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Proyecto de ordenanza para prevenir y controlar la contaminación ambiental en la zona turística de la comuna de San Gabriel del Baba del cantón Santo Domingo

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(1)

UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓ NOMA DE LOS ANDES UNIANDES

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CARRERA DE DERECHO

PROYECTO DE INVESTIGACIÓN PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TITULO DE ABOGADA DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA

TEMA:

PROYECTO DE ORDENANZA MUNICIPAL, QUE CONTROLE REGULE Y SANCIONE LA DISTRIBUCIÓN DEL AGUA EN CONDICIONES QUE NO

AFECTE LA SALUD DE LOS CIUDADANOS DE SANTO DOMINGO.

AUTORA: BARRERA MEJIA MÓNICA PATRICIA

ASESOR: DR. SALTOS SALGADO MARCO FERNANDO, MGS.

(2)

APROBACIÓN DEL ASESOR DEL TRABAJO DE TITULACIÓN CERTIFICACIÓN

Quien suscribe, legalmente CERTIFICA QUE: El presente Trabajo de Titulación realizado por la señorita Mónica Patricia Barrera Mejia, estudiante de la Carrera de Derecho, Facultad de Jurisprudencia, con el tema “PROYECTO DE ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULE Y SANCIONE LA DISTRIBUCIÓN DEL AGUA EN CONDICIONES QUE NO AFECTE LA SALUD DE LOS CIUDADANOS DE SANTO DOMINGO”, ha sido revisado, y cumple con todos los requisitos establecidos en la normativa pertinente de la Universidad Regional Autónoma de los

Andes UNIANDES, por lo que apruebo su presentación.

Santo Domingo, enero de 2018

Dr. Marco Fernando Saltos Salgado Mgs.

(3)

DECLARACION DE AUTENTICIDAD

Yo, Mónica Patricia Barrera Mejía, estudiante de la carrera de Derecho, Facultad de Jurisprudencia, declaro que todos los resultados obtenidos en el presente trabajo de

investigación, previo a la obtención del título de ABOGADA DE LOS TRIBUNALES DE LA REPUBLICA, son absolutamente originales, auténticos y personales, a excepción de las citas, por lo que son de exclusiva responsabilidad.

Santo Domingo, enero de 2018

Srta. Mónica Patricia Barrera Mejía

C.C.230075126-6

(4)

DERECOS DE AUTOR

Yo Mónica Patricia Barrera Mejía, declaro que conozco y acepto la disposición constante en el literal d) del Art. 85 del Estatuto de la Universidad Regional Autónoma

de los Andes, que en su parte pertinente textualmente dice: El Patrimonio de la

UNIANDES, está constituido por: La propiedad intelectual sobre las Investigaciones,

trabajos científicos o técnicos, proyectos profesionales y consultaría que se realicen en la

Universidad o por cuenta de ella.

Santo Domingo, enero de 2018

Srta. Mónica Patricia Barrera Mejía C.C 130706248-7

(5)

DEDICATORIA

Mi tesis la dedico con todo mi amor y cariño.

A ti DIOS que me diste la oportunidad de vivir y de regalarme una familia

maravillosa.

Con mucho cariño principalmente a mis padres que me dieron la vida y han estado

conmigo en todo momento. Gracias por todo papá y mamá por darme una carrera

para mi futuro y por creer en mí, aunque hemos pasado momentos difíciles siempre

han estado apoyándome y brindándome todo su amor, por todo esto les agradezco de

todo corazón el que estén conmigo a mi lado.

Dedico además a mi hijo posiblemente en este momento no entienda mis palabras,

pero para cuando sea capaz quiero que te des cuenta de lo que significas para mí, ya

que eres la razón que me levanta cada día para esforzarme por el presente y el

mañana,

Eres mi principal motivación como en todos mis logros por eso quiero estar siempre

a tu lado para ayudarte a caminar como me ayudaron mis padres a mí para enseñarte

que el ser humano útil, obediente, y sobre todo respetuoso como lo he sido yo hijo

amado, por eso tú también eres acreedor a tener este triunfo que ahora obtengo

(6)

AGRADECIMIENTO

Esta tesis es el resultado del esfuerzo para alcanzar mi meta

soñada. Por esto agradezco a mi tutor, Dr. Marco Saltos Salgado

Mgs., quienes a lo largo de este tiempo impartió sus

conocimientos en el desarrollo de mi tesis. A mis padres quienes

a lo largo de toda mi vida han apoyado y motivado mi formación

académica, creyeron en mí en todo momento y no dudaron de

mis habilidades. A mis profesores a quienes les debo gran parte

de mis conocimientos, gracias a su paciencia y enseñanza y

finalmente un eterno agradecimiento a esta prestigiosa

universidad la cual abrió abre sus puertas a jóvenes como

nosotros, preparándonos para un futuro competitivo y

(7)

RESUMEN

El presente proyecto de investigación tiene la finalidad de dar a conocer las falencias

de transportar el agua de consumo humano de una manera no apta, por lo que se

pretende en esta investigación es la elaboración de un proyecto de ordenanza municipal

para que se regule y sancione la distribución del agua en condiciones que no afecte la

salud de los ciudadanos de Santo Domingo, por lo que se ha diseñado su elaboración

dentro del texto constitucional los denominados derechos del buen vivir.

Para determinar la presencia del problema se utilizó la metodología de los métodos

inductivo-deductivo porque a través de ello se logró garantizar el derecho a la salud

con el analítico sintético se evidencio el estudio del problema planteado que al realizar

la distribución del agua en un estado no controlado ha generado enfermedades en los

habitantes del cantón Santo Domingo y por medio de método jurídico, se fundamentó

la propuesta origen del presente proyecto de investigación de crear un proyecto de ley

que permita controlar y sancionar a los distribuidores de agua que no cumplan con la

debida higiene y tratamiento adecuado del principal líquido vital que es consagrado en

nuestra Constitución y en el Plan Nacional del Buen Vivir, que tenemos derecho de

tener agua libre de contaminación, a través de las técnicas y herramienta se pudo

realizar las observaciones que evidenciaron la existencia del problema planteado y

mediante la entrevista y encuesta se dio determino la falta cualitativa, es decir en la

calidad de la distribución del líquido vital importante para la subsistencia del ser

humano. La línea de investigación utilizada Restos, Perspectivas y Perfeccionamiento

de las Ciencias Jurídicas en Ecuador, enfocado en: Las relaciones jurídicas en el marco

del desarrollo sostenible y la economía ecuatoriana actual.

El presente trabajo de grado propone la elaboración de un Proyecto de Ordenanza

Municipal para controlar y sancionar la distribución del agua en condiciones que no

afecte la salud de los ciudadanos del cantón Santo Domingo, y de esta manera

(8)

ABSTRACT

This research project aims to publicize the water transporting shortcomings the human

consumption in a way not suitable, so it is intended in this research is the development

of a municipal ordinance project to regulate and sanction the water distribution, under

conditions that do not affect the citizens from Santo Domingo, for which reason the

elaboration of the so-called rights of good living has been designed within the

constitutional text.

To determine the presence the research problem, the methodology of

inductive-deductive methods was used because through it was possible to guarantee the right to

health with the synthetic analytical study of the research problem was evident that

performing water distribution in a state uncontrolled has generated diseases in the

inhabitants in Santo Domingo canton and by means of legal method, the proposal

origin of this research project was founded to create a bill that allows to control and

sanction water distributors that do not comply with the due hygiene and adequate

treatment of the main vital liquid that is enshrined in our Constitution and in the Good

Living National Plan, we are entitled to have free water pollution, through techniques

and tool could make observations that revealed the existence of the problem and by

interview and survey gave determine the qualitative lack, that is to say in the quality

of the distribution the vital fluid important for the survival of human beings. The

research line used Remains, Perspectives and Improvement of Legal Sciences in

Ecuador, focused on: Legal relations within the framework of sustainable development

and the current Ecuadorian economy.

This research work's degree proposes the elaboration Project of Municipal Ordinance

to control and sanction the water distribution in conditions that do not affect the

citizens' health in Santo Domingo canton, and in this way guarantee the rights

(9)

INDICE GENERAL

APROBACIÓN DEL ASESOR DEL TRABAJO DE TITULACIÓN

DECLARATORIA DE AUTENTICIDAD

DERECHO DE AUTOR

DEDICATORIA

AGRADECIMIENTO

RESUMEN

ABSTRACT

APROBACIÓN DEL ASESOR DEL TRABAJO DE TITULACIÓN ... 2

INDICE GENERAL ... 9

INTRODUCCIÒN ... 1

Antecedentes de la investigación ... 1

Formulación del problema ... 2

Delimitación del problema ... 3

Objeto de investigación ... 3

Campo de acción ... 3

Identificación de la línea de investigación ... 3

Objetivo General ... 3

Objetivos específicos ... 3

Idea a Defender ... 4

Preguntas científicas ... 4

Justificación del tema ... 4

CAPITULO I ... 6

MARCO TEORICO ... 6

EPIGRAFE I ... 6

1.1 Origen y evolución de la contaminación del agua ... 6

EPIGRAFE II ... 10

1.2 Análisis de las distintas posiciones teóricas... 10

El Agua ... 10

Importancia del agua ... 12

Abastecimiento de agua potable en Ecuador ... 13

Contaminación ... 13

control de contaminación del agua………...………15

(10)

Destino y funciones del agua ... 16

El derecho al agua y su acaparamiento ... 17

Derechos colectivos y derecho al agua ... 18

La Ley de Agua ... 22

El dilema ambiental ... 24

México ... 25

Uruguay ... 26

Colombia ... 26

España ... 27

Venezuela ... 28

Políticas y legislación ... 29

Ecuador ... 29

América Latina ... 31

EPIGRAFE III ... 31

1.3 Valoración crítica de los conceptos principales de las distintas posiciones teórica sobre el objeto de investigación. ... 31

EPIGRAFE IV ... 32

Conclusiones del capitulo ... 32

CAPITULO II ... 34

2. MARCO METODOLOGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA ... 34

2.1 Caracterización del problema seleccionado para la investigación. ... 34

2.2 Descripción del procedimiento metodológico para el desarrollo de la investigación ... 34

Métodos de la investigación ... 34

Técnicas ... 35

Herramientas ... 35

Cálculo de la muestra de la población ... 36

Tabulación y resultado de la encuesta ... 37

Pregunta 1 ... 37

2.4 Conclusiones parciales del capitulo ... 48

CAPITULO III ... 49

VALIDACION Y/O EVALUACION DE RESULTADOS DE SU APLICACIÓN ... 49

3.1 Modelo utilizado para la aplicación de los resultados de la investigación………49

Tema: ... 49

Objetivo ... 49

(11)

Descripción de la propuesta... 49

3.2 Validación, ampliación y evaluación de los resultados de la aplicación de la propuesta. 53 3.3 Conclusiones parciales del capitulo ... 56

RECOMENDACIONES ... 58

BIBLIOGRAFÌA ... 1

(12)

INDICE DE TABLAS

Cuadro 1………47

Cuadro 2………48

Cuadro 3………49

Cuadro 4………50

Cuadro 5………51

Cuadro 6………52

Cuadro 7………53

Cuadro 8………54

Cuadro 9………55

(13)

INDICE DE GRÁFICOS

Gráfico 1………...47

Gráfico 2………...48

Gráfico 3………...49

Gráfico 4………...50

Gráfico 5………...51

Gráfico 6………...52

Gráfico 7………...53

Gráfico 8………...54

Gráfico 9………...55

(14)

INDICE DE ANEXOS

Anexo 1 Carta de Aprobación del Perfil del Proyecto de Investigación

Anexo 2 Perfil del Proyecto de Investigación

Anexo 3 Oficios de aceptación de entrevistas

Anexo 4 Foto de reserva clandestina de agua

(15)

1 INTRODUCCIÒN

Antecedentes de la investigación

El agua dulce es un recurso natural vital para la especie humana, animal y vegetal en

el planeta, que desde hace millones de años no se ha modificado en su proporción,

mientras que el ser humano en su evolución permanente viene multiplicándose

asombrosamente y en su afán de modificar su entorno para mejorar su bienestar en su

factor depredador de la naturaleza, es por eso que la falta de control que permita

sancionar aquellas personas que de manera irresponsable distribuyen este servicio vital

básico en muchos barrios del cantón, no toman conciencia de la contaminación que lo

único que provocan es afectar la salud de los ciudadanos y ciudadanas que consumen

a diario esta agua.

La contaminación de los ríos desde hace 30 años ha sido el motivo por el cual han

desaparecido especies acuáticas y ya no existe una de las actividades más comunes y

antigua como es la pesca precisamente por existir la inconciencia de muchas personas,

muchos habitantes de la etnia Tsáchilas se han visto obligados a migrar a ciudades

diferente poniendo en riesgos sus costumbres y tradiciones por razones que han sido

contaminado su única fuente para sobrevivir como es el agua, ya que al consumirla su

salud se ve afectada por enfermedades estomacales que solo elevan el porcentaje de

mortalidad.

En la primera parte del desarrollo de este proyecto de investigación se verá reflejada

la situación de contexto de un análisis de las variables dependientes e independientes

que afecta la salud de la población local. En la segunda parte del proyecto se podrá

observar que con la utilización de los métodos técnicos de la investigación se logrará

descifrar la existencia de la problemática que se plantea.

En la tercera parte se encuentra el marco propositivo el cual consiste en la elaboración

de un proyecto de ordenanza municipal que controle regule y sancione la distribución

del agua en condiciones que no afecte la salud de los ciudadanos de Santo Domingo

Revisado los temas dentro de las bibliotecas de Santo Domingo, el internet y mediante

información del CDIC de la Universidad Autónoma Regional de los Andes

(16)

2

investigación la creación Proyecto de Ordenanza Municipal, que controle regule y

sancione la distribución del agua en condiciones que no afecte la salud de los

ciudadanos de Santo Domingo, se pudo constatar que no existe tema similar o igual al

presente, por tal razón el perfil de tesis es viable, propio y original ya que estará

enfocada dentro de un marco teórico legal, establecido en opiniones y casos reales de

los habitantes de los barrios marginales que reciben esta clase de servicio por este

medio de transporte.

Formulación del problema

La doctrina sostiene, como opinión común, el haberse producido en América una

revitalización del municipio castellano, vigoroso durante los siglos XII y XIII por la

pugna de poder: nobleza-ciudades-corona, y decaído en los siglos siguientes cuando

los monarcas, ganadores en la pugna, logran imponer sus leyes y sus funcionarios.

En Santo Domingo, el primer estudio de agua potable fue realizado por el Servicio

Cooperativo Interamericano de Salud Pública (SCISP) en 1951 con la utilización de

los planos topográficos levantados por la ilustre Municipalidad de Quito. El servicio

de agua potable se efectúa a través de un tanque elevado ubicado en la plaza pública,

actualmente parque Central de la ciudad y con esto ya Santo Domingo contaba con

agua potable.

Si existiera una ordenanza municipal que regule y sancione la distribución del agua en

condiciones que no afecte la salud de los ciudadanos de Santo Domingo, se lograría

evitar con ello que se vea afectado unos de los derechos consagrados en nuestra

Constitución de la República del Ecuador como es el derecho a la salud.

Al realizar la presente investigación se ha podido determinar que el problema se

fundamenta especialmente por la falta de control a los diferentes balnearios turísticos,

ya que no solo es consistir en tener un permiso de funcionamiento sin la existencia

necesaria de implementos necesarios para la seguridad del turista al ingresar a las

aguas de los majestuosos ríos del cantón de Santo Domingo, este poco interés que se

da a los implementos, accesorios y herramientas en los balnearios turístico es que ha

permitido muertes de muchos ciudadanos y ciudadanas que acuden a estos lugares de

(17)

3

Al existir un proyecto de ordenanza municipal para regular y controlar la

implementación de equipos, accesorios y prendas en los balnearios turísticos se

lograría reducir el índice de muertes en dichos balnearios.

Delimitación del problema

Al elaborar un proyecto de ordenanza municipal que regule y controle la

implementación de equipos, prendas y accesorios en los balnearios turísticos en el

cantón Santo Domingo, se pretende proyectar algunas estrategias para mayor seguridad de parte de los administradores, quienes consideraran las medidas necesarias

para evitar muerte injustificada por falta de precaución o seguridad.

Objeto de investigación

Constitución de la República del Ecuador, Código Orgánico de Organización

Territorial Autonomía y Descentralización (COOTAD)

Campo de acción

La falta de normativa para que regule, controle y sancione a los distribuidores del agua

potable.

Identificación de la línea de investigación

 Retos, Perspectivas y Perfeccionamiento de las Ciencias Jurídicas en Ecuador o Las relaciones jurídicas en el marco del desarrollo sostenible y la economía

ecuatoriana actual, aprobado por la Universidad Regional Autónoma de los

Andes “UNIANDES”

Objetivo General

Elaborar un Proyecto de Ordenanza Municipal, que controle, regule y sancione la

distribución del agua en condiciones que no afecte la salud de los ciudadanos de Santo

Domingo.

Objetivos específicos

 Fundamentar constitucional y jurídicamente la necesidad de la creación de un

Proyecto de Ordenanza Municipal que regule, controle y sancione a los

distribuidores de agua, que no cuentan con un permiso para realizar dicha

(18)

4

 Demostrar mediante la encuesta realizada la importancia de crear un Proyecto

de Ordenanza Municipal para el control y distribución del líquido vital en la

ciudad de Santo Domingo.

 Elaborar los componentes jurídicos a fin de que dicha creación del Proyecto de

Ordenanza Municipal sea acogida para beneficio y satisfacción de sus

habitantes

 Validar la propuesta por expertos especialistas en el tema

Idea a Defender

Con la creación de un Proyecto de Ordenanza Municipal que controle, regule y

sancione la distribución del agua; se lograra cumplir con lo determinado en la

Constitución de la República del Ecuador y Plan Nacional del Buen Vivir, en tener

una vida sana libre de contaminación.

Preguntas científicas

¿Cómo afecta a los ciudadanos y ciudadanas la falta de una ordenanza municipal que regule y sancione la distribución del agua en condiciones que no afecte la salud de los

ciudadanos de Santo Domingo?

¿Porque se ve afectada la salud de los ciudadanos y ciudadanas al consumir el agua

potable?

¿Qué institución pública es la encargada de realizar este control de distribución del

líquido vital?

Justificación del tema

Conveniencia. - El tema de investigación tiene como objeto principal determinar la falta de normativa para regular y controlar la distribución del agua a las personas que

carecen de este líquido vital en el cantón Santo Domingo.

(19)

5

Implicación práctica. - Finalmente con la elaboración de este proyecto de investigación aportará conocimiento a los estudiantes y servirá como guía para el

desarrollo de futuras tesis o proyectos de investigación en el área jurídica, ya que

aplicando las técnicas se garantiza una solución al problema planteado.

Valor teórico. - El desarrollo del presente trabajo investigativo permitirá conocer acerca de un Proyecto de Ordenanza Municipal que controle, regule y sancione la

distribución del agua en condiciones que no afecte la salud de los ciudadanos de Santo

Domingo, sus causas, efectos y posibles soluciones para contrarrestar la problemática

que en la actualidad afecta la salud de la ciudadanía, que es uno del derecho

consagrados en la Constitución de la República del Ecuador.

Utilidad metodológica.- Al utilizar los métodos dentro de la investigación se logró determinar la existencia del problema planteado y mediante las técnicas se pudo dar

una posible solución a futuro del mismo al elaborar un proyecto de ordenanza

municipal que permita el control de la distribución del agua potable a lugares donde

se carece de este líquido vital para la vida, ya que a través de las encuesta realizada se

pudo cuantificar y cualificar que esta falta de normativa ha llevado a que muchos

ciudadanos que carecen este líquido vital se encuentren con su salud en mal estado, ya

(20)

6 CAPITULO I

MARCO TEORICO

EPIGRAFE I

1.1 Origen y evolución de la contaminación del agua

Los primeros antecedentes los encontramos en Jericó (Israel) hace aproximadamente

7.000 años, donde el agua era almacenada en los pozos para su posterior utilización.

Como el agua había de ser trasladada de los pozos a otros puntos donde era necesario

su uso, se empezaron a desarrollar los sistemas de transporte y distribución del agua.

Este transporte se realizaba mediante canales sencillos, excavados en la arena o las

rocas.

A pesar de que encontramos ejemplos anteriores, como es el caso de la ciudad de

Mohenjo-Daro (Pakistán), que alrededor del año 3.000 a.C ya contaba con servicios

de baño público e incluso instalaciones de agua caliente, no es hasta la antigua Grecia

cuando nos encontramos con sistemas de recogida, purificación y distribución del agua

que puedan tener ciertas similitudes con nuestros días.

En la antigua Grecia, el agua de escorrentía, agua de pozos y agua de lluvia eran

utilizadas desde épocas muy tempranas por sus ciudadanos. Debido al crecimiento de

la población se vieron obligados a desarrollar sistemas más eficaces para al

almacenamiento y distribución del agua, lo que les llevó a la construcción de las

primeras redes de distribución a gran escala que requerían de unos materiales más

sofisticados, como la cerámica, la madera o el metal. (Condorche,2012, Pág.58)

Las Leyes de la Contaminación una de las manifestaciones de este problema ocurrió

con la “GRAN NIEBLA” de 1952.Asimismo, con el “GRAN HEDOR”de 1858, la

ciudad de Londres registro, uno de los primeros casos extremos de calidad del agua

por acumulación de desechos en el rio Tamesis. La contaminación industrial, surgió

durante la revolución industrial. La aparición de fábricas y el gran consumo de carbón

suscitaron la contaminación atmosférica. Chicago y Cincinnati fueron las 2 primeras

(21)

7

registraron en la ciudad de Los Ángeles y Donora altos niveles de Smog. (Mendoza,

2016, Pág.35).

En Venecia como en otras ciudades, la captación pluvial se canalizaba a filtros de arena

previos al almacenamiento en cisternas o aljibes. Pero es hasta el siglo XVIII que se

patentan en Francia e Inglaterra como sistemas de tratamiento, y posteriormente

aplicados a gran escala en 1804 en Pailey, Escocia, donde se incluye sedimentación y

filtración con arena. (Mendoza, 2016, Pág.35).

En México las filtraciones han sido de uso corriente desde el siglo XVII, empleando

la decantación, con posterior filtrado de arena y grava, cuando la fuente es por

manantiales o ríos, pero cuando es por lagunas o jagüeyes, se realiza una filtración

mediante plantas acuáticas, carbón o también con filtros de acción gravitacional.

Finalmente, si es para ingestión, hervir el agua ha sido y será el mejor método

potabilizador. (Mendoza, 2016, Pág.35-36).

En la América precolombina las ciudades se construían con drenajes pluviales

paralelos a sus calzadas principales, los mismos edificios principales se diseñan con

canalones ocultos. Ya con la época hispana, se construye a la manera europea con

todas sus deficiencias y malas costumbres de higiene, perdiendo el equilibrio logrado

antes de la llegada de los españoles. (Cisneros, 2001 Pág.45)

Hacia el siglo XVIII el uso de letrinas junto a las acequias se adoptó como un método

higiénico en la capital de la Nueva España; éstas tenían que limpiarse diariamente y

los residuos se llevaban a un tiradero, que en tiempos de sequía era un foco de infección

y olores, por lo que se determinó suprimirlas; sin embargo, ante la necesidad de realizar

sus necesidades fisiológicas los pobladores recurrieron directamente a las acequias,

con lo que éstas se convirtieron en el primer drenaje a cielo abierto de la ciudad.

Hasta el año 1956 se construye la primera planta tratadora de aguas residuales en la

ciudad de México emplazada cerca de Chapultepec; en 1958 en la Ciudad Deportiva

de la Delegación Iztacalco; en 1959 en Xochimilco; en 1964 en San Juan de Aragón

de la Delegación Gustavo A. Madero; en 1971 en el Cerro de la Estrella en Iztapalapa

y en 1973 en Bosques de las Lomas de la Delegación Miguel Hidalgo. Actualmente

(22)

8

creciente demanda por el aumento de la población, y hasta 2005 se contaba con 25

plantas de tratamiento. (Cisneros, 2001 Pág.48)

Durante muchos años el tema del manejo del agua se ha limitado casi exclusivamente

al manejo de embalses, construcción de canales de riego, drenajes, obras de captación,

sistemas de agua potable, y alcantarillado. La contaminación del agua provoca que

muchos ríos a pesar de tener agua corriendo por su cauce, el agua no se puede utilizar

para riego, ganadería o generación eléctrica. Por tanto, se provoca una escasez de agua

limitada por la calidad de la misma y no por la cantidad. Esto tiene consecuencias

importantes en la gestión de los recursos hídricos ya que la falta de agua en las zonas

bajas aumenta la presión sobre los páramos y ecosistemas de altura para suplir de agua

de buena calidad a las poblaciones locales.

Llegamos hasta los inicios del siglo XIX en el que encontramos el primer sistema de

suministro de agua potable para toda una ciudad completa. Fue construido en Paisley,

Escocia, alrededor del año 1804 por John Gibb. Tres años más tarde se comenzó a

transportar agua filtrada a la ciudad de Glasgow.

En 1806 empieza a funcionar en París la mayor planta de tratamiento de agua conocida

hasta el momento. Allí, el agua sedimentaba durante 12 horas antes de su filtración.

Los filtros consistían en arena, carbón y tenían una capacidad de seis horas.

En 1827 el inglés James Simplón construye un filtro de arena para la purificación del

agua potable. Hoy en día todavía se considera el primer sistema efectivo utilizado con

fines de salud pública. (Cordoche 2012, Pág.68)

Sin embargo, en determinadas circunstancias, el acceso a agua potable y servicios de

saneamiento puede tener que ser gratuito, si la persona o la familia no pueden pagar.

Es una obligación básica del Estado velar por que se satisfagan por lo menos los niveles

esenciales mínimos del derecho, lo que comprende el acceso a la cantidad mínima

indispensable de agua. (O.M.S 2015, Pág.12).

Marienhoff al respecto sobre el agua: se preguntaba si el agua tiene valor económico,

a lo que respondía: “hay quienes distinguen entre el agua destinada a satisfacer, en su

estado natural, las necesidades inmediatas de la vida, y las aguas cuyo uso ha requerido

(23)

9

bebida, etcétera), o aguas destinadas a fines industriales. Los que así proceden admiten

que las dos últimas tengan precio, pero niegan que lo tengan las primeras. (Marienhoff

2013).

Pelé manifiesta sobre la distribución del agua que esta va más allá de la teorización

conceptual de la dignidad humana y pone el acento en su concreción en el ámbito

jurídico a través de la positivización de los derechos. (Pelé, 2004, Pág.325)

Rolla en cambio lo atribuye a la dignidad humana, además de un carácter filosófico,

un énfasis jurídico, y la estudia desde una perspectiva constitucional que es esencial

para efectos de la garantía de su protección. (Rolla, 2002, Pág. 58)

Víctor M. Sánchez, al señalar que el derecho fundamental al acceso al agua potable

tiene una significativa dimensión ética, moral y política; pues aunque el

reconocimiento de la dignidad humana y el conjunto de necesidades que de ella emana

y demanda satisfacción mediante dicho derecho, sea ya una conquista, su

cumplimiento puede quedar en el limbo de las buenas intenciones cuando se carece de

un marco normativo e institucional efectivo (Sanchez,2008, pág. 13).

Peces-Barba mencionado por Bobbio dice; los derechos nacen cuando deben o pueden

hacerlo, cuando el progreso o el poder amenazan la dignidad y las libertades de la

persona; como límites al poder para impedir daños a su dignidad o como beneficios

del poder para allegarse de bienes y servicios básicos para la subsistencia.

(Peces-Barba, 2004)

En la década de los años cincuenta, Santo Domingo estaba rodeado de hermosos y

grandes ríos, como el Pove y Code que eran los más conocidos, y un referente para la

ciudad, también considerados como un atractivo turístico en 1954.

Los habitantes en ese tiempo como no tenían agua potable se abastecían de una

vertiente que salía de la quebrada que estaba junto al barranco del mercado de ese

sector, y se utilizaba la laguna del Pove para bañarse.

Es por ello que con la finalidad de mejorar la calidad de vida y se tome concientización

sobre todo el problema de salud que causa a la población tanto animal como vegetal,

se ha planteado la presente investigación. Es por eso que es necesario tomar conciencia

(24)

10

enfrentaremos las graves consecuencias ambientales que no solo deterioran la salud si

no la imagen de la ciudad.

De los ríos que se encuentra alrededor de toda la Provincia Tsáchila tenemos los

siguientes: Chigüilpe, Pove, Code, Nile, Poste, Peripa, Cóngoma, Búa, Soberano, Baba

y Aquepí; sobre este último mantiene un nivel aceptable de conservación, lo que

contrasta con la situación de los demás ríos que son el depósito de las aguas servidas

de Santo Domingo, lo que indudablemente es un atentado a la salubridad de las

comunidades asentadas a sus orillas.

El Estado es el propietario del agua, un recurso natural no renovable y para regular su

uso está la Secretaría Nacional del Agua, pero en la unidad administrativa de Santo

Domingo solo se han receptado cuatro peticiones de empresas dedicadas a la minería

para tramitar el certificado de no afectación. (Utreras, 2016, Pág. 15-16, tesis)

EPIGRAFE II

1.2 Análisis de las distintas posiciones teóricas

El Agua

El agua es un elemento esencial para la existencia de vida en nuestro planeta. Todos

los seres vivos somos, en mayor o menor medida, agua y necesitamos consumirla de

forma continuada para vivir. (Condorche, 2012, Pág. 5)

Es por ello que la humanidad ha almacenado y distribuido agua prácticamente desde

sus orígenes. Desde las primeras técnicas de almacenaje, limpieza y distribución hasta

las infraestructuras y tecnologías actuales para el tratamiento de aguas, reciclado de

aguas y depuración de aguas ha transcurrido una larga historia, que de forma muy

breve os queremos resumir en este post.

Los primeros asentamientos continuados de nuestros antepasados siempre tenían lugar

en ubicaciones donde hubiese agua dulce disponible, como lagos y ríos. Y fue entorno

al agua donde se originaron las primeras formas de sociedad, tal y como la concebimos

hoy en día. (Condorche, 2012, Pág. 6)

Cuando estas formas primitivas de sociedades empezaron a evolucionar y crecer de

(25)

11

constante incremento de la población humana no siempre hizo posible que estas

sociedades crecieran entorno a fuentes de fácil acceso como lagos y ríos, por lo que

las personas se vieron obligadas a desarrollar sistemas que les permitieran aprovechan

los recursos de agua subterráneos, dando origen a las primeras construcciones de

pozos. (Condorche, 2012, Pág. 8)

La Ley de Agua determina en los siguiente articulo la responsabilidad del Estado

Art. 17.- El Estado recuperará el valor invertido en los canales de riego para uso

agropecuario, en función de la capacidad de pago de los beneficiarios, mediante

títulos de crédito emitidos por las Corporaciones Regionales de Riego, Agencias de

Aguas y demás entidades estatales vinculadas con este servicio público, cuando la

administración, operación y mantenimiento de los sistemas de riego se encuentren

total o parcialmente bajo la responsabilidad de estos organismos.

Una vez realizado el proceso de transferencia de los sistemas y canales de riego

estatales a favor de las organizaciones de usuarios privados o Juntas de Regantes

legalmente constituidas, y encontrándose a cargo de éstas la administración,

mantenimiento y operación de la infraestructura del sistema de riego, el Estado, las

Corporaciones Regionales de Riego y demás entidades de derecho público o privado,

con finalidad social o pública, no cobrarán a los usuarios la tarifa básica.

Art. 18.- Por las concesiones del derecho de aprovechamiento de aguas que otorgue

el Estado, el Consejo Nacional de Recursos Hídricos, cobrará las tarifas que se fije

en reglamento tanto a las personas naturales como a las jurídicas.

Las concesiones del derecho de aprovechamiento de aguas destinadas a agua potable,

a producción de energía eléctrica para servicio público, así como para empresas

industriales que la generen en su propia planta o plantas, están exoneradas del pago

de tarifas indicadas en el artículo anterior.

La ley tiene como objeto garantizar el derecho humano al agua en todas sus formas.

Para que se realice este derecho, cada persona debe contar con un mínimo vital gratuito

de agua, para garantizar su acceso para consumo doméstico, cumpliendo con lo

dispuesto en el Art. 3, numeral 1, que dice: “Garantizar sin discriminación alguna el

(26)

12

internacionales, en particular la educación, la salud, la alimentación, la seguridad

social y el agua para sus habitantes”. (Solís, 2015, Pág. 8)

El derecho al agua significa que los servicios de abastecimiento de agua deben ser

asequibles para todos y que nadie debe verse privado del acceso a ellos por no tener la

capacidad de pagar. De por sí, el marco de los derechos humanos no establece el

derecho a un suministro de agua gratuito.

Importancia del agua

El agua es indispensable; no tiene sustituto y no se conoce forma de vida que prescinda

de ella. Bosques, ciudades, polos, zonas industriales, pastizales, plantíos, bebés,

bacterias, ballenas, aviones y cohetes, todos, de una manera u otra, necesitan el agua.

Somos agua en gran medida. El agua dio origen a la vida y la mantiene, es un factor

que regula el clima del planeta, esculpe y permite la existencia de los ecosistemas y de

la humanidad. No debemos olvidar que somos naturaleza y que el agua viene de la

naturaleza 2006).

En términos prácticos, no hay proceso de producción que directa o indirectamente no

tenga relación con el agua. Todos los productos y benefactores humanos están en

relación directa con el agua.

Actualmente poseemos los conocimientos y la pericia necesarios para abordarlos y

hemos elaborado excelentes herramientas conceptuales, tales como la equidad y la

noción de sustentabilidad. Sin embargo, la inercia de los líderes y la ausencia de una

conciencia clara sobre la magnitud problema por parte de la población mundial (en

muchos casos no suficiente autónoma para reaccionar), resultan en un vacío de

medidas correctivas oportunas y necesarias y en una incapacidad para infundir a los

conceptos de trabajo una resonancia más concreta (UNESCO, 2003).

El estado de pobreza de un amplio porcentaje de la población mundial es a la vez un

síntoma y una causa de la crisis del agua. El hecho de facilitar a los pobres un mejor

acceso a un agua mejor gestionada puede contribuir a la erradicación de la pobreza

(27)

13 Abastecimiento de agua potable en Ecuador

El abastecimiento del agua en Ecuador es un problema muy serio, aunque el país tenga

un promedio de precipitación anual de 1,200 milímetros. La desigual distribución de

precipitación y de población son las principales razones de los problemas de

abastecimiento de agua del país. Algunas áreas reciben sólo 250 milímetros de

precipitación anual, mientras que otras reciben tanto como 6,000 milímetros por año.

Algunas regiones no cuentan con precipitaciones por meses. La mayoría de la

población ocupa las regiones montañosas y la cuenca de Guayas en las tierras costeras

bajas del Pacífico. En contraste, el 80 por ciento del abastecimiento de agua disponible

en el país es en la escasamente poblada área de la cuenca del Amazonas. Solamente el

10 por ciento del total de agua disponible en el país es utilizada, y de esta, 97 por ciento

es utilizada para irrigación y 3 por ciento para propósitos domésticos e industriales.2

El porcentaje de utilización de agua industrial/comercial es desconocido. El Consejo

Nacional de Recursos Hidrológicos (CNRH) es la agencia responsable de permitir el

desarrollo de sistemas de abastecimiento de agua en Ecuador. El CNRH regula y

coordina las solicitudes para el desarrollo de proyectos para el abastecimiento de agua

doméstica, agrícola e industrial. La agencia es relativamente nueva y ha heredado las

bases de datos hidrológicos y de calidad de agua del Instituto Ecuatoriano de Recursos

Hidráulicos (INERHI), la agencia previamente responsable por el desarrollo de los

proyectos de agua. A mediados de la década de los 90, el gobierno de Ecuador eliminó

INERHI y creo CNRH. El CNRH está desarrollando un plan maestro para la

utilización de recursos de agua, pero su programa no está completamente en

funcionamiento. Se anticipa que una vez que este programa esté completo, la CNRH

será la fuente principal de información de recursos de agua. Actualmente, el desarrollo

de sistemas de abastecimiento de agua doméstica se lleva a cabo por muchas diferentes

agencias con muy poca coordinación. Sin embargo, la necesidad de agua potable

adecuada es de tal magnitud que existen suficientes oportunidades de desarrollo para

todas las agencias. El factor limitante es la falta de recursos financieros. (Buckalew..at,

evaluación de los recursos de agua en Ecuador, 1998, Pág. 15)

Contaminación

La contaminación del agua se puede definir de muchas maneras. Por lo general,

(28)

14

causan problemas para los animales o las personas. Océanos, lagos, ríos y otras aguas

interiores pueden limpiar naturalmente una cierta cantidad de contaminación

dispersándola inofensivamente. (Izaguirre, 2017, Pág.12)

La contaminación del agua es una de las mayores preocupaciones para la gestión del

agua alrededor del mundo. Las fuentes de contaminación, al igual que las actividades

que lo producen, se han multiplicado en las últimas décadas. En los años el total de

químicos producidos a nivel mundial se ha incrementado notablemente, cada día se

crean aproximadamente 15000 nuevos químicos (Shane, 2014, Pág.45).

La industria del petróleo está asentando nuevos establecimientos dentro de la vecindad

de Santo Domingo, transformándola en el área de mayor crecimiento del país. Esta

área es muy rica en recursos agrícolas y tiene un abundante abastecimiento de agua,

pero la contaminación está en aumento. Información acerca de los usos industriales y

las necesidades es muy limitada. Tres por ciento de la utilización del agua en el país

es para propósitos industriales y domésticos. (Buckalew..at, evaluación de los recursos

de agua en Ecuador, 1998, Pág. 9).

La contaminación del agua superficial proveniente de fuentes domésticas ocurre

alrededor de todo el país, especialmente cerca de las áreas altamente pobladas. Sin

embargo, muchas fuentes consultadas indican que la contaminación del agua

superficial ha incrementado significativamente en años recientes. También agua de

salobre a salina es encontrada en lagunas costeras y en los deltas de los ríos.

El Ministerio del Medio Ambiente está trabajando con un programa de $15 millones

financiado por el Banco Mundial para fortalecer las prácticas de administración

ambiental en el país. Este programa incluye planes para la administración ambiental

del Golfo de Guayaquil, las áreas de la cuenca Amazónica afectadas por la exploración

de petróleo, y la administración de alrededor de 10 a 12 áreas urbanas tales como

Quito, Guayaquil y Cuenca. (Buckalew..at, evaluación de los recursos de agua en

Ecuador, 1998, Pág. 20)

La contaminación del agua está eliminando muchos recursos de agua potenciales y

existentes. La mayoría de la contaminación proviene de desperdicios domésticos,

(29)

15

en la cuenca del Amazona. La minería de oro también crea problemas de

contaminación en ciertas áreas.

Las grandes plantaciones utilizan grandes cantidades de químicos agrícolas;

contaminantes provenientes de estos químicos han comenzado a alcanzar al golfo

impactando las granjas de camarones. Casi todas las corrientes y los sistemas de agua

superficial presentan problemas con pesticidas. Los desechos domésticos son un gran

problema en las Islas Galápagos. Estos desechos domésticos se están filtrando en el

sistema de agua subterránea. El gobierno del Ecuador está actualmente construyendo

plantas de tratamiento en la mayoría de las principales ciudades de las Islas.

El agua subterránea en la Isla de Santa Cruz es levemente salobre debido a la escasa

profundidad de los pozos y al alto costo de la perforación a mayor profundidad.10

Alrededor del 50 por ciento del agua potable proviene de agua de lluvia capturada. La

deforestación y las inadecuadas prácticas del uso del terreno han acelerado la erosión

de la tierra, han incrementado las cargas de sedimentos en los ríos y arroyos. Las altas

cargas de sedimentos inyectadas en los arroyos han disminuido considerablemente la

capacidad de almacenamiento de muchas de las represas y han inducido importantes

cambios geomórficos en la mayoría de los arroyos. (Buckalew..at, evaluación de los

recursos de agua en Ecuador, 1998, Pág. 20).

Control de contaminación del agua

En esta materia, el déficit de la región es de una gran magnitud y su solución supone

la implementación efectiva de arreglos institucionales orientados a ese propósito y la

derivación al tema de importantes recursos financieros que compiten con otras

inversiones de carácter social o productivo. En este sentido, junto con constatarse una

creciente conciencia acerca de la necesidad de corregir la situación existente, resulta

difícil identificar un mecanismo de financiamiento adecuado y aceptado por la

población. En el caso de la contaminación por aguas servidas urbanas, ello es evidente

si se consideran las dificultades para establecer un sistema financiado de

abastecimiento de agua. Una situación parecida se presenta en relación con la

contaminación por residuos industriales, en especial cuando se trata de industrias

pequeñas o medianas con un bajo desarrollo tecnológico. Otro aspecto que refleja las

(30)

16

limitaciones de la administración para abordar temas tales como la fiscalización y

vigilancia de vertidos clandestinos, en especial a los acuíferos, y de controlar la

contaminación difusa (Solanes y Peña, 2003).

Construcción de grandes obras hidráulicas

En general, en América Latina, en los últimos años se han implementado, con distintas

modalidades, sistemas de evaluación del impacto ambiental de los nuevos proyectos.

Con frecuencia los grandes proyectos hidráulicos resultan altamente conflictivos y

muchas veces generan una atención pública que trasciende los límites nacionales. Por

otra parte, no siempre los sistemas establecidos tienen un nivel elevado de credibilidad

en la opinión pública, los verdaderos intereses de la comunidad resultan

adecuadamente representados y fácilmente las oposiciones se transforman en juicios

de duración y resultados imprevisibles. Esta situación se ha traducido de hecho en

algunos países en un desincentivo para la inversión privada en dichos proyectos. Desde

la perspectiva del aprovechamiento de los recursos naturales el punto no resulta

irrelevante si se recuerda que solo una fracción menor de los recursos hídricos de la

región es actualmente aprovechada, particularmente en electricidad (Solanes y Peña,

2003).

Destino y funciones del agua

La formar de priorizar el uso del agua está claramente establecida en la Constitución

en el Art. 318: El uso del agua para actividades productiva (hidroeléctricas, minería,

agricultura industrial), en el Art. 15 de la Constitución, establece que la soberanía

energética no se alcanzará en detrimento de la soberanía alimentaria, ni afectará el

derecho humano al agua.

Consumo humano

Riego que garantice la soberanía alimentaria

Caudal ecológico

(31)

17 El derecho al agua y su acaparamiento

En el contexto de este tema, todo el extracto a tratar proviene del folleto informativo

“El Derecho al Agua” publicado por la Secretaría de las Naciones Unidas, la

Organización Mundial de la Salud y el Programa de las Naciones Unidas para los

Asentamientos Humanos en el 2010.

La ley tiene como objeto garantizar el derecho humano al agua en todas sus formas.

Para que se realice este derecho, cada persona debe contar con un mínimo vital gratuito

de agua, para garantizar su acceso para consumo doméstico, cumpliendo con lo

dispuesto en el Art. 3, numeral 1, que dice: “Garantizar sin discriminación alguna el

efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos

internacionales, en particular la educación, la salud, la alimentación, la seguridad

social y el agua para sus habitantes”.

Entre los principios de la ley se especifica que “El acceso al agua es un derecho

humano” (Art. 4.e) lo que es reforzado en el artículo 57: La ley tiene una deuda en el

cumplimiento de este derecho pues, en el Ecuador prevalece el acaparamiento del agua

por parte de algunos sectores económicos poderosos, como son los ingenios

azucareros, las grandes plantaciones bananeras en la Cuenca del río Guayas; agrícolas

y plantaciones para exportación, actividades extractivas como la minería, el

embotellamiento de agua, etc. (Boletín de Acción Econologia 2015, Pág. 8, 9 y 10)

A través de anuencias políticas, estos grupos de poder históricamente han conseguido

que se desarrollen leyes que les beneficie para asegurar su acceso privilegiado al agua

que baja del Chimborazo, en detrimento de la producción campesina. No contentos

con esto, hacen desvíos arbitrarios de cursos de agua a sus propiedades. Mientras tanto,

los indígenas andinos que viven al pie del Chimborazo no cuentan con las cantidades

mínimas vitales. Una situación similar se vive en otras regiones del país.

El derecho humano al agua es el derecho de todas las personas a disponer de agua

limpia, suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible para el uso personal y

doméstico en cantidad, calidad, continuidad y cobertura. Forma parte de este derecho

el acceso al saneamiento ambiental que asegure la dignidad humana, la salud, evite la

contaminación y garantice la calidad de las reservas de agua para consumo humano.

(32)

18

ser privada y excluida o despojada de este derecho. (Boletín de Acción Econologia

2015, Pág. 8, 9 y 10).

El derecho al agua abarca, por lo tanto, el acceso al agua necesaria para mantener la

vida y la salud y para satisfacer las necesidades básicas, y no confiere a las personas

el derecho a una cantidad ilimitada de agua. Según la OMS, se requieren entre 50 y

100 litros de agua por persona al día para cubrir la mayoría de las necesidades básicas

y evitar la mayor parte de los problemas de salud. El acceso a 20-25 litros por persona

al día representa el mínimo, pero esta cantidad suscita preocupaciones sanitarias,

porque no basta para cubrir las necesidades básicas de higiene y consumo. Estas

cantidades son indicativas, ya que dependen del contexto particular y pueden diferir

de un grupo a otro en función del estado de salud, el trabajo, las condiciones climáticas

y otros factores.

En la actualidad, el gobierno de Ecuador define los derechos de agua basados en el uso

histórico. La actual ley de aguas en Ecuador requiere que honorarios sean cobrados

por el agua utilizada en irrigación y propósitos industriales. Cada provincia tiene su

propia agencia para la cobranza de estos honorarios. Una nueva ley está siendo

desarrollada que permitirá financiar proyectos a través del sistema de honorarios. Esto

incluirá hidroenergía, abastecimiento de agua y control de inundaciones. También

permitirá que un “retorno mínimo” sea establecido e incluye algunos aspectos de

regulación ambiental. El CNRH está desarrollando una nueva ley de agua que

solidificará la ley existente y tratará asuntos de calidad del agua. La ley permitirá al

sector privado participar. Estará diseñado para alentar mejores prácticas de

administración en utilizar y desarrollar recursos de agua. Una ley para la privatización

de la administración de los recursos de agua está también siendo considerada.

(Buckalew..at, evaluación de los recursos de agua en Ecuador, 1998, Pág. 21)

Derechos colectivos y derecho al agua

El Capítulo V de la Ley de Agua se aborda el tema de los derechos colectivos y el

derecho al agua. Ahí se reconoce algunos derechos, como los siguientes:

Aunque estos derechos son importantes y refuerzan los que ya se ha reconocido en la

(33)

19

pero está en la mano de las comunidades, pueblos y nacionalidades exigir el

cumplimiento de estos derechos.

• La conservación y proteger el agua que fluye en sus territorios

• Mantener su relación espiritual y cultural con el agua

• La gestión comunitaria del agua

Recordemos que la Constitución en el Art. 318 dice:

En cumplimiento con este precepto constitucional, la ley establece que: Sin embargo,

en el artículo siguiente se abra una puerta para posibilitar “excepcionalmente” la

participación privada de la prestación del servicio del agua:

El agua es patrimonio nacional estratégico de uso público, dominio inalienable e

imprescriptible del Estado, y constituye un elemento vital para la naturaleza y para la

existencia de los seres humanos. Se prohíbe toda forma de privatización del agua. La

gestión del agua será exclusivamente pública o comunitaria.

Artículo 6.- Prohibición de privatización. Se prohíbe toda forma de privatización del

agua, por su trascendencia para la vida, la economía y el ambiente; por lo mismo esta

no puede ser objeto de ningún acuerdo comercial, con gobierno, entidad multilateral

o empresa privada nacional o extranjera.

Su gestión será exclusivamente pública o comunitaria. No se reconocerá ninguna

forma de apropiación o de posesión individual o colectiva sobre el agua, cualquiera

que sea su estado.

Artículo 7.- Actividades en el sector estratégico del agua. La prestación del servicio

público del agua es exclusivamente pública o comunitaria. Excepcionalmente podrán

participar la iniciativa privada y la economía popular y solidaria, en los siguientes

casos:|

b) Desarrollo de subprocesos de la administración del servicio público cuando la

autoridad competente no tenga las condiciones técnicas o financieras para hacerlo. El

(34)

20

Para Kercher los esfuerzos por privatizar los servicios básicos pueden tener serias

consecuencias en materia de derechos humanos. El marco de los derechos humanos no

se opone a la privatización, pero debiera orientar el diseño y aplicación de los acuerdos

que a ella conducen. (Kercher, 2009, Pág.26)

Salgado Gallardo, Manuel “El medio ambiente es el conjunto de componentes físicos,

químicos, biológicos y sociales capaces de causar efectos directos o indirectos, en un

plazo corto o largo, sobre los seres vivos y las actividades humanas” (Salgado,2003,

Pág.38)

Otero Alberto, señala que: “Es la presencia de sustancias nocivas y molestas en

nuestros recursos naturales como el aire, el agua, el suelo, colocadas allí por la

actividad humana en tal cantidad y calidad que pueden inferir en la salud y el bienestar

de las personas”. (Otero, 2001, Pág. 4)

Vásquez, Ana María determina que es: “La degradación del medio ambiente debida a

la actitud adoptada por los humanos hacia la naturaleza durante el último siglo, en el

sentido de que su actuación tenía licencia para explotar los recursos naturales con una

total diferencia ante todo lo que no repercutiera en beneficio directo del hombre, ha

dado lugar a uno de los problemas capitales que la humanidad tiene planteado en la

actualidad, la contaminación” (Vásquez, 2002, Pág. 87)

Héctor Tablero manifiesta que medio ambiente “es el conjunto de elementos abióticos

(energía solar, suelo, agua y aire) y bióticos (organismos vivos) que integran la delgada

capa de la Tierra llamada biosfera, sustento y hogar de los seres vivos. (Tablero, 2011,

Pág. 20)

Mola, de Esteban Cerrada sostiene que: “El medio ambiente humano es el hombre y

su entorno vital; esto es el marco comprensible y mutable de los elementos,

condicionales y circunstancias de todo orden: físicas y orgánicas, en el que el hombre

desenvuelve su vida” (Mola, 2001, Pág.21)

Cafferatta, afirma que él daño ambiental no sólo es el daño que recae sobre el

patrimonio ambiental que es común a una comunidad, en cuyo caso hablamos de

“impacto ambiental, sino que se refiere también al perjuicio que el medio ambiente

(35)

21

configurando un daño particular que ataca un derecho subjetivo y legitima al

damnificado para accionar en reclamo de una reparación, el resarcimiento de un

perjuicio patrimonial o extra patrimonial que se le ha causado. (Cafferatta, 2002,

Pág.7)

En los últimos años, el agua ha sido tratada como un detonador de conflictos entre

naciones y comunidades. Es un recurso escaso y la demanda es creciente; sin embargo,

los países que compiten entre sí por acceder a él han respondido mediante la

cooperación para evitar conflictos. El 40 % de la población mundial vive en una de las

263 cuencas comunes a dos o más países, entre los cuales se han logrado pactar más

de 300 acuerdos internacionales en la materia, aun cuando no han podido arreglar entre

sí otro tipo de diferencias (Ki-moon, 2009).

La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (1789) disponía que el

fin de toda asociación política era la conservación de los derechos naturales e

imprescriptibles de las personas, siendo estos la libertad, la propiedad, la seguridad y

la resistencia a la opresión (artículo 2). Entonces, la existencia del Estado se justifica

cuando el ser humano deja su estado de naturaleza al pactar su sometimiento a una

autoridad para que esta le garantice y tutele sus derechos, una autoridad que obedezca

y atienda la voluntad general que demanda la protección de su dignidad individual y

el ejercicio de sus libertades, “si no, ¿para qué queremos un Estado?” (Estrada, 2010,

pp. 71-72).

El CDESC definió el derecho humano al agua como el derecho de todos a disponer de

agua suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible para el uso personal y

doméstico, lo cual implica únicamente el acceso al agua necesaria para la satisfacción

de las necesidades básicas del ser humano, para mantener la vida y la salud; no así, el

derecho a disponer de una cantidad ilimitada de agua (Oficina del Alto Comisionado

de las Naciones unidas para los Derechos Humanos (CNDH–, 2011: pág. 9).

El derecho humano al acceso al agua potable y el saneamiento comprende, de manera

general, las siguientes libertades y derechos: el acceso a un suministro suficiente de

agua libre de injerencias, como por ejemplo, cortes arbitrarios; la contaminación de

los recursos hídricos; un sistema de abastecimiento y gestión que proporcione el acceso

(36)

22

garantice el ejercicio del derecho para generaciones presentes y futuras (CDESC,

2003: pág. 10-11).

Los Estados tienen la obligación de garantizar, al igual que el ejercicio de todos los

demás derechos sociales, el ejercicio del derecho al agua sin distinción alguna por

motivos de raza, color, sexo, edad, idioma, religión, opinión, nacionalidad, posición

económica o social, discapacidad física o mental, estado de salud, orientación sexual,

estado civil o cualquier otra condición política, social o de otro tipo que pretenda o

tenga por efecto anular o menoscabar el igual disfrute o el ejercicio del derecho al agua

(PIDESC, 1966: arts. 2 y 3).

El reconocimiento explícito del derecho humano al acceso al agua potable y el

saneamiento es relativamente reciente como un derecho independiente, es decir, no

asumiendo su existencia en función de su supuesto de cumplimiento como requisito

para el cumplimiento de otro derecho; sino como un derecho individual. Fue en el 2010

cuando la ONU, en su resolución a/RES/64/292, “reconoce que el derecho al agua

potable y el saneamiento es un derecho humano esencial para el pleno disfrute de la

vida y de todos los derechos humanos” (Becerra, 2016, Pág.128)

1), por lo que insta, tanto a los Estados como a las organizaciones internacionales, para

que a través de la cooperación proporcionen recursos financieros, capacitación y

tecnología, especialmente a los países en desarrollo, para procurar el acceso al agua

potable y el saneamiento a la población mundial. (Becerra, 2016, Pág.128).

La Ley de Agua

La primera resolución transitoria de la Constitución dice que:

Desde entonces, las organizaciones sociales iniciaron procesos de movilización para

que se expida una ley que: El derecho humano al agua es fundamental e irrenunciable.

El agua constituye patrimonio nacional estratégico de uso público, inalienable,

imprescriptible, inembargable y esencial para la vida (artículo 12)

En el plazo máximo de trescientos sesenta días, se aprobarán las siguientes leyes: (...)

2. La ley que regule los recursos hídricos, usos y aprovechamiento del agua, que

(37)

23

condiciones, mecanismos de revisión y auditoría, para asegurar la formalización y la

distribución equitativa de este patrimonio

• Reconozca el carácter plurinacional del Estado Ecuatoriano, y que por lo mismo se

cree una Autoridad Plurinacional del Agua

• Se corrija la desigual distribución del agua, la misma que ha favorecido

históricamente a los grandes terratenientes y agroexportadores en detrimento de los

productores de alimentos indígenas y campesinos

• Terminar con la privatización del agua

• Hacer efectiva la prioridad del uso del agua para consumo humano y para la

soberanía alimentaria establecida en la Constitución.

En el Art. 5 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, usos y aprovechamiento del

agua, Reglamentos e instructivos hace referencia a la autoridad que está destinada a

controlar y dice:

Art. 5.- Sector estratégico. El agua constituye patrimonio nacional, sector estratégico

de decisión y de control exclusivo del Estado a través de la Autoridad Única del Agua.

Su gestión se orientará al pleno ejercicio de los derechos y al interés público, en

atención a su decisiva anuencia social, comunitaria, cultural, política, ambiental y

económica.”

La Autoridad Única del Agua tendrá tres cabezas:

1.- Secretaria Nacional del Agua - SENAGUA

2.- La Empresa Pública del Agua - EPA

3.- La Agencia de Regulación y control del Agua - ARCA

Es decir, esta autoridad no incluye ninguna representación de la sociedad. La agencia

de regulación y control del agua ARCA es un organismo técnico-administrativo,

ejercerá la regulación y control de: El ARCA estará presidido por un representante de

la Autoridad Única del Agua, y además estará integrado por un delegado de: En esta

instancia tampoco se abre un espacio de representación de la sociedad.

• La gestión integral e integrada de los recursos hídricos

(38)

24

• Calidad de los servicios públicos relacionados al sector agua y en todos los usos

• Aprovechamientos y destinos del agua (Art. 21)

El ministerio coordinador de sectores estratégicos

• SENPLADES

En esta instancia tampoco se abre un espacio de representación de la sociedad.

(LORHUAA, 2016)

El dilema ambiental

Como se ha señalado, el tema ambiental ha adquirido en los últimos años creciente

importancia en la región y frecuentemente es motivo de situaciones altamente

polémicas, que reflejan la inexistencia de un consenso social acerca de la materia

(Solanes y Peña, 2003).

Los problemas que se presentan están referidos a la manutención de la demanda

ambiental, a la contaminación de ríos, lagos y acuíferos, y a la construcción de grandes

obras hidráulicas (CONAGUA, 2014).

El resguardo de la demanda ambiental frente a la explotación excesiva de los recursos

hídricos para otros fines, resulta especialmente conflictiva en las zonas áridas y

semiáridas, ya que en esos casos adquiere una gran connotación económica. Lo

anterior es aún más grave cuando se trata de situaciones consolidadas por un largo

tiempo de uso. A lo anterior se debe agregar las dificultades técnicas y la incertidumbre

asociadas a la definición de un nivel de protección de los ecosistemas (Solanes y Peña,

2003).

El recorrido de la Autoridad Ambiental inició en el nacimiento del río, donde se

observó a simple vista que no existía un alto grado de contaminación, pues se divisaron

incluso alevines (pequeños peces en fase de larva), lo que es un indicador de que la

calidad del agua en este punto no está afectada. El río en este sector parece no estar

contaminado, pero debemos esperar los resultados del laboratorio, pues con el análisis

del resto de los parámetros, se podrá conocer en qué condiciones está el agua”,

(39)

25

Los ríos de Santo Domingo están contaminados por la falta de alcantarillado, por

descargas de animales y por la actividad minera. Funcionarios de distintos entes

gubernamentales han realizado inspecciones para ejecutar acciones apegadas a lo que

dicta la ley. (Utreras, 2016, Pág. 12-tesis)

La mayor contaminación a los ríos es por las descargas humanas según el Ministerio

del Ambiente en Santo Domingo, agrega que aproximadamente 1600 familias viven a

las orillas de esos ríos. La falta de un sistema de alcantarillado hace que los más de

260 puntos de descargas de aguas servidas vayan a ríos.

El alcantarillado que actualmente tiene la ciudad lo pusieron hace 30 años cuando en

Santo Domingo vivían 50 mil personas, esas tuberías son de cemento, ya están viejas,

se rompen de vez en cuando y tienen varios remaches. Hoy hay 365 mil habitantes y

esos tubos ya no abastecen para la población creciente de nuestra tierra Tsáchila. Por

ello, el 17 de julio de 2012 se firmó un convenio con el Ministerio de Finanzas para

financiar el Plan Maestro de Alcantarillado, el cual permitirá tener un diagnóstico de

la realidad cantonal para determinar las obras que se deben hacer. (Utreras, 2016, Pág.

12-tesis)

Derivado del estudio comparado de diversas constituciones en Latinoamérica por lo

que trata al reconocimiento, regulación y garantía del derecho humano al acceso al

agua, son de resaltarse los siguientes ordenamientos, debido a que contienen amplios

criterios jurídicos para su regulación y exigibilidad en favor de los gobernados:

México

La Constitución de México reconoce el derecho al acceso, disposición y saneamiento

de agua para consumo personal y doméstico, así como su garantía por parte del Estado

y la concurrencia de los tres órdenes de gobierno para que su acceso y uso sean

equitativos y sustentables. (artículo 4°, sexto párrafo).

Se establece también en el ámbito constitucional que el aprovechamiento del agua sea

siempre en beneficio social, encaminado a mejorar las condiciones de vida de las

comunidades urbanas y rurales; para la distribución equitativa de la riqueza pública, la

Referencias

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