAMANCA: Zona II 12,0000

SEGOVIA 10,5000

SORIA 20,0000

VALLADOLID: Comarcas 01 Tierra de Campos 19,0000

(35)

ESPECIES: 001 OVINO Y CAPRINO

TIPO DE CAPITAL: 015 RETIRADA Y DESTRUCCIÓN

001 INTENSIVO 002 SEMI-EXTENSIVO 003 EXTENSIVO

Grupo de Razas Tipo de Animal Ámbito Gestora Precio

001 Lácteas

002 Resto 004 Todos

ZAMORA: Comarcas 01 Sanabria, 03 Aliste y 06 Duero Bajo 16,0000

ZAMORA: Resto de Comarcas 15,0000

CATALUÑA ZONA I 11,4500

CATALUÑA ZONA II 11,3500

CATALUÑA ZONA III 13,1800

EXTREMADURA 1 14,0000 2 13,0000 3 14,0000 4 14,0000 GALICIA 14,3000

(36)

ESPECIES: 001 OVINO Y CAPRINO

TIPO DE CAPITAL: 015 RETIRADA Y DESTRUCCIÓN

001 INTENSIVO 002 SEMI-EXTENSIVO 003 EXTENSIVO

Grupo de Razas Tipo de Animal Ámbito Gestora Precio

001 Lácteas 002 Resto 004 Todos MADRID 16,0000 MURCIA 19,2500 NAVARRA 15,0000 PRINCIPADO DE ASTURIAS 26,0000 COMUNIDAD VALENCIANA 12,0000

(37)

BONIFICACIONES Y RECARGOS

Se aplicará a los asegurados una bonificación o un recargo, en la prima comercial, en la cuantía y con los requisitos que se establecen en la Condición Especial 14ª.

Existen dos tablas, una por cada Grupo de Negocio.

En la página Web de Agroseguro, (Atención al Cliente/Consulta de Rendimientos, índices y otras medidas/Bonificaciones, recargos, rendimientos y otras medidas para Asegurados), se puede consultar la medida asignada en los dos últimos planes por el N.I.F. del asegurado.

SUBVENCIONES

T

SUBVENCIONES DE ENESA Y DE LAS COMUNIDADES

AUTÓNOMAS

Se encontrarán en la página Web de Agroseguro en usuarios registrados en el apartado Normas, Subvenciones y Recargos, en el punto denominado “Manual de Subvenciones” que incluyen:

• Subvenciones CC.AA.

• Subvenciones ENESA.

RECARGOS TARIFAS

T

RECARGO Y REASEGURO DEL CONSORCIO DE

COMPENSACIÓN DE SEGUROS

Se encontrarán en la página Web de Agroseguro, en acceso usuarios registrados en el apartado Normas, Subvenciones y Recargos, en el punto denominado “Recargo y Reaseguro del Consorcio” que incluyen:

(38)

PAGO

El pago de la prima única podrá efectuarse de alguna de las dos siguientes formas:

A) Al contado

El pago se realizará por el tomador del seguro, en el plazo de suscripción establecido por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, mediante ingreso directo o transferencia bancaria a favor de la cuenta de Agroseguro Agrícola, abierta en la entidad de crédito que, por parte de Agroseguro, se establezca en el momento de la contratación.

B) Fraccionada

Se podrá acceder a esta forma de pago, cuando en el momento de suscribir la declaración de seguro, se cumplan los siguientes requisitos:

- El seguro debe tener un coste a cargo del tomador, igual o superior a 300 €. - El asegurado debe tener el correspondiente aval afianzado de la Sociedad

Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA), por una cuantía que debe cubrir al menos el importe de las siguientes fracciones.

El asegurado elegirá como desea el Fraccionamiento:

9 En dos fracciones.

Indicará en el campo Fraccionamiento, uno de estos códigos, dependiendo de cuando desea se le pase al cobro el segundo pago:

003 2º PAGO A TRES MESES 006 2º PAGO A SEIS MESES 009 2º PAGO A NUEVE MESES 012 2º PAGO A DOCE MESES

9 En cuatro fracciones

Indicará en el campo Fraccionamiento el siguiente código:

(39)

El primer pago se corresponderá al menos con el 10 % del importe del coste del seguro a cargo del tomador más el total de la cuantía que corresponda por el fraccionamiento y el aval, que serán abonados en el mismo momento de la suscripción del seguro, siendo de aplicación todo lo especificado para el pago al contado.

Si el aval afianzado no alcanzara el total de las siguientes fracciones, el exceso por encima del importe avalado se descontará de las siguientes fracciones y deberá ser abonado en la primera fracción, de forma que en este caso no se entenderá abonada la primera fracción ni tendrá efecto el pago, si el total recibido de la primera fracción no contiene las sumas de las cuantías señaladas en el párrafo anterior y el exceso por encima del importe avalado.

Los siguientes pagos, dependerán del fraccionamiento elegido:

En dos fracciones: la segunda y última fracción, no podrá superar el 90% del importe del coste de seguro a cargo del tomador, que será pagado mediante recibo y se pasará a cobro en el plazo elegido por el asegurado:

En cuatro fracciones: las siguientes fracciones no podrán superar el 90 % del importe del coste del seguro a cargo del tomador, que serán pagados mediante recibos que se presentarán al cobro en los plazos de 90, 180 y 270 días. Cada uno estos pagos no superarán el 30%.

Ver Condición Especial 16ª

T

PAGO DOMICILIADO

9 El Asegurado si fracciona el pago deberá domiciliarlo. Esto conlleva que tanto el pago y cobro de primas (regularizaciones), se realizarán en la cuenta del destinatario indicado Se deberá especificar: - Pago Domiciliado: - “S” SI - Destinatario de la Domiciliación: - “A” Asegurado

(40)

9 El caso de no fraccionar el pago, podrá domiciliarlo igualmente. Se deberá especificar: - Pago Domiciliado: - “S” SI - Destinatario de la Domiciliación: - “A” Asegurado - “T” Tomador - “O” Otros

En caso de no indicar la cuenta, la domiciliación se realizará automáticamente en la cuenta que figura en el colectivo.

(41)

PAGO FRACCIONADO: SI PAGO FRACCIONADO: NO

PAGO DOMICILIADO: SI PAGO DOMICILIADO: SI

CCC

A

PAGO FRACCIONADO: SI PAGO FRACCIONADO: NO

PAGO DOMICILIADO: SI PAGO DOMICILIADO: NO

CCC

A

MODALIDAD RENOVABLE: NO

MODALIDAD RENOVABLE: SI

* En caso de no indicar la cuenta, la domiciliación se realizará

automáticamente en la cuenta que figura en el colectivo

CCC * T O A PAGO DOMICILIADO: SI CCC * T O A

PAGO FRACCIONADO: SI PAGO FRACCIONADO: NO

(42)

ANEXO I

CALIFICACIONES DE SANEAMIENTO

NUEVOS ASEGURADOS

Para poder elegir las Garantías Adicionales de Saneamiento Ganadero por Brucelosis, Pastos Estivales y Pastos Invernales, las calificaciones que deben tener en las Explotaciones son:

COBERTURAS CÓD. CALIFICACIÓN

Saneamiento Ganadero por Brucelosis Pastos Estivales

Pastos Invernales

031 M4 032 M3

RENOVACIONES

Los asegurados que renueven pueden contratar con cualquier calificación de saneamiento teniendo en cuenta que se consideran renovaciones, aquellos asegurados que teniendo contratada la misma Garantía en el plan anterior, realiza la nueva contratación en un plazo no superior a 30 días.

COBERTURAS CÓD. CALIFICACIÓN

Saneamiento Ganadero por Brucelosis Pastos Estivales Pastos Invernales 031 M4 032 M3 033 M2- 034 M2+ 035 Ms 036 Mr

(43)

CALIFICACIÓN SANITARIA

NUEVOS ASEGURADOS

Para poder elegir la Garantía Adicional de Saneamiento Ganadero por Tuberculosis para explotaciones Caprinas, las calificaciones que deben tener en las Explotaciones son:

COBERTURAS CÓD. CALIFICACIÓN

Saneamiento Ganadero por Tuberculosis 010 C3

RENOVACIONES

Los asegurados que renueven pueden contratar con cualquier calificación sanitaria teniendo en cuenta que se consideran renovaciones, aquellos asegurados que teniendo contratada la Garantía en el plan anterior, realiza la nueva contratación en un plazo no superior a 30 días.

COBERTURAS CÓD. CALIFICACIÓN

Saneamiento Ganadero por Tuberculosis

010 C3 011 C2- 012 C2+ 013 Cs 014 Cr

(44)

ANEXO II

PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE PRECIOS ESPECIALES

SEGUROS RYD – PLAN 2016

Para el Plan 2016 está previsto que se puedan pactar condiciones particulares de precios por diversos motivos: el gran tamaño de las explotaciones o concentración de las mismas (pertenencia a ADS), etc. Para ello se establece un procedimiento regulador que incluye los pasos a seguir en estos casos.

I. Formalización de documento de Condiciones particulares

Se incluye el Modelo que posibilita, a la explotación asegurada, la aplicación de un precio inferior al máximo establecido en una determinada Comunidad Autónoma, previo pacto expreso entre el ganadero interesado y la Gestora correspondiente.

En la Declaración de Seguro, en el concepto “Condiciones particulares”, se indicará el código correspondiente, en función del motivo o de quién realiza las negociaciones para el pacto de precios:

1 Pacto expreso de precio

2 ADS

3 Cooperativa/Asociación

Igualmente, en el Documento de Condiciones Particulares se relacionarán los NIF/CIF, Nombre, Código REGA y Especies de las explotaciones afectadas, a la vez que el precio de recogida pactado.

Se dará un precio por explotación, pudiendo convivir diferentes precios en la misma póliza.

El precio de retirada pactado deberá tener como máximo 4 decimales (€/kilo). Será de aplicación para pólizas del Plan 2016.

Firma: El documento de Condiciones Particulares debe ser firmado por las dos partes:

• El Ganadero (en caso de persona jurídica el representante legal) o el representante legal de la ADS, Cooperativa o Asociación, con su Nombre, NIF y sello (en caso de persona jurídica)

(45)

• El representante legal de la Empresa Gestora, con su Nombre, NIF y sello de la Empresa.

No firma el Tomador; cada ganadero puede contratar con la Entidad que desee aunque el pacto de precio con la Gestora lo haya efectuado una ADS, por ejemplo.

El pacto se firma quedándose un original el asegurado, otro original la gestora y el original escaneado debe enviarse a Agroseguro mediante correo electrónico a la siguiente dirección: [email protected] .

Se admitiría una única negociación de precio por póliza en el Plan 2016.

Si el pacto y firma de la Condiciones Particulares es anterior a la formalización de la póliza:

Con el documento de Condiciones particulares y la póliza de seguro cumplimentada se procederá a su pago, y se remitirá a la Central de Agroseguro.

Para calcular los Valores Unitarios de aseguramiento, se tendrán que tener en cuenta los pesos de subproducto de referencia indicados en la Norma de contratación.

Una vez validada por Producción y Estudios se emite la póliza. La aplicación de los nuevos precios acordados comienza una vez que se emite la póliza.

Si el pacto y firma de la Condiciones Particulares es posterior a la formalización de la póliza:

Si estas condiciones particulares se pactan una vez esté suscrito el seguro, la fecha de efecto será la de la firma de este documento, siempre que se reciba en el plazo que permita su realización.

La copia del documento se debe remitir a Agroseguro en un plazo máximo de los 7 días siguientes a su firma, mediante correo electrónico, a la dirección indicada anteriormente.

(46)

CONDICIONES PARTICULARES

REUNIDOS

Por una parte D... con DNI... que actúa en su nombre, o en representación de...domicilio en...y con CIF...en representación del ganadero.

De otra parte D... con NIF…... que actúa en calidad de representante de la Empresa Gestora ... con CIF... domicilio en ... y con poder suficiente para este acto.

ACUERDAN

Que los precios de retirada pactados para el Plan 2016 son los que se indican a continuación:

Si fuera necesario se utilizaría relación anexa

Nombre, NIF/CIF ADS, Cooperativas Nombre, CIF de la Empresa Gestora

y/o Asociaciones (1).

(1) En caso de personas jurídicas, ADS, Cooperativas y/o Asociaciones, debe firmar el representante legal. El asegurado guardará el original de este documento acreditativo del precio pactado con la gestora con el fin de poder acreditar dicho acuerdo en caso de resultar necesario a solicitud de Agroseguro o la Empresa gestora. La Empresa Gestora deberá tener otro original.

Ambas partes firman el presente documento por duplicado en prueba de su conformidad.

D/Dña... D/Dña... En representación de la Empresa Ganadera, En representación de la Empresa Gestora

ADS, Cooperativa y/o Asociación Firma Firma Fecha de firma: NIF/CIF NOMBRE CÓD. REGA ESPECIE PRECIO DE RETIRADA NEGOCIADO

(47)

MARCAR EL MOTIVO O GESTOR DE LA NEGOCIACIÓN:

Pacto Expreso de Precios.

El ganadero ha pactado directamente el precio con la Empresa Gestora

ADS

La ADS, en nombre de los socios, pacta el precio con la Empresa Gestora

Documentación adicional: Listado con los socios afectados por la negociación de precios

Cooperativas/Asociaciones

La Cooperativa o las Asociaciones Ganaderas, en nombre de sus socios, pactan el precio con la Empresa Gestora

Documentación adicional: Listado con los socios afectados por la negociación de precios

INDICACIONES Y ACLARACIONES ADICIONALES:

Si las condiciones particulares se pactan y firman antes de la suscripción del seguro, el precio se aplicará en el momento de la contratación a el/los ganadero/s, Códigos REGA y especies, relacionados en este documento.

Si estas condiciones particulares se pactan una vez esté suscrito el seguro, la fecha de efecto será la de la firma de este documento, siempre que se reciba en el plazo que permita su realización.

El original escaneado de este documento, debe ser remitido a Agroseguro, en los 7 días siguientes a su firma, mediante correo electrónico, a la siguiente dirección: [email protected]

Sólo se admitirán unas condiciones particulares de precios pactados por póliza.

IMPORTANTE: No se podrá negociar precios en la C.A. de Castilla la Mancha. Las gestoras sólo podrán establecer condiciones particulares en el ámbito que les corresponde a efectos del seguro agrario.

CÁLCULO DE VALORES UNITARIOS PARA LA CONTRATACIÓN.

Se multiplicará el precio de retirada negociado, que se recoge en este documento, por el peso de subproducto de referencia correspondiente a la especie/régimen/grupo de razas de la que se trate.

ESPECIE REGIMEN GRUPO RAZAS PESO (Kg/animal)

001 Ovino Todos Todos

50

002 Caprino Todos Todos

Referencias

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