BASES GENERALES DE
FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN
MIXTA DE CAPACITACIÓN Y
ADIESTRAMIENTO
Fecha:
Elaborado por :
Organización y Métodos
Gerencia de Sistemas
22 de marzo de 1999
DIA MES AÑO COMISIÓN MIXTA DE CAPACITACIÓN Y
ADIESTRAMIENTO 22 III 1999 1
ÍNDICE
I. INTRODUCCIÓN... 3
II. BASE LEGAL ... 4
III. OBJETIVOS DE LA CAPACITACIÓN ... 5
· Generales ... 5
· Específicos ... 5
IV. INTEGRACIÓN... 6
V. FACULTADES DE LOS INTEGRANTES ... 7
VI. FUNCIONES ... 8
VII. POLÍTICAS ... 10
· Generales ...10
· Para la constitución y funcionamiento de la Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento...11
· De la duración en el cargo de los integrantes de la Comisión ...11
· De las sesiones y acuerdos de la Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento...12
· Para la elaboración y presentación ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de los Planes y Programas de Capacitación y Adiestramiento...12
· Para la elaboración de las constancias de habilidades laborales y para la presentación de las listas de dichas constancias ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social...13
VIII. PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DEL PROGRAMA DE
CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO DEL FONDO DE CULTURA ECONÓMICA.... 15
· Diagrama ...15
· Descriptivo ...17
IX. PROCEDIMIENTO PARA EL REGISTRO, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL
PROGRAMA DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO DEL FCE... 19
· Diagrama. ...19
· Descriptivo. ...21
X. FORMATOS ... 23
· Informe sobre la Constitución de la Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento (CM-DC-1)23 · Presentación de Planes y Programas de Capacitación y Adiestramiento (CM-DC-2) ...26
· Solicitud de Registro de Sistema General de Capacitación y Adiestramiento (CM-DC-2B)...29
· Constancia de Habilidades Laborales (CM-DC-3) ...31
DIA MES AÑO COMISIÓN MIXTA DE CAPACITACIÓN Y
ADIESTRAMIENTO 22 III 1999 I 3
I. INTRODUCCIÓN
La globalización de la economía, los avances tecnológicos y la búsqueda de mayores niveles de competitividad, han provocado una dinámica en el desarrollo de la vida cotidiana y más aun en nuestro sistema productivo, donde la capacitación representa uno de los medios más efectivos para asegurar la formación permanente de los recursos humanos, respecto a las funciones laborales que
deben desempeñar en el puesto de trabajo que ocupan; la capacitación se inserta como parte
integrante del acontecer cotidiano de las instituciones para cumplir con sus objetivos.
En ese sentido, y de acuerdo al Programa Institucional de Modernización y Desarrollo 1995-2000, el Fondo de Cultura Económica ha ido evolucionando hacia nuevas expectativas a nivel nacional e internacional, en un continuo crecimiento que hace indispensable optimar el aprovechamiento de los recursos humanos. Así, con el fin de propiciar y conservar una fuerza de trabajo compuesta por personas deseosas de aceptar el cambio, de aprender y desarrollarse continuamente, mantiene un especial interés en la capacitación y adiestramiento de sus trabajadores, que no se limita al cumplimiento de las disposiciones legales relativas, sino que se orienta a elevar la calidad de vida laboral.
Para el logro de los objetivos institucionales, dentro de un marco de excelencia y eficacia, es necesaria la planeación adecuada y racional de los Planes y Programas de Capacitación, a través de la Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento, a fin de perfeccionar las destrezas, actitudes y aptitudes de los recursos humanos, para permitir el desarrollo integral de cada individuo y de la Institución en general.
La Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento es un grupo de trabajo formado por los sectores patronal y trabajadores (bipartita), con igual número de representantes por cada sector (paritaria), cuya función principal es la de verificar la instrumentación, operación y evaluación de las acciones de capacitación que se implanten en beneficio de los trabajadores, atendiendo los objetivos estratégicos de la Empresa y de los trabajadores, así como la situación que prevalece en la Organización.
El presente instrumento contiene la actualización de las Bases Generales de Funcionamiento de la Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento de esta Casa Editorial, cuya edición anterior se realizó en julio de 1995. Las modificaciones de dicho instrumento fueron elaboradas por la Gerencia de Sistemas, a través de la Subgerencia de Organización y Métodos, y emanan de la Ley Federal del Trabajo y de los Criterios para el cumplimiento de las obligaciones legales, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 18 de abril de 1997.
La revisión de este documento, por parte de los miembros de la Comisión, se asentó en el Acta de la Sesión del 3 de diciembre de 1998 y su formalización se efectuó mediante el memorándum GHL/132/99 de fecha 22 de marzo de 1999.
II. BASE LEGAL
− Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Artículo 123, Apartado A, fracciones XIII y
XXXI)
− Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. (D.O. 29-XII-1976; últimas ref. y adic.: D.O.
23-I-1998)
− Ley Federal del Trabajo (Capítulo III Bis, Art. 153, Fracc. A a la X; Capítulo III Art. 699; Capítulo IV
Arts. 537, 538 y 539)
− Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. (D.O. 30-VI-1998)
− Contrato Colectivo de Trabajo del Fondo de Cultura Económica 1998 (Capítulo XIV, Cláusula 45º)
− Programa de Empleo, Capacitación y Defensa de los Derechos Laborales 1995-2000. (D.O.
07-I-1997)
− Programa Nacional de Capacitación y Productividad 1991-1994. (D.O. 21-VI-1991)
− Acuerdo Presidencial para la Desregulación de la Actividad Empresarial. (D.O. 24-XI-1995)
− Acuerdo Nacional para la Elevación de la Productividad y la Calidad (1992)
− Acuerdo por el que se fijan Criterios Generales y se establecen los Formatos correspondientes
para la realización de trámites administrativos en materia de Capacitación y Adiestramiento de los trabajadores. (D.O. 18-IV-1997)
DIA MES AÑO COMISIÓN MIXTA DE CAPACITACIÓN Y
ADIESTRAMIENTO 22 III 1999 III 5
III. OBJETIVOS DE LA CAPACITACIÓN
• Generales1
− Actualizar y perfeccionar los conocimientos y habilidades del trabajador en la actividad que
desarrolla, así como proporcionarle información para la aplicación de nueva tecnología en la misma.
− Preparar al trabajador para ocupar una vacante o puesto de nueva creación.
− Prevenir riesgos de trabajo.
− Incrementar la productividad.
− En general, mejorar las aptitudes del trabajador.
• Específicos
− Promover el desarrollo integral del personal, y como consecuencia el desarrollo de la organización.
− Propiciar y fortalecer el conocimiento técnico necesario para el mejor desempeño de las actividades
laborales.
− Fomentar la integración y comunicación entre el personal para optimar la calidad de los productos y
servicios que ofrece el Organismo a sus clientes y lectores.
− Elevar el nivel de escolaridad de los recursos humanos del Fondo de Cultura Económica.
1
IV. INTEGRACIÓN
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, la Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento, deberá estar integrada por igual número de representantes de los trabajadores y del patrón (paritaria).
Los miembros que conforman la Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento del Fondo de
Cultura Económica son: 2
SECRETARIO
Jefe del Departamento de Capacitación
POR PARTE DE LA INSTITUCIÓN POR LOS TRABAJADORES
Gerente Administrativo y Financiero Secretario General del Sindicato Único de Trabajadores
del FCE. Un representante designado por el titular de la
Gerencia Administrativa y Financiera
Un representante designado por el Sindicato, adscrito a la Gerencia Administrativa y Financiera
Un representante designado por el titular de la Gerencia de Comercialización
Un representante designado por el Sindicato, adscrito a la Gerencia de Comercialización
Un representante designado por el titular de la Gerencia Editorial
Un representante designado por el Sindicato, adscrito a la Gerencia Editorial
Un representante designado por el titular de la Gerencia de Producción Industrial
Un representante designado por el Sindicato, adscrito a la Gerencia de Producción Industrial
Un representante designado por el titular de la Gerencia de Sistemas
Un representante designado por el Sindicato, adscrito a la Gerencia de Sistemas
2
Integración formalizada mediante memorándum del Gerente Administrativo y Financiero número GHL/132/99 del
DIA MES AÑO COMISIÓN MIXTA DE CAPACITACIÓN Y
ADIESTRAMIENTO 22 III 1999 V 7
V. FACULTADES DE LOS INTEGRANTES
− Asistir puntualmente a las sesiones ordinarias y/o extraordinarias que se convoquen.
− Hacer uso de la palabra en las sesiones.
− Hacer sugerencias o recomendaciones en relación a los puntos tratados en la orden del día.
− Analizar y discutir los asuntos relativos a la capacitación y el adiestramiento,
− Votar en relación a las propuestas presentadas en las sesiones.
VI. FUNCIONES
3− Prestar el apoyo necesario en la detección de necesidades de capacitación y adiestramiento y
colaborar en la elaboración del Plan y Programas que se vayan a implementar de acuerdo con el diagnóstico de necesidades, dentro del alcance de los conocimientos que la Comisión tenga de las actividades esenciales que componen los puestos de trabajo existentes en la Institución en donde se ha constituido.
− Revisar y aprobar los Planes y Programas de Capacitación y Adiestramiento presentados por el
Departamento de Capacitación, atendiendo los resultados del diagnóstico de detección de necesidades en la materia.
− Vigilar la instrumentación y operación del sistema interno de capacitación de la Institución conforme
al Plan y Programas registrados ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, así como los procedimientos que se implanten para mejorar la capacitación y el adiestramiento de los trabajadores.
− Verificar que los agentes capacitadores externos que sean contratados posean un alto nivel de
desempeño y cuenten con el registro correspondiente ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
− Promover la participación activa de los trabajadores en los eventos de capacitación y adiestramiento
de la Institución .
− Verificar los resultados de los exámenes que son aplicados a los trabajadores, con base en el
Artículo 153-V de la Ley Federal del Trabajo, emitiendo el fallo correspondiente.
− Verificar que se expidan las Constancias de Habilidades Laborales a los trabajadores del Fondo de
Cultura Económica debidamente firmadas y autentificadas.
− Autentificar las Constancias de Habilidades Laborales, en los términos del Artículo 153-T de la Ley
Federal del Trabajo, recabando previamente para tal efecto de cada uno de los instructores internos y/o externos que aparecen en el Plan y Programas autorizados a la Institución, la certificación de los resultados obtenidos por cada trabajador participante.
− Verificar a través del reporte de evaluaciones de los participantes el trabajo de los agentes
capacitadores internos y/o externos, conforme a lo establecido en el Plan y Programas de capacitación y adiestramiento autorizados, y detectar las irregularidades de su labor a efecto de establecer las medidas correctivas y, en su caso, presentar el reporte correspondiente ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
3
DIA MES AÑO COMISIÓN MIXTA DE CAPACITACIÓN Y
ADIESTRAMIENTO 22 III 1999 VI 9
− Establecer un archivo de actas para el registro y seguimiento de las actividades de la Comisión
Mixta y de los acuerdos que se vayan tomando en cada sesión ordinaria y extraordinaria que se celebre, en relación con la implantación del plan y los programas de capacitación y adiestramiento autorizados por la Institución, a efecto de llevar un seguimiento que le permita evaluar los resultados y alcances de su gestión y sirva de base para los reportes que periódicamente deban rendir a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y además facilitar el funcionamiento adecuado de la Comisión.
VII. POLÍTICAS
• Generales
− La capacitación, adiestramiento y desarrollo deberá aplicarse a todos los niveles del personal del
Fondo de Cultura Económica, de tal forma que les permita elevar su calidad de vida, productividad y
cultura administrativa.4
− La aplicación del programa de capacitación y adiestramiento estará sujeto a las prioridades
detectadas por cada gerencia y sancionadas por la Comisión Mixta.
− El presupuesto de capacitación estará integrado en los montos de cada gerencia, de acuerdo con
las necesidades presentadas por las mismas, más un 20% del global, destinado a actividades de capacitación no programadas.
− Los cursos deberán atender de una manera concreta, a la realización de actividades prácticas
aplicables al trabajo cotidiano y conforme al presupuesto disponible.
− La Comisión Mixta deberá determinar la necesidad de contratar instructores externos, previo
análisis de la disponibilidad de capacitadores internos.
− El personal del Fondo de Cultura Económica que imparta cursos de capacitación y adiestramiento,
será favorecido con incentivos no económicos determinados por la Comisión Mixta.
− Se deberá promover la educación media básica y del nivel medio superior como fundamento de la
capacitación.
− Los trabajadores a quienes se imparta capacitación o adiestramiento estarán obligados a asistir
puntualmente a los cursos, sesiones de grupo y demás actividades que formen parte del proceso de capacitación y adiestramiento, atender las indicaciones de las personas que impartan la capacitación o adiestramiento, y cumplir con los programas respectivos, así como presentar los exámenes de evaluación de conocimientos y de aptitud que sean requeridos.
− La calificación mínima exigida a los empleados asistentes a cursos externos patrocinados por el
Fondo de Cultura Económica, será de 8 (ocho) dentro de una escala de 10 (diez) ó su equivalente proporcional.
− Para el caso de Diplomados, sólo se autorizará la asistencia de un trabajador por cada Gerencia, en
los casos que se amerite deberán ser autorizados por la Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento. Dicho trabajador tendrá la obligación de impartir los conocimientos adquiridos al personal del Fondo de Cultura Económica que así lo requiera.
4
DIA MES AÑO COMISIÓN MIXTA DE CAPACITACIÓN Y
ADIESTRAMIENTO 22 III 1999 VII 11
• Para la constitución y funcionamiento de la Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento
− La Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento se deberá constituir e integrar de manera
bipartita y paritaria. El número de sus integrantes y sus bases generales de funcionamiento serán determinados, de común acuerdo, por el Fondo de Cultura Económica y sus trabajadores o, en su caso, por el Organismo y el sindicato titular del contrato colectivo de trabajo o administrador del
Contrato-Ley.5
− La Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento se deberá integrar por centro de trabajo de
acuerdo al número de representantes siguiente:
a) Las instituciones hasta con 19 trabajadores tendrán un representante por cada sector. b) Instituciones de 20 a 100 trabajadores, 3 representantes por cada sector.
c) Las instituciones con 101 o más trabajadores incorporarán a 5 representantes por cada sector.
− La Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento será responsable de vigilar en el Fondo de
Cultura Económica la instrumentación y operación del sistema y de los procedimientos que se implanten para mejorar la capacitación y el adiestramiento de los trabajadores, y sugerir las medidas tendientes a perfeccionarlos conforme a las necesidades de los trabajadores y del propio
Organismo.6
− La constitución de la Comisión Mixta se sujetará a las disposiciones legales establecidas en la Ley
Federal del Trabajo y sus integrantes deberán asumir una participación activa al ser elementos fundamentales y promotores del proceso.
− El Fondo de Cultura Económica deberá mantener en sus registros internos la información requerida
por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, respecto a la integración de las comisión mixta (conforme al formato CM-DC-1), así como la información de las bases generales de funcionamiento y de las actividades de los últimos doce meses de la Comisión Mixta, para lo cual el Organismo
deberá conservar los registros internos correspondientes.7
• De la duración en el cargo de los integrantes de la Comisión
− Los integrantes de la Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento, tanto representantes del
Organismo como de los trabajadores, durarán en su cargo mientras no renuncien o sean removidos del mismo.
5
Acuerdo por el que se fijan Criterios Generales y se establecen los Formatos correspondientes para la realización de trámites administrativos de los trabajadores. (D.O. 18-IV-1997)
6 Idem. 7
• De las sesiones y acuerdos de la Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento
− Las sesiones de la Comisión podrán ser de carácter ordinario y extraordinario.
a) Las sesiones ordinarias de la Comisión se efectuarán los días 5 de cada mes, ó el siguiente día hábil si este fuera no laborable.
b) Las sesiones extraordinarias se podrán celebrar cada vez que sean necesarias, el Jefe del Departamento de Capacitación deberá convocar a sesión con tres días hábiles de anticipación.
− Los miembros de la Comisión podrán nombrar suplentes para cubrir la eventual ausencia de algunos
titulares.
− Se deberá levantar acta de cada una de las sesiones, las cuales deberán contener cuando menos la
siguiente información:
c) Fecha, en que se celebre la sesión. d) Mencionar si es ordinaria o extraordinaria. e) Orden del día de la sesión.
f) Acuerdos tomados en la sesión. g) Firma de los asistentes.
− Se deberá llevar un archivo de actas para el registro y seguimiento de sus actividades.
• Para la elaboración y presentación ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de los Planes y Programas de Capacitación y Adiestramiento
− Los planes y programas de capacitación y adiestramiento del Fondo de Cultura Económica deberán
presentarse ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, o en su caso las modificaciones de los ya aprobados dentro de los 15 días siguientes a la celebración, revisión o prórroga del contrato existente en la Institución, a efecto de evitar sanciones por el incumplimiento de esta disposición.
− Los planes y programas de capacitación y adiestramiento deberán atender las necesidades de
formación, actualización y desarrollo de los trabajadores del Fondo de Cultura Económica, a fin de proporcionarles información sobre la aplicación de nueva tecnología, prepararlos para ocupar una vacante o puesto de nueva creación, prevenir riesgos de trabajo, incrementar la productividad y, en
general, mejorar las aptitudes del trabajador.8
8
Acuerdo por el que se fijan Criterios Generales y se establecen los Formatos correspondientes para la realización de trámites administrativos de los trabajadores. (D.O. 18-IV-1997)
DIA MES AÑO COMISIÓN MIXTA DE CAPACITACIÓN Y
ADIESTRAMIENTO 22 III 1999 VII 13
− Los planes y programas deberán ajustarse a los siguientes lineamientos:9
a) Considerar todos los puestos y niveles existentes del Organismo b) Referirse a períodos no mayores de cuatro años.
c) Precisar las etapas durante las cuales se impartirá la capacitación y adiestramiento al total de los trabajadores de la Institución.
d) Señalar el procedimiento de selección, a través del cual se establecerá el orden en que serán capacitados los trabajadores de un mismo puesto y categoría.
e) Especificar el nombre y número de registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de las entidades instructoras.
f) Aquellos otros requisitos publicados en el Diario Oficial de la Federación, que establezca la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
• Para la elaboración de las constancias de habilidades laborales y para la presentación de las listas de dichas constancias ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.10
− La constancia de habilidades laborales será el documento que acredita la capacitación que un
trabajador recibe como resultado de la aprobación de los cursos que forman parte de los planes y programas de capacitación y adiestramiento del Organismo.
− Las constancias de habilidades laborales deberán sujetarse a los siguientes lineamientos:
a) Serán expedidas por la persona o entidad instructora en el caso de instructores, instituciones, escuelas u organismos especializados externos, o por el Fondo de Cultura Económica cuando se trate de instructores internos.
b) Serán autentificadas por la Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento, a través de un representante de los trabajadores y uno del Organismo, miembros de la propia comisión y designados por la misma.
c) Deberán entregarse a los trabajadores dentro de los veinte días hábiles siguientes al término de cada uno de los cursos de capacitación que se lleven a cabo en la empresa. d) Para su expedición se utilizará el formato CM-DC-3.
9
Ley Federal del Trabajo, Artículo 153-Q. 10
Acuerdo por el que se fijan Criterios Generales y se establecen los Formatos correspondientes para la realización de trámites administrativos de los trabajadores. (D.O. 18-IV-1997).
− El Fondo de Cultura Económica deberá de hacer del conocimiento de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, para su registro, las listas de las constancias de habilidades laborales expedidas a sus trabajadores, a través del formato CM-DC-4 dentro de los veinte días hábiles posteriores al término de cada año. El Organismo debe conservar copia de las constancias de habilidades laborales incluidas en la última lista remitida a dicha Secretaría.
DIA MES AÑO COMISIÓN MIXTA DE CAPACITACIÓN Y
ADIESTRAMIENTO 22 III 1999 VIII 15
VIII. PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DEL PROGRAMA DE
CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO DEL FONDO DE CULTURA ECONÓMICA
• Diagrama
INICIO
DETECTA LAS NECESIDADES DE CAPACITACIÓN DEL PERSONAL DEL FCE, MEDIANTE LAS TÉCNICAS ADECUADAS 1.2 DEPARTAMENTO DE CAPACITACIÓN RECABA PLANTILLA DE PERSONAL DEL FCE Y ELABORA CATALOGOS DE INSTRUCTORES INTERNOS 1.1 ELABORA PROYECTO DEL PROGRAMA DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO Y LO SOMETE A CONSIDERACIÓN DE LA COMISIÓN MIXTA 1.3 DETERMINA ESPECIFICACIONES (PERÍODO, ETAPAS, ETC.) E INFORMA AL DEPTO. DE CAPACITACIÓN 2.5 RECIBE DEL DEPTO. DE CAPACITACIÓN EL PROYECTO DEL PROGRAMA 2.1 DIAGNOSTICA LA NECESIDAD DE CAPACITACIÓN, CONFORME LO ESTABLECE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO 2.2 EVALÚA PROYECTO Y PROPONE EN SU CASO ALTERNATIVAS CONGRUENTES AL PRESUPUESTO Y CRITERIOS ESTABLECIDOS 2.3 ANALIZA DISPONIBILIDAD DE INSTRUCTORES INTERNOS O EXTERNOS 2.4 1/2
COMISIÓN MIXTA DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO
RECIBE INSTRUCCIONES Y RECABA INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA PARA LA ELABORACIÓN DEL PROGRAMA DE CAPACITACIÓN 3.1
2 2 1 1 FORMA (CM-DC-2) P A R A P R E S E N T A C I Ó N D E L P L A N Y P R O G R A M A S DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO 0 FORMA (CM-DC-2) P A R A P R E S E N T A C I Ó N D E L P L A N Y P R O G R A M A S D E CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO 0 LLENA FORMA (CM-DC-2) CON DATOS SEÑALADOS POR LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL 3.2 ENTREGA FORMA (CM-DC-2) A LA COMISIÓN MIXTA DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO PARA FIRMA 3.3
RECABA FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL Y SECRETARIO DEL SUTFCE. DEVUELVE PARA CONTINUAR TRÁMITE 4.2 1/2 FIN REVISA QUE SE APEGUE A LAS INSTRUCCIONES SEÑALADAS Y A LA NORMATIVIDAD RESPECTIVA 4.1 RECIBE FORMA (CM-DC-2) Y PROCEDE A SU REGISTRO ANTE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CAPACITACIÓN Y PRODUCTIVIDAD DE LA STPS 5.1
DIA MES AÑO COMISIÓN MIXTA DE CAPACITACIÓN Y
ADIESTRAMIENTO 22 III 1999 VIII 17
• Descriptivo
RESPONSABLE A C T I V I D A D DOCUMENTO
1. Departamento de Capacitación
1.1. Recaba Plantilla de Personal del Fondo de Cultura
Económica y de acuerdo con el análisis de la(s) especialidad(es) que dominen los empleados, elabora catálogo de instructores internos.
1.2. Detecta las necesidades de capacitación del personal del
Fondo de Cultura Económica mediante las técnicas adecuadas, aplicadas a todos los niveles y áreas de la Institución.
1.3. Elabora proyecto del Programa de Capacitación y
Adiestramiento y lo somete a la consideración de la Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento del Organismo.
2. Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento.
2.1 Recibe del Departamento de Capacitación, el proyecto del
Programa de Capacitación y Adiestramiento para su análisis y evaluación.
2.2. Diagnostica las necesidades de capacitación puesto por
puesto, conforme lo establece la Ley Federal del Trabajo.
2.3. Evalúa proyecto y propone , en su caso, alternativas
congruentes al presupuesto y de acuerdo con los criterios establecidos para capacitación.
2.4. Analiza disponibilidad de instructores internos, y en su caso requerimientos de contratación de capacitadores externos.
2.5. Determina especificaciones (período, etapas, etc.), e
informa al Departamento de Capacitación. 3. Departamento de
Capacitación
3.1. Recibe instrucciones y recaba información complementaria
para la elaboración del Programa de Capacitación y Adiestramiento.
RESPONSABLE A C T I V I D A D DOCUMENTO
3.2. Llena Forma CM-DC-2 con datos señalados por la
Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en original y copia (El formato lo proporciona la Dirección General de Capacitación y Productividad de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social).
Forma CM-DC-2 para presentación del Plan y Programas de Capacitación y Adiestramiento.
3.3. Entrega Forma CM-DC-2 a la Comisión Mixta de
Capacitación y Adiestramiento, a fin de recabar las firmas correspondientes de los integrantes.
4. Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento
4.1. Revisa que el formato se apegue a las instrucciones
señaladas y a la normatividad respectiva.
4.2. Recaba firma del representante legal y Secretario del
Sindicato Único de Trabajadores del Fondo de Cultura Económica, y devuelve para trámite ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
5. Departamento de Capacitación
5.1. Recibe Forma CM-DC-2 y procede a su registro ante la
Dirección General de Capacitación y Productividad de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social; archiva segunda copia del formato registrado, dándose por terminado el procedimiento.
Forma CM-DC-2 para presentación del Plan y Programas de Capacitación y Adiestramiento
DIA MES AÑO COMISIÓN MIXTA DE CAPACITACIÓN Y
ADIESTRAMIENTO 15 XII 1998 IX 19
IX. PROCEDIMIENTO PARA EL REGISTRO, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL
PROGRAMA DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO DEL FCE.
• Diagrama. 2 1 1 FORMA (CM-DC-2) P A R A P R E S E N T A C I Ó N DEL PLAN Y P R O G R A M A S D E CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO 0 FORMA (CM-DC-2) P A R A P R E S E N T A C I Ó N D E L P L A N Y P R O G R A M A S D E CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO 2 FORMA (CM-DC-2) P A R A P R E S E N T A C I Ó N D E L P L A N Y P R O G R A M A S D E CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO 0 INICIO DEPARTAMENTO DE CAPACITACIÓN PRESENTA FORMA CM-DC-2 A LA DIRECCIÓN GENERAL DE CAPACITACIÓN Y PRODUCTIVIDAD DE LA STPS 1.1 APRUEBA TECNICAS, MÉTODOS Y CRITERIOS QUE SE APLICARÁN PARA EL SEGUIMIENTO DEL PROGRAMA 4.1 DEFINE LOS MECANISMOS DE MEDICIÓN DEL DESEMPEÑO DEL PERSONAL DEL FCE
4.2 VIGILA QUE LA CAPACITACIÓN SE REALICE DE ACUERDO CON EL PROGRAMA AUTORIZADO 4.3 SOLICITA PERIÓDICAMENTE AL DEPARTAMENTO DE CAPACITACIÓN, INFORMACIÓN RELATIVA A LOS CURSOS IMPARTIDOS 4.4 1/2
COMISIÓN MIXTA DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO
ARCHIVA FORMA CM-DC-2 E INFORMA A LA
COMISIÓN MIXTA PARA QUE DEFINA EL
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL
PROGRAMA 3.1
SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL DIRECCIÓN GRAL. DE CAPAC. Y PRODUCTIVIDAD
RECIBE, EVALÚA. APRUEBA Y REGISTRA PROGRAMA DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO DEL FCE Y DEVUELVE COPIA (SELLADA) DE LA FORMA CM-DC-2 2.1
DETERMINA LA DETECCIÓN DE NECESIDADES PARA CADA PUESTO 5.1 LLEVA A CABO EVALUACIONES EN EL TRABAJO Y LA COMPLEMENTA CON LA OPINIÓN DEL JEFE
INMEDIATO 5.2 DA SEGUIMIENTO AL DESARROLLO LABORAL DE LOS EMPLEADOS QUE HAYAN RECIBIDO CAPACITACIÓN 6.2 1/2 FIN RECIBE INFORME Y CON BASE EN CRITERIOS PREDETERMINADOS, ANALIZA LA MEDICIÓN DE LOS CAMBIOS DE ACTITUD Y RESULTADOS DEL APRENDIZAJE 6.1 INFORMA DE LOS RESULTADOS A LA COMISIÓN MIXTA DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO 5.4
DEPARTAMENTO DE CAPACITACIÓN COMISIÓN MIXTA DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO
OBTIENE EVIDENCIAS Y RESULTADOS CONCRETOS QUE MUESTREN EL CAMBIO 5.3 MIDE EL DESEMPEÑO DE LOS TRABAJADORES CAPACITADOS Y SU IMPACTO EN LA PRODUCTIVIADAD 6.3 VERIFICA SI EL RESULTADO CUMPLE
CON LAS METAS SEÑALADAS DE LA CAPACITACIÓN 6.4 PROPONE ALTERNATIVAS O MEDIDAS CORRECTIVAS PARA ALCANZAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS METAS 6.5 CONSERVA RESULTADO PARA POSTERIORES CURSOS DE CAPACITACIÓN 6.6 ¿CUMPLE CON LAS METAS? 1 NO SÍ 1
DIA MES AÑO COMISIÓN MIXTA DE CAPACITACIÓN Y
ADIESTRAMIENTO 15 XII 1998 IX 21
• Descriptivo.
RESPONSABLE A C T I V I D A D DOCUMENTO
1. Departamento de Capacitación
1.1. Presenta Forma CM-DC-2, en original y dos copias, ante
la Dirección General de Capacitación y Productividad de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Forma CM-DC-2 para presentación del Plan y Programas de Capacitación y Adiestramiento 2. Dirección General de Capacitación y Productividad de la STPS
2.1. Recibe, evalúa, aprueba y registra el Programa de
Capacitación y Adiestramiento del Fondo de Cultura Económica, y devuelve la copia 2 de la Forma CM-DC-2 (sellada) al Departamento de Capacitación.
Forma CM-DC-2 para presentación del Plan y Programas de Capacitación y Adiestramiento 3. Departamento de
Capacitación
3.1 Archiva copia 2 sellada de la Forma CM-DC-2 e informa a
la Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento para que defina el seguimiento y evaluación del Programa.
Forma CM-DC-2 para presentación del Plan y Programas de Capacitación y Adiestramiento 4. Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento
4.1. Aprueba las técnicas, métodos y criterios que se aplicarán
para el seguimiento del Programa de Capacitación y Adiestramiento.
4.2. Define los mecanismos de medición del desempeño del
personal del Fondo de Cultura Económica.
4.3. Vigila que la capacitación se realice de acuerdo con el
Programa autorizado.
4.4. Solicita periódicamente al Departamento de Capacitación,
información relativa a los cursos impartidos. 5. Departamento de
Capacitación
5.1. Determina la detección de necesidades para cada puesto.
5.2. Lleva a cabo evaluaciones en el trabajo y las complementa
con la opinión del jefe inmediato.
.
5.3. Obtiene evidencias y resultados concretos que muestren
el cambio
5.4. Informa de los resultados a la Comisión Mixta de
RESPONSABLE A C T I V I D A D DOCUMENTO
6. Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento
6.1. Recibe informe y con base en criterios predeterminados,
analiza la medición de los cambios de actitud y resultados del aprendizaje.
6.2. Da seguimiento al desarrollo laboral de los empleados que
hayan recibido capacitación.
6.3. Mide el desempeño de los trabajadores capacitados y su
impacto en la productividad.
6.4. Verifica si el resultado cumple con las metas señaladas
de la capacitación. ¿Cumple con las metas?
- Si no cumple con las metas señaladas, pasa a la actividad 6.5. - Si cumple con las metas señaladas, pasa a la actividad 6.6.
6.5. Propone alternativas o medidas correctivas para alcanzar
el cumplimiento de las metas.
6.6. Conserva el resultado obtenido para posteriores cursos de
DIA MES AÑO COMISIÓN MIXTA DE CAPACITACIÓN Y
ADIESTRAMIENTO 15 XII 1998 X 23
X. FORMATOS
• Informe sobre la Constitución de la Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento (CM-DC-1)
Objetivo: Registrar a la Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento del FCE ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Distribución: Original -Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Copia 1 -Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento
Copia 2 -Departamento de Capacitación
CONCEPTO ANOTAR
1 -Nombre completo de la Institución.
2 -Registro Federal de Contribuyentes asignado por la S.H.C.P.
3 -Número de registro que tiene la Institución ante el I.M.S.S.
4 -Domicilio oficial en que se localiza la Institución: calle, número exterior, número
interior, colonia, localidad, código postal, municipio o delegación política, entidad federativa y teléfono(s).
5 -Actividad principal de la Institución.
6 -Cantidad de trabajadores que laboran en la Institución. Anotar ceros a la izquierda
si no se utilizan todos los espacios.
7 -Marcar con “X” si en la Institución existe contrato individual, colectivo o Ley.
8 -Número de establecimientos en los cuales rige la Comisión Mixta de Capacitación
y Adiestramiento. Anotar ceros a la izquierda si no se utilizan todos los espacios. Cuando se trate de más de un establecimiento, indicar al reverso de la forma los datos siguientes: A) Número consecutivo, B) Domicilio de cada uno de los establecimientos, C) Registro federal de contribuyentes y D) Registro patronal del I.M.S.S.
9 -Número de representantes que forman la Comisión Mixta de Capacitación y
Adiestramiento, en el entendido que la mitad de ellos corresponde a los trabajadores y la mitad al patrón (paritaria).
10 -Fecha de constitución de la Comisión Mixta (números del año, mes y día
correspondientes).
11 -Nombre y firma del patrón o representante legal de la Institución.
12 -Nombre de la ciudad y entidad federativa, así como la fecha con los números
Anverso
DATOS GENERALES DE LA EMPRESA Nombre o razón social
Registro Federal de Contribuyentes Registro patronal del I.M.S.S.
- -
-Calle No. Ext. No. Int. Colonia
Localidad Código postal Municipio o delegación política
Entidad federativa Teléfono (s) Actividad específica o giro
Número de trabajadores Tipo de contrato
de la empresa Individual Colectivo Ley
DATOS DE LA COMISIÓN MIXTA DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO
Número de establecimientos en que rige */ Número de integrantes Fecha de Año Mes Día constitución
Los datos se proporcionan bajo protesta de decir la verdad, apercibidos de la responsabilidad en que incurre todo aquel que no se conduce con la verdad.
Nombre y firma del patrón o representante legal de la empresa Lugar y fecha de elaboración de este informe
Año Mes Día
*/ Asentar en el reverso de esta forma el domicilio, R.F.C. y registro del I.M.S.S. de los establecimientos en los que rige la comisión. NOTAS
- Llenar un formato por cada comisión mixta que exista en la empresa - Llenar a máquina o con letra de molde
- Los espacios sombreados son para uso exclusivo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
INFORME SOBRE LA CONSTITUCIÓN DE LA COMISIÓN MIXTA DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO
Formato DC-1
Secretaría del Trabajo y Previsión Social
5 4 4 2 1 3 4 4 4 6 7 8 9 10 11 12 CM-DC-1
DIA MES AÑO COMISIÓN MIXTA DE CAPACITACIÓN Y
ADIESTRAMIENTO 15 XII 1998 X 25
Reverso
ESTABLECIMIENTOS EN LOS QUE RIGE LA COMISIÓN MIXTA DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO Número Domicilio Registro Federal de Registro patronal del I.M.S.S.
consecutivo Contribuyentes
A B C D
• Presentación de Planes y Programas de Capacitación y Adiestramiento (CM-DC-2)
Objetivo: Registrar el Plan y Programas de Capacitación y Adiestramiento del FCE ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Distribución: Original -Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Copia 1 -Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento
Copia 2 -Departamento de Capacitación
CONCEPTO ANOTAR
1 -Nombre completo de la Institución.
2 -Registro Federal de Contribuyentes asignado por la S.H.C.P.
3 -Número de registro que tiene la Institución ante el I.M.S.S.
4 -Domicilio oficial en que se localiza la Institución: calle, número exterior, número
interior, colonia, localidad, código postal, municipio o delegación política, entidad federativa y teléfono(s).
5 -Actividad principal de la Institución.
6 -Cantidad de trabajadores que laboran en la Institución. Anotar ceros a la izquierda
si no se utilizan todos los espacios.
7 -Marcar con “X” si en la Institución existe contrato individual, colectivo o Ley.
8 -Fecha en que se celebró, revisó o prorrogó el contrato de trabajo correspondiente,
indicando con números el año. el mes y el día.
9 -Señalar con números del 1 al 5, el orden de importancia de los objetivos por los
cuales se lleva a cabo el plan y programas de capacitación y adiestramiento. No se debe repetir ningún número.
10 -Marcar con una “X” la modalidad que haya adoptado la Institución para la
capacitación de los trabajadores: plan y programas específicos, plan y programas comunes con otras instituciones o sistema general para la actividad económica a la que pertenece.
11 -Número de establecimientos en los cuales rigen el plan y los programas de
capacitación y adiestramiento. Anotar ceros a la izquierda si no se utilizan todos los espacios. Cuando se trate de más de un establecimiento, indicar al reverso de la forma los datos siguientes: A) Número consecutivo, B) Domicilio de cada uno de los establecimientos, C) Registro federal de contribuyentes y D) Registro patronal del I.M.S.S.
12 -Número de etapas o ciclos durante los cuales se impartirá la capacitación a los
trabajadores de la Institución.
13 -Fechas de inicio y conclusión del plan anotando con números el año, el mes y el
día correspondientes. Dicho período no deberá exceder de cuatro años.
14 -Nombre y firma del patrón o representante legal de la Institución.
15 -Nombre de la ciudad y entidad federativa, así como la fecha con los números
DIA MES AÑO COMISIÓN MIXTA DE CAPACITACIÓN Y
ADIESTRAMIENTO 15 XII 1998 X 27
Anverso
DATOS GENERALES DE LA EMPRESA Nombre o razón social
Registro Federal de Contribuyentes Registro patronal del I.M.S.S.
- -
-Calle No. Ext. No. Int. Colonia
Localidad Código postal Municipio o delegación política
Entidad federativa Teléfono (s)
Actividad específica o giro
Número de trabajadores Tipo de contrato
de la empresa Individual Colectivo Ley
Fecha de celebración o revisión Año Mes Día del Contrato Colectivo o Contrato Ley
INFORMACIÓN SOBRE EL PLAN Y LOS PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO
Objetivos del plan de capacitación Modalidad de la capacitación
Señalar del 1 al 5 en orden descendente de importancia Marcar con una X la modalidad correspondiente Actualizar y perfeccionar conocimientos y habilidades
Proporcionar información de nuevas tecnologías Plan y programas específicos de la empresa Preparar para ocupar vacantes o puestos de nueva creación Planes y programas comunes de un grupo de empresas Prevenir riesgos de trabajo Sistema general de una rama de actividad Incrementar la productividad económica
Número de establecimientos Periodo de vigencia del plan
en los que rige el plan */ Año Mes Día Año Mes Día
Número de etapas del plan Del al
LA EMPRESA DECLARA QUE TIENE EN REGISTROS INTERNOS, A DISPOSICIÓN DE LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, LA INFORMACION SOBRE EL NOMBRE, OBJETIVOS Y CONTENIDOS DE LOS
PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN Y LOS PUESTOS A LOS QUE ESTÁN DIRIGIDOS.
Los datos se proporcionan bajo protesta de decir la verdad, apercibidos de la responsabilidad en que incurre todo aquel que no se conduce con la verdad.
Nombre y firma del patrón o representante legal de la empresa Lugar y fecha de elaboración de este informe
Año Mes Día
*/ Asentar en el reverso de esta forma el domicilio, R.F.C. y registro del I.M.S.S. de los establecimientos en los que rigen el plan y los programas de capacitación. NOTAS
- Llenar a máquina o con letra de molde
- Los espacios sombreados son para uso exclusivo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
PRESENTACIÓN DEL PLAN Y PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO
Formato DC-2
Secretaría del Trabajo y Previsión Social
1 2 4 4 4 4 4 5 6 7 8 9 10 13 11 12 14 15 3 CM-CD-2
Reverso
ESTABLECIMIENTOS EN LOS QUE RIGEN EL PLAN Y LOS PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO
Número Domicilio Registro Federal de Registro patronal del I.M.S.S.
consecutivo Contribuyentes
A B C D
DIA MES AÑO COMISIÓN MIXTA DE CAPACITACIÓN Y
ADIESTRAMIENTO 15 XII 1998 X 29
• Solicitud de Registro de Sistema General de Capacitación y Adiestramiento (CM-DC-2B) Objetivo: Registrar el Sistema General de Capacitación y Adiestramiento del FCE ante
la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Distribución: Original -Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Copia 1 -Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento
Copia 2 -Departamento de Capacitación
CONCEPTO ANOTAR
1 -Nombre completo de la Institución que solicita el registro.
2 -Domicilio oficial en que se localiza la Institución: calle, número exterior, número
interior, colonia, localidad, código postal, municipio o delegación política, entidad federativa y teléfono(s).
3 -Nombre indicativo de la rama de actividad económica en la que se aplica el
sistema general.
4 -Número consecutivo de la hoja en el primer espacio y número total de hojas de
que consta la solicitud presentada en el segundo espacio.
5 -Denominación completa de cada uno de los programas generales de capacitación
y adiestramiento que se presentan para autorización.
6 -Denominación completa de los temas principales que integran los módulos de
cada programa general.
7 -Nombre y firma del representante legal de la Institución que solicita el registro del
sistema general.
8 -Nombre de la ciudad y entidad federativa, así como la fecha con los números
DATOS GENERALES DEL SOLICITANTE Nombre o razón social de la asociación empresarial
Calle No. Ext. No. Int. Colonia
Localidad Código postal Municipio o delegación política Entidad federativa Teléfono (s)
Nombre del sistema general
Hoja de
DESCRIPCIÓN DE LOS PROGRAMAS GENERALES DEL SISTEMA Nombre del programa Contenido temático
Los datos se proporcionan bajo protesta de decir la verdad, apercibidos de la responsabilidad en que incurre todo aquel que no se conduce con la verdad.
Nombre y firma del representante legal de la asociación empresarial que solicita el registro del sistema general
Lugar y fecha de elaboración de esta solicitud
Año Mes Día NOTAS
- Anexar el número de hojas que sea necesario. Solamente deberá asentarse la firma en la última hoja que se presente. - Llenar a máquina o con letra de molde
- Los espacios sombreados son para uso exclusivo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
SOLICITUD DE REGISTRO DE SISTEMA GENERAL DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO
Formato DC-2B
Secretaría del Trabajo y Previsión Social
1 2 2 2 2 3 4 5 6 7 8 2 CM-DC-2B
DIA MES AÑO COMISIÓN MIXTA DE CAPACITACIÓN Y
ADIESTRAMIENTO 15 XII 1998 X 31
• Constancia de Habilidades Laborales (CM-DC-3)
Objetivo: Reconocimiento al trabajador sobre el programa o curso de capacitación y adiestramiento que le fue impartido por el FCE.
Distribución: Original -Trabajador
Copia 1 -Departamento de Capacitación
CONCEPTO ANOTAR
1 -Nombre completo del trabajador: apellido paterno, materno y nombre(s).
2 -Registro Federal de Contribuyentes asignado por la S.H.C.P. al trabajador.
3 -Denominación del puesto que desempeña el trabajador en la Institución.
4 -Nombre completo de la Institución.
5 -Registro Federal de Contribuyentes asignado por la S.H.C.P.
6 -Número de registro que tiene la Institución ante el I.M.S.S.
7 -Actividad principal de la Institución.
8 -Denominación completa del curso de capacitación y adiestramiento que se
impartió al trabajador.
9 -Cantidad de horas en que se impartió el curso de capacitación y adiestramiento.
10 -Fechas en que se inició y terminó el curso de capacitación y adiestramiento.
Indicar con los números correspondientes al año, mes y día.
11 -Nombre de la institución o escuela de capacitación a la que pertenece el
instructor que impartió el curso. En caso de que se trate de un instructor interno, anotar el nombre de la empresa en que labora. En caso de un instructor independiente, anotar su nombre.
12 -Nombre y firma autógrafa del instructor que impartió al trabajador el programa o
curso de capacitación y adiestramiento.
13 -Nombre y firma autógrafa de representante de los trabajadores.
DATOS DEL TRABAJADOR Nombre
Registro Federal de Contribuyentes Puesto
-
-DATOS DE LA EMPRESA Nombre o razón social
Registro Federal de Contribuyentes Registro patronal del I.M.S.S.
- -
-Actividad específica o giro
DATOS DEL PROGRAMA DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO Nombre del programa o curso
Duración en horas Periodo de Año Mes Día Año Mes Día
ejecución De a
Nombre del agente capacitador
Nombre y firma del instructor
Los datos se asientan en esta constancia bajo protesta de decir la verdad, apercibidos de la responsabilidad en que incurre todo aquel que no se conduce con la verdad.
Representante de los trabajadores Representante de la empresa
Nombre y firma Nombre y firma
CONSTANCIA DE HABILIDADES LABORALES Formato DC-3 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 CM-DC-3
DIA MES AÑO COMISIÓN MIXTA DE CAPACITACIÓN Y
ADIESTRAMIENTO 15 XII 1998 X 33
• Lista de Constancias de Habilidades Laborales (CM-DC-4)
Objetivo: Hacer constar ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social el número de constancias expedidas a los trabajadores del FCE.
Distribución: Original -Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Copia 1 -Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento
Copia 2 -Departamento de Capacitación
CONCEPTO ANOTAR
1 -Nombre completo de la Institución.
2 -Registro Federal de Contribuyentes asignado por la S.H.C.P.
3 -Número de registro que tiene la Institución ante el I.M.S.S.
4 -Actividad principal de la Institución.
5 -Número consecutivo de la hoja (primer espacio) y número total de hojas de la lista
de constancias de habilidades laborales (segundo espacio).
6 -Nombre de cada uno de los trabajadores a quienes se les expidieron las
constancias de habilidades laborales durante el año que se informa, en el siguiente orden: apellido paterno, materno y nombre(s).
7 -Número de constancias de habilidades laborales que se hayan expedido a un
mismo trabajador durante el período al que se refiere la lista correspondiente.
8 -Nombre y firma autógrafa del patrón o representante legal de la Institución.
9 -Nombre de la ciudad y la entidad federativa, así como la fecha con los números
DATOS GENERALES DE LA EMPRESA
Nombre o razón social
Registro Federal de Contribuyentes Registro patronal del I.M.S.S.
- -
-Actividad específica o giro
Hoja de
RELACIÓN DE TRABAJADORES
Nombre del trabajador Número de constancias
expedidas al trabajador
Los datos se proporcionan bajo protesta de decir la verdad, apercibidos de la responsabilidad en que incurre todo aquel que no se conduce con la verdad.
Nombre y firma del patrón o representante legal de la empresa Lugar y fecha de elaboración de este informe
Año Mes Día
NOTAS
- Anexar el número de hojas que sea necesario. Solamente deberá asentarse la firma en la última hoja que se presente. - Llenar a máquina o con letra de molde
- Los espacios sombreados son para uso exclusivo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Secretaría del Trabajo y Previsión Social
LISTA DE CONSTANCIAS DE HABILIDADES LABORALES Formato DC-4 1 2 3 4 5 6 7 8 9 CM-DC-4
Oct. 08 134 141. FRACC. I A. Eficaz 100% VERDADERO 45% B. Eficiente 100% VERDADERO 10% C. Consistente 90% VERDADERO 25% D. Claro 100% VERDADERO 20% Atributos de Calidad Regulatoria
Artículo, numeral o fracción aplicable II. Fundamentación del Proyecto Normativo
Unidad administrativa responsable del diseño o elaboración del documento normativo:
Institución: Adscripción:
IMPORTANTE. Continúe el llenado de este formato en las siguientes pestañas, para obtener el grado de calidad regulatoria del instrumento.
III.2. Razones que operativamente hacen necesaria la expedición del proyecto.
B. ¿El documento normativo es necesario como parte de una mejora continua, o para evitar obsolescencia o para cumplir con una instrucción de algún superior?
LA LEY GENERAL DE BIENE NACIONALES ESTABELECE EN SU ARTÍCULO 129 QUE: "… CORRESPONDERÁ A LOS OFICIALES MAYORES O EQUIVALENTES DE LAS DEPENDENCIAS, LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, EMITIR LOS LINEAMIENTOS Y PROCEDIMIENTOS ESPECÍFICOS, MANUALES, FORMATOS E
INSTRUCTIVOS NECESARIOS PARA LA ADECUADA ADMINISTRACIÓN DE LOS BIENES MUEBLES Y EL MANEJO DE LOS ALMACENES..." Y EN SU ARTÍCULO 141 FRACIÓN I.- "... I.- ELABORAR Y AUTORIZAR EL MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO RESPECTIVO..."
INSTITUCIÓN
II.1. Fundamento jurídico
GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL FONDO DE CULTURA ECONÓMICA
CONSTITUCIÓN POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
En caso afirmativo, especifique de manera breve y concisa, en qué consiste dicha problemática y cómo es que el documento normativo la resolverá o atenderá:
En caso afirmativo, especifique de manera breve y concisa, cuáles son los fines u objetivos que conforme al mandato previsto en esa ley u ordenamiento, debe lograr el documento normativo.
I. Datos del proyecto normativo
En caso afirmativo, especifique de manera breve y concisa, por qué es necesario actualizar la regulación y en qué consiste esta última. I.1. Nombre del documento normativo
MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE ENAJENACIÓN DE BIENES MUEBLES I.2. Objetivo del documento normativo
A. ¿Existe alguna problemática que hace necesaria la emisión del documento normativo?
III.1. Razones que jurídica o administrativamente hacen necesaria la expedición del proyecto.
Nombre del ordenamiento o disposición
INSTRUMENTAR Y APLICAR LAS DISPOSICIONES QUE REGULAN LOS ACTOS DE ENAJENACIÓN, BAJA, DESTINO FINAL, DONACIÓN, TRANSFERENCIA, PERMUTA O DACIÓN EN PAGO, Y DE DESTRUCCIÓN DE AQUELLOS BIENES MUEBLES DEL FONDO QUE POR SU USO, APROVECHAMIENTO O ESTADO DE CONSERVACIÓN NO SEAN YA ADECUADOS PARA EL SERVICIO O RESULTE INCOVENIENTE SEGUIRLOS UTILIZANDO.
COMPILAR EN UN DOCUMENTO ADMINISTRATIVO LOS CRITERIOS Y LINEAMIENTOS DE
INTEGRACIÓN Y OPERACIÓN DEL COMITÉ, DE CONFORMIDAD CON LAS DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES, DE TAL MANERA QUE SIRVA CON UN DOCUMENTO QUE PROMUEVA EFICAZMENTE, LAS ACCIONES Y MEDIDAS RELACIONADAS CON LA ENAJENACIÓN, BAJA, DESTINO FINAL, TRANSMISIÓN DE DOMINIO, DONACIÓN Y EN GENERAL LA ADMINISTRACIÓN DE LOS BIENES MUBLES DEL FONDO.
ARTÍCULO 5 FRACC. VII, Y ARTÍCULOS 48, 49 Y 50
III. Motivación del Proyecto normativo
A. ¿Alguna ley u ordenamiento obliga a emitir el documento normativo? LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES
Un documento normativo es EFICAZ cuando cumple con las siguientes condiciones:
Cumple No Cumple N/A
1 X 10% 0,1 2 X 25% 0,25 3 X 10% 0,1 4 X 15% 0,15 5 X 10% 0,1 6 N/A 6,1 X 5% 0,05 6,2 X 10% 0,1 7 X 15% 0,15 Total: 100% Ponderación obtenida: 100% 65%
Las disposiciones del documento normativo pueden ser aplicadas de forma homogénea y no generan vacíos ni indefinición.
Existen disposiciones directamente enfocadas a atender o resolver la problemática o situación para la que se creó dicha regulación.
El documento normativo no requiere de la emisión o aplicación de regulación complementaria, para cumplir con sus objetivos.
» Están diseñadas para emitirse de manera automática y sin ninguna valoración subjetiva, considerando solamente si se cumplieron o no los requisitos o condiciones que previamente se hayan fijado.
» En su defecto, si se emiten de forma subjetiva o discrecional, existen reglas, criterios o parámetros objetivos que aseguren homogeneidad, transparencia, imparcialidad y equidad en las mismas.
Mínimo requerido: Ponderación de cada condición:
Las autorizaciones, decisiones, aprobaciones o resoluciones que deriven del documento normativo:
Las obligaciones que derivan del documento normativo expresan claramente: el sujeto obligado, los plazos y en su caso los medios para cumplirlas.
Existen precedentes o un diagnóstico integral que avale que las
disposiciones del documento normativo producirán los efectos esperados por el emisor.
Las disposiciones del documento normativo pueden ser cumplidas en la realidad (material o jurídicamente).
Un documento normativo es EFICIENTE cuando cumple con las siguientes condiciones: Cumple No Cumple 1 1,2 X 30% 0,3 1,3 X 25% 0,25 1,4 X 45% 0,45 Total: 100% Ponderación obtenida: 100% 55% Mínimo requerido: Cuando cumple al 55% las siguientes condiciones Ponderación de cada condición:
Un documento normativo es eficiente cuando los “beneficios” que genera son mayores a los “costos” que implica su cumplimiento y estos últimos están justificados y son razonables.
B Eficiente
Las obligaciones, cargas o requerimientos de información que impone el documento normativo:
» Tienen sustento en ordenamientos de mayor jerarquía.
» Son estrictamente indispensables y no pueden ser sustituidas por información o validaciones que obtenga el área requirente de otras unidades
administrativas o sistemas internos.
Tipo de Documento: Manual Materia/Tema: Artículos de aplicación específica ARTÍCULO 5 FRACCIÓN VII, 48, 49 Y 50
Un documento normativo es CONSISTENTE cuando cumple con las siguientes condiciones:
Cumple No Cumple 1 X 25% 0,3 2 X 35% 0,4 3 3,1 X 10% 0,1 3,2 X 20% 0,2 3.3. X 10% 0 Total: 100%
Marco normativo referencial
Para saber si su documento normativo cuenta con este atributo de calidad regulatoria, primero identifique y en su caso llene los datos que aparece a continuación:
II.1. Ordenamientos de jerarquía superior que regulan la misma materia o tema del documento normativo:
Nombre del ordenamiento o disposición
ESTATUTO ORGÁNICO DEL FONDO DE CULTURA ECONÓMICA
Recursos materiales
Ponderación de cada condición: II.2. Ordenamientos de igual jerarquía que se ubican dentro del mismo tema o materia en que se
encuentra el documento normativo:
II.3. Ordenamientos o instrumentos de menor jerarquía que se ubican por debajo del documento normativo o que se vinculan directa o indirectamente con su implantación, operación o realización:
Nombre del ordenamiento o disposición
Nombre del ordenamiento o disposición
Sus disposiciones no contradicen ni se contraponen con el marco normativo vigente.
Sus disposiciones no duplican preceptos ya existentes en el marco normativo vigente.
La denominación del documento normativo:
» Anuncia con claridad los objetivos o tema que regula.
» Es congruente con el tipo de regulación a que corresponde el documento normativo.
(Homologación normativa. Ejemplo: Lineamientos, Acuerdo, etc.)
Un documento normativo es CLARO cuando cumple con las siguientes condiciones: Cumple No Cumple 1 X 10% 0,1 2 X 10% 0,1 3 X 10% 0,1 4 X 10% 0,1 5 X 10% 0,1 6 X 10% 0,1 7 X 10% 0,1 8 X 10% 0,1 9 X 10% 0,1 10 X 10% 0,1 Total: 100% Ponderación obtenida: 100% 80% Mínimo requerido: Cuando cumple al 80% las siguientes condiciones Ponderación de cada condición: D Claro
Un documento normativo es claro, cuando está escrito de forma sencilla y precisa, para que sea fácilmente entendible.
Evita palabras, transcripciones o repeticiones innecesarias
(Muletillas, redundancias, grupos de palabras que se pueden sustituir por una sola, palabras que no agregan información relevante).
Identifica las secciones o apartados del documento con literales y números
(cuidando su secuencia y sin mezclarlos).
Evita textos que no necesariamente implican mandatos o reglas y que pueden ser simplemente argumentativos o justificativos.
Contiene oraciones y párrafos breves.
(Oraciones con máximo 50 palabras y en su caso, párrafos compuestos por máximo 10 oraciones)
Contiene definiciones para evitar la vaguedad y ambigüedad del documento.
Contiene siglas precedidas de la denominación completa del nombre o concepto referido sólo la primera vez que se utiliza en el texto.
Contiene oraciones estructuradas de manera lógica al utilizar el orden más simple (sujeto, verbo y predicado).
Contiene oraciones formuladas en sentido positivo en lugar de negativo.
Contiene términos precisos que se usan de manera consistente en todo el documento.
Contiene términos de uso común en lugar de expresiones arcaicas o rebuscadas.