UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓ NOMA DE LOS ANDES UNIANDES
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CARRERA DE DERECHO
PROYECTO DE INVESTIGACIÓN PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TITULO DE ABOGADA DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA
TEMA:
PROYECTO DE ORDENANZA MUNICIPAL, QUE CONTROLE REGULE Y SANCIONE LA DISTRIBUCIÓN DEL AGUA EN CONDICIONES QUE NO
AFECTE LA SALUD DE LOS CIUDADANOS DE SANTO DOMINGO.
AUTORA: BARRERA MEJIA MÓNICA PATRICIA
ASESOR: DR. SALTOS SALGADO MARCO FERNANDO, MGS.
APROBACIÓN DEL ASESOR DEL TRABAJO DE TITULACIÓN CERTIFICACIÓN
Quien suscribe, legalmente CERTIFICA QUE: El presente Trabajo de Titulación realizado por la señorita Mónica Patricia Barrera Mejia, estudiante de la Carrera de Derecho, Facultad de Jurisprudencia, con el tema “PROYECTO DE ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULE Y SANCIONE LA DISTRIBUCIÓN DEL AGUA EN CONDICIONES QUE NO AFECTE LA SALUD DE LOS CIUDADANOS DE SANTO DOMINGO”, ha sido revisado, y cumple con todos los requisitos establecidos en la normativa pertinente de la Universidad Regional Autónoma de los
Andes UNIANDES, por lo que apruebo su presentación.
Santo Domingo, enero de 2018
Dr. Marco Fernando Saltos Salgado Mgs.
DECLARACION DE AUTENTICIDAD
Yo, Mónica Patricia Barrera Mejía, estudiante de la carrera de Derecho, Facultad de Jurisprudencia, declaro que todos los resultados obtenidos en el presente trabajo de
investigación, previo a la obtención del título de ABOGADA DE LOS TRIBUNALES DE LA REPUBLICA, son absolutamente originales, auténticos y personales, a excepción de las citas, por lo que son de exclusiva responsabilidad.
Santo Domingo, enero de 2018
Srta. Mónica Patricia Barrera Mejía
C.C.230075126-6
DERECOS DE AUTOR
Yo Mónica Patricia Barrera Mejía, declaro que conozco y acepto la disposición constante en el literal d) del Art. 85 del Estatuto de la Universidad Regional Autónoma
de los Andes, que en su parte pertinente textualmente dice: El Patrimonio de la
UNIANDES, está constituido por: La propiedad intelectual sobre las Investigaciones,
trabajos científicos o técnicos, proyectos profesionales y consultaría que se realicen en la
Universidad o por cuenta de ella.
Santo Domingo, enero de 2018
Srta. Mónica Patricia Barrera Mejía C.C 130706248-7
DEDICATORIA
Mi tesis la dedico con todo mi amor y cariño.
A ti DIOS que me diste la oportunidad de vivir y de regalarme una familia
maravillosa.
Con mucho cariño principalmente a mis padres que me dieron la vida y han estado
conmigo en todo momento. Gracias por todo papá y mamá por darme una carrera
para mi futuro y por creer en mí, aunque hemos pasado momentos difíciles siempre
han estado apoyándome y brindándome todo su amor, por todo esto les agradezco de
todo corazón el que estén conmigo a mi lado.
Dedico además a mi hijo posiblemente en este momento no entienda mis palabras,
pero para cuando sea capaz quiero que te des cuenta de lo que significas para mí, ya
que eres la razón que me levanta cada día para esforzarme por el presente y el
mañana,
Eres mi principal motivación como en todos mis logros por eso quiero estar siempre
a tu lado para ayudarte a caminar como me ayudaron mis padres a mí para enseñarte
que el ser humano útil, obediente, y sobre todo respetuoso como lo he sido yo hijo
amado, por eso tú también eres acreedor a tener este triunfo que ahora obtengo
AGRADECIMIENTO
Esta tesis es el resultado del esfuerzo para alcanzar mi meta
soñada. Por esto agradezco a mi tutor, Dr. Marco Saltos Salgado
Mgs., quienes a lo largo de este tiempo impartió sus
conocimientos en el desarrollo de mi tesis. A mis padres quienes
a lo largo de toda mi vida han apoyado y motivado mi formación
académica, creyeron en mí en todo momento y no dudaron de
mis habilidades. A mis profesores a quienes les debo gran parte
de mis conocimientos, gracias a su paciencia y enseñanza y
finalmente un eterno agradecimiento a esta prestigiosa
universidad la cual abrió abre sus puertas a jóvenes como
nosotros, preparándonos para un futuro competitivo y
RESUMEN
El presente proyecto de investigación tiene la finalidad de dar a conocer las falencias
de transportar el agua de consumo humano de una manera no apta, por lo que se
pretende en esta investigación es la elaboración de un proyecto de ordenanza municipal
para que se regule y sancione la distribución del agua en condiciones que no afecte la
salud de los ciudadanos de Santo Domingo, por lo que se ha diseñado su elaboración
dentro del texto constitucional los denominados derechos del buen vivir.
Para determinar la presencia del problema se utilizó la metodología de los métodos
inductivo-deductivo porque a través de ello se logró garantizar el derecho a la salud
con el analítico sintético se evidencio el estudio del problema planteado que al realizar
la distribución del agua en un estado no controlado ha generado enfermedades en los
habitantes del cantón Santo Domingo y por medio de método jurídico, se fundamentó
la propuesta origen del presente proyecto de investigación de crear un proyecto de ley
que permita controlar y sancionar a los distribuidores de agua que no cumplan con la
debida higiene y tratamiento adecuado del principal líquido vital que es consagrado en
nuestra Constitución y en el Plan Nacional del Buen Vivir, que tenemos derecho de
tener agua libre de contaminación, a través de las técnicas y herramienta se pudo
realizar las observaciones que evidenciaron la existencia del problema planteado y
mediante la entrevista y encuesta se dio determino la falta cualitativa, es decir en la
calidad de la distribución del líquido vital importante para la subsistencia del ser
humano. La línea de investigación utilizada Restos, Perspectivas y Perfeccionamiento
de las Ciencias Jurídicas en Ecuador, enfocado en: Las relaciones jurídicas en el marco
del desarrollo sostenible y la economía ecuatoriana actual.
El presente trabajo de grado propone la elaboración de un Proyecto de Ordenanza
Municipal para controlar y sancionar la distribución del agua en condiciones que no
afecte la salud de los ciudadanos del cantón Santo Domingo, y de esta manera
ABSTRACT
This research project aims to publicize the water transporting shortcomings the human
consumption in a way not suitable, so it is intended in this research is the development
of a municipal ordinance project to regulate and sanction the water distribution, under
conditions that do not affect the citizens from Santo Domingo, for which reason the
elaboration of the so-called rights of good living has been designed within the
constitutional text.
To determine the presence the research problem, the methodology of
inductive-deductive methods was used because through it was possible to guarantee the right to
health with the synthetic analytical study of the research problem was evident that
performing water distribution in a state uncontrolled has generated diseases in the
inhabitants in Santo Domingo canton and by means of legal method, the proposal
origin of this research project was founded to create a bill that allows to control and
sanction water distributors that do not comply with the due hygiene and adequate
treatment of the main vital liquid that is enshrined in our Constitution and in the Good
Living National Plan, we are entitled to have free water pollution, through techniques
and tool could make observations that revealed the existence of the problem and by
interview and survey gave determine the qualitative lack, that is to say in the quality
of the distribution the vital fluid important for the survival of human beings. The
research line used Remains, Perspectives and Improvement of Legal Sciences in
Ecuador, focused on: Legal relations within the framework of sustainable development
and the current Ecuadorian economy.
This research work's degree proposes the elaboration Project of Municipal Ordinance
to control and sanction the water distribution in conditions that do not affect the
citizens' health in Santo Domingo canton, and in this way guarantee the rights
INDICE GENERAL
APROBACIÓN DEL ASESOR DEL TRABAJO DE TITULACIÓN
DECLARATORIA DE AUTENTICIDAD
DERECHO DE AUTOR
DEDICATORIA
AGRADECIMIENTO
RESUMEN
ABSTRACT
APROBACIÓN DEL ASESOR DEL TRABAJO DE TITULACIÓN ... 2
INDICE GENERAL ... 9
INTRODUCCIÒN ... 1
Antecedentes de la investigación ... 1
Formulación del problema ... 2
Delimitación del problema ... 3
Objeto de investigación ... 3
Campo de acción ... 3
Identificación de la línea de investigación ... 3
Objetivo General ... 3
Objetivos específicos ... 3
Idea a Defender ... 4
Preguntas científicas ... 4
Justificación del tema ... 4
CAPITULO I ... 6
MARCO TEORICO ... 6
EPIGRAFE I ... 6
1.1 Origen y evolución de la contaminación del agua ... 6
EPIGRAFE II ... 10
1.2 Análisis de las distintas posiciones teóricas... 10
El Agua ... 10
Importancia del agua ... 12
Abastecimiento de agua potable en Ecuador ... 13
Contaminación ... 13
control de contaminación del agua………...………15
Destino y funciones del agua ... 16
El derecho al agua y su acaparamiento ... 17
Derechos colectivos y derecho al agua ... 18
La Ley de Agua ... 22
El dilema ambiental ... 24
México ... 25
Uruguay ... 26
Colombia ... 26
España ... 27
Venezuela ... 28
Políticas y legislación ... 29
Ecuador ... 29
América Latina ... 31
EPIGRAFE III ... 31
1.3 Valoración crítica de los conceptos principales de las distintas posiciones teórica sobre el objeto de investigación. ... 31
EPIGRAFE IV ... 32
Conclusiones del capitulo ... 32
CAPITULO II ... 34
2. MARCO METODOLOGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA ... 34
2.1 Caracterización del problema seleccionado para la investigación. ... 34
2.2 Descripción del procedimiento metodológico para el desarrollo de la investigación ... 34
Métodos de la investigación ... 34
Técnicas ... 35
Herramientas ... 35
Cálculo de la muestra de la población ... 36
Tabulación y resultado de la encuesta ... 37
Pregunta 1 ... 37
2.4 Conclusiones parciales del capitulo ... 48
CAPITULO III ... 49
VALIDACION Y/O EVALUACION DE RESULTADOS DE SU APLICACIÓN ... 49
3.1 Modelo utilizado para la aplicación de los resultados de la investigación………49
Tema: ... 49
Objetivo ... 49
Descripción de la propuesta... 49
3.2 Validación, ampliación y evaluación de los resultados de la aplicación de la propuesta. 53 3.3 Conclusiones parciales del capitulo ... 56
RECOMENDACIONES ... 58
BIBLIOGRAFÌA ... 1
INDICE DE TABLAS
Cuadro 1………47
Cuadro 2………48
Cuadro 3………49
Cuadro 4………50
Cuadro 5………51
Cuadro 6………52
Cuadro 7………53
Cuadro 8………54
Cuadro 9………55
INDICE DE GRÁFICOS
Gráfico 1………...47
Gráfico 2………...48
Gráfico 3………...49
Gráfico 4………...50
Gráfico 5………...51
Gráfico 6………...52
Gráfico 7………...53
Gráfico 8………...54
Gráfico 9………...55
INDICE DE ANEXOS
Anexo 1 Carta de Aprobación del Perfil del Proyecto de Investigación
Anexo 2 Perfil del Proyecto de Investigación
Anexo 3 Oficios de aceptación de entrevistas
Anexo 4 Foto de reserva clandestina de agua
1 INTRODUCCIÒN
Antecedentes de la investigación
El agua dulce es un recurso natural vital para la especie humana, animal y vegetal en
el planeta, que desde hace millones de años no se ha modificado en su proporción,
mientras que el ser humano en su evolución permanente viene multiplicándose
asombrosamente y en su afán de modificar su entorno para mejorar su bienestar en su
factor depredador de la naturaleza, es por eso que la falta de control que permita
sancionar aquellas personas que de manera irresponsable distribuyen este servicio vital
básico en muchos barrios del cantón, no toman conciencia de la contaminación que lo
único que provocan es afectar la salud de los ciudadanos y ciudadanas que consumen
a diario esta agua.
La contaminación de los ríos desde hace 30 años ha sido el motivo por el cual han
desaparecido especies acuáticas y ya no existe una de las actividades más comunes y
antigua como es la pesca precisamente por existir la inconciencia de muchas personas,
muchos habitantes de la etnia Tsáchilas se han visto obligados a migrar a ciudades
diferente poniendo en riesgos sus costumbres y tradiciones por razones que han sido
contaminado su única fuente para sobrevivir como es el agua, ya que al consumirla su
salud se ve afectada por enfermedades estomacales que solo elevan el porcentaje de
mortalidad.
En la primera parte del desarrollo de este proyecto de investigación se verá reflejada
la situación de contexto de un análisis de las variables dependientes e independientes
que afecta la salud de la población local. En la segunda parte del proyecto se podrá
observar que con la utilización de los métodos técnicos de la investigación se logrará
descifrar la existencia de la problemática que se plantea.
En la tercera parte se encuentra el marco propositivo el cual consiste en la elaboración
de un proyecto de ordenanza municipal que controle regule y sancione la distribución
del agua en condiciones que no afecte la salud de los ciudadanos de Santo Domingo
Revisado los temas dentro de las bibliotecas de Santo Domingo, el internet y mediante
información del CDIC de la Universidad Autónoma Regional de los Andes
2
investigación la creación Proyecto de Ordenanza Municipal, que controle regule y
sancione la distribución del agua en condiciones que no afecte la salud de los
ciudadanos de Santo Domingo, se pudo constatar que no existe tema similar o igual al
presente, por tal razón el perfil de tesis es viable, propio y original ya que estará
enfocada dentro de un marco teórico legal, establecido en opiniones y casos reales de
los habitantes de los barrios marginales que reciben esta clase de servicio por este
medio de transporte.
Formulación del problema
La doctrina sostiene, como opinión común, el haberse producido en América una
revitalización del municipio castellano, vigoroso durante los siglos XII y XIII por la
pugna de poder: nobleza-ciudades-corona, y decaído en los siglos siguientes cuando
los monarcas, ganadores en la pugna, logran imponer sus leyes y sus funcionarios.
En Santo Domingo, el primer estudio de agua potable fue realizado por el Servicio
Cooperativo Interamericano de Salud Pública (SCISP) en 1951 con la utilización de
los planos topográficos levantados por la ilustre Municipalidad de Quito. El servicio
de agua potable se efectúa a través de un tanque elevado ubicado en la plaza pública,
actualmente parque Central de la ciudad y con esto ya Santo Domingo contaba con
agua potable.
Si existiera una ordenanza municipal que regule y sancione la distribución del agua en
condiciones que no afecte la salud de los ciudadanos de Santo Domingo, se lograría
evitar con ello que se vea afectado unos de los derechos consagrados en nuestra
Constitución de la República del Ecuador como es el derecho a la salud.
Al realizar la presente investigación se ha podido determinar que el problema se
fundamenta especialmente por la falta de control a los diferentes balnearios turísticos,
ya que no solo es consistir en tener un permiso de funcionamiento sin la existencia
necesaria de implementos necesarios para la seguridad del turista al ingresar a las
aguas de los majestuosos ríos del cantón de Santo Domingo, este poco interés que se
da a los implementos, accesorios y herramientas en los balnearios turístico es que ha
permitido muertes de muchos ciudadanos y ciudadanas que acuden a estos lugares de
3
Al existir un proyecto de ordenanza municipal para regular y controlar la
implementación de equipos, accesorios y prendas en los balnearios turísticos se
lograría reducir el índice de muertes en dichos balnearios.
Delimitación del problema
Al elaborar un proyecto de ordenanza municipal que regule y controle la
implementación de equipos, prendas y accesorios en los balnearios turísticos en el
cantón Santo Domingo, se pretende proyectar algunas estrategias para mayor seguridad de parte de los administradores, quienes consideraran las medidas necesarias
para evitar muerte injustificada por falta de precaución o seguridad.
Objeto de investigación
Constitución de la República del Ecuador, Código Orgánico de Organización
Territorial Autonomía y Descentralización (COOTAD)
Campo de acción
La falta de normativa para que regule, controle y sancione a los distribuidores del agua
potable.
Identificación de la línea de investigación
Retos, Perspectivas y Perfeccionamiento de las Ciencias Jurídicas en Ecuador o Las relaciones jurídicas en el marco del desarrollo sostenible y la economía
ecuatoriana actual, aprobado por la Universidad Regional Autónoma de los
Andes “UNIANDES”
Objetivo General
Elaborar un Proyecto de Ordenanza Municipal, que controle, regule y sancione la
distribución del agua en condiciones que no afecte la salud de los ciudadanos de Santo
Domingo.
Objetivos específicos
Fundamentar constitucional y jurídicamente la necesidad de la creación de un
Proyecto de Ordenanza Municipal que regule, controle y sancione a los
distribuidores de agua, que no cuentan con un permiso para realizar dicha
4
Demostrar mediante la encuesta realizada la importancia de crear un Proyecto
de Ordenanza Municipal para el control y distribución del líquido vital en la
ciudad de Santo Domingo.
Elaborar los componentes jurídicos a fin de que dicha creación del Proyecto de
Ordenanza Municipal sea acogida para beneficio y satisfacción de sus
habitantes
Validar la propuesta por expertos especialistas en el tema
Idea a Defender
Con la creación de un Proyecto de Ordenanza Municipal que controle, regule y
sancione la distribución del agua; se lograra cumplir con lo determinado en la
Constitución de la República del Ecuador y Plan Nacional del Buen Vivir, en tener
una vida sana libre de contaminación.
Preguntas científicas
¿Cómo afecta a los ciudadanos y ciudadanas la falta de una ordenanza municipal que regule y sancione la distribución del agua en condiciones que no afecte la salud de los
ciudadanos de Santo Domingo?
¿Porque se ve afectada la salud de los ciudadanos y ciudadanas al consumir el agua
potable?
¿Qué institución pública es la encargada de realizar este control de distribución del
líquido vital?
Justificación del tema
Conveniencia. - El tema de investigación tiene como objeto principal determinar la falta de normativa para regular y controlar la distribución del agua a las personas que
carecen de este líquido vital en el cantón Santo Domingo.
5
Implicación práctica. - Finalmente con la elaboración de este proyecto de investigación aportará conocimiento a los estudiantes y servirá como guía para el
desarrollo de futuras tesis o proyectos de investigación en el área jurídica, ya que
aplicando las técnicas se garantiza una solución al problema planteado.
Valor teórico. - El desarrollo del presente trabajo investigativo permitirá conocer acerca de un Proyecto de Ordenanza Municipal que controle, regule y sancione la
distribución del agua en condiciones que no afecte la salud de los ciudadanos de Santo
Domingo, sus causas, efectos y posibles soluciones para contrarrestar la problemática
que en la actualidad afecta la salud de la ciudadanía, que es uno del derecho
consagrados en la Constitución de la República del Ecuador.
Utilidad metodológica.- Al utilizar los métodos dentro de la investigación se logró determinar la existencia del problema planteado y mediante las técnicas se pudo dar
una posible solución a futuro del mismo al elaborar un proyecto de ordenanza
municipal que permita el control de la distribución del agua potable a lugares donde
se carece de este líquido vital para la vida, ya que a través de las encuesta realizada se
pudo cuantificar y cualificar que esta falta de normativa ha llevado a que muchos
ciudadanos que carecen este líquido vital se encuentren con su salud en mal estado, ya
6 CAPITULO I
MARCO TEORICO
EPIGRAFE I
1.1 Origen y evolución de la contaminación del agua
Los primeros antecedentes los encontramos en Jericó (Israel) hace aproximadamente
7.000 años, donde el agua era almacenada en los pozos para su posterior utilización.
Como el agua había de ser trasladada de los pozos a otros puntos donde era necesario
su uso, se empezaron a desarrollar los sistemas de transporte y distribución del agua.
Este transporte se realizaba mediante canales sencillos, excavados en la arena o las
rocas.
A pesar de que encontramos ejemplos anteriores, como es el caso de la ciudad de
Mohenjo-Daro (Pakistán), que alrededor del año 3.000 a.C ya contaba con servicios
de baño público e incluso instalaciones de agua caliente, no es hasta la antigua Grecia
cuando nos encontramos con sistemas de recogida, purificación y distribución del agua
que puedan tener ciertas similitudes con nuestros días.
En la antigua Grecia, el agua de escorrentía, agua de pozos y agua de lluvia eran
utilizadas desde épocas muy tempranas por sus ciudadanos. Debido al crecimiento de
la población se vieron obligados a desarrollar sistemas más eficaces para al
almacenamiento y distribución del agua, lo que les llevó a la construcción de las
primeras redes de distribución a gran escala que requerían de unos materiales más
sofisticados, como la cerámica, la madera o el metal. (Condorche,2012, Pág.58)
Las Leyes de la Contaminación una de las manifestaciones de este problema ocurrió
con la “GRAN NIEBLA” de 1952.Asimismo, con el “GRAN HEDOR”de 1858, la
ciudad de Londres registro, uno de los primeros casos extremos de calidad del agua
por acumulación de desechos en el rio Tamesis. La contaminación industrial, surgió
durante la revolución industrial. La aparición de fábricas y el gran consumo de carbón
suscitaron la contaminación atmosférica. Chicago y Cincinnati fueron las 2 primeras
7
registraron en la ciudad de Los Ángeles y Donora altos niveles de Smog. (Mendoza,
2016, Pág.35).
En Venecia como en otras ciudades, la captación pluvial se canalizaba a filtros de arena
previos al almacenamiento en cisternas o aljibes. Pero es hasta el siglo XVIII que se
patentan en Francia e Inglaterra como sistemas de tratamiento, y posteriormente
aplicados a gran escala en 1804 en Pailey, Escocia, donde se incluye sedimentación y
filtración con arena. (Mendoza, 2016, Pág.35).
En México las filtraciones han sido de uso corriente desde el siglo XVII, empleando
la decantación, con posterior filtrado de arena y grava, cuando la fuente es por
manantiales o ríos, pero cuando es por lagunas o jagüeyes, se realiza una filtración
mediante plantas acuáticas, carbón o también con filtros de acción gravitacional.
Finalmente, si es para ingestión, hervir el agua ha sido y será el mejor método
potabilizador. (Mendoza, 2016, Pág.35-36).
En la América precolombina las ciudades se construían con drenajes pluviales
paralelos a sus calzadas principales, los mismos edificios principales se diseñan con
canalones ocultos. Ya con la época hispana, se construye a la manera europea con
todas sus deficiencias y malas costumbres de higiene, perdiendo el equilibrio logrado
antes de la llegada de los españoles. (Cisneros, 2001 Pág.45)
Hacia el siglo XVIII el uso de letrinas junto a las acequias se adoptó como un método
higiénico en la capital de la Nueva España; éstas tenían que limpiarse diariamente y
los residuos se llevaban a un tiradero, que en tiempos de sequía era un foco de infección
y olores, por lo que se determinó suprimirlas; sin embargo, ante la necesidad de realizar
sus necesidades fisiológicas los pobladores recurrieron directamente a las acequias,
con lo que éstas se convirtieron en el primer drenaje a cielo abierto de la ciudad.
Hasta el año 1956 se construye la primera planta tratadora de aguas residuales en la
ciudad de México emplazada cerca de Chapultepec; en 1958 en la Ciudad Deportiva
de la Delegación Iztacalco; en 1959 en Xochimilco; en 1964 en San Juan de Aragón
de la Delegación Gustavo A. Madero; en 1971 en el Cerro de la Estrella en Iztapalapa
y en 1973 en Bosques de las Lomas de la Delegación Miguel Hidalgo. Actualmente
8
creciente demanda por el aumento de la población, y hasta 2005 se contaba con 25
plantas de tratamiento. (Cisneros, 2001 Pág.48)
Durante muchos años el tema del manejo del agua se ha limitado casi exclusivamente
al manejo de embalses, construcción de canales de riego, drenajes, obras de captación,
sistemas de agua potable, y alcantarillado. La contaminación del agua provoca que
muchos ríos a pesar de tener agua corriendo por su cauce, el agua no se puede utilizar
para riego, ganadería o generación eléctrica. Por tanto, se provoca una escasez de agua
limitada por la calidad de la misma y no por la cantidad. Esto tiene consecuencias
importantes en la gestión de los recursos hídricos ya que la falta de agua en las zonas
bajas aumenta la presión sobre los páramos y ecosistemas de altura para suplir de agua
de buena calidad a las poblaciones locales.
Llegamos hasta los inicios del siglo XIX en el que encontramos el primer sistema de
suministro de agua potable para toda una ciudad completa. Fue construido en Paisley,
Escocia, alrededor del año 1804 por John Gibb. Tres años más tarde se comenzó a
transportar agua filtrada a la ciudad de Glasgow.
En 1806 empieza a funcionar en París la mayor planta de tratamiento de agua conocida
hasta el momento. Allí, el agua sedimentaba durante 12 horas antes de su filtración.
Los filtros consistían en arena, carbón y tenían una capacidad de seis horas.
En 1827 el inglés James Simplón construye un filtro de arena para la purificación del
agua potable. Hoy en día todavía se considera el primer sistema efectivo utilizado con
fines de salud pública. (Cordoche 2012, Pág.68)
Sin embargo, en determinadas circunstancias, el acceso a agua potable y servicios de
saneamiento puede tener que ser gratuito, si la persona o la familia no pueden pagar.
Es una obligación básica del Estado velar por que se satisfagan por lo menos los niveles
esenciales mínimos del derecho, lo que comprende el acceso a la cantidad mínima
indispensable de agua. (O.M.S 2015, Pág.12).
Marienhoff al respecto sobre el agua: se preguntaba si el agua tiene valor económico,
a lo que respondía: “hay quienes distinguen entre el agua destinada a satisfacer, en su
estado natural, las necesidades inmediatas de la vida, y las aguas cuyo uso ha requerido
9
bebida, etcétera), o aguas destinadas a fines industriales. Los que así proceden admiten
que las dos últimas tengan precio, pero niegan que lo tengan las primeras. (Marienhoff
2013).
Pelé manifiesta sobre la distribución del agua que esta va más allá de la teorización
conceptual de la dignidad humana y pone el acento en su concreción en el ámbito
jurídico a través de la positivización de los derechos. (Pelé, 2004, Pág.325)
Rolla en cambio lo atribuye a la dignidad humana, además de un carácter filosófico,
un énfasis jurídico, y la estudia desde una perspectiva constitucional que es esencial
para efectos de la garantía de su protección. (Rolla, 2002, Pág. 58)
Víctor M. Sánchez, al señalar que el derecho fundamental al acceso al agua potable
tiene una significativa dimensión ética, moral y política; pues aunque el
reconocimiento de la dignidad humana y el conjunto de necesidades que de ella emana
y demanda satisfacción mediante dicho derecho, sea ya una conquista, su
cumplimiento puede quedar en el limbo de las buenas intenciones cuando se carece de
un marco normativo e institucional efectivo (Sanchez,2008, pág. 13).
Peces-Barba mencionado por Bobbio dice; los derechos nacen cuando deben o pueden
hacerlo, cuando el progreso o el poder amenazan la dignidad y las libertades de la
persona; como límites al poder para impedir daños a su dignidad o como beneficios
del poder para allegarse de bienes y servicios básicos para la subsistencia.
(Peces-Barba, 2004)
En la década de los años cincuenta, Santo Domingo estaba rodeado de hermosos y
grandes ríos, como el Pove y Code que eran los más conocidos, y un referente para la
ciudad, también considerados como un atractivo turístico en 1954.
Los habitantes en ese tiempo como no tenían agua potable se abastecían de una
vertiente que salía de la quebrada que estaba junto al barranco del mercado de ese
sector, y se utilizaba la laguna del Pove para bañarse.
Es por ello que con la finalidad de mejorar la calidad de vida y se tome concientización
sobre todo el problema de salud que causa a la población tanto animal como vegetal,
se ha planteado la presente investigación. Es por eso que es necesario tomar conciencia
10
enfrentaremos las graves consecuencias ambientales que no solo deterioran la salud si
no la imagen de la ciudad.
De los ríos que se encuentra alrededor de toda la Provincia Tsáchila tenemos los
siguientes: Chigüilpe, Pove, Code, Nile, Poste, Peripa, Cóngoma, Búa, Soberano, Baba
y Aquepí; sobre este último mantiene un nivel aceptable de conservación, lo que
contrasta con la situación de los demás ríos que son el depósito de las aguas servidas
de Santo Domingo, lo que indudablemente es un atentado a la salubridad de las
comunidades asentadas a sus orillas.
El Estado es el propietario del agua, un recurso natural no renovable y para regular su
uso está la Secretaría Nacional del Agua, pero en la unidad administrativa de Santo
Domingo solo se han receptado cuatro peticiones de empresas dedicadas a la minería
para tramitar el certificado de no afectación. (Utreras, 2016, Pág. 15-16, tesis)
EPIGRAFE II
1.2 Análisis de las distintas posiciones teóricas
El Agua
El agua es un elemento esencial para la existencia de vida en nuestro planeta. Todos
los seres vivos somos, en mayor o menor medida, agua y necesitamos consumirla de
forma continuada para vivir. (Condorche, 2012, Pág. 5)
Es por ello que la humanidad ha almacenado y distribuido agua prácticamente desde
sus orígenes. Desde las primeras técnicas de almacenaje, limpieza y distribución hasta
las infraestructuras y tecnologías actuales para el tratamiento de aguas, reciclado de
aguas y depuración de aguas ha transcurrido una larga historia, que de forma muy
breve os queremos resumir en este post.
Los primeros asentamientos continuados de nuestros antepasados siempre tenían lugar
en ubicaciones donde hubiese agua dulce disponible, como lagos y ríos. Y fue entorno
al agua donde se originaron las primeras formas de sociedad, tal y como la concebimos
hoy en día. (Condorche, 2012, Pág. 6)
Cuando estas formas primitivas de sociedades empezaron a evolucionar y crecer de
11
constante incremento de la población humana no siempre hizo posible que estas
sociedades crecieran entorno a fuentes de fácil acceso como lagos y ríos, por lo que
las personas se vieron obligadas a desarrollar sistemas que les permitieran aprovechan
los recursos de agua subterráneos, dando origen a las primeras construcciones de
pozos. (Condorche, 2012, Pág. 8)
La Ley de Agua determina en los siguiente articulo la responsabilidad del Estado
Art. 17.- El Estado recuperará el valor invertido en los canales de riego para uso
agropecuario, en función de la capacidad de pago de los beneficiarios, mediante
títulos de crédito emitidos por las Corporaciones Regionales de Riego, Agencias de
Aguas y demás entidades estatales vinculadas con este servicio público, cuando la
administración, operación y mantenimiento de los sistemas de riego se encuentren
total o parcialmente bajo la responsabilidad de estos organismos.
Una vez realizado el proceso de transferencia de los sistemas y canales de riego
estatales a favor de las organizaciones de usuarios privados o Juntas de Regantes
legalmente constituidas, y encontrándose a cargo de éstas la administración,
mantenimiento y operación de la infraestructura del sistema de riego, el Estado, las
Corporaciones Regionales de Riego y demás entidades de derecho público o privado,
con finalidad social o pública, no cobrarán a los usuarios la tarifa básica.
Art. 18.- Por las concesiones del derecho de aprovechamiento de aguas que otorgue
el Estado, el Consejo Nacional de Recursos Hídricos, cobrará las tarifas que se fije
en reglamento tanto a las personas naturales como a las jurídicas.
Las concesiones del derecho de aprovechamiento de aguas destinadas a agua potable,
a producción de energía eléctrica para servicio público, así como para empresas
industriales que la generen en su propia planta o plantas, están exoneradas del pago
de tarifas indicadas en el artículo anterior.
La ley tiene como objeto garantizar el derecho humano al agua en todas sus formas.
Para que se realice este derecho, cada persona debe contar con un mínimo vital gratuito
de agua, para garantizar su acceso para consumo doméstico, cumpliendo con lo
dispuesto en el Art. 3, numeral 1, que dice: “Garantizar sin discriminación alguna el
12
internacionales, en particular la educación, la salud, la alimentación, la seguridad
social y el agua para sus habitantes”. (Solís, 2015, Pág. 8)
El derecho al agua significa que los servicios de abastecimiento de agua deben ser
asequibles para todos y que nadie debe verse privado del acceso a ellos por no tener la
capacidad de pagar. De por sí, el marco de los derechos humanos no establece el
derecho a un suministro de agua gratuito.
Importancia del agua
El agua es indispensable; no tiene sustituto y no se conoce forma de vida que prescinda
de ella. Bosques, ciudades, polos, zonas industriales, pastizales, plantíos, bebés,
bacterias, ballenas, aviones y cohetes, todos, de una manera u otra, necesitan el agua.
Somos agua en gran medida. El agua dio origen a la vida y la mantiene, es un factor
que regula el clima del planeta, esculpe y permite la existencia de los ecosistemas y de
la humanidad. No debemos olvidar que somos naturaleza y que el agua viene de la
naturaleza 2006).
En términos prácticos, no hay proceso de producción que directa o indirectamente no
tenga relación con el agua. Todos los productos y benefactores humanos están en
relación directa con el agua.
Actualmente poseemos los conocimientos y la pericia necesarios para abordarlos y
hemos elaborado excelentes herramientas conceptuales, tales como la equidad y la
noción de sustentabilidad. Sin embargo, la inercia de los líderes y la ausencia de una
conciencia clara sobre la magnitud problema por parte de la población mundial (en
muchos casos no suficiente autónoma para reaccionar), resultan en un vacío de
medidas correctivas oportunas y necesarias y en una incapacidad para infundir a los
conceptos de trabajo una resonancia más concreta (UNESCO, 2003).
El estado de pobreza de un amplio porcentaje de la población mundial es a la vez un
síntoma y una causa de la crisis del agua. El hecho de facilitar a los pobres un mejor
acceso a un agua mejor gestionada puede contribuir a la erradicación de la pobreza
13 Abastecimiento de agua potable en Ecuador
El abastecimiento del agua en Ecuador es un problema muy serio, aunque el país tenga
un promedio de precipitación anual de 1,200 milímetros. La desigual distribución de
precipitación y de población son las principales razones de los problemas de
abastecimiento de agua del país. Algunas áreas reciben sólo 250 milímetros de
precipitación anual, mientras que otras reciben tanto como 6,000 milímetros por año.
Algunas regiones no cuentan con precipitaciones por meses. La mayoría de la
población ocupa las regiones montañosas y la cuenca de Guayas en las tierras costeras
bajas del Pacífico. En contraste, el 80 por ciento del abastecimiento de agua disponible
en el país es en la escasamente poblada área de la cuenca del Amazonas. Solamente el
10 por ciento del total de agua disponible en el país es utilizada, y de esta, 97 por ciento
es utilizada para irrigación y 3 por ciento para propósitos domésticos e industriales.2
El porcentaje de utilización de agua industrial/comercial es desconocido. El Consejo
Nacional de Recursos Hidrológicos (CNRH) es la agencia responsable de permitir el
desarrollo de sistemas de abastecimiento de agua en Ecuador. El CNRH regula y
coordina las solicitudes para el desarrollo de proyectos para el abastecimiento de agua
doméstica, agrícola e industrial. La agencia es relativamente nueva y ha heredado las
bases de datos hidrológicos y de calidad de agua del Instituto Ecuatoriano de Recursos
Hidráulicos (INERHI), la agencia previamente responsable por el desarrollo de los
proyectos de agua. A mediados de la década de los 90, el gobierno de Ecuador eliminó
INERHI y creo CNRH. El CNRH está desarrollando un plan maestro para la
utilización de recursos de agua, pero su programa no está completamente en
funcionamiento. Se anticipa que una vez que este programa esté completo, la CNRH
será la fuente principal de información de recursos de agua. Actualmente, el desarrollo
de sistemas de abastecimiento de agua doméstica se lleva a cabo por muchas diferentes
agencias con muy poca coordinación. Sin embargo, la necesidad de agua potable
adecuada es de tal magnitud que existen suficientes oportunidades de desarrollo para
todas las agencias. El factor limitante es la falta de recursos financieros. (Buckalew..at,
evaluación de los recursos de agua en Ecuador, 1998, Pág. 15)
Contaminación
La contaminación del agua se puede definir de muchas maneras. Por lo general,
14
causan problemas para los animales o las personas. Océanos, lagos, ríos y otras aguas
interiores pueden limpiar naturalmente una cierta cantidad de contaminación
dispersándola inofensivamente. (Izaguirre, 2017, Pág.12)
La contaminación del agua es una de las mayores preocupaciones para la gestión del
agua alrededor del mundo. Las fuentes de contaminación, al igual que las actividades
que lo producen, se han multiplicado en las últimas décadas. En los años el total de
químicos producidos a nivel mundial se ha incrementado notablemente, cada día se
crean aproximadamente 15000 nuevos químicos (Shane, 2014, Pág.45).
La industria del petróleo está asentando nuevos establecimientos dentro de la vecindad
de Santo Domingo, transformándola en el área de mayor crecimiento del país. Esta
área es muy rica en recursos agrícolas y tiene un abundante abastecimiento de agua,
pero la contaminación está en aumento. Información acerca de los usos industriales y
las necesidades es muy limitada. Tres por ciento de la utilización del agua en el país
es para propósitos industriales y domésticos. (Buckalew..at, evaluación de los recursos
de agua en Ecuador, 1998, Pág. 9).
La contaminación del agua superficial proveniente de fuentes domésticas ocurre
alrededor de todo el país, especialmente cerca de las áreas altamente pobladas. Sin
embargo, muchas fuentes consultadas indican que la contaminación del agua
superficial ha incrementado significativamente en años recientes. También agua de
salobre a salina es encontrada en lagunas costeras y en los deltas de los ríos.
El Ministerio del Medio Ambiente está trabajando con un programa de $15 millones
financiado por el Banco Mundial para fortalecer las prácticas de administración
ambiental en el país. Este programa incluye planes para la administración ambiental
del Golfo de Guayaquil, las áreas de la cuenca Amazónica afectadas por la exploración
de petróleo, y la administración de alrededor de 10 a 12 áreas urbanas tales como
Quito, Guayaquil y Cuenca. (Buckalew..at, evaluación de los recursos de agua en
Ecuador, 1998, Pág. 20)
La contaminación del agua está eliminando muchos recursos de agua potenciales y
existentes. La mayoría de la contaminación proviene de desperdicios domésticos,
15
en la cuenca del Amazona. La minería de oro también crea problemas de
contaminación en ciertas áreas.
Las grandes plantaciones utilizan grandes cantidades de químicos agrícolas;
contaminantes provenientes de estos químicos han comenzado a alcanzar al golfo
impactando las granjas de camarones. Casi todas las corrientes y los sistemas de agua
superficial presentan problemas con pesticidas. Los desechos domésticos son un gran
problema en las Islas Galápagos. Estos desechos domésticos se están filtrando en el
sistema de agua subterránea. El gobierno del Ecuador está actualmente construyendo
plantas de tratamiento en la mayoría de las principales ciudades de las Islas.
El agua subterránea en la Isla de Santa Cruz es levemente salobre debido a la escasa
profundidad de los pozos y al alto costo de la perforación a mayor profundidad.10
Alrededor del 50 por ciento del agua potable proviene de agua de lluvia capturada. La
deforestación y las inadecuadas prácticas del uso del terreno han acelerado la erosión
de la tierra, han incrementado las cargas de sedimentos en los ríos y arroyos. Las altas
cargas de sedimentos inyectadas en los arroyos han disminuido considerablemente la
capacidad de almacenamiento de muchas de las represas y han inducido importantes
cambios geomórficos en la mayoría de los arroyos. (Buckalew..at, evaluación de los
recursos de agua en Ecuador, 1998, Pág. 20).
Control de contaminación del agua
En esta materia, el déficit de la región es de una gran magnitud y su solución supone
la implementación efectiva de arreglos institucionales orientados a ese propósito y la
derivación al tema de importantes recursos financieros que compiten con otras
inversiones de carácter social o productivo. En este sentido, junto con constatarse una
creciente conciencia acerca de la necesidad de corregir la situación existente, resulta
difícil identificar un mecanismo de financiamiento adecuado y aceptado por la
población. En el caso de la contaminación por aguas servidas urbanas, ello es evidente
si se consideran las dificultades para establecer un sistema financiado de
abastecimiento de agua. Una situación parecida se presenta en relación con la
contaminación por residuos industriales, en especial cuando se trata de industrias
pequeñas o medianas con un bajo desarrollo tecnológico. Otro aspecto que refleja las
16
limitaciones de la administración para abordar temas tales como la fiscalización y
vigilancia de vertidos clandestinos, en especial a los acuíferos, y de controlar la
contaminación difusa (Solanes y Peña, 2003).
Construcción de grandes obras hidráulicas
En general, en América Latina, en los últimos años se han implementado, con distintas
modalidades, sistemas de evaluación del impacto ambiental de los nuevos proyectos.
Con frecuencia los grandes proyectos hidráulicos resultan altamente conflictivos y
muchas veces generan una atención pública que trasciende los límites nacionales. Por
otra parte, no siempre los sistemas establecidos tienen un nivel elevado de credibilidad
en la opinión pública, los verdaderos intereses de la comunidad resultan
adecuadamente representados y fácilmente las oposiciones se transforman en juicios
de duración y resultados imprevisibles. Esta situación se ha traducido de hecho en
algunos países en un desincentivo para la inversión privada en dichos proyectos. Desde
la perspectiva del aprovechamiento de los recursos naturales el punto no resulta
irrelevante si se recuerda que solo una fracción menor de los recursos hídricos de la
región es actualmente aprovechada, particularmente en electricidad (Solanes y Peña,
2003).
Destino y funciones del agua
La formar de priorizar el uso del agua está claramente establecida en la Constitución
en el Art. 318: El uso del agua para actividades productiva (hidroeléctricas, minería,
agricultura industrial), en el Art. 15 de la Constitución, establece que la soberanía
energética no se alcanzará en detrimento de la soberanía alimentaria, ni afectará el
derecho humano al agua.
Consumo humano
Riego que garantice la soberanía alimentaria
Caudal ecológico
17 El derecho al agua y su acaparamiento
En el contexto de este tema, todo el extracto a tratar proviene del folleto informativo
“El Derecho al Agua” publicado por la Secretaría de las Naciones Unidas, la
Organización Mundial de la Salud y el Programa de las Naciones Unidas para los
Asentamientos Humanos en el 2010.
La ley tiene como objeto garantizar el derecho humano al agua en todas sus formas.
Para que se realice este derecho, cada persona debe contar con un mínimo vital gratuito
de agua, para garantizar su acceso para consumo doméstico, cumpliendo con lo
dispuesto en el Art. 3, numeral 1, que dice: “Garantizar sin discriminación alguna el
efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos
internacionales, en particular la educación, la salud, la alimentación, la seguridad
social y el agua para sus habitantes”.
Entre los principios de la ley se especifica que “El acceso al agua es un derecho
humano” (Art. 4.e) lo que es reforzado en el artículo 57: La ley tiene una deuda en el
cumplimiento de este derecho pues, en el Ecuador prevalece el acaparamiento del agua
por parte de algunos sectores económicos poderosos, como son los ingenios
azucareros, las grandes plantaciones bananeras en la Cuenca del río Guayas; agrícolas
y plantaciones para exportación, actividades extractivas como la minería, el
embotellamiento de agua, etc. (Boletín de Acción Econologia 2015, Pág. 8, 9 y 10)
A través de anuencias políticas, estos grupos de poder históricamente han conseguido
que se desarrollen leyes que les beneficie para asegurar su acceso privilegiado al agua
que baja del Chimborazo, en detrimento de la producción campesina. No contentos
con esto, hacen desvíos arbitrarios de cursos de agua a sus propiedades. Mientras tanto,
los indígenas andinos que viven al pie del Chimborazo no cuentan con las cantidades
mínimas vitales. Una situación similar se vive en otras regiones del país.
El derecho humano al agua es el derecho de todas las personas a disponer de agua
limpia, suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible para el uso personal y
doméstico en cantidad, calidad, continuidad y cobertura. Forma parte de este derecho
el acceso al saneamiento ambiental que asegure la dignidad humana, la salud, evite la
contaminación y garantice la calidad de las reservas de agua para consumo humano.
18
ser privada y excluida o despojada de este derecho. (Boletín de Acción Econologia
2015, Pág. 8, 9 y 10).
El derecho al agua abarca, por lo tanto, el acceso al agua necesaria para mantener la
vida y la salud y para satisfacer las necesidades básicas, y no confiere a las personas
el derecho a una cantidad ilimitada de agua. Según la OMS, se requieren entre 50 y
100 litros de agua por persona al día para cubrir la mayoría de las necesidades básicas
y evitar la mayor parte de los problemas de salud. El acceso a 20-25 litros por persona
al día representa el mínimo, pero esta cantidad suscita preocupaciones sanitarias,
porque no basta para cubrir las necesidades básicas de higiene y consumo. Estas
cantidades son indicativas, ya que dependen del contexto particular y pueden diferir
de un grupo a otro en función del estado de salud, el trabajo, las condiciones climáticas
y otros factores.
En la actualidad, el gobierno de Ecuador define los derechos de agua basados en el uso
histórico. La actual ley de aguas en Ecuador requiere que honorarios sean cobrados
por el agua utilizada en irrigación y propósitos industriales. Cada provincia tiene su
propia agencia para la cobranza de estos honorarios. Una nueva ley está siendo
desarrollada que permitirá financiar proyectos a través del sistema de honorarios. Esto
incluirá hidroenergía, abastecimiento de agua y control de inundaciones. También
permitirá que un “retorno mínimo” sea establecido e incluye algunos aspectos de
regulación ambiental. El CNRH está desarrollando una nueva ley de agua que
solidificará la ley existente y tratará asuntos de calidad del agua. La ley permitirá al
sector privado participar. Estará diseñado para alentar mejores prácticas de
administración en utilizar y desarrollar recursos de agua. Una ley para la privatización
de la administración de los recursos de agua está también siendo considerada.
(Buckalew..at, evaluación de los recursos de agua en Ecuador, 1998, Pág. 21)
Derechos colectivos y derecho al agua
El Capítulo V de la Ley de Agua se aborda el tema de los derechos colectivos y el
derecho al agua. Ahí se reconoce algunos derechos, como los siguientes:
Aunque estos derechos son importantes y refuerzan los que ya se ha reconocido en la
19
pero está en la mano de las comunidades, pueblos y nacionalidades exigir el
cumplimiento de estos derechos.
• La conservación y proteger el agua que fluye en sus territorios
• Mantener su relación espiritual y cultural con el agua
• La gestión comunitaria del agua
Recordemos que la Constitución en el Art. 318 dice:
En cumplimiento con este precepto constitucional, la ley establece que: Sin embargo,
en el artículo siguiente se abra una puerta para posibilitar “excepcionalmente” la
participación privada de la prestación del servicio del agua:
El agua es patrimonio nacional estratégico de uso público, dominio inalienable e
imprescriptible del Estado, y constituye un elemento vital para la naturaleza y para la
existencia de los seres humanos. Se prohíbe toda forma de privatización del agua. La
gestión del agua será exclusivamente pública o comunitaria.
Artículo 6.- Prohibición de privatización. Se prohíbe toda forma de privatización del
agua, por su trascendencia para la vida, la economía y el ambiente; por lo mismo esta
no puede ser objeto de ningún acuerdo comercial, con gobierno, entidad multilateral
o empresa privada nacional o extranjera.
Su gestión será exclusivamente pública o comunitaria. No se reconocerá ninguna
forma de apropiación o de posesión individual o colectiva sobre el agua, cualquiera
que sea su estado.
Artículo 7.- Actividades en el sector estratégico del agua. La prestación del servicio
público del agua es exclusivamente pública o comunitaria. Excepcionalmente podrán
participar la iniciativa privada y la economía popular y solidaria, en los siguientes
casos:|
b) Desarrollo de subprocesos de la administración del servicio público cuando la
autoridad competente no tenga las condiciones técnicas o financieras para hacerlo. El
20
Para Kercher los esfuerzos por privatizar los servicios básicos pueden tener serias
consecuencias en materia de derechos humanos. El marco de los derechos humanos no
se opone a la privatización, pero debiera orientar el diseño y aplicación de los acuerdos
que a ella conducen. (Kercher, 2009, Pág.26)
Salgado Gallardo, Manuel “El medio ambiente es el conjunto de componentes físicos,
químicos, biológicos y sociales capaces de causar efectos directos o indirectos, en un
plazo corto o largo, sobre los seres vivos y las actividades humanas” (Salgado,2003,
Pág.38)
Otero Alberto, señala que: “Es la presencia de sustancias nocivas y molestas en
nuestros recursos naturales como el aire, el agua, el suelo, colocadas allí por la
actividad humana en tal cantidad y calidad que pueden inferir en la salud y el bienestar
de las personas”. (Otero, 2001, Pág. 4)
Vásquez, Ana María determina que es: “La degradación del medio ambiente debida a
la actitud adoptada por los humanos hacia la naturaleza durante el último siglo, en el
sentido de que su actuación tenía licencia para explotar los recursos naturales con una
total diferencia ante todo lo que no repercutiera en beneficio directo del hombre, ha
dado lugar a uno de los problemas capitales que la humanidad tiene planteado en la
actualidad, la contaminación” (Vásquez, 2002, Pág. 87)
Héctor Tablero manifiesta que medio ambiente “es el conjunto de elementos abióticos
(energía solar, suelo, agua y aire) y bióticos (organismos vivos) que integran la delgada
capa de la Tierra llamada biosfera, sustento y hogar de los seres vivos. (Tablero, 2011,
Pág. 20)
Mola, de Esteban Cerrada sostiene que: “El medio ambiente humano es el hombre y
su entorno vital; esto es el marco comprensible y mutable de los elementos,
condicionales y circunstancias de todo orden: físicas y orgánicas, en el que el hombre
desenvuelve su vida” (Mola, 2001, Pág.21)
Cafferatta, afirma que él daño ambiental no sólo es el daño que recae sobre el
patrimonio ambiental que es común a una comunidad, en cuyo caso hablamos de
“impacto ambiental, sino que se refiere también al perjuicio que el medio ambiente
21
configurando un daño particular que ataca un derecho subjetivo y legitima al
damnificado para accionar en reclamo de una reparación, el resarcimiento de un
perjuicio patrimonial o extra patrimonial que se le ha causado. (Cafferatta, 2002,
Pág.7)
En los últimos años, el agua ha sido tratada como un detonador de conflictos entre
naciones y comunidades. Es un recurso escaso y la demanda es creciente; sin embargo,
los países que compiten entre sí por acceder a él han respondido mediante la
cooperación para evitar conflictos. El 40 % de la población mundial vive en una de las
263 cuencas comunes a dos o más países, entre los cuales se han logrado pactar más
de 300 acuerdos internacionales en la materia, aun cuando no han podido arreglar entre
sí otro tipo de diferencias (Ki-moon, 2009).
La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (1789) disponía que el
fin de toda asociación política era la conservación de los derechos naturales e
imprescriptibles de las personas, siendo estos la libertad, la propiedad, la seguridad y
la resistencia a la opresión (artículo 2). Entonces, la existencia del Estado se justifica
cuando el ser humano deja su estado de naturaleza al pactar su sometimiento a una
autoridad para que esta le garantice y tutele sus derechos, una autoridad que obedezca
y atienda la voluntad general que demanda la protección de su dignidad individual y
el ejercicio de sus libertades, “si no, ¿para qué queremos un Estado?” (Estrada, 2010,
pp. 71-72).
El CDESC definió el derecho humano al agua como el derecho de todos a disponer de
agua suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible para el uso personal y
doméstico, lo cual implica únicamente el acceso al agua necesaria para la satisfacción
de las necesidades básicas del ser humano, para mantener la vida y la salud; no así, el
derecho a disponer de una cantidad ilimitada de agua (Oficina del Alto Comisionado
de las Naciones unidas para los Derechos Humanos (CNDH–, 2011: pág. 9).
El derecho humano al acceso al agua potable y el saneamiento comprende, de manera
general, las siguientes libertades y derechos: el acceso a un suministro suficiente de
agua libre de injerencias, como por ejemplo, cortes arbitrarios; la contaminación de
los recursos hídricos; un sistema de abastecimiento y gestión que proporcione el acceso
22
garantice el ejercicio del derecho para generaciones presentes y futuras (CDESC,
2003: pág. 10-11).
Los Estados tienen la obligación de garantizar, al igual que el ejercicio de todos los
demás derechos sociales, el ejercicio del derecho al agua sin distinción alguna por
motivos de raza, color, sexo, edad, idioma, religión, opinión, nacionalidad, posición
económica o social, discapacidad física o mental, estado de salud, orientación sexual,
estado civil o cualquier otra condición política, social o de otro tipo que pretenda o
tenga por efecto anular o menoscabar el igual disfrute o el ejercicio del derecho al agua
(PIDESC, 1966: arts. 2 y 3).
El reconocimiento explícito del derecho humano al acceso al agua potable y el
saneamiento es relativamente reciente como un derecho independiente, es decir, no
asumiendo su existencia en función de su supuesto de cumplimiento como requisito
para el cumplimiento de otro derecho; sino como un derecho individual. Fue en el 2010
cuando la ONU, en su resolución a/RES/64/292, “reconoce que el derecho al agua
potable y el saneamiento es un derecho humano esencial para el pleno disfrute de la
vida y de todos los derechos humanos” (Becerra, 2016, Pág.128)
1), por lo que insta, tanto a los Estados como a las organizaciones internacionales, para
que a través de la cooperación proporcionen recursos financieros, capacitación y
tecnología, especialmente a los países en desarrollo, para procurar el acceso al agua
potable y el saneamiento a la población mundial. (Becerra, 2016, Pág.128).
La Ley de Agua
La primera resolución transitoria de la Constitución dice que:
Desde entonces, las organizaciones sociales iniciaron procesos de movilización para
que se expida una ley que: El derecho humano al agua es fundamental e irrenunciable.
El agua constituye patrimonio nacional estratégico de uso público, inalienable,
imprescriptible, inembargable y esencial para la vida (artículo 12)
En el plazo máximo de trescientos sesenta días, se aprobarán las siguientes leyes: (...)
2. La ley que regule los recursos hídricos, usos y aprovechamiento del agua, que
23
condiciones, mecanismos de revisión y auditoría, para asegurar la formalización y la
distribución equitativa de este patrimonio
• Reconozca el carácter plurinacional del Estado Ecuatoriano, y que por lo mismo se
cree una Autoridad Plurinacional del Agua
• Se corrija la desigual distribución del agua, la misma que ha favorecido
históricamente a los grandes terratenientes y agroexportadores en detrimento de los
productores de alimentos indígenas y campesinos
• Terminar con la privatización del agua
• Hacer efectiva la prioridad del uso del agua para consumo humano y para la
soberanía alimentaria establecida en la Constitución.
En el Art. 5 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, usos y aprovechamiento del
agua, Reglamentos e instructivos hace referencia a la autoridad que está destinada a
controlar y dice:
Art. 5.- Sector estratégico. El agua constituye patrimonio nacional, sector estratégico
de decisión y de control exclusivo del Estado a través de la Autoridad Única del Agua.
Su gestión se orientará al pleno ejercicio de los derechos y al interés público, en
atención a su decisiva anuencia social, comunitaria, cultural, política, ambiental y
económica.”
La Autoridad Única del Agua tendrá tres cabezas:
1.- Secretaria Nacional del Agua - SENAGUA
2.- La Empresa Pública del Agua - EPA
3.- La Agencia de Regulación y control del Agua - ARCA
Es decir, esta autoridad no incluye ninguna representación de la sociedad. La agencia
de regulación y control del agua ARCA es un organismo técnico-administrativo,
ejercerá la regulación y control de: El ARCA estará presidido por un representante de
la Autoridad Única del Agua, y además estará integrado por un delegado de: En esta
instancia tampoco se abre un espacio de representación de la sociedad.
• La gestión integral e integrada de los recursos hídricos
24
• Calidad de los servicios públicos relacionados al sector agua y en todos los usos
• Aprovechamientos y destinos del agua (Art. 21)
El ministerio coordinador de sectores estratégicos
• SENPLADES
En esta instancia tampoco se abre un espacio de representación de la sociedad.
(LORHUAA, 2016)
El dilema ambiental
Como se ha señalado, el tema ambiental ha adquirido en los últimos años creciente
importancia en la región y frecuentemente es motivo de situaciones altamente
polémicas, que reflejan la inexistencia de un consenso social acerca de la materia
(Solanes y Peña, 2003).
Los problemas que se presentan están referidos a la manutención de la demanda
ambiental, a la contaminación de ríos, lagos y acuíferos, y a la construcción de grandes
obras hidráulicas (CONAGUA, 2014).
El resguardo de la demanda ambiental frente a la explotación excesiva de los recursos
hídricos para otros fines, resulta especialmente conflictiva en las zonas áridas y
semiáridas, ya que en esos casos adquiere una gran connotación económica. Lo
anterior es aún más grave cuando se trata de situaciones consolidadas por un largo
tiempo de uso. A lo anterior se debe agregar las dificultades técnicas y la incertidumbre
asociadas a la definición de un nivel de protección de los ecosistemas (Solanes y Peña,
2003).
El recorrido de la Autoridad Ambiental inició en el nacimiento del río, donde se
observó a simple vista que no existía un alto grado de contaminación, pues se divisaron
incluso alevines (pequeños peces en fase de larva), lo que es un indicador de que la
calidad del agua en este punto no está afectada. El río en este sector parece no estar
contaminado, pero debemos esperar los resultados del laboratorio, pues con el análisis
del resto de los parámetros, se podrá conocer en qué condiciones está el agua”,
25
Los ríos de Santo Domingo están contaminados por la falta de alcantarillado, por
descargas de animales y por la actividad minera. Funcionarios de distintos entes
gubernamentales han realizado inspecciones para ejecutar acciones apegadas a lo que
dicta la ley. (Utreras, 2016, Pág. 12-tesis)
La mayor contaminación a los ríos es por las descargas humanas según el Ministerio
del Ambiente en Santo Domingo, agrega que aproximadamente 1600 familias viven a
las orillas de esos ríos. La falta de un sistema de alcantarillado hace que los más de
260 puntos de descargas de aguas servidas vayan a ríos.
El alcantarillado que actualmente tiene la ciudad lo pusieron hace 30 años cuando en
Santo Domingo vivían 50 mil personas, esas tuberías son de cemento, ya están viejas,
se rompen de vez en cuando y tienen varios remaches. Hoy hay 365 mil habitantes y
esos tubos ya no abastecen para la población creciente de nuestra tierra Tsáchila. Por
ello, el 17 de julio de 2012 se firmó un convenio con el Ministerio de Finanzas para
financiar el Plan Maestro de Alcantarillado, el cual permitirá tener un diagnóstico de
la realidad cantonal para determinar las obras que se deben hacer. (Utreras, 2016, Pág.
12-tesis)
Derivado del estudio comparado de diversas constituciones en Latinoamérica por lo
que trata al reconocimiento, regulación y garantía del derecho humano al acceso al
agua, son de resaltarse los siguientes ordenamientos, debido a que contienen amplios
criterios jurídicos para su regulación y exigibilidad en favor de los gobernados:
México
La Constitución de México reconoce el derecho al acceso, disposición y saneamiento
de agua para consumo personal y doméstico, así como su garantía por parte del Estado
y la concurrencia de los tres órdenes de gobierno para que su acceso y uso sean
equitativos y sustentables. (artículo 4°, sexto párrafo).
Se establece también en el ámbito constitucional que el aprovechamiento del agua sea
siempre en beneficio social, encaminado a mejorar las condiciones de vida de las
comunidades urbanas y rurales; para la distribución equitativa de la riqueza pública, la