• No se han encontrado resultados

POR TANTO: En ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 27 y 29 del Decreto No del Congreso de la Repú blica, Ley del Organis

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2021

Share "POR TANTO: En ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 27 y 29 del Decreto No del Congreso de la Repú blica, Ley del Organis"

Copied!
11
0
0

Texto completo

(1)

Ministerial 00579 - Tarifas por Sevicio

MINISTERIO DE ACRICULTURA, GANADERIA Y ALIMENTACIÓ N

TARIFAS POR SERVICIOS QUE PRESTA EL MINISTERIO DE ACRICULTURA, GANADERIA Y ALIMENTACIÓ N A TRAVES DE LA UNIDAD DE NORMAS Y REGULACIONES.

ACUERDO MINISTERIAL NO. 00579

Edificio Monja Blanca: Guatemala, 19 de abril de 2001

El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación,

CONSIDERANDO:

Que para consolidar la gestión del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, referido a la presentación de servicios de alta calidad, iniciado en el añ o 1998, con los servicios fitozoosanitarios, ha sido ampliada la gama de los mismos a las áreas fitozoogenética, agua y suelo e inocuidad de los alimentos.

CONSIDERANDO:

Con el objetivo de automatizar los servicios y controles competencia del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, es preciso revisar las tarifas establecidas mediante Acuerdo Ministerial No. 398-98 e incluir las correspondientes, a los nuevos servicios.

农药法规资讯网

(2)

POR TANTO:

En ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 27 y 29 del Decreto No.

114-97 del Congreso de la Repú blica, Ley del Organismo Ejecutivo, 6º. del Acuerdo Gubernativo No. 278-98 de fecha 20 de mayo de 1998, y su modificación contenida en el Acuerdo Gubernativo No. 746-99 de fecha 30 de septiembre de 1999,

Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación y 3º. del Acuerdo Gubernativo No. 784-93 de fecha 23 de diciembre del 1993.

ACUERDA:

LAS SIGUIENTES:

TARIFAS POR SERVICIOS QUE PRESTA EL MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y ALIMENTACIÓ N A TRAVES DE LA UNIDAD DE NORMAS Y REGULACIONES

ARTICULO 1º. Para efectos de cobro por servicios prestados por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, dentro del Convenio No. 50-93 MAGA-OIRSA, se establecen las tarifas siguientes:

A) CERTIFICADOS, RECONOCIMENTO Y RENOVACIÓ N

SERVICIO TARIFA

Certificado de registro genealógico de bovinos o equinos

Q75.00 / certificado

Certificado Zoosanitario Internacional de Exportación

Q10.00 / certificado

Certificado Fitosanitario Internacional de Exportación

Q10.00 / certificado

农药法规资讯网

(3)

Reconocimiento del certificado de Análisis de Calidad de semilla botánica

Q 8.00 / reconocimiento

Certificado de Análisis de calidad de semilla botánica

Q 8.00 / certificado

Certificado de inspección fitosanitario de fincas, empacadoras, centros de acopio y plantas de tratamiento

Q 8.00 / certificado

Reconocimiento o Renovación de la prueba de análisis y diagnóstico de laboratorio

Q100.00 / reconocimiento o renovación por prueba

Certificado de tratamiento de productos y subproductos de origen vegetal

Q 3.50 / certificado

B) EMISIÓN DE CARNET DE REGISTRO DE REGENTES

SERVICIO TARIFA

Carnet de registro de regentes Q20.00

/carnet/empresa/año

C)PERMISOS, LICENCIAS, REVALIDACIONES, REPOSICIONES Y CONSTANCIAS

SERVICIO TARIFA

Permiso o licencia de importación de insumos para uso agrícola y en animales

Tres (3) por millar según valor FOB declarado en factura comercial

Permiso o licencia de importación de animales, vegetales e hidrobiológicos, sus productos y subproductos

Q100.00 / permiso o licencia

Revalidación o reposición de permiso o licencia de importación de insumos para uso agrícola y en

Q75.00 / permiso o licencia

农药法规资讯网

(4)

animales

Revalidación o reposición de permiso o licencia de importación de animales, vegetales e hidrobiológicos, sus productos y suproductos

Q 75.00 / permiso o licencia

Constancia fitosanitaria o zoosanitaria de alimentos naturales procesados

Q 75.00 / constancia

Licencia sanitaria de transporte de alimentos no procesados de origen animal, hidrobiológico y vegetal para consumo humano

a)Furgón b)Camión c)Pick Up o panel

Q100.00 / licencia / año

Q 60.00 / licencia / año

Q 40.00 / licencia / año

Licencia sanitaria para el transporte de animales vivos del centro de producción con destino a rastros:

a)Furgón b)Camión c) Pick Up o panel

Q100.00 / licencia / año

Q 60.00 / licencia / año

Q 40.00 / licencia / año

Licencia sanitaria de rastros, según su categoría:

a)Categoría “A”

b)Categoría “B”

c)Categoría “C”

d)Categoría “D”

Q1,000.00 /licencia/año

Q 800.00

/licencia/año

Q 600.00

农药法规资讯网

(5)

/licencia/año

Q 200.00

/licencia/año

Licencia sanitaria que ampara el funcionamiento de establecimiento de producción, transformación, almacenadoras y centros de acopio de alimentos no procesados

Q 100.00

/licencia/año

Licencia sanitaria de unidades de producción, granjas, centros, fábricas o establecimientos de animales y vegetales

Q 100.00

/licencia/año

Permiso de exportación de semillas botánica Q 8.00 /permiso

D)SERVICIOS DE INSPECCION Y SUPERVISIÓN

SERVICIO TARIFA

Inspección/supervisión de rastros en país de origen, dentro del área Centroamericana

Q25.00 del Certificado de Inspección y Boleto aéreo, viáticos

(hospedaje y

alimentación),

impuesto de salida y transporte local

Inspección/supervisión de establecimientos de producción, transformación, almacenadoras, distribuidoras y centros de acopio de alimentos naturales no procesados, en el país de origen dentro del área Centroamericana`

Q25.00 del Certificado de Inspección y Boleto aéreo, viáticos

(hospedaje y

alimentación),

impuesto de salida y transporte local

E)SERVICIOS DE INSPECCION Y SUPERVISIÓN DE ESTABLECIMIENTOS EN EL PAIS

SERVICIO TARIFA

农药法规资讯网

(6)

Inspección/supervisión a establecimientos de producción, transformación, almacenadoras y centros de acopio de alimentos naturales no procesados

Q25.00 del Certificado de Inspección, más viáticos, combustible y gastos de transporte

F)ESTUDIOS BIOECONOMICOS Y ANÁLISIS DE RIESGO

SERVICIO TARIFA

Estudio bioeconómico de plaga/cultivo o plaga

animal Q10,000.00/estudio

Estudio de Análisis del Riesgo:

a)Por plaga o enfermedad b)Por vía de entrada

De Q15,000.00 a Q25,000.00/estudio

De Q35,000.00 a Q60,000.00/estudio

G)REGISTROS, REPOSICIONES, AUTORIZACIONES, VERIFICACIONES Y AVALES RELACIONADOS CON SEMILLAS Y REGISTRO GENEALÓGICO

SERVICIO TARIFA

Registro de productor de semilla Q300.00/registro/año

Registro de importador y/o exportador de

semillas Q300.00/registro/año

Registro de planta de acondicionamiento de

semillas Q500.00/registro/año

Registro de empresas que prestan el servicio de almacenamiento de semillas (registro de almacenadora de semillas)

Q300.00/registro/año

Registro de lotes (por hectárea) para la

producción de semilla` Q15.00/ciclo de cultivo

农药法规资讯网

(7)

Autorización de etiquetas para semillas de

diferentes categorías Q3.30/etiqueta

Peritaje zootécnico, incluye informe respectivo:

a)Bovinos: 1-50 ejemplares/día b)Equinos: 1-12 ejemplares/dia

Q250.00/dia * Q250.00/dia *

*y Q1.5 por kilómetro recorrido

Registro de traspasos de propiedad de especies

bovinas y equinas Q200.00/ejemplar

Reposición de certificado de Registro

Genealógico Q200.00/ejemplar

Carta Genealógica de ejemplar de ganado

bovino, equino y otras especies Q500.00/ejemplar

Aval oficial de certificado emitido por los

registros genealógicos privados Q100.00/aval

H)CERTIFICACIÓN Y AVAL EN MATERIA DE AGRICULTURA ECOLOGICA

SERVICIO TARIFA

Acreditación de Agencias Certificadoras de Agricultura Ecológica

Q5,000.00/acreditación/dos años

Aval de certificados emitidos por Agencias

Certificadoras de Agricultura Ecológica Q50.00/aval

I)PRUEBAS DE ANÁLISIS Y DIAGNOSTICO DE LABORATORIO

农药法规资讯网

(8)

SERVICIO TARIFA

SEMILLAS:

a)Análisis parciales para la certificación de semillas

b)Análisis completo para la certificación de semillas

c)Análisis especiales

Q20.00/muestra Q60.00/muestra Q80.00/muestra

HERMATOLOGIA:

a)Biometría hemática b)Hematocrito c)Hemoglobina d)Fórmula diferencial e)Recuento de glóbulos rojos f)Recuento de glóbulos blancos PARASITOLOGIA:

a)Método directo

b)Método de flotación (más de 100 muestras)

c)Método de flotación (menos de 100 muestras)

d)Método de McMaster (más de 100 muestras)

e)Método de McMaster (menos de 100 muestras)

Q40.00/muestra Q15.00/muestra Q20.00/muestra Q20.00/muestra Q15.00/muestra Q15.00/muestra

Q5.00/muestra Q5.00/muestra

Q6.00/muestra Q5.00/muestra Q6.00/muestra Q6.00/muestra

农药法规资讯网

(9)

f)Método de Berman g)Método de Dennis h)Parasitología apícola i)Ectoparásitos

j)Hemoparásitos (Anaplasmosis, piroplasmosis, filariasis, etc.)

Q10.00/muestra Q10.00/muestra Q10.00/muestra Q10.00/muestra

SEROLOGIA:

a)Card test (brucelosis) b)Pivanol (Brucelosis) c)Ring test (Brucelosis) d)Prueba rápida en placa

e)Prueba de la inhibición de la hemaglutinación para New Castle

f)Prueba de Agar en placa, para influenza aviar g)Peste porcina clásica

Q5.00/muestra Q7.00/muestra Q7.00/muestra Q6.00/prueba Q4.00/prueba Q13.00/prueba Q50.00/muestra

NECROPSIAS:

a)En aves

b)Especies menores c)Especies mayores

d)Extracción de encéfalo para rabia

Q15.00/ave Q50.00/animal Q100.00/animal Gratuito

INCINERACIONES:

农药法规资讯网

(10)

a)Especies menores y mayores

b)Productos, subproductos y desechos de origen animal, vegetal, forestal e hidrobiológico

Q40.00 (por cada 50 lbs. O fracción)

Q40.00 (por cada 25 lbs. o fracción)

ARTICULO 2º. La Coordinación de la Unidad de Normas y Regulaciones del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, a través de Resolución Administrativa, podrá fijar tarifas preferenciales a todo procedimiento o análisis de diagnó stico efectuado y necesario, dentro de los Programas Oficiales de Vigilancia Epidemiológica, Protección Agropecuaria e Inocuidad de los Alimentos.

ARTICULO 3º. Los fondos provenientes por la prestación de los servicios señalados en el artículo anterior, ingresarán a la cuenta especial del CONVENIO MAGA-OIRSA 50-93.

ARTICULO 4º. Las tarifas establecidas en el presente Acuerdo, serán sujetas de revisión cuando menos una vez al añ o y podrán ser modificadas por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, mediante la emisión de Acuerdo Ministerial.

ARTICULO 5º. Se deroga el Acuerdo Ministerial No. 398-98, de fecha 27 de agosto de 1998.

ARTICULO 6º. El presente Acuerdo empieza a regir inmediatamente, debiendo ser publicado en el Diario Oficial.

COMUNIQUESE, MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y ALIMENTACIÓ N.

Viceministro De Ganaderia Recursos Hidrobiológicos y Alimentación

农药法规资讯网

(11)

农药法规资讯网

Referencias

Documento similar

ELABORACIÓN DE LOS MAPAS DE PELIGROSIDAD Y RIESGO REQUERIDOS POR EL R.D...

La combinación, de acuerdo con el SEG, de ambos estudios, validez y fiabilidad (esto es, el estudio de los criterios de realidad en la declaración), verificada la

Gastos derivados de la recaudación de los derechos económicos de la entidad local o de sus organis- mos autónomos cuando aquélla se efectúe por otras enti- dades locales o

En estos últimos años, he tenido el privilegio, durante varias prolongadas visitas al extranjero, de hacer investigaciones sobre el teatro, y muchas veces he tenido la ocasión

Volviendo a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia, conviene recor- dar que, con el tiempo, este órgano se vio en la necesidad de determinar si los actos de los Estados

b) El Tribunal Constitucional se encuadra dentro de una organiza- ción jurídico constitucional que asume la supremacía de los dere- chos fundamentales y que reconoce la separación

Es este el camino que, sin ninguna duda, tienen que tomar otras leyes de nuestro ordenamiento para ofrecer la posibilidad de almacenamiento, tratamiento y transmisión informática

El contar con el financiamiento institucional a través de las cátedras ha significado para los grupos de profesores, el poder centrarse en estudios sobre áreas de interés