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MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL CENTRO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS (CECyT 11) WILFRIDO MASSIEU

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INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR

Clave: O1L000

MANUAL DE ORGANIZACIÓN

DEL CENTRO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS

(CECyT 11) “WILFRIDO MASSIEU”

Secretaría de Gestión Estratégica Dirección de Planeación marzo de 2017

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NACIONAL

MANUAL DE ORGANIZACIÓN CENTRO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y

TECNOLÓGICOS (CECyT 11) “WILFRIDO MASSIEU” CONTENIDO Página INTRODUCCIÓN 01 I. ANTECEDENTES 03

II. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO 06

III. ATRIBUCIONES 22 IV. ORGANIGRAMA 24 V. ESTRUCTURA ORGÁNICA 25 VI. OBJETIVO 27 VII. FUNCIONES 28 – DIRECCIÓN 28

• CONSEJO TÉCNICO CONSULTIVO ESCOLAR 30

• COMITÉ INTERNO DE PROYECTOS 31

• DECANATO 32

• COORDINACIÓN DE ENLACE Y GESTIÓN TÉCNICA 33

• UNIDAD DE INFORMÁTICA 35

– SUBDIRECCIÓN ACADÉMICA 37

• DEPARTAMENTO DE UNIDADES DE APRENDIZAJE DEL ÁREA BÁSICA

41

• DEPARTAMENTO DE UNIDADES DE APRENDIZAJE DEL ÁREA HUMANÍSTICA

44

• DEPARTAMENTO DE UNIDADES DE APRENDIZAJE DEL ÁREA TECNOLÓGICA Y DE ESPECIALIDAD

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• DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO

52

• UNIDAD DE TECNOLOGÍA EDUCATIVA Y CAMPUS VIRTUAL 54 – SUBDIRECCIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS E INTEGRACIÓN

SOCIAL 57

• DEPARTAMENTO DE GESTIÓN ESCOLAR 60

• DEPARTAMENTO DE SERVICIOS ESTUDIANTILES 62

• DEPARTAMENTO DE EXTENSIÓN Y APOYOS EDUCATIVOS 64

• UNIDAD POLITÉCNICA DE INTEGRACIÓN SOCIAL 66

– SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA 68

• DEPARTAMENTO DE CAPITAL HUMANO 70

• DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS 72

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INTRODUCCIÓN

El Instituto Politécnico Nacional es la institución educativa laica y gratuita del Estado, rectora de la educación tecnológica pública en México, líder en la generación, aplicación, difusión y transferencia del conocimiento científico y tecnológico, creada para contribuir al desarrollo económico, social y político de la nación. Para lograrlo, su comunidad forma integralmente profesionales en los niveles medio superior, superior y posgrado, realiza investigación y extiende a la sociedad sus resultados, con calidad, responsabilidad, ética y compromiso social El Centro de Estudios Científicos y Tecnológicos “Wilfrido Massieu” (CECyT 11), presenta una adecuación de su marco organizacional y funcional e incluye a los órganos que constituyen su estructura académica y administrativa, acciones que dan origen a la actualización de su Manual de Organización.

El fin que persigue este manual consiste en delimitar las funciones de las áreas que conforman la estructura orgánica del CECyT 1, orientar a sus responsables en los alcances de los tramos de control, las líneas de mando, los niveles jerárquicos y las relaciones de coordinación, en suma, permite tener mayor claridad al ejercer las funciones orgánicas asignadas, darles el adecuado cumplimiento y hacer uso racional de los recursos con que cuenta el Centro para el logro de sus objetivos, desde luego evita la evasión o duplicidad de funciones.

Para lograr lo anterior este Manual se integra con los rubros siguientes:

– Antecedentes, que describen el origen y la evolución orgánica y administrativa del CECyT 11.

– Marco Jurídico-Administrativo, que establece el conjunto de las normas que regulan las atribuciones y el ejercicio de las funciones encomendadas, conforme a la naturaleza y finalidades de su creación.

– Atribuciones, que describen el marco de competencias establecidas en el Reglamento Orgánico del Instituto, a partir del cual se define el marco funcional. – Organigrama, es la representación gráfica de la organización autorizada. – Estructura Orgánica, que establece las claves que jerarquizan a los órganos

que conforman a la Unidad Académica.

– Objetivo, que establece el quehacer del CECyT 11, conforme a las disposiciones de la Ley Orgánica y los reglamentos Interno y Orgánico del Instituto, para sustentar la existencia y como el contenido de su estructura orgánico funcional.

– Funciones, que se asignan al CECyT 11, para la consecución de los objetivos y el cumplimiento de las atribuciones y el objetivo.

La difusión del Manual, está encaminada a propiciar una mayor coordinación e integración del personal de la Unidad Académica, al facilitarle la identificación de

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las funciones básicas y servir de instrumento de consulta, por lo que deberá permanecer en la unidad responsable como parte de su patrimonio.

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I. ANTECEDENTES

A partir de 1950 después de años críticos dentro del Instituto Politécnico Nacional (IPN) se inició una etapa de florecimiento y creación de nuevas escuelas que abonarían a las necesidades que la población demandaba. Por lo cual, con el propósito de concentrar en un solo plantel las diversas carreras cortas y Sub profesionales que estaban dispersas en diversos establecimientos; el 1° de febrero de 1951, por acuerdo emitido el 9 de enero del mismo año por el Secretario de Educación Pública (SEP) Manuel Gual Vidal se creó la Escuela Técnica Industrial (ETI) “Wilfrido Massieu”.

En dicho acuerdo se indicó que atendería tres rubros de la formación técnica: las carreras sub profesionales, la capacitación técnica para trabajadores y las carreras tecnológicas o de preparación técnica de jóvenes.1 Este tipo de carreras se manejaron de acuerdo con la naturaleza técnica de cada una de ellas y se otorgaron a las escuelas los elementos necesarios para responder a la finalidad propuesta: la preparación de técnicos especializados auxiliares de las actividades profesionales en la medida que la industria los demandara en las carreras de técnico mecánico, técnico electricista y técnico constructor, las cuales se cursarían en cuatro años.2 Para ello, fue designado como director el ingeniero Herlindo Elenes Almada y como subdirector el profesor Alberto Arenas Pichardo. Debido a que la escuela no tenía edificio propio, sus actividades iniciaron en las instalaciones que pertenecieron a la Escuela Vocacional número 1, durante el turno vespertino.

En 1964, se reformó el plan de estudios y se estableció la secundaria técnica exclusiva para cada una de las especialidades que se impartieron. Asimismo, se crearon las carreras del nivel profesional medio, específicamente las de Técnico Mecánico, Técnico Electricista, Técnico en Comunicaciones Eléctricas, Técnico Constructor, Técnico en Automóviles, Técnico en Electrónica Industrial, Técnico en Comunicaciones y Electrónica, y se adicionó la carrera de Técnico en Diésel. En 1972, se integró al subsistema de Centros de Estudios Científicos y Tecnológicos, con la denominación de CECYT 11 “Wilfrido Massieu”, sus planes de estudios fueron modificados, y permitieron al alumnado cubrir en tres años el nivel bachillerato y al terminar éste, ingresaban a las carreras de nivel superior, o bien al campo laboral, como técnico de nivel medio de las cuatro especialidades que se impartieron: técnico mecánico, técnico electricista, técnico en electrónica y técnico en construcción.

Para 1982, se dio otro cambio en el sistema de educación tecnológica, cuando se creó el Bachillerato Nacional de Tronco Común, cuyo objetivo era dar factibilidad a las salidas laterales, puesto que se concibió como un conjunto de conocimientos y prácticas organizadas en niveles de asignatura relacionadas entre sí, de manera que formaron una estructura funcional básica, orientados a la preparación propedéutica, para ingresar al nivel superior y como apoyo a la formación técnica

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profesional. Con el establecimiento del nuevo modelo educativo, en 1994, las especialidades tecnológicas se actualizaron de acuerdo con la demanda del sector productivo, las carreras que surgieron el modelo académico de “Pertinencia y Competitividad” fueron: Técnico en Procesos Industriales, Técnico en Instalaciones y Mantenimiento Eléctricos, Técnico en Telecomunicaciones y Técnico en Construcción.

Con la finalidad de cumplir con su continuo propósito de actualización y conscientes de la necesidad de aportar a la sociedad egresados cada vez mejor capacitados el CECYT Wilfrido Massieu buscó el respaldo de Consejo de Acreditación de la Enseñanza de la Ingeniería (CACEI), el cual después de realizar auditorías en las que verificaron las condiciones de cumplimiento en los requisitos esenciales que garantizaban un quehacer académico de calidad. Para ello, el 25 de octubre de 2001, el CACEI otorgó la constancia de acreditación número NMS-1 y número NMS-2 para las especialidades de Técnico en Construcción y Técnico en Procesos Industriales. Para el 6 de abril de 2002, se acreditó las especialidades de Técnico en Telecomunicaciones y Técnico en Instalaciones y Mantenimiento Eléctrico. Derivado de ello, consigue ser la primera escuela del Nivel Medio Superior en la república que obtiene la acreditación de sus cuatro especialidades por un lapso de 4 años.

Aunado a lo anterior, en consideración a los antecedentes y acciones realizadas por el CECYT en materia de calidad, y con la intención de mejorar el servicio educativo que proporciona se logró la implementación de un Sistema de Gestión de la Calidad acorde con la norma internacional ISO 9001:2000. Para lograrlo se agruparon las actividades académicas, administrativas y de apoyo en procesos centrados en el aprendizaje, usando tecnologías de información, comunicación y utilización eficaz de recursos cuya meta es lograr la calidad total obteniendo la certificación al cumplir los requisitos de la norma ISO 9001:2000/NMX-CC-9001-IMNC-2000 el día 7 de julio de 2005; siendo la primera escuela del Instituto Politécnico Nacional que obtiene dicha certificación.3 El 9 de marzo de 2006, el CACEI evaluó y expidió nuevamente la acreditación correspondiente a los programas de Construcción; Instalaciones y Mantenimiento Eléctrico; Telecomunicaciones y Procesos Industriales, con vigencia a marzo de 2011. Para fortalecer al Sistema de Gestión de la Calidad (SGC), se decidió implementar un Sistema de Gestión de Equidad de Género, obteniendo en noviembre de 2006 el distintivo otorgado por el Instituto Nacional de las Mujeres con número de registro MEGINMUJERES/06/14, que avala el cumplimiento de requisitos del Modelo de Equidad de Género de Género (MEG:2003). En el 2008 se obtuvo la recertificación del sistema y para 2009 se trabajó en la integración del Sistema de Gestión, que permitió cumplir con los requisitos de ISO 9001: 2000; MEG: 2003 y CACEI, aunado a que se logró conjuntar dicho sistema en medios electrónicos, con lo que se atiende las auditorias correspondientes y se logró la recertificación de los procesos

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de: Gestión Académica-Administrativa; Extensión y Apoyo Académico; Administrativo; Vinculación y Seguimiento de Egresados. Se obtuvo el certificado CCE-001-09, con fecha 16 de marzo de 2009 y vigencia el 12 de noviembre de 2010.4 Para mejorar la infraestructura y dar mejor funcionamiento e intensificar las actividades de difusión cultural, recreación y académicas, fue remodelado el auditorio en febrero de 2010.5

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II. MARCO JURÍDICO ADMINISTRATIVO

Al Centro de Estudios Científicos y Tecnológicos No. 11“Wilfrido Massieu” del Instituto Politécnico Nacional, le resultan aplicables, en lo conducente, entre otras disposiciones normativas las contenidas en los ordenamientos e instrumentos jurídicos y administrativos siguientes:

− Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y sus reformas. D.O.F. 5 de febrero de 1917, última reforma 05 de febrero de 2017. CÓDIGOS

• Código Civil Federal y sus reformas.

D.O.F. 26 de mayo de 1928, última reforma 24 de diciembre de 2013.

• Código Penal Federal

D.O.F. 14 de agosto de 1931, última reforma D.O.F. 18 de julio de 2016

• Código Federal de Procedimientos Civiles.

D.O.F. 24 de febrero de 1943, última reforma D.O.F. 9 de abril de 2012

• Código Fiscal de la Federación.

D.O.F. 31 de diciembre de 1981, última reforma D.O.F. 27 de enero de 2017.

• Código Nacional de Procedimientos Penales.

D.O.F. 5 de marzo de 2014. última reforma D.O.F. 17 de junio de 2016 LEYES

• Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

D.O.F. 29 de diciembre de 1976, última reforma D.O.F. 18 de julio de 2016

• Ley General de Educación.

D.O.F. 13 de julio de 1993, última reforma D.O.F. 01 de junio de 2016

• Ley Orgánica del Instituto Politécnico Nacional.

D.O.F. 29 de diciembre de 1981, Fe de Erratas D.O.F. 28 de mayo de 1982.

• Ley General de Salud.

D.O.F. 07 de febrero de 1984, última reforma 27 de enero de 2017

• Ley de los Institutos Nacionales de Salud.

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• Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

D.O.F. 31 de marzo de 2007, última reforma. 24 de marzo de 2016.

• Ley del Seguro Social.

D.O.F. 21 de diciembre de 1995, última reforma 12 de noviembre de 2015

• Ley de Ciencia y Tecnología.

D.O.F. 5 de junio de 2002, última reforma D.O.F. 8 de diciembre de 2015

• Ley para la Coordinación de la Educación Superior. D.O.F. 29 de diciembre de 1978.

• Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología. D.O.F. 05 de junio de 2002, última reformas 20 de mayo de 2014.

• Ley de la Propiedad Industrial.

D.O.F. 27 de junio de 1991, última reforma D.O.F. 01 de junio de 2016.

• Ley General de Cultura Física y Deporte.

D.O.F. 7 de junio de 2013, última reforma 25 de enero de 2017

• Ley de Fomento para la Lectura y el Libro.

D.O.F. 24 de julio de 2008, Última reforma D.O.F. 17 de diciembre de 2015

• Ley General de Bibliotecas.

D.O.F. 21 de enero de 1988, última reforma 17 de diciembre de 2015

• Ley Cooperación Internacional para el Desarrollo.

D.O.F. 6 de abril de 2011, última reforma D.O.F. 17 de diciembre de 2015.

• Ley Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional relativo al Ejercicio de las Profesiones en el Distrito Federal (Ley de Profesiones).

D.O.F. 26 de mayo de 1945, última reforma. 19 de agosto de 2010.

• Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

D.O.F. 1 de julio de 1992, última reforma D.O.F. 18 de diciembre de 2015.

• Ley Federal del Derecho de Autor.

D.O.F. 24 de diciembre 1996, última reforma D.O.F. 13 de enero de 2016.

• Ley Federal de Derechos.

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• Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación.

D.O.F. 11 de septiembre de 2013, última reforma 27 de enero de 2017.

• Ley General de Población.

D.O.F. 7 de enero de 1974, última reforma.01 de diciembre de 2015.

• Ley de Planeación.

D.O.F. 5 de enero de 1983, última reforma. 28 de noviembre de 2016.

• Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal correspondiente

• Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

D.O.F. 30 de marzo de 2006, última reforma 30 de diciembre de 2015.

• Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. D.O.F. 4 de enero de 2000, última reforma 10 de noviembre de 2014

• Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionadas con las mismas. D.O.F. 04 de enero de 2000, última reforma 13 de enero de 2016.

• Ley General de la Infraestructura Física Educativa.

D.O.F. 1 de febrero de 2008, última reforma 07 de mayo de 2014.

• Ley General de Bienes Nacionales.

D.O.F. 20 de mayo de 2004, última reforma. 01 de junio de 2016.

• Ley de Firma Electrónica Avanzada. D.O.F. 11 de enero de 2012.

• Ley General de Contabilidad Gubernamental.

D.O.F. 31 de diciembre de 2008, última reforma. 18 de julio de 2016

• Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado.

D.O.F.31 de diciembre de 2004, última reforma 12 de junio de 2009

• Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas.

D.O.F. 11 de junio de 2012. última reforma 18 de julio de 2016. (Quedará abrogada a partir del 19 de julio de 2017).

• Ley del Impuesto sobre la Renta

D.O.F. 11 de diciembre de 2013, última reforma 30 de noviembre de 2016

• Ley del Impuesto al Valor Agregado y sus reformas

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• Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional.

D.O.F. 28 de diciembre de 1963, última reforma 02 de abril de 2014.

• Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. D.O.F. 10 de abril de 2003, última reforma 9 de enero de 2006.

• Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

D.O.F 23 de mayo de 1996, última reforma 10 de enero de 2014.

• Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional.

D.O.F. 8 de febrero de 1984, última reforma 17 de diciembre de 2015

• Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación. D.O.F.29 de mayo de 2009, última reforma 18 de julio de 2016.

• Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

D.O.F. 4 de agosto de 1994, última reforma 9 de abril de 2012.

• Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica. D.O.F. 16 de abril de 2008, última reforma. 18 de diciembre de 2015.

• Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. D.O.F. 13 de marzo de 2002, última reforma 18 de julio de 2016. (Quedará abrogada 17 de julio de 2017)

• Ley General de Responsabilidades Administrativas.

D.O.F. 18 de julio de 2016. (En vigor hasta el 19 de julio de 2017.

• Ley General de Protección Civil.

D.O.F. 6 de junio de 2012. última reforma 3 de junio de 2014.

• Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

D.O.F. 29 de junio de 1992, última reforma 2 de abril de 2014.

• Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. D.O.F. 4 de diciembre de 2014.

• Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.

D.O.F. 2 de agosto de 2006, última reforma 24 de marzo de 2016.

• Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.

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• Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

D.O.F. 11 de junio de 2003, última reforma. 20 de marzo de 2014

• Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad. D.O.F. 30 de mayo de 2011. última reforma. 17 de diciembre de 2015.

• Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. D.O.F. 1 de febrero de 2007, Última reforma D.O.F. 17 diciembre de 2015.

• Ley General para el Control del Tabaco.

D.O.F. 30 de mayo de 2008, Última reforma D.O.F. 6 de enero de 2010.

• Ley Federal de Archivos. D.O.F. 23 de enero de 2012.

• Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. D.O.F. 4 de mayo de 2015.

• Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. D.O.F.11 de junio de 2002, última reforma 27 de enero de 2017.

• Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica. D.O.F. 16 de abril de 2008, última reforma. 18 de diciembre de 2015. REGLAMENTOS

PUBLICADOS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN.

• Reglamento del Consejo del Sistema Nacional de Educación Tecnológica D.O.F. 10 de enero de 1979.

• Reglamento de Becas del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.

D.O.F. 10 de septiembre de 2008, última reforma D.O.F. 21 de octubre de 2009.

• Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial.

D.O.F. 23 de noviembre de 1994, última reforma D.O.F.10 de junio de 2011.

• Reglamento de la Ley General de Cultura Física y Deporte.

D.O.F. 23 de mayo de 2014, última reforma D.O.F. 27 de febrero de 2015.

• Reglamento de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro. D.O.F. 23 de abril de 2010.

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• Reglamento de la Ley Federal del Derecho de Autor.

D.O.F. 22 de mayo de 1998. Última reforma D.O.F. 14 de septiembre de 2005

• Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. D.O.F. 28 de junio de 2006. última reforma 30 de marzo de 2016.

• Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

D.O.F. 28 de julio de 2010.

• Reglamento de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa. D.O.F. 5 de julio de 2013.

• Reglamento de la Ley de Firma Electrónica Avanzada. D.O.F. 21 de marzo de 2014.

• Reglamento del Código Fiscal de la Federación. D.O.F. 2 de abril de 2014.

• Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.

D.O.F. 6 de septiembre de 2007.

• Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el retiro. D.O.F. 24 de agosto de 2009.

• Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

D.O.F. 4 de diciembre de 2006. última reforma 25 de septiembre de 2014.

• Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

D.O.F. 8 de octubre de 2015, última reforma D.O.F. 6 de mayo de 2016

• Reglamento de la LeyFederal sobre Metrología y Normalización.

D.O.F. 14 de enero de 1999, última reforma D.O.F. 28 de noviembre de 2012.

• Reglamento de la Ley General de Protección Civil.

D.O.F. 13 de mayo de 2014, última reforma D.O.F. 9 de diciembre de 2015

• Reglamento de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.

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• Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

D.O.F. 11 de marzo de 2008, última reforma D.O.F. 14 de marzo de 2014

• Reglamento de la Ley General para el Control de Tabaco.

D.O.F. 31 de mayo de 2009. última reforma D.O.F. 9 de octubre de 2012.

• Reglamento de la Ley General de Población.

D.O.F. 14 de abril de 2000, última reformad D.O.F. 28 de septiembre de 2012.

• Reglamento de la Ley de Información Estadística y Geográfica.

D.O.F. 3 de noviembre de 1982, última reforma D.O.F. 24 de marzo de 2004.

• Reglamento de la Ley Federal de Archivos. D.O.F. 13 de mayo de 2014.

• Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

D.O.F. 11 de junio de 2003.

• Reglamento Orgánico del Instituto Politécnico Nacional. D.O.F. 10 de marzo de 2014.

PUBLICADOS EN LA GACETA POLITÉCNICA.

• Reglamento de Planeación.

G.P. Edición Especial Número 301, 1 de enero de 1990.

• Reglamento Interno del Instituto Politécnico Nacional.

G.P. Número extraordinario, 30 de noviembre de 1998 última reforma G.P. Número 599, 31 de julio de 2004.

• Reglamento General de Estudios.

G.P. Número extraordinario 866, 13 de junio de 2011. últimas reformas G.P. Número extraordinario 1213 del 2 de febrero de 2016 y G.P. Número

extraordinario 1226 del 14 de marzo de 2016.

• Reglamento de Estudios de Posgrado.

G.P. Número extraordinario 633, 31 de julio de 2006.

• Reglamento de Diplomados.

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• Reglamento de Integración Social.

G.P. Número extraordinario 683, 31 de mayo de 2008.

• Reglamento de Prácticas y Visitas Escolares. G.P. Número 301, 1 de enero de 1990.

• Reglamento de Academias.

G.P. Edición Especial, 14 de agosto de 1991.

• Reglamento de Servicio Social.

G.P. Número extraordinario 932 Bis, 30 de abril de 2012. Última reforma G.P. Número extraordinario 996 Bis, 1 de abril de 2013.

• Reglamento de Evaluación.

G.P. Edición Especial, 1 de octubre de 1991.

• Reglamento de Titulación Profesional. G.P. Edición Especial, 1 de abril de 1992.

• Reglamento de las Condiciones Interiores de Trabajo del Personal Académico.

12 de julio de 1978. Modificación 12 de noviembre de 1980

• Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal No Docente.

1 de marzo de 1988. Revisión 1 de febrero de 1989.

• Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial, Equivalencia y Revalidación de Estudios.

G.P. Número 401, 15 de julio de 1998. Última reforma G.P. Número 413, 15 de abril de 1999.

• Reglamento Interno de la Comisión y Operación y Fomento de Actividades Académicas.

17 de septiembre de 1998.

• Reglamento del Programa de Estímulo al Desempeño Docente. G.P. Número 522, 1 de enero de 2001.

• Reglamento del Decanato.

G.P. Número extraordinario 622, 31 de enero de 2006. Fe de Erratas al Artículo 23 G.P. Número extraordinario 629, 31 de mayo de 2006. Nota aclaratoria al Artículo 13 G.P. Número extraordinario 655, 31 de mayo 2007.

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• Reglamento del Archivo Histórico.

G.P. Número extraordinario 622, 31 de enero de 2006.

• Reglamento de Distinciones al Mérito Politécnico. G.P. Número extraordinario 622, 31 de enero de 2006.

• Reglamento del Consejo General Consultivo.

G.P. Número extraordinario 642, 31 de octubre de 2006.

• Reglamento de Promoción Docente.

G.P. Número extraordinario 828, 15 de diciembre de 2010.

• Reglamento del Sistema de Becas por Exclusividad. Emitido por la Comisión de Operación y Fomento de Actividades Académicas del Instituto Politécnico Nacional.

G.P. 1 de junio de 2012.

• Reglamento General de Becas para Alumnos del Instituto Politécnico Nacional.

G.P. Número extraordinario 938 Bis, 1 de junio de 2012.

• Reglamento Orgánico.

G.P. Número extraordinario 953, 31 de agosto de 2012. Reforma G.P. Número Extraordinario 1226, 14 de marzo de 2016. D.O.F. 10 de marzo de 2014. DECRETOS

• Decreto por el que se promulga el Convenio Regional de Convalidación de Estudios, Títulos y Diplomas de Educación Superior en América Latina y el Caribe.

D.O.F. 29 de julio de 1975.

• Decreto por el que se establece el Sistema de Inventarios de Bienes Muebles del Sector Público que será coordinado por la Secretaría de Comercio

D.O.F. 24 de diciembre de 1981.

• Decreto por el que se incorpora al régimen obligatorio del Seguro Social, por lo que corresponde a las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad, a las personas que cursen estudios de los tipos medio superior y superior en instituciones educativas del Estado y que no cuenten con la misma o similar protección por parte del propio Instituto o cualquier otra institución de seguridad social.

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• Decreto para realizar la entrega-recepción del informe de los asuntos a cargo de los servidores públicos y de los recursos que tengan asignados al momento de separarse de su empleo, cargo o comisión.

D.O.F. 14 de septiembre de 2005.

• Decreto que establece las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio de gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal y sus reformas.

D.O.F. 10 de diciembre de 2012. Última reforma 30 de diciembre de 2013

ACUERDOS PUBLICADOS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN.

• Acuerdo por que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, realizarán los actos que legal y administrativamente proceden para establecer un sistema de orientación, información y quejas, a fin de facilitar el trámite, gestión y solución de los asuntos que el público plantee ante ella y promover la participación y colaboración de los usuarios en el mejoramiento de los servicios que se le presentan.

D.O.F. 19 de septiembre de 1977.

• Acuerdo No. 43 por el que se establece el Sistema Nacional de Orientación Educativa.

D.O.F. 31 de marzo de 1981.

• Acuerdo por el que se establece el Sistema Nacional de Orientación Educativa.

D.O.F. 3 de octubre de 1984.

• Acuerdo por el que se crea el Consejo de Fomento a las Actividades de las Instituciones de Educación Superior para la Ciudad de México.

D.O.F. 4 de julio de 1997.

• Acuerdo número 330 por el que se establecen los trámites y procedimientos relacionados con el reconocimiento de validez oficial de estudios del tipo medio superior.

D.O.F. 1 de octubre de 2003.

• Acuerdo por el que se Aclaran Atribuciones del Instituto Politécnico Nacional. D.O.F. 10 de marzo de 2006. G.P. Número 625, 31 de marzo de 2006

• Acuerdo que determina como obligatoria la presentación de las declaraciones de situación patrimonial de los servidores públicos federales, por medios de

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comunicación electrónica, utilizando para tal efecto, firma electrónica avanzada.

D.O.F. 25 de marzo de 2009.

• Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en Materia de Control Interno y se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno y sus reformas.

D.O.F. 12 de julio de 2010. Última reforma 2 de mayo de 2014

• Acuerdo por el que se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y sus reformas.

D.O.F. 9 de agosto de 2010. Última reforma 19 de septiembre de 2014.

• Acuerdo por el que se establece la norma del padrón de sujetos obligados a presentar declaración de situación patrimonial en las instituciones del Gobierno Federal.

D.O.F.14 de diciembre de 2010.

• Acuerdo número 653 por el que se establece el Plan de Estudios de Bachillerato Tecnológico.

D.O.F. 4 de septiembre de 2012.

• Acuerdo número 687 por el que se delegan en el Director General del Instituto Politécnico Nacional las facultades conferidas por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público a los titulares de las dependencias.

D.O.F. 18 de junio de 2013.

• Acuerdo por el que se dan a conocer los formatos que deberán utilizarse para presentar las declaraciones de situación patrimonial.

D.O.F. 29 de abril de 2015.

• Acuerdo que tiene por objeto emitir el Código de Ética de los servidores públicos del Gobierno Federal, las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública, y los lineamientos generales para propiciar la integridad de los servidores públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés.

D.O.F. 20 de agosto de 2015.

• Acuerdo por el que se reforma el diverso que establece las Disposiciones que deberán observar los servidores públicos al separarse de su empleo, cargo o

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comisión, para realizar la entrega-recepción del informe de los asuntos a su cargo y de los recursos que tengan asignados.

D.O.F. 20 de noviembre de 2015.

• Acuerdo por el que se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Recursos Financieros y sus reformas.

D.O.F. 15 de julio de 2010, última reforma 15 de julio de 2011.

• Acuerdo mediante el cual se expide el Manual de Percepciones de los Servidores Públicos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

D.O.F. 31 de mayo de 2016.

• Acuerdo por el que se modifica el Clasificar por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal y sus reformas.

D.O.F. 15 de agosto de 2016.

PUBLICADOS EN LA GACETA POLITÉCNICA

• Acuerdo No. 6 por el que se dispone que los instructivos, circulares y demás órdenes de carácter académico, técnico y administrativo, que dicten las autoridades de las escuelas, centros y unidades de enseñanza y de investigación del IPN, deberán estar fundados en la Ley Orgánica y el Reglamento Interno del Instituto, así como en el Reglamento General de la Escuela y en las demás disposiciones de carácter general que expida la Dirección General de la propia Institución.

G.P. mayo de 1981.

• Acuerdo por el que se crean los Comités de Seguridad y Contra la Violencia en las Escuelas, Centros y Unidades del Instituto Politécnico Nacional.

G.P. número 559, 15 de febrero de 2003. Última reforma número extraordinario 718, 27 de febrero de 2009.

• Acuerdo por el que se expide la Declaración de los Derechos Politécnicos y se establece la Defensoría de los Derechos Politécnicos.

G.P. Número extraordinario 622, 31 de enero de 2006.

• Acuerdo por el que se expiden las Reglas de Operación del “Fondo de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico del Instituto Politécnico Nacional”.

G.P. Número extraordinario 630 Bis, 31 de mayo de 2006, Reforma G.P. 1081, 6 de mayo de 2014.

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• Acuerdo por el que se establecen los Abogados Delegados en las Dependencias Politécnicas que se señalan.

G.P. Número extraordinario 636, 31 de agosto de 2006.

• Acuerdo por el que se establece el Programa Institucional de Gestión con Perspectiva de Género del Instituto Politécnico Nacional.

G.P. Número extraordinario 681, 30 de abril de 2008.

• Acuerdo por el que se aprueba el Calendario Académico, para el Ciclo Escolar correspondiente.

LINEAMIENTOS

PUBLICADOS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

• Lineamientos Generales para la clasificación y desclasificación de la información de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

D.O.F. 18 de agosto de 2003.

• Lineamientos Generales para la Organización y Conservación de los Archivos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

D.O.F. 20 de febrero de 2004.

• Lineamientos para la aplicación y seguimiento de las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal.

D.O.F. 30 de enero 2013.

• Lineamientos por los que se establecen medidas de austeridad en el gasto de operación en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

D.O.F. 22 de febrero de 2016.

PUBLICADOS EN LA GACETA POLITÉCNICA.

• Lineamientos que regulan la programación, captación, ejercicio, registro y control de los recursos autogenerados que ingresan al presupuesto federal y al Fondo de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico del Instituto Politécnico Nacional.

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• Lineamientos para el otorgamiento o revocación de permisos para el uso, aprovechamiento o explotación temporal de espacios físicos en el Instituto Politécnico Nacional.

G.P. Número extraordinario 804, 17 de agosto de 2010. Acuerdo Modificatorio, G.P. Número extraordinario 893, 21 de octubre de 2011.

• Lineamientos para la Operación de Becas en los Niveles Medio Superior y Superior del Instituto Politécnico Nacional.

G.P. Número extraordinario 814, 12 de octubre de 2010.

• Lineamientos para la Operación del Programa Institucional de Formación de Investigadores del Instituto Politécnico Nacional.

G.P. Número 836, 15 de febrero de 2011.

• Lineamientos para la Creación y Operación de Redes de Investigación y Posgrado.

G.P. Número extraordinario 885, 14 de septiembre de 2011.

• Lineamientos para la Evaluación de Control Sanitario y Operación de los Servicios de Alimentación en el Instituto Politécnico Nacional.

G.P. Número extraordinario 890 Bis, 15 de octubre de 2011.

• Políticas, Bases y Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios del Instituto Politécnico Nacional (POBALINES).

G.P. Número extraordinario 897, 31 de octubre de 2011.

• Lineamientos para la Enseñanza de las Lenguas Extranjeras en el Instituto Politécnico Nacional.

G.P. Número extraordinario 901 Bis, 10 de noviembre de 2011.

• Lineamientos para el Uso de Instalaciones y Espacios Deportivos del Instituto Politécnico Nacional.

G.P. Número extraordinario 910, 6 de diciembre de 2011.

• Lineamientos Generales para las Publicaciones del Instituto Politécnico Nacional.

G.P. Número extraordinario 933 Bis, 30 de abril de 2012.

• Lineamientos para la Equivalencia y Revalidación de Estudios en el Instituto Politécnico Nacional.

G.P. Número extraordinario 969 Bis, 6 de noviembre de 2012.

• Lineamientos para el Registro, Vigencia, Desarrollo y Evaluación de las Acciones de Formación para el Personal del Instituto Politécnico Nacional.

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G.P. Número extraordinario 1016 Bis, 14 de junio de 2013.

PLANES Y PROGRAMAS PUBLICADOS EN EL DIARIO OFICIAL DE FEDERACIÓN

• Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018. D.O.F. 20 de mayo de 2013.

• Programa para un Gobierno Cercano y Moderno 2013-2018 y sus modificaciones.

D.O.F. 30 de agosto de 2013, última modificación 30 de abril 2014.

• Programa Sectorial de Educación 2013-2018. D.O.F. 13 de diciembre de 2013.

• Programa Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación 2014-2018. D.O.F. 30 de julio de 2014.

PROGRAMAS Y MODELOS DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL

• Programa de Desarrollo Institucional 2013-2018. Página web Institucional ipn.mx.

• Programa Institucional de Mediano Plazo 2013-2015. Página web Institucional ipn.mx.

• Programa Operativo Anual Institucional. Página web Institucional ipn.mx.

• Programa Estratégico de Investigación y Posgrado. Materiales para la Reforma Volumen 4, octubre de 2004.

• Programa Estratégico de Vinculación, Internacionalización y Cooperación. Materiales para la Reforma Volumen 6, octubre de 2004.

• Modelo de Integración Social del Instituto Politécnico Nacional. Materiales para la Reforma Volumen 6, octubre de 2004.

• Modelo Educativo para el Siglo XXI.

Documento del Sistema Nacional de Educación Tecnológica, marzo 2004.

• Modelo Educativo del Instituto Politécnico Nacional. Materiales para la Reforma Volumen 1, octubre de 2004.

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Hoja: 21

De: 75

MANUALES

• Manual de Organización General. Junio 2016

OTRAS DISPOSICIONES.

• Oficio- circular DG/02/AG/20/05/02-11 sobre la competencia exclusiva del Director General de expedir las normas y disposiciones de carácter general para la mejor organización y funcionamiento administrativo del Instituto.

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De: 75

III ATRIBUCIONES

Artículo 75. A las unidades académicas de los niveles medio superior y superior, en el ámbito de su competencia y área de conocimiento, les corresponde operar los programas educativos para la formación de los alumnosen el marco de los modelos educativo y de integración social y participar, de conformidad con su ámbito de competencia, en la actualización permanente de los planes y programas de estudio que imparte el Instituto en esos niveles y en las distintas modalidades, así como en el desarrollo de los programas de investigación, vinculación, extensión, integración social, servicios educativos y técnicos institucionales.

Artículo 76. Los titulares de las unidades académicas de los niveles medio superior y superior tendrán las siguientes atribuciones genéricas:

I. Asumir la representación académica y administrativa, así como programar, dirigir y coordinar las actividades de las unidades a su cargo;

II. Difundir la normatividad institucional, así como promover y verificar su debido cumplimiento;

III. Proponer a las dependencias competentes, con la opinión de los órganos consultivos, el programa estratégico de desarrollo de mediano plazo, el programa operativo anual y el programa presupuesto y su ejercicio, así como vigilar su cumplimiento en los términos de la normatividad aplicable;

IV. Asegurar, en el ámbito de su competencia, el cumplimiento de los objetivos y metas que, en la realización de la función educativa, persigue el Instituto, en los términos establecidos en su Reglamento Interno;

V. Dirigir, controlar y apoyar la formulación de propuestas de planes y programas de estudio, investigación científica, tecnológica y educativa;

VI. Dirigir, coordinar y evaluar la realización de proyectos específicos de investigación y desarrollo tecnológico que demanden los sectores público, social y privado, de conformidad con la normatividad aplicable;

VII. Dirigir los servicios de bibliotecas, talleres, laboratorios y demás medios didácticos previstos en el artículo 34 del Reglamento Interno y vigilar su conservación, mantenimiento y modernización;

VIII. Impulsar el uso de las tecnologías de la información y comunicación en los procesos técnicos y académicos;

IX. Presidir y llevar a cabo las reuniones del consejo técnico consultivo escolar, colegios de profesores y demás órganos consultivos;

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Hoja: 23

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X. Promover y coordinar el trabajo de las academias y colegios de profesores con la finalidad de mejorar el proceso de aprendizaje, actualizar los planes y programas de estudio del sistema escolarizado y no escolarizado, acreditar los programas académicos, impulsar los proyectos de investigación, así como fomentar el mejoramiento de la práctica docente, la investigación científica y tecnológica y la integración social de los servicios, de conformidad con la normatividad aplicable; XI. Promover y proponer la actualización, formación y superación del personal académico y de apoyo y asistencia a la educación a su cargo, así como proponer el correspondiente otorgamiento de becas y estímulos;

XII. Establecer, integrar y presidir las comisiones que estime necesarias para el mejor desempeño de sus funciones;

XIII. Coordinar con las dependencias competentes la promoción y realización de los programas de vinculación, extensión, integración social, educación continua, servicio social, cooperación académica e internacionalización, prácticas y visitas escolares, redes académicas, así como los servicios educativos, deportivos y culturales, para fortalecer la relación de la unidad a su cargo con los sectores público, social y privado y contribuir en la formación integral de los alumnos;

XIV. Llevar el registro de los servicios escolares a su cargo y promover la titulación profesional, de acuerdo con la normatividad aplicable;

XV. Otorgar y, en su caso, revocar permisos a terceros para el uso, aprovechamiento o explotación de los inmuebles a su cargo, así como para realizar cualquier acto de comercio y publicidad, mediante el procedimiento que establezca el consejo técnico consultivo escolar correspondiente y previo dictamen del abogado general y autorización del Director General;

XVI. Proporcionar, en el ámbito de su competencia, la información solicitada por la Unidad de Enlace del Instituto, en los términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental;

XVII. Consolidar e integrar la información de la unidad a su cargo para incorporarla con oportunidad al sistema institucional de información, así como elaborar la estadística de su competencia, con base en la normatividad aplicable y vigilar la adecuada integración de los archivos de las áreas a su cargo, y

XVIII. Las demás atribuciones que sean necesarias para el cumplimiento de las anteriores.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN CENTRO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y

TECNOLÓGICOS (CECyT 11) “WILFRIDO MASSIEU” Hoja: 25 De: 75 V. ESTRUCTURA ORGÁNICA O1I000 DIRECCIÓN

O1I001 CONSEJO TÉCNICO CONSULTIVO ESCOLAR COMITÉ INTERNO DE PROYECTOS

O1I002 COORDINACIÓN DE ENLACE Y GESTIÓN TÉCNICA O1I003 UNIDAD DE INFORMÁTICA

O1I004 DECANATO

O1I100 SUBDIRECCIÓN ACADÉMICA

O1I107 DEPARTAMENTO DE UNIDADES DE APRENDIZAJE DEL ÁREA BÁSICA

O1I108 DEPARTAMENTO DE UNIDADES DE APRENDIZAJE DEL ÁREA HUMANÍSTICA

O1I109 DEPARTAMENTO DE UNIDADES DE APRENDIZAJE DEL ÁREA TECNOLÓGICA Y DE ESPECIALIDAD

O1I110 DEPARTAMENTO DE SERVICIOS ACADÉMICOS

O1I111 DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO

TECNOLÓGICO

O1I104 UNIDAD DE TECNOLOGÍA EDUCATIVA Y CAMPUS VIRTUAL O1I400 SUBDIRECCIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS E INTEGRACIÓN

SOCIAL

O1I401 DEPARTAMENTO DE GESTIÓN ESCOLAR

O1I402 DEPARTAMENTO DE SERVICIOS ESTUDIANTILES

O1I403 DEPARTAMENTO DE EXTENSIÓN Y APOYOS EDUCATIVOS O1I404 UNIDAD POLITÉCNICA DE INTEGRACIÓN SOCIAL

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Hoja: 26

De: 75

O1I303 DEPARTAMENTO DE CAPITAL HUMANO

O1I304 DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS

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Hoja: 27

De: 75

VI. OBJETIVO

Formar de manera integral técnicos altamente competitivos, con programas académicos acreditados y procesos certificados, para dar respuesta a las necesidades de carácter técnico en los sectores público, social y privado, e incorporarse al mercado laboral o para continuar sus estudios en las escuelas o unidades de nivel superior.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN CENTRO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y

TECNOLÓGICOS (CECyT 11) “WILFRIDO MASSIEU” Hoja: 28 De: 75 VII. FUNCIONES DIRECCIÓN

– Asumir la representación académica y administrativa, así como programar, dirigir y coordinar las actividades de las unidades a su cargo.

– Difundir la normatividad institucional, así como promover y verificar su debido cumplimiento.

– Proponer a las dependencias competentes, con la opinión de los órganos consultivos, el programa estratégico de desarrollo de mediano plazo, el programa operativo anual y el programa presupuesto y su ejercicio, así como vigilar su cumplimiento en los términos de la normatividad aplicable;

– Asegurar, en el ámbito de su competencia, el cumplimiento de los objetivos y metas que, en la realización de la función educativa, persigue el Instituto, en los términos establecidos en su Reglamento Interno;

– Dirigir, controlar y apoyar la formulación de propuestas de planes y programas de estudio, investigación científica, tecnológica y educativa;

– Dirigir, coordinar y evaluar la realización de proyectos específicos de investigación y desarrollo tecnológico que demanden los sectores público, social y privado, de conformidad con la normatividad aplicable;

– Dirigir los servicios de bibliotecas, talleres, laboratorios y demás medios didácticos previstos en el artículo 34 del Reglamento Interno y vigilar su conservación, mantenimiento y modernización;

– Impulsar el uso de las tecnologías de la información y comunicación en los procesos técnicos y académicos;

– Presidir y llevar a cabo las reuniones del consejo técnico consultivo escolar, colegios de profesores y demás órganos consultivos;

– Promover y coordinar el trabajo de las academias y colegios de profesores con la finalidad de mejorar el proceso de aprendizaje, actualizar los planes y programas de estudio del sistema escolarizado y no escolarizado, acreditar los programas académicos, impulsar los proyectos de investigación, así como fomentar el mejoramiento de la práctica docente, la investigación científica y tecnológica y la integración social de los servicios, de conformidad con la normatividad aplicable;

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TECNOLÓGICOS (CECyT 11) “WILFRIDO MASSIEU”

Hoja: 29

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– Promover y proponer la actualización, formación y superación del personal académico y de apoyo y asistencia a la educación a su cargo, así como proponer el correspondiente otorgamiento de becas y estímulos;

– Establecer, integrar y presidir las comisiones que estime necesarias para el mejor desempeño de sus funciones;

– Coordinar con las dependencias competentes la promoción y realización de los programas de vinculación, extensión, integración social, educación continua, servicio social, cooperación académica e internacionalización, prácticas y visitas escolares, redes académicas, así como los servicios educativos, deportivos y culturales, para fortalecer la relación de la unidad a su cargo con los sectores público, social y privado y contribuir en la formación integral de los alumnos;

– Llevar el registro de los servicios escolares a su cargo y promover la titulación profesional, de acuerdo con la normatividad aplicable;

– Otorgar y, en su caso, revocar permisos a terceros para el uso, aprovechamiento o explotación de los inmuebles a su cargo, así como para realizar cualquier acto de comercio y publicidad, mediante el procedimiento que establezca el consejo técnico consultivo escolar correspondiente y previo dictamen del abogado general y autorización del Director General;

– Proporcionar, en el ámbito de su competencia, la información solicitada por la Unidad de Enlace del Instituto, en los términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública;

– Consolidar e integrar la información de la unidad a su cargo para incorporarla con oportunidad al sistema institucional de información, así como elaborar la estadística de su competencia, con base en la normatividad aplicable y vigilar la adecuada integración de los archivos de las áreas a su cargo,

– Las demás atribuciones que sean necesarias para el cumplimiento de las anteriores.

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CONSEJO TÉCNICO CONSULTIVO ESCOLAR

– Conocer el Programa Estratégico de Desarrollo de Mediano Plazo y el Programa Operativo Anual de la Unidad Académica.

– Conocer el Programa Operativo Anual de la Unidad Académica y el informe anual de actividades académicas y administrativas de la Dirección.

– Conocer, y en su caso, acordar sobre las propuestas de creación, modificación o supresión de programas académicos, planes y programas académicos. – Conocer los proyectos de investigación y desarrollo tecnológico que someta a

su consideración la Dirección de la Unidad Académica.

– Proponer proyectos de normas internas de organización y funcionamiento de la Unidad Académica, de acuerdo con los lineamientos aplicables.

– Conocer las propuestas de programas de intercambio y vinculación académicos del

– Conocer las iniciativas de programas académicos en sus diferentes modalidades.

– Conocer las actividades de extensión y difusión a cargo de la Unidad Académica.

– Conocer y, en su caso, opinar sobre los asuntos que afecten la disciplina y el orden que les presenta la Dirección de la Unidad Académica.

– Los demás asuntos que someta a su consideración la Dirección de la Unidad Académica.

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Hoja: 31

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COMITÉ INTERNO DE PROYECTOS

– Analizar, proponer y definir criterios en forma conjunta, para el desarrollo técnico-administrativo de la Unidad Académica.

– Proponer las estrategias que faciliten el cumplimiento de los compromisos del CECyT 11, establecidos en los programas de Desarrollo Institucional, Estratégico de Desarrollo de Mediano Plazo y Operativo Anual.

– Analizar la trascendencia de los objetivos y metas planteados para el CECyT 11, así como las acciones para el desarrollo de los mismos y la evaluación de los resultados, con el fin de enriquecer la toma de decisiones.

– Determinar las políticas administrativas y operativas de orden interno, de conformidad con los lineamientos y disposiciones vigentes.

– Proponer los mecanismos necesarios para el seguimiento y evaluación de los acuerdos derivados del Comité.

– Atender las demás funciones que se le confieran en el ámbito de su competencia.

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DECANATO

− Elaborar el programa anual de trabajo, de las funciones que desempeña como maestro decano, presentarlo a la Dirección de la Unidad Académica para su aprobación y entregarlo a la presidencia del Decanato al inicio de cada año lectivo, para los trabajos y acciones que coordina ésta, así como elaborar el informe correspondiente.

− Presidir el Consejo Técnico Consultivo Escolar o el Colegio de Profesores, cuando la Dirección General se lo solicite, para la elección de las ternas de profesores para la designación de director y subdirectores en los términos de la normatividad aplicable.

− Conservar los documentos que muestren los hechos trascendentes que se realizan en la Unidad Académica, y tener bajo su custodia el archivo histórico correspondiente.

− Promover los proyectos de investigación de carácter académico, histórico, cultural o que se relacionen con el ámbito de su competencia.

− Difundir en el ámbito de su comunidad los antecedentes históricos de la Unidad Académica, de la historia e ideología del Instituto y de los símbolos que lo identifican.

− Asistir como invitado permanente a las sesiones del Consejo Técnico Consultivo Escolar.

− Asistir a las reuniones de trabajo ordinarias y extraordinarias que convoque la presidencia del Decanato.

− Formar parte de las comisiones permanentes y de las temporales que se integren en las reuniones de trabajo del Decanato.

− Proporcionar a la presidencia del Decanato la información que le sea solicitada, respecto a su Unidad Académica,

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COORDINACIÓN DE ENLACE Y GESTIÓN TÉCNICA

– Compendiar y difundir las normas, políticas, lineamientos, instrumentos y metodologías aprobadas para operar las funciones técnicas (planeación, organización, programación y evaluación) de la Unidad Académica, así como brindar la asesoría para su aplicación y supervisar su cumplimiento.

– Promover y administrar la gestión técnica, vigilar el cumplimiento oportuno de los compromisos del titular y de los responsables de proyecto, así como verificar que la información educativa sea suficiente, confiable y oportuna para la toma de decisiones.

– Coordinar la operación de las funciones técnicas y promover el trabajo programado, y la organización por procesos de la Unidad Académica conforme a criterios de mejora continua.

– Integrar en el marco de la planeación estratégica, los cuadros de necesidades de la Unidad Académica para desarrollar sus funciones y programas, y proponer las alternativas de atención y, en su caso, de crecimiento.

– Participar en el análisis y diagnóstico de la operación de las funciones técnicas, así como la integración de la información educativa para el Sistema Institucional de Información y otras instancias competentes.

– Difundir las políticas para el control de la información educativa del Sistema Institucional de Información.

– Coordinar la actualización de los manuales de organización y de procedimientos de la Unidad Académica y promover su organización por procesos, según su naturaleza y finalidades, así como difundir los manuales autorizados.

– Coordinar la elaboración e integración del Programa Estratégico de Desarrollo de Mediano Plazo y del Programa Operativo Anual de la Unidad Académica. – Dar seguimiento a los programas técnicos, generar reportes y estadísticas, así

como presentarlos a la Dirección de la Unidad Académica para la toma de decisiones.

– Apoyar y asesorar al personal directivo en la conformación de la información de objetivos y metas alcanzados.

– Programar y ejecutar las actividades para el fortalecimiento del sistema de gestión de calidad, así como evaluar los resultados en el ámbito de su competencia.

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– Apoyar y atender en el ámbito de su competencia que las actividades inscritas en los procesos de acreditación, cumplan con los requisitos señalados en los lineamientos y procedimientos que para tal efecto se hayan instrumentado. – Elaborar e integrar los reportes y estadísticas acerca del desarrollo y los

resultados de las funciones y programas a su cargo para apoyar la toma de decisiones, así como proporcionar, en el ámbito de su competencia, la información que le sea solicitada en el marco de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

– Atender las demás funciones que se le confieran en el ámbito de su competencia.

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UNIDAD DE INFORMÁTICA

– Supervisar el cumplimiento y la aplicación de las normas, lineamientos y procedimientos establecidos relativos al cómputo y comunicaciones, así como promover el desarrollo de la cultura informática en la Unidad Académica. – Administrar y proporcionar los servicios de cómputo y comunicaciones que se

requieran en las diferentes áreas de la Unidad Académica de acuerdo con la normatividad aplicable.

– Realizar la planeación de las actividades informáticas y de comunicaciones de la Unidad Académica para integrar, orientar, dar congruencia y racionalidad a las acciones en la materia, de acuerdo con los lineamientos institucionales. – Mantener actualizada la información y el directorio telefónico que se difunde en

el portal web institucional correspondiente de la Unidad Académica.

– Desarrollar la aplicación y mantener actualizada la página o portal web de la Unidad Académica bajo los lineamientos institucionales.

– Promover y realizar las actividades de análisis, desarrollo, actualización e innovación de los procesos, a través de su sistematización para optimizar la generación de información.

– Asesorar a los estudiantes, profesores, investigadores y al personal de apoyo y asistencia a la educación en aspectos informáticos y de comunicaciones, así como brindarles el soporte técnico con el propósito de inducir mejoras para hacer eficientes sus actividades.

– Proponer políticas para la administración de las aulas de cómputo, promoviendo el adecuado aprovechamiento de los recursos informáticos con los que cuenta en la Unidad Académica.

– Diseñar e implantar los programas de mantenimiento correctivo y preventivo del equipo de cómputo y comunicaciones de la Unidad Académica.

– Supervisar la prestación de servicios de garantía y soporte técnico aplicables a la infraestructura de cómputo y telecomunicaciones.

– Gestionar ante las instancias institucionales competentes los servicios de mantenimiento correctivo requeridos para la infraestructura de cómputo y telecomunicaciones.

– Evaluar y gestionar la obtención de la paquetería de uso general y programas específicos que sean factibles de ofrecer como apoyo a la realización de las

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actividades académico administrativas, con base en la normatividad institucional, así como difundir y supervisar su uso.

– Implantar los mecanismos de seguridad a los sistemas de información de la Unidad Académica así como llevar a cabo el resguardo correspondiente.

– Promover y apoyar la capacitación y actualización de investigadores, del personal docente, de apoyo y asistencia a la educación y estudiantes en las Tecnologías de la Información y Comunicación.

– Participar en la elaboración del Programa Estratégico de Desarrollo de Mediano Plazo y el Programa Operativo Anual, así como los seguimientos respectivos en el ámbito de su competencia.

– Programar y ejecutar las actividades para el fortalecimiento de sistemas de gestión de calidad en el ámbito de su competencia, así como evaluar los resultados.

– Apoyar y atender en el ámbito de su competencia que las actividades inscritas en los procesos de acreditación, cumplan los requisitos señalados en los lineamientos y procedimientos que para tal efecto se hayan instrumentado. – Elaborar e integrar los reportes y estadísticas acerca del desarrollo y los

resultados de las funciones, así como proporcionar en el ámbito de su competencia, la información que le sea solicitada en el marco de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

– Atender las demás funciones que se le confieran en el ámbito de su competencia.

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SUBDIRECCIÓN ACADÉMICA

– Supervisar la compilación de la normatividad institucional de carácter académico, la difusión de la misma entre la comunidad de la Unidad Académica y su debido cumplimiento.

– Organizar en coordinación con las áreas competentes la creación de nuevas opciones técnicas que permitan diversificar la oferta educativa con base en las normas de competencias para la certificación y la acreditación nacional e internacional.

– Promover, coordinar y evaluar la realización de proyectos específicos de cooperación académica nacional e internacional de conformidad con la normatividad aplicable.

– Coordinar la evaluación y planeación académica, así como analizar sus resultados con las áreas competentes.

– Coordinar, integrar, gestionar y mantener actualizada la estructura educativa de la Unidad Académica de conformidad con los criterios establecidos por la Secretaría Académica.

– Organizar y programar la operación de los servicios educativos que ofrece de la Unidad Académica en sus diferentes modalidades, conforme con el Modelo Educativo Institucional.

– Coordinar el cumplimiento de los programas de las unidades de aprendizaje.

– Coordinar el desarrollo de la investigación educativa en de la Unidad Académica.

– Supervisar que las actividades de evaluación de los estudiantes se lleven a cabo en tiempo y forma de conformidad con el calendario académico del Instituto.

– Supervisar las reuniones y actividades de las academias, con el propósito de dar respuesta a los requerimientos académicos.

– Organizar en coordinación con las áreas competentes la diversificación de opciones en educación continua, así como evaluar los resultados.

– Proponer, coordinar y gestionar el diseño, estructuración y operación de la oferta de lenguas extranjeras en conjunto con la Dirección de Formación en Lenguas

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