ZONIFICACIÓN ACÚSTIC
ZONIFICACIÓN ACÚSTIC
ZONIFICACIÓN ACÚSTIC
ZONIFICACIÓN ACÚSTIC
AGLOMERACIÓN DE BILB
AGLOMERACIÓN DE BILB
AGLOMERACIÓN DE BILB
AGLOMERACIÓN DE BILB
ENCARGADO POR: ELABORADO POR:AAC Acústica
AAC Acústica
AAC Acústica
AAC Acústica
+
ZONIFICACIÓN ACÚSTIC
ZONIFICACIÓN ACÚSTIC
ZONIFICACIÓN ACÚSTIC
ZONIFICACIÓN ACÚSTICA DE LA
A DE LA
A DE LA
A DE LA
AGLOMERACIÓN DE BILB
AGLOMERACIÓN DE BILB
AGLOMERACIÓN DE BILB
AGLOMERACIÓN DE BILBAO
AO
AO
AO
AYUNTAMIENTO DE
ÁREA DE OBRAS Y SERVICIOS
+
Lumínica
Lumínica
Lumínica
Lumínica
Fecha: Septiembre de 2.014Documento nº:140610Nº de páginas incluida esta:
A DE LA
A DE LA
A DE LA
A DE LA
AO
AO
AO
AO
AYUNTAMIENTO DE BILBAO
ICIOS de 2.014 1406101.
Objeto
2.
Justificación
3.
Zonificación acústica
4.
Objetivos de calidad acústica
5.
Otras zonas del territorio
A.1.
PLANO DE ZONIFICACIÓ
ÍNDICE
Zonificación acústica
Objetivos de calidad acústica
Otras zonas del territorio
A N E XO S
PLANO DE ZONIFICACIÓN
Pág.
44
6
8
9
1 .
O b j e t o
Presentación de la zonificación acústica del municipio de Bilbao indicaciones establecidas en el Decreto 213/2012
acústica de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
2 .
J u s t i f i c a c i ó n
La zonificación acústica de un municipio establece los objetivos de calidad acústica (OCA) aplicables a su territorio y debe basarse en la delimitación de áreas acústicas atendiendo a usos predominantes, actuales y previstos, del suelo, siguiendo las recomend
del Decreto 213/2012.
La zonificación acústica, por lo tanto, afectará a las áreas urbanizadas y a los nuevos desarrollos urbanísticos, atendiendo a los usos predominantes del suelo.
Las áreas acústicas que se consideren en la zon las siguientes:
a) Ámbitos/ sectores del territorio con predominio de suelo de uso residencial. b) Ámbitos/ sectores del territorio con predominio de suelo de uso industrial.
c) Ámbitos/ sectores del territorio con predominio de suelo de uso recreativo y de espectáculos.
d) Ámbitos/ sectores del territorio con predominio de suelo de uso terciario distinto del contemplado en el párrafo anterior.
e) Ámbitos/ sectores del territorio con predominio
cultural que requiera de especial protección contra la contaminación acústica.
f) Ámbitos/ sectores del territorio afectados a sistemas generales de infraestructuras de transporte, u otros equipamientos públicos que los
g) Ámbitos/ sectores del territorio definido en los espacios naturales declarados protegidos de conformidad con la legislación reguladora de la materia y los espacios naturales que requieran una especial protección contra la contaminación acústica
Los OCA se establecen en función del área acústica y de si es un área existente o se trata de un nuevo desarrollo, entendido este como:
Futuro desarrollo: cualquier actuación urbanística donde se prevea la realización de alguna obra o edificio que vaya
del artículo 207 de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo.
Presentación de la zonificación acústica del municipio de Bilbao, definida
indicaciones establecidas en el Decreto 213/2012, de 16 de octubre, de contaminación acústica de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
de un municipio establece los objetivos de calidad acústica (OCA) aplicables a su territorio y debe basarse en la delimitación de áreas acústicas atendiendo a usos predominantes, actuales y previstos, del suelo, siguiendo las recomend
La zonificación acústica, por lo tanto, afectará a las áreas urbanizadas y a los nuevos desarrollos urbanísticos, atendiendo a los usos predominantes del suelo.
Las áreas acústicas que se consideren en la zonificación acústica, según Decreto 213/2012,
ectores del territorio con predominio de suelo de uso residencial. ectores del territorio con predominio de suelo de uso industrial.
ectores del territorio con predominio de suelo de uso recreativo y de
ectores del territorio con predominio de suelo de uso terciario distinto del contemplado en el párrafo anterior.
ectores del territorio con predominio de suelo de uso sanitario, docente y cultural que requiera de especial protección contra la contaminación acústica.
ectores del territorio afectados a sistemas generales de infraestructuras de transporte, u otros equipamientos públicos que los reclamen.
del territorio definido en los espacios naturales declarados protegidos de conformidad con la legislación reguladora de la materia y los espacios naturales que requieran una especial protección contra la contaminación acústica
Los OCA se establecen en función del área acústica y de si es un área existente o se trata de un nuevo desarrollo, entendido este como:
Futuro desarrollo: cualquier actuación urbanística donde se prevea la realización de alguna obra o edificio que vaya a requerir de una licencia prevista en el apartado b) del artículo 207 de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo.
, definida según las , de 16 de octubre, de contaminación
de un municipio establece los objetivos de calidad acústica (OCA) aplicables a su territorio y debe basarse en la delimitación de áreas acústicas atendiendo a usos predominantes, actuales y previstos, del suelo, siguiendo las recomendaciones del Anexo III
La zonificación acústica, por lo tanto, afectará a las áreas urbanizadas y a los nuevos
ificación acústica, según Decreto 213/2012, son
ectores del territorio con predominio de suelo de uso residencial. ectores del territorio con predominio de suelo de uso industrial.
ectores del territorio con predominio de suelo de uso recreativo y de
ectores del territorio con predominio de suelo de uso terciario distinto del
de suelo de uso sanitario, docente y cultural que requiera de especial protección contra la contaminación acústica.
ectores del territorio afectados a sistemas generales de infraestructuras de
del territorio definido en los espacios naturales declarados protegidos de conformidad con la legislación reguladora de la materia y los espacios naturales que requieran una especial protección contra la contaminación acústica.
Los OCA se establecen en función del área acústica y de si es un área existente o se trata de
Futuro desarrollo: cualquier actuación urbanística donde se prevea la realización de a requerir de una licencia prevista en el apartado b) del artículo 207 de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo.
Por lo tanto, la zonificación desarrollos, sin olvidar las recomen
Además de estas áreas acústicas, existen otro tipo
acústicas en sí mismas, sino herramientas de que permiten la gestión de la zonificación. Estas son:
- Zonas de servidumbre acústica de infraestructura autonómica
vinculada a una infraestructura del transporte de competencia autonómica o foral que representa el potencial máximo de su impacto acústico y que está destinada a favorecer la compatibilidad del funcionamiento de las infraestructuras con los usos del suelo.
- Zonas de servidumbre acústica de infraestructuras estatales
mapas de ruido, en los que las inmisiones podrán superar los objetivos de calidad acústica aplicables a las correspondientes áreas acústicas y donde se podrán establecer restricciones para determinados usos del suelo, actividades, instalaciones o edificaciones, con la finalidad de, al menos, cumplir los valores
establecidos para aquéllos.
- Zonas tranquilas: espacios pertenecientes al área acústica de tipología a) o e) que cumpla con sus objetivos de calidad acústica y que por sus características o su uso requiera de una mayor protección frente a la contaminación acústica.
- Reserva de Sonido de Origen Natural:
tipología g) cuyos sonidos se consideren objeto de preservación frente a la contaminación acústica por su singular valor cultural o natural así como por la especial pureza o nitidez fr
- Zona de transición acústica
zonificación de las zonas de unión entre dos áreas acústicas colindantes en las que el objetivo de calidad
delimitado por los 100 metros a cada lado del límite de unión de ambas áreas procedido a su delimitación dentro del ámbito municipal.
Excepto la última zona, el resto debe incorporarse en los instrumentos de zonificación acús
Por lo tanto, la zonificación debe diferenciar las áreas acústicas existentes de los futuros desarrollos, sin olvidar las recomendaciones establecidas en el anexo III del Decreto 213/2012.
Además de estas áreas acústicas, existen otro tipo de zonas del territorio que no son áreas acústicas en sí mismas, sino herramientas de que permiten la gestión de la zonificación. Estas
nas de servidumbre acústica de infraestructura autonómica
vinculada a una infraestructura del transporte de competencia autonómica o foral que representa el potencial máximo de su impacto acústico y que está destinada a compatibilidad del funcionamiento de las infraestructuras con los usos
Zonas de servidumbre acústica de infraestructuras estatales
mapas de ruido, en los que las inmisiones podrán superar los objetivos de calidad icables a las correspondientes áreas acústicas y donde se podrán establecer restricciones para determinados usos del suelo, actividades, instalaciones o edificaciones, con la finalidad de, al menos, cumplir los valores
aquéllos.
espacios pertenecientes al área acústica de tipología a) o e) que cumpla con sus objetivos de calidad acústica y que por sus características o su uso requiera de una mayor protección frente a la contaminación acústica.
de Sonido de Origen Natural: espacios definidos dentro de las áreas de tipología g) cuyos sonidos se consideren objeto de preservación frente a la contaminación acústica por su singular valor cultural o natural así como por la especial pureza o nitidez frente a otras fuentes sonoras.
Zona de transición acústica: franja del territorio delimitada para la gestión de la zonificación de las zonas de unión entre dos áreas acústicas colindantes en las que el objetivo de calidad acústica difiera en más de 5 dB(A) y que ocupa el espacio delimitado por los 100 metros a cada lado del límite de unión de ambas áreas
procedido a su delimitación dentro del ámbito municipal.
Excepto la última zona, el resto debe incorporarse en los instrumentos de zonificación acús
debe diferenciar las áreas acústicas existentes de los futuros
daciones establecidas en el anexo III del Decreto 213/2012.
de zonas del territorio que no son áreas acústicas en sí mismas, sino herramientas de que permiten la gestión de la zonificación. Estas
nas de servidumbre acústica de infraestructura autonómica: franja del territorio vinculada a una infraestructura del transporte de competencia autonómica o foral que representa el potencial máximo de su impacto acústico y que está destinada a compatibilidad del funcionamiento de las infraestructuras con los usos
Zonas de servidumbre acústica de infraestructuras estatales: delimitados en los mapas de ruido, en los que las inmisiones podrán superar los objetivos de calidad icables a las correspondientes áreas acústicas y donde se podrán establecer restricciones para determinados usos del suelo, actividades, instalaciones o edificaciones, con la finalidad de, al menos, cumplir los valores límites de inmisión
espacios pertenecientes al área acústica de tipología a) o e) que cumpla con sus objetivos de calidad acústica y que por sus características o su uso requiera de una mayor protección frente a la contaminación acústica.
espacios definidos dentro de las áreas de tipología g) cuyos sonidos se consideren objeto de preservación frente a la contaminación acústica por su singular valor cultural o natural así como por la
franja del territorio delimitada para la gestión de la zonificación de las zonas de unión entre dos áreas acústicas colindantes en las que y que ocupa el espacio delimitado por los 100 metros a cada lado del límite de unión de ambas áreas, se ha
3 .
Z o n i f i c a c i ó n a c ú s t i c a
La zonificación acústica atiende a la
planos de usos pormenorizados y usos generales del suelo de Urbana vigente del municipio,
anexo III del Decreto 213/2012, zonificación de Bilbao son:
Tipo a). Ámbitos/sectores del territorio con predominio de suelo de uso residencial Este área engloba la mayor parte del casco urbano. Dentro de esta área acústica se incluyen algunos edificios docentes, sanitarios y culturales situados dentro del entramado urbano con superficies de pequeña entidad para evitar la fragmentación excesiva
anexo III del Decreto 213/2012. Además de estos, se incluye los parques, jardines y zonas peatonales de uso estancial.
En este tipo de área se incluyen los núcleos rurales de Buia, Azkarai.
• Se diferencian en otro tipo de áreas los futuros desarrollos urbanísticos residenciales. Este área acústica se denomina
Ámbitos/sectores del territorio con predominio de suelo de uso residencial Nuevo desarrollo
futuros desarrollos residencial Larraskitu, Gaztelondo
Además de los futuros desarrollos residenciales ubicados en suelo urb como Zorrotzaurre
Tipo b). Ámbitos/sectores del territorio con predominio de suelo de uso esta área se incluyen la
Se incluyen además la Alhóndiga
situados en Larraskitu, y otros pabellones ubicados en Elorrieta.
• Se destacan en otro tipo de áreas los futuros desarrollos urbanísticos industriales. Este
Ámbitos/ sectores del territorio con predominio de suelo de uso industrial Nuevo desarrollo
alto de Kastexana
Z o n i f i c a c i ó n a c ú s t i c a
La zonificación acústica atiende a la calificación y clasificación del suelo recogido
planos de usos pormenorizados y usos generales del suelo del Plan General de Ordenación Urbana vigente del municipio, y se ha definido aplicando las directrices establecidas en el anexo III del Decreto 213/2012, de manera que las áreas acústicas que forman parte de la
. Ámbitos/sectores del territorio con predominio de suelo de uso residencial Este área engloba la mayor parte del casco urbano. Dentro de esta área acústica se incluyen algunos edificios docentes, sanitarios y culturales situados dentro del entramado urbano con superficies de pequeña entidad para evitar la fragmentación excesiva del territorio, como indica el párrafo c) del punto 2, del anexo III del Decreto 213/2012. Además de estos, se incluye los parques, jardines y zonas peatonales de uso estancial.
En este tipo de área se incluyen los núcleos rurales de Buia, Seberetxe, San
Se diferencian en otro tipo de áreas los futuros desarrollos urbanísticos residenciales. Este área acústica se denomina: Tipo a
Ámbitos/sectores del territorio con predominio de suelo de uso residencial
Nuevo desarrollo. Dentro de este tipo de área acústica se incluyen los
futuros desarrollos residenciales ubicados en suelo urbanizable como, Larraskitu, Gaztelondo, sector Buenavista y sector Ladera de Artxanda
de los futuros desarrollos residenciales ubicados en suelo urb como Zorrotzaurre, Bolueta y parte de Punta de Zorroza.
. Ámbitos/sectores del territorio con predominio de suelo de uso
esta área se incluyen las zonas industriales de Bolueta y de la subida a Kastexana. Se incluyen además la Alhóndiga situada en Errekalde, unos pabellones industriales situados en Larraskitu, y otros pabellones ubicados en Elorrieta.
en otro tipo de áreas los futuros desarrollos urbanísticos s. Este tipo de área acústica se denomina: Tipo b) fut Ámbitos/ sectores del territorio con predominio de suelo de uso industrial
Nuevo desarrollo. Como futuro desarrollo industrial se incluye el sector
Kastexana y parte de Punta de Zorroza.
calificación y clasificación del suelo recogido en los l Plan General de Ordenación definido aplicando las directrices establecidas en el de manera que las áreas acústicas que forman parte de la
. Ámbitos/sectores del territorio con predominio de suelo de uso residencial.
Este área engloba la mayor parte del casco urbano. Dentro de esta área acústica se incluyen algunos edificios docentes, sanitarios y culturales situados dentro del entramado urbano con superficies de pequeña entidad para evitar la del territorio, como indica el párrafo c) del punto 2, del anexo III del Decreto 213/2012. Además de estos, se incluye los parques, jardines y
Seberetxe, San Justo y
Se diferencian en otro tipo de áreas los futuros desarrollos urbanísticos Tipo a) futuro. Ámbitos/sectores del territorio con predominio de suelo de uso residencial. de este tipo de área acústica se incluyen los es ubicados en suelo urbanizable como, , sector Buenavista y sector Ladera de Artxanda. de los futuros desarrollos residenciales ubicados en suelo urbano
. Ámbitos/sectores del territorio con predominio de suelo de uso industrial. En y de la subida a Kastexana. situada en Errekalde, unos pabellones industriales
en otro tipo de áreas los futuros desarrollos urbanísticos Tipo b) futuro. Ámbitos/ sectores del territorio con predominio de suelo de uso industrial. Como futuro desarrollo industrial se incluye el sector
Tipo c). Ámbitos/sectores del territorio con predominio de
espectáculos. Siguiendo las indicaciones del Decreto 213/2012, se incluyen las áreas, de cierta entidad, destinadas a las actividades deportivas como son la zona del Nuevo San Mamés, Polideportivo Rekalde, Polideportivo de Txurdinaga y Frontón Bizkaia.
Tipo d). Ámbitos/sectores del territorio con predominio de suelo de uso distinto del contemplado en c)
las oficinas de Iberdrola en Larraskitu
bomberos en Miribilla y las instalaciones del parque móvil municipal en Elorrieta
Tipo e). Ámbitos/sectores del territorio docente y cultural que requiera una espe
acústica. Dentro de este tipo de área se incluye campus de Sarriko de la Universidad del País Vasco
Salesianos Deusto-M. Auxiliadora, Ibaigane y La Salle Bi
universidad de Deusto; el ámbito que agrupa el Hospital de Basurto y la Escuela de Ingenieros de la UPV-EHU. Por último se incluyen 4 áreas en los barrios de Txurdinaga y Zurbaran-Arabella, que engloban a varios centros educativos, ad
convento Madres Pasionistas y la residencia Artagan.
Además de estas áreas, se inclu aplica objetivos de calidad acústica:
Tipo e). Ámbitos/sectores del territorio
sistemas generales de infraestructuras de transporte u otros equipamientos públicos que los reclamen, corresponden con las zonas
las que se ubican las carreteras,
ferroviaria de ADIF (incluyendo la antigua línea de FEVE) y ETS
tipo de sistemas generales de equipamientos como la incineradora de Artigas, o varios depósitos de aguas.
Dentro del ámbito municipal de Bilbao no existen áreas tipo requieran protección especial
Esta zonificación acústica será revisada cuando se realicen modificaciones, revisiones o adaptaciones del planeamiento general o, como máximo en el
aprobación.
. Ámbitos/sectores del territorio con predominio de uso recreativo y de Siguiendo las indicaciones del Decreto 213/2012, se incluyen las áreas, de cierta entidad, destinadas a las actividades deportivas como son la zona del Nuevo San Mamés, Polideportivo Rekalde, Polideportivo de Txurdinaga y Frontón
Ámbitos/sectores del territorio con predominio de suelo de uso
distinto del contemplado en c). Se ha clasificado como este tipo de área acústica las oficinas de Iberdrola en Larraskitu, la comisaría de policía municipal y parque de bomberos en Miribilla y las instalaciones del parque móvil municipal en Elorrieta
. Ámbitos/sectores del territorio con predominio de suelo de uso
docente y cultural que requiera una especial protección contra la contaminación Dentro de este tipo de área se incluye el ámbito que comprende campus de Sarriko de la Universidad del País Vasco (UPV-EHU) junto con los colegios
M. Auxiliadora, Ibaigane y La Salle Bilbao; el campus de la universidad de Deusto; el ámbito que agrupa el Hospital de Basurto y la Escuela de EHU. Por último se incluyen 4 áreas en los barrios de Txurdinaga Arabella, que engloban a varios centros educativos, ad
convento Madres Pasionistas y la residencia Artagan.
Además de estas áreas, se incluye en la zonificación otro tipo de área adicional a las que no se objetivos de calidad acústica:
. Ámbitos/sectores del territorio con predominio de suelo de uso
sistemas generales de infraestructuras de transporte u otros equipamientos públicos que corresponden con las zonas indicadas en el PGOU, de dominio público en las carreteras, autovía A-8 y autopista AP-8, además de la línea ia de ADIF (incluyendo la antigua línea de FEVE) y ETS. Además, se incluyen otro tipo de sistemas generales de equipamientos como la incineradora de Artigas, o varios
l ámbito municipal de Bilbao no existen áreas tipo g) espacios naturales que requieran protección especial
será revisada cuando se realicen modificaciones, revisiones o adaptaciones del planeamiento general o, como máximo en el plazo de diez años tras su
uso recreativo y de Siguiendo las indicaciones del Decreto 213/2012, se incluyen las áreas, de cierta entidad, destinadas a las actividades deportivas como son la zona del Nuevo San Mamés, Polideportivo Rekalde, Polideportivo de Txurdinaga y Frontón
Ámbitos/sectores del territorio con predominio de suelo de uso terciario Se ha clasificado como este tipo de área acústica , la comisaría de policía municipal y parque de bomberos en Miribilla y las instalaciones del parque móvil municipal en Elorrieta.
con predominio de suelo de uso sanitario, cial protección contra la contaminación el ámbito que comprende el EHU) junto con los colegios lbao; el campus de la universidad de Deusto; el ámbito que agrupa el Hospital de Basurto y la Escuela de EHU. Por último se incluyen 4 áreas en los barrios de Txurdinaga Arabella, que engloban a varios centros educativos, además del
adicional a las que no se
con predominio de suelo de uso afectados a sistemas generales de infraestructuras de transporte u otros equipamientos públicos que de dominio público en , además de la línea Además, se incluyen otro tipo de sistemas generales de equipamientos como la incineradora de Artigas, o varios
g) espacios naturales que
será revisada cuando se realicen modificaciones, revisiones o plazo de diez años tras su
Si la modificación, revisión o adaptación del planeamiento contempla cambios de uso del suelo, será necesario realizar las oportunas modificaciones de las áreas acústicas.
En el plano anexo se recoge la zonificación
4 .
O b j e t i v o s d e c a l i d a d a c ú s t i c a
Los Objetivos de Calidad Acústica
octubre, de contaminación acústica de la Comunidad Autónoma del País Vasco
Dicho Decreto, determina los OCA para los tres índices de ruido, L
niveles promedio anuales en los periodos día (7 a 19 horas), tarde (19 a 23 horas) y noche (23 a 7 horas) respectivamente, teniendo en cuenta todos los focos
de la zonificación acústica del municipio, indicada en el punto anterior.
Para el municipio de Bilbao, los
cada una de las áreas acústicas definidas en la zonific
TIPO DE ÁREA
A Sectores del territorio con predominio de suelo de uso residencial
A futuro Sectores del territorio con predominio de suelo de uso residencial
B Sectores del territorio con predominio de suelo de uso industrial
B futuro Sectores del territorio con predominio de suelo de uso industrial. Nuevo desarrollo
C Sectores del territorio con predominio de uso recreativo y de espectáculos.
D Sectores del territorio con predominio de suelo de uso terciario distinto del contemplado en c).
E
Sectores del territorio con predominio de suelo de uso sanitario, docente y cultural que requiera una especial protección contra la contaminación acústica.
Nota: estos OCA están referenciados a una altura de 2 m. sobre el nivel del suelo y a todas las las edificaciones en el exterior de las fachadas con ventana.
Para la evaluación de los resultados del Mapa de Ruido, se referenciarán los OCA a una altura sobre el terreno de 4 metros.
Si la modificación, revisión o adaptación del planeamiento contempla cambios de uso del suelo, será necesario realizar las oportunas modificaciones de las áreas acústicas.
En el plano anexo se recoge la zonificación acústica del municipio de Bilbao.
O b j e t i v o s d e c a l i d a d a c ú s t i c a
Objetivos de Calidad Acústica (OCA) están establecidos por el Decreto 213/2012 octubre, de contaminación acústica de la Comunidad Autónoma del País Vasco
Dicho Decreto, determina los OCA para los tres índices de ruido, Ld, Le y L
niveles promedio anuales en los periodos día (7 a 19 horas), tarde (19 a 23 horas) y noche (23 a 7 horas) respectivamente, teniendo en cuenta todos los focos de ruido ambiental, y en función de la zonificación acústica del municipio, indicada en el punto anterior.
Para el municipio de Bilbao, los objetivos de calidad acústica para el espacio exterior cada una de las áreas acústicas definidas en la zonificación del municipio son:
ÁREA ACÚSTICA OBJETIVOS DE CALIDAD Ld / Le (dB(A))
Sectores del territorio con predominio de suelo
de uso residencial 65
Sectores del territorio con predominio de suelo
residencial. Nuevo desarrollo 60 Sectores del territorio con predominio de suelo
industrial 75
Sectores del territorio con predominio de suelo
industrial. Nuevo desarrollo 70
del territorio con predominio de uso
recreativo y de espectáculos. 73
del territorio con predominio de suelo
de uso terciario distinto del contemplado en c). 70 del territorio con predominio de suelo
de uso sanitario, docente y cultural que requiera una especial protección contra la contaminación acústica.
60
Nota: estos OCA están referenciados a una altura de 2 m. sobre el nivel del suelo y a todas las las edificaciones en el exterior de las fachadas con ventana.
Para la evaluación de los resultados del Mapa de Ruido, se referenciarán los OCA a una altura sobre el Si la modificación, revisión o adaptación del planeamiento contempla cambios de uso del suelo, será necesario realizar las oportunas modificaciones de las áreas acústicas.
acústica del municipio de Bilbao.
establecidos por el Decreto 213/2012 del 16 de octubre, de contaminación acústica de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
y Ln, que representan los niveles promedio anuales en los periodos día (7 a 19 horas), tarde (19 a 23 horas) y noche (23 a de ruido ambiental, y en función
para el espacio exterior para ación del municipio son:
OBJETIVOS DE CALIDAD (dB(A)) Ln (dB(A)) 55 50 65 60 63 65 50
Nota: estos OCA están referenciados a una altura de 2 m. sobre el nivel del suelo y a todas las alturas de
Además de los objetivos de calidad indicados para el ambie también define los OCA aplicables al
viviendas, usos residenciales, hospitalarios, educativos o culturales.
USO DEL EDIFICIO
Vivienda o uso residencial
Hospitalario
Educativo o cultural
(1) Los valores de la tabla B, se refieren a los valores del índice de inmisión resultantes del conjunto de focos emisores acústicos que inciden en el interior del recinto (instalaciones del propio edificio o colindantes, ruido ambiental trasmitido al inte
(2) Uso del edificio entendido como utilización real del mismo, en el sentido, de que si no se utiliza en alguna de las franjas horarias referidas no se aplica el objetivo de calidad acústica asociado a la misma.
Nota: Los objetivos de calidad acústica aplicables en el interior están referenciados a una altura de entre 1.2 m y 1.5 m.
Si dentro de un área acústica existen usos que tengan mayor exigencia de protección acústica, como por ejemplo centros educativos
residencial, los receptores ubicados en dichos usos más sensibles, tendrán que cumplir el OCA correspondiente a su uso más sensible.
5 .
O t r a s z o n a s d e l t e r r i t o r i o
Como se comentó, el Decreto incluye zonas del territor
zonificación acústica de un municipio, las cuales no son áreas acústicas en si mismas, si no herramientas para la gestión de la zonificación. En el municipio de Bilbao, en la actualidad existen las siguientes:
Zonas de servidumbre acústica (ZSA)
Tanto la Diputación Foral de Bizkaia como el Consorcio de Transportes de Bizkaia, han aprobado las ZSA de las infraestructuras de su competencia, esto es, carreteras forales y Bilbao, respectivamente. Estas son las que se
correspondiente a las ZSA de las infraestructuras viarias de DFB y en color salmón las ZSA de Metro Bilbao:
Además de los objetivos de calidad indicados para el ambiente exterior, el Decreto 213/2012 también define los OCA aplicables al espacio interior habitable de edificaciones destinadas a viviendas, usos residenciales, hospitalarios, educativos o culturales.
USO DEL EDIFICIO TIPO DE RECINTO OBJETIVOS DE
Ld (dB(A))
Vivienda o uso residencial Estancias 45
Dormitorios 40
Zonas de estancia 45
Dormitorios 40
Aulas 40
Salas de lectura 35
(1) Los valores de la tabla B, se refieren a los valores del índice de inmisión resultantes del conjunto de focos emisores acústicos que inciden en el interior del recinto (instalaciones del propio edificio o colindantes, ruido ambiental trasmitido al interior).
(2) Uso del edificio entendido como utilización real del mismo, en el sentido, de que si no se utiliza en alguna de las franjas horarias referidas no se aplica el objetivo de calidad acústica asociado a la
Nota: Los objetivos de calidad acústica aplicables en el interior están referenciados a una altura de
Si dentro de un área acústica existen usos que tengan mayor exigencia de protección acústica, como por ejemplo centros educativos ubicados en un área acústica tipo a) residencial, los receptores ubicados en dichos usos más sensibles, tendrán que cumplir el OCA correspondiente a su uso más sensible.
O t r a s z o n a s d e l t e r r i t o r i o
Como se comentó, el Decreto incluye zonas del territorio diferentes a las incluidas en la zonificación acústica de un municipio, las cuales no son áreas acústicas en si mismas, si no herramientas para la gestión de la zonificación. En el municipio de Bilbao, en la actualidad
servidumbre acústica (ZSA):
Tanto la Diputación Foral de Bizkaia como el Consorcio de Transportes de Bizkaia, han aprobado las ZSA de las infraestructuras de su competencia, esto es, carreteras forales y
, respectivamente. Estas son las que se muestran en la siguiente imagen, en verde la correspondiente a las ZSA de las infraestructuras viarias de DFB y en color salmón las ZSA de
nte exterior, el Decreto 213/2012 habitable de edificaciones destinadas a
OBJETIVOS DE CALIDAD (dB(A)) Ln(dB(A)) 45 35 40 30 45 35 40 30 40 40 35 35
(1) Los valores de la tabla B, se refieren a los valores del índice de inmisión resultantes del conjunto de focos emisores acústicos que inciden en el interior del recinto (instalaciones del propio edificio o
(2) Uso del edificio entendido como utilización real del mismo, en el sentido, de que si no se utiliza en alguna de las franjas horarias referidas no se aplica el objetivo de calidad acústica asociado a la
Nota: Los objetivos de calidad acústica aplicables en el interior están referenciados a una altura de
Si dentro de un área acústica existen usos que tengan mayor exigencia de protección ubicados en un área acústica tipo a) residencial, los receptores ubicados en dichos usos más sensibles, tendrán que cumplir el OCA
io diferentes a las incluidas en la zonificación acústica de un municipio, las cuales no son áreas acústicas en si mismas, si no herramientas para la gestión de la zonificación. En el municipio de Bilbao, en la actualidad
Tanto la Diputación Foral de Bizkaia como el Consorcio de Transportes de Bizkaia, han aprobado las ZSA de las infraestructuras de su competencia, esto es, carreteras forales y Metro muestran en la siguiente imagen, en verde la correspondiente a las ZSA de las infraestructuras viarias de DFB y en color salmón las ZSA de
Imagen de la Zona de Servidumbre Acústica de Metro Bilbao e infraestructuras viarias
La ZSA de Metro Bilbao se localiza en la zona de Bolueta y una pequeña zona Punta de Zorroza.
Tanto ADIF como ETS, como gestores de las infraestructuras ferroviarias que circulan por Bilbao, a fecha de aprobación de la presente
sus infraestructuras. De igual maner autopista AP-8, de su competencia.
En el momento que estas ZSA sean declaradas y aprobadas
las ZSA de las infraestructuras que afectan a Bilbao, para la gestión efectiva del ruido en el municipio de Bilbao.
Zona de transición acústica
Consiste en una zona que incluye los
acústicas cuyos OCA difieren en más de 5 dB(A).
Imagen de la Zona de Servidumbre Acústica de Metro Bilbao e infraestructuras viarias competencia de DFB
La ZSA de Metro Bilbao se localiza en la zona de Bolueta y una pequeña zona
Tanto ADIF como ETS, como gestores de las infraestructuras ferroviarias que circulan por Bilbao, a fecha de aprobación de la presente zonificación no han aprobado la ZSA correspondiente a sus infraestructuras. De igual manera que Ministerio de Fomento no ha aprobado la ZSA de la
8, de su competencia.
estas ZSA sean declaradas y aprobadas, se incluirán junto
las ZSA de las infraestructuras que afectan a Bilbao, para la gestión efectiva del ruido en el
a zona que incluye los 100m. a cada lado del límite de separación de dos áreas n en más de 5 dB(A).
Imagen de la Zona de Servidumbre Acústica de Metro Bilbao e infraestructuras viarias
La ZSA de Metro Bilbao se localiza en la zona de Bolueta y una pequeña zona de San Ignacio y
Tanto ADIF como ETS, como gestores de las infraestructuras ferroviarias que circulan por Bilbao, zonificación no han aprobado la ZSA correspondiente a a que Ministerio de Fomento no ha aprobado la ZSA de la
, se incluirán junto con el resto de las ZSA de las infraestructuras que afectan a Bilbao, para la gestión efectiva del ruido en el
En el caso de Bilbao, las situaciones en las que se han definido las zonas de transición acústica son:
- Área tipo a) residencial colindante con área tipo b) industrial
ZT_1- Elorrieta
- Área tipo a) residencial colindante con área tipo d) uso terciario distinto de c)
- Área tipo c) uso recreativo y de espectáculos colindante con área tipo a) residencial y tipo e) educativo, sanitario y cultural
En el caso de Bilbao, las situaciones en las que se han definido las zonas de transición acústica
Área tipo a) residencial colindante con área tipo b) industrial
ZT_2- Zorrotza ZT_3- Cuesta a Kastexana
Área tipo a) residencial colindante con área tipo d) uso terciario distinto de c)
ZT_4- Elorrieta 2
Área tipo c) uso recreativo y de espectáculos colindante con área tipo a) residencial y tipo e)
ZT_5- San Mamés
En el caso de Bilbao, las situaciones en las que se han definido las zonas de transición acústica
Cuesta a Kastexana
Área tipo a) residencial colindante con área tipo d) uso terciario distinto de c)
- Área tipo a) residencial colindante con tipo c) uso recreativo y de espectáculos y tipo d) uso terciario distinto de c)
ZT_6- Larraskitu
- Área tipo a) futuro residencial colindante con tipo c) uso recreativo y de espectáculos y tipo d) uso terciario distinto de c)
- Área tipo a) residencial colindante con tipo c) uso recreativo y de espectáculos, con área tipo d) uso terciario distinto de c), y
- Área tipo a) futuro residencial colindante con tipo b) industrial
Área tipo a) residencial colindante con tipo c) uso recreativo y de espectáculos y tipo d) uso
ZT_7- Miribilla
encial colindante con tipo c) uso recreativo y de espectáculos y tipo
ZT_6- Larraskitu
Área tipo a) residencial colindante con tipo c) uso recreativo y de espectáculos, con área tipo d) uso terciario distinto de c), y con área tipo b) industrial
Área tipo a) futuro residencial colindante con tipo b) industrial
ZT_8- Bolueta
Área tipo a) residencial colindante con tipo c) uso recreativo y de espectáculos y tipo d) uso
encial colindante con tipo c) uso recreativo y de espectáculos y tipo
- Área tipo a) futuro residencial colindante con tipo b)
En la actualidad, no se han delimitado otro tipo de zonas en el municipio de Bilbao como Zonas tranquilas o Reservas de sonido de origen natu
estas serán tenidas en cuenta para la gestión de la zonificación.
Área tipo a) futuro residencial colindante con tipo b) futuro industrial
ZT_9- Zorroza
En la actualidad, no se han delimitado otro tipo de zonas en el municipio de Bilbao como Zonas tranquilas o Reservas de sonido de origen natural. Si bien, en el momento de su delimitación, estas serán tenidas en cuenta para la gestión de la zonificación.
En la actualidad, no se han delimitado otro tipo de zonas en el municipio de Bilbao como Zonas ral. Si bien, en el momento de su delimitación,
ANEXO I. PLANO DE ZONIFICACIÓN
ANEXO I. PLANO DE ZONIFICACIÓN