UNIVERSIDAD NACIONAL PEDRO RUIZ GALLO
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS
TESIS
“Los protocolos de investigación en la Facultad de Derecho
de la UNPRG y el derecho fundamental a la educación de calidad”
PRESENTADO POR
Bach. Coronel Romero, Miguel Antonio.
PARA OPTAR EL TITULO PROFESIONAL DE ABOGADO
ASESOR
Abog. Fernández Palomino, Jesús Alicia.
i
Tesis denominada “Los protocolos de investigación en la
Facultad de Derecho de la UNPRG y el derecho fundamental a la
educación de calidad”, presentada para optar el título de ABOGADO, por:
________________________________
Bach. Coronel Romero, Miguel Antonio Autor
________________________________
Abog. Fernández Palomino, Jesús Alicia. Asesora
Aprobada por:
________________________________
Mag. Vilchez Velez, Oscar Ramón Presidente.
________________________________
Dr. Hernández Rengifo, Freddy Widmar Secretario
________________________________
iii
DEDICATORIA
iv
AGRADECIMIENTO
Un agradecimiento a mi Facultad de Derecho, que durante todo mi camino
como estudiante me dio las herramientas necesarias para seguir adelante, a mis
v
1.2. Justificación e Importancia del Estudio ... 18
vi
1.6. Métodos, Técnicas e Instrumentos de Recolección ... 21
1.6.1. Métodos ... 21
1.6.1.1. Método Exegético Jurídico ... 21
1.6.1.2. Método Sistemático Jurídico ... 22
1.6.1.3. Método Hipotético Deductivo ... 22
1.6.1.4. Método Inductivo ... 22
1.6.2. Técnicas... 23
1.6.2.1. Análisis Documental ... 23
1.6.2.2. Observación... 23
1.6.2.3. Encuesta.- ... 25
1.6.3. Instrumentos... 25
1.6.4. Análisis estadísticos de los datos ... 28
1.6.5. Presentación de Datos ... 28
1.6.6. Procesamiento de Datos ... 29
CAPITULO II ... 30
EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA EDUCACION DE CALIDAD ... 30
2.1. Teoría de los derechos fundamentales y el derecho a la educación. 38 2.2. Educación universitaria de calidad. ... 42
CAPITULO III ... 50
vii DERECHO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL PEDRO RUIZ GALLO
... 50
3.1. La Universidad y el desarrollo de la investigación científica... 50
3.2. Los protocolos de investigación en las universidades y su orientación al derecho. ... 53
3.3. Los protocolos de investigación en la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo. ... 55
3.3.1. La estructura administrativa conducente al desarrollo de la investigación. 55 3.4. Reglamento De Los Semilleros De Investigación De La Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo. ... 58
CAPÍTULO IV ... 63
ANÁLISIS Y RESULTADOS ... 63
ANÁLISIS DE LA FORMACIÓN CON CALIDAD EDUCATIVA DE LOS ESTUDIANTES SEGÚN LA CURRÍCULA DE LA FACULTAD DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL PEDRO RUIZ GALLO. ... 63
CAPÍTULO V ... 80
CONTRASTACIÓN DE LA HIPÓTESIS ... 80
5.1. DISCUSIÓN DE LOS RESULTADOS ... 80
viii 5.1.2. Discusión sobre el objetivo: “Estudiar la estructura de los
protocolos de investigación en la facultad de derecho de la Universidad
Nacional Pedro Ruiz Gallo”. ... 84
5.1.3. Discusión sobre el objetivo: “Observar la organización administrativa para la ejecución de los protocolos de investigación en la Facultad De Derecho De La Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo”. ... 87
5.1.4. Discusión sobre el objetivo: “Analizar la formación con calidad educativa de los estudiantes según la currícula de la facultad de derecho de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo”. ... 89
5.1. RESULTADO DE VALIDACIÓN DE VARIABLES ... 92
5.2. CONTRASTACIÓN DE HIPOTESIS ... 95
CONCLUSIONES ... 97
RECOMENDACIONES ... 100
Bibliografía ... 101
ANEXOS ... 105
1. Cuestionario de encuesta aplicada a 50 operadores jurídicos. .. 105
ix
INDICE DE TABLAS
Tabla 1: Relación de tesis desarrolladas en la Facultad de Derecho y Ciencia
Política de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo. ... 65
Tabla 2: Resultado de la afirmación N° 1 en la encuesta aplicada a los
operadores administrativos, docentes y estudiantes de la Facultad de Derecho y
Ciencia Política de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo. ... 67
Tabla 3: Resultado de la afirmación N°2 en la encuesta aplicada a los
operadores administrativos, docentes y estudiantes de la Facultad de Derecho y
Ciencia Política de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo ... 69
Tabla 4: Resultado de la afirmación N° 3 en la encuesta aplicada a los
operadores administrativos, docentes y estudiantes de la Facultad de Derecho y
Ciencia Política de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo ... 71
Tabla 5: Resultado de la afirmación N° 4 en la encuesta aplicada a los
operadores administrativos, docentes y estudiantes de la Facultad de Derecho y
Ciencia Política de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo. ... 73
Tabla 6: Resultado de la afirmación N° 5 en la encuesta aplicada a los los
operadores administrativos, docentes y estudiantes de la Facultad de Derecho y
Ciencia Política de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo. ... 75
Tabla 7: Resultado de la afirmación N° 6 en la encuesta aplicada a los
operadores administrativos, docentes y estudiantes de la Facultad de Derecho y
x
INDICE DE ILUSTRACIONES
Ilustración 1: Gráfico porcentual de la afirmación N° 1 en la encuesta
aplicada a los operadores administrativos, docentes y estudiantes de la Facultad de
Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo ... 68
Ilustración 2: Gráfico porcentual de la afirmación N° 2 en la encuesta
aplicada a los operadores administrativos, docentes y estudiantes de la Facultad de
Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo. ... 70
Ilustración 3: Gráfico porcentual de la afirmación N° 3 en la encuesta
aplicada a los operadores administrativos, docentes y estudiantes de la Facultad de
Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo L. ... 72
Ilustración 4: Gráfico porcentual de la afirmación N° 4 en la encuesta
aplicada a los operadores administrativos, docentes y estudiantes de la Facultad de
Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo. ... 74
Ilustración 5: Gráfico porcentual de la afirmación N° 5 en la encuesta
aplicada a los operadores administrativos, docentes y estudiantes de la Facultad de
Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo. ... 76
Ilustración 6: Gráfico porcentual de la afirmación N° 6 en la encuesta
aplicada a los operadores administrativos, docentes y estudiantes de la Facultad de
xi
RESUMEN
La tan ansiada calidad de la educación que se imparte en las universidades
como los ejes de la investigación, es una meta cada vez más lejana, ello se puede
apreciar de la simple verificación de la forma en que se desarrolla este tipo de
actividades; observación que se proyecta realizar sobre el tratamiento que se
procura en la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional
Pedro Ruiz Gallo. Inquietud que se ve inspirada en la peculiar forma de dirigir la
investigación a lo largo de la carrera, siendo que un adecuado aleccionamiento ha
de tener como producto para el alumno de pregrado, la investigación que conduzca
a la obtención del título profesional. Siendo este el panorama académico, interesa a
la investigación proyectada, el análisis del protocolo que orienta la investigación en
la Facultad de Derecho, buscando reconocer los factores que favorecen o dificultan
su eficacia, llámese aspectos administrativos o académicos en su composición,
resultados que permitirán determinar la necesidad de replantear su estructura y
conseguir la eficacia en la formación de abogados con calidad educativa
xii
ABSTRACT
The long-awaited quality of education that is taught in universities as the
axes of research is an increasingly distant goal, this can be seen from the simple
verification of the way in which this type of activity is developed; Observation that
is planned to be carried out on the treatment sought in the Faculty of Law and
Political Science of the National University Pedro Ruiz Gallo. Concern that is
inspired by the peculiar way of directing the research throughout the career, being
that an adequate training must have as a product for the undergraduate student, the
research that leads to the obtaining of the professional title. Since this is the
academic landscape, the projected research interests, the analysis of the protocol
that guides the research in the Faculty of Law, seeking to recognize the factors that
favor or hinder its effectiveness, call it administrative or academic aspects in its
composition, results that will allow to determine the need to rethink its structure
and achieve efficiency in the training of lawyers with educational quality
13
INTRODUCCIÓN
La concepción de la actividad universitaria en los últimos años ha sido
comprendida erróneamente desde la perspectiva de acumulación de conocimiento
con la intención de que el discente adquiera la capacidad para el desarrollo de una
actividad en el convulsionado mundo laboral que afronta constantes cambios de
diferentes tipos.
Precisamente esta postura es la que se percibe en la Universidad Nacional
Pedro Ruiz Gallo como el origen de un problema que termina por desdibujar el
verdadero sentido de la finalidad de las universidades como motores del
conocimiento, puesto que no existe el desarrollo de investigación que traslada la
capacitación técnica a una de tipo científico profesional que promueve el desarrollo
en base al descubrimiento.
Esta preocupación motivó el desarrollo de esta tesis, idea reforzada en base
a la observación de la realidad palpada en forma directa como egresado de las aulas
de la Facultad de Derecho y Ciencia Política, la misma que señala un problema de
ineficacia del sentido de investigación, característica que debería plasmarse en el
desarrollo de los trabajos académicos conducentes a la obtención del título
profesional, advirtiéndose una mínima incidencia, puesto que el resultado si bien es
cierto en cuanto a cantidad de investigación ha ido creciendo con el pasar del tiempo
aún no resulta ser suficiente para alcanzar el estándar de investigación que requiere
14 En ese sentido se ha creado un cuestionamiento que engloba la problemática
planteada, que en tanto interrogante se constituyó de la siguiente manera: ¿Qué tan
apropiada es la estructura de los protocolos de investigación en la facultad de
derecho de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo para garantizar el derecho
fundamental a la educación bajo el parámetro de calidad?
Cuestionamiento inicial, que en forma superficial permitió la construcción
de una posible respuesta y se elaboró de la siguiente manera: Sí, se configura
adecuadamente la estructura de los protocolos de investigación en la facultad de
derecho de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo; entonces se logrará
garantizar el derecho fundamental a la educación bajo el parámetro de calidad.
Es necesario señalar que las dos estructuras metodológicas han sido
construidas en base a dos elementos componentes importantes como lo son las
variables, las mismas que sirvieron de pilar para la creación de los objetivos general
y específicos, en virtud de los cuales se construyó la estructura de la investigación.
En el Capítulo I, se ha incorporado toda la estructura metodológica, que en
función a estas reglas se marcaron las guías que señalan la forma en que se hubo de
construir la tesis, desde la formulación del problema hasta la utilización más
adecuada de los métodos y técnicas.
Luego en el Capítulo II, se desarrolló teóricamente el derecho fundamental
a la educación de calidad, partiendo desde luego de la concepción de este derecho
en virtud a su contenido esencial, así se ha ocupado de la concepción primer como
15 Seguidamente en el Capítulo III se trata sobre la estructura universitaria
desde la perspectiva de la investigación y su proyección en la Facultad De Derecho
de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, en el que se ha tratado de concentrar
la atención en forma inicial hacia la verdadera concepción de la universidad como
centro de desarrollo en base a la investigación científica como aporte al
conocimiento, para seguidamente revisar la forma en que se han estructurado los
protocolos de investigación en la Facultad de Derecho.
Finalmente luego del desarrollo del Capítulo IV para el análisis de los
resultados obtenidos de la observación de la realidad y efectuada la contrastación
de la hipótesis a través de la discusión y la validación de variables en el Capítulo
V, se pudo construir un grupo de conclusiones que permiten evidenciar la postura
correcta en cuanto a lo referente al carácter adecuado que ha de asumir la
investigación; planteamientos que se ponen al criterio evaluador del jurado de la
tesis.
El Autor
16
CAPITULO I
ASPECTOS METODOLOGICOS 1.1. Realidad Problemática
1.1.1. Planteamiento del Problema.
El desarrollo de la presente investigación ha sido inspirado en la experiencia
vivida durante la época de estudiante de la Escuela Profesional de Derecho de la
Facultad de Derecho y Ciencia Política en la Universidad Nacional Pedro Ruiz
Gallo, a la cual se ingresa con la emoción de recibir educación de calidad que se
presume ha de impartirse en los centros de estudios de este tipo por su naturaleza
de nivel superior, más aun teniendo en cuenta que las universidades son los ejes de
investigación en la sociedad; circunstancia que no es precisamente la que se pudo
vivir durante el transcurso de la carrera.
Hablar de educación de calidad, tal cual se presume de un centro de estudios
superior, es una meta cada vez más lejana, ello se puede apreciar de la simple
verificación de la forma en que se desarrolla este tipo de actividades; por lo mismo
que esta proyección pretende realizar un análisis basado en la observación del
tratamiento que se procura en la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la
Universidad Nacional Pedro Ruiz gallo, respecto a la finalidad de las universidades
relacionada con la promoción de la investigación en pos del avance del
conocimiento. Lo cual conlleva al cuestionamiento de la peculiar forma de dirigir
la investigación a lo largo de la carrera, siendo que un adecuado aleccionamiento
ha de tener como producto para el alumno de pregrado, la investigación que
17 El primer enfoque que se puede plantear en razón de los resultados
estimados para alcanzar con el análisis reseñado anteriormente, es el relacionado
con la afectación social, puesto que la entrega de una educación sin el suficiente
nivel de calidad que permita alcanzar en forma óptima la finalidad para la cual nace
la universidad, resulta provocando un desequilibrio social, puesto que constituye no
sólo afrenta, sino vulneración de la perspectiva social de crecimiento cultural, lo
cual se puede apreciar como un perjuicio social.
Desde el punto de vista jurídico se puede orientar el planteamiento hacia un
ámbito que se relaciona con los derechos fundamentales entre los cuales se ubica el
derecho a la educación, que si bien es cierto la responsabilidad del Estado es
procurar los medios pertinentes para que la realización de este derecho esté
garantizada en razón a la estructura educacional de calidad para generar la
profesionalización adecuada, tal actividad debe ser medida a fin de establecer cuál
es la razón de ser del problema que se identifica como uno de insuficiente calidad
en la educación superior.
Así pues, corresponderá a la investigación proyectada el desarrollo de la
teoría de los derechos fundamentales a fin de reconocer la estructura organizacional
diseñada para la garantía de ellos y en especial del derecho a la educación de
calidad, para con tales parámetros estimar cuan idónea resulta aquella capacitación
que se imparte como producto de la gestión estatal en la ley Universitaria en primer
18 Realidad que conduce a la preocupación respecto a la garantía que se supone
debería proteger el Estado respecto al derecho fundamental a la educación,
entendida ésta no sólo como el desarrollo de políticas públicas que procuren la
creación e implementación de centro de estudios, sino también el interés y control
de la calidad tanto en formas cuanto en contenidos de la misma, lo que conlleve a
la calidad educacional. Siendo este el panorama académico, interesa a la
investigación proyectada, el análisis del protocolo que orienta la investigación en
la Facultad de Derecho, buscando reconocer los factores que favorecen o dificultan
su eficacia, llámese aspectos administrativos o académicos en su composición,
resultados que permitirán determinar la necesidad de replantear su estructura y
conseguir la eficacia de la educación como derecho fundamental sobre la formación
de abogados con calidad educativa.
1.1.2. Formulación del Problema
¿Qué tan apropiada es la estructura de los protocolos de investigación en la
facultad de derecho de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo para garantizar el
derecho fundamental a la educación bajo el parámetro de calidad?
1.2. Justificación e Importancia del Estudio 1.2.1. Justificación del Estudio
La principal razón que justifica la investigación proyectada es la social,
puesto que como ya se ha explicado líneas arriba, la aplicación inadecuada de los
parámetros que inspiran la existencia de las universidades genera una afectación
social, dañando la expectativa de la comunidad o creando una de tipo falsa, sobre
19 De otro lado se ubica la justificación jurídica, puesto que la razón de
investigar se inspira en el aspecto de las responsabilidades que se generan en razón
de la mediana observación de la realidad que identifica el nivel de educación
deficiente impartido en la universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, específicamente
la carrera de derecho por la Facultad de Derecho y Ciencia Política, esto es
responsabilidad tanto moral cuanto jurídica, puesto que reconoce como necesario
el control de la calidad, para lo cual habrá de revisarse los parámetros otorgados
por la SUNEDU a nivel administrativo, y la propia Nueva Ley Universitaria
aprobada en el año 2014.
Doctrinariamente también se puede hablar de una justificación, puesto que
resulta necesaria la búsqueda de fundamentos en la interpretación realizada tanto
de la ley cuanto de las categorías jurídicas que circundan a la educación
universitaria y su orientación a la capacidad de investigación de los alumnos y
egresados de la Facultad de Derecho y Ciencia Política, en el sentido de conocer
que tan elevado es el nivel de garantía del derecho a la educación de calidad según
lo que se ha analizado doctrinariamente hasta la actualidad.
1.2.2. Importancia del Estudio
La importancia del presente estudio radica en el sentido de que
principalmente permitirá determinar en primer lugar, si corresponde o no la garantía
del derecho fundamental al derecho a la educación de calidad impartida en los
centros educativos de nivel superior, para que en función a ello se pueda establecer
la secuencia de responsabilidades de su ineficacia desde la institución de control
20 curricular en la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional
Pedro Ruiz Gallo; resultados que permitirán configurar una propuesta de cambio,
englobando todos los aspectos ya descritos a fin de garantizar eficazmente el
derecho a la calidad en la educación superior.
1.3. Objetivos
1.3.1. Objetivo General
Determinar qué tan apropiada es la estructura de los protocolos de
investigación en la Facultad De Derecho De La Universidad Nacional Pedro Ruiz
Gallo para garantizar el derecho fundamental a la educación bajo el parámetro de
calidad.
1.3.2. Objetivos Específicos
Desarrollar doctrinariamente el contenido esencial del derecho a la
educación.
Estudiar la estructura universitaria desde la perspectiva de la
investigación y su proyección en la facultad de derecho de la
Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo.
Observar la organización administrativa para la ejecución de los
protocolos de investigación en la Facultad De Derecho De La
Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo.
Analizar la formación con calidad educativa de los estudiantes según
la currícula de la facultad de derecho de la Universidad Nacional
21
1.4. Hipótesis
Sí, se configura adecuadamente la estructura de los protocolos de
investigación en la facultad de derecho de la Universidad Nacional Pedro Ruiz
Gallo; entonces se logrará garantizar el derecho fundamental a la educación bajo el
parámetro de calidad.
1.5. Variables
1.5.1. Variable Independiente
La estructura de los protocolos de investigación en la facultad de derecho de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo.1.5.2. Variable Dependiente
El derecho fundamental a la educación bajo el parámetro de calidad.1.6. Métodos, Técnicas e Instrumentos de Recolección 1.6.1. Métodos
En la presente investigación se han usado los siguientes métodos, los cuales
sirvieron para desarrollar la observación de una forma adecuada y sistemática, así
se tiene:
1.6.1.1. Método Exegético Jurídico
Este método ha sido aplicado para interpretar el sentido de las normas que
incorpora y desarrolla el derecho a la educación de calidad y los requerimientos
académicos y administrativos para el desarrollo de la investigación en la
universidad; detalle que se confrontara con la realidad nacional y regional,
permitiendo obtener cifras como resultados, en base a las cuales se pudo contrastar
22 Análisis interpretativo que ha de entenderse como el inicio de una
observación total, que partiendo de este contexto literal de las reglas se podrá llegar
a la comprensión de las mismas ya en el contexto de todo el ordenamiento jurídico
que compromete el esquema del Estado Constitucional y democrático de derecho.
1.6.1.2. Método Sistemático Jurídico
Este método se ha empleado para realizar un análisis conjunto e
interrelacionado de nuestro ordenamiento jurídico administrativo y aquel
concerniente al ámbito del manejo de la estructura de la investigación en las
universidades, lo cual ha permitido arribar a la mejor conclusión del informe de
investigación respecto al establecimiento de la responsabilidad y con ello reconocer
los puntos débiles del esquema educativo y lanzar la propuesta de solución.
1.6.1.3. Método Hipotético Deductivo
Al emplear el método hipotético deductivo se pudo verificar su apoyo
metodológico al momento de elaborar la hipótesis de trabajo, y en el transcurso de
la investigación para realizar un correcto estudio del tema abordado desde
comprender su naturaleza hasta llegar a sus manifestaciones específicas para casos
concretos.
1.6.1.4. Método Inductivo
La aplicación de este método ha permitido analizar el material de estudio, el
mismo que ha sirvió de base para demostrar la hipótesis de trabajo, así como para
23
1.6.2. Técnicas
En el desarrollo de nuestro tema, se hizo uso de las técnicas de recolección
de la información con los cuales se logró establecer los parámetros con los que se
definen la propuesta, permitiendo plantear al final las sugerencias en función a los
resultados.
1.6.2.1. Análisis Documental
Se utilizaron fichas bibliográficas, fichas de investigación documental, etc.,
con lo cual se logró obtener datos de los archivos de fuentes documentales, de textos
que han sido publicados en materia de Derecho Administrativo, metodología de la
investigación y protocolos universitarios.
Se usaron fichas bibliográficas, las cuales se trabajaron en base al formato
APA contenido en la regla internacional y que se aplica como herramienta
electrónica bajo el soporte del programa Word de Microsoft, puntualizando datos
de las fuentes de información como son revistas, informes de tesis, libros y otros;
además de ello se han creado fichas de investigación documental como es el caso
de los protocolos de investigación desarrollados por el Vicerrectorado de
investigación y que se están aplicando en la Facultad de Derecho y Ciencia Política
de la Universidad nacional Pedro Ruiz Gallo.
1.6.2.2. Observación
Se ha utilizado la guía de observación, con la cual se consiguió observar la
24 adecuados para el desarrollo de la investigación en la Facultad de Derecho y Ciencia
Política de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, a fin de reconocer la posible
solución que permita alcanzar la finalidad última de toda organización educativa
superior, cual es la investigación como base del conocimiento y capacitación.
Se ha utilizado la guía de observación, con la cual se ha observado la
realidad socio jurídica que engloba la necesidad de ejercer el control social, la
misma que se proyectó en un esquema que inicia con el objeto de observación y se
configura de la siguiente manera:
GUÍA DE OBSERVACIÓN.
o Objeto de Observación: verificación de la aplicación de los protocolos de investigación en la Facultad de Derecho y Ciencia
Política y su efecto sobre la eficacia de la calidad de la educación
universitaria.
Criterios de observación:
Eficacia en el cumplimiento de los protocolos de
investigación en la Facultad de Derecho y Ciencia
Política de la Universidad Nacional Pedro Ruiz
Gallo.
Nivel de calidad de la educación en razón de la
investigación desarrollada en la Facultad de Derecho
y Ciencia Política de la Universidad Nacional Pedro
25
1.6.2.3. Encuesta.-
Se empleó la guía de encuesta; la cual ha sido aplicada a personas que conocen el
tema materia de observación, integrando a operadores administrativos, docentes y
estudiantes de la Facultad de Derecho y Ciencia Política, quienes han plasmado sus
opiniones respecto de la problemática en eta investigación.
Para la determinación de la cantidad de participantes en la encuesta se ha
tenido en cuenta el criterio de conveniencia por tratarse de una investigación no
probabilística según lo considerado como un muestreo no probabilístico por
conveniencia, de acuerdo a lo que se señala “las técnicas de muestreo de tipo no
probabilísticas, la selección de los sujetos a estudio dependerá de ciertas
características, criterios, etc. que él (los) investigador (es) considere (n) en ese
momento (…)” (Walpole & Myers, 1966). Por conveniencia porque permite
seleccionar aquellos casos accesibles que acepten ser incluidos. Esto, fundamentado
en la conveniente accesibilidad y proximidad de los sujetos para el investigador
(Otzen & Manterola, 2017) (Otzen & Materola, p. 227-232. 2017).
Es en razón de ello la marcación por conveniencia al señalar la muestra de 50
operadores administrativos, docentes y estudiantes de la Facultad de Derecho y
Ciencia Política de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, a fin de reconocer
su postura en razón del desarrollo de la investigación en esta institución y su
relación con los protocolos académicos.
1.6.3. Instrumentos
Los instrumentos son los medios auxiliares para recoger y registrar los datos
26 La Ficha.- Es un instrumento que se utilizó en la técnica del fichaje, y ha servido para localizar las fuentes y también para almacenar la información que se
va obteniendo durante la investigación, las mismas que han trabajado en base al
formato APA contenido en la regla internacional y que se aplica como herramienta
electrónica bajo el soporte del programa Word de Microsoft, puntualizando datos
de las fuentes de información como son revistas, informes de tesis, libros y otros,
27 La Guía de Observación.- Instrumento que se utilizó en la técnica de la observación, y servirá para realizar una observación directa no participante del
objeto materia de investigación, lo cual se ha trabajado en base al formato de guía
de observación siguiente:
GUÍA DE OBSERVACIÓN
Objeto de Estudio:
Criterio de evaluación Si No
Criterio 1 - -
Crierio 2 - -
TOTAL - -
La Guía de Encuesta.- Es un instrumento que se utilizó en la técnica de la encuesta, y consistió en un conjunto de preguntas que se elaboraron para que sirvan
de orientación en el dialogo que se debe tener con los encuestados que son los
conocedores del tema, en tanto operadores administrativos, docentes y estudiantes
de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Pedro Ruiz
Gallo y se elaboró en función de los ejes temáticos de la investigación, esto es en
28
Variable independiente:
La estructura de los protocolos de investigación en la facultad de derecho de la
Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo; sobre la cual se desarrollaron tres
afirmaciones bajo el criterio de definición, crítica y propuesta, con la alternativa de
respuesta a marcar según la perspectiva:
a) De acuerdo
b) En desacuerdo
c) No opina.
Variable dependiente:
El derecho fundamental a la educación bajo el parámetro de calidad; sobre la cual
se desarrollaron tres afirmaciones bajo el criterio de definición, crítica y propuesta,
con la alternativa de respuesta a marcar según la perspectiva:
a) De acuerdo
b) En desacuerdo
c) No opina.
1.6.4. Análisis estadísticos de los datos
Consiste en describir cómo será analizada estadísticamente la información.
1.6.5. Presentación de Datos
Los datos obtenidos fueron presentados de la siguiente manera:
29
b. Los datos cuantitativos, fueron presentados en cuadros y gráficos.
1.6.6. Procesamiento de Datos
a. Crítica y discriminación de datos; los datos obtenidos y que se encuentran presentados en fichas, cuadros, gráficos y otros, fueron evaluados por el
investigador, para ver si estos se encuentran completos, si han sido correctamente
obtenidos y su autenticidad, de tal manera que solamente quedaron aquellos datos
confiables, mientras que no lo son, fueron descartados.
b. Tabulación de datos; a los datos que hayan pasado el procedimiento de crítica y discriminación de datos, y que se encuentran presentados en fichas,
cuadros, gráficos y otros, se les asignó un código a cada ficha, cuadro, gráfico u
otro, el cual se hizo teniéndose en cuenta el esquema de investigación.
c. Tratamiento de datos: Los datos tabulados, fueron ordenados de acuerdo al código que se les haya asignado, para su correspondiente análisis, conforme a lo
30
CAPITULO II
EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA EDUCACION DE CALIDAD
Con la finalidad de lograr demostrar la viabilidad de esta investigación se ha
recopilado información relacionada con el derecho fundamental a la educación de calidad,
por lo mismo que la principal preocupación recae en ubicar la definición más adecuada.
En tal sentido se toma como primera referencia el aspecto relacionado con la
educación desde la perspectiva jurídica considerándola como derecho fundamental, así es
que se tiene lo referido por el investigador Scioscioli Sebastián (2014), quien en su
artículo científico titulado: El Derecho A La Educación Como Derecho Fundamental Y
Sus Alcances En El Derecho Internacional De Los Derechos Humanos, indica lo
siguiente:
La educación en general ha sido estudiada tradicionalmente desde
diversas perspectivas provenientes del campo de la política, la economía,
la sociología y las ciencias de la educación, entre otras. Sin embargo, en
aquellos ámbitos no abundan los trabajos que procuren un acercamiento a
la educación como derecho fundamental y que brinden paralelamente un
marco de análisis para reflexionar y argumentar en torno a la defensa,
vigencia y exigibilidad de las posiciones jurídicas y de los contenidos
básicos presentes en el derecho a la educación (pág. 6).
Tal cual se observa de la reseña, se advierte la ausencia de investigación sobre el
campo de acción de la educación como derecho, por lo mismo que se encuentra un
31 hecho de que se puede presumir que esta ausencia es precisamente lo que ha generado en
todo este tiempo la desatención por parte del Estado respecto a la eficacia.
En ese sentido es que se debe entender a la educación como un derecho el cual en
su impartición y garantía debe obedecer a ciertos parámetros de calidad, tal cual lo indica
la investigación desarrollada por Paiva Goyburu Dante (2013) bajo el título de: Alcances
de derecho a la educación gratuita en las universidades públicas, en la que llega a la
siguiente conclusión:
La educación superior corresponde a la segunda etapa del Sistema
Educativo nacional, y es donde se consolida la formación integral de las
personas. Produce conocimiento, desarrolla la investigación e innovación
y forma profesionales en el más alto nivel de especialización y
perfeccionamiento en todos los campos del saber, el arte, la cultura, la
ciencia y la tecnología a fin de cubrir la demanda de la sociedad y
contribuir al desarrollo y sostenibilidad del país. Se brinda en
Universidades e Institutos, así como algunas escuelas. Por un criterio de
especificidad nos concentramos en el caso de la enseñanza universitaria
(pág. 219).
Es importante lo resaltado por la investigación reseñada puesto que se ocupa de
establecer la trascendencia de la educación en el nivel superior, el estándar de calidad así
como la contribución al desarrollo a través de la investigación y sus resultados como
efecto en la sociedad, lo cual dota de viabilidad a la investigación proyectada puesto que
cubre el otro aspecto de la misma.
Actualmente todo ser humano tiene derecho a la educación cuya finalidad de ello
es el pleno desarrollo y la dignidad de cada persona, tener la capacidad de estar inmerso
32 derechos humanos. Si bien la educación es importante en sí misma, como también es un
derecho humano que debe multiplicarse, de tal modo que el grado de accesibilidad a
educarse influya en el nivel de goce de otros derechos humanos.
Según el artículo desarrollado por el sitio web de (Magisterio, 2016)
contribuyendo al desarrollo de esta investigación también nos habla sobre el derecho a la
educación indicando que:
El derecho a una educación de calidad, entendido como derecho
humano, implica no solo la calidad de “insumos”, por ejemplo del currículo,
de preparación de los docentes o recursos financieros, materiales y
didácticos con que cuentan las instituciones educacionales, y los procesos
de gestión y administración educacional; sino la calidad de “resultados”,
relacionada, por ejemplo, con los logros, rendimientos y, por supuesto, los
aprendizajes fundamentales a ser alcanzados por todos los estudiantes. La
calidad de los resultados está íntimamente ligada a la de los insumos; dicho
de otra manera, está mediada por la cantidad de recursos asignados al
sistema educativo desde las políticas públicas, el apoyo técnico que se da a
las escuelas en su gestión institucional para llevar a cabo proyectos
innovadores vinculados directamente con la calidad, como: las
características culturales, sociales y económicas de la familia; la calidad de
los procesos ambientales del hogar de los estudiantes; la gestión liderada
por el personal directivo y el grado de participación de la comunidad
escolar; las características profesionales del profesor; la conducción del
proceso de enseñanza-aprendizaje; el tamaño del colegio; la infraestructura;
33 Según la Fuente especificada no válida. Sobre el derecho a la educación menciona:
El derecho a la educación implica requisitos específicos en los
diferentes niveles de educación. La enseñanza primaria debe ser obligatoria
y gratuita para todos, lo que implicará consideraciones de costos directos e
indirectos relacionados con la educación. La naturaleza obligatoria de la
enseñanza primaria protege contra violaciones de este derecho por parte de
los padres o de los gobiernos, elimina la discriminación basada en los
ingresos y acaba con los incentivos para la falta de asistencia. Los Estados
deben elaborar un marco nacional que amplíe y mejore progresivamente el
sistema educativo y que sucesivamente introduzca la educación gratuita en
los demás niveles, como el secundario, superior y educación fundamental.
Todo Estado debe respetar el derecho a la libertad de enseñanza. Esto
incluye el respeto a las convicciones religiosas y morales de los niños y los
padres, el derecho de los padres o tutores legales de escoger escuelas
privadas para sus hijos, y la libertad para establecer instituciones educativas
privadas, siempre y cuando se ajusten a las normas nacionales de planes de
estudio y admisiones.
Según (Prioretti, 2015) desarrollando puntos importantes a cerca de la calidad
educativa también menciona:
El derecho a una educación de calidad es el derecho a un aprendizaje
con sentido y adecuado. Ahora bien, en un mundo diverso, las necesidades
de aprendizaje varían de una comunidad a otra, de modo que un aprendizaje
34 como necesario para vivir con dignidad. Hay que aceptar que existen
numerosas formas distintas de definir la calidad de vida y, por consiguiente,
de definir lo que se debe aprender. Las concepciones utilitarias dominantes
de la educación deberían aceptar la expresión de otras epistemologías y otros
modos de entender el bienestar humano, para centrarse así en la importancia
de la educación como bien común.
Por lo tanto podemos decir que al hablar de derecho a la educación no solamente
nos referimos a tener acceso a ella, sino también a tener el derecho de recibir una buena
educación de calidad, entonces la educación debe ser fácil y accesible, pero también
aceptable y adaptable.
Tomando en cuenta algunos puntos desarrollados por el Fuente especificada no válida. en el artículo 13 menciona:
Si bien la aplicación precisa y pertinente de los requisitos dependerá de las
condiciones que imperen en un determinado Estado Parte, la educación en todas sus
formas y en todos los niveles debe tener las siguientes cuatro características
interrelacionadas:
a) Disponibilidad. Debe haber instituciones y programas de enseñanza en cantidad
suficiente en el ámbito del Estado Parte. Las condiciones para que funcionen
dependen de numerosos factores, entre otros, el contexto de desarrollo en el que
actúan; por ejemplo, las instituciones y los programas probablemente necesiten
edificios u otra protección contra los elementos, instalaciones sanitarias para
ambos sexos, agua potable, docentes calificados con salarios competitivos,
materiales de enseñanza, etc.; algunos necesitarán además bibliotecas, servicios
35 b) Accesibilidad. Las instituciones y los programas de enseñanza han de ser
accesibles a todos, sin discriminación, en el ámbito del Estado Parte. La
accesibilidad consta de tres dimensiones que coinciden parcialmente:
i) No discriminación. La educación debe ser accesible a todos,
especialmente a los grupos no vulnerables de hecho y de derecho, sin
discriminación por ninguno de los motivos prohibidos (…).
ii) Accesibilidad material. La educación ha de ser asequible materialmente,
ya sea por su localización geográfica de acceso razonable (por ejemplo,
una escuela vecinal) o por medio de la tecnología moderna (mediante el
acceso a programas de educación a distancia).
iii) Accesibilidad económica. La educación ha de estar al alcance de todos.
Esta dimensión de la accesibilidad está condicionada por las diferencias
de redacción del párrafo 2 del artículo 13 respecto de la enseñanza
primaria, secundaria y superior: mientras que la enseñanza primaria ha de
ser gratuita para todos, se pide a los Estados Partes que implanten
gradualmente la enseñanza secundaria y superior gratuita.
c) Aceptabilidad. La forma y el fondo de la educación, comprendidos los programas
de estudio y los métodos pedagógicos, han de ser aceptables (por ejemplo,
pertinentes, adecuados culturalmente y de buena calidad) para los estudiantes y,
cuando proceda, los padres; este punto está supeditado a los objetivos de la
educación mencionados en el párrafo 1 del artículo 13 y a las normas mínimas
36 d) Adaptabilidad. La educación ha de tener la flexibilidad necesaria para adaptarse a
las necesidades de sociedades y comunidades en transformación y responder a las
necesidades de los alumnos en contextos culturales y sociales variados.
Según la revista (REICE. Revista Iberoamericana sobre Calidad, Eficacia y
Cambio en Educación, 2007) Sobre la educación como eje fundamental de la sociedad
menciona que:
La educación es un derecho humano fundamental y un bien público
porque gracias a ella nos desarrollamos como personas y como especie, y
contribuimos al desarrollo de la sociedad. El ser humano necesita de la
educación para desarrollarse plenamente como tal (…) por lo que la
educación tiene un valor en sí misma y no sólo como herramienta para el
crecimiento económico o el desarrollo social, como suele concebirse desde
visiones más utilitaristas.
Según (Ruiz, 2014) en su investigación denominada El Derecho a la Educación
como Derecho Fundamental llegó a la siguiente conclusión:
La educación es un derecho humano, indivisible, imprescriptible e
inalienable a la persona; así como un medio indispensable para el ejercicio
de otros derechos. Por lo que podemos decir que tiene una visión individual
y colectiva. La individual pasa por el pleno desarrollo de la personalidad
humana; mientras que la colectiva se traduce en la participación en el
37 grupos raciales y religiosos, la justicia y la paz. La relevancia de este
derecho se ha visto reflejada en textos internacionales como son la
Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, el Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las
Naciones Unidas de 1976, la Convención sobre los derechos del niño de
1990, la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, con rango
jurídico de Tratado desde 2009. En España, el derecho a la educación está
regulado en el artículo 27 de la Constitución española. Queda configurado
como un derecho fundamental, lo que le otorga un régimen de protección
especial, jurídico y legislativo, frente a otros derechos. Es un derecho
prestacional, lo que se traduce en que el Estado tiene que establecer un
servicio público que garantice el derecho a la educación de todos. El objeto
del derecho a la educación es el pleno desarrollo de la personalidad humana
y el fortalecimiento en el respeto de los derechos humanos y de las libertades
fundamentales, esto es, el principio de la legitimación democrática o la
formación intelectual como elemento indispensable en el proceso de
formación de la voluntad popular. Además, el derecho a la educación cuenta
con una serie de garantías, como son que la enseñanza básica es obligatoria
y gratuita; la neutralidad desde un punto de vista ideológico y religioso; la
38 cumplimiento de las leyes; y el reconocimiento del derecho que asiste a los
padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de
acuerdo con sus propias convicciones.
Según (Turbay, 2000) sobre el derecho fundamental a la educación de calidad
menciona:
El derecho a la educación es, sin duda, uno de los más importantes
derechos de la niñez y quizás el más importante de los sociales. Aunque no
se puede, en sentido estricto, plantear que existan derechos importantes y
otros secundarios, la afirmación anterior se funda en el hecho según el cual
es a través en buena medida de la educación en sus distintas formas y
modalidades como el ser humano, biológico o específico, deviene en ser
social, en persona, en hombre o mujer, y es a través de ella que adquiere las
condiciones y capacidades necesarias para vivir en sociedad. En este
sentido, la educación en todas sus manifestaciones es la vía por excelencia
de la socialización humana, es decir, la vía de su conversión en un ser social
(p. 9).
2.1. Teoría de los derechos fundamentales y el derecho a la educación.
Con respecto a la teoría de los derechos fundamentales es preciso recoger la
postura de Robert Alexy (1993) cuando en su libro Teoría de los derechos fundamentales,
señala que:
Las cuestiones acerca de cuáles derechos tiene el individuo como
persona y como ciudadano de una comunidad, de a qué principios está
39 dignidad humana, la libertad y la igualdad, constituyen grandes temas de
la filosofía práctica y puntos polémicos centrales de las luchas políticas
pasadas y presentes (pág. 21).
De lo recogido se entiende el sentido de la importancia de los derechos
fundamentales reconocido por Alexy, por lo mismo que resulta importante para el caso
bajo estudio, la búsqueda de la naturaleza jurídica que corresponde a la educación, por lo
cual ha de entenderse no sólo como el derecho a ser educado sino también a las
condiciones en que se ha de recibir la materialización del mismo, es decir lo que se
presume ha de ser configurado como una educación de calidad.
La justificación de proteger los derechos fundamentales mana del origen mismo
del constitucionalismo, así se contienen en la carta magna como normas, pero en función
a lo que interesa a esta proyección se debe ubicar si corresponde la responsabilidad de su
cumplimiento o garantía al Estado, por lo mismo que se toma lo indicado por Rolla
Giancarlo (2002) en su artículo científico Derechos Fundamentales, Estado Democrático
y Justicia Constitucional, en el cual sobre los derechos señala:
Los derechos fundamentales no son sólo normas constitucionales
que establecen derechos subjetivos públicos, sino rasgos esenciales del
sistema democrático de modo que la protección efectiva del derecho
fundamental y de su actuación concreta trasciende del significado
individual, para adquirir una dimensión objetiva (pág. 129)
La objetividad de la que se habla hace presumir que la responsabilidad
corresponde no solo a los individuos como personas, sino a que la generación de garantías
40 responsabilidad del Estado el ocuparse de ello, para el caso que se va a desarrollar en la
tesis proyectad, la educación como derecho a nivel superior corresponde a la
responsabilidad del Estado la preocupación por su adecuado desempeño, siendo
imperioso desarrollar el análisis sobre la realidad existente en la Facultad de Derecho y
Ciencia Política de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, a fin de establecer si tal
garantía respecto a la educación de calidad en relación a la investigación está
correctamente canalizada.
Según un artículo publicado por la (UNICEF-Fondo de las Naciones Unidas para
la Infancia, 2006) menciona lo siguiente:
El derecho a la educación se inscribe en el marco de los derechos
civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, así como de los
principios y metas planteados por las principales cumbres y convenciones
internacionales. Prescribe que todos los niños y niñas tienen derecho a la
educación libre, gratuita y de calidad adecuada, y que los Estados son
responsables de garantizarlo a lo largo de todas las etapas de la vida de los
niños y niñas, en sus distintas expresiones -derecho a la escolarización, a
una educación de calidad y a un trato justo en las escuelas. Es en estos tres
aspectos que en el presente artículo se ofrece un estado de situación sobre
la garantía efectiva del derecho a la educación de los niños y niñas de la
región. El pleno derecho a la educación de calidad y pertinencia es condición
esencial para superar la pobreza y avanzar hacia una mayor igualdad de
oportunidades. El aumento de los niveles educacionales, en especial entre
los grupos más pobres, así como la disminución en brechas de género,
41 calidad misma de los recursos humanos. A la vez que permitirían
democratizar el acceso pleno a la ciudadanía.
Según (Hinojosa, 2013) en su investigación denominada El debate sobre la
calidad de la educación en la reforma constitucional mexicana de 2013 llega a la
siguiente conclusión:
De acuerdo a lo señalado en los diversos tratados y experiencias
internacionales, a través del respeto y la garantía de los derechos
fundamentales, y en particular del derecho a una educación de calidad, es
como se logra impulsar el desarrollo integral de las personas y las
sociedades; y se logra la generación de una comunidad participativa,
responsable y consciente de sus derechos y obligaciones cívicas. El
resultado es la generación, individual y colectiva, de mejores condiciones
de vida basados en los conceptos de igualdad, equidad, libertad y justicia.
Autores e investigadores sustentan la teoría de que la vía para acceder y/ o
exigir el cumplimiento de los derechos humanos, políticos y sociales es el
disfrute del derecho a la educación de calidad. México es un país con un
gran rezago social, una distribución deficiente de la riqueza, con una historia
política caracterizada por los abusos y la corrupción de gobernantes y
representantes políticos y una predominancia de los poderes fácticos. Estas
condiciones son el mayor impedimento para que los ciudadanos encuentren
o construyan opciones dignas de vivienda, empleo y salud. La participación
civil organizada, aunque ha sido constante no ha logrado modificar las
agendas de gobierno en temas como derechos humanos y educación. Es por
ello que los esfuerzos hechos en la actualidad para aumentar el alcance y la
42 una posibilidad para que a través de la educación los ciudadanos la tomen
en cuenta y ejerzan una acción con responsabilidad en el sentido de mejorar
su calidad de vida, generar interés en la vida social y tomar parte de la tarea
que contribuya al desarrollo económico y social del país.
2.2. Educación universitaria de calidad.
Dado que la proyección se perfila a realizar un análisis comprendido sobre un
largo periodo puesto que se trata de 10 años de evaluación, ha de considerarse necesaria
la contemplación de lo que se conoce como el proceso de acreditación respecto a la
calidad universitaria; en ese sentido se toma como referencia lo publicado en la página
del SINEACE al inicio de tal procedimiento:
En la nota, Peregrina Morgan, presidenta del Sineace, señala que el
número de acreditados, hasta el momento, se debe a que en todo este
periodo, las matrices y estándares que utiliza el Coneau para la
acreditación recién se han conocido y, aunque aún no la consiguen, muchas
universidades ya han iniciado este proceso.
Además, la acreditación no es obligatoria para las universidades,
salvo para las carreras de ciencias de la salud, educación y derecho
(Sistema nacional de evaluación, acreditación y certificación de la calidad
educativa. SINEACE, 2013).
Esta contemplación ha de ser evaluada con el actual diseño del licenciamiento
para verificar si efectivamente se conservan los parámetros indicados, lo cual señalaría
una exigencia mayor a las facultades de Derecho como la que se evalúa en esta
43 La evaluación que se supone es una preocupación o responsabilidad cuya labor ya
está iniciada por parte del estado, tiene una justificación puesto que resulta evidente la
ausencia de calidad en la educación superior que ha de ser considerada como derecho, así
lo advierten las investigadoras Paparini Claudia y Ozollo Fernanda (2015) quienes en su
artículo científico titulado: Calidad y derecho a la educación superior, señalan lo
siguiente:
Diversos autores reconocen la existencia de una importante
disociación entre el discurso y las prácticas concretas, entre el
reconocimiento formal y la efectivización del derecho a la Educación
Superior. Estimamos que esto es así, entre otras cosas, porque su
reconocimiento demanda de las instituciones cambios profundos en la
definición de su sentido y misión, en sus concepciones, en su organización
y en su gestión académica (pág. 103).
Además del reconocimiento como derecho, se percibe la necesidad de que el
mismo sea otorgado de una forma adecuada, respetando parámetros que se ciñan a la
misión de las universidades respecto a la formación en base a la investigación que resulta
ser el eje originario de las universidades.
Según (Cruz, 2018) en su investigación denominada La Educación Inclusiva como
Derecho Fundamental: Análisis del Expediente N° 00853-2015-PA/TC concluye de la
manera siguiente:
La educación inclusiva es aquella que por encima de cualquier otra
característica, prohíbe las prácticas discriminatorias, promueve la
44 oportunidades. Por otro lado, siendo el derecho a la educación un derecho
disponible para todos/as y obligatorio en determinados niveles de
enseñanza, subrayamos que este precepto se debe aplicar de igual manera,
es decir respetando el derecho a la igualdad y la dignidad humana. Por otro
lado la educación inclusiva en la actualidad goza de una gran
preponderancia, puesto que constituye un proceso que tiene como finalidad
hacer frente a la diversidad de necesidades que están presentes en los
alumnos, para que con ello pueda ser posible un incremento de su
participación en el proceso de aprendizaje. La educación busca que las
barreras de acceso para los grupos vulnerables sean derribadas, y se pueda
generar un espacio en donde el proceso de aprendizaje sea participativo y
colaborativo, de manera que todos los estudiantes aprendan juntos. En el
Perú existe un marco normativo bastante rico en materia de educación
inclusiva. El Estado entiende que la educación debe darse en un ambiente
universal e irrestricto, la cual debe ser gratuita (al menos en la educación
básica) y de calidad. Sin embargo, en nuestro Ordenamiento Jurídico
Peruano, los esfuerzos que en mayor medida pueden observarse en materia
de educación inclusiva están relacionados con el incremento de la
participación en el proceso educativo de las personas con necesidades
educativas especiales, que sin lugar a dudas son un grupo que necesita tal
apoyo, respondiendo así a una definición desfasada de lo que hoy en día se
entiende como educación inclusiva. El Estado es el encargado de la política
educativa, por lo cual debe direccionar presupuesto y estrategias que
contribuyan con la reducción de brechas de acceso en el ámbito rural,
45 Según la (REICE. Revista Iberoamericana sobre Calidad, Eficacia y Cambio en
Educación, 2007) También dice que la educación debe ser obligatoria y gratuita, tal como
se menciona a continuación:
La obligatoriedad y gratuidad de la educación son dos condiciones estrechamente
relacionadas entre sí y fundamentales para garantizar el derecho a la educación presentes
en los instrumentos de Derechos Humanos de carácter Internacional. En ellos se establece
que la educación primaria debe ser gratuita y obligatoria y que la enseñanza secundaria
técnica y profesional debe ser generalizada y progresivamente gratuita. Con relación a la
educación superior, se señala que debe hacerse accesible a todos en función de los méritos
de cada quien. La educación obligatoria ha de entenderse como un deber para los niños y
sus familias, y también para el Estado. Los padres no pueden negarse a la educación de
los hijos, y el Estado debe garantizar que todos puedan cursar la educación obligatoria,
eliminando los obstáculos financieros y de otra índole que impiden la conclusión de los
años de estudio considerados obligatorios en cada país. La obligatoriedad es una
condición necesaria pero no suficiente para garantizar el derecho a la educación. Para que
éste sea efectivo es preciso asegurar la gratuidad. Sin embargo ésta es una asignatura
pendiente en la región, pese a estar consignada en los marcos normativos de los países.
Según Vivanco (como se citó en Diaz Revorio, 2007) En la revista denominada
Derecho a la educación y libertad de enseñanza: un aparente conflicto y sus efectos sobre
una proposición normativa en Chile menciona lo siguiente:
En la perspectiva constitucional, el derecho a la educación reviste
ciertas facultades básicas: El acceso a los centros de enseñanza (erigidos,
46 cumplen ciertos requisitos objetivos, el derecho a la titulación asociada con
la capacidad escolar y la entrega de los contenidos de un modo comprensible
para el alumno, lo que importa tener una serie de cuidados idiomáticos y de
otro orden, de acuerdo al universo de personas al que se pretenda servir (p.
4).
Según (Paiva, 2013) en su tesis de grado denominada Alcances de derecho a la
educación gratuita en las universidades públicas concluye de la siguiente manera:
La educación es un proceso de socialización y endoculturación de
las personas, inherente al género humano, mediante el cual desarrollan
capacidades físicas e intelectuales, habilidades, destrezas, técnicas de
estudio y formas de comportamiento ordenadas con un fin social. Cuenta
con muchos ámbitos y diversos fines según los mismos. El concepto de
educación ha tenido una evolución conforme al contexto histórico social que
tenía la sociedad en un momento determinado. El concepto presente se
orienta a considerar a que la educación debe desarrollar en forma integral y
armónica todas las naturales aptitudes del educando. Para el concepto
moderno el ideal de la educación es desarrollar en el ser humano, en forma
integral y armónica, todas sus aptitudes físicas, intelectuales y morales. En
nuestro país, el Sistema Educativo tiene una compleja estructura orgánica y
normativa. Considerando que las cuestiones de educación son un tema de
prioridad, toda una política del Estado, se deben tener especial cuidado, pues
son menores de edad en su gran mayoría los estudiantes en el Perú, en
Instituciones Educativas promovidas por el Estado. Se cuenta con dos
47 superior corresponde a la segunda etapa del Sistema Educativo nacional, y
es donde se consolida la formación integral de las personas. Produce
conocimiento, desarrolla la investigación e innovación y forma
profesionales en el más alto nivel de especialización y perfeccionamiento en
todos los campos del saber, el arte, la cultura, la ciencia y la tecnología a fin
de cubrir la demanda de la sociedad y contribuir al desarrollo y
sostenibilidad del país. Se brinda en Universidades e Institutos, así como
algunas escuelas. Por un criterio de especificidad nos concentramos en el
caso de la enseñanza universitaria. El concepto actual del derecho a la
educación, implica que todo ser humano debe contar para sí, obligatoria y
gratuitamente, con educación primaria y también accesibilidad para la
secundaria y la educación superior. Esto es producto de movimientos civiles
y políticos, que se encuentran refrendados legislativamente, a través de
normas nacionales y acuerdos multilaterales. Esto va de la mano con la
necesidad de erradicar el analfabetismo a nivel mundial y que por medio del
conocimiento puedan revertirse la pobreza y las desigualdades sociales. El
derecho a la educación se concreta, en tres aspectos fundamentales: un
marco regulatorio, objetivos educacionales y en la prestación de un servicio.
De acuerdo a la crítica desarrollada por el profesor de la Pontificia Universidad
Católica del Perú Eduardo Ísmodes, respecto de la Nueva Ley universitaria se puede
cuestionar cierta limitación que altera un tanto el sentido de la calidad educativa, así
menciona que:
Cada universidad debería poder decidir con mayor flexibilidad, sus
principios, fines y funciones y los alumnos podrían escoger a las
48 universidades enfocadas en la formación y universidades enfocadas por la
investigación y la innovación y cada una debe evolucionar con libertad y
ajustándose a los cambios en la sociedad y en el mundo. Regular en exceso
genera distorsiones y coloca camisas de fuerza perjudiciales para todo el
sistema. (Ísmodes, 2015)
Tal cual se puede apreciar la posición del autor citado, hace referencia a una
característica de la Nueva Ley Universitaria en el Perú, señalando que el control de la
finalidad de las universidades debe ser libre, separando en dos estas últimas como son
según su apreciación, instituciones con un enfoque orientado a la formación por un lado
y por otro aquellas que se ocupan de la investigación e innovación, lo cual permite una
presunción de separación de aptitudes, la primera se reconoce como la actual modelación
de la enseñanza en las universidades como lo es la de impartir el conocimiento de una
manera directa.
Luego respecto a la segunda opción referida a la investigación e innovación, es
sin duda la que más se condice con lo que realmente significa el sentido de la universidad,
así la generación de conocimiento es más dinámica, como debiera ser, y que desde luego
esta forma de desarrollo dentro de las universidades conlleva a la proyección de los
conocimientos hacia la comunidad como lo es el fin último de la institución.
Esta cita no se ha recogido con la intención de asumir la posición dejando la
educación de calidad al amparo de la selección conveniente de uno u otro tipo de
enseñanza, por lo mismo que la virtud que corresponde a la universidad es precisamente
la investigación lo cual se entiende ha de ser promovida como pilar del análisis que en la
actualidad desarrolla la Superintendencia Nacional de Educación Universitaria
SUNEDU, que activa el control de dicha característica tan dejada al margen de la
49 Pese a ello es importante tener en cuenta que incluso el control que ejerce dicha
institución a través del proceso de Licenciamiento, a este nivel no es más que un control
respecto a la acumulación de requisitos que conllevan al cumplimiento de las bases que
facilitan la educación de calidad y con ello comprobar si se cuenta con la estructura y
herramientas técnicas y humanas para alcanzar ese nivel y con ello corroborar si
corresponde la revalidación de la autorización de funcionamiento ya otorgada por la ANR
en su momento; el verdadero control que corresponde a la marcación de la calidad
universitaria se producirá luego de la ratificación que otorga el licenciamiento, cuando se