GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NUEVO LEÓN
PERIÓDICO OFICIAL
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TOMO CXLII Monterrey, Nuevo León, Lunes 28 de Marzo de 2005 NÚM. 37
SUMARIO
AVISOS JUDICIALES Y GENERALES... 2-12
JUZGADO NOVENO DE LO FAMILIAR MONTERREY, N.L., 1ER. EDICTO EXPEDIENTE NÚMERO
716/2004………. 2 JUZGADO DÉCIMO DE LO FAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO MONTERREY,
N.L., 1ER. EDICTO EXPEDIENTE JUDICIAL NÚMERO 0361/04……… 3
JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO MONTERREY,
N.L., 1ER. EDICTO EXPEDIENTE NÚMERO 1774/2004……….. 4
JUZGADO SEGUNDO MENOR SAN NICOLÁS DE LOS GARZA, N.L., 1ER. EDICTO EXPEDIENTE
JUDICIAL NÚMERO 218/2004………... 5
JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DUODÉCIMO DISTRITO JUDICIAL CHINA, N.L., 1ER.
EDICTO EXPEDIENTE NÚMERO 35/2005……… 6
JUZGADO SEXTO DE LO FAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO MONTERREY,
N.L., 1ER. EDICTO EXPEDIENTE JUDICIAL NÚMERO 1946/2004………... 7-8 JUZGADO OCTAVO DE LO FAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO MONTERREY,
N.L., 1ER. EDICTO EXPEDIENTE JUDICIAL NÚMERO 1169/2004………... 9
JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DÉCIMO SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL CHINA, N.L.,
EDICTO EXPEDIENTE NÚMERO 53/2005……… 10
JUZGADO DÉCIMO PRIMERO DE LO FAMILIAR MONTERREY, N.L., 1ER. EDICTO EXPEDIENTE
NÚMERO 2056/04……… 11-12
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E D I C T O
AL C. MARIO ALBERTO GAMEZ LOPEZ Domicilio: Ignorado
Por auto de fecha 29 veintinueve de abril del año 2004 dos mil cuatro, dentro de los autos del expediente número 716/2004, se admitió a tramite en el Juzgado Noveno de lo Familiar del Primer Distrito Judicial del Estado, el JUICIO ORDINARIO CIVIL SOBRRE DIVORCIO NECESARIO promovido por ELIZABETH SERRATO TOVIAS en contra MARIO ALBERTO GAMEZ LOPEZ, ordenándose mediante proveído de fecha 2 dos de diciembre del 2004 dos mil cuatro, emplazar al demandado MARIO ALBERTO GAMEZ LOPEZ, por medio de edictos que se publicarán por 3-tres veces consecutivas en el Periódico Oficial, Boletín Judicial y el Periódico El Porvenir los cuales se editan en esta Entidad, a fin de que acuda ante esta Autoridad dentro del término de 9-nueve días a producir su contestación a la demanda instaurada en su contra y a oponer las excepciones y defensas de su intención si las tuviere. Aclaración hecha de que la notificación realizada en esta forma surtirá sus efectos a los 10-diez días contados desde el siguiente al de la última publicación del edicto que se ordena, quedando en la Secretaría del Juzgado a disposición de la parte reo, las copias de traslado de la demanda, interrogatorio y documentos acompañados debidamente sellados y rubricados por la Secretaría de éste Juzgado para su debida instrucción. Por otra parte, acorde con lo preceptuado por el artículo 68 del Código Adjetivo Civil, se previene a la parte demandada a fin de que señale domicilio para el efecto de oír y recibir notificaciones en cualquiera de los municipios de Apodaca, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolás de los Garza, San Pedro Garza García y Santa Catarina, Nuevo León, apercibida de que de no hacerlo las subsecuentes notificaciones de carácter personal se harán por medio de los estrados de éste Juzgado. DOY FE
MONTERREY, NUEVO LEON A 21 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 EL C. PRIMER SECRETARIO DEL JUZGADO NOVENO DE LO FAMILIAR DEL
PRIMER SISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO.
RUBRICA
Orden No. 355-28-30-1
EDICTO
A LA C. LILA MARTHA GUARDIOLA GUEL.
DOMICILIO: IGNORADO.
Con fecha 08- ocho de Marzo del año 2004- dos mil cuatro, se admitió a trámite el expediente judicial número 0361/04, relativo al JUICIO ORDINARIO CIVIL SOBRE DIVORCIO NECESARIO promovido por JORGE ARMANDO CRUZ RADA, en su carácter de Apoderado Legal del Ciudadano DANTE ANIVAL ZAMORES OJEDA, en contra de LILA MARTHA GUARDIOLA GUEL, y con fecha 13- trece de Mayo del año 2004- dos mil cuatro, se tuvo a la parte actora ampliando el escrito inicial de demanda, ordenándose mediante auto de fecha 15- quince de Diciembre del año 2004- dos mil cuatro, emplazar a la demandada por medio de edictos que se publicarán por tres veces consecutivas tanto en el Periódico Oficial, Boletín Judicial y el Periódico El Porvenir, que se editan en la capital del Estado, a fin de que dentro del improrrogable término de 9- nueve días acuda al local de este Juzgado Décimo de lo Familiar del Primer Distrito Judicial en el Estado a producir su contestación y a oponer las excepciones y defensas de su intención si las tuviere. Aclaración hecha de que la notificación realizada en esta forma comenzará a surtir sus efectos a los 10- diez días contados desde el siguiente al de la última publicación, quedando en la Secretaría de este juzgado a disposición de la parte demandada, las copias de traslado de la demanda y demás documentos acompañados, para su debida instrucción. Por otra parte, acorde con lo preceptuado por el artículo 68 del Código Procesal Civil en vigor, prevéngase a la parte demandada LILA MARTHA GUARDIOLA GUEL a fin de que señale domicilio para el efecto de oír y recibir notificaciones dentro de la circunscripción territorial de este órgano jurisdiccional, apercibida de que en caso de no hacerlo así las subsecuentes notificaciones de carácter personal se le harán por medio de los estrados de este juzgado.- MONTERREY, NUEVO LEÓN A 04- CUATRO DE FEBRERO DEL AÑO 2005 DOS MIL CINCO.-
CIUDADANA SECRETARIO DEL JUZGADO DÉCIMO DE LO FAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO.
RUBRICA
LICENCIADA PERLA MARINA GÓNGORA DÍAZ
Orden No. 356-28-30-1
E D I C T O
A LA C. SUSANA GALLEGOS GARCÍA.
DOMICILIO IGNORADO
El día 24-veinticuatro de febrero del año 2005-dos mil cinco, se admitió a trámite en éste Juzgado Primero de lo Familiar del Primer Distrito Judicial del Estado, bajo el expediente número 1774/2004, relativo al JUICIO ORDINARIO CIVIL SOBRE DIVORCIO NECESARIO, promovido por RAUL RICARDO CANTU GUZMÁN, en contra de SUSANA GALLEGOS GARCIA; Al efecto, con fundamento en el artículo 73 del Ordenamiento Procesal en Consulta, se ordena emplazar a la parte demandada SUSANA GALLEGOS GARCIA, por medio de edictos que se publicarán por tres veces consecutivos tanto en el Periódico Oficial, Boletín Judicial y en el Periódico “El Porvenir” que se editan en la Ciudad, a fin de que en el término de 9-nueve días ocurra al local de éste Juzgado a producir su contestación y a oponer sus excepciones y defensas legales de su intención, aclaración hecha de que la notificación realizada de esta forma surtirá sus efectos a los diez días contados desde el día siguiente al de la última publicación del edicto, quedando en la secretaría del Juzgado a su disposición de la parte reo, las copias de traslado de la demanda y documentos acompañados, para su debida instrucción; apercibiéndole para que señale domicilio para el efecto de oír y recibir notificaciones en cualquiera de los municipios a saber: Apodaca, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolás de los Garza, San Pedro Garza García y Santa Catarina, Nuevo León de no hacerlo así las subsecuentes notificaciones se le harán por medio de la tabla de avisos de este juzgado, lo anterior de conformidad con el artículo 68 del Código adjetivo de la materia.
MONTERREY, NUEVO LEON A 07 DE MARZO DEL 2005.-
EL CIUDADANO SECRETARIO DEL JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO.
LICENCIADO FERMIN CORTEZ RIVERA. RÚBRICA.
Orden No. 357-28-30-1
EDICTO
AL C. GERENTE O REPRESENTANTE LEGAL DE IMPULSADORA EL CANADA, S.A. DE C.V..- DOMICILIO IGNORADO.
En fecha 19-diecinueve de enero del 2004-dos mil cuatro, se radicó en el Juzgado Segundo Menor de San Nicolás de los Garza, Nuevo León, el expediente judicial número 218/2004, relativo a las DILIGENCIAS PRELIMINARES DE CONSIGNACION promovidas por ANTONIO ROMERO PINALES VIUDA DE TORRES a favor de IMPULSADORA EL CANADA, S.A. DE C.V. de quien se desconoce su domicilio ordenándose por auto de fecha 23-veintitrés de Febrero del 2005-dos mil cinco, la publicación de edictos por tres veces consecutivas, tanto en el Periódico Oficial del Estado, Boletín Judicial y en el Periódico El Porvenir, emplazándose al C. GERENTE O REPRESENTANTE LEGAL DE IMPULSADORA EL CANADA, S.A. DE C.V. para que comparezca ante éste recinto judicial por medio de su Representante en día y hora hábil a efecto de que reciba o vea depositar la cantidad de $129.10 (CIENTO VEINTINUEVE PESOS 00/100 M. N.), que el C. ANTONIA ROMERO PINALES VIUDA DE TORRES consigna a su favor a través del Certificado de Depósito número 03588204, expedido por la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado. Ahora bien y de conformidad con lo dispuesto por el articulo 68 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, prevéngasele a la demandada a fin de que señale domicilio para los efectos de oír y recibir notificaciones en alguno de los municipios en los que tiene competencia este Tribunal, apercibidos de que en caso de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones de carácter personal se harán por medio de la tabla de avisos que para tal efecto se lleva en este Juzgado. DOY FE.- San Nicolás de los Garza, Nuevo León a 04-cuatro del 2005-dos mil cinco. RUBRICAS.
C. SECRETARIO DEL JUZGADO SEGUNDO MENOR DE SAN NICOLAS DE LOS GARZA, NUEVO LEON
LIC. CESAR AUGUSTO DIAZ GONZALEZ
RUBRICAS
Orden No. 365-28-30-1
EDICTO
A LA C.
MAYRA PATRICIA DE LA FUENTE LIMAS.
DOMICILIO IGNORADO
Con fecha 15-quince de febrero del presente año, se radicó en este Juzgado bajo el expediente número 35/2005, el JUICIO ORDINARIO CIVIL SOBRE DIVORCIO NECESARIO, promovido por JOSÉ GUADALUPE SEGURA NIÑO, en contra de USTED, notificándosele en esta forma de acuerdo al artículo 73 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, a fin de que dentro del término de 9 -nueve días, ocurra al local de este Juzgado a contestar la demanda intentada en su contra.- Este edicto se publicará por tres veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado, en el Porvenir y en el Boletín Judicial del Estado, que se editan en la Ciudad de Monterrey, Nuevo León, surtiendo efectos la notificación a los diez días contados a partir de la última publicación del edicto, quedando a su disposición en este Juzgado las copias para el traslado de la demanda.
SUFRAGIO EFECTIVO NO REELECCION CHINA NUEVO LEON A MARZO 08 DEL 2005.
LA C. SECRETARIO DEL JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DECIMO SEGUNDO
DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO
LIC. EMMA LETICIA ZAVALA NUÑEZ
RUBRICA
Orden No. 368-28-30-1
Edicto No 33520
AL C. RUPERTO SOLIS PEÑA CON DOMICILIO EN. IGNORADO.
En fecha 09-nueve de Febrero del año 2005-dos mil cinco se dicto una auto dentro de los autos que integran el expediente judicial numero 1946/2004 relativo al JUICIO ORDINARIO CIVIL SOBRE DIVORCIO NECESARIO que promueve VIRGINIA ALEYDA PEINADO AVILA en contra de RUPERTO SOLIS PEÑA, ordenándose el emplazamiento a la parte reo por medio de edictos que se publiquen por tres veces consecutivas en el periódico El Porvenir, así como también en el Boletín Judicial y el Periódico oficial que se edita en esta Ciudad, a fin de que dentro del termino de 09-nueve días conteste lo que a sus intereses legales convenga y oponga las excepciones y defensas de su intención, en la inteligencia, que la notificación hecha de esta manera, surtirá sus efectos a los 10- diez días contados desde el siguiente al de la ultima publicación.
Quedando así en la Secretaria de este Juzgado copia simple de la demanda y documentos acompañados a fin de que se imponga de ellos. Así mismo se le previenen al demandado a fin de que en su escrito de contestación señale domicilio para el efecto de oír y recibir notificaciones de conformidad con lo establecido en el numeral 68 del ordenamiento Procesal en consulta ya que en el supuesto de no hacerlo así las subsecuentes notificaciones de carácter personal se le practicaran por medio de la Tabla de Avisos que para el efecto se lleva en este Juzgado. DOY FE.-
Monterrey, Nuevo León a 18 Febrero del año 2005.-DOY FE.-
C. SECRETARIO DEL JUZGADO SEXTO FAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO.
LICENCIADO JOSE ALFREDO CAVAZOS LOPEZ RUBRICA
Orden No. 370-28-30-1
EDICTO AL C. RODRIGO RAMIREZ TOSCANO
DOMICILIO: IGNORADO.
Fecha 13-trece de Septiembre del año 2004-dos mil cuatro, se admitió a tramite el expediente judicial numero 1169/2004, relativo al JUICIO ORDINARIO CIVIL SOBRE DIVORCIO NECESARIO promovido por CRISTINA VEGA GARCIA en contra de RODRIGORAMIREZ TOSCANO, ordenándose emplazar al demandado RAMÍREZ TOSCANO por medio de edictos que se publicaran por tres veces consecutivas tanto en el Periódico Oficial, Boletín Judicial y el Periódico El Provenir, que se edita en la capital del Estad, a fin de que dentro del improrrogable termino de 09-nueve días acuda al local de este juzgado a producir su contestación y a oponer las excepciones y defensas de su intención si las tuviere. Aclaración hecha de que la notificación realizada en esa forma comenzara a surtir sus efectos a los DIEZ días contados desde el siguiente al de la ultima publicación quedando en la Secretaria de este Juzgado a disposición de la parte reo, las copias de traslado de la demanda y demás documentos acompañados, para su debida instrucción. Así mismo, prevéngase al aludido demandado RAMÍREZ TOSCANO, a fin de que señale domicilio para el efecto de oír y recibir notificaciones en los términos del articulo 68 del Ordenamiento Procesal en consulta, apercibido de que en caso de no hacerlo así las subsecuentes notificaciones de carácter personal se le harán por medio de instructivos que se fijan en los estrados de este juzgado; ello de conformidad con lo establecido en el articulo 73 del Código Procesal en cita .- DOY FE.-
MONTERREY, NUEVO LEON A 26 DE ENERO DEL AÑO 2005.-
C. SECRETARIO DEL JUZGADO OCTAVO DE LOFAMILIAR DELPRIMER DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO.
LIC. NORA PATRICIA GARZA VILLANUEVA.
Rubrica.
Orden No. 371-28-30-1
EDICTO
Con fecha 16-dieciséis de marzo del 2005- Dos mil cinco, se admitió a tramite en este Juzgado el expediente numero 53/2005, relati vo al JUICIO DE INTESTADO A BIENES – DE PLACIDO CANTU, MARIA DEL ROSARIO GRACIA CANTU, EULALIO ---- CANTU GRACIA, PAULA RIOS GARZA -- DE CANTU, ROSARIO CANTU RIOS Y - - PETRA FLORES CANTU, denunciado por - - MARIA SANTOS CANTU FLORES Y - - - - OTROS, ordenándose publicar un edicto por – Una sola vez, tanto en el Periódico Oficial del – Estado,en el Porvenir de la Ciudad de Monterrey Nuevo León y en el Boletín Judicial del Estado, Conforme al diverso 819 del Código de Procedi- mientos Civiles en vigor, convocando para que – los que se crean con derecho a la herencia, - -- - ocurran a este Juzgado a deducirlo en el término- de 30-treinta días contados desde la fecha de la – publicación del edicto.
“SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION”
CHINA, NUEVO LEON, MARZO 16 DE 2005 LA C. SECRETARIO DEL JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DECIMO SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO.
Rubrica
LIC. EMMA LETICIA ZAVALA NUÑEZ
Orden No. 383-28-30-1
Edicto No. 33738
AL C. JUVENTINO RUIZ VEGA: DOMICILIO IGNORADO En fecha
03- tres de Marzo del año 2005- dos mil cinco, se admitió a trámite el expediente número 2056/04 relativo del JUICIO ORDINARIO CIVIL SOBRE DIVORCIO NECESARIO promovido por MARÍA MAGDALENA RIVERA AGUILAR en contra de JUVENTINO RUIZ VEGA, en el cual se ordenó emplazar al demandado a través de la publicación de edictos, mismos que se publicaron por 3 – tres veces consecutivas tanto en el periódico oficial como en el periódico el Porvenir, así como en el boletín Judicial del Estado que se edita en la Entidad, a fin de que dentro del termino de 9 – nueve días acuda al local de este juzgado, a producir contestación a la demanda instaurada en su contra, oponiendo las excepciones y defensas legales de su intención, quedando para tal efecto, a disposición de la parte reo la copia simple de demanda y documentación acompañada a la misma, debidamente selladas y requisitazas por la Secretaría de este Juzgado, en este H. recinto oficial.- En el entendido, que dicha notificación surtirá sus efectos a los 10- diez días, contados desde el siguiente al de la última publicación efectuada. Así mismo prevéngase ala parte demandada a fin de que señale domicilio convencional para efecto de oír y recibir todo tipo de notificaciones en algunos de los municipios referidos en el primer párrafo del artículo 68 del Código de
Procesal Civil de la Entidad, apercibiendo a dicha persona que en caso de no hacerlos así , las subsecuentes notificaciones de carácter personal , se le realizarán por medio de instructivo fijado en la tabla de avisos que para tal efecto se lleva en este juzgado, ello atento a lo establecido por los artículos 68 y 73 del Código Adjetivo a la materia – DOY FE – MONTERREY, NUEVO LEÓN A 15- QUINCE DE MARZO DEL AÑO 2005- DOS MIL CINCO,
RUBRICA
Orden No. 384-28-30-1