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Accionares de los organismos de regulación de los sistemas financieros

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FINANCIAL SERVICES

Accionares de los

organismos de

regulación de

los sistemas

financieros

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2 | Accionares de los organismos de regulación de los sistemas financieros

Aún con matices diferentes, la temática a abordar, en parte compartida por el G20, consistía en buscar una solución al too big to fail con medidas que iban desde que cada banco tenga su “testamento en vida” (living wills) de modo de proceder a su liquidación ordenada, hasta el reordenamiento de la normativa bancaria -que ha llevado a muchos de los grandes bancos a tener que desprenderse de parte de sus negocios-, la severa restricción a la negociación de posiciones propias (proprietary trading) -que con fines especulativos han contribuido generosamente a las utilidades de los bancos más grandes-, el pago de las compensaciones a los ejecutivos, la regulación de los mercados de derivados y los temas de más largo aliento que requieren más consenso entre los distintos países como las normas que regulan los capitales mínimos y los requisitos de liquidez ambos abordados por Basilea III. A la reunión del G20 de Toronto de junio de 2010, donde había expectativas fundadas para sentar las bases de la reforma del sistema financiero mundial que no llegaron a concretarse, sucedió

Introducción

El presente artículo tiene por objeto servir a modo de introducción de los distintos accionares de los organismos de regulación de los sistemas

financieros, tanto a nivel de países como de organismos internacionales encargados de proponer la normativa a efectos de servir de nexo con material más profundo, producido por nuestra firma sobre cada uno de estos tópicos.

Reguladores ante la crisis

financiera

A dos años y medio de estallar la crisis financiera, resulta apropiado hacer un balance de cómo ha sido la respuesta de los reguladores y si la misma ha estado a la altura de las expectativas.

Cuando Lehman Brothers colapsa y se hacen evidentes los efectos de años de floja supervisión bancaria, más convencida en la autorregulación de los mercados que de la propia actividad, amenazas de fuertes restricciones al accionar de los bancos se hicieron escuchar en los principales países del mundo desarrollado.

la de Seúl en Noviembre último donde, si bien se hicieron progresos aprobando las regulaciones de Basilea III,

quedaron pendientes de resolución las divergencias surgidas entre los distintos países miembros sobre la equivalencia entre los distintos estándares y el desparejo nivel de aplicación de los principios insertos en los principios acordados. El G20 no sólo tiene por propósito acordar sobre reformas al sistema financiero, sino también sobre el desbalanceo en las balanzas comerciales y los tipos de cambio. Precisamente la atención en Seúl estuvo más concentrada en estos últimos tópicos que en primero.

Para darle forma a los acuerdos del G20 el Financial Stability Board (FSB) ha tomado como misión abordar el tema de las vulnerabilidades, el desarrollo y la implementación de una fuerte regulación, supervisión y otras políticas en el interés de la estabilidad financiera. Con tal propósito, ha tenido una profusa actividad durante 2010, en los temas relacionados con la actividad financiera. En tal sentido ha emitido en noviembre pasado el informe con el progreso desde la cumbre de Washington

Accionares de los organismos

de regulación de los sistemas

financieros

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para la implementación de las

recomendaciones del G20 relacionadas con el fortalecimiento de la estabilidad financiera.

El FSB y el Comité de Basilea en estrecha colaboración con el Banco Internacional de Pagamentos (BIS) y el Fondo Monetario Internacional han evaluado el impacto macroeconómico de la transición a la aplicación de los nuevos estándares establecidos por Basilea III. Especialmente que los mismos no alteren la recuperación de las economías tras la crisis.

Con igual fecha ha emitido un informe que aborda el tema de la disminución del daño moral que provocan las “sistémicamente importantes instituciones financieras” (SIFI). Asimismo en el primer informe mencionado, además de abordar

también el tema de las SIFI, destina otros capítulos a informar el estatus del seguimiento de los otros temas abordados por el FSB: el mercado de derivados “over

the counter” (OTC),

el fortalecimiento de los estándares contables, el fortalecimiento a la adherencia a los estándares internacionales sobre regulación y supervisión, la revisión de las prácticas de compensación a ejecutivos, el desarrollo de marcos y herramientas macroprudenciales, y la expansión y refinamiento del perímetro regulatorio, incluyendo hedge funds, la actuación de las agencias calificadoras de riesgo y las mejoras en los proceso de securitización.

Requisitos de capital y de

liquidez

Como se mencionó, los requisitos de capital y de liquidez son temas sensibles sobre los que hay consenso de que deberá trabajarse en

forma mancomunada. Tal como en regulaciones anteriores, es el Comité de Supervisión bancaria de Basilea

(BCBS) el encargado de pronunciarse sobre estas normas, las que actúan a modo de recomendación para cada uno de los países. Haciendo una breve historia, y respecto a los requisitos de capital, emitió las llamadas Basilea I (el “Acuerdo de Basilea” de 1988) y Basilea II, cuya nueva normativa para modificar las limitaciones de la anterior comenzaron a delinearse en 1999 y cuando, luego de muchas deliberaciones y desencuentros, debió comenzar a ser aplicada por los distintos países sobrevino la crisis iniciada en 2007. De allí en más la necesidad de corregir las regulaciones de capitales mínimos, sumada, tras la crisis, a los requisitos de liquidez -urgidos ahora por la imperiosa necesidad de evitar otra crisis, pero ahora con el aval de los sectores políticos del G20 que entendieron claramente que se trata de una necesidad para la supervivencia futura de sus sistemas financieros-, llevaron a la necesidad de una nueva revisión de estas normas.

Finalmente, con fecha 16 de diciembre de 2010 el BCBS emite el texto final (a partir de una primera versión emitida un año antes y luego de sucesivos press releases con los avances de la norma emitidos en julio y septiembre de 2010) del nuevo marco en que se instala Basilea III, que contiene estándares globales de regulación del capital adecuado para las entidades financieras y de la liquidez. El mismo ha sido aprobado por el GHOS (Group of Governors and Heads of Supervision) que gobierna el BCBS.

Basilea III parte de los avances ya logrados por Basilea II con el establecimiento de los tres pilares y profundiza en los temas que resultaron críticos en la crisis de 2008: nueva calibración de los ratios de capital que deben mantener las entidades financieras, así como una redefinición de sus componentes en sus distintos segmentos (Tier 1, 2 y 3), precisiones sobre el riesgo de cobertura,

establecimiento de un margen adicional (buffer) para la conservación del capital para absorber pérdidas en periodos de crisis, otro margen adicional de efecto contracíclico y finalmente un ratio de liquidez.

A su vez cada uno de estos tópicos trata temas en detalle que tuvieron gran incidencia en la crisis pasada.

“Para darle forma a los acuerdos del

G20 el Financial Stability Board (FSB) ha

tomado como misión abordar el tema

de las vulnerabilidades, el desarrollo y la

implementación de una fuerte regulación,

supervisión y otras políticas en el interés

de la estabilidad financiera”.

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Por ejemplo, en riesgo de cobertura contiene prescripciones relacionadas con el riesgo de contraparte y el uso de ratings externos a efectos de evitar los distintos abusos que se observaron en la crisis (desde determinar criterios para el uso de las entidades de evaluación de crédito externas -ECAI- requiriendo que el criterio de elegibilidad sea la incorporación del código de conducta respectivo incorporado por el IOSCO hasta la no permisibilidad de la utilización para sólo las evaluaciones de aquellos créditos que juzguen convenientes -cherry pick-).

Impacto de regulaciones

¿Estas regulaciones impactan en los tres pilares reforzando no sólo lo microprudencial sino también a través de la macro especialmente en lo concerniente al accionar de los

bancos centrales y los organismos de supervisión de las entidades financieras. Respecto al incremento en los requisitos de capital establece un cronograma donde los incrementos se elevan progresivamente todos los años hasta llegar a la completa instrumentación del nuevo régimen propuesto a partir del 1 de enero de 2019.

Al observar la respuesta de los distintos países, al día de hoy quien ha tenido una actitud más proactiva ha sido Estados Unidos a través de la sanción en Julio de 2010 de la “Dodd-Frank Wall Street Reform and Consumer Protection Act” (Dodd-Frank Act), un frondoso cuerpo de 2300 páginas que enfoca básicamente en tres amplios temas: la limitación del riesgo del sistema financiero americano (por ejemplo, limitando severamente el proprietary

trading y requiriendo para grandes

y complejas entidades financieras la remisión periódica de planes que permitan una rápida liquidación de las mismas en caso de dificultades), el incremento de las protecciones al consumidor (creación dentro de la FED de un cuerpo dedicado a este objetivo, el Bureau of Consumer Protection) y la regulación de aquellas áreas no

cubiertas, por ejemplo derivados. Este artículo fue elaborado por Ricardo De Lellis, Socio a cargo de Servicios Financieros de KPMG en Argentina.

“Los requisitos de capital

y de liquidez son temas

sensibles sobre los que

hay consenso de que

deberá trabajarse en forma

mancomunada”.

En cuanto a Europa, la situación es más complicada, dado que la Unión Europea emite normas centrales a través de directivas que luego deben ser adoptadas de modo consistente por los diferentes países que la integran. Aquí la realidad de los sistemas bancarios de cada uno y sus urgencias difieren entre sí, con la consecuente dificultad para avanzar en las normativas.

- G20 2010 Toronto, the Banks and the global economy

- Highlight from the G20’s Toronto Summit - Developments from the G20 Summit in Seoul - Regulatory update - Basel Committee agrees new

capital rules

- Regulatory update - Basel 3 progress: Greater clarity, but significant uncertainties remain - Evolving Banking Regulation

- Dodd Frank for Foreign Banks

- Proposed bank levies- comparison of certain jurisdictions

- Frontiers in Finance – January 2011 – Getting to grips with SIFIs

- Frontiers in Finance – January 2011 – Defining the path

- Frontiers in Finance – September 2010 – US: Leading the way

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Acerca del Foro de

Servicios Financieros

de KPMG Argentina

Foro de Servicios Financieros de KPMG Argentina es un sitio de KPMG en Argentina

que contiene información relevante vinculada a la industria de Servicios Financieros que abarca desde bancos y otras entidades financieras hasta seguros. El material disponible incluye publicaciones, eventos, noticias vinculadas al sector y podcast elaborados por los profesionales de KPMG, quienes cuentan con una amplia experiencia y conocimiento de la industria de Servicios Financieros. El objetivo del Foro es brindar información de interés a los ejecutivos del sector para que puedan lograr un mayor entendimiento de los temas que afectan al sistema financiero argentino, así como también a la industria a nivel mundial.

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Para más información sobre la práctica de Servicios Financieros de KPMG Argentina contactarse con: Fernando Quiroga Lafargue

Socio a cargo de Servicios Financieros

+54 11 4316 5834 fquiroga@kpmg.com.ar

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