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CONFERENCIA CONTINENTAL DE COMISIONES NACIONALES DE DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO (San José, Costa Rica, 10 al 13 de septiembre de 2013)

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CONFERENCIA CONTINENTAL DE COMISIONES NACIONALES DE DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO

(San José, Costa Rica, 10 al 13 de septiembre de 2013)

INFORME DE LA COMISIÓN INTERSECRETARIAL DE DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO DE MÉXICO

México, reconocido por su tradición pacifista, mantiene el firme compromiso de respetar y hacer respetar el derecho internacional humanitario (DIH) en todas las circunstancias. En este sentido, México es un activo promotor del DIH en los foros internacionales y realiza acciones continuas de difusión e incorporación del DIH a nivel nacional.

I. Funcionamiento de la Comisión

 

Nuestro país cuenta, a nivel nacional, con una Comisión Intersecretarial de Derecho Internacional Humanitario (México) desde el año 2009. La CIDIH-México fue creada por Acuerdo Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 19 de agosto de 2009, como un órgano permanente, consultivo y técnico del Ejecutivo Federal.

El objetivo de la CIDIH-México es, según su Acuerdo de Creación, “difundir y promover el respeto de las normas, principios e instituciones del derecho internacional humanitario, así como favorecer la implementación a nivel nacional de los compromisos adquiridos por México en virtud de los tratados internacionales en la materia.”

La CIDIH-México es el único órgano intersecretarial existente en nuestro país en materia de DIH y, desde su creación, ha logrado acciones muy relevantes dando exitoso cumplimiento al mandato con el que fue creada.

La CIDIH-México se integra de manera permanente por los titulares de la Secretarías de Relaciones Exteriores, la Secretaría de la Defensa Nacional, la Secretaría de Marina y la Secretaría de Gobernación, todas ellas del Poder Ejecutivo Federal. Cada uno de los integrantes puede designar a sus respectivos suplentes, quienes deberán contar como mínimo con el nivel de director general o su equivalente. Ello asegura la capacidad de adopción de decisiones en las sesiones de la Comisión.

Además de los miembros permanentes, la CIDIH-México puede invitar a cualquier dependencia o entidad de la Administración Pública Federal a participar de manera permanente o temporal, con voz y voto, en sus trabajos, cuando se aborden temas relacionados con el ámbito de su competencia u objeto.

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Asimismo, la CIDIH-México puede invitar a participar con voz, pero sin voto y con carácter informativo, a representantes de los Poderes Legislativo y Judicial, expertos y asesores en DIH y representantes de los componentes del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja. En este tenor, el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) y la Cruz Roja Mexicana son frecuentemente invitados a las sesiones de la CIDIH-México y de sus grupos de trabajo.

La Presidencia de la CIDIH-México es de carácter rotativo entre las cuatro dependencias que la integran de manera permanente, y ejercida por un periodo de un año. La Secretaría Técnica de la CIDIH-México recae de manera permanente en la Secretaría de Relaciones Exteriores, lo cual ha sido de gran utilidad para asegurar la continuidad de sus trabajos.

Las prioridades de la Comisión son acordadas cada año por las cuatro dependencias que integran de manera permanente la CIDIH-México y plasmadas en un Programa Anual de Trabajo que se adopta por unanimidad de éstas. La Comisión prepara y presenta, por conducto de su Presidente en turno, un informe anual de sus actividades al Presidente de la República.

La CIDIH-México celebra tres sesiones ordinarias al año de forma cuatrimestral, así como las sesiones extraordinarias que fuesen necesarias cuando las circunstancias así lo requieran a solicitud de alguno de sus integrantes permanentes. Desde su creación, la Comisión ha celebrado un total de once sesiones ordinarias y siete sesiones extraordinarias.

La frecuencia de las sesiones del pleno de la CIDIH-México ha probado ser suficiente para desahogar su mandato, dado que gran parte del trabajo de la Comisión se realiza a través de grupos de trabajo. En efecto, de conformidad con el Artículo Cuarto de su Acuerdo de Creación, la CIDIH-México puede establecer las subcomisiones y/o grupos de trabajo que considere necesarios para el cumplimiento de su objeto. La ventaja de éstos es que la participación en los mismos puede ser a nivel técnico, lo cual facilita la posibilidad de reunirse. Desde su establecimiento, la Comisión ha creado un total de 8 grupos de trabajo para proyectos individuales, con mandatos temporales que terminan una vez que presentan el informe y recomendaciones sobre el proyecto a la CIDIH-México. Ésta, en sesión plenaria, adopta las decisiones finales respectivas.

La CIDIH-México cuenta con un Reglamento Interno que fue elaborado y acordado por las dependencias integrantes de la Comisión y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de agosto de 2011. El Reglamento Interno establece disposiciones detalladas que coadyuvan a organizar la integración, competencia y funcionamiento de la Comisión y de sus subcomisiones y grupos de trabajo.

Los miembros de la CIDIH-México participan continuamente en actividades de formación y capacitación en los temas relacionados con el mandato de la Comisión. Es el caso, por ejemplo, de del Seminario Raphael Lemkin para la Prevención del Genocidio, organizado por el Instituto Auschwitz para la Paz y

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Reconciliación, que tuvo lugar en Polonia del 23 al 30 de junio pasados y en el que participaron representantes de las cuatro dependencias integrantes de la CIDIH-México.

La CIDIH-México ha logrado encauzar su misión de promover y difundir el DIH a través de la implementación de un Curso Anual Especializado en DIH a nivel nacional, que se extiende a participantes provenientes de todos los sectores, tanto gubernamental como no gubernamental, a nivel nacional. Con ello, la difusión del DIH que realiza la CIDIH-México complementa los diversos programas de capacitación a fuerzas armadas en materia de DIH que realiza el Gobierno Federal en colaboración con el CICR. Por su parte, a fin de dar cumplimiento a su misión de favorecer la implementación del DIH a nivel nacional, la CIDIH-México elabora iniciativas de reforma legislativa y reglamentos para promover la armonización de nuestra legislación nacional con las obligaciones internacionales que mantiene México bajo los tratados de DIH de los que es parte. La CIDIH-México coordina también la integración de informes que presenta México ante foros internacionales concernientes a la implementación del DIH, incluyendo aquél de seguimiento a las promesas formuladas por México ante la Conferencia Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja.

El CICR brinda una colaboración activa a la CIDIH-México, a través de su Delegación Regional cuya sede se encuentra en nuestro país. En diversas ocasiones, el CICR ha realizado presentaciones a la CIDIH-México sobre temas e instrumentos de DIH que considera la Comisión de conformidad con su programa de trabajo. El CICR colabora estrechamente con la CIDIH-México en el curso anual especializado en DIH a nivel nacional, proporcionando apoyo en su diseño y financiamiento, así como realizando diversas presentaciones durante el mismo. Asimismo, el CICR participa activa y constructivamente en algunos grupos de trabajo de la CIDIH-México, como por ejemplo aquél que redactó el Reglamento de la Ley para el Uso y Protección de la Denominación y del Emblema de la Cruz Roja, así como el relativo a la identificación de centros monumentales para su inscripción en el Registro Internacional de Bienes Culturales bajo Protección Especial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura.

Como muestra de esta colaboración, cabe mencionar que en 2010 la CIDIH-México coauspició con el CICR la Conferencia Internacional de Comisiones Nacionales de DIH de América Latina y el Caribe que tuvo lugar en nuestro país. Además, el CICR ha apoyado la participación de la CIDIH-México en diversas reuniones internacionales, como la Tercera Reunión Universal de Comisiones

Nacionales de DIH que tuvo lugar en Ginebra, Suiza en octubre de 2010 y el

Seminario Regional de Comisiones Nacionales de DIH sobre la Protección de Bienes Culturales en situaciones de Conflicto Armado, que tuvo lugar en San Salvador, El Salvador, en diciembre de 2011.

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II. Ratificación

México es Estado Parte de los principales tratados de DIH, de desarme y de derecho penal internacional enlistados en el cuestionario proporcionado por el CICR, incluyendo (por ejes temáticos):

• Los Cuatro Convenios de Ginebra de 1949 y sus Protocolos Adicionales I y III de 1977.

• La Convención para la protección de bienes culturales en caso de conflicto armado de 1954, su protocolo I de 1954 y su Protocolo II de 1999.

• El Protocolo sobre la prohibición del uso en la guerra de gases asfixiantes, tóxicos o similares y de medios bacteriológicos de 1925; la Convención sobre Prohibiciones o Restricciones del Empleo de Ciertas Armas Convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados de 1980, la enmienda a su artículo 1 de 2001 y sus Protocolos I, II y III de 1980 así como su Protocolo IV de 1995; la Convención sobre la prohibición del empleo, almacenamiento, producción y transferencia de minas antipersonal y sobre su destrucción de 1997; y la Convención sobre Municiones en Racimo de 2008.

• La Convención sobre la Imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad de 1968; y el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional de 1998.

• La Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas de 2006, el Protocolo Facultativo a la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de los niños en los conflictos armados de 2000.

Asimismo, México fue uno de los principales promotores y participó activamente en el proceso de negociación del Tratado sobre el Comercio de Armas, adoptado el pasado 2 de abril de 2013. México firmó el instrumento el pasado 3 de junio, y se encuentra realizando las gestiones internas necesarias a fin de obtener la aprobación del Senado que permita la pronta ratificación de México a dicho instrumento.

Por su parte, cabe destacar en relación con el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño, relativo a la participación de niños en conflictos armados, el pasado 7 de febrero de 2013 el Senado mexicano aprobó el retiro de la declaración interpretativa que había formulado México en 2001 a dicho instrumento.

En relación con el Protocolo sobre Minas, Armas Trampa y Otros Artefactos según

fue enmendado el 3 de mayo de 1996 (Protocolo II Enmendado) y el Protocolo

sobre restos explosivos de Guerra (Protocolo V), ambos anexos a la Convención

sobre Prohibiciones o Restricciones del Empleo de Ciertas Armas Convencionales (CCAC), la CIDIH-México examinó su contenido a través de un Grupo de Trabajo que analizó su alcance, lo comparó con las obligaciones ya existentes para México

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bajo otros tratados internacionales y estudió su compatibilidad con el marco jurídico nacional. El Grupo de Trabajo concluyó sus labores el pasado 26 de agosto, informando de ello al Pleno de la CIDIH-México. Se espera que en meses próximos las dependencias integrantes de la CIDIH-México remitan a ésta su opinión jurídica sobre la pertinencia de que México se adhiera a dichos instrumentos o a alguno de ellos, a fin de que el pleno de la CIDIH-México esté en posibilidades de adoptar una decisión al respecto.

México no ha formulado una declaración de aceptación de la competencia de la Comisión Internacional Humanitaria de Encuesta (CIHE) según lo previsto en el artículo 90 del Protocolo Adicional I a los Convenios de Ginebra. Sin embargo, el Pleno de la CIDIH-México ha examinado y tomado nota de la estructura y funcionamiento de la CIHE y ha sido informado de las gestiones realizadas tanto por la Presidenta de la CIHE, como por el gobierno de Suiza para promover la aceptación de su competencia. Cabe señalar que México participa activa y constructivamente en las consultas sobre el fortalecimiento de los mecanismos de supervisión de la aplicación del DIH co-facilitadas por el gobierno de Suiza y el CICR, mismas que tienen por objetivo reforzar los mecanismos que, como la CIHE, han encontrado obstáculos para su efectivo funcionamiento en la práctica.

III. Seguimiento a las decisiones de la XXXI Conferencia Internacional de

la Cruz Roja y la Media Luna Roja

La CIDIH-México fue el órgano encargado de preparar la posición de México ante la XXXI Conferencia Internacional que tuvo lugar en noviembre de 2011, y elaboró las promesas que presentó nuestro país ante dicha Conferencia. Los resultados de la Conferencia, incluyendo las resoluciones y decisiones adoptadas por la misma, fueron presentados en sesión plenaria de la CIDIH-México.

México presentó las siguientes promesas ante la XXXI Conferencia Internacional de 2011:

1. Continuar promoviendo el fortalecimiento, la promoción y el respeto del DIH asociando, en el ámbito de su competencia, a la Cruz Roja Mexicana considerando su función de auxiliar de los poderes públicos y su cometido a favor del DIH.

2. Promover la adopción, en 2012, de un Tratado sobre el Comercio de Armas efectivo, sobre los estándares internacionales más altos posibles para la transferencia de armas convencionales, que prevenga dichas transferencias cuando exista un riesgo claro de que sean utilizadas para cometer infracciones graves y otras violaciones graves al DIH.

3. Impulsar la adopción de medidas legislativas para cumplir con los compromisos de México aún pendientes en materia de DIH y del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.

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4. Seguir trabajando en los próximos cuatro años en el fortalecimiento del marco regulatorio e institucional, para la reducción de riesgos en caso de desastres naturales y facilitar la prestación/recepción de la ayuda humanitaria, tomando en consideración la experiencia de la Cruz Roja Mexicana en su calidad de integrante del Sistema Nacional de Protección Civil.

Asimismo, México copatrocinó la siguiente promesa presentada por Suiza:

5. Conforme a lo anunciado en la Conferencia del 60 aniversario de los Convenios de Ginebra, el Depositario promete facilitar un proceso con las Altas Partes Contratantes y en colaboración con el CICR para:

– Explorar e identificar formas concretas y medios para fortalecer la aplicación del DIH, incluyendo la cuestión de los mecanismos de aplicación; y

– Reforzar el diálogo sobre cuestiones de DIH entre las Altas Partes Contratantes y otros actores interesados.

La CIDIH-México acordó ser el órgano encargado de dar seguimiento a las citadas promesas y de elaborar el informe de cumplimiento de las mismas que presentará México ante la XXXII Conferencia Internacional en 2015. Para facilitar dicho proceso, la CIDIH-México decidió que elaborará y adoptará a finales de 2013 un informe interino sobre los avances logrados en cumplimiento de las citadas promesas entre 2011 y 2013, a fin de que sirva de evaluación del estado que guarda el cumplimiento de las mismas y que facilite la elaboración del informe final de 2015.

IV. Implementación del DIH a nivel nacional

A. Limitar las consecuencias humanitarias de ciertas armas

Como se mencionó, México es Parte de los principales tratados internacionales en materia de desarme y participa activamente en los foros internacionales respectivos. Cabe recordar que México auspiciará en febrero de 2014 la Conferencia de Seguimiento a la Conferencia Internacional sobre el impacto humanitario de las armas nucleares la cual tuvo lugar en Oslo, Noruega en marzo de 2013.

La CIDIH-México no tiene a su cargo la preparación de los informes periódicos de cumplimiento de dichos tratados, dado que esta tarea es coordinada por el área política encargada de desarme de la Secretaría de Relaciones Exteriores a través de consultas a todas las dependencias involucradas. Sin embargo, la CIDIH-México es informada de los desarrollos en la materia y da seguimiento a los mismos desde su ámbito de competencia. Es el caso, por ejemplo, del proceso de análisis que realizó la CIDIH-México sobre la pertinencia de la adhesión de

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nuestro país al Protocolo II Enmendado y al Protocolo V de la CCAC antes mencionados.

B . El papel de las Comisiones Nacionales en la promoción y preparación

de las normas nacionales que regulan el empleo de la fuerza en operaciones de mantenimiento del orden

C. Las personas desaparecidas y sus familiares – Actualización de los

procesos en curso y el papel de las Comisiones Nacionales.

Por lo que respecta a los temas de uso de la fuerza en operaciones de

mantenimiento del orden y personas desaparecidas, como se mencionó, la

CIDIH-México es competente para promover la difusión y favorecer la implementación del DIH en el país, orden jurídico que es aplicable en situaciones de conflictos armados. Por ello, la CIDIH-México no tiene competencia en materia de uso de la fuerza y personas desaparecidas. El Gobierno de México realiza continuas acciones en dichos temas a través de los mecanismos intersectoriales existentes competentes en materia de derechos humanos. Cabe mencionar que el CICR, a través de su Delegación Regional, asiste a tales mecanismos en algunos de sus proyectos relacionados con estos temas.

V. Otros temas relevantes

A. Protección de bienes culturales

México es Parte de la Convención para la Protección de los Bienes Culturales en caso de Conflicto Armado desde 1956.

A fin de implementar lo previsto en el artículo 8 de dicha Convención y en el artículo 13 del Reglamento para la aplicación de dicha Convención, la CIDIH-México se dio a la tarea de identificar las zonas arqueológicas y centros monumentales que deberán ser inscritos por México en el Registro Internacional de Bienes Culturales bajo Protección Especial de la UNESCO.

La CIDIH-México realizó esta labor entre junio de 2012 y agosto de 2013 a través de un Grupo de Trabajo conformado por las cuatro dependencias integrantes de la CIDIH-México, así como por el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) y el CICR. El Grupo de Trabajo contó con la asesoría del Instituto Nacional de Estadística y Geografía para sus labores. Como resultado de ello, el 26 de agosto de 2013 el pleno de la CIDIH-México aprobó la inscripción de los siguientes doce sitios arqueológicos en el citado Registro de la UNESCO:

i) Calakmul, ii) Chichen-Itzá, iii) Kabah,

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v) Monte Albán, vi) Palenque, vii) Paquimé, viii) Sayil, ix) Tajín, x) Teotihuacán, xi) Uxmal; y xii) Xochicalco.

Los requisitos para solicitar la citada inscripción, incluyendo las coordenadas geográficas, los certificados de no uso militar y las manifestaciones de relevancia de los citados sitios, ya han sido obtenidos de las autoridades competentes, por lo que en días próximos México presentará la solicitud de inscripción de los mismos en el Registro de la UNESCO.

La CIDIH-México dará seguimiento al proceso que derive de dicha inscripción, tendiente a la señalización de los referidos sitios arqueológicos.

B. Represión Penal

México es Estado Parte del Estatuto de Roma (ER) de la Corte Penal Internacional (CPI) desde el 1° de enero de 2006 y apoya y promueve activamente la labor de la CPI. Entre otros, México presenta bienalmente en la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos la resolución “Promoción de la Corte Penal Internacional”, que tiene como propósito promover la labor de la CPI, la universalización del ER, así como la implementación del ER y la cooperación con la CPI por los Estados de la región.

Como Estado Parte del ER, México participó activamente en la Conferencia de Revisión del ER, celebrada en 2010 en Kampala, Uganda, la cual derivó, entre otros, en la adopción por consenso de enmiendas al ER relativas a la tipificación, como crimen de guerra, del uso de ciertas armas en conflictos armados no internacionales, así como de las enmiendas al ER relativas a la definición y condiciones para el ejercicio de la competencia de la CPI sobre el crimen de agresión.

Las promesas que presentó México ante la Conferencia de Revisión fueron adoptadas previamente por la CIDIH-México, e incluyeron, entre otras, la promesa de presentar un proyecto de enmiendas a fin de armonizar la legislación penal federal mexicana con las disposiciones del ER en lo referente a crímenes competencia de la CPI. Dicha promesa fue seguida, como se mencionó, de la promesa presentada en 2011 por México ante la XXXI Conferencia Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, relativa a impulsar la adopción de medidas legislativas para cumplir con los compromisos de México aún pendientes en materia de DIH y del ER.

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Tratándose de las enmiendas al ER adoptadas en la Conferencia de Revisión de Kampala, cabe destacar que el pasado 26 de agosto de 2013 la CIDIH-México creó un Grupo de Trabajo que iniciará, en el último trimestre de 2013, el examen del contenido de dichas enmiendas y su comparación con la legislación nacional, con miras a evaluar la pertinencia de su ratificación por el Estado mexicano.

Por lo que respecta a la armonización de la legislación penal federal con los crímenes internacionales contenidos en el ER, cabe mencionar que entre septiembre de 2010 y octubre de 2011 la CIDIH-México elaboró un anteproyecto de iniciativa en la materia, a través de un Grupo de Trabajo integrado por las cuatro dependencias miembros de la CIDIH-México, así como por la Secretaría de Seguridad Pública y la Procuraduría General de la República. El anteproyecto fue aprobado por el pleno de la CIDIH-México en octubre de 2011 y desde entonces la CIDIH-México continúa en proceso de recabar los vistos buenos jurídicos y demás requisitos previstos en los Lineamientos para la elaboración, revisión y seguimiento de Iniciativas de Leyes y Decretos del Ejecutivo Federal. El pasado 2 de diciembre de 2012, al segundo día de haber iniciado la presente administración, los principales partidos políticos del país suscribieron el “Pacto por México”, que prevé, entre otros, la creación de un Código Penal único “para homogeneizar las causales del delito en todo el país y así lograr acciones más coordinadas y eficaces de las policías y los sistemas de justicia.”

C. Promoción y difusión del DIH a nivel nacional

Como se mencionó, uno de los objetivos de la CIDIH-México es la promoción y difusión del DIH a nivel nacional. En cumplimiento a este objetivo, así como a una de las promesas presentadas por México ante la XXXI Conferencia Internacional, la CIDIH-México instauró desde 2010 el Curso Anual especializado en DIH a nivel nacional.

El Curso, que es gratuito, está dirigido a participantes provenientes de todos los sectores, tanto gubernamental como no gubernamental, a saber: funcionarios de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como representantes de instituciones académicas y organizaciones de la sociedad civil del país, tanto a nivel federal como estatal. Con ello, la difusión del DIH que realiza la CIDIH-México alcanza a la población a nivel nacional y complementa los diversos programas de capacitación a fuerzas armadas en materia de DIH que realiza continuamente el Gobierno Federal en colaboración con el CICR.

El Curso se ha dirigido a aproximadamente 200 participantes cada año. La CIDIH-México organiza cada año los preparativos del Curso, incluyendo el diseño del programa y los aspectos logísticos, a través de un Grupo de Trabajo integrado por las cuatro dependencias que conforman de manera permanente la CIDIH-México, que cuenta con la asesoría de un académico experto en la materia así como del CICR. La CIDIH-México organiza ya los preparativos para la cuarta edición del

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Curso, que tendrá lugar en noviembre de 2013, con el cual se alcanzará un total de 800 personas capacitadas a través de este Curso.

El programa del Curso aborda el concepto, definición y alcance del DIH, las personas y bienes protegidos por el DIH, las limitaciones a los métodos y medios de combate, así como las herramientas de prevención y de respuesta a crímenes de guerra, incluyendo la responsabilidad estatal y la responsabilidad penal individual. El programa se actualiza y ajusta cada año a la luz de los desarrollos más recientes en materia de DIH. Los conferencistas son reconocidos expertos provenientes del sector académico, de la sociedad civil, del CICR y del sector gubernamental.

D. Protección de la denominación y del emblema de la Cruz Roja a nivel

nacional

México cuenta, desde 2007, con una Ley para el uso y protección de la denominación y del emblema de la Cruz Roja, la cual incorpora en el marco jurídico nacional las especificaciones del emblema y denominación de la Cruz Roja, los requisitos para solicitar su uso protector en el supuesto de un conflicto armado, las especificaciones para su uso indicativo por parte de componentes del Movimiento Internacional de la Cruz Roja, así como las sanciones al uso del emblema y denominación por personas o entidades no autorizadas para ello. Sin embargo, faltaba complementar dicha Ley con una reglamentación que detallara el proceso de autorización del uso protector del emblema, así como el mecanismo de control y vigilancia y el procedimiento para aplicar sanciones administrativas a las personas o entidades que hagan uso del emblema o denominación sin contar con derecho o autorización para ello.

Así, la CIDIH-México se dio a la tarea de elaborar el anteproyecto de Reglamento que permitiera la efectiva aplicación de la citada Ley en nuestro país. La elaboración del citado Reglamento se llevó a cabo entre julio de 2011 y septiembre de 2012, a través de un Grupo de Trabajo de la CIDIH-México que estuvo integrado por las cuatro dependencias que conforman de manera permanente la Comisión, así como por el CICR, la Cruz Roja Mexicana y la Secretaría de Salud.

El pleno de la CIDIH-México aprobó el anteproyecto de Reglamento presentado por el Grupo de Trabajo el 26 de septiembre de 2012. Tras ello, la CIDIH-México llevó a cabo el proceso de obtención de los vistos buenos jurídicos de todas las dependencias involucradas, a fin de cumplir con los requisitos previstos en los Lineamientos para la elaboración, revisión y trámite de reglamentos del Ejecutivo Federal. El citado proceso culminó con éxito recientemente, con lo cual en días próximos el Reglamento será publicado en el Diario Oficial de la Federación y entrará en vigor. Con ello, se iniciará ya el mecanismo para identificar y sancionar a las personas y entidades que hacen uso del emblema de manera no autorizada

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en nuestro país. Cabe mencionar que la Cruz Roja Mexicana colaborará voluntariamente con el mecanismo a fin de asistir en la identificación de dichas personas y entidades.

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