PROGRAMA VIVIENDA RURAL
I. Identificar con precisión a la población objetivo, tanto por grupo específico como por región del país, entidad federativa
y municipio.
Objetivo general
•
Apoyar económicamente a las familias rurales e indígenas de menores ingresos, para la edificación de una Unidad Básica de
Vivienda Rural, o la Ampliación o Mejoramiento de su vivienda actual, que le permita el fortalecimiento de su patrimonio familiar y
con ello elevar su calidad de vida.
Objetivos específicos
•
Mejorar las condiciones de vida de la población rural e indígena en situación de pobreza patrimonial que requiera apoyo para la
edificación, ampliación o mejoramiento de su vivienda.
•
Apoyar la formación del patrimonio familiar, en cuanto a vivienda se refiere.
Población objetivo
•
Familias en situación de pobreza patrimonial que vivan en localidades rurales o indígenas de hasta 5 mil habitantes clasificadas
como de muy alta marginación o alta marginación, incluyendo de manera enunciativa, pero no limitativa a familias de ejidatarios,
comuneros, colonos agrícolas, ganaderos, avecindados, jornaleros agrícolas y minifundistas. El programa podrá operar en zonas
rurales e indígenas en las 32 entidades federativas.
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II. En su caso, prever montos máximos por beneficiario y por porcentaje del costo total del programa. En los programas de
beneficio directo a individuos o grupos sociales, los montos y porcentajes se establecerán con base en criterios
redistributivos que deberán privilegiar a la población de menos ingresos y procurar la equidad entre regiones y
entidades federativas, sin demérito de la eficiencia en el logro de los objetivos.
a) Adquisición o Edificación de una Unidad Básica de Vivienda Rural: La vivienda que cuenta con un área mínima de construcción
de 21 metros cuadrados, con una altura mínima interior de 2.40 metros, y con un volumen mínimo de 50.40 metros cúbicos, que
incluye al menos, un cuarto habitable de usos múltiples, un baño y una cocina. El baño puede ser sustituido por una letrina, que
puede estar adosada o no a la construcción principal. Deberá estar construida con materiales y sistemas constructivos que
garanticen una vida útil de por lo menos 30 años.
Apoyo Federal: Hasta 26 mil pesos.
b) Ampliación de Vivienda Rural. Construcción de un espacio habitable, adicionado a la vivienda existente. Puede ser una recámara,
una cocina, un baño.
Apoyo Federal: El 75 por ciento del valor de la ampliación hasta un máximo de 13 mil pesos.
c) Mejoramiento de Vivienda Rural. Reparación o rehabilitación de una vivienda, que permita mejorar la calidad de vida, salud e
higiene de sus habitantes. Se puede considerar la adición o sustitución de elementos provisionales por definitivos como pisos,
techos, paredes, puertas, ventanas, impermeabilización, instalación hidráulica, sanitaria o eléctrica, según las necesidades de la
familia.
Apoyo Federal: El 75 por ciento del valor del mejoramiento hasta un máximo de 8 mil 600 pesos.
III. Procurar que el mecanismo de distribución, operación y administración otorgue acceso equitativo a todos los grupos
sociales y géneros.
Con base en los recursos asignados al Programa en el PEF, para el ejercicio fiscal vigente, la Instancia Normativa hará la
distribución Inicial de los recursos destinados como subsidio federal para los Beneficiarios, por entidad federativa.
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Asimismo, del total de recursos asignados a cada entidad federativa, el Gobierno del Estado distribuirá los recursos que le son
asignados entre los municipios que lo integran considerando, preferentemente, los índices de marginación proporcionados por el
CONAPO.
IV. Garantizar que los recursos se canalicen exclusivamente a la población objetivo y asegurar que el mecanismo de
distribución, operación y administración facilite la obtención de información y la evaluación de los beneficios
económicos y sociales de su asignación y aplicación; así como evitar que se destinen recursos a una administración
costosa y excesiva.
Con la finalidad de garantizar la atención a la población objetivo, se aplica a los solicitantes del subsidio federal que cumplan con los
requisitos establecidos en las Reglas de Operación, la Cédula de Información Socioeconómica Rural (CISR), la cual registra datos
del solicitante y su familia, en cuanto a aspectos sociales, económicos y de equipamiento de su vivienda.
Las CISR son evaluadas en el Sistema de Información creado por el FONHAPO, pasando por diferentes etapas que permitirán
identificar al solicitante susceptible de acceder a un subsidio federal.
Asimismo, se realizan a través de las Instancias Auxiliares (Delegaciones SEDESOL), verificaciones aleatorias para validar en
campo la información captada en las CISR, para dar mayor certeza de que se atenderá a la población objetivo.
Para la operación de los Programas, se tiene contemplado canalizar el 7 por ciento del presupuesto como gasto indirecto, de
acuerdo a lo establecido en el numeral 4.1.2, inciso n), segundo párrafo de las Reglas de Operación del Programa “Vivienda Rural”,
publicadas en el D.O.F., en la misma fecha.
La Instancia Normativa podrá apoyar con recursos económicos a las Instancias Auxiliares y Ejecutoras, de acuerdo con su grado de
participación y monto de los recursos por ejercer.
Dicho recurso se distribuye entre el FONHAPO, las Instancias Auxiliar y Ejecutora, y se cuentan con mecanismos de coordinación
para evitar duplicidades en el seguimiento y verificación de la operación de los programas.
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V. Incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación que permitan ajustar las modalidades de
su operación o decidir sobre su cancelación.
a) La Secretaría de al Función Pública, el Órgano Interno de Control en el FONHAPO; la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público; la Auditoría Superior de la Federación y demás instancias que en el ámbito de sus respectivas atribuciones resulten
competentes, serán las instancias de control del Programa de Vivienda Rural, para dar seguimiento a la entrega a los beneficiarios
de los apoyos económicos federales, y a la aplicación de los recursos federales para gastos indirectos, y
b) El Órgano Estatal de Control de la entidad federativa respectiva, será la Instancia de Control para dar seguimiento a la aplicación
de los recursos de la Instancia Ejecutora y de los Beneficiarios.
VI. En su caso, buscar fuentes alternativas de ingresos para lograr una mayor autosuficiencia y una disminución o
cancelación de los apoyos con cargo a recursos presupuestarios.
No aplicó.
Fuentes Alternativas de Ingreso
Enero-Septiembre 2007
(pesos)
Fuentes complementarias de ingreso del Programas (Anotar el nombre del Programa) Inversión Federal % Inversión Estatal1/ % Inversión Municipal1/ % Inversión Participantes1/ % Inversión
Crédito % Otra inversión % Total
0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0
1/ Inversión estatal, municipal y de participantes estimada / Sujeta a modificación Fuente:
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VII. Asegurar la coordinación de acciones entre dependencias y entidades, para evitar duplicación en el ejercicio de los
recursos y reducir gastos administrativos.
La Instancia Normativa establecerá los mecanismos de coordinación necesarios para garantizar que el Programa “Vivienda Rural”
no se contraponga, afecte o presente duplicidades con otros programas o acciones del gobierno federal en materia de subsidios
para la vivienda.
La coordinación institucional y vinculación de acciones busca potenciar el impacto de los recursos, fortalecer la cobertura de las
acciones, explotar la complementariedad y reducir gastos administrativos. Con este mismo propósito, FONHAPO podrá establecer
acciones de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas municipales y locales, las cuales tendrán que darse en el
marco de las disposiciones de las reglas de operación y de la normatividad aplicable.
VIII. Prever la temporalidad en su otorgamiento.
El presupuesto autorizado a los programas operados por el FONHAPO se deberá ejercer en el ejercicio fiscal vigente. Dicho recurso
se ejerce durante el año fiscal, una vez que los solicitantes de los programas de subsidio cumplen con los requerimientos del
programa y se consideran como beneficiarios del mismo al recibir el Certificado de Subsidio Federal y endosar el bono a la Instancia
Ejecutora
IX. Procurar que sea el medio más eficaz y eficiente para alcanzar los objetivos y metas que se pretenden.
Meta PPEF 2007: 509 millones de pesos
Meta PPEF de Subsidios: 38 mil 175 subsidios.
Las Reglas de Operación, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 6 de julio permitieron incorporar a las Delegaciones
SEDESOL como instancias ejecutoras del programa, a fin de atender compromisos con las Organizaciones de la Sociedad Civil.
Al cuarto trimestre del año se recibieron y revisaron Planes de Trabajo Anual del Programa “Vivienda Rural” de las 32 entidades
federativas por un monto total de 585.5 millones de pesos, para ejecutar 73,562 subsidios, distribuidos de la siguiente manera:
25,253 subsidios por 189.5 millones de pesos por los Institutos de Vivienda y/o Municipios; y 48,309 subsidios por un monto 396.0
millones de pesos los solicitados por las Delegaciones Federales de la SEDESOL.
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Para operar el programa en las entidades federativas, se requirió de la firma de los Convenios de Ejecución correspondientes. En
los estados donde se firmaron oportunamente dichos Convenios, se logró avanzar en la captación de la demanda y la
correspondiente aplicación y captura de las Cédulas de Información Socioeconómica, así como avanzar en la impresión de los
Certificados de Subsidio Federal.
Al cierre del cuarto trimestre, el FONHAPO ejerció 576.7 millones de pesos correspondientes a 72,337 Bonos de Certificado de
Subsidio Federal (Bonos), que beneficiaron a igual número de familias, los cuales se distribuyeron de la manera siguiente: 213.1
millones se canalizaron a los Institutos y/o Municipios como Instancias Ejecutoras y 363.6 millones se ejecutaron por las Delegación
Federales de la SEDESOL en 31 entidades federativas.
Inversión y Metas por Modalidad
Al 31 de Diciembre de 2007
4/Metas Nombre de la modalidad de inversión Presupuesto Ejercido
(pesos) _1/ 3/
Unidad de Medida Programadas Alcanzadas _2//
T o t a l
Subsidio a vivienda nueva 325,767,250.42 Subsidio 10,924 21,925
Otros subsidios (Ampliaciones y mejoramientos) 250,978,953.06 Subsidio 18,280 50,412
Total 576,746,203.48 Subsidio 29,204 72,337
1/ No incluye Gastos Indirectos
2/ Corresponde a bonos de Certificado de Subsidio Federal pagados
3/ Para efectos de informar la operación del programa en su totalidad se Incluyen recursos operados y subsidios otorgados a través de la operación del programa por la SEDESOL. 4/ Cifras preliminares de cierre.
PROGRAMA VIVIENDA RURAL
Indicadores de Resultados de las Reglas de Operación
Cifras preliminares
Nombre del indicador Descripción Resultado 1/
(%)
1. Eficacia presupuestal Relación de subsidios otorgados entre el número de subsidios programados
Número de subsidios otorgados
Número de subsidios programados X 100
87.54
2. Índice de cobertura Relación de subsidios otorgados entre solicitantes de subsidio
Número de subsidios otorgados
Número de solicitantes de subsidio X 100
51.68
3. Distribución de los apoyos Relación de la distribución de apoyos
• Número de subsidios para construcción de vivienda
• Número de subsidios para ampliación o mejora de vivienda
3,734 21,539
4. Familias beneficiadas Indicador de familias beneficiadas
Número de familias que se benefician con el subsidio 25,273
1/ Los indicadores de resultados aquí presentados corresponden a estadísticas de los apoyos ejercidos directamente por FONHAPO y fueron calculados sobre cifras preliminares de cierre.
X. Reportar su ejercicio en los informes trimestrales, detallando los elementos a que se refieren las fracciones I a IX de
este artículo, incluyendo el importe de los recursos.
Presupuesto Original: 509 millones de pesos.
Adecuaciones Presupuestarias:
PROGRAMA VIVIENDA RURAL
Recalendarización de 142 millones 520 mil pesos por Adecuación Presupuestaria 2007-20-VYF-323 del 26 de junio de 2007
Transferencia de gastos indirectos a SEDESOL por 10 millones 180 mil pesos. Adecuación 2007-20-VYF-365 del 27 de junio de
2007.
Adecuación 2007-20-VYF-614 por 62 millones 537 mil 400 pesos: Traspaso de recursos fiscales a 12 Delegaciones de SEDESOL,
para la operación del programa, con el fin de apoyar a las familias rurales e indígenas de menores ingresos, a través de la entrega
de subsidios para la vivienda. Con fecha de autorización del 5 de septiembre de 2007.
Adecuación 2007-20-VYF-637 por 41 millones 216 mil 340 pesos: Traspaso de recursos fiscales a 8 Delegaciones de la SEDESOL
para la operación del programa, con el fin de apoyar a las familias rurales e indígenas de menores ingresos, a través de la entrega
de subsidios para la vivienda rural. Con fecha de autorización del día 11 de septiembre de 2007.
Adecuación 2007-20-VYF-652 por 65 millones 787 mil 200 pesos: Traspaso de recursos fiscales a 7 Delegaciones de la SEDESOL
para la operación del programa, con el fin de apoyar a las familias rurales e indígenas de menores ingresos, a través de la entrega
de subsidios para la vivienda rural. Con fecha de autorización del 13 de septiembre de 2007.
Adecuación 2007-20-VYF-1068 por 102 millones 882 mil 880 pesos: Traspaso de recursos fiscales a 25 Delegaciones de la
SEDESOL para la operación del programa, con el fin de apoyar a las familias rurales e indígenas de menores ingresos, a través de
la entrega de subsidios para la vivienda rural. Con fecha de autorización del 14 de noviembre de 2007.
Adecuación 2007-20-410-1080 por 4 millones 242 mil 360 pesos: Ampliación líquida por traspaso de recursos de 1 Delegación de la
SEDESOL al FONHAPO para el programa Vivienda Rural.
PROGRAMA VIVIENDA RURAL
Presupuesto Ejercido a Nivel de Capítulo y Concepto de Gasto
Recursos Fiscales
Enero-Diciembre
(Pesos)
Fecha de corte: 31 de Diciembre de 2007
P R E S U P U E S T OOriginal Anual Modificado Anual Calendarizado al trimestre
Ejercido al trimestre
Avance financiero % CAPÍTULO Y CONCEPTO DE GASTO
(1) (2) (3) (4) (4/3)
1000 Servicios personales
1100 Remuneraciones al personal de carácter permanente 1200 Remuneraciones al personal de carácter transitorio 1300 Remuneraciones adicionales y especiales
1400 Erogaciones del Gobierno Federal por concepto de Seguridad Social y seguros 1500 Pagos por otras prestaciones sociales y económicas
1600 Impuestos sobre nóminas
1700 Pago de estímulos a servidores públicos de mando y enlace 1800 Previsiones para servicios personales
2000 Materiales y suministros
2100 Materiales y útiles de administración y enseñanza 2200 Productos alimenticios
2300 Herramientas, refacciones y accesorios 2400 Materiales y artículos de construcción
2500 Materias primas de producción, productos químicos, farmacéuticos y de laboratorio 2600 Combustibles, lubricantes y aditivos
2700 Vestuario, blancos, prendas de protección personal y artículos deportivos 2800 Materiales, suministros y prendas de protección para seguridad pública y nacional 2900 Mercancías diversas
3000 Servicios generales
3100 Servicios básicos 3200 Servicios de arrendamiento
3300 Servicios de asesoría, consultoría, informáticos, estudios e investigaciones 3400 Servicios comercial, bancario, financiero, subcontratación de servicios y gastos inherentes 3500 Servicios de mantenimiento y conservación
3600 Servicios de impresión, publicación, difusión e información 3700 Servicios de comunicación social
3800 Servicios oficiales
3900 Pérdidas del erario y gastos por concepto de responsabilidades
4000 Subsidios y transferencias
4100 Subsidios 509,000,000.00 215,263,220.00 215,263,220.00 215,257,547.13 99.99
4200 Subsidios a las entidades federativas y municipios 4300 Transferencias para apoyo de programas
PROGRAMA VIVIENDA RURAL
P R E S U P U E S T O
Original Anual Modificado Anual Calendarizado al trimestre
Ejercido al trimestre
Avance financiero % CAPÍTULO Y CONCEPTO DE GASTO
(1) (2) (3) (4) (4/3)
5000 Bienes muebles e inmuebles
5100 Mobiliario y equipo de administración
5200 Maquinaria y equipo agropecuario, industrial, de comunicaciones y de uso informático 5300 Vehículos y equipo de transporte
5400 Equipo e instrumental médico y de laboratorio 5500 Herramientas y refacciones
5600 Animales de trabajo y reproducción 5700 Bienes inmuebles
5800 Maquinaría y equipo de defensa y seguridad pública 5900 Otros bienes muebles e inmuebles
6000 Obras Públicas
6100 Obras públicas por contrato 6200 Oras públicas por administración
7000 Inversión financiera, provisiones económicas, ayudas, otras erogaciones, y pensiones jubilaciones y otras
7100 Otorgamiento de crédito 7200 Adquisición de valores 7300 Erogaciones contingentes
7400 Provisiones para erogaciones especiales
7500 Erogaciones para apoyar a los sectores social privado en actividades culturales deportivas y de ayuda extraordinaria
7600 Otras erogaciones Pago de pensiones y jubilaciones
7800 Aportaciones a fideicomisos y mandatos
8000 Participaciones de ingresos, aportaciones federales y gasto reasignado
8100 Fondo general de participaciones 8200 Fondo de fomento municipal 8300 Otros conceptos participables
8400 Aportaciones federales a las entidades federativas y municipios 8500 Gasto federal reasignado a las entidades federativas y municipios
9000 Deuda pública, pasivo circulante y otros
9100 Amortizaciones de la deuda pública 9200 Intereses de la deuda pública 9300 Comisiones de la deuda pública 9400 Gastos de la deuda pública 9500 Costos por coberturas
9600 Adeudos de ejercicios fiscales anteriores (ADEFAS) 9700 Apoyos financieros
T o t a l 509,000,000.00 215,263,220.00 215,263,220.00 215,257,547.13 99.99 Fuente: Dirección de Administración y Finanzas de FONHAPO.
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XI. Aclaraciones
Se revisaron las Reglas de Operación publicadas el 28 de febrero de 2007, realizando la modificación de las mismas a efecto de
poder incorporar a las Delegaciones de la SEDESOL como instancias ejecutoras del programa y atender demandas de las
Organizaciones de la Sociedad Civil, lo cual pospuso el ejercicio de los recursos. La publicación se realizó el día 6 de Julio de 2007.
Modificaciones a las reglas de operación aplicables del programa que provocaron el desfase en el ejercicio del presupuesto.
Fase Fecha
Publicación 28-Feb.
Modificación 6-Jul.
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Convenios con Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC)
Seguimiento a la atención de los artículos 178 y 181 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria - Formato y guía para requisitar -
Nombre de la OSC o Grupo de Beneficiarios
Asociación Gilberto
Fecha de Formalización Campeche: 2 octubre.
Monto de Convenio (pesos)
Estado Acciones Aportacion Federal Asociacion Gilberto BeneficiarioAportación
Aportacion Gob del Edo. y/o
Municipal
Campeche 150 1,950,000.00 630,000.00 136,500.00 0.00
Objetivos del Convenio Otorgar Subsidios para las familias que viven en situación de pobreza patrimonial, en el municipio de
Campeche, en Campeche.
Metas del Convenio Edificar 150 acciones de mejoramiento en el municipio de Campeche.
Monto Ejercido a diciembre de 2007 (pesos)
Total: 1’950,000 pesos.
Avances en Objetivos y Metas al mes de diciembre de 2007
Se firmó Convenio, se emitió oficio de autorización, se captó la demanda a través de las Cédulas de Evaluación Socioeconómica, mismas que se capturaron en el sistema SIDI del FONHAPO, se imprimieron los Certificados y se entregaron a sus beneficiarios, los cuales se pagaron a la Instancia Ejecutora a la cual el beneficiario endosó el bono.