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MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS

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SECRETARÍA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Elaborado por: Revisado por: Aprobado por: Nombre: Arq. Juan José Rodas Sánchez Lic. Luis Alfonso Rodas Guzmán Lic. Carlos Antonio Rodas Mejía

Puesto funcional que ocupa:

Subdirector

Dirección de Planificación Dirección de Planificación Director

Secretario de Bienestar Social Secretaría de Bienestar Social de la Presidencia de la República Fecha: Firma:

DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN

32 Calle 9-34 Zona 11 “Colonia Las Charcas”

Teléfono: 24143535 Ext. 3523/3615

(5)

SECRETARÍA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

1

ÍNDICE

1. PRESENTACIÓN ... 2

2. OBJETIVOS DEL MANUAL ... 3

3. CAMPO DE APLICACIÓN DEL MANUAL ... 4

4. ORGANIGRAMA DE LA DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN ... 4

5. BASE LEGAL DE LA DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN ... 5

6. MISIÓN Y VISIÓN DE LA DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN ... 7

6.1 Misión ... 7

6.2 Visión ... 7

7. OBJETIVOS DE LA DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN ... 7

8. FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN ... 8

9. USUARIOS INTERNOS Y EXTERNOS DE LA DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN ... 9

9.1 Internos ... 9

9.2 Externos ... 9

10. COMPENDIO DE PROCEDIMIENTOS ... 10

10.1 Procedimiento para la Elaboración de Planes Institucionales ... 10

10.2 Procedimiento de Programación y Ejecución de Metas Físicas Institucionales ... 12

10.3 Procedimiento de Formulación de Anteproyecto de Presupuesto ... 14

10.4 Procedimiento Administrativo para Gestión de Donaciones y Cooperación ... 16

10.5 Procedimiento de Formulación de Planes de Emergencias ... 22

10.6 Procedimiento de Monitoreo y Evaluación ... 25

10.7 Procedimiento de Diseño y Cuantificación de Infraestructura ... 27

10.8 Procedimiento de Supervisión de Trabajos de Infraestructura ... 30

10.9 Procedimiento de Solicitud de Información ... 33

11. ANEXOS ... 35

12. GLOSARIO DE SIGLAS ... 36

13. GLOSARIO DE TÉRMINOS ... 37

(6)

SECRETARÍA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

2

1.

PRESENTACIÓN

La Secretaría de Bienestar Social de la Presidencia de la República –SBS-, es creada como un

órgano administrativo bajo las órdenes de la Presidencia de la República de Guatemala, tiene

como objetivo esencial coadyuvar en la protección integral y especial de la niñez y adolescencia

en su entorno familiar, mediante la restitución y el goce de sus derechos, asimismo contribuye en

la reinserción de los adolescentes en conflicto con la Ley Penal, a través de sus programas,

servicios y mediante el desarrollo de procesos de formulación, planificación, dirección y ejecución

de políticas y programas dirigidos a la niñez y adolescencia.

Para cumplir con el objetivo esencial es necesario contar dentro de la entidad para el adecuado

ejercicio de sus actividades, con herramientas técnicas que le permitan una gestión eficaz y

eficiente. Entre estas herramientas de carácter administrativo figuran los Manuales de Normas y

Procedimientos.

El Manual de Normas y Procedimientos, es un instrumento técnico normativo de gestión

institucional que tiene como objetivo optimizar procesos, fijar objetivos, facilitar la labor de

capacitación de personal, motivar a los servidores a través del conocimiento de sus funciones y

procesos, delimitar responsabilidades.

La Dirección de Planificación espera el efectivo y consciente cumplimiento de los procedimientos

detallados en el presente Manual para alcanzar los objetivos institucionales, remarcando que el

trabajo solidario y comprometido de todo el personal es fundamental en la tarea de mejorar la

calidad del servicio a nuestra población meta.

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3

2.

OBJETIVOS DEL MANUAL

GENERAL

Compilar en forma ordenada, secuencial y detallada los procedimientos a cargo de la Dirección de

Planificación, a fin de evitar o reducir la aplicación de diversos criterios que provoquen confusión

en las personas que intervienen en los mismos.

ESPECÍFICOS

1.

Servir como orientación a los colaboradores de nuevo ingreso, para facilitar su

incorporación y aumentar su conocimiento para desarrollar las diferentes actividades de la

Dirección de Planificación.

2.

Permitir realizar las tareas principales de manera adecuada de la Dirección de

Planificación.

3.

Uniformar y controlar el cumplimiento de las rutinas de trabajo y evitar su alteración

arbitraria.

4.

Facilitar las labores de auditoria, la evaluación del control interno y su vigilancia.

5.

Aumentar la eficiencia de los empleados indicándoles lo que deben de hacer y cómo

deben de hacerlo.

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4

3.

CAMPO DE APLICACIÓN DEL MANUAL

Dirigido a los servidores de las Subsecretarías y Direcciones de la Secretaría de Bienestar Social

de la Presidencia de la República y para los analistas de la Dirección de Planificación.

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SECRETARÍA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

5

5.

BASE LEGAL DE LA DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN

La Constitución Política de la República de Guatemala

1

, la Ley de los Consejos de Desarrollo

Urbano y Rural

2

, la Ley Marco de los Acuerdos de Paz

3

, el Código Municipal

4

, la Ley General de

Descentralización, el marco de gestión es el conjunto de instrumentos que definen los

lineamientos y elementos para orientar la planificación en el país.

Adicionalmente el Decreto Número 114-97, del Congreso de la República, establece que la

Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia –SEGEPLAN-, es el órgano rector de

planificación del Estado

5

y de apoyo a las atribuciones de la Presidencia de la República.

El Acuerdo Gubernativo 877-98 de SEGEPLAN, asigna a las direcciones técnicas la función de

elaborar el Programa de Inversiones Públicas y Multianual

6

.

La Ley Orgánica del Presupuesto

7

, regula el proceso de formulación, ejecución y liquidación del

presupuesto general de ingresos y egresos del Estado, así como lo relativo a la recaudación de

los ingresos públicos. Referente al sistema de cooperación norma la gestión y ejecución de la

cooperación Internacional No Renovable en lo referente al proceso presupuestario.

En el artículo 3 y 4 del Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto

8

, establece entre otros

aspectos, que la Dirección de Planificación es responsable de asesorar a la máxima autoridad, en

materia de políticas, planes, programas y proyectos en el contexto de la planificación y

presupuesto por resultados, y se le asignan funciones específicas.

El Acuerdo Gubernativo 101-2015. “Reglamento Orgánico Interno de la Secretaría de Bienestar

Social de la Presidencia de la República” establece un funcionamiento articulado, racional y

eficiente, con asistencia de equipos multidisciplinarios, que optimizan estrategias y programas

para garantizar la administración de un servicio eficiente en los Centros Integrales que atienden a

la Niñez y Adolescencia amenazada y vulnerada en sus derechos.

1 De acuerdo con la Constitución Política de la República, en el Artículo 134, literal b) que se refiere a la “Obligatoriedad de los municipios y entidades descentralizadas y autónomas a mantener una estrecha coordinación con el órgano de planificación del Estado”, que es SEGEPLAN.

2 La Ley de Consejos de Desarrollo Urbano y Rural, asigna como objetivo del Sistema de Consejos de Desarrollo, el propósito de “Organizar y coordinar la administración pública, mediante la formulación de políticas de desarrollo, planes y programas presupuestarios, así como la coordinación interinstitucional pública y privada”.

3 Esta Ley se articula con el Sistema de Gestión Territorial y el de Planificación y Programación territorial a través del objeto de la Ley, que dice, entre otros, “Garantizar el desarrollo integral de la persona y cimentarse sobre el desarrollo participativo que promueva el bien común y, que responda a las necesidades de la población”.

4 El Código Municipal establece en el artículo 35, las atribuciones generales del Concejo Municipal, y en las literales d), e) y j) lo que se refiere al control, fiscalización, planificación, programación, reglamentación, control y evaluación de los servicios públicos, presupuestación y administración para la prestación de servicios.

5 De acuerdo con el Decreto 114-97 Ley del Organismo Ejecutivo Artículo 14, literal h) que se refieren a “Coordinar el proceso de planificación y programación de la inversión pública a nivel sectorial y público y territorial”, y m) “Realizar las funciones y atribuciones que la Constitución Política de la República atribuye al Órgano de Planificación del Estado…”.

6 Para más detalle es importante referirse al Marco Legal del Sistema Nacional de Inversión Pública y la Ley Orgánica de Presupuesto, en los que se detallan los aspectos relacionados con la inversión pública y el presupuesto.

7 Decreto 101-97, “Ley Orgánica del Presupuesto”, reformada por el Decreto Número 13-2013. 8 Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto, Acuerdo Gubernativo No. 540-2013.

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6

En el marco de seguridad laboral y la seguridad de todos los centros y hogares pertenecientes a

la Secretaría de Bienestar Social de la Presidencia de la República, se tienen acciones de

prevención en caso de la ocurrencia de algún daño físico o desastre, basado en la Ley de la

Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres y su Reglamento

9

.

También, para regular internamente los procedimientos técnicos y administrativos en gestión de

donaciones y cooperación nacional e internacional, se toma como base el Manual de Registro de

Donaciones

10

del Ministerio de Finanzas Públicas.

9 Decreto Legislativo 109-96, “Ley de la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres de Origen Natural o Provocado”, Acuerdo Gubernativo 49-2012, “Reglamento de la Ley de la Coordinadora para la Reducción de Desastres”.

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7

6.

MISIÓN Y VISIÓN DE LA DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN

6.1

Misión

Somos una Dirección comprometida en brindar soporte a los programas y

proyectos en función del marco técnico conceptual conforme a los lineamientos

establecidos por la Secretaría de Bienestar Social de la Presidencia de la República,

a través de la formulación, monitoreo y evaluación del plan estratégico

institucional, programas, proyectos y el plan operativo de la Secretaría.

6.2

Visión

Ser una Dirección confiable y eficiente en la formulación, monitoreo y evaluación

del plan estratégico institucional, programas, proyectos y el plan operativo de la

Secretaria de Bienestar Social de la Presidencia de la República, que permita darle

seguimiento al cumplimiento de los objetivos y fines de la Secretaría en atención a

normas, políticas y leyes aplicables.

7.

OBJETIVOS DE LA DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN

General

Formular, monitorear y evaluar los planes estratégicos, programas, proyectos y planes operativos

de la Secretaría de Bienestar Social de la Presidencia de la República, así como brindar soporte a

los programas y proyectos en función del marco técnico conceptual conforme a los lineamientos

proporcionados por la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia.

Específicos

1.

Coordinar la elaboración del Plan Operativo Anual –POA- y Plan Estratégico de Direcciones

y Departamentos de la Institución, acorde con los lineamientos del Plan de Gobierno y lo

establecido por –SEGEPLAN-.

2.

Procesar y ordenar la información recopilada de los programas para generar estadísticas

útiles al Despacho Superior, Organismo Ejecutivo e Instituciones dedicadas al registro y

control estadístico de los procesos de protección social.

3.

Revisar y evaluar la estructura organizacional y administrativa de la Secretaría de

Bienestar Social de la Presidencia de la República, y proponer los cambios y las

estrategias que mejor se adapten al Plan de Gobierno.

4.

Establecer los mecanismos de control, monitoreo, y evaluación que permita darle

seguimiento al cumplimiento de los objetivos de los Departamentos a cargo de la

institución, enfocados a la optimización y al uso eficiente de los recursos.

5.

Promover la participación de convenios de cooperación con las diferentes instituciones y

organizaciones (nacionales e internacionales) asociaciones, comités y grupos organizados,

para que en forma conjunta se implementen y desarrollen planes y acciones dirigidos a la

niñez y adolescencia.

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8

8.

FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN

1.

Orientar y capacitar al personal de las unidades técnicas y administrativas de la

institución, en la formulación de planes estratégicos, operativos, programas y proyectos,

medios de verificación, monitoreo y evaluación, así como generar capacidades en materia

de gestión de proyectos de desarrollo social, de gestión, administración y políticas

públicas.

2.

Proponer mecanismos para llevar a cabo el análisis estratégico institucional, con miras al

fortalecimiento institucional.

3.

Formular y dar seguimiento al Plan Operativo Anual -POA- de la Secretaría.

4.

Evaluar la organización interna de la Secretaría y proponer la estructura funcional que

responda a las necesidades de la misma.

5.

Asesorar al Despacho Superior y Direcciones en materia de planificación estratégica y

operativa, así como en el monitoreo y evaluación de programas y proyectos.

6.

Programar, supervisar, monitorear y evaluar los programas, planes y proyectos de la

Secretaría.

7.

Proponer e implementar mecanismos confiables de recolección, manejo, registro, tutela y

disposición de información estadística.

8.

Generar formatos de salida de información estadística para su sistematización y

generación de informes.

9.

Coordinar con la Dirección de Recursos Humanos la capacitación del personal técnico y

administrativo de la institución, en el manejo de información estadística.

10.

Verificar el estado físico de las instalaciones de la institución y proponer medidas

preventivas para garantizar su óptimo funcionamiento con enfoque de gestión de riesgo,

emitiendo los dictámenes técnicos correspondientes.

11.

Elaborar dictámenes técnicos sobre las instalaciones de los Centros de Cuidado Infantil

Diario.

12.

Elaborar diseños de infraestructura, remodelaciones, instalaciones, etcétera, requeridos

por el Despacho Superior, incluyendo presupuestos de costo ajustados a condiciones de

mercado.

13.

Gestionar proyectos institucionales en función del marco estratégico y mandato legal de la

Secretaría de Bienestar Social de la Presidencia de la República.

14.

Proponer y gestionar convenios de cooperación con instituciones gubernamentales y no

gubernamentales, nacionales e internacionales.

(13)

SECRETARÍA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

9

15.

Dar seguimiento y evaluar cuantitativa y cualitativamente el logro y cumplimiento de

políticas, convenios, programas, procesos y acciones en relación a las metas y objetivos

trazados.

16.

Velar por el cumplimiento de la normativa establecida para la gestión de riesgo y cambio

climático aplicable a la Secretaría de Bienestar Social de la Presidencia de la República, en

los centros de atención y servicio de la institución a nivel nacional.

17.

Coordinar la estrategia de análisis de riesgo y sentar las bases para la construcción de

escenarios de riesgo en área de su competencia, y documentar sus características.

18.

Diseñar planes de emergencia y/o contingencia, rutas de evacuación, simulacros, difundir

y capacitar sobre procedimientos para su ejecución en casos de desastre.

19.

Todas aquellas funciones de su competencia que le sean asignadas por el Secretario de

Bienestar Social.

9.

USUARIOS INTERNOS Y EXTERNOS DE LA DIRECCIÓN DE

PLANIFICACIÓN

9.1

Internos

Todo el personal que conforma la Dirección de Planificación, Direcciones Técnicas,

Administrativas y Subsecretarías de la Secretaría de Bienestar Social de la

Presidencia de la República.

9.2

Externos

Ministerio de Educación, Ministerio de Salud, CONRED y cualquier otra institución

pública o privada que requiera coordinación con la Secretaría de Bienestar Social

de la Presidencia de la República en beneficio de la misma.

(14)

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10

10.

COMPENDIO DE PROCEDIMIENTOS

10.1

Procedimiento para la Elaboración de Planes Institucionales

SECRETARÍA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

No. 1

PROCEDIMIENTO DE ELABORACIÓN DE PLANES

INSTITUCIONALES

Objetivo: Cumplir con la normativa del Decreto Número 101-97, “Ley Orgánica del Presupuesto” y lineamientos de formulación propuestos por la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia –SEGEPLAN-.

Normas específicas: Ley Orgánica del Presupuesto y su Reglamento, lineamientos de formulación propuesto por -SEGEPLAN- y Artículo 76, Acuerdo Gubernativo 101-2015.

Responsable: Director(a) Dirección de Planificación

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO Paso No. Puesto

funcional Descripción

INICIO

1

Dirección de

Director(a)

Planificación

Diseña el proceso de formulación de Planes Institucionales en

base a lineamientos provistos por MINFIN en relación a temas

financieros y SEGEPLAN en función de temas estratégicos.

2

Encargado de

Estadística

Formula método y herramientas de recopilación de información

basada en lineamientos de planificación y la requiere Direcciones

y Departamentos Sustantivos de la SBS.

3

Directores y

Jefes de

Departamentos

Ingresa información a los instrumentos elaborados por el

Encargado de Estadística, definiendo los resultados, productos,

subproductos y metas.

4

Encargado de

Estadística

Consolida la información: recopilando y validando la información

de cada Subsecretaría a través de las Direcciones y

Departamentos.

5

Presenta planes institucionales por Direcciones y Departamentos

sustantivos de la SBS.

6

Director(a)

Dirección de

Planificación

Consolida planes (POM, PEI, POA) de la Secretaría.

7

Presenta Planes y proyecto de resolución aprobatoria al

Secretario de Bienestar Social para su aprobación.

8

Secretario de

Bienestar Social

Emite resolución aprobatoria de los planes.

9

Remite planificación basada en lineamientos a SEGEPLAN

MINFIN

12

y CGC

13

.

11

,

10

SEGEPLAN

Admite la planificación institucional y propone mejoras.

FIN

11 Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia. 12 Ministerio de Finanzas Públicas

(15)
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SECRETARÍA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

12

10.2

Procedimiento de Programación y Ejecución de Metas Físicas

Institucionales

SECRETARÍA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

No. 2

PROCEDIMIENTO DE PROGRAMACIÓN,

REPROGRAMACION Y EJECUCIÓN DE METAS FÍSICAS

INSTITUCIONALES

Objetivo: Cumplir con la normativa de la Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio fiscal correspondiente a cada año.

Normas específicas:Art. 5 y 27 del Decreto 101-97, Art. 5 Distribución Analítica Anual. Literal g), Artículo 76, Acuerdo Gubernativo 101-2015

Responsable: Encargado de Estadística

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO Paso No. Puesto funcional Descripción

INICIO 1 Encargado de Estadística

Propone técnicamente las reprogramaciones, programación y/o reprogramación de metas físicas de la Secretaría de Bienestar Social de la Presidencia de la República, acorde a cronograma de formulación.

2 Dirección de Director Planificación

Redacta propuesta de “Resolución aprobatoria de reprogramación de metas físicas” y traslada a Secretario de Bienestar Social conjuntamente con lo modificado CO2F14.

3 Secretario de Bienestar Social

Aprueba resolución para autorizar la reprogramación de metas físicas.

4

Encargado de Estadística

Crea la cabecera de reprogramación de metas a nivel cuatrimestral por CC15.

5 Determina las metas mensuales que serán programadas para su ejecución en el cuatrimestre. 6 Ingresa mensualmente los datos de las actividades que tiene ejecución de metas en su producción por CC 7 Solicita y aprueba las metas reprogramadas por producto y subproducto por CC. 8

Encargado de Estadística

Crea cabecera en CC para programación cuatrimestral.

9 Ingresa los datos programados mensualmente para ejecutarse de forma cuatrimestral. 10 Solicita y aprueba las metas programadas por producto y subproducto por CC. 11 Crea cabecera por CC para ejecución mensual de metas físicas. 12 Ingresa datos de ejecución mensual de los productos y subproductos del CC. 13 Encargado de Estadística Solicita y aprueba las metas que tuvieron ejecución en el CC.

FIN

14 Comprobante de Modificación Física. 15

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14

10.3

Procedimiento de Formulación de Anteproyecto de Presupuesto

SECRETARÍA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

No. 3

PROCEDIMIENTO DE FORMULACIÓN DE ANTEPROYECTO

DE PRESUPUESTO

Objetivo: Cumplir con la normativa de la ley Orgánica del Presupuesto

Normas Específicas: Art. 24 Reglamento Ley Orgánica del Presupuesto, Acuerdo Gubernativo 540-2013, Art. 76 Acuerdo Gubernativo 101-2015.

Responsable: Encargado de Estadística

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO Paso No. Puesto funcional Descripción

INICIO

1 Dirección Financiera Solicita a la Dirección de Planificación usuarios que participarán en la formulación del anteproyecto de presupuesto. 2 MINFIN16 Autoriza y crea usuarios.

3

Encargado de Estadística

Ingresa la información del Marco Estratégico Institucional (Formulario DTP 1-4) en plataforma –SICOIN-.

4 Ingreso o Actualización de resultados institucionales en plataforma -SIGES-. 5 Actualiza o crea centros de costo en plataforma –SIGES-.

6 Actualiza o crea productos y subproductos para los CC, en plataforma -SIGES-.

7 Vincula productos y subproductos a cada CC, en plataforma –SIGES-. 8 Ingresa metas físicas por producto y subproducto en cada CC a nivel multianual, en plataforma –SIGES-. 9

Dirección Financiera

Ingresa insumos, precios, activación de CC y distribución presupuestaria.

10 Envía anteproyecto de presupuesto en forma electrónica a migración de información de –SIGES- a plataforma –SICOIN-. 11 Encargado de Estadística Creación de Indicadores en –SICOIN- por Ingreso de datos de los Indicadores en –SICOIN-. 12 Dirección Financiera Concluye proceso en plataforma –SICOIN-.

FIN

16

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SECRETARÍA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

16

10.4

Procedimiento Administrativo para Gestión de Donaciones y

Cooperación

SECRETARÍA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA PRESIDENCIA

DE LA REPÚBLICA

No. 4

PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA GESTIÓN DE

DONACIONES Y COOPERACIÓN

Objetivo: Gestionar y asesorar el proceso de adquisición de bienes, productos y servicios en calidad de donaciones que cumplan con los estándares de calidad para cubrir las diferentes necesidades de las actividades de la Secretaría de Bienestar Social de la Presidencia de la República, con el fin de mejorar los niveles de atención a la niñez y adolescencia guatemalteca.

Normas específicas: Todas las contenidas en el Acuerdo Ministerial Número 523-2014, “Manual de Registro de Donaciones”, de MINFIN.

Responsable: Encargado(a) de Donaciones y Cooperación Externa

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

Paso No. Puesto funcional Descripción

INICIO 1

Parte Solicitante

Identifica necesidad(es) de apoyo de la cooperación nacional e Internacional.

Presenta la necesidad a su inmediato superior para que autorice la gestión de cooperación.

2 Procede a contactar posibles donantes para solicitar cooperación, según el tipo de necesidad identificada y se hará una solicitud específica o un proyecto(s).

3

Encargado(a) de Donaciones y Cooperación Externa

Asigna según se ajuste a la gestión de la donación;

a) Si es un requerimiento de apoyo único o eventual aplica a carta de intención de donar. Y debe estar acompañada del “Documento de Recepción de la Donación” (formulario Anexo 1) del manual de registro MINFIN.

b) Si es un apoyo continuo y programado, debe contar con un proyecto de cooperación y puede aplicar a carta de entendimiento o convenio de donación. Las donaciones con carta de entendimiento deben respaldarse con un Proyecto de Cooperación y formulario Anexo 1.

Nota: El convenio aplica cuando es Cooperación Internacional o se obligan fondos propios de la Secretaría de Bienestar Social de la Presidencia.

4 Donante

Si corresponde “Carta de Intención de Donar” ésta;

Debe ser dirigida al Secretario de Bienestar Social, haciendo constar en la carta, el destino, uso, el tipo de bien, producto o servicio que se otorgará en donación así como el monto equivalente a la donación.

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SECRETARÍA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

17

5 Encargado(a) de Donaciones y Cooperación Externa

Si corresponde “Carta de Entendimiento o Convenio de Donación” Dará a conocer a la Dirección de Asesoría Jurídica del Despacho Superior el apoyo oportuno a la parte Solicitante para su formulación. Define formatos o guías de formulación de éstas herramientas legales.

6 Dirección de Asesoría Jurídica.

Solicita Opinión Técnica a la Dirección de Planificación con respecto a la redacción final de la carta de entendimiento o convenio de Donación.

La opinión técnica debe emitirse previamente a la firma del Convenio por el Secretario de Bienestar Social.

7 Dirección de Planificación

Revisa Carta de Entendimiento o Convenio de Donación y emite su “Opinión Técnica”.

a) La opinión técnica se emite en función de los objetivos institucionales y Proyecto de Cooperación.

b) Cuando es Cooperación Internacional, el Proyecto debe cumplir además, con especificaciones del Sistema de Gestión y Análisis de Cooperación Internacional

8 Dirección de Asesoría Jurídica

Presenta la Carta de Entendimiento o Convenio, acompañado de la opinión técnica al Secretario de Bienestar Social para suscripción o firma. De ser aprobado, remite copia a la parte solicitante y a la Dirección de Planificación para dar inicio a la “Ejecución del Proyecto de Cooperación”, su seguimiento y evaluación.

9 Encargado(a) de Donaciones y Cooperación Externa

Indica al Donante el lugar establecido por el Departamento de Almacén para la recepción de la Donación, e indica los mecanismos, medios, formas y fechas de entrega de productos, bienes o servicios.

Remite a la Dirección Administrativa la Documentación de Respaldo Completa de la Donación.

10 Administrativa Dirección Da instrucciones al Departamento de Almacén para la Recepción del producto y posterior elaboración del Acta de Recepción de los productos o bienes donados.

11 Departamento de Almacén

Verifica que la Documentación de la Donación se encuentre completa para la recepción de la misma.

Coordina la logística necesaria para la recepción de los bienes o productos donados, de igual manera se verifica la calidad y que coincida lo descrito en los documentos con lo físico.

Suscribe las actas correspondientes a la recepción de los bienes o productos donados.

Traslada copia certificada del acta y documentación de respaldo al Encargado(a) de Donaciones y Cooperación Externa de la Dirección de Planificación y al Departamento de Inventarios para registros en SICOIN.

12 Encargado(a) de Donaciones y Cooperación Externa

Solicita a la Dirección de Asesoría Jurídica, se emita Resolución de Aceptación de la Donación.

13 Dirección de Asesoría Jurídica Elabora resolución, una vez firmada por el Secretario de Bienestar Social, traslada copia certificada al Encargado(a) de Donaciones y Cooperación Externa.

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SECRETARÍA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

18

14 Encargado(a) de Donaciones y Cooperación Externa

Envía oficio a la Dirección de Crédito Público del MINFIN solicitando el Código de Fuente específica de la Donación. Adjunta formulario de solicitud y documentos de respaldo debidamente foliados, incluyendo la Resolución de aceptación de la donación.

15

Encargado(a) de Donaciones y Cooperación Externa

Al recibir respuesta de la Dirección de Crédito Público indicando el código asignado a cada donación procede a subir la información a SIGES.

a) Registra los bienes o productos que consten en el acta que certifica el Departamento de Almacén.

b) En el caso de bienes inventariables, debe identificar el número de gestión que genera SIGES y lo comunica al Departamento de Inventarios para operar el SICOIN. 16

Notifica a la Subdirección Financiera la complementación del proceso de registro en SIGES para su aprobación final, trasladando por medio de oficio el expediente físico foliado a la Subdirección Financiera.

17

Subdirección Financiera

Aprueba / autoriza la operación de registro en el SIGES. Si se recibieron bienes, traslada el expediente al Departamento de Inventarios instruyendo proceder al registro en el SICOIN.

18

Aprueba el registro de bienes en SICOIN así como; la generación de códigos y etiquetas.

a) Autoriza al Departamento de Inventarios a imprimir y etiquetar los bienes puestos en el Departamento de Almacén.

b) Remite el expediente de Donación y CUR de ingreso firmados a la Unidad de Donaciones y Cooperación Externa.

19 Departamento de Inventarios

Con el Número de Gestión recibido del Encargado(a) de Donaciones y Cooperación Externa e instrucción de Subdirección Financiera, registra los bienes inventariables en el SICOIN. Para generar códigos y etiquetas.

a) Traslada el expediente a la Subdirección Financiera.

b) Aprobado el registro por el Departamento de Inventarios, notifica al Departamento de Almacén la disponibilidad de los bienes.

c) La Subdirección Financiera notifica a la Unidad de Donaciones y Cooperación Externa la disponibilidad de los bienes.

20 Encargado(a) de Donaciones y Cooperación Externa

Notifica a la parte Beneficiaria la disponibilidad de los bienes y/o productos según el caso para su retiro.

Define mecanismos de seguimiento para hacer efectivo el retiro de bienes en el Departamento de Almacén hacia los beneficiarios.

(23)

SECRETARÍA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

19

21 Beneficiarios

En todos los casos presenta al Departamento Almacén una Requisición debidamente autorizada por el Jefe Inmediato y VoBo. del Secretario de Bienestar Social, para el retiro de bienes o productos.

a) Si recibe Productos se retirarán únicamente con la Requisición.

b) Si recibe Bienes, además de la Requisición, gestionar ante el Departamento de Inventarios que éstos sean cargados en tarjetas de responsabilidad e indicar a quien serán cargados.

Con las respectivas firmas y sellos del

D

epartamento de Inventarios para poder ser retirados del

Departamento de almacén. 22 Departamento de Almacén

Notifica al encargado (a) de Donaciones y Cooperación Externa el retiro de bienes o productos, así como movimiento de la existencia de los mismos. Para que gestione mediante requisición el retiro de lo donado. (Para productos y bienes Presenta copia de Requisición).

23 Encargado(a) de Donaciones y Cooperación Externa

Registra el egreso de los Productos en el sistema –SIGES- en base a la copia de la Requisición entregada por el Departamento de Almacén.

Al momento del registro, se genera el número de “gestión del gasto” con el cual se retornará el expediente nuevamente a la Subdirección Financiera, lo que se hace hasta el retiro de la totalidad de los bienes otorgados para aprobación final.

24 Subdirección Financiera

Aprobado el gasto, genera los “Comprobantes Únicos de Registro” (CUR).

Envía CUR firmados y expediente de trámite al Encargado(a) de Donaciones y Cooperación Externa de la Dirección de Planificación. 25 Encargado(a) de Donaciones y

Cooperación Externa

Remite a la Dirección de Crédito Público copia de los Comprobantes Únicos de Registro –CUR-.

Registra en Formato de Ingreso de Donaciones en Especie a la SBS. FIN

(24)
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22

10.5

Procedimiento de Formulación de Planes de Emergencias

SECRETARÍA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

No. 5

PROCEDIMIENTO DE FORMULACIÓN DE PLANES DE

EMERGENCIAS

Objetivo: Proteger la vida de las personas, bienes y recursos de la Secretaría de Bienestar Social de la Presidencia de la República a través del cumplimiento e implementación de los Planes de Emergencias en caso que suceda un evento físico peligroso en base a la Política Nacional para la Reducción de Riesgo a Desastres.

Normas específicas: Artículo 4 Ley de la CONRED17, literal j), p), q) y r) del Artículo 76 del Reglamento

Orgánico Interno de la Secretaría18

Responsable: Encargado de Gestión de Riesgo

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO Paso No. Puesto funcional Descripción

INICIO

1 CONRED Presenta lineamientos y transfiere información en materia de gestión de riesgo a nivel nacional y establece alertas.

2 Encargado de Gestión de Riesgo

Solicita al Secretario(a) Ejecutivo de la CONRED19 a través de un

oficio, se asigne a un asesor, que le dé seguimiento a la formulación del Plan Institucional de Respuesta –PIR- y Plan de Evacuación. 3 Secretario(a) Ejecutivo

CONRED

Asigna asesor para la formulación del Plan Institucional de Respuesta –PIR- Y Plan de Evacuación.

4 Encargado de Gestión de Riesgo

Formula Plan Institucional de Respuesta –PIR-, Plan de Evacuación y conforma brigadas de apoyo o comisiones de emergencias para su implementación.

5

Encargado de Infraestrutura

Identifica áreas críticas de la Secretaría que conlleven un riesgo para el personal administrativo de la institución.

6 Apoya en la creación o actualización de planos para identificar las rutas de evacuación.

7 Asesor CONRED Da seguimiento a la formulación y finalización del Plan Institucional de Respuesta –PIR- y Plan de Evacuación.

8 Encargado de Gestión de Riesgo

Solicita a la CONRED se dé la aprobación del Plan Institucional de Respuesta –PIR- y Plan de Evacuación

9 CONRED

Aprueba o Desaprueba el Plan Institucional de Respuesta –PIR- y el Plan de Evacuación.

En caso de Aprobar, continua en el paso No. 10

En caso de desaprobar, regresa al paso No. 4 siguiendo las

17

Decreto 109-96, “Ley de la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres de Origen Natural o Provocado”.

18 Acuerdo Gubernativo 101-2015, “Reglamento Orgánico Interno de la Secretaría de Bienestar Social de la

Presidencia de la República”.

19

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SECRETARÍA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

23

recomendaciones dadas por la CONRED. 10 Encargado de Gestión

de Riesgo

Asigna funciones a las comisiones de emergencias, y coordina a nivel institucional los procesos de atención a las posibles emergencias o desastres y durante los simulacros.

11

Encargado de Gestión de Riesgo

Transfiere información a los centros de atención de la SBS, para implementar medidas de gestión de riesgo.

12

Da seguimiento para la correcta formulación y finalización de los Planes de Evacuación para los diferentes centros de atención de la SBS.

13 Previene a las autoridades a través de informes acerca de las amenazas presentes a nivel de la SBS.

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25

10.6

Procedimiento de Monitoreo y Evaluación

SECRETARÍA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

No. 6

PROCEDIMIENTO DE MONITOREO Y EVALUACIÓN

Objetivo: Cumplir con la normativa de la ley Orgánica del Presupuesto, decreto 101-97 y lineamientos de monitoreo y evaluación de la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia –SEGEPLAN- a través de la medición de los resultados de programas y proyectos de la Secretaría de Bienestar Social de la Presidencia de la República conforme a la planificación estratégica y operativa vigente.

Normas específicas: Literal f), Artículo 76, Acuerdo Gubernativo 101-2015

Responsable: Encargado de Monitoreo y Evaluación

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

Paso No. Puesto funcional Descripción

INICIO

1 Despacho Superior Definir los resultados estratégicos institucionales con apoyo de la Dirección de Planificación. 2 Dirección de Director

Planificación

Establece indicadores de resultado y producto, según lineamientos técnicos provistos por SEGEPLAN.

3

Encargado de Monitoreo y Evaluación

Formula método y herramientas de recopilación de información (metas y volúmenes).

4 Requiere información a Direcciones y Departamentos Sustantivos en momento oportuno.

5 Direcciones y

Departamentos Presentan información mensual, bimestral o semestral para monitoreo y evaluación según compromisos de planificación. 6

Encargado de Monitoreo y Evaluación

Recopila, valida, interpreta y consolida información de resultados por Subsecretaría, Dirección y Departamento sustantivo.

7 Realiza análisis estadísticos y mide el logro y resultados a partir de indicadores comprometidos.

8 Canaliza y presenta informes técnicos, retroalimenta procesos y verifica el cumplimiento de metas por departamentos.

9 Director Dirección de Planificación

Verifica logros, presenta informes bimensuales a Secretario de Bienestar Social y requerimientos de información inter-institucional. 10 Interpreta información estadística para generar resultados de

carácter institucional. 11

Secretario de Bienestar Social

Orienta y decide en base a resultado de evaluación y monitoreo 12 Presenta resultados e indicadores en gabinetes y entidades de

gobierno. FIN

(30)
(31)

SECRETARÍA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

27

10.7

Procedimiento de Diseño y Cuantificación de Infraestructura

SECRETARÍA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

No. 7

PROCEDIMIENTO DE DISEÑO Y CUANTIFICACION DE

INFRAESTRUCTURA

Objetivo: Planear el estado físico actual de los edificios con que cuenta la Secretaría, la cual incluya su distribución de espacios internos y externos, aspectos estructurales, instalaciones de servicios visibles y equipo complementario.

Normas específicas: Artículo 76, Acuerdo Gubernativo 101-2015.

Responsable: Encargado de Infraestructura.

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO Paso No. Puesto funcional Descripción

INICIO

1 Solicitante Envía Oficio, en el cual detalla los requerimientos según las necesidades del proyecto a atender. 2

Director(a) Dirección de Planificación

El requerimiento es ampliamente discutido con el Subdirector, tomando todas las variantes de carácter administrativo, técnicas y operativas para la atención en todas sus etapas.

3

Subdirector(a) Dirección de Planificación

Traslada solicitud a Encargado de Infraestructura para la atención del proyecto físico.

4

Encargado de Infraestructura

Recibe Oficio de solicitud y Oficio de nombramiento por parte del Subdirector.

5 De acuerdo a la magnitud y tipo de proyecto a realizar se realiza el trabajo de gabinete: búsqueda de planos físicos y digitales, estudios previos e información de evaluaciones físicas.

6 Programar visita de campo, entrevistar a autoridades de las dependencias solicitantes, evaluar las áreas objeto de intervención. 7 Procede a la realización del levantamiento físico del área a intervenir o de la totalidad del proyecto para su registro dentro del archivo de

planos –planoteca- de la Dirección de Planificación.

8 Elaboración planos arquitectónicos, estructurales, servicios y de registro, para mayor comprensión del inmueble. 9

Hacer propuesta acompañada de planificación, la cual debe incluir cuantificación de materiales y mano de obra y especificaciones. Dicha solución debe apegarse a aspectos de sistemas y métodos constructivos que prevalecen en el inmueble.

10 Presenta informe describiendo la problemática y fotografías, como su factibilidad de ejecución. 11 Subdirector(a) Dirección de

Planificación

Revisión y retroalimentación de los trabajos para su aprobación. Presenta a solicitante la propuesta para su aprobación o cambios. 12 Solicitante Aprueba o propone modificaciones al diseño y presupuesto.

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SECRETARÍA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

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14 Dirección de Director(a)

Planificación Traslada propuesta final de solución al solicitante. FIN

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SECRETARÍA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

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10.8

Procedimiento de Supervisión de Trabajos de Infraestructura

SECRETARÍA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

No. 8

PROCEDIMIENTO DE SUPERVISIÓN DE TRABAJOS DE

INFRESTRUCTURA

Objetivo: Verificar el cumplimiento de las Especificaciones Técnicas en el desarrollo del proceso constructivo.

Normas específicas:

Las aplicables según el tipo de proyecto a atender, especificaciones generales de los materiales, sistemas y métodos constructivos, normas arquitectónicas y estructurales.

Estudios de: Impacto Ambiental, Normas Gestión de Riesgo CONRED, Normas Sanitarias del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.

Reglamento Municipal: Plan de Ordenamiento Territorial –POT-

Normas CONADI: Consejo Nacional de Discapacitados (para personas con movilidad reducida)

Y otras: la aplicación de estas dependerán del tipo de construcción y ubicación, como cumplimiento de Normas del Ministerio de Comunicaciones –MICIVI-, para el cumplimiento de retiros.

Responsable: Encargado de Infraestructura.

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO Paso No. Puesto

funcional Descripción

INICIO

1 Solicitante Remite oficio de solicitud indicando tipo de proyecto apoyado con la información técnica, a la Dirección de Planificación.

2

Director(a) Dirección de Planificación

El requerimiento es ampliamente discutido con el Subdirector, tomando todas las variantes de carácter administrativo internas y externas, técnicas y operativas para su supervisión.

3

Subdirector(a) Dirección de Planificación

Traslada solicitud a Encargado de Infraestructura para la atención del proyecto físico.

4

Encargado de Infraestructura

Recibe Oficio de solicitud y Oficio de nombramiento por parte del Subdirector.

5 Programar visitas de campo, entrevistar a autoridades de las dependencias solicitantes y personas que ejecutaran el proyecto, evaluar las áreas objeto de intervención.

6 Evalúa las instalaciones físicas a intervenir en función del uso o propósito que se destinaran.

7 Estudia las normas y procedimientos propuestos, sugiere cambios de ser necesarios.

8 Discute y reporta los hallazgos encontrados por incumplimiento a las especificaciones y mala calidad de los materiales.

9 Encargado de Infraestructura

Aplica criterios de higiene y seguridad en el trabajo como evaluación de riesgo.

(35)

SECRETARÍA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

31

10 Elabora informes de supervisión según lo requiera el proyecto por su magnitud como por su temporalidad, elabora informe fotográfico. 11 Director(a)

Dirección de Planificación

Conoce y avala el informe final de supervisión.

12 Remite informe final al solicitante para la recepción del proyecto. FIN

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SECRETARÍA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

33

10.9

Procedimiento de Solicitud de Información

SECRETARÍA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

No. 9

PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE INFORMACIÓN

Objetivo: Proporcionar de manera eficiente la información solicitada por el Despacho Superior, Direcciones, Departamentos, Centros o Instituciones.

Normas específicas: Artículo 76, Acuerdo Gubernativo 101-2015.

Responsable: Asistente Dirección de Planificación

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO Paso No. Puesto

funcional Descripción

INICIO

1 Solicitante

Solicita información a través del Despacho Superior y por Directores de la SBS, por escrito debidamente firmada y sellada.

En caso que la información es solicitada externamente, deberá presentarse una solicitud por escrito debidamente firmada y sellada con membrete de la entidad.

Traslada al Director de la Dirección de Planificación. 2

Asistente Dirección de Planificación

Recibe solicitud

Verifica que la solicitud esté debidamente firmada y sellada. De no estar bien, se devuelve al solicitante para su corrección.

De estar bien, traslada la solicitud al Director de la Dirección de Planificación.

3 Dirección de Director(a) Planificación

Verifica solicitud y asigna responsable de proporcionar o trabajar la información.

4 Analista Recopila, organiza y prepara la información. 5 Entrega informe al Director.

6

Director(a) Dirección de

Planificación Aprueba Informe y entrega a Asistente para su distribución. 7 Asistente

Dirección de Planificación

Prepara Oficio para entrega de la información al Solicitante. 8 Archiva las solicitudes y entregas de información.

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SECRETARÍA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

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SECRETARÍA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

36

12.

GLOSARIO DE SIGLAS

NO TÉRMINO SIGNIFICADO

1 NNA Niñas, Niños y Adolescentes 2 CUR Comprobante Único de Registro 3 CO2F Comprobante de Modificación Física 4 CC Centro de Costo

5 POM Plan Operativo Multianual 6 PEI Plan Estratégico Institucional 7 POA Plan Operativo Anual

8 PIR Plan Institucional de Respuesta 9 SIGES Sistema de Gestión

10 SICOIN Sistema de Contabilidad Integrada Gubernamental 11 Ley PINA Ley de Protección Integral a Niñez y Adolescencia 12 MINFIN Ministerio de Finanzas Públicas

13 SEGEPLAN Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia 14 CONRED Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres

(41)

SECRETARÍA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

37

13.

GLOSARIO DE TÉRMINOS

No.

TÉRMINO

SIGNIFICADO

1

Análisis de Riesgo

Es el estudio de las causas de las posibles amenazas y

probables eventos no deseados y los daños y

consecuencias que éstas puedan producir.

2

Infraestructura

Conjunto de elementos o servicios que se consideran

necesarios para el funcionamiento de una organización o

para el desarrollo de una actividad.

3

Metas

Es la definición concreta de qué queremos alcanzar en

un período determinado. Es la especificación de los

objetivos. Son los resultados que se pretende alcanzar en

un futuro inmediato.

4

Plan Estratégico Institucional

(PEI)

un esfuerzo disciplinado para producir decisiones y

acciones fundamentales que dan forma y guían aquello

que una organización es, qué hace, y porqué lo hace.

5

Plan Operativo Anual (POA)

El programa operativo es un programa concreto de

acción de corto plazo, que emerge del plan de largo

plazo, y contiene los elementos (objetivo, estrategia,

meta y acción) que permiten la asignación de recursos

humanos y materiales a las acciones que harán posible el

cumplimiento de las metas y objetivos de un proyecto

específico.

6

Plan Operativo Multianual

(POM)

Programa concreto de acción a un plazo de 3 años.

7

Planificación del Proyecto

(En Arquitectura):

Trazar los planos para la ejecución de una obra; es

expresar en un plano, ya sea en papel o en forma digital

cómo se va a realizar esa obra.

8

Presupuesto

Son planes que especifican los recursos financieros que

generan y consumen las actividades a desarrollar en un

período específico.

9

Procedimiento

Un procedimiento es un conjunto de acciones u

operaciones que tienen que realizarse de la misma

forma, para obtener siempre el mismo resultado bajo las

mismas circunstancias.

10

Cuatrimestre

Un cuatrimestre es una serie de cuatro meses

consecutivos. Que se da en la estadística.

11

Plan de Contingencias

es un instrumento de gestión para el buen gobierno de

las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones

(42)

SECRETARÍA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

38

12

Plan Institucional de

Respuesta –PIR-

Es una herramienta base para el que hacer de la

Secretaría de Bienestar Social de la Presidencia de la

República ante situaciones de emergencia o desastre, el

cual permitirá fortalecer las acciones del Sistema en el

Manejo de Emergencias o Desastres, que incluye

Monitoreo, Verificación, Consolidación y Divulgación de la

información relacionada a eventos adversos y la toma de

decisiones.

13

Supervisión

La supervisión implica la acción de inspeccionar,

controlar, ya sea un trabajo o un tipo de actividad y

siempre es ejercida por parte de un profesional superior

ampliamente capacitado para tal efecto.

(43)

SECRETARÍA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

39

14.

VALIDACIÓN DE INFORMACIÓN Y VERIFICACIÓN

Manual de Normas y Procedimientos

Dirección de Planificación

Por este medio, en calidad de Director de la Dirección de Planificación, manifiesto que he

revisado la información contenida en el Manual de Normas y Procedimientos, por lo que

CERTIFICO

que efectivamente, los Procedimientos descritos en este Manual corresponden a la

Dirección de Planificación, por lo que se traslada al Secretario de Bienestar Social, para los

efectos correspondientes.

(f) ______________________________________________

Lic. Luis Alfonso Rodas Guzmán

Director

Dirección de Planificación

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