D. JOSÉ FERNANDO DE ABÁSCAL Y SOUSA.
MARQUES DE LA CONCORDIA ESPAÑOLADEL PERÚ, CABALLERO GRAN CRUZ DE LA
Real
y^DistingiíidaOrden Espaíwla
deCarlos UI,y de
laMilitar de Santiago, Teniente General de
losReales Exércitos, Virey, Gobernador y Capitán General
delPeni, Superintendente Subdelegado de Real Hacienda, Presidente de
laReal
yludiencia de
Lima
is'c.&"€.I
or quanto debiendo hacerse en este mes de Diciembre la 11) fióles deambos
hemisferios,
y
están avencinda- eleccionde Alcaldes,Rc¡»idorcs y Procuradores Síndicos de esta jjf dos en qujlquier Pueblo delosmismosdominios.Ciudai,conarreglo ¡í los ariículos
313
y 31<ideU
Constitu-W „
ip....Es tambiénCiudadanoel Extrangeroque gozan- cion nacional, publicada y juradael 2 y 4 de Octubre, y Deere-» do
ya de los derechos deEspañol, obtuviesede to de Us Cortes extraordinaria?de23
deMayo,
publicadotam-™
lasCortes Carta especial de Ciudadano, bien el 31 delmismo
Octubre que prescribelas reglas, por Jas«J
„
SI...Son
asimismo Ciudadanos los hijos legítimosde qualesdebe verificarse: la Junta Preparatoria,deque soy PrL.,i-X
los extrangeros domiciliados enlasEspañas,que dente, enlacelebr..dael dia 3 del corriente haresuelto:H
habiendo nacidoen los dominiosEspañoles,no
1. Para dar principio á laelección ó nombramiento delos Al-
*
hayan salido nuncafuerasin l¡ccn''¡adelGobier- caldes, RegidoresyProcuradores Síndicos, se señalael Miérco-J. no, y teniendo veinte
y
un años cumplidos,selespdelpresente. 2[ hayan avecindado en un Pueblode los mismos
3.
Como
elnúmero
delos Alcaldes, Regidores yProcurado- jjf dominios, exerciendo enélalguna profesión,ofi-.res de cada Ciudad 6 Pueblo, debe ser, por el artículo 4. de jtt ció
ó
industriaútil.dicho Decreto,proporcional al de su Población ;y que á lade
*
^^ 24..,La
calidadde CiudadanoEspaiíol' se pierde «.Lima,
mayor
de diez mil vecinos, compreliendcn también las re-m
„Primero: Por adquirir naturaleza en País ex- glas del artículo 5: en observancia deambos
se nombrarán para jffi^
trangero.ellados Alcaldes, diez
y
seis Regidores, y dosProcuradoresm
„Segundo: Por admitir empleoen otro Gobierno, Síndicos; cuya elección, segúnel art. rt, :. debe verificar por 1K „Tercerr :Porsentenciaen que seimpongan
pe-veinte
y
cinco Electores. .w
ñas aflictivas ó infamantes,sinoseobtie-3.
Como
estos veinte y cinco Electorescorresponden átodala jft' nerehabilitación.Ciudad; y queest.ide
Lima
comprehende seis ParroquiasY un ^
„Qu3rto: Porhaber residido cinco añosconsecuti-- anexó, en cada una de lasquales, porelart. 8,debe celebrarse ni vosfueradel territorio Español,sin cotni- su respectiva junta Parroquial, y elegirselaparte de Electoresque |a sionólicencia delGobierno.lecorresponda deesas veinte y cinco , con proporción al total
M
Elexercicio de losmismos
derechos se relativo á la Población detodas: baxo deesterespecto,y
atenta%
suspende—
.
esaPoblación relativadeellas, deberánombrar
«f ,,Pfimero:
En
virtud de interdicciónjudicial porn
incapacidad física é moral:La déla
Cat^.tral6
ElectoresZ „ Segundo
: Por el v-stado de deudor quebrado.La
delostí-,crfams su vice-ó
de deudor á 'os caudales públicos.Parroquia
4
"M
„Tercero: Porel estado de sirviente doméstico.Santa
Ana 5
|b „Ouarto:Pornotenerempleo,oficio,ó modo
deLa
de San Lázaro4 *
v'^'i'' cnnoci.-Jn.La
de Sun Sebastian-a
, „Qii¡nto: Por hallars, procesa.loCriminalmente.-t^..
- iii del Cercado a* «ART.
317... Para ser Alcalde, Re'gidor, ó Procurador Sín-La
de Smi Marcelo 2*
dtco , además de str Ciudadano en el ejerci-H
ciódesus derechos, se requiere sermayor
deae ¡Lectores
S
^^¡^^^ ^ ^¡^^^ ^-^^^^^^ ^.^^^ ^ 1^
ménoi
defl.
Como
en cada Parroquia debe proporcionarseun lugirpro-w
Vecindad y residencia en el Pueblo,pió, donde pueda concurrirsu Vecindario á celebrar su junta
y
/U Las leyes determinarán lasdemás Calidadesqueelección respectiva, st designan para ello:
a
han de tener estol cnipleados.AldelaParroquiaOv. laCatedral,el
Convento
delaMerced,m
AldelosHuérfanos,S.nJuan deDios. 8[ Portanto,
pira que esta re.«',,iiclon de ta junta Prepara-
Al
de SantaAna,
el Colegio de San Fernando. NI torls se hagí notoria á todos, y seob«rve
con exactitud,seAl
de San Lázaro, elConvento
deSan FranciscodePaula.*
publicará por bando,y
se tixarácomo
CotiVocatoria para laáAl de San Sebastian , el de Santo Domingo.
w
elecciones»en las puertas de cada Parroquia, y crt los lugaresAl
del Cercado, el Refugio.B
públicos de la Ciudad , á fitlde que plenameht», inteligenciados Al de San Marcelo, el de San Agustín.»
de ella todos los vecinos, etl quienes, Con arreglo á los ar- 5. Paraque tcdoindividuo conozca,segúnsus circunstanciasy 1
tlculos expuestosde la Constitución, Concurra el derecho de situación política,si tiene ó no derechode votar para elegir,ó de2
elegir, puedan presentarse, desde Ia3 1) de la mañana de dl- ser electo para los Cargosáquese contraen estas elecciones, se
|] cho dia 9 del presente , en el lugar destinado á su Parroquia pondrán á continuación literalmente los 'tículos de laConstitu-
m
para este aCto sulsliniie, á sufragar Conm
voto en favordelas cioiicomprehensivosde lascalidades,quedesignan á losque go-
W
personas, en quienes deseen recaiga el nortibramiento de Elec- zan deese derecho,lasqueprivande él, ylasque lo suspenden. %, tores de ella ', para que, en concurso de los que en el mis- 6. Estosartículos, vertidosálaletradélaConstitución, dicen:
« mo modo
elijan las dcinas Pairoquias, se procedaelDomingo
„ART.
23....S0I0 los que sean Ciudadanos podrán obtener || próximo 13, en laCasa Consistorial, á la elección de losAl-
empleos municipales,y elegirpara ellos en los
w
caldes, Regidores,y Procuradores-Síndicos, que han de for- Casos señalados por la Ley. (B mar el Ayuntamiento de esta Ciudad para el año eotratite de^mr
'9—Son
Ciudadanosaquellos Españolesqueporám- H
1B13.Lima 7
de Diciembrede 1B12.a
El iVLirqueádela" '
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^^ '°*dominiosEspa- J¡ Concordiaa
Toribio de Acebal.Tmil q: &
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