DERECHO ROMANO 1
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Sesión No. 3
Nombre: Fuentes formales del derecho romano, primera parte Objetivo: Identificar las fuentes formales del derecho romano.
Contextualización
¿Podemos analizar la civilización romana desde un aspecto solamente jurídico?
Sí, claro que se puede analizar de esa forma. La civilización romana se puede analizar desde un contexto socio-político histórico para lo cual se divide su estudio en tres etapas, que estudiamos en la sesión anterior: la monarquía, la república y el imperio.
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Introducción al Tema
¿Sabías que se hacen 4 divisiones del derecho romano?
La civilización romana puede estudiarse tanto a partir de su división histórica como desde un punto de vista jurídico, es decir, en relación con las instituciones jurídicas y su evolución a lo largo de la historia. De esta manera tenemos las siguientes etapas (Bernal, Beatriz y José de Jesús Ledesma, 1981: 54):
a) Derecho Arcaico: Desde la fundación de Roma en 753 a.C. hasta la promulgación de las leyes de las XII Tablas en el año 449 a.C.
b) Derecho Preclásico: Desde la ley de las XII Tablas en 449 a.C. hasta el final de la República en el 27 a.C.
c) Derecho Clásico: Desde el final de la República en el año 27 a.C. hasta el imperio de Alejandro Severo en el año 235 d.C.
d) Derecho Postclásico: Desde Alejandro Severo en 235 d.C. hasta Justiniano en 527 d.C. Derecho Justinianeo: Desde el año 527 al 565 d.C., duración del imperio de Justiniano.
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Explicación
DESARROLLO DE LAS FUENTES FORMALES DEL DERECHO ROMANO ¿Qué son éstas?
Pueden ser escritas o no escritas. La no escrita lo es la costumbre, mientras que las escritas son: a) las leyes, b) los plebiscitos, c) los senado-consultas, d) las constituciones imperiales, e) los edictos de los magistrados o sea, primordialmente, las reglas de conducta que insertaban los pretores en su álbum para normar su actuación durante el período de funciones.
3.1.1. Fases históricas del Derecho Romano
El derecho romano sufrió una evolución a lo largo de su historia. Entre las fases históricas que afectaron al derecho romano se encuentran:
Derecho Arcaico (753 a.C. – 449 a.C.)
Esta etapa del derecho coincide con la etapa de la Monarquía y parte de la República de la historia de Roma, siendo las fuentes del derecho principales la costumbre y posteriormente la ley, los plebiscitos, senadoconsultos, edictos de magistrados y la jurisprudencia.
En un primer momento, la fuente principal del derecho durante este periodo es la costumbre, ya que en principio no hay un órgano legislativo establecido con una estructura y funciones propias; esto dentro de un contexto profundamente religioso.
DERECHO ROMANO 4 Derecho Preclásico (Ley de las XII Tablas – Fin de la República)
Durante este periodo, la costumbre sigue siendo fuente del derecho pero poco a poco deja paso a otras fuentes y deja de tener tanta fuerza como lo tenía en el periodo anterior; la ley adquiere mayor presencia y se estructura su proceso de creación y vigencia.
Los cónsules elaboran un proyecto de ley que es presentado a los comicios para su aprobación, se publica para ser aprobado por el pueblo, pues cuentan con el derecho de intercessio para vetar la ley; una vez aprobada, debe ser ratificada por el senado mediante el llamado auctoritas patrum.
La ley consta de tres partes (Bernal, Beatriz y José de Jesús Ledesma, 1981: 132):
Preaescriptio, que es un encabezado en donde se indican datos generales como el magistrado que lo propone, la fecha de votación y nombre de la asamblea a la que se somete;
Rogatio, que es el texto de la ley;
Sanctio, que es la sanción prevista en caso de incumplimiento de la ley.
Derecho Clásico (27 a.C. – 235 d.C.)
DERECHO ROMANO 5 Derecho Postclásico (235 – 527)
A la muerte del emperador Alejandro Severo, se sigue una época de tiranía, llegando al nombramiento de Diocleciano como emperador con lo que se inicia el periodo del imperio absoluto.
A la muerte del emperador Alejandro Severo, se sigue una época de tiranía, llegando al nombramiento de Diocleciano como emperador con lo que se inicia el periodo del imperio absoluto.
El emperador Diocleciano se enfrenta a una gran desestabilización social y política, por lo que debe asegurar el poder en contra de las constantes guerras civiles, defender el territorio en contra de las invasiones bárbaras, reorganizar el erario público para enfrentar la crisis económica y buscar la paz religiosa, buscando el paganismo y persigue a los cristianos.
Derecho Justinianeo (527 – 565)
Cuando accede al poder el emperador Justiniano, el Código Teodosiano resulta insuficiente puesto que se habían dictado muchas constituciones imperiales posteriormente.
De esta forma, le interesa consolidar el derecho vigente y reestructurarlo; una vez más existía una gran incertidumbre jurídica.
DERECHO ROMANO 6 3.1.2. La Jurisprudencia.
La jurisprudencia se refiere a las opiniones emitidas por los llamados jurisconsultos, que al principio eran sacerdotes y sus comentarios tenían un contenido religioso. Emitían su opinión respecto a asuntos que les eran presentados por los particulares o por los magistrados y de esta manera se va generando una doctrina como fuente del derecho. Poco a poco se fue secularizando la función jurisprudencial y se convirtió en una función laica.
La labor de los jurisconsultos tiene varias funciones:
Respondere, consistente en dar consultas verbales sobre casos prácticos; Cavere, que consiste en redactar documentos jurídicos;
Agere, mediante la asistencia a las partes durante el litigio; y
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Conclusión
Podemos señalar que el derecho emanado de la época arcaica se caracterizó por ser riguroso y formalista, con la familia como unidad primaria de gobierno. Por su parte el derecho preclásico, se definió por ser una época histórica de expansión, y, por último, el clásico se identifica como una época en la que se desarrolla gran parte de la ciencia jurídica con una técnica perfecta.
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Para aprender más
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Actividad de Aprendizaje
Instrucciones:
Con la finalidad de reforzar los conocimientos adquiridos a lo largo de esta sesión, ahora tendrás que realizar una actividad en la que a través de un resumen expliques qué es el Corpus Iuris Civilis. (2 cuartillas mínimo)
Puedes realizarlo en cualquier programa, al final tendrás que guardarlo en PDF para subirlo a la plataforma de la asignatura.
Esta actividad representa el 5% de tu calificación final y se tomará en cuenta lo siguiente:
Tus datos generales Referencias bibliográficas Ortografía y redacción Título
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Bibliografía
Bernal, B.; Ledesma, J. J. (1981). Historia del Derecho Romano y de los derechos neoromanistas. Tomo I. De los orígenes a la alta edad media. México: Universidad Nacional Autónoma de México. Instituto de Investigaciones Jurídicas.
D’Ors, A. (1997). Derecho privado romano (9a. ed.) Pamplona: Universidad de Navarra.
De Pina Vara, R. (2000), Diccionario de Derecho, México: Porrúa.
Foignet, R. (1956). Manual elemental de Derecho Romano. Puebla: Cajica. Gutiérrez-Alviz y Armario, F. (1995). Diccionario de Derecho Romano. (4a.
ed.) Madrid: Reus.
Iglesias, J. (1972). Derecho Romano. Instituciones de Derecho Privado. (6a. ed.) Barcelona: Ariel.
Morineau Iduarte, M.; Iglesias González, R. (1993). Derecho Romano Colección de Textos Jurídicos Universitarios (3a. ed.) México: Harla.