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Academic year: 2022

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(1)

memoria

instalación contra incendios

(2)

1.  Antecedentes ... 1 

2.  Objeto ... 1 

3.  Situación ... 1 

4.  Promotor ... 1 

5.  Normativa y legislacion aplicable ... 2

6.  Descripción del edificio ... 42

7.  Clasificacion y ambito de aplicación ... 5 

8.  Sectores de incendio... 6 

9.  Resistencia al fuego exigible a los elementos constructivos ... 9 

10.  Cálculo de la ocupación ... 11 

11.  Evacuación ... 13 

a.  Número de salidas y longitud de los recorridos de evacuación ... 13 

b.  Dimensionado de los medios de evacuación ... 15 

c.  Señalización de los medios de evacuación ... 20 

12.  Instalaciones de proteccion contra incendios ... 21 

1.  Detección Automática de incendios. ... 23 

i.  Central de Alarma ... 24 

ii.  Detectores de humo. ... 24 

iii.  Red de transmisión. ... 25 

2.  Pulsadores de alarma. ... 26 

3.  Extintores portátiles ... 27 

4.  Alumbrado de emergencia ... 27 

5.  Iluminación de las señales de seguridad ... 29 

13.  Intervención de los bomberos ... 30 

14.  Resistencia al fuego de la estructura ... 30 

15.  Sistema de ventilación ... 302 

16.  Seguridad de utilización. ... 33 

17.  Fuentes de energía. ... 337 

(3)

1.

Antecedentes

A petición del Instituto Canario de la Vivivenda se redacta el presente proyecto como instrumento documental para legalizar las obras de acondicionamiento de la instalación eléctrica de un edificio de 16 viviendas y planta con plazas de aparcamiento y trasteros.

2.

Objeto

De acuerdo con las condiciones establecidas en la Normativa Vigente, se estudiará, a través del presente documento, las características técnicas que deberá poseer el edificio de 16 viviendas y plazas de aparcamiento, en los aspectos relacionados con la instalación de protección contra incendios.

Este proyecto Técnico cosnta de los siguietes documentos:

MEMORIA

ANEXOS

ESTUDIO BASICO DE SEGURIDAD Y SALUD

PLIEGO DE CONDICIONES TECNICAS PARTICULARES

PRESUPUESTO

PLANOS

3.

Situación

El edificio objeto del proyecto se encuentra en la C/ Jameos, U.A. El Cristo 2, parcelas P05A y P05B del T.M. de Ingenio en la isla de Gran Canaria.

En el plano de situación se aprecia la ubicación exacta del edificio con respecto a las restantes vías.

4.

Promotor

El promotor de este proyecto de edificio de 16 viviendas y una planta de garajes

es el Instituto Canario de la Vivienda del Gobierno de Canarias.

(4)

5.

Normativa y legislacion aplicable

Las instalaciones que comprende este proyecto se diseñarán y ejecutarán de acuerdo con las siguientes normativas:

ORDEN de 31 de mayo de 1982 por la que se aprueba la ITC MIE-AP5 referente a extintores de incendios que figura como anexo a la presente Orden; haciendo obligatorias las normas UNE 62.080 y 62.081, relativas al cálculo, construcción y recepción de botellas de acero con o sin soldadura para gases comprimidos, licuados o disueltos, que complementa el Real Decreto 1244/1979, de 4 de abril. Reglamento de aparatos a presión.

ORDEN 26 de octubre de 1983, por la que se modifican los artículos 2, 9 y 10 de la Instrucción Técnica Complementaria ITC-MIE-AP5 del Reglamento de Aparatos a Presión relativo a extintores de incendio. BOE de 07-11-83.

ORDEN 31 de mayo de 1985, por la que se modifica la Instrucción Técnica Complementaria ITC-MIE-AP5 del Reglamento de Aparatos a Presión relativo a extintores de incendio. BOE de 20-06-85.

REAL DECRETO 473/1988, de 30 de marzo, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la directiva del Consejo de las Comunidades Europeas 76/767/CEE sobre aparatos a presión.

ORDEN de 15 de noviembre de 1989, por la que se modifica la Instrucción Técnica Complementaria MIE-AP5 del Reglamento de Aparatos a Presión, referente a extintores portátiles de incendios.

LEY 21/1992, de 16 de julio, de Industria. BOE núm. 176 de 23 de julio.

REAL DECRETO 1942/1993 de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios. (BOE núm. 298 de 14 de diciembre de 1993) y corrección en BOE núm. 109 de 7 de mayo de 1994.

LEY 31/1995, de 8 de noviembre de prevención de riesgos laborales; modificaciones por Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales e instrucción para la aplicación de la misma BOE. 8-03-96.

(5)

REAL DECRETO 2177/1996 de 4 de octubre, por el que se aprueba la Norma Básica de la Edificación NBE-CPI/96. Condiciones de Protección Contra Incendios en los Edificios. BOE de 29-10-96.

REAL DECRETO 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo.

REAL DECRETO 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.

REAL DECRETO 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de Seguridad y Salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.

REAL DECRETO 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de Seguridad y Salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.

REAL DECRETO 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.

ORDEN de 16 de abril de 1998 sobre normas de procedimiento y desarrollo del Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios y se revisa el anexo 1 y los apéndices del mismo.

ORDEN 10 de marzo de 1998, por la que se modifica la Instrucción Técnica Complementaria ITC-MIE-AP-5 sobre extintores de incendios del Reglamento de Aparatos a Presión.

REAL DECRETO 614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico, y resto de normativa aplicable en materia de prevención de riesgos.

Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de lugares de trabajo, que adopta la norma UNE 12464.

REAL DECRETO 842/2002, de 2 de agosto de 2002, por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión e Instrucciones Técnicas Complementarias.

REAL DECRETO 312/2005, de 18 de marzo, por el que se aprueba la clasificación de los productos de construcción y de los elementos constructivos en función de sus propiedades de reacción y de resistencia frente al fuego. BOE 02/04/2005

(6)

REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, del Mº de Vivienda por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación. Documento “CTE-DB-SI Seguridad en caso de Incendio”.

BOE 28/03/2006.

REAL DECRETO 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia.

ORDEN de la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías, 25 de mayo de 2007, sobre instalaciones, aparatos y sistemas contra incendios, instaladores y mantenedores de instalaciones (Boletín Oficial de Canarias núm. 119 de 15 de junio de 2007)

ORDENANZAS municipales, en materia contra incendios del Ayuntamiento correspondiente.

Normas UNE.

Reglas Técnicas CEPREVEN.

6.- Descripcion del edificio

El edificio objeto de este proyecto consta de tres plantas una bajo rasante y dos sobre el nivel de la calle.

En la planta sótano se encuentran 16 plazas de garaje y sus respectivos trasteros.

Tanto la planta baja como la planta primera se destinan a viviendas siendo su distribución y superficies la que se indican en la siguiente tabla:

Nivel Usos S útil (m2)

Planta sótano

Rampa de acceso 38,75

CB

16 plazas de aparcamiento 244,00

Trasteros 124,05 Zonas de circulación de

coches

161,10 Zonas de circulación de

peatones

46,35

Cuarto de basuras 22,50

Caja de escaleras y vestíbulo

13,05 Cuarto de instalaciones 126,05 Ascensor y vestíbulo 13,95

Total de superficie planta sótano 789,80

(7)

Planta baja

PP Patio principal 137

A aSCENSOR 2,70

Vivienda 1A Vivienda 1 Dormitirio 4,70 Vivienda 1B Vivienda 2 Dormitirio 55,50 Vivienda 1C Vivienda 2 Dormitirio 58,30 Vivienda 1D Vivienda 2 Dormitirio PMR 61,20 Vivienda 1E Vivienda 3 Dormitirio 72,60 Vivienda 1F Vivienda 3 Dormitirio 75,60 Vivienda 1G Vivienda 3 Dormitirio 80,60 Vivienda 1H Vivienda 3 Dormitirio 85,10

CC C. Comunidad 35,80

NC N. Comunicaciones 9,10

CI Cuarto de instalaciones 5,60

Total de superficie planta baja 721,80

Planta primera

PP Pasillos

70,95

A Ascensor

2,70

Vivienda 2A Vivienda 1 Dormitorio

44,80

Vivienda 2B Vivienda 2 Dormitorio

56,70

Vivienda 2C Vivienda 2 Dormitorio

57,60

Vivienda 2D Vivienda 3 Dormitorio

74,00

Vivienda 2E Vivienda 3 Dormitorio

76,50

Vivienda 2F Vivienda 3 Dormitorio

76,40

Vivienda 2G Vivienda 3 Dormitorio

80,60

Vivienda 2H Vivienda Tutelada 5

Dormitorio

119,60

NC N. Comunicaciones

7,30

CI Cuarto de instalaciones

5,60

Total de superficie planta primera 672,75

Total de superficie útil del edificio 2.184,35

7. Clasificacion y ambito de aplicación

Dentro del ámbito del edificio que nos ocupa, una correcta clasificación de los locales que lo compone nos permitirá establecer cuales precisan de alguna consideración especial en cuanto al diseño de las instalaciones de protección contra incendios, elementos de sectorización, condiciones de evacuación, etc.

(8)

A efectos del Documento Básico de Seguridad en caso de Incendio, deben tenerse en cuenta, que a los edificios con principalmente viviendas se les debe aplicar las condiciones particulares del uso RESIDENCIAL VIVIENDA.

8. Sectores de incendio

El edificio de viviendas objeto del presente proyecto consta de un solo edificio de tres plantas, en el que todas las dependencias interiores están comunicadas entre sí o con pasillos y distribuidores comunes.

A la hora de establecer los distintos sectores de incendios definidos en el proyecto se han tenido en cuenta las consideraciones que al respecto realiza CTE, Documento Básico de seguridad en caso de incendio, para cada uno de los usos definidos en el proyecto, es decir, Residencial Vivienda.

La superficie construida de todo sector de incendio de uso Residencial Vivienda no debe exceder de 2.500 m2.

Sectores de Incendio:

Denominación Nivel Sector/ Zona

S.I. 1 -1 Garaje

S.I. 2 0 Resto del edificio ( planta baja y planta primera)

Según la tabla 1.2 del CTE, Documento Básico de seguridad en caso de incendio, SI 1, propagación interior, para uso residencial vivienda y sector sobre rasante en edificio con altura de evacuación menor a 15 m la resistencia al fuego de las paredes, techos y puertas que delimitan el sector serán de EI 60.

Para el uso de aparcamiento de la planta sótano la resistencia al fuego de paredes, techos y puertas que delimitan este sector de incendio será de EI 120.

Nombre del Sector: Garaje

(9)

Uso previsto Aparcamiento

Situación Planta de sótano con altura de evacuación

h= 2,80 m< 28m

Superficie construida 475,45 m2

Resistencia al fuego de las paredes y techos que delimitan el secor de incendio

Paredes:

EI 120

Techos:

REI 120 Puertas de paso de los sectores de incendio EI260 REI260

Nombre del Sector: Viviendas

Uso previsto Residencial vivienda

Situación Planta rasante y primera con altura de

evacuación h= 3,15 m< 15m

Superficie 1.394,55 m2

Resistencia al fuego de las paredes y techos que delimitan el secor de incendio

Paredes:

EI 60

Techos:

REI 60 Puertas de paso de los sectores de incendio EI230 REI230

Atendiendo a la tablas 2.1 del CTE, Documento Básico de seguridad en caso de incendio, SI 1, propagación interior, definimos el riesgo de los locales y zonas que pueden tener consideración de riego especial:

CLASIFICACIÓN DE LOS LOCALES Y ZONAS DE RIESGO ESPECIAL INTEGRADOS EN EDIFICIOS

Uso previsto del edificio o establecimiento - Uso del local o zona

Tamaño del local o zona

S = superficie construida V = volumen construido

Riesgo bajo Riesgo medio Riesgo alto En cualquier edificio o establecimiento:

- Talleres de mantenimiento, almacenes de elementos 100<V≤ 200 m3 200<V≤ 400 m3 V>400 m3

(10)

combustibles (p. e.: mobiliario, lencería, limpieza, etc.) archivos de documentos, depósitos de libros, etc.

- Almacén de residuos. 5<S≤15 m2 15<S ≤30 m2 S>30 m2

- Aparcamiento de vehículos de hasta 100 m2. En todo caso

- Cocinas según potencia instalada P. 20<P≤30 kW 30<P≤50 kW P>50 kW - Lavanderías. Vestuarios de personal. Camerinos. 20<S≤100 m2 100<S≤200 m2 S>200 m2 - Salas de calderas con potencia útil nominal P. 70<P≤200 kW 200<P≤600 kW P>600 kW - Salas de máquinas de instalaciones de climatización

(UTAs, climatizadores y ventiladores). En todo caso - Salas de maquinaria

frigorífica.

Refrigerante amoniaco. En todo caso

Refrigerante halogenado. P≤400 kW P>400 kW - Almacén de combustible sólido para calefacción. En todo caso - Local de contadores de electricidad. En todo caso

- Centro de transformación (Aparatos con aislamiento dieléctrico seco o líquido con punto de inflamación

mayor que 300ºC). En todo caso

- Sala de maquinaria de ascensores. En todo caso Residencial Vivienda:

- Trasteros. 50<S≤100 m2 100<S≤500 m2 S>500 m2

Administrativo:

- Imprenta, reprografía y locales anejos, tales como almacenes de papel o de publicaciones, encuadernado, etc.

100<V≤200 m3 200<V≤500 m3 V>500 m3

Pública concurrencia:

- Taller o almacén de decorados, de vestuario, etc. 100<V≤200 m3 V>200 m3

En el caso del proyecto que nos ocupa estas zonas de riesgo especial son las identificadas en la siguiente tabla:

Uso del local de Riesgo Especial

S = Superficie (m2) V = Volumen (m3)

Riesgo

Resistencia al fuego del elemento compartimentador

y sus puertas Almacén de residuos (22,5 m2) 15< S ≤30 MEDIO EI 120 (2x EI2 30-

C5) Trasteros individuales (S <30 m2) 50 < S ≤ 100 m2 BAJO EI 90 (EI2 45-C5)

(11)

Cuarto Instalaciones V=14m3<100 BAJO EI 90 (EI2 45-C5)

Sala de Máquinas En todo caso BAJO EI 90 (EI2 45-C5)

Contadores eléctricos En todo caso BAJO EI 90 (EI2 45-C5)

Según la tabla 2.2 del CTE, Documento Básico de seguridad en caso de incendio, SI 1, los locales atendiendo a su riesgo tendrán las siguientes condiciones:

CONDICIONES DE LAS ZONAS DE RIESGO ESPECIAL INTEGRADAS EN EDIFICIOS

Característica Riesgo bajo Riesgo medio Riesgo alto

Resistencia al fuego de la estructura portante. R 90 R 120 R 180 Resistencia al fuego de las paredes y techos que

separan la zona del resto del edificio. EI 90 EI 120 EI 180

Vestíbulo de independencia en cada

comunicación de la zona con el resto del edificio. -

Puertas de comunicación con el resto del edificio. EI2 45-C5 2 x EI2 30-C5 2 x EI2 30-C5 Máximo recorrido de evacuación hasta alguna

salida del local. ≤ 25 m ≤ 25 m ≤ 25 m

Hay que considerar que el tiempo de resistencia al fuego no debe ser menor que el establecido para la estructura portante del conjunto del edificio.

- Cuando el techo separe de una planta superior debe tener al menos la misma resistencia al fuego que se exige a las paredes, pero con la característica REI en lugar de EI, al tratarse de un elemento portante y compartimentador de incendios. En cambio, cuando sea una cubierta no destinada a actividad alguna, ni prevista para ser utilizada en la evacuación, no precisa tener una función de compartimentación de incendios, por lo que solo debe aportar la resistencia al fuego R que le corresponda como elemento estructural.

9. Resistencia al fuego exigible a los elementos constructivos

Los materiales previstos en la construcción han de ser tales que garanticen en todo momento unas condiciones óptimas, superando con creces las mínimas establecidas por la normativa vigente.

La estructura proyectada es la conformada por pilares de hormigón, cuyo canto no es inferior a 25 cm que según la tabla C.2. del anejo C, del documento básico de seguridad en caso de incendio, tiene resistencia al fuego R90, si adeás las paredes son revestidas con yeso en ambas

(12)

caras se obtine el R120 de las dependencias de riesgo medio de forma que cumplan con lo exigible.

Los elementos delimitadores son los muros perimetrales de bloques de hormigón de 12 ó 20 cm de espesor, revestidos con mortero de yeso o cemento en ambas caras, consiguiendo una resistencia al fuego característica superior a EI-180.

Los revestimientos de techos y paredes en zonas ocupables han de ser C-s2, d0, mientras que en los locales de riesgo espcial, archivo - almacén, B-s1,d0.

Los revestimientos de suelos en zonas ocupables han de ser EFL, mientras que en los locales de riesgo especial, archivo - almacén, BFL-s1.

La distribución de las diferentes puertas con resistencia al fuego se detallan en los correspondientes planos de la instalación contra incendio.

Los elementos constructivos, decorativos y de mobiliario tendrán que cumplir con las condiciones de reacción al fuego establecidos en la tabla 4.1 del CTE DB-SI, que se muestra a continuación:

Reacción al fuego: Respuesta de un material medida en términos de su contribución al desarrollo del mismo por la propia combustión, en condiciones específicas de ensayo.

CLASIFICACIÓN EUROPEA PRINCIPAL DE REACCIÓN AL FUEGO DE LOS MATERIALES (RD 312/2005 Y LA NORMA UNE-EN 13501 1:2002)

A1 No Combustible Sin contribución en grado máximo al fuego A2 No Combustible Sin contribución en grado menor al fuego

B Combustible Contribución muy limitada al fuego C Combustible Contribución limitada al fuego D Combustible Contribución media al fuego E Combustible Contribución alta al fuego F Sin clasificar

CLASIFICACIÓN EUROPEA ADICIONAL DE REACCIÓN AL FUEGO DE LOS MATERIALES (RD 312/2005 Y LA NORMA UNE-EN 13501 1:2002)

Opacidad de los humos, s (smoke): incorpora conceptos de velocidad de propagación y producción total de humos.

s1 Baja

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s2 Media

s3 Alta

Caída de gotas o partículas inflamadas, d (drop)

d0 Nula

d1 Media

d2 Alta

10. Cálculo de la ocupación

Para calcular la ocupación deben tomarse los valores de densidad de ocupación que se indican en la tabla 2.1 de la sección SI 3 del CTE, en función de la superficie útil de cada zona, salvo cuando sea previsible una ocupación mayor o bien cuando sea exigible una ocupación menor en aplicación de alguna disposición legal de obligado cumplimiento, como puede ser en el caso de establecimientos hoteleros, docentes, hospitales, etc.

DENSIDADES DE OCUPACIÓN

Uso previsto Zona, tipo de actividad Ocupación (m2/persona) Cualquiera Zonas de ocupación ocasional y accesibles únicamente a efectos

de mantenimiento: salas de máquinas, locales para material de limpieza, aseos de planta, etc.

Ocupación nula

Residencial Vivienda

Plantas de vivienda 20

Administrativo Plantas o zonas de oficinas 10

Vestíbulos generales y zonas de uso público 2

Docente Conjunto de la planta o del edificio 2

Locales diferentes de aulas, como laboratorios, talleres, gimnasios, salas de dibujo, etc.

5

Aulas (excepto de escuelas infantiles) 1,5

Aulas de escuelas infantiles y salas de lectura de bibliotecas 2 Pública

concurrencia

Zonas destinadas a espectadores sentados: sin asientos definidos

en el proyecto 0,5

Zonas de público sentado en bares, cafeterías, restaurantes, etc. 1,5

CLASES DE REACCIÓN AL FUEGO DE LOS ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS Situación del elemento Revestimientos

De techos y paredes De suelos

Zonas ocupables C-s2,d0 EFL

Pasillos y escaleras protegidos B-s1,d0 CFL-s1

Recintos de riesgo especial B-s1,d0 BFL-s1

Espacios ocultos no estancos:

patinillos, falsos techos, suelos

elevados, etc. B-s3,d0 BFL-s2

(14)

Zonas de servicio de bares, restaurantes, cafeterías, etc. 10 Archivos,

almacenes 40

Aparcamiento Vinculado a una actividad sujeta a horarios. Comercial.

Espectáculos, oficinas, etc

15

En otros casos 40

A continuación se detalla el cálculo de ocupación diferenciando la actividad que se lleva a cabo en cada una de las plantas que compone el edificio:

Cálculo de la ocupación del edificio de viviendas y garajes

Dependencia Superficie

(m2) Uso

Densidad de ocupación (m2/persona)

Ocupación

Planta -1

01 Escaleras + vestíbulo 13,05 Vestíbulos generales 2 3

02 Ascensor + vestíbulo 13,95 Vestíbulos generales 2 3

03 Cuarto de instalaciones eléctrica,

teleco 126,05 Ocupación Ocasional 0 0

04 Garaje 475,45 Uso aparcamiento 40 12

05 Rampa de Garaje 38,75 Ocupación Ocasional 0 0

06 Trasteros 124,05 Ocupación Ocasional 0 0

07 Cuarto de basuras 22,05 Ocupación Ocasional 0 0

TOTAL PLANTA -1 18

Planta 0

01 Planta de viviendas 721,80 Planta de viviendas 20 36

TOTAL PLANTA 0 36

Planta 1

01 Planta de viviendas 672,75 Vestíbulos generales 20 34

TOTAL PLANTA 1 34

TOTAL OCUPACIÓN EDIFICIO 88

La ocupación total del edificio es de 88 personas.

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11. Evacuación

Se entiende por evacuación la acción de desalojar de forma organizada y planificada las diferentes dependencias del centro cuando ha sido declarada una emergencia dentro del mismo (incendio, amenaza de bomba…)

A continuación se incluyen algunas consignas a seguir para su organización, que deben transmitirse a los diferentes usuarios del centro:

La señal de alarma para la evacuación será de forma manual, bien a través de megafonía, señales acústicas, etc.

Las vías de evacuación deben permanecer en todo momento libres de obstáculos.

Cada zona tendrá asignado un orden de desalojo que deberá ser desde las plantas inferiores hasta las superiores, y desde las estancias más cercanas a la escalera hasta las más alejadas preferentemente, o bien atendiendo al flujo de personal sea canalizado proporcionalmente entre el número de escaleras y salidas de evacuación existentes.

Los diferentes grupos esperarán siempre la orden de salida.

Se verificará que no queda nadie en ninguna de las dependencias de la planta.

Las dependencias desalojadas serán marcadas con una silla o un objeto diferente a un extintor delante de la puerta (Señal de dependencia desalojada).

Si la dependencia es el origen de la emergencia se marcará con un extintor delante de la puerta (Señal de dependencia siniestrada).

Nadie se rezagará para recoger objetos personales.

Se bajará en orden, al lado de la pared, rápido pero sin correr ni atropellarse.

Se conservará la calma.

a. Número de salidas y longitud de los recorridos de evacuación

Vía de evacuación es el recorrido horizontal o vertical que, a través de las zonas comunes del edificio, debe seguirse desde cualquier punto del interior hasta la salida al exterior.

Para el cálculo de las vías de evacuación se considerará que el edificio tiene una ocupación de 88 personas.

(16)

El edificio dispone de una salida en el nivel 0, correspondiente a la planta que se encuentra a nivel de la calle.

Nombre de la planta o recinto

Uso del recinto

Longitud máxima según DB-SI hasta salida de planta

Longitud máxima hasta salida de planta en el proyecto

Longitud máxima según DB-SI a un punto en que existan al menos dos recorridos alternativos

Longitud máxima a un punto en que existan al menos dos recorridos alternativos en proyecto

Garaje Aparcamiento 35m 34,50m 35m -

Viviendas Planta baja

Residencial vivienda

50 m por disponer de dos

salidas

30,93 m (salida

de planta) 25m 20,53 m

Viviendas

Planta alta Residencial

vivienda 25m 15,80 m (salida

de planta) - -

Las vías de evacuación están marcadas en los planos mediante flechas que indicarán la dirección y el sentido de la evacuación.

También sería conveniente la colocación de copias de estos planos de las vías de evacuación en diferentes puntos del centro. En ellas se señalará asimismo la localización del lugar de ubicación de quien las esté consultando.

A continuación se incluye un ejemplo de las señales a utilizar:

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b. Dimensionado de los medios de evacuación

b.1. Puertas, pasos y pasillos

La anchura libre A en m de las puertas, pasos y pasillos será al menos igual a P/200, donde P es el número de personas asignadas a dicho elemento de evacuación.

La anchura mínima de los pasillos de evacuación será de 1 m.

Las puertas que se prevean de paso para más de 50 personas, abrirán en sentido en que se prevea la evacuación, y dispondrán de un ancho de hoja de 0,8 – 1,2 metros.

Cuando la puerta disponga de 2 hojas, el ancho mínimo de cada una será de 0.6 m y tendrán un dispositivo que priorice su orden de cierre.

Las puertas dispondrán de mecanismos de apertura que funcionen mediante suave presión, que no precisen que las personas tengan que agacharse o adoptar posturas forzadas para su manejo, ni sufran deformación por efecto del calor que los pueda inutilizar o bloquear.

Las puertas de apertura automática dispondrán de un sistema tal que en caso del fallo del mecanismo de apertura o del suministro de energía abra la puerta e impida que ésta se cierre. En ausencia de dicho sistema deberá disponerse una puerta abatible de apertura manual que reúna las condiciones indicadas en el párrafo anterior.

Se considera que satisfacen el anterior requisito funcional los dispositivos de apertura mediante manilla o pulsador conforme a la norma UNE-EN 179:2003 VC1, cuando se trate de la evacuación de zonas ocupadas por personas que en su mayoría estén familiarizados con la puerta considerada, así como los de barra horizontal de empuje o de deslizamiento conforme a la norma UNE EN 1125:2003 VC1, en caso contrario.

(18)

No se permitirá el uso de puertas giratorias o correderas, a no ser que exista además otra puerta de fácil apertura manual junto a ellas dimensionada para la evacuación total prevista y debidamente señalizada.

En las vías horizontales de evacuación no existirán obstáculos, depósitos de muebles, espejos, etc. que puedan disminuir el ancho de la misma, entorpecer o desorientar la evacuación de las personas o favorecer la propagación del fuego.

A = Anchura del elemento, [m]

AS = Anchura de la escalera protegida en su desembarco en la planta de salida del edificio, [m]

h = Altura de evacuación ascendente, [m]

P = Número total de personas cuyo paso está previsto por el punto cuya anchura se dimensiona.

E = Suma de los ocupantes asignados a la escalera en la planta considerada más los de las situadas por debajo o por encima de ella hasta la planta de salida del edificio, según se trate de una escalera para evacuación descendente o ascendente, respectivamente. Para dicha asignación solo será necesario aplicar la hipótesis de bloqueo de salidas de planta indicada en el punto 4.1 en una de las plantas, bajo la hipótesis más desfavorable;

S = Superficie útil del recinto de la escalera protegida en el conjunto de las plantas de las que provienen las P personas.

Incluye la superficie de los tramos, de los rellanos y de las mesetas intermedias).

CAPACIDAD DE EVACUACIÓN DE LAS ESCALERAS EN FUNCIÓN DE SU ANCHURA DIMENSIONADO DE LOS ELEMENTOS DE LA EVACUACIÓN Tipo de elemento Dimensionado

Puertas y pasos A ≥ P / 200 ≥ 0,80 m

La anchura de toda hoja de puerta no debe ser menor que 0,60 m, ni exceder de 1,20 m.

Pasillos y rampas A ≥ P / 200 ≥ 1,00 m

Pasos entre filas de asientos fijos en salas para público tales como cines, teatros, auditorios, etc.

En filas con salida a pasillo únicamente por uno de sus extremos, A ≥ 30 cm cuando tengan 7 asientos y 2,5 cm más por cada asiento adicional, hasta un máximo admisible de 12 asientos.

En filas con salida a pasillo por sus dos extremos, A ≥ 30 cm en filas de 14 asientos como máximo y 1,25 cm más por cada asiento adicional. Para 30 asientos o más: A ≥ 50 cm.

Cada 25 filas, como máximo, se dispondrá un paso entre filas cuya anchura sea 1,20 m, como mínimo.

Escaleras no protegidas

Para evacuación descendente Para evacuación ascendente

A ≥ P / 160 A ≥ P / (160-10h) Escaleras protegidas E ≤ 3 S + 160 AS En zonas al aire libre:

Pasos, pasillos y rampas Escaleras

A ≥ P / 600 ≥ 1,00 m A ≥ P / 480 ≥ 1,00 m

(19)

Anchura de la escalera en m

Escalera no protegida

Escalera protegida

(evacuación descendente o ascendente) Nº de planta

Evacuación ascendente

Evacuación

descendente 2 4 6 8 10

Cada Planta

más

1,00 132 160 224 288 352 416 480 +32

1,10 145 176 248 320 392 464 536 +36

1,20 158 192 274 356 438 520 602 +41

1,30 171 208 302 396 490 584 678 +47

1,40 184 224 328 432 536 640 744 +52

1,50 19 240 356 472 588 704 820 +58

1,60 211 256 384 512 640 768 896 +64

1,70 224 272 414 556 698 840 982 +71

1,80 237 288 442 596 750 904 1058 +77

1,90 250 304 472 640 808 976 1144 +84

2,00 264 320 504 688 872 1056 1240 +92

2,10 277 336 534 732 930 1128 1326 +99

2,20 290 352 566 780 994 1208 1422 +107

2,30 303 368 598 828 1058 1288 1518 +115

2,40 316 384 630 876 1122 1368 1614 +123

Las puertas de los locales de riesgo especial, presentaran una resistencia al fuego cuyos valores se recogen en la tabla 2.2 del DB de SI del CTE.

Todos los locales de la edificio de viviendas cumplen con todas estas condiciones.

Se cumple con la condición de que la anchura libre en m de las puertas sea al menos igual a P/200, donde P es el número de personas asignadas a dicho elemento de evacuación, como se puede observar en el plano correspondiente.

Nombre del elemento de evacuación

Dimensionad o según

DB-SI

Dimensionado en Proyecto

Nº personas que evacua

Tipo de puerta de

evacuación Tipo de apertura

Puerta P-1 (Garaje Vestíbulo de independencia)

0,80m 0,90 m P <50 Salida de planta (vestíbulo de independencia)

Abre en el sentido de la

evacuación

Puerta P-2 (Garaje-

escaleras) 0,80m 0,83m P <50

Salida de planta (vestíbulo de independencia)

Abre en el sentido de la

evacuación

Puerta P-3 (Portal) 0,80m 1,40m (2 hojas de 0,70m cada una)

50 < P(88)

<200 (Hipótesis de bloqueo en garaje)

Salida de edificio Abre en el sentido de la

evacuación

En cuanto a las vías verticales de evacuación, toda escalera tendrá, como mínimo, una anchura A que verifique:

(20)

A=P/160 Evacuación descendente A=P/ (160-10 h) Evacuación ascendente donde:

A es el ancho de la escalera en metros.

P es el n° de personas que deben utilizar la escalera.

H es la altura de evacuación ascendente en metros.

Toda escalera protegida o especialmente protegida cumplirá las condiciones siguientes:

P <3 S + 160 A donde:

S es la superficie útil del recinto de la escalera en el conjunto de las plantas en m 2 incluida la correspondiente a los tramos, rellanos y mesetas intermedios y P es el número de ocupantes.

En este edificio tendremos los siguientes valores:

b.2. Recorridos de evacuación Características:

Cuando se dispone de una única salida:

1) Si la ocupación es ≤ 100 personas el recorrido de evacuación máximo será ≤ 35 m ó ≤ 43,7 m si se trata de aparcamiento que dispone de extinción automática.

2) Si la ocupación es < 25 personas y con salida directa un espacio exterior seguro la distancia máxima del recorrido de evacuación será ≤ 50 m ó 62,5 m si se trata de aparcamiento que dispone de extinción automática.

3) Altura de evacuación debe ser < 28 m.

Escalera Uso previsto Tipo de evacuación

Altura de evacuación

Protección mínima según

DB-SI

Protección según Proyecto

Anchura mínima según DB-SI

Anchura según Proyecto

Garaje Aparcamiento Evacuación ascendente

h=2,80 ≤ 2,80 m

Escalera Especialmente

Protegida

Escalera Especialmente

Protegida

1,00m 1,00m

Viviendas Residencial vivienda

Evacuación descendente

h=3,15 <

14,00 m

Escalera No Protegida

Escalera No

Protegida 1,00m 1,00m

(21)

Cuando se dispone de más de una salida

1) Recorridos de evacuación máximos serán < 50 m ó 62,5 m si se trata de aparcamiento que dispone de extinción automática.

2) Longitud sin alternativa < 35 m ó ≤ 43,7 m si se trata de aparcamiento que dispone de extinción automática.

Cuando la superficie del aparcamiento sea < 100 m2 se considera local de riesgo especial bajo y su recorrido de evacuación máximo será ≤ 25 m ó 31,2 m si se trata de aparcamiento que dispone de extinción automática.

En el caso que nos ocupa se trata de un edificio que tiene la planta sótano sectorizada de uso aparcamiento con 16 plazas comunes y sus correpondientes trasteros independientes. El recorrido de evacuación desde el punto más alejado hasta la salida de planta por escalera protegída es de 34,50 m, cumpliéndose con lo establecido en la norma de aplicación DB-SI del CTE.

b.3. Escaleras

Las escaleras cumplirán con las condiciones siguientes para considerarla como medio de evacuación:

- Su ancho mínimo libre entre barandillas, en todo el recorrido de la escalera, no será inferior a 0,8 metros en establecimientos existentes.

- Cada tramo tendrá un máximo de dieciocho peldaños y un mínimo de tres.

- Los rellanos o mesetas de las escaleras tendrán una profundidad al menos igual a la anchura de la escalera y dispondrán de esquinas redondeadas para facilitar la evacuación.

- La relación t/h será constante a lo largo de toda la escalera y cumplirá la relación 60

<2t + h < 65, donde t es la dimensión de la tabica, que estará comprendida entre 13 y 18,50 cm, y h es la huella medida en proyección horizontal, que tendrá un mínimo de 28 cm.

- Dispondrá de pasamanos en la forma siguiente:

o Para un ancho de 0,80 a 1,20 m, al menos un pasamano rígido.

o Para un ancho de 1,20 m a 2,40 m, al menos dos pasamanos rígidos.

- Los pasamanos estarán situados a una altura comprendida entre 90 y 100 cm.

(22)

- Las escaleras abiertas al exterior dispondrán, además de las barandillas de protección, de elementos que eliminen el riesgo de deslizamiento por debajo de ellas o la sensación del vacío, tales como celosías, etc.

- En las escaleras previstas para la evacuación ascendente los peldaños tendrán tabica y carecerán de bocel.

- Los peldaños de las escaleras serán antideslizante.

El dimesnsionado de los elementos de evacuación debe realizarse conforme a lo que se indica en la tabla 4.1 del CTE, documeto básico de seguridad en caso de incendio, SI3. Por tanto, las puertas, pasillos y rampas han de ser:

Puertas y pasos: no menor que 0,60 m , ni exceder de 1,20 m.

Pasillos y rampas: mayor a 1m.

c. Señalización de los medios de evacuación

Se utilizarán las señales de salida, de uso habitual o de emergencia, definidas en la norma UNE 23034:1988, conforme a los siguientes criterios:

Las salidas de recinto, planta o edificio tendrán una señal con el rótulo “SALIDA”, excepto en edificios de uso Residencial Vivienda y, en otros usos, cuando se trate de salidas de recintos cuya superficie no exceda de 50 m², sean fácilmente visibles desde todo punto de dichos recintos y los ocupantes estén familiarizados con el edificio.

La señal con el rótulo “Salida de emergencia” debe utilizarse en toda salida prevista para uso exclusivo en caso de emergencia.

Deben disponerse señales indicativas de dirección de los recorridos, visibles desde todo origen de evacuación desde el que no se perciban directamente las salidas o sus señales indicativas y, en particular, frente a toda salida de un recinto con ocupación mayor que 100 personas que acceda lateralmente a un pasillo.

En los puntos de los recorridos de evacuación en los que existan alternativas que puedan inducir a error, también se dispondrán las señales antes citadas, de forma que quede claramente indicada la alternativa correcta. Tal es el caso de determinados cruces o bifurcaciones de pasillos, así como de aquellas escaleras que, en la planta de salida del edificio, continúen su trazado hacia plantas más bajas, etc.

(23)

En dichos recorridos, junto a las puertas que no sean salida y que puedan inducir a error en la evacuación debe disponerse la señal con el rótulo “Sin salida” en lugar fácilmente visible pero en ningún caso sobre las hojas de las puertas.

Las señales se dispondrán de forma coherente con la asignación de ocupantes que se pretenda hacer a cada salida.

El tamaño de las señales será:

210 x 210 mm cuando la distancia de observación de la señal no exceda de 10 m;

420 x 420 mm cuando la distancia de observación esté comprendida entre 10 y 20 m;

594 x 594 mm cuando la distancia de observación esté comprendida entre 20 y 30 m.

12.

Instalaciones de proteccion contra incendios

Para el edificio objeto de estudio, se instalarán los sistemas y medidas de protección contra incendios que a continuación se desarrollan, atendiendo a los requerimientos mínimos procedentes de la aplicación de la normativa y reglamentación vigente.

DOTACIÓN DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS Uso previsto del edificio

o

Establecimiento - Instalación

Condiciones

En general

Extintores portátiles Uno de eficacia 21A -113B:

- Cada 15 m de recorrido en cada planta, como máximo, desde todo origen de evacuación.

- En las zonas de riesgo especial conforme al capítulo 2 de la Sección 1 de este DB.

Bocas de incendio - En zonas de riesgo especial alto, conforme al capítulo 2 de la Sección SI1, en las que el riesgo se deba principalmente a materias combustibles sólidas.

Ascensor de emergencia - En las plantas cuya altura de evacuación exceda de 50 m.

Hidrantes exteriores - Si la altura de evacuación descendente exceda de 28 m o si la ascendente excede 6 m, así como en establecimientos de densidad de ocupación mayor que 1 persona cada 5 m2 y cuya superficie construida está comprendida entre 2.000 y 10.000 m².

- Al menos un hidrante hasta 10.000 m2 de superficie construida y uno más por cada 10.000 m2 adicionales o fracción.

(24)

Instalación automática de extinción

- Salvo otra indicación en relación con el uso, en todo edificio cuya altura de evacuación exceda de 80 m.

- En cocinas en las que la potencia instalada exceda de 20 kW en uso Hospitalario o Residencial Público o de 50 kW en cualquier otro uso

- En centros de transformación cuyos aparatos tengan aislamiento dieléctrico con punto de inflamación menor que 300 ºC y potencia instalada mayor que 1 000 Kva en cada aparato o mayor que 4 000 kVA en el conjunto de los aparatos. Si el centro está integrado en un edificio de uso Pública Concurrencia y tiene acceso desde el interior del edificio, dichas potencias son 630 kVA y 2 520 kVA respectivamente.

Residencial Vivienda

Columna seca - Si la altura de evacuación excede de 24 m.

Sistema de detección y de alarma de incendio

- Si la altura de evacuación excede de 50 m.

Ascensor de emergencia - En las plantas cuya altura de evacuación exceda de 35 m.

Hidrantes exteriores - Uno si la superficie total construida esté comprendida entre 5.000 y 10.000 m2.

- Uno más por cada 10.000 m2 adicionales o fracción.

Administrativo

Bocas de incendio - Si la superficie construida excede de 2.000 m2.

Columna seca - Si la altura de evacuación excede de 24 m.

Sistema de alarma - Si la superficie construida excede de 1.000 m2.

Sistema de detección de incendio

- Si la superficie construida excede de 2.000 m2, detectores en zonas de riesgo alto conforme al capítulo 2 de la Sección 1 de este DB. Si excede de 5.000 m2, en todo el edificio.

Hidrantes exteriores - Uno si la superficie total construida está comprendida entre 5.000 y 10.000 m2.

- Uno más por cada 10.000 m2 adicionales o fracción.

Docente

Bocas de incendio Si la superficie construida excede de 2.000 m2.

Columna seca Si la altura de evacuación excede de 24 m.

Sistema de alarma Si la superficie construida excede de 1.000 m2.

Sistema de detección de incendio

Si la superficie construida excede de 2.000 m2, detectores en zonas de riesgo alto conforme al capítulo 2 de la Sección 1 de este DB. Si excede de 5.000 m2, en todo el edificio.

Hidrantes exteriores Uno si la superficie total construida está comprendida entre 5.000 y 10.000 m2. Uno más por cada 10.000 m2 adicionales o fracción.

Pública concurrencia

Bocas de incendio Si la superficie construida excede de 500 m2. Columna seca Si la altura de evacuación excede de 24 m.

Sistema de alarma Si la ocupación excede de 500 personas. El sistema debe ser apto para emitir mensajes por megafonía.

Sistema de detección de incendio

Si la superficie construida excede de 1000 m2

Hidrantes exteriores En cines, teatros, auditorios y discotecas con superficie construida comprendida entre 500 y 10.000 m² y en recintos deportivos con superficie construida comprendida entre 5.000 y 10.000 m²

Aparcamiento

Bocas de incendio Si la superficie construida excede de 500 m2 (los equipos serán de 25 mm)

(25)

Columna seca Si existen más de tres plantas bajo rasante o más de cuatro sobre rasante, con tomas en todas sus plantas.

Sistema de detección de incendio

En los aparcamientos convencionales cuya superficie construida exceda de 500 m2. (El sistema dispondrá de al menos detectores de incendio).

Hidrantes exteriores Uno si la superficie construida está comprendida entre 1.000 y 10.000 m2 y uno más por cada 10.000 m2 más o fracción.

Instalación automática de extinción

En todo aparcamiento robotizado.

Las instalaciones de protección contra incendio con que contará este edificio que nos ocupa, serán las que relacionaremos a continuación:

1. Detección automática de incendios.

2. Sistemas manuales de alarma de incendios.

3. Extintores

4. Instalación de alumbrado de emergencia.

5. Alumbrado de señalización

1. Detección Automática de incendios.

Según lo establecido en la Tabla 1.1 del Documento Básico de Seguridad en caso de Incendio del Código Técnico de la Edificación, si la superficie construida del sector de incendio de uso aparcamiento excede de 500 m2 se deberá de instalar un sistema de detección de incendio.

Para el resto del edificio que constituye el segundo sector de incendio de uso residencial vivienda no sería necesario instalar sistema de detección.

Como medida para aumentar la seguridad de todo el edificio se ha optado por proyectar un sistema de detección para todo el edificio.

Uso

Extintores portátiles Columna seca B.I.E. Detección y alarma Instalación de alarma Rociadores automáticos

DB-SI proyecto DB-SI proyecto DB-SI proyecto DB-SI proyect DB-SI proyecto DB-SI proyecto Aparcamiento

(2) Si 3 No No S>500

m2

No

S<500m2 Si Si Si Si No No

Residencial

vivienda (1) Si Si

h evac>

24m No

h=3,15m No No

h evac>50

m

No h=3,15

m

No No No No

(26)

i. Central de Alarma

Se instalará una Central analógica modular con capacidad para cien puntos analógicos, para controlar la instalación de protección contra incendios con plena autonomía.

La central dispone de señalización óptica y acústica de funcionamiento y avería, equipada con dos tarjetas analógicas de dos bucles,con fuente de alimentación, dispositivo automático para funcionamiento con baterías por fallo de red y cargador de baterías incorporado, así como de un módulo CPU con capacidad para personalizar cada punto de la instalación, programar maniobras y archivar un número elevado de eventos.

A través de un teclado de funciones integrado en la central, se pueden activar, anular o pedir confirmación de las alarmas, así como sacar listados, históricos de la instalación, resúmenes de tipos de alarmas, resúmenes de maniobras, etc. La comunicación entre la central y el usuario se realiza a través de un display LCD de 4x40 caracteres.

La alimentación desde la central a los pulsadores, campanas de alarma y módulos de vigilancia, se realiza a tres hilos, dos de alimentación de 1,5 mm2 y uno de comunicaciones de 1 mm2 como máximo.

La central de alarma de incendio irá situada en la zona de entrada del aparcamiento en el cuarto de instalaciones eléctricas y de telefonía, por estar próxima a la salida y sin la posibilidad de fácil acceso de manipulación a los residentes del edificio.

ii. Detectores de humo.

La detección se realiza mediante una red de detectores ópticos, iónicos y termovelocimétricos de humos, analógicos direccionables que se comunican con la centralita de incendios descrita anteriormente. Estos detectores son capaces de detectar incendios en su primera fase de humos, antes de que se produzcan llamas o aumentos peligrosos de temperatura.

Los detectores analógicos se caracterizan por poseer un dispositivo que les permite ampliar y convertir la señal de detección a señal digital para su transmisión, mediante etapa de comunicación bidireccional.

Este sistema de comunicación completamente digital y asíncrono, utiliza muy baja frecuencia de comunicación (1.024 Hz) y elementos de detección de error, lo cual lo hace altamente inmune a interferencias y transitorios, así como soportar mayores capacidades del cable. El sistema permite una rápida respuesta en caso de alarma, la monitorización del estado, valor analógico y parámetros de funcionamiento del detector.

El tipo de detector a colocar en cada una de las dependencias será el detallado y el

(27)

indicado en los planos correspondientes, teniendo en cuenta que se optará por el tipo de detector más adecuado a las características del fuego que previsiblemente pudiera tener lugar.

Detectores térmicos.

La detección en determinados locales se realizará mediante detectores termicos, analógicos direccionables, que se comunican igualmente con la centralita de incendios. Estos dispositivos son capaces de detectar incendios por aumentos en los gradientes de temperatura.

La elección de este tipo de detectores para zonas donde se puedan preveer una producción o existencia de humos es adecuada en sustitución de los detectores ópticos al objeto de evitar las falsas alarmas que se producirían en éstos.

iii. Red de transmisión.

El conjunto de la red de transmisión de alarma entre los diferentes elementos periféricos de la instalación de detección y alarma (detectores, pulsadores, sirenas, etc.) y la central de protección de incendios, se ejecutará, acorde a la reglamentación del proyecto de instalación eléctrica de baja tensión presentado en los organismos oficiales competentes. En líneas generales se empleará una manguera con funda roja compuesta de tres cables flexibles:

dos de 1,5 mm2 y una de 0,75 mm2, con colores diferenciados al objeto de facilitar el conexionado, la localización de errores en la puesta a punto y el mantenimiento posterior.

Se instalarán en tramos continuos sin empalmes y terminarán en cajas de empalme o derivación y no en las que sean consideradas únicamente como cajas de registro. Las conexiones se realizarán sólo en interior de las cajas al efecto, mediante el uso de las bornas o clemas de conexión adecuadas no permitiéndose su conexionado mediante el arrollamiento y/o encintado de sus extremos, y nunca en el interior de los tubos que conformen la canalización.

Los tubos donde se alojarán los conductores serán bien aislantes flexibles de PVC coarrugados en ejecución empotrada en la tabiquería del recinto o aislantes rigidos normales de PVC, estancos y no propagadores de la llama, curvables en caliente, en su ejecución de superficie con grado de protección contra daños mecánicos.

(28)

2. Pulsadores de alarma.

Los pulsadores de alarma tienen como finalidad la transmisión de una señal a la centralita, de forma que resulte localizable la zona del pulsador que ha sido activado.

Según lo establecido en la Tabla 1.1 del Documento Básico de Seguridad en caso de Incendio del Código Técnico de la Edificación, en el sector de residencial vivienda no es necesario su instalación y en el sector de uso aparcamiento será necesario si la superficie construida excede de los 500 m2, se toma el criterio de aumentar la seguridad del edifio y se disponer de un sistema de alarma.

Para la activación de la señal de alarma, se han dispuesto un total de 3 pulsadores manuales de alarma analógicos repartidos de la siguiente manera en las diferentes plantas:

 Tres en el Nivel sótano

 Ninguno el Nivel baja

 Ninguno en el Nivel alta

Al ser accionados los pulsadores, activan una señal de alarma indicándose en la centralita de detección. Serán los pulsadores de tipo analógico, los que permitirán identificar en la central el pulsador activado, y con esto la zona de la que proviene la alarma.

Los pulsadores serán de color rojo resultando perfectamente visibles e identificables sin riesgo de error. Se situarán a una altura de 1,5 -1,7 m. y a una distancia tal que no se tenga que caminar más de 25 m. desde cualquier punto al pulsador más cercano. Los pulsadores estarán provistos de un dispositivo de protección (cristal, plástico, etc,) que impida su disparo involuntario.

Su accionamiento necesitará dos acciones voluntarias: accionar el dispositivo de protección y accionar el pulsador llevando este enclavamiento de manera que se requiera la presión humana para su rearme. Dispondrá de un resorte para probar el LED, sin necesidad de actuar sobre el dispositivo de protección.

La activación de los pulsadores de alarma será tal que haga posible la transmisión de una señal de aviso a los ocupantes del edificio, para dar orden de evacuación al público y personal no implicado en la lucha contra incendios.

(29)

Para la activación de la alarma, se han dispuesto sirenas acústicas bitonales conectadas al bucle analógicos de detección de incendios, mediante módulos de salida vigilada. El objetivo de estos elementos intermedios es permitir comprobar desde la central de incendios que las sirenas están en correcto estado operativo de funcionamiento. Las sirenas se encuentran distribuidas eficazmente cubriendo la totalidad de la superficie del centro sanitario.

3. Extintores portátiles

Las características, criterios de calidad y ensayo de los extintores móviles se ajustarán a lo especificado en el Reglamento de Aparatos a Presión y a su ITC-MIE AP5.

Los extintores proyectados son de 6 Kg y eficacia 21A-113B, y en los lugares con riesgo eléctrico se instalarán de 5 Kg de CO2 y eficacia 34B. Los extintores se han ubicado en la totalidad del edificio, cuya distribución queda reflejada en los correspondientes planos.

El emplazamiento de los extintores permitirá que sean fácilmente visibles y accesibles, estarán situados próximos a los puntos donde se estime mayor probabilidad de iniciarse el incendio, a ser posible próximos a las salidas de evacuación teniendo en cuenta que la distancia máxima a recorrer desde cualquier punto hasta alcanzar un extintor no sea superior a 15 m. Los extintores deben fijarse sobre soportes fijados a paramentos verticales, de modo que la parte superior del extintor quede, como máximo a 1,70 m. del suelo.

También se instalarán extintores en las zonas de riesgo especial, de forma que se instale un extintor en el exterior del local o de la zona y próximo a la puerta de acceso, el cual podrá servir simultáneamente a varios locales o zonas. En el interior del local o de la zona se instalarán además los extintores necesarios para que el recorrido real hasta alguno de ellos, incluido el situado en el exterior, no sea mayor que 15 m en locales de riesgo especial medio o bajo, o que 10 m en locales o zonas de riesgo especial alto.

4. Alumbrado de emergencia

i. Dotación

El edificio dispondrá de un alumbrado de emergencia que, en caso de fallo del alumbrado normal, suministre la iluminación necesaria para facilitar la visibilidad a los usuarios de manera que puedan abandonar el edificio, evite las situaciones de pánico y permita la visión de las señales indicativas de las salidas y la situación de los equipos y medios de protección existentes.

(30)

Contarán con alumbrado de emergencia las zonas y los elementos siguientes:

a) todo recinto cuya ocupación sea mayor que 100 personas;

b) todo recorrido de evacuación, conforme estos se definen en el Anejo A de DB SI.

c) los locales que alberguen equipos generales de las instalaciones de protección contra incendios y los de riesgo especial indicados en DB-SI 1;

d) los aseos generales de planta en edificios de uso público;

e) los lugares en los que se ubican cuadros de distribución o de accionamiento de la instalación de alumbrado de las zonas antes citadas;

f) las señales de seguridad

ii. Posición y características de las luminarias

Con el fin de proporcionar una iluminación adecuada las luminarias cumplirán las siguientes condiciones:

a) se situarán al menos a 2 m por encima del nivel del suelo;

b) se dispondrá una en cada puerta de salida y en posiciones en las que sea necesario destacar un peligro potencial o el emplazamiento de un equipo de seguridad. Como mínimo se dispondrán en los siguientes puntos:

en las puertas existentes en los recorridos de evacuación;

en cualquier otro cambio de nivel;

en los cambios de dirección y en las intersecciones de pasillos;

iii. Características de la instalación

La instalación será fija, estará provista de fuente propia de energía y debe entrar automáticamente en funcionamiento al producirse un fallo de alimentación en la instalación de alumbrado normal en las zonas cubiertas por el alumbrado de emergencia. Se considera como fallo de alimentación el descenso de la tensión de alimentación por debajo del 70% de su valor nominal.

El alumbrado de emergencia de las vías de evacuación debe alcanzar al menos el 50% del nivel de iluminación requerido al cabo de los 5 segundos y el 100% a los 60.

La instalación cumplirá las condiciones de servicio que se indican a continuación durante una hora, como mínimo, a partir del instante en que tenga lugar el fallo:

a) En las vías de evacuación cuya anchura no exceda de 2 m, la iluminancia horizontal en el suelo debe ser, como mínimo, 1 lux a lo largo del eje central y 0,5 lux en la banda central que comprende al menos la mitad de la anchura de la vía. Las vías de evacuación con anchura superior a 2 m pueden ser tratadas como varias bandas de 2 m de anchura, como máximo.

(31)

b) En los puntos en los que estén situados los equipos de seguridad, las instalaciones de protección contra incendios de utilización manual y los cuadros de distribución del alumbrado, la iluminancia horizontal será de 5 lux, como mínimo.

c) A lo largo de la línea central de una vía de evacuación, la relación entre la iluminancia máxima y la mínima no debe ser mayor que 40:1.

d) Los niveles de iluminación establecidos deben obtenerse considerando nulo el factor de reflexión sobre paredes y techos y contemplando un factor de mantenimiento que englobe la reducción del rendimiento luminoso debido a la suciedad de las luminarias y al envejecimiento de las lámparas.

e) Con el fin de identificar los colores de seguridad de las señales, el valor mínimo del índice de rendimiento cromático Ra de las lámparas será 40.

5. Iluminación de las señales de seguridad

Se dispondrán señales indicativas de dirección de recorridos de evacuación frente a toda salida de evacuación que sean claramente visibles desde cualquier origen de evacuación y en todos los recorridos donde haya alternativas que puedan dar lugar a error. En cualquier caso, la señalización distinguirá entre SALIDA y SALIDA DE EMERGENCIA, y se señalizará como SIN SALIDA toda puerta que situada en el camino de evacuación, pueda inducir a error.

Los medios de protección contra incendios de utilización manual (extintores, bocas de incendio, pulsadores manuales de alarma y dispositivos de disparo de sistemas de extinción) que no sean fácilmente visibles se señalizarán de forma que se facilite su localización mediante señales definidas en la norma UNE 23033-1 cuyo tamaño sea:

a) 210 x 210 mm cuando la distancia de observación de la señal no exceda de 10m;

b) 420 x 420 mm cuando la distancia de observación esté comprendida entre 10 y 20m;

c) 594 x 594 mm cuando la distancia de observación esté comprendida entre 20 y 30m.

Las señales deben ser visibles incluso en caso de fallo en el suministro al alumbrado normal. Cuando sean fotoluminiscentes, sus características de emisión luminosa debe cumplir lo establecido en la norma UNE 23035-4:1999.

Referencias

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