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EPISCOPADO Y PRIMADO EN LA VIDA DE LA IGLESIA

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EPISCOPADO Y PRIMADO EN LA VIDA DE LA IGLESIA

Episcopado y Primado son los dos polos de la estructura de la Iglesia. Su coordinación puede resolver la antinomia de la variedad y unidad en la Iglesia. El mismo diálogo ecuménico está condicionado por la respuesta a este problema.

Episcopado e primato pontificio nella vila della chiesa, La Scuola Católica, 88 (1960), 401 – 434

La fonction de l’Episcopat dans l’Eglise et ses relations avec la Primauté pontificale, Istina, (1961-62), 7-32

No es posible examinar el aspecto inmutable y el aspecto variable de las relaciones entre el Episcopado y el Primado Pontificio sin trazar a grandes líneas una doctrina de estas dos realidades reveladas.

Teniendo en cuenta la perspectiva de este trabajo, el método no puede ser puramente teológico, a partir de la doctrina definida, ya que no poseemos una doctrina dogmática precisa y adecuada sobre el Episcopado. La definición del Vaticano I es incompleta en lo concerniente al Primado, al que ve más como principio jurídico revelado, que como realidad sobrenatural histórica institucionalmente constituida por Cristo; y sobre todo lo es en lo concerniente al Episcopado. Tiene, pues, que ser también un método histórico que analice la conc iencia histórica de la Iglesia, sobre todo en la antigüedad, acerca de estas realidades, y nos lleve a pensarlas como Ella las pensaría hoy, conociendo y creyendo la doctrina actual acerca del Primado.

LA CONCIENCIA DE LA FUNCIÓN EPISCOPAL EN LA IGLESIA Los Obispos sucesores de los Apóstoles

En la conciencia de la Iglesia antigua, el concepto fundamental del Obispo como sucesor de los Apóstoles tiene un doble significado: de posesor de poderes apostólicos, y de posesor del Espíritu Santo comunicado por Cristo a sus Apóstoles para la edificación de la Iglesia.

La posesión de los poderes apostólicos se manifiesta en primer lugar en la conciencia de los obispos de tener la verdad apostólica legítimamente, y de ser los encargados de presentarla auténticamente.

Otro hecho que manifiesta la presencia de los poderes apostólicos en los obispos es el ejercicio de su función sacerdotal, administrando la vida sacramental en su iglesia, en lo cual participan los demás presbíteros como colaboradores suyos. Cada obispo determina el modo de administrar los sacramentos en su iglesia, de donde nacen las distintas litúrgicas.

Una tercera función revela elcarácter de los obispos como sucesores de los Apóstoles.

Se trata de la función de apacentar el rebaño y conducirlo a la salud. Este cometido les

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hacia sentirse con derecho para juzgar lo que convenía al espíritu cristiano, gobernando así la vida de su comunidad.

A pesar de, todo ello los obispos sabían la gran distancia que les separaba de los Apóstoles de Cristo. Estos eran sus testigos y fundadores de la Iglesia, mientras que ellos no eran más que conservadores de la tradición, de la que los Apóstoles que habían puesto el fundamento.

Los Obispos poseedores de los carismas apostólicos

Para la conciencia antigua es algo, muy claro que el Episcopado no es solamente un poder de jurisdicción, sino un carisma.

Carisma que Ireneo, hablando de la función del magisterio, llama carisma cierto de la verdad y que hace que la fuente y garantía de la verdad en el obispo sea el Espíritu Santo. Así, la identidad del Espíritu de la verdad -poseído por los obispos de las distintas iglesias locales- garantiza ontológicamente la identidad de la fe en toda la Iglesia, como, por otro lado, la identidad del Espíritu transmitido por los Apóstoles es la que garantiza ontológicamente la verdad apostólica de la Iglesia en el tiempo.

A su vez, la tradición: litúrgica, que expresa la conciencia viva de la iglesia de entonces, nos enseña que este carisma episcopal se transmite por la imposición de las manos. Y distingue, claramente los dones comunicados a los obispos de los comunicados a otros ministros. El que posee el don del episcopado posee la plenitud de carismas que le hacen, en su Iglesia, fuente original de todo otro principio de vida sobrenatural. De ahí la importancia que se daba en los siglos IV y V a la fiesta del aniversario de la consagración del obispo.

La conciencia cristiana distinguía también claramente entre la posesión de los carismas episcopales y su uso. Veía en ellos un doble contenido: uno, permanente e inalienable, fundamento de los poderes o funciones episcopales, y otro cuyo fin era el buen cumplimiento de estas funciones, podía perderse por falta del hombre; lo que hoy llamaríamos un carácter episcopal y una gracia Sacramental.

Los datos litúrgicos nos obligan a pensar que la consagración episcopal hacía entrar a aquél que la recibía en un estado sobrenatural propio, el supremo en el interior de la comunidad cristiana particular, Estado sobrenatural que no era, como el de la virginidad, de origen no-sacramental; sino que como el sacerdocio, tenía en su base un acto sacramental.

Función local y función Universal del Episcopado

Estas funciones que la tradición atribuía a los obispos se ejercían muchas veces sobrepasando la iglesia local de cara á toda la Iglesia universal.

Es cierto que la disciplina antigua estrecha el vínculo del obispo con su diócesis, limitándole el ámbito de su competencia. Sin embargo, el reconocimiento de las funciones directivas de. algunos obispos -porejemplo los de

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Alejandría sobre su región, y otrasintervenciones de obispos fuera de su diócesis- nos muestran la conciencia de que el poder episcopal en sí no está limitado geográficamente por un territorio. Por Mutuo acuerdo de los mismos obispos, se impuso una disciplina sobre el uso de sus propios poderes, que luego pasó a prescripción de derecho.

Esta misma conciencia de universalismo se manifiesta también en el intercambio de cartas entre ellos, particularmente las cartas de comunión que anunciaban la elección y consagración. Los obispos se sentían corresponsables de la Iglesia universal y dotados de un carisma que les permitía trabajarpara el bien de Ella. Pensaban que la verdad que ellos poseían era la verdad apostólica, la verdad de todas las iglesias, y los dones que ellos administraban eran los dones que Cristo dejó a toda la Iglesia. Si en algún sitio, por deficiencia de los hombres, los poderes y carismas apostólicos venían a faltar o estaban mal administrados, ellos se sentían autorizados a extender el ejercicio de los poderes apostólicos propios más allá de las fronteras ordinarias de sus iglesias.

La expresión más segura de esta conciencia es la dada por los Concilios. El valor universal de las decisiones conciliares no resultaba ni del número ni del acuerdo de las voluntades e inteligencias humanas, sino de la presencia y del ejercicio de un carisma universal por naturaleza, que encontraba en el Concilio la forma suprema de su manifestación. Cada obispo en comunión con la Catholica y con su centro, Roma, sabía que era el co-poseedor del Espíritu.

RELACIONES ENTRE EL EPISCOPADO Y EL PRIMADO PONTIFICIO Desarrollo histórico de la doctrina del primado

La primera función reconocida a la Iglesia de Roma y a su obispo es la de garantizadora de la tradición apostólica. La tradición: apostólica de Roma siendo la tradición del Primer Apóstol llamado Pedro (Piedra), es aquella con la cual las otras tradiciones apostólicas deben necesariamente estar de acuerdo.

Esta función lleva al obispo de Roma a ejercer una doble misión con respecto a las otras iglesias; vigilar su fidelidad a la tradición apostólica y juzgar la legitimidad del órgano por el que se transmite y se conserva esta tradición apostólica en cada Iglesia; es decir, velar por la legítima sucesión apostólica de los obispos.

Ya presente en los primeros siglos, esta conciencia se traduce poco a poco en actos concretos de gobierno por un largo proceso histórico caracterizado por tres factores: a) conciencia y afirmación de una competencia universal justificada por la "sucesión de Pedro"; b) intervenciones esporádicas en la vida de otras iglesias; c) intervenciones decisivas reculares y cada vez más normales cuando la vida de la Iglesia ha ido poniendo en evidencia la necesidad de una autoridad única para garantizar su unidad, su santidad, su capacidad de reforma, su catolicidad y su independencia de intereses locales o nacionales.

La conclusión de este proceso histórico es la doctrina católica actual del Primado Pontificio contenida en la enseñanza del primer Concilio Vaticano y en la práctica de la Iglesia actual.

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Doctrina actual

Al Pontífice Romano le corresponde una doble función de magisterio y una doble jurisdicción. La función episcopal del Papa es semejante a la de los otros obispos, y se refiere a la diócesis de Roma. En cambio, la función primacial le es exclusiva, y se extiende a toda la Iglesia; por ella, el Romano Pontífice es centro único de la verdad y depositario único de la totalidad de jurisdicción para toda la Iglesia.

La función primacial que da al Papa una verdadera función episcopal para cada diócesis y para cada fiel, no está en contradicción con la autoridad y función propia de los obispos, sino que, por el contrario, está destinada a reforzarla y facilitarla.

La diversidad de función de los obispos y del Papa, se funda en la diversidad de dones y de poderes comunicados por Jesús al Colegio Apostólico (y a Pedro como miembro de él), y a Pedro personalmente en tanto que distinto de los otros Apóstoles. Dones y poderes que se transmiten de. una manera distinta. El cuerpo episcopal en su conjunto sucede al Colegio Apostólico; pero sólo el obispo de Roma sucede personalmente al Apóstol Pedro. Esto determina en la Iglesia una doble línea de sucesión apostólica:

1) Por el sacramento del orden, todos los obispos son iguales entre sí, están en relaciones de sucesión directa e inmediata con el Colegio Apostólico y detentan poderes de santificación válidos y destinados para toda la Iglesia.

2) Pero porque no existe transmisión inmediata y autónoma de la autoridad de gobierno de cada apóstol a cada obispo, sino sólo de Pedro al obispo de Roma, el uso legitimo de aquellos poderes no puede tener lugar sino en comunión con toda la Iglesia y, ante todo, con el obispo de Roma, centro de la comunión católica. Los obispos reciben los poderes de Cristo a través del colegio episcopal. Este colegio episcopal posee una cabeza, que tiene en sí misma la plenitud de los apoderes apostólicos" necesarios para la vida de toda la Iglesia; así, todos los poderes de cada obispo están ya contenidos en este poder como en su fuente y fundamento.

Así, pues, el poder primacial del Pontífice es bajo este aspecto distinto del poder episcopal de todos los demás obispos, pero no por esto están separados ni se oponen. La enseñanza de la misma verdad, la conservación de la misma disciplina y la administración de la misma salud, les hace tender a los mismos fines. El Romano Pontífice, sin embargo, tiene un poder de decisión autónomo en la elección de los medios, mientras que los otros, en su enseñanza y gobierno, tanto particular como colectivamente, están ligados por las decisiones del Papa.

CONCLUSIONES HÍSTÓRICO-TEOLÓGICAS

Si se acepta la doctrina que me parece tradicional e indiscutible, del valor sacramental de la consagración episcopal, el obispo, por los poderes y dones de gracia contenidos en el carisma episcopal, se convierte en un órgano de la acción del Espíritu Santo. Se constituye en la Iglesia, en cierta medida, como principio de conocimiento sobrenatural de la verdad revelada, principio de santificación y principio de edificación pastoral, Es decir, una imagen real de Cristo Maestro, Pastor y Sumo Sacerdote.

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Esta realidad sobrenatural ontológica del obispo adquiere su plena capacidad de acción cuando éste, por designación de la autoridad legítima, se hace responsable de una comunidad cristiana particular.

La tarea, del obispo en ella es no sólo conservar la fe y el espíritu de la vida cristiana, sino encarnarlos según las necesidades y la maneta de ser propia de su comunidad;

resolver sus problemas y hacer que el desarrollo humano sirva a la vida sobrenatural.

Este promover la formación y desarrollo de la tradición espiritual (entendida en sentido eclesiástico y no puramente ascético) de su comunidad es el primer, efecto propio e irremplazable del carisma episcopal.

A su vez, el carisma del Primado tiene la misión de garantizar que esta aplicación de la tradición apostólica a las condiciones particulares de cada iglesia se conserve fiel a la misma tradición apostólica y a la comunión católica. Pero esto se debe hacer respetando la variedad de dones que el Espíritu Santo puede comunicar a su Iglesia -a través de la formación de estas diversas tradiciones espirituales de cada iglesia-. Aquí entra en juego la colaboración del episcopado al bien de la Iglesia universal, que se realiza particularmente en el Concilio.

El juez primero y propio de las condiciones necesarias para la conservación de la tradición apostólica y de la.. comunión católica es el Obispo de Roma. En todo el Colegio episcopal unido con él no hay autoridad mayor que la suya personal. Pero en el Colegio episcopal hay una mayor riqueza de carisma para la edificación de la Iglesia, parque cada obispo en particular tiene un carisma de enseñanza que le es propio y que responde a las necesidades de su comunidad. La suma de todos estos carismas, unidos al carisma propio del Obispo de Roma, hace del Colegio episcopal un órgano más apropiado para la plena penetración y enseñanza de la verdad cristiana según las necesidades del tiempo presente. De la misma manera, porque cada obispo posee un carisma pastoral para la plena edificación de su iglesia en el amor, la suma de todos estos carismas unida con el carisma propio del Pontífice Romano hace del Colegio Episcopal una imagen y órgano más adecuado a la figura del Buen Pastor. La característica del Buen Pastor es un cierto conocimiento personal de las almas y de sus necesidades particulares: Yo soy el Buen Pastor y conozco a mis ovejas y las mías me conocen a mí (Jn 10, 14). Esta es la razón que explica y exige la multiplicación de los Pastores en la Iglesia. Y es también la razón que explica que en el Colegio Episcopal reunido haya una capacidad de juicio más conforme a las necesidades pastorales de la Iglesia que en el Pontífice Romano sólo. La figura del Buen Pastor en la Iglesia no está representada por un único pastor sino por un cuerpo de pastores.

Consecuencia de todo esto es la necesidad de una colaboración armoniosa entre los.

carismas primacial y episcopal, para que la Iglesia tenga mayor capacidad de desarrollarse hasta la edad perfecta de Cristo, en el grado asignado por la Providencia para cada época histórica.

Principios de colaboración

Esta colaboración entre el Papa y los obispos deberá tener en cuenta cuatro principios fundamentales:

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El principio de la unidad (unidad en la fe, en el espíritu y en la comunión jerárquica y sacramental) primer bien de la Iglesia y primera condición de su actividad apostólica.

Sin embargo, la unidad de la Iglesia no es el último fin, . sino la condición querida por Cristo para llegar al fin último de la salvación y santificación de las almas. Salvación y santificación de los fieles que pertenecen ya a la Iglesia, y extensión de la Iglesia por todo el mundo. De aquí se deduce el principio de la pastoralidad. Esfuerzo continuo de adaptación y encarnación. Necesidad de hacer nacer soluciones históricas diversas en la única fe y en la única disciplina sacramental y moral, positivamente queridas por Cristo.

Otro principio podrá ser el principio del respeto de las tradiciones. Su. formación en la Iglesia es un hecho histórico-providencial; no tiene solamente como fundamento contingencias históricas de origen humano, sino también la diversidad de dones sobrenaturales. Está destinada a hacer más rica y plena la manifestación de la gracia multiforme de Dios.

Estas diversas tradiciones espirituales en la Iglesia deben ser vía y medio para hacer más fácil la salud y santificación de cada una de las comunidades locales y para enriquecer la comunidad de la Iglesia universal. Esto trae consigo el que cada una de las tradiciones espirituales pueda y deba ser comunicable de una Iglesia a las otras. As! se concreta el principio de catolicidad. Cuando algunas tradiciones están en contraste tal con el resto de las otras tradiciones de la Iglesia que no pueden ser aceptadas por ellas, se considerarán extrañas a la Catholica Ecclesia; mientras que cuanto con más seguridad sean cristianas y bienhechoras, serán tanto más comunicables. Por lo que el obispo, en el cuidado de las tradiciones de su comunidad, no puede descuidar las tradiciones de los otros obispos.

Aplicaciones prácticas

La primera condición para una determinación exacta de la naturaleza y misión de episcopado sería una definición dogmática del carisma del episcopado y de la sacramentalidad de la consagración episcopal. Ello sería bien mirado por los hermanos separados de Oriente, por los Anglicanos y por las comunidades de la Reforma, en tanto que manifestación significativa de la voluntad de la Iglesia de ser fiel a la tradición apostólica claramente afirmada en los primeros siglos.

Dar a los obispos en el plano jurídico-disciplinar y pastoral una mayor libertad de acción y poderes suficientes para que puedan verdaderame nte formar, conservar y transmitir una tradición espiritual en su diócesis. Para facilitar tal tarea, en la que se requiere una cierta continuidad de dirección y comunión de espíritu difícilmente improvisable, sería oportuno que la elección de los obispos se determinase teniendo en cuenta esto.

Por otro lado, como hemos visto al hablar del principio de catolicidad, la vida espiritual de una diócesis (ni de hecho ni de derecho) puede estar aislada de la de las otras. Esto debe llevar a favorecer la colaboración entre las diócesis pertenecientes a la misma comunidad Humana (pueblo, nación, estado) que tienen problemas espirituales comunes e inter-dependientes. Se deben crear formas e instituciones jurídicas adaptadas y eficaces, en la dirección, por ejemplo, que van tomando las Conferencias episcopales

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nacionales. Este desarrollo de la organización colegial de la vida de la Iglesia se insertaría muy bien en la tradición histórica de la Iglesia antes del Cisma de Oriente y sería también muy bien vista por los hermanos separados. En este sentido. los Patriarcados podrían adquirir una significación jurídico-espiritual, y no solamente histórica.

Sin embargo, en el momento actual de la vida de la Iglesia, no es posible volver a formas jurídico-organizativas iguales a aquellas que existían antes del Cisma. Y esto, tanto por la experiencia histórica de los peligros que para la unidad de la Iglesia importaban esas formas, como por la profundización doctrinal de las prerrogativas de la función primacial de la Iglesia romana. Se deben, sin embargo, buscar, si las hay, otras formas posibles de colaboración entre el episcopado y el papado respetando, con todo, principios dogmáticos y tradiciones históricas. Una de estas formas podría ser la constitución en Roma de organismos centrales compuestos de obispos elegidos en parte por el Papa y en parte por las conferencias episcopales nacionales, cuya tarea fuera examinar problemas de orden doctrinal, disciplinar y espiritual de las distintas partes de la Iglesia, y conciliar las tradiciones espirituales particulares con la universalidad, apostolicidad y unidad de la Iglesia.

Tradujo y condensó: RAFAEL CASANOVA

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