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1. DATOS GENERALES DEL SOLICITANTE Nombre Completo R.T.N. o No. de identidad. Beneficiario:

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SOLICITUD DE FIANZA DE FIDELIDAD 1. DATOS GENERALES DEL SOLICITANTE

Nombre Completo R.T.N. o No. de identidad

Estado Civil: Soltero

Casado

No. De dependientes

Fecha de Nacimiento:

Nombre Completo del Cónyuge Fecha de Nacimiento:

Dirección de Cobros

Barrio o Colonia Calle o Avenida Bloque Casa No. Ciudad o Municipio Departamento

Otra referencia:

Teléfono Fax e mail Apto. Postal

Vigencia: Desde: Hasta:

Suma Afianzada: Beneficiario:

2. LUGAR DE TRABAJO

Patrono Teléfono:

Posición o Cargo Tiempo de Servicio: Ingreso Mensual Profesión u Oficio: ¿Tienea su cargo o bajo su custodia dinero o algún otro tipo de valores? Si

No ¿Hasta por qué cantidad? L.

Patrono del cónyuge Teléfono:

Posición o Cargo del Cónyuge

MENCIONE LOS EMPLEOS DESEMPEÑADOS DURANTE LOS ÚLTIMOS 5 AÑOS Desde Mes Año Desde Mes

Año Lugar de Empleo Causa de Separación Teléfono Tiempo de Servicio: Ingreso Mensual Profesión u Oficio:

3. INFORMACIÓN FINANCIERA Casa: Alquilada Alquiler: L.

Familiar Propia

¿Está asegurada? Si No Compañía: Vehículo Propio: Si No Marca: ¿Está asegurado? Si No Compañía:

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ESTADOS FINANCIEROS PERSONALES (INCLUYENDO EL CÓNYUGE)

INGRESOS MONTO EGRESOS MONTO

Sueldo Base Mensual Alimentación

Comisiones Ropa

Ingresos Cónyuge Medicina

Alquiler de propiedades Servicios Públicos

Servicios profesionales Educación

Préstamos

Alquiler

Otras cuentas por pagar

Otros ingresos*

Total Total

Disponibilidad Mensual: L._________________________________ Ingresos - Egresos

ACTIVO MONTO PASIVO MONTO

Caja y Bancos Cuentas por pagar

Acciones Préstamos por pagar

Bienes y Raíces* Hipotecas

Automóvil Otros*

Otros activos* Total Pasivo

Cuentas por cobrar* Capital y Reserva

Total activo Total Pasivo y Capital

*Detallar en hoja aparte 4. REFERENCIAS

Mencione 5 familiares que no vivan con usted que puedan dar referencia suya Parentesco Teléfono 1.

2. 3. 4 5.

Mencione 5 personas particulares que puedan dar referencia suya (No incluya a parientes, ex jefes ni compañeros de trabajo) Nombre Lugar de Trabajo Dirección Residencial Teléfonos

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BANCOS Y ASOCIACIONES DONDE TIENE CUENTAS Y/O DEPÓSITOS

Nombre No. De cuenta Clase de cuenta Saldo a la fecha

REFERENCIAS BANCARIAS O COMERCIALES DONDE TENGA O HAYA TENIDO CRÉDITO

Nombre Monto Mínimo Saldo actual Garantía Otorgada

PÓLIZAS DE SEGUROS VIGENTES A LA FECHA

Clase de seguro No. De póliza Compañía de seguros Suma Asegurada Beneficiario

BIENES RAÍCES REGISTRADOS A SU NOMBRE (SI ES NECESARIO ADJUNTAR HOJA)

Ubicación Exacta Valor del Inmueble Gravámenes

LUGARES DONDE HA VIVIDO LOS ÚLTIMOS CINCO AÑOS Desde

Mes Año

Hasta

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6. CUESTIONARIO

¿Se dedica a operaciones especulativas? Si No

¿De qué índole? Ha estado alguna vez sujeto a un proceso judicial?Si No ¿Dónde?

Concepto: Monto: L.

¿Ha sido declarado alguna vez en estado de insolvencia? Si No ¿Cuándo?

¿Es fiador o aval de algún afianzado en esta compañía de seguros o en algún banco, cooperativa, etc...?

Si No

Institución:

Nombre del Afianzado: Monto: L.

En caso de que Seguros del País, S.A. otorgue la Fianza solicitada y como consecuencia de ella, de sus modificaciones o prórrogas, tenga que pagar alguna reclamación derivada de cualquier responsabilidad contractual que legalmente sea establecida, me comprometo a reintegrar todo lo que por ese concepto haya quedado cubierto, así como los gastos y costas que la reclamación del beneficiario haya originado, debiendo además indemnizarlo con el pago de intereses a la tasa vigente del sistema financiero al momento del pago, sobre el importe de toda las erogaciones en que incurra.

Aún cuando Seguros del País, S.A. realice algún pago sin consentimiento expreso no me opondré su derecho de recuperación y pagos mencionados en la cláusula anterior, las excepciones que se hubieren podido hacer ante el acreedor al tiempo de efectuar el pago.

Seguros del País, S.A. tendrá derecho a suspender la vigencia que expida o a cancelarla de conformidad con la ley en cualquier momento que lo estime conveniente sin que para ello sea necesaria la expresión de causa. Certifico que la información suministrada por el suscrito en esta solicitud es correcta y veraz asimismo por medio de la presente autorizo y faculto a Seguros del País, S.A. para que pueda obtener de cualquier fuente, incluyendo la Central de Riesgos de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, cualquier información que juzgue necesaria. Así mismo estoy de acuerdo que la misma permanezca como propiedad de Seguros del País, S.A. ya sea que se otorgue o no la (s) Fianza (s).

7. OBLIGACIONES DEL SOLICITANTE

8. GARANTÍAS OFRECIDAS PARA ESTA SOLICITUD

Tipo: Fiduciarias Hipotecarias Prendarias Otras Detalle:

Nombre del aval Dirección Teléfono

Lugar y Fecha

Nombre del Solicitante Puesto Firma

Para uso de Seguros del País, S.A.

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VI.- Para efecto de las condiciones que anteceden, el Beneficiario se obliga, a proceder con toda diligencia contra el Fiado, Civil o Criminalmente, presentando la demanda, denuncia o acusación, según el caso; a proceder a la ratificación de la querella, ante las autoridades competentes; a entregar a la Fiadora copia certificada de la misma; y a otorgar representación suficiente al Abogado, que designe la Fiadora para que prosiga la acción que se intente contra el Fiado.

Todos los gastos derivados del juicio respectivo, posteriores a la demanda o querella, correrán por cuenta de la Fiadora si esta optare por continuar dicho juicio. El Beneficiario, se obliga asimismo, a proporcionar a la Fiadora todos los elemento de prueba que esta solicite y que tenga por objeto comprobar la responsabilidad del Fiado.

VII.- La obligación de Fiadora no podrá exceder de la cantidad estipulada en esta Fianza, aún cuando la responsabilidad del Fiado para reparar el daño, fuere mayor.

VIII.- La Fiadora no será responsable de conformidad con esta Fianza, si se comprueba que el producto del delito cometido por el Fiado, ha sido utilizado para pagar al Beneficiario algún adeudo preexistente o que el hecho fue cometido por este último.

IX.- En caso que las perdidas pecuniarias sufridas por el Beneficiario con motivo de la infidelidad del Fiado, fueren superiores al monto de la garantía otorgada mediante esta Fianza, cualquier cantidad que llegare a recuperarse después del aviso a que se refiere la Cláusula I, se aplicará primero a cubrir el importe total pagado por la Fiadora y si resultare algún excedente en la recuperación, se entregará al Beneficiario.

Deduciéndose los gastos a que se refiere la Cláusula VI.- Se considerará como daño para la Fiadora, el monto de

las cantidades que conforme a esta Fianza hubiere pagado al Beneficiario.- Si el pago no se hubiere efectuado todavía por la Fiadora, la aplicación se hará para disminuir el monto de su responsabilidad.

X.- La Fiadora puede dar por terminada la responsabilidad de esta Fianza, sin expresión de causa, mediante notificación al Beneficiario, y en tal caso, cesará la responsabilidad de la Fiadora por hechos imputables al Fiado, que se produzcan después de la notificación.

En este caso, si la prima hubiese sido pagada por el Beneficiario, la Fiadora devolverá a éste, la parte de la prima no devengada, correspondiente al tiempo que falte para la terminación de la vigencia estipulada en esta Fianza o en su última renovación, si la hubiere.

XI.- El Beneficiario podrá asimismo, dar por terminada esta Fianza por medio del aviso escrito a la Fiadora, indicando la fecha de tal terminación.- Recibido el aviso, la Fiadora hará devolución de la prima no devengada, conforme a la tabla de devolución a corto plazo que detalla en la presente cláusula.- No habrá lugar a devolución alguna, si la Fiadora

FIANZA DE FIDELIDAD.- La responsabilidad de la “Fiadora” comprende los casos en que el (los) fiado (s) por sí o en conveniencia con otro(s) robe(n), defraude(n), estafe(n), hurte(n) o cometa(n) otro(s) acto(s) delictuoso(s) contra la propiedad del Beneficiario o los bienes que éste le(s) haya confiado (en los términos del Código Penal) mientras esté(n) en el o los puestos citados en la carátula o en cualquier otro, previo aviso del Beneficiario y aceptación de la Fiadora del cambio de puesto, en ambos casos por escrito.

La vigencia de esta Fianza se iniciará y terminará en la fecha indicada en las condiciones particulares de la misma, también concluirá en la fecha que el Beneficiario descubra una pérdida cubierta por esta Fianza, separe al (los) Fiado(s) de su servicio, lo cambie de cargo o empleo sin previa aceptación de la Fiadora, concluya el período por el cual fue pagada la prima por adelantado sin que haya renovado esta Fianza, o la Fiadora la dé por concluida por convenir a sus intereses, de acuerdo con las disposiciones de la cláusula X de las Condiciones Generales.

I.- El Beneficiario deberá dar aviso por escrito a la Fiadora en sus oficinas principales en la Ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., o en cualquier oficina autorizada dentro de los tres (3) días hábiles al descubrimiento de los hechos que hagan presumir la comisión por parte del Fiado de uno o varios delitos amparados por esta Fianza.- Esta fianza solo podrá ser reclamada dentro de vigencia natural, caso contrario no tendrá valor ni efecto

II.- El Beneficiario deberá presentar su reclamación por escrito en las oficinas de la Fiadora en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., o en cualquier oficina autorizada dentro de los treinta (30) días calendario siguientes al descubrimiento de los hechos a que se refiere la cláusula anterior, expresando todas las circunstancias en que se funde su reclamación y proporcionar todos los informes y datos pertinentes que tenga en su poder.

III.- La Fiadora hará el pago de la reclamación al Beneficiario dentro de los términos a que se refiere el artículo No.1140 del Código de Comercio, contados a partir de la fecha en que se presente la reclamación conforme a la cláusula que antecede.

El Beneficiario permitirá a la Fiadora la inspección de libros y cuentas que tengan relación con la responsabilidad que se reclame a fin que pueda establecerse la procedencia de la reclamación.

IV.- La falta de cumplimiento por parte del Beneficiario de lo estipulado con respecto a la reclamación e inspección de libros y cuentas, interrumpirá el término a que se refiere la condición anterior.

V.- Si la Fiadora, en los términos de la condición III, hiciera pago de la probable responsabilidad del Fiado(s) sin que hubiera sentencia firme en contra de este, dicho pago estará supeditado a que la referida sentencia sea condenatoria y en caso contrario, el Beneficiario hará devolución a la Fiadora del pago que ésta hubiere efectuado, dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha en que quede firme la sentencia absolutoria a favor del Fiado.

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por periodos sucesivos de vigencia, es decir, que para cada período de afianzamiento la responsabilidad de la Fiadora por hechos ocurridos durante este lapso, queda limitada a la vigencia de la Fianza o de sus posteriores renovaciones separadamente.

XV.- Las acciones del Beneficiario en contra de la Fiadora, prescribirán en tres (3) años, conforme a la Artículo No.1156 del Código de Comercio vigente.

XVI.- Arbitraje.- No obstante cualquier estipulación en contrario contenida en esta Fianza, queda entendido y convenido que todo evento de litigio proveniente de la interpretación y cumplimiento de la garantía que la misma representa, será sometido a juicio arbitral de equidad, como requisito indispensable que debe agotarse para que las partes puedan dirimir sus diferencias en los Tribunales de Justicia.- Para el efecto, si las partes se pusieren de acuerdo en la designación de un solo árbitro, la persona por ellos designada conocerá y fallará la controversia en concepto de arbitro único; en caso contrario, cada parte nombrará un arbitro, los cuales nombrarán un tercer arbitro en caso de discordia para que dirima la controversia.- Los árbitros emitirán su laudo a su leal saber y entender, sin someterse a formas legales ni ajustarse a derecho en cuanto al fondo.- Si no hubiere acuerdo en el nombramiento del tercer árbitro, este será nombrado por el Juez competente a solicitud del Beneficiario o de la Fiadora.- Los honorarios de los árbitros nombrados por las partes, correrán a cargo de quien los nombre; los honorarios del tercer árbitro, así como los costos y gastos que se originaren con motivo del arbitraje, serán a cargo de la Fiadora y el Beneficiario por partes iguales.

XVII.- DEDUCIBLE.- El Afianzado pagará al Beneficiario, el 5% de cada siniestro a que tenga derecho de acuerdo a ésta póliza.

XVIII.- La Fiadora no gozará del Beneficio de Excusión a que se refiere el Código Civil de la República de Honduras, y para la interpretación y cumplimiento que esta póliza representa, se somete expresamente a la jurisdicción de los Tribunales de la Ciudad de San Pedro Sula, Departamento de Cortés.

ha efectuado algún pago con cargo a esta Fianza o si se encuentra pendiente un reclamo contra la misma.

XII.- Si el Beneficiario desea aumentar el monto de la Fianza, lo solicitará por escrito a la Fiadora y esta contestará igualmente por escrito dentro de los quince (15) días siguientes a la recepción de la solicitud, en el entendido que si no lo hace así, se entenderá rechazada.- En caso de aceptación de la solicitud de aumento de la suma afianzada, esta Fianza quedará modificada solamente en lo que se refiera dicha suma mediante el endoso respectivo, continuando todas las demás cláusula sin modificación alguna.

XIII.- Cuando por cualquier causa haya terminado esta Fianza, el Beneficiario dispondrá de un término de treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha de tal terminación, para presentar a la Fiadora el reclamo por cualquier responsabilidad cubierta por esta Fianza ocurrido durante su vigencia, y transcurrido este término la Fianza se considerará cancelada y sin ningún valor ni efecto.

XIV.- Las renovaciones que se concedan a la presente Fianza, mediante el pago de las primas correspondientes, no hacen que la responsabilidad de la Fiadora se acumule

Hasta 10 días De 10 días a 1 mes De 1 mes a 1.5 de mes De 1.5 de mes a 2 meses De 2 meses a 3 meses De 3 meses a 4 meses De 4 meses a 5 meses De 5 meses a 6 meses De 6 meses a 7 meses De 7 meses a 8 meses De 8 meses a 9 meses De 9 meses o más 15% 25% 30% 35% 45% 60% 70% 75% 80% 85% 90% 100%

VIGENCIA DE LA FIANZA ANUAL APLICABLE% DE PRIMA

Lugar y Fecha:

Intermediario:

Firma del Solicitante Puesto del Solicitante Nombre del Solicitante

o o o

Representante legal según escritura o poder de representación poder de representación poder de representación

Aprobado por Fecha

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Referencias

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