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AYUDAS AL EMPRENDEDOR

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ANEXO 4

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ANEXO Nº 4

AYUDAS A EMPRENDEDORES

Presentamos en este anexo las diversas ayudas y subvenciones existentes a lo largo del año 2006 por los organismos que relacionamos a continuación:

§ Unión Europea.

§ Ministerio de Educación y Ciencia. § Instituto de Crédito Oficial ( ICO )

§ Junta de Castilla y León (Conserjería de Economía y Empleo). § Agencia de Inversiones y Servicios de Castilla y León.

§ Ayuntamiento de León ( ILDEFE ). § Ayuntamiento de Villaquilambre.

§ Ayuntamiento de San Andrés de Rabanedo.

Como indicábamos en el desarrollo del Plan de Financiación, dentro del Anexo 3, “El Plan de Empresa”, para financiar las inversiones necesarias, los emprendedores deben contar, en primer lugar, con su propio capital, que por lo general se invertirá en la adquisición de los activos permanentes. Aquí es donde entrarían las subvenciones, que no son un crédito, y que por tanto se añade al propio capital, como parte de ese capital, que servirá para adquirir los activos permanentes.

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Para la parte del capital que no cubran los recursos propios decíamos que será preciso recurrir a la financiación ajena, con la que se completarán las inversiones en activos fijos y se financiarán las inversiones correspondientes al activo circulante. Denominábamos a los primeros créditos de funcionamiento. Son recursos a corto plazo que surgen de manera normal a través de la actividad de la empresa, que en unos casos se deberá a la entrada de fondos y en otros a un aplazamiento de pagos. Los segundos, los denominábamos créditos de financiamiento, son recursos a medio y largo plazo que se obtienen a través de operaciones de crédito con entidades financieras.

Las subvenciones consisten en determinadas cantidades de dinero concedido por las administraciones públicas, fondos de cohesión europeos u otros organismos, para la ayuda al desarrollo o inicio de una actividad empresarial. Las subvenciones, por lo general, las necesitamos al principio, las necesitamos para poner en marcha el negocio. Sin embargo el sistema de tramitación y de concesión de la ayuda es tan dilatado en el tiempo, sin contar el tiempo previo para cumplimentar los requisitos al proyecto, determinantes de su concesión, exigido por el organismo que concede la subvención, que ésta resulta ineficaz en un comienzo, es decir, no se puede contar con ella de manera inmediata. Únicamente resultaría eficaz si las entidades financieras pudiesen adelantar la cantidad sirviendo como aval la garantía de la Administración pública que la concede, o aplicando un interés reducido o nulo que sería una ayuda inmediata. Otra posibilidad sería que estas ayudas fueran, en un primer momento a evitar desembolsos obligados por parte del emprendedor, tales como determinados impuestos u otras obligaciones, de tal manera que, con cargo a estas ayudas solicitadas pudiera hacerse frente a estas vicisitudes.

Debe considerarse la subvención, por tanto, como un elemento de apoyo a la financiación del negocio, aunque la cantidad sea importante, y del que no se va a poder disponer a corto plazo. Ello implica, como decíamos en el Anexo 3, que los deberes hay que hacerlos bien, con o sin subvención.

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Ministerio de Educación y Ciencia

Programa Torres Quevedo para la contratación de personal de I+D ( doctores y tecnólogos) en empresas, centros tecnológicos y asociaciones

empresariales. Convocatoria 2006. Organismo Promotor Ministerio de Educación Tfn.: 902 218 600 Mail: infociencia@mec.es Objeto

Concesión en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia co petitiva, de un máximo de 900 ayudas a empresas, centros tecnológicos y asociaciones empresariales para la contratación de personal de i+d (doctores y tecnólogos) que desarrollen proyectos concretos de investigación industrial, de desarrollo tecnológico o estudios de viabilidad técnica previos.

Ámbito Nacional Presupuesto convocatoria 54.000.000 € Tipo de ayuda Ayuda / subvención Beneficiarios

Empresas, centros tecnológicos, asociaciones empresariales. Requisitos

A efectos de esta convocatoria se entenderá por doctor a la persona que haya obtenido este grado universitario por la universidad correspondiente; y tecnólogo a aquellos titulados universitarios de grado superior con 1 año de experiencia demostrable en I+d en áreas relevantes para las actividades que desarrolle o pretenda desarrollar la entidad solicitante.

Los doctores o tecnólogos que se contraten con cargo a este programa deberán participar en la realización de proyectos concretos de investigación industrial, de desarrollo tecnológico o en estudios de viabilidad técnica previos. En el caso de empresas que no cumplan la definición de pyme del apartado tercero de la orden de bases, las ayudas deberán aplicarse para llevar a cabo actividades de I+d adicionales respecto de las que venga realizando la

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Cuantía:

Ø Subvención a fondo perdido, con unas intensidades brutas máxima de ayudas entre el 25 y el 75% dependiendo del tipo de proyecto y beneficiario.

Ø El gasto subvencionable será únicamente el coste de contratación de los doctores y tecnólogos, entendiendo por tal coste la suma de la retribución bruta más la cuota empresarial de la seguridad social.

Plazo de presentación de solicitudes

Apertura del plazo de presentación: 23 de octubre de 2006. Fecha límite de presentación: 31 de enero de 2007.

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Unión Europea

Plan de ayuda inicial del MET, el mecanismo de garantía Pyme y la acción de financiación de siembra para las Pymes

Organismo tramitador:

Fondo Europeo de Inversiones 43, avenue J.F. Kennedy L-2968 Luxemburgo Sector

CREACION DE EMPRESA (autoempleo y sociedades). Objetivos

El plan de ayuda inicial del Met permitirá apoyar la creación y financiación de las Pymes que estén comenzando, en las mismas condiciones que los inversores privados, adquiriendo participaciones en fondos de capital riesgo especializados y adaptados a los objetivos pretendidos, en particular, capital inicial, fondos de escasa entidad, fondos con un radio de acción regional o destinados a sectores o tecnologías específicas o fondos de capital riesgo que financien la explotación de los resultados de la investigación y el desarrollo.

El mecanismo de garantía Pyme proporcionará contragarantías junto con los sistemas de garantía vigentes, así como garantías directas en el caso de cualquier otro intermediario financiero apropiado.

La acción de financiación de siembra se dirige a estimular la oferta de capital para crear empresas nuevas, innovadoras, con potencial de crecimiento yu creación de empleo, también en la economía tradicional, mediante el apoyo de fondos de capital de siembra, los viveros de empresa u organismos similares.. Beneficiarios

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Líneas ICO de Apoyo a la Empresa: Crecimiento empresarial

Promovido por ICO ( Instituto de Crédito Oficial)

Ayudas para apoyar a las empresas que quieran poner en marcha proyectos de inversión más ambiciosos, con una financiación a medida

Organismo promotor

ICO (Instituto de Crédito Oficial) Paseo del Prado, 4

28014-Madrid Tfn.91 592 16 00 E-mail: ico@ico.es Ámbito Nacional Presupuesto convocatoria 500.000.000 € Tipo de ayuda Ayuda / Subvencion. Colectivo destinatario Empresas Requisitos necesarios

Empresas de 50 trabajadores o más, con un volumen de negocio no superior a 50 millones de euros y/o un balance general anual no superior a 43 millones de euros. Las empresas no podrán estar participadas en un 25% o más por empresa o conjunto de empresas que no cumplan los requisitos exigidos.

Plazo de presentación de solicitudes

Apertura del plazo de presentación: 1 de enero de 2006. Fecha límite de presentación: 31 de diciembre de 2006.

Cuantía:

Anticipos reembolsables y préstamos: Hasta 70% ó 6.000.000€

Información adicional

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Línea ICO emprendedores

Promovido por ICO (Instituto de Crédito Oficial)

Ayudas financieras para empresas de nueva creación de más de 50 trabajadores.

Organismo Tramitador

Oficinas de los principales Bancos, Cajas de Ahorros y Cajas Rurales establecidos en España.

Sector

INDUSTRIA (financiación) Objeto

Financiar en condiciones preferentes la creación de nuevas empresas o nuevas actividades profesionales.

Beneficiarios

Empresas de nueva creación de hasta 50 trabajadores.. Requisitos

- Haber sido constituida a partir del 1 de julio e 2005

- No haber más de 49 trabajadores a 31 de diciembre de 2005, una facturación no superior a 50 millones de euros y/ó balance no superior a 43 millones de euros

- No pertenecer a un grupo empresarial ó económico. -

Cuantía

Esta línea destina 50 millones de euros a la puesta en marcha de nuevas empresas.

El importe máximo financiable será el 90% del proyecto de inversión neto. Compatibilidad

Esta línea es compatible con la Línea ICO ¿ PYME 2006, no puediendo solicitar financiación de ambas líneas para la misma inversión.

Esta línea está sometida a la condición de mínimos de la Unión Europea y es compatible con las ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas u otras instituciones, debiendo respetar los límites máximos establecidos por la Unión Europea.

Actividades subvencionables Inversiones en activos fijos nuevos.

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Líneas ICO de Apoyo a la Empresa: Crecimiento empresarial

Promovido por ICO ( Instituto de Crédito Oficial)

Ayudas para apoyar a las empresas españolas mediante la financiación de las inversiones que lleven a cabo para impulsar su presencia en el exterior

Organismo promotor

ICO (Instituto de Crédito Oficial) Paseo del Prado, 4

28014-Madrid Tfn.91 592 16 00 E-mail: ico@ico.es Ámbito Nacional Presupuesto convocatoria 500.000.000 € Tipo de ayuda Ayuda / Subvencion. Colectivo destinatario Tramo i: pymes,

Tramo ii: empresas sin limitación de pyme Requisitos necesarios

Empresas españolas bajo la denominación jurídica de sociedad mercantil o sociedad cooperativa, incluyendo tanto las domiciliadas en España, como aquellas que, estando domiciliadas en el extranjero, cuenten con mayoría de capital español

Plazo de presentación de solicitudes

Apertura del plazo de presentación: 1 de enero de 2006. Fecha límite de presentación: 31 de diciembre de 2006.

Cuantía:

Anticipos reembolsables y préstamos: hasta 80%. el importe máximo de financiación por beneficiario será de hasta 1,5 millones de euros, por beneficiario y año para empresas del tramo i y de hasta 6 millones de euros para empresas del tramo ii

.

Información adicional

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Línea ICO de microcréditos

Promovido por ICO (Instituto de Crédito Oficial)

Ayudas financieras para la puesta en marcha de pequeños negocios y al fomento del autoempleo de personas con dificultades de acceso a los canales habituales de financiación.

Organismo Tramitador

Entidades de crédito colaboradoras. Dirección y teléfonos de las mismas en la página web de ICO.

Sector

INDUSTRIA (financiación) Beneficiarios

Son beneficiarios de esta línea, aquellas personas físicas que por carecer de garantías e historial crediticio tengan dificultades de acceso a la financiación por los canales habituales del sistema financiero.

Requisitos - Mayores de 45 años - Hogares monoparentales - Inmigrantes - Mujeres - Discapacitados

- Parados de larga duración

Podrán también acceder a esta Línea de Financiación otros beneficiarios no encuadrados en la relación anterior, siempre que cuente con un proyecto de inversión viable, no dispongan de garantías que avalen la operación y sigan el procedimiento de tramitación establecido.

Asimismo, se podrá contemplar la financiación de aquellos proyectos de inversión cuya operación sea formalizada por una persona física para la aportación de fondos a una microempresa, siempre que el capital suscrito represente al menos el 20% del total y sea trabajador de la misma..

Cuantía

Se financia hasta el 95% de la inversión a realizar, con un límite de 25.000 euros. Tipo de interés fijo 5,5% TAE

Compatibilidad No se establece.

Actividades subvencionables

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Línea ICO PYME

Promovido por ICO (Instituto de Crédito Oficial)

Ayudas financieras a microempresas y pymes

Organismo Tramitador

Oficinas de los principales Bancos, Cajas de Ahorros y Cajas Rurales establecidos en España.

Sector

INDUSTRIA (financiación) Beneficiarios

Presonas físicas o jurídicas, que estén dadas de alta en Impuesto de Actividades Económicas.

Requisitos

1.- Microempresas

- De 1 a 9 empleados

- Volumen de negocio anual y/o cifra de balance general no superior a 2 millones de euros

- No estar participada en un 25% o más por empresa o conjunto de empresas que no cumplan los criterios antes citados.

2.- Pyme

- De 10 a 249 empleados

- Volumen de negocio anual no superior a 50 millones de euros y/o cifra de balance general no superior a 43 millones de euros.

- No estar participada en un 25% o más por empresa o conjunto de empresas que no cumplan los criterios antes citados.

Cuantía

El importe máximo financiable será del 80% del proyecto de inversión neto para las microempresas y hasta el 70% pera el resto de las Pyme.

En ambos casos, se excluye el IVA o cualquier otro impuesto de la financiación a obtener.

El importe del préstamo máximo será de 1,5 millones de euros por beneficiario y año, ya sea en una operación o en varias.

Compatibilidad

Esta línea está sometida a la condición de mínimis de la Unión Europea y es compatible con las ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas u otras instituciones, debiendo respetar los límites máximos establecidos por la Unión Europea.

Actividades subvencionables

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Financiación CDTI a la I+D+I – Proyectos Desarrollo

Tecnológico

Promovido por ICO ( Instituto de Crédito Oficial)

Los Proyectos de Desarrollo Tecnológico tienen un carácter aplicado y son desarrollados por empresas (en colaboración con centros tecnológicos o sin ella). Implican la creación o mejora de un proceso productivo, producto o servicio

Organismo promotor

ICO (Instituto de Crédito Oficial) Paseo del Prado, 4

28014-Madrid Tfn.91 592 16 00 E-mail: ico@ico.es Ámbito Nacional Tipo de ayuda Ayuda / Subvencion. Colectivo destinatario Sociedades mercantiles Requisitos necesarios

Capacidad técnica para desarrollar un proyecto de investigación, desarrollo o innovación tecnológica y capacidad financiera para cubrir con recursos propios un mínimo del 30% del presupuesto total del proyecto.

.

Cuantía:

Anticipo reembolsable o préstamos de hasta un 60% del presupuesto total.

Información adicional

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Junta de Castilla y León

Promovido por la Consejería de Economía y Empleo

Prestaciones de desempleo en su modalidad de pago único

Organismo Tramitador

Oficina Territorial de Trabajo de cada provincia.

Sector

CREACIÓN DE EMPRESA ( Economía Social ) Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de esta ayuda los trabajadores que tengan reconocida la prestación por desempleo en su modalidad de pago único total que desarrollen su actividad en la Comunidad de Castilla y León.

Cuantía

1.- El 50% de la cuota al régimen correspondiente de la Seguridad social como trabajador autónomo, calculada sobre la base mínima de cotización o de la que corresponde, si es inferior.

2.- Del 100% de la aportación del trabajador en las cotizaciones al correspondiente régimen de la Seguridad social por cuenta ajena.

Actuaciones subvencionables

Cuotas satisfechas por el beneficiario al régimen de la Seguridad Social correspondiente, durante el tiempo en que se hubiera percibido en su modalidad de pago único de la prestación por desempleo.

Compatibilidad

El importe de las subvenciones previstas en esta Orden será compatible con otras ayudas o subvenciones de las Administraciones Públicas o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, para la misma finalidad siempre que no se supere el coste de la cotización a la Seguridad Social satisfecho por el interesado.

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Junta de Castilla y León

Promovido por la Consejería de Economía y Empleo

Ayudas para la promoción de empleo y la competitividad en Cooperativas y Sociedades Laborales

Organismo Tramitador

Dirección General de Economía Social Pío del Río Hortega, 8 1ª

Valladolid.

Sector

EMPLEO ( Contratación ) Beneficiarios

a) Cooperativas y sociedades laborales para la actuación de incorporación de socios trabajadores o socios de trabajo.

b) Cooperativas con socios trabajadores o de trabajo y las sociedades laborales, para las actuaciones de realización de inversiones.

c) Cooperativas de trabajo asociado y las sociedades laborales para las actuaciones de asistencia técnica.

d) Organizaciones representativas de la economía social, las universidades así como las entidades sin ánimo de lucro para las actuaciones relacionadas con la formación, fomento y difusión de la economía social vinculadas directamente al fomento del empleo

e) Entidades asociativas de cooperativas y de sociedades laborales para las actuaciones de asistencia técnica que presten a un conjunto determinado de dichas sociedades.

Inversiones subvencionables

Ø Programa I.- Incorporación de socios trabajadores o socios de trabajo a cooperativas y sociedades laborales.

Ø Programa II.- Realización de inversiones que contribuyan a la creación, consolidación o mejora de la competitividad de cooperativas y sociedades laborales.

Ø Programa III.- Prestación de asistencia técnica

Ø Programa IV.- Realización de actividades de formación, difusión y fomento de la economía social vinculadas directamente al fomento del empleo

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Cuantía

1.-Programa I.-

a) 5.500 euros por persona que se incorpore a jornada completa como socio trabajador o de trabajo en una cooperativa o sociedad laboral y 7000 euros si es mujer.

b) 7.000 euros cuando sea mujer desempleada incorporada como socia trabajadora o de trabajo a jornada completa en los 24 meses siguientes a la fecha del parto, adopción o acogimiento.

c) 10.000 euros en caso de minusválidos y 8.000 euros en el de desempleados en situación de exclusión social, siempre que la incorporación sea a jornada completa

2.- Programa II.-

a) En las subvenciones directas por inversiones, no se podrá rebasar el 50% del coste de adquisición de los activos, excluidos impuestos. b) Bonificación de tres puntos del tipo de internes fijado por la entidad de

crédito, de los préstamos destinados para financiar inversiones 3.- Programa III.-

El importe de la subvención por asistencia técnica será del 50% del coste de actuación sin superar los 20.000 euros o del 75% sin superar el límite máximo de 30.000 euros, para el supuesto de que la subvención sea concedida a una entidad asociativa de cooperativas o de sociedades laborales que actúe como organismo intermedio.

4.- Programa IV.-

El importe de la subvención podrá alcanzar el 100% del coste de la actividad con un máximo de 90.000 euros por actividad.

Plazo de presentación de solicitudes

- Programa I: A partir del 9 de marzo de 2006 y hasta el 2 de mayo de 2006 inclusive

- Programa II y III: a partir del 9 de marzo de 2006 y hasta el 31 de diciembre de 2006.

- Programa IV: a partir del 9 de marzo de 2006 y hasta el 31 de marzo de 2006 inclusive.

Compatibilidad

Las subvenciones por incorporación de socios trabajadores o socios de trabajo serán incompatibles on otras ayudas o subvenciones que puedan concederse con igual finalidad.

Quedan exceptuadas de esta incompatibilidad las bonificaciones de cuotas a la Seguridad social por incorporación de desempleados como socios trabajadores o de trabajo en cooperativas o sociedades laborales.

Las subvenciones para la financiación de proyectos de inversión serán incompatibles con cualquier otro tipo de ayudas para igual finalidad.

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Junta de Castilla y León

Promovido por la Consejería de Economía y Empleo

Plan Regional de Empleo para personas con discapacidad. Promoción del empleo autónomo para trabajadores discapacitados.

Organismo Tramitador

Oficina Territorial de Trabajo de cada provincia.

Beneficiarios

Personas con discapacidad desempleados que figuren inscritos en el Servicio Público de empleo correspondiente.

Cuantía

1La subvención es de 3.903 euros para inversión en capital fijo.

Actuaciones subvencionables

Tendrán la consideración de inversiones en capital fijo, entre otros: - Compra de local, excluida vivienda habitual.

- Acondicionamiento de local. - Coste del traspaso del negocio

- Vehículo (siempre que sea necesario para el desarrollo de la actividad)

- Mobiliario

- Maquinaria y herramienta - Equipo informático

- Equipo de oficinas ( fax, fotocopiadora, etc.) Se excluye la adquisición mediante arrendamiento financiero.

Serán subvencionables las inversiones que se hubieran realizado desde el 1 de julio de 2005 hasta el 30 de septiembre de 2006. Las inversiones serán subvencionables siempre que se hubieran realizado con posterioridad al alta en la Seguridad Social, mutualidad o colegio profesional que corresponda, o dentro de los seis meses anteriores a dicha alta.

Plazo

30 de septiembre de 2006.

Compatibilidad

El importe de las subvenciones no podrán superar, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, el coste total de la actividad a desarrollar por el beneficiario.

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Junta de Castilla y León

Promovido por la Consejería de Economía y Empleo

Subvenciones para fomentar el autoempleo en Castilla y León

Organismo Tramitador

Gerencias Provinciales del Servicio Público de Empleo

Beneficiarios

a) Subvención financiera: las personas que se establezcan como trabajadores por cuenta propia siempre que figuraran inscritas como desempleadas en el momento inmediatamente anterior al alta en la Seguridad Social, Mutualidad o Colegio Profesional que corresponda.

b) Renta de Subsistencia: Personas que hubieran obtenido la subvención financiera y en el momento inmediatamente anterior al alta en la Seguridad Social, Mutualidad o Colegio Profesional correspondiente pertenecieran a alguno de los siguientes colectivos

- Trabajadores menores de 25 años inscritos como desempleados

- Trabajadores de 25 o más años que lleven al menos, 12 meses ininterrumpidos inscritos como desempleados en el Servicio Público de Empleo

c) Asistencia Técnica: Personas inscritas como desempleadas que vayan a iniciar una actividad por cuenta propia.

Cuantía

a) Subvención financiera: bonificación de 3 puntos del tipo de interés fijado, y será pagadera de una sola vez, con el límite máximo de 3.005 euros. b) Renta de Subsistencia: con carácter general la cuantía de la subvención

será de 3.005 euros y en ningún caso podrá destinarse a la amortización parcial o total del principal del préstamo solicitado, ni formar parte del Plan de Inversiones

c) Asistencia técnica: se subvencionará el coste totalmente cuando se promovida de oficio por la Gerencia Provincial del Servicio Público de Empleo. En caso contrario, se subvencionará hasta un máximo del 50% del coste.

Plazo

31 de octubre 2006.

Compatibilidad

Serán incompatibles con otras subvenciones públicas para la misma finalidad. No obstante, la subvención financiera será compatible con otras subvenciones para la misma finalidad con el límite de la inversión.

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Agencia de Inversiones y Servicios de Castilla y León

(antigua ADE):

Apoyo a la creación y consolidación de estructuras permanentes de I + D

Ámbito Regional

Tipo de ayuda Ayuda / Subvencion.

Colectivo destinatario

Empresa, Centros tecnológicos y otras asociaciones empresariales y entidades sin fin de lucro.

Objeto

Apoyar a las empresas y otras entidades sin ánimo de lucro facilitando la contratación de personal de I+D y la creación de estructuras permanentes de I+D, mediante la cofinanciación y continuación de las ayudas del Programa Torres Quevedo para la contratación de personal de I+D (doctores y tecnólogos) en empresas, centros tecnológicos y asociaciones empresariales.

Requisitos necesarios

Haber sido beneficiarios del programa Torres Quevedo en cualquiera de sus convocatorias.

Desarrollar su actividad en Castilla y León.

Plazo de presentación de solicitudes

Apertura del plazo de presentación: 14 de febrero de 2006. Fecha límite de presentación

30 de noviembre de 2006 Cuantía:

Complemento, hasta obtener las intensidades máximas de ayuda permitidas por el tipo de beneficiario y la topología del proyecto: entre el 35 y 75%.

Información adicional

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Agencia de Inversiones y Servicios de Castilla y León

Promovido por la Gerencia Provincial de la Agencia de Inversiones y Servicios de CyL Línea 4B. Apoyo a la Creación y/o consolidación de estructuras

permanentes de I+D Sector

Industria

Objeto

El objeto de la Línea es apoyar a las empresas y otras entidades sin ánimo de lucro facilitando la contratación de personal de I+D y la creación de estructuras permanentes de I+D, mediante la cofinanciación y continuación de las ayudas del Programa Torres Quevedo para la contratación de personal de I+D (doctores y tecnólogos) en empresas, centros tecnológicos y asociaciones empresariales, en el marco del Programa Nacional de Potenciación de Recursos Humanos del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+I) 2004-2007, y de acuerdo a la vigente Estrategia Regional de Castilla y León I+D+I 2002-2006.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarias aquellas entidades que lo hayan sido a través del Programa Torres Quevedo en cualquiera de sus convocatorias, y que además puedan encuadrarse en algunos de los siguientes apartados: 1.- Empresas que desarrollen su actividad y cuenten con un centro de trabajo operativo en Castilla y León. 2.- Centros Tecnológicos pertenecientes a la Red de Centros Tecnológicos Asociados de Castilla León. 3.- Otras Asociaciones empresariales y entidades sin fines de lucro con sede social en Castilla y León.

Inversiones

El gasto de personal, entendido como tal el salario bruto del investigador más la seguridad social a cargo de la entidad.

Cuantía

1.- Un complemento consistente en una ayuda para una anualidad, según la anualidad en la que se encuentre el investigador (doctor y/o tecnólogo).

2.- Las intensidades brutas máximas totales de las ayudas (resultado de la suma de la ayuda concedida en el marco del Programa Torres Quevedo, y la de la Agencia de Inversiones y Servicios): ver amplio resumen.

Compatibilidad

Estas ayudas serán incompatibles con cualesquiera otras ayudas públicas para la misma finalidad, a excepción de las derivadas del Programa Torres Quevedo, al que complementa.

(21)

Agencia de Inversiones y Servicios de Castilla y León

Promovido por la Gerencia Provincial de la Agencia de Inversiones y Servicios de CyL

Línea 4 A. Apoyo a las Pymes para la obtención de incentivos fiscales por la realización de actividades de Investigación y Desarrollo (I+D) e

Innovación Tecnológica (IT)

Objeto

El objeto de la línea es facilitar a las pequeñas y medianas empresas de Castilla y León el acceso a las deducciones fiscales, previstas en la legislación vigente, por la realización de actividades investigación y desarrollo (I+D, en adelante) e innovación tecnológica (IT, en adelante), mediante la concesión de ayudas con el fin de acercar a la PYME los tres mecanismos instrumentados por la Administración Tributaria: - Informes motivados acerca del contenido en I+D e IT de las actividades, y los gastos e inversiones asociados a las mismas. - Consultas vinculantes acerca de la naturaleza de I+D e IT de los proyectos. - Acuerdos previos de valoración de los gastos imputables a actividades de I+D e IT.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios las PYMEs que desarrollen su actividad en Castilla y Que−León. Se entiende por pequeña y mediana empresa (PYME) a aquella empresa: Que tenga, un volumen de negocios anual que no−emplee a menos de 250 personas. exceda de 50 millones de euros, o cuyo balance general anual no exceda de 43 millones de euros y además deberá cumplir el criterio de independencia.

Inversiones

Los gastos externos de consultoría necesarios para preparar la solicitud.

Cuantía

El incentivo consistirá en una subvención a fondo perdido, con una intensidad bruta máxima de ayuda del 50% del gasto subvencionable aprobado, y con un límite máximo de 3.500 euros de subvención por cada uno de los conceptos subvencionables mencionados anteriormente.

Compatibilidad

Estas ayudas serán incompatibles con cualesquiera otras ayudas públicas de la misma naturaleza.

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Organismos Tramitadores de las Ayudas otorgadas por la Agencia de Inversiones y Servicios de Castilla y León

Gerencia Provincial de la Agencia de Desarrollo Económico de León Gran Vía de San Marcos, nº 42

24001 LEÓN Tfno. 987272304

Fax: 987227150

Servicios Centrales de la Agencia de Inversiones y Servicios de la Junta de Castilla y León en Valladolid

Duque de la Victoria, nº 23 47001 VALLADOLID Tfno: 900306090 – 983414861

Fax: 983411428

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Línea de subvenciones ILDEFE – Equal Imagina

Promovido por ILDEFE ( Instituto Leones de Desarrollo Económico, Formación y Empleo)

Subvenciones para personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo que cree una actividad empresarial o profesional por cuenta propia dentro del municipio de León y del área de influencia del proyecto EQUAL

Organismo tramitador: Registro de Ildefe

Avda. de la Magdalena, 9 24009 León

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de esta línea de ayudas aquellas personas inscritas como demandantes de empleo en el momento previo al inicio de la actividad, que creen una actividad empresarial o profesional por cuenta propia dentro del Municipio de León y del área de influencia del proyecto EQUAL...

.

Requisitos

§ Iniciar la actividad empresarial entre el 1 denero de 2006 y el 5 de febrero de 2007

§ Se dispondrá de un plazo máximo de cuatro meses, desde la solicitud de la subvención, para iniciar la actividad.

§ Defensa de la viabilidad del proyecto empresarial por parte del promotor.

§ Que el domicilio social y el centro principal de producción o servicio se ubique dentro del municipio de León y el área de influencia del proyecto Equal-Imagina

§ Disponer de un taller o local de negocio abierto al público, independiente de la vivienda.

§ Que el promotor o promotores trabajen efectivamente en el negocio o empresa creado

§ Que no sean proyectos resultado de modificaciones jurídicas, ni estén participadas en su capital por otras empresas ni supongan la ampliación de una actividad inicialmente ejercida por parte de alguno de los promotores.

§ Presentar la documentación con al menos 15 días de anterioridad al inicio de la actividad.

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Actividad Subvencionable La creación de empresas No serán subvencionables:

- Aquellos proyectos que promuevan actividades económicas como bares, cafeterías y similares; centros de estética, masajistas y terapias naturales; locales de juegos de azar, abogados, procuradores y despachos jurídicos; inmobiliarias, representantes comerciales, agencias de viajes; asesorías, gestorías y administradores de fincas y otras actividades que se consideren saturadas en el municipio de León.

- Los proyectos que promuevan actividades económicas que, no se consideren viables.

- Los proyectos puestos en marcha por promotores que durante los seis meses anteriores a la solicitud hubieran realizado por cuenta propia actividades similares o relacionadas

Cuantía:

Incentivo social de inicio de la actividad con una ayuda de 580,00 € al mes por proyecto, durante los seis primero meses de actividad de la empresa, o en el caso de que la fecha de concesión de la ayuda fuera posterior al inicio de la actividad, desde la fecha de comunicación de concesión de la ayuda.

Inicio de la actividad:

Compatibilidad

No serán compatibles con la Línea 1 y 6 de la Agencia de Desarrollo

Económico de Castilla y León, con las ayudad a la inversión que conceda la Consejería de Agricultura y Ganadería y las de Incentivos Regionales del Ministerio de Economía.

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Línea de subvenciones ILDEFE – Equal Imagina

Promovido por ILDEFE ( Instituto Leones de Desarrollo Económico, Formación y Empleo) Microcréditos de la Caixa § Organismo tramitador: Registro de Ildefe Avda. de la Magdalena, 9 24009 León Objetios

En virtud del convenio entre Ildefe y La Caixa, Ildefe se compromete a prestar asesoramiento y asistencia técnica a los emprendedores que soliciten pequeños préstamos –también denominados microcréditos- a La Caixa.

La Caixa, por su parte, establece ventajosas condiciones económicas para aquellos proyectos empresariales que tengan el aval técnico de Ildefe.

Cuantía.

Préstamos, por un importe máximo de 15.000 €, a un tipo de interés del 5,5% a 4 años, sin comisiones, con la garantía personal del solicitante, sin avales.

Otros datos

Ildefe analizará la viabilidad del proyecto y el compromiso personal del emprendedor que debe aportar no menos del 5% de la inversión) y realizará un seguimiento completo: solicitud, constitución formal de la empresa, pago del microcrédito....

Más información en el Tfn. 987-235-040 y a través de promocioneconomica@ildefe.es

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Ayuntamiento de San Andrés del Rabanedo

Subvenciones del Ayuntamiento de San Andrés del Rabanedo de fomento del autoempleo

Organismo Tramitador

Centro Municipal de formación y Promoción de Empleo (CEMFE) Avda. Párroco Pablo Díez, 29

24010 San Andrés del Rabanedo (León)

Ayuntamiento de San Andrés del Rabanedo Avda. Picones, s/n

24010 San Andrés del Rabanedo

Sector

CREACIÓN DE EMPRESA ( Autoempleo y Sociedades) Beneficiarios

Desempleados que vayan a constituir su propia empresa, cualquiera que sea su forma jurídica, en el municipio de San Andrés del Rabanedo

Cuantía

La subvención será una ayuda para gastos iniciales de funcionamiento por importe de 1.800 euros por proyecto o 2.000 euros, siempre que la actividad empresarial o profesional sea promovida por mujeres con cargas familiares. Requisitos

1.- Haber constituido la empresa a partir del 16 de septiembre de 2005 y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

2.- El domicilio fiscal y social de las empresas, así como la ubicación efectiva del centro de trabajo, deberá estar en el municipio de San Andrés del Rabanedo.

3.- Mantener la actividad durante un plazo de 1 año, a partir de la fecha de alta en Seguridad Social, o en la mutualidad correspondiente.

4.- No haber desempeñado por cuenta propia la misma o actividad similar, en los 6 meses anteriores al alta en el I.A.E.

5.- someterse a las actuaciones de comprobación y control que pueda efectuar el Excmo. Ayuntamiento de San Andrés del Rabanedo.

6.- Deberá tratarse de proyectos que no sean resultado de modificaciones jurídicas operadas en empresas preexistentes, ni estén participadas en su capital por otras empresas.

Compatibilidad

La concesión de estas subvenciones será incompatible con cualquier otra de iguales características otorgada para la misma finalidad.

(27)

Ayuntamiento de Villaquilambre

Subvenciones para el fomento de la actividad empresarial en Villaquilambre

Organismo Tramitador

Ayuntamiento de Villaquilambre Oficina del Equal Aminci

C/ Caminón, s/n

24008 Villaquilambre (León) Sector

CREACIÓN DE EMPRESA ( Autoempleo y Sociedades) Objeto

1.- El fomento de la creación de nuevas empresas mediante subvenciones a fondo perdido para la creación de nuevas empresas.

2.- El fomento de la contratación laboral. Beneficiarios.

1.-Las personas físicas y jurídicas que, en cada caso, y para cada una de sus líneas de ayuda, reúnan los requisitos exigidos por ella, y cuyo domicilio social y fiscal y centro de trabajo estén ubicados en el término municipal de Villaquilambre.

2.-Los beneficiarios del programa EQUAL AMINCI, entendiéndose por tales aquellas personas que participen activamente y con aprovechamiento en acciones integrantes de un programa de este tipo.

Requisitos

- Que el coste de la inversión a realizar sea superior a 3.000 euros

- Ser empresa de nueva creación, considerándose como tal las que hayan iniciado la actividad( fecha de alta en el I.A.E.) el 1 de julio de 2005, hasta el 31 de diciembre de 2006.

- La contratación para el fomento de la contratación laboral se realizará por un período mínimo de 6 meses.

- Que la persona contratada estuviera en el programa de formación-empleo o hubiera terminado su participación con aprovechamiento en el correspondiente programa, dentro del año inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud.

- Se subvencionará como máximo un número de cinco puesto de trabajo por empresa

(28)

Cuantía

La presente línea de ayudas cuenta con una partida de 50.500,00 euros. La concesión de la ayuda queda supeditada a la disponibilidad de fondos.

Para la creación de nuevas empresas y en función de la inversión del proyecto y de los puestos de trabajo a crear se realizará un baremo dotándose según este, subvenciones que pueden ir desde 1.000 hasta 3000 euros.

En cuanto al fomento de la contratación laboral. La cuantía de la subvención será de:

- 1.200 euros por cada contratación indefinida

- 400 euros por cada contrato de duración mínima de seis meses. Compatibilidad

Referencias

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