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B oletín o ficial de la P rovincia de v alladolid
cve-BOPVA-B-2011-226
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SUMARIO
I.–ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
JEFATURA PROVINCIAL DE TRÁFICO DE VALLADOLID
Resolución por la que se delegan determinadas competencias sancionadoras en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor en el Director del Centro de Tratamiento de Denuncias
Automatizadas. Página 5
SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN VALLADOLID
Notificación propuesta de resolución del expediente sancionador
1058/2011 por comisión de infracciones administrativas. Página 8
SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN VALLADOLID
Notificación propuesta de resolución del expediente sancionador
961/2011 por comisión de infracciones administrativas. Página 9
SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN VALLADOLID
Notificación propuesta de resolución del expediente sancionador
906/2011 por comisión de infracciones administrativas. Página 10
III.–ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID
Asesoría Jurídica General. Notificación de requerimiento de
aportación de documentación a interesado en reclamación patrimonial. Página 11
AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID
Asesoría Jurídica General. Notificación a interesado en reclamación patrimonial por daños en la Comunidad de Propietarios “Residencial
Jalón”. Página 12
BOPVA-A-2011-06605
BOPVA-A-2011-06606
BOPVA-A-2011-06607
BOPVA-A-2011-06608
BOPVA-A-2011-06609
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AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID
Asesoría Jurídica General. Notificación de plazo de audiencia a interesado en reclamación de responsabilidad patrimonial por obras
en la calle Regalado. Página 14
AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID
Asesoría Jurídica General. Notificación a interesado en reclamación
patrimonial por daños sufridos en calle Gamazo. Página 15
AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID
Asesoría Jurídica General. Notificación a interesado en reclamación
patrimonial por daños en edificio sito en calle Teófilo Villamañán, 6. Página 16
AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID
Asesoría Jurídica General. Notificación de plazo de audiencia a interesado en reclamación patrimonial por daños y perjuicios
causados por obras realizadas en calle Calixto Fernández de la Torre. Página 17
AYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN
Aprobación inicial de Modificación de la Ordenanza reguladora del
Precio Público de la Escuela Infantil. Página 18
AYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN
Aprobación provisional del expediente de Modificación Presupuestaria
13/2011 por Créditos Extraordinarios. Página 19
AYUNTAMIENTO DE ARROYO DE LA ENCOMIENDA
Aprobación provisional de Modificación de varias Ordenanzas
Fiscales. Página 20
AYUNTAMIENTO DE GATÓN DE CAMPOS
Aprobación inicial del Presupuesto General ejercicio 2011. Página 21
AYUNTAMIENTO DE MONTEMAYOR DE PILILLA
Anuncio de licitación para contratar el aprovechamiento de Piñas del
Monte de U.P. n.º 64 denominado “Llano de la Pililla”. Página 22
BOPVA-A-2011-06611
BOPVA-A-2011-06612
BOPVA-A-2011-06613
BOPVA-A-2011-06614
BOPVA-A-2011-06615
BOPVA-A-2011-06616
BOPVA-A-2011-06617
BOPVA-A-2011-06618
BOPVA-A-2011-06619
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AYUNTAMIENTO DE MORALEJA DE LAS PANADERAS
Anuncio de licitación para contratar el aprovechamiento de Piñas del
Monte de U.P. n.º 2 denominado “Recorba”. Página 24
AYUNTAMIENTO DE PIÑA DE ESGUEVA
Exposición pública del Padrón de Contribuyentes de la Tasa por Abastecimiento de Agua 1.er y 2.º trimestre 2011, y de la Tasa de
Recogida de Basuras 1.er y 2.º trimestre 2011. Página 26
AYUNTAMIENTO DE TRIGUEROS DEL VALLE
Adjudicación del contrato de obras: “Recuperación Casas Cueva y
Entorno”. Página 27
AYUNTAMIENTO DE VALDESTILLAS
Información pública en expediente de licencia ambiental interesada
por José M. Benito García. Página 28
AYUNTAMIENTO DE ZARATÁN
Aprobación inicial de Modificación de la Ordenanza reguladora del Precio Público para la utilización de Instalaciones Deportivas
Municipales y Desarrollo de Actividades Deportivas y Culturales. Página 29
ENTIDAD LOCAL MENOR DE LA SANTA ESPINA
Anuncio de licitación para contratar el aprovechamiento de Piñas del
Monte U.P. n.º 152 denominado “Santa Espina”. Página 30
IV.–ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN
Sala de lo Social de Valladolid. Notificación en Recurso deSuplicación 1170/2011 M.B. Página 32
JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 1
Edicto de Notificación en procedimiento Ejecución de Títulos
Judiciales 201/2011. Página 35
BOPVA-A-2011-06620
BOPVA-A-2011-06621
BOPVA-A-2011-06622
BOPVA-A-2011-06623
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JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 2
Edicto de Notificación en procedimiento Ordinario 611/2010. Página 36
JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 2
Edicto de Notificación en procedimiento Ejecución de Títulos
Judiciales 126/2011. Página 38
JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 2
Edicto de Notificación en procedimiento Ejecución de Títulos
Judiciales 34/2011. Página 39
JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 2
Edicto de Notificación en procedimiento Ejecución de Títulos
Judiciales 248/2011. Página 41
BOPVA-A-2011-06628
BOPVA-A-2011-06629
BOPVA-A-2011-06630
BOPVA-A-2011-06631
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I.–ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
JEFATURA PROVINCIAL DE TRÁFICO DE VALLADOLID Resolución de 15 de septiembre de 2011, por la que el Jefe Provincial de
Tráfico de Valladolid delega determinadas competencias sancionadoras en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor en el Director
del Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas
La Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado señala en su artículo 3 los principios que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 103 de la Constitución Española, deben regir la actuación de la Administración General del Estado.
En aplicación de dichos principios, y en especial de los de eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados y de agilidad de las actividades materiales de gestión, resulta conveniente la delegación de competencias, sin perjuicio del permanente conocimiento y del necesario control del ejercicio de las facultades delegadas. Asimismo, en consideración a la especificidad de ciertos asuntos, por razones de coherencia y racionalidad, así como de agilidad en la tramitación de los procedimientos administrativos, es conveniente atribuir el ejercicio de determinadas competencias, en unos casos, a los órganos administrativos con mayor proximidad, por razón de la materia, a las tareas desempeñadas y, en otros casos, a órganos creados al efecto que dispongan de los medios adecuados para una gestión y una más eficaz tramitación de determinados procedimientos singulares dentro de aquéllos.
En este último caso se encuentran, precisamente, los procedimientos sancionadores por infracciones a las normas de circulación y seguridad vial detectadas mediante el empleo de medios técnicos de captación y reproducción de imágenes, cuya especificidad se manifiesta en una doble vertiente: por una parte, por las propias características del medio técnico a través del que se tiene conocimiento de los hechos; y, por otra parte, por la singularidad que la tramitación administrativa del procedimiento sancionador tiene.
Esta especificidad, así como la necesidad de agilizar la tramitación de estos procedimientos singulares, aconseja un tratamiento homogéneo de éstos en todo el territorio nacional donde ejerce sus competencias la Administración General del Estado y la centralización de toda su gestión. Estas razones, así como el aumento progresivo de la implantación de medios técnicos de captación y reproducción de imágenes a los que se refiere el párrafo anterior, con el consiguiente aumento producido de la tramitación de expedientes sancionadores para el que no está dimensionada la organización periférica de la Jefatura Central de Tráfico, llevaron a la creación, mediante la ORDEN INT/2035/2007, de 2 de julio, del Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas, integrado en la estructura orgánica de la Subdirección General de Ordenación Normativa de la Dirección General de Tráfico.
Este Centro, según establece la referida Orden en sus apartados segundo y cuarto, está dotado de los medios personales y materiales adecuados para ejercer funciones de apoyo telemático y administrativo para la tramitación de los procedimientos instruidos por estas infracciones.
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La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su modificación operada través de la Ley 4/1999, de 13 de enero, reconoce con carácter general y de manera expresa en su artículo 13 la delegación de competencias en órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, con las únicas excepciones recogidas en los apartados 2 y 5 de dicho artículo.
La disposición adicional octava bis de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, incorporada por la disposición final primera de la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, en materia sancionadora, establece que los procedimientos administrativos para la imposición de sanciones por infracciones en materia de tráfico, en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, se regirán por lo dispuesto en su legislación específica y, supletoriamente, por lo dispuesto en esta Ley.
El artículo 71.1 del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto legislativo 339/1990, de 2 de marzo, en la redacción dada al mismo por la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, establece que la competencia para sancionar las infracciones de lo dispuesto en dicha Ley corresponde al Jefe de Tráfico de la provincia en que se haya cometido el hecho o, si se trata de infracciones cometidas en el territorio de más de una provincia, al Jefe de Tráfico de la provincia en que la infracción hubiera sido primeramente denunciada.
Y, en su apartado 2, recoge, en base a la previsión del artículo 13 de la Ley 30/1992, la facultad de delegación de todas o algunas de dichas competencias, incluyendo una mención expresa, no excluyente, a la delegación en el Director del Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas de la competencia para sancionar las infracciones que hayan sido detectadas a través de medios de captación y reproducción de imágenes que permitan la identificación del vehículo.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en las normas citadas, previa aprobación del Director General de Tráfico,
RESUELVO
Primero.–Delegar en el Director del Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas las siguientes competencias:
1. Para sancionar las infracciones a lo dispuesto en el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, (en adelante Ley de Seguridad Vial), cuando se haya tenido conocimiento de los hechos a través de medios de captación y reproducción de imágenes que permitan la identificación del vehículo y que estén ubicados en instalaciones fijas.
2. Para sancionar las infracciones por exceder los límites de velocidad reglamentariamente establecidos, cuando se haya tenido conocimiento de los hechos a través de medios de captación y reproducción de imágenes que permitan la identificación del vehículo que no estén ubicados en instalaciones fijas, y no se haya producido la parada e identificación del conductor del vehículo.
3. Para sancionar las infracciones por el incumplimiento por parte del titular del vehículo de la obligación de identificar al conductor responsable de la infracción,
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prevista en el artículo 9 bis de la Ley de Seguridad Vial, cuando dicho incumplimiento se haya producido durante la tramitación de un procedimiento sancionador instruido por una infracción de las previstas en los números anteriores.
Segundo.–De la delegación otorgada en el apartado anterior se exceptúan las competencias mencionadas en los apartados 2 y 5 del artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Tercero.–La delegación de las competencias a que se refiere la presente Resolución no supone la transferencia de la titularidad de la competencia, sino solamente de su ejercicio.
Cuarto.–La delegación de las citadas competencias comprenderá también la de la instrucción de los procedimientos a que se refiere el apartado primero de esta Resolución en las unidades encargadas de las tareas materiales y técnicas de tramitación administrativa del Centro.
Quinto.–Siempre que se haga uso de la delegación otorgada en la presente Resolución se indicará expresamente esta circunstancia y las resoluciones que se adopten se considerarán dictadas por el Jefe Provincial de Tráfico de Valladolid.
Sexto.–La delegación de competencias de la presente Resolución no será obstáculo para que el Jefe Provincial de Tráfico pueda avocar para sí el conocimiento de un asunto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Séptimo.–La delegación de competencias en el Director del Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas prevista en la presente Resolución se referirá a aquellas infracciones detectadas a partir del día 15 de octubre de 2011.
Octavo.–La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid.
Disposición derogatoria única.–En la fecha indicada en el apartado séptimo queda derogada la Resolución de 1 de febrero de 2008 por la que el Jefe Provincial de Tráfico de Valladolid delega determinadas competencias sancionadoras en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor en el Director del Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid núm. 37, de 14 de febrero de 2008.
Valladolid, 15 de septiembre de 2011.–El Jefe Provincial de Tráfico de Valladolid, Ángel Toriello de la Fuente.
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cve-BOPVA-A-2011-06606
http://www.diputaciondevalladolid.es D.L.: N.º: VA-200/2010
I.–ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN VALLADOLID
Por esta Subdelegación del Gobierno se tramita propuesta de resolución de expedientes sancionadores contra las personas señaladas por la comisión de infracciones administrativas a las normas que igualmente se especifican.
Exped. Nombre y apellidos Artículo y Norma infringida
1058/2011 SERGIO GARCÍA CASTRILLO Art. 23.a) Ley Orgánica 1/92 de Seguridad Ciudadana
Lo que de acuerdo con los artículos 58, 59, 60 y 61 de la Ley 30/1992, según la redacción dada por la Ley 4/1999, se hace público en este periódico oficial, al objeto de que los interesados puedan comparecer en la Sección de Derechos Ciudadanos de esta Subdelegación del Gobierno (C/ Jesús Rivero Meneses n.º 1) en horario de 9 a 14 horas y alegar cuanto estime conveniente a su defensa durante el plazo de 15 días, durante el cual los expedientes estarán a la vista, de conformidad con los artículos 79 y 84 de la mencionada Ley.
Valladolid, 15 de septiembre de 2011.–La Jefa de Sección, Ángela Cuaresma Gallego.
Núm. 226 Sábado, 1 de octubre de 2011 Pág. 9
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I.–ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN VALLADOLID
Por esta Subdelegación del Gobierno se tramita propuesta de resolución de expedientes sancionadores contra las personas señaladas por la comisión de infracciones administrativas a las normas que igualmente se especifican.
Exped. Nombre y apellidos Artículo y Norma infringida
961/2011 ENRIQUE GARCÉS DÍEZ Art. 25.1 Ley Orgánica 1/92 de Seguridad Ciudadana
Lo que de acuerdo con los artículos 58, 59, 60 y 61 de la Ley 30/1992, según la redacción dada por la Ley 4/1999, se hace público en este periódico oficial, al objeto de que los interesados puedan comparecer en la Sección de Derechos Ciudadanos de esta Subdelegación del Gobierno (C/ Jesús Rivero Meneses n.º 1) en horario de 9 a 14 horas y alegar cuanto estime conveniente a su defensa durante el plazo de 15 días, durante el cual los expedientes estarán a la vista, de conformidad con los artículos 79 y 84 de la mencionada Ley.
Valladolid, 15 de septiembre de 2011.–La Jefa de Sección, Ángela Cuaresma Gallego.
Núm. 226 Sábado, 1 de octubre de 2011 Pág. 10
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cve-BOPVA-A-2011-06608
http://www.diputaciondevalladolid.es D.L.: N.º: VA-200/2010
I.–ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN VALLADOLID
Por esta Subdelegación del Gobierno se tramita propuesta de resolución de expedientes sancionadores contra las personas señaladas por la comisión de infracciones administrativas a las normas que igualmente se especifican.
Exped. Nombre y apellidos Artículo y Norma infringida
906/2011 ENRIQUE DÍEZ SAN JOSÉ Art. 25.1 Ley Orgánica 1/92 de Seguridad Ciudadana
Lo que de acuerdo con los artículos 58, 59, 60 y 61 de la Ley 30/1992, según la redacción dada por la Ley 4/1999, se hace público en este periódico oficial, al objeto de que los interesados puedan comparecer en la Sección de Derechos Ciudadanos de esta Subdelegación del Gobierno (C/ Jesús Rivero Meneses n.º 1) en horario de 9 a 14 horas y alegar cuanto estime conveniente a su defensa durante el plazo de 15 días, durante el cual los expedientes estarán a la vista, de conformidad con los artículos 79 y 84 de la mencionada Ley.
Valladolid, 15 de septiembre de 2011.–La Jefa de Sección, Ángela Cuaresma Gallego.
Núm. 226 Sábado, 1 de octubre de 2011 Pág. 11
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cve-BOPVA-A-2011-06609
III.–ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID Asesoría Jurídica General
Edicto de Notificación
Por esta Alcaldía ha sido dictado Decreto de 10 de junio de 2011, en el que se resuelve lo que sigue:
"Vista la reclamación por responsabilidad patrimonial presentada por D.ª Inés Monteserín de Francisco, en solicitud de indemnización por lesiones sufridas como consecuencia de una caída por el mal estado del pavimento de la acera en la calle Felipe Sánchez Román, a la altura del gimnasio C.D.O. y ambulatorio de Covaresa, el día 4 de marzo de 2011.
Visto lo dispuesto en el artículo 6.1 del Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de Responsabilidad Patrimonial y en la legislación concordante.
Atendido que, en consecuencia, se deberán aportar los siguientes datos:
1.–Croquis del lugar concreto en el que sucedieron los hechos.
2.–Circunstancias en que se produjeron los mismos.
De conformidad con lo expuesto, esta ALCALDÍA RESUELVE:
Requerir a D.ª Inés Monteserín de Francisco para que, en el plazo de diez días, a contar desde el siguiente al de la notificación de este Decreto, aporte la documentación preceptiva a que se ha hecho referencia en la parte expositiva del mismo. Si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la misma Ley."
Lo que se hace público a efectos de notificación a D.ª Inés Monteserín de Francisco, al no haberse podido practicar la notificación personalmente, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, significándole que el plazo para presentar alegaciones empezará a contar desde el día siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid.
Valladolid, 14 de septiembre de 2011.–El Alcalde, Fco. Javier León de la Riva.
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III.–ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID Asesoría Jurídica General
Edicto de Notificación
La Junta de Gobierno, en sesión ordinaria de 24 de junio de 2011, ha resuelto lo que sigue:
"Vista la reclamación por responsabilidad patrimonial interpuesta por D. Jaime González Sanz en representación de la Comunidad de Propietarios Residencial Jalón, por daños en tres de las plazas de garaje de dicha Comunidad como consecuencia de una avería en la red de riego, el día 19 de agosto de 2010.
Atendido que, se han realizado los actos de instrucción necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debiera pronunciarse la resolución o el acuerdo indemnizatorio, quedando probados los hechos que figuran en la reclamación.
Atendido que el Servicio de Parques y Jardines informa que los trabajos de mantenimiento y conservación de las zonas ajardinadas del lugar donde se produjo el siniestro lo gestionaba la empresa CESPA, S.A., y de conformidad con lo dispuesto en el Pliego de Cláusulas Administrativas por el que se rige el correspondiente contrato, será de obligación del contratista el indemnizar por todos los daños y perjuicios que se causen a terceros en ejecución del mismo.
Atendido que la empresa CESPA informa que acepta hacerse cargo de la reparación de los desperfectos ocasionados previa presentación de las correspondientes facturas.
Atendido lo dispuesto en los artículos 139 a 144 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos en materia de responsabilidad patrimonial, así como lo que establece el artículo 97 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las AAPP.
SE ACUERDA:
1.–Estimar la reclamación presentada por D. Jaime González Sanz en representación de la "Comunidad de Propietarios Residencial Jalón" y declarar a la empresa CESPA, S.A.
responsable de los daños ocasionados el día 19 de agosto de 2010 en tres plazas de garaje.
2.–Dar traslado de este acuerdo a la empresa CESPA, S.A., para que, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado anterior y en el contrato que tiene suscrito con esta Administración, proceda a abonar a la "Comunidad de Propietarios Residencial Jalón", en la cuenta bancaria que ésta designe y previa presentación de la factura original
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correspondiente, el importe de doscientos setenta y cuatro euros con treinta y cinco céntimos (274,35 €) informando sobre el pago a este Ayuntamiento."
Lo que se hace público a efectos de notificación a D. Jaime González Sanz en representación de la Comunidad de Propietarios Residencial Jalón, al no haberse podido practicar la notificación personalmente, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el art.
59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, significándole que el plazo para presentar alegaciones empezará a contar desde el día siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid.
Valladolid, 13 de septiembre de 2011.–El Alcalde, Fco. Javier León de la Riva.
Núm. 226 Sábado, 1 de octubre de 2011 Pág. 14
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III.–ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID Asesoría Jurídica General
Edicto de Notificación
Por esta Alcaldía ha sido dictado Decreto de 30 de mayo de 2011, en el que se resuelve lo que sigue:
"Vista la reclamación por responsabilidad patrimonial presentada por D.ª Mónica Martín Maldonado, en solicitud de indemnización por los perjuicios causados como consecuencia del corte total de suministro de agua debido a las obras de reparación y acondicionamiento de la red de acometidas en la calle Regalado, entre los días 22 de noviembre y 20 de diciembre de 2010, ambos inclusive, obligando a la reclamante a mantener cerrado el local destinado a salón de peluquería durante las fechas señaladas.
Atendido que la vigilancia, conservación y mantenimiento de la red de alcantarillado corresponde a la empresa "Aguas de Valladolid, S.A.", concesionaria del servicio de abastecimiento domiciliario de agua potable y de saneamiento.
Atendido que por Decreto de Alcaldía de fecha 31 de marzo de 2011, se da traslado de la reclamación de indemnización de daños y perjuicios presentada por la interesada a la empresa "Aguas de Valladolid, S. A.".
Atendido que la mencionada empresa informa que a tenor de lo establecido en el artículo 35 del Reglamento del Agua relativo a la regularidad del suministro, los usuarios que por la naturaleza del uso que den al agua no puedan prescindir eventualmente del consumo durante los periodos de interrupción forzosa del Servicio que pudieran producirse, estarán obligados, bajo su exclusiva responsabilidad, a adoptar las medidas necesarias para cubrir dichas contingencias.
Atendido lo dispuesto en el Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de Responsabilidad Patrimonial.
Esta ALCALDÍA RESUELVE:
Dar audiencia a D.ª Mónica Martín Maldonado, a fin de que en plazo de diez días, a contar desde el siguiente al de la notificación de este Decreto, pueda consultar el expediente, formular por escrito alegaciones y presentar cuantos documentos y justificaciones estime pertinentes en relación con los hechos y lo manifestado en la parte expositiva."
Lo que se hace público a efectos de notificación a D.ª Mónica Martín Maldonado, al no haberse podido practicar la notificación personalmente, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, significándole que el plazo para presentar alegaciones empezará a contar desde el día siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid.
Valladolid, 13 de septiembre de 2011.–El Alcalde, Fco. Javier León de la Riva.
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III.–ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID Asesoría Jurídica General
Edicto de Notificación
Por esta Alcaldía ha sido dictado Decreto de 18 de noviembre de 2010, en el que se resuelve lo que sigue:
"Vista la reclamación por responsabilidad patrimonial presentada por D. Antonio Leal Rodríguez, solicitando indemnización por daños sufridos al caerse en el doble bordillo existente en la C/ Gamazo, a la altura del Hotel Felipe IV, el día 16 de mayo de 2009.
A tendido que acordada la iniciación del expediente de referencia por Decreto de 20 de octubre de 2009, se han realizado los actos de instrucción necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debiera pronunciarse la resolución o el acuerdo indemnizatorio, trasladándose a efectos de alegaciones al Sr.
Leal Rodríguez, que cumplimentó dicho trámite mediante la presentación de escrito en el Registro General de este Ayuntamiento el día 5 de noviembre de 2009, sin aportar nuevos datos para la resolución del expediente.
Atendido que en los archivos municipales no existe constancia de los hechos mencionados.
Atendido que el Servicio de Conservación de Infraestructuras informa que en esa zona existen dos franjas en dos alturas perfectamente visibles, una de zona de paso de 3 metros de anchura y otra elevada de 1 metro de anchura en donde se alojan el alumbrado público y el arbolado, encontrándose el pavimento en perfectas condiciones de uso.
Atendido que no se dan en el presente caso los requisitos exigidos en materia de responsabilidad patrimonial por la normativa vigente –artículos 139 a 144 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos en materia de responsabilidad patrimonial para poder apreciar la responsabilidad de la Administración Municipal por los hechos a los que se refiere el reclamante.
Esta ALCALDÍA RESUELVE:
Desestimar la reclamación presentada por D. Antonio Leal Rodríguez, solicitando indemnización por daños sufridos al caerse en el doble bordillo existente en la C/ Gamazo, a la altura del Hotel Felipe IV."
Lo que se hace público a efectos de notificación a D. Antonio Leal Rodríguez, al no haberse podido practicar la notificación personalmente, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, significándole que el plazo para presentar alegaciones empezará a contar desde el día siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid.
Valladolid, 13 de septiembre de 2011.–El Alcalde, Fco. Javier León de la Riva.
Núm. 226 Sábado, 1 de octubre de 2011 Pág. 16
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III.–ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID Asesoría Jurídica General
Edicto de Notificación
Por esta Alcaldía ha sido dictado Decreto de 8 de abril de 2011, en el que se resuelve lo que sigue:
"Vista la reclamación por responsabilidad patrimonial presentada por D. Juan Carlos González Arranz solicitando indemnización por daños en el edificio sito en C/ Teófilo Villamañán, n.° 6 a consecuencia del derribo del inmueble colindante.
Atendido que la Sección de Disciplina Urbanística informa:
– Que se impuso a la propiedad del inmueble sito en C/ Teófilo Villamañán n.º 8 la obligación de proceder a su demolición, limpieza de escombros y vallado, previa presentación del preceptivo estudio básico de seguridad y salud, así como el nombramiento de la dirección técnica competente del seguimiento del derribo.
– Que el Ayuntamiento mediante sus propios servicios técnicos no controla los derribos que se llevan a cabo ni asegura que no se perjudique a las edificaciones colindantes; ese control existe desde el momento en el que se exige la supervisión de un técnico cualificado que asume la dirección de la obra y la coordinación de seguridad y salud.
Además acompaña informe del arquitecto técnico municipal poniendo de manifiesto que: "... La pared siniestrada es de adobe, y todo indica que con motivo de las recientes lluvias se ha debido de humedecer su base, perdiendo el adobe su capacidad portante..."
Atendido lo dispuesto en el Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de Responsabilidad Patrimonial.
Esta ALCALDÍA RESUELVE:
Iniciar expediente, dando audiencia en el mismo a D. Juan Carlos González Arranz a fin de que en plazo de diez días, a contar desde el siguiente al de la notificación de este Decreto, pueda consultar el expediente, formular por escrito alegaciones y presentar cuantos documentos y justificaciones estime pertinentes en relación con los hechos."
Lo que se hace público a efectos de notificación a D. Juan Carlos González Arranz, al no haberse podido practicar la notificación personalmente, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, significándole que el plazo para presentar alegaciones empezará a contar desde el día siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid.
Valladolid, 14 de septiembre de 2011.–El Alcalde, Fco. Javier León de la Riva.
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III.–ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID Asesoría Jurídica General
Edicto de Notificación
Por esta Alcaldía ha sido dictado Decreto de 10 de mayo de 2011, en el que se resuelve lo que sigue:
"Vista la reclamación por responsabilidad patrimonial presentada por D. Luis Mendiluce Luengo, en solicitud de indemnización por daños y perjuicios como consecuencia de las obras realizadas en la C/ Calixto Fernández de la Torre en frente de su establecimiento
"Óptica Iris".
Atendido que el Centro de Gestión de Servicios Urbanos informa que las citadas obras corresponden a la instalación de un Centro de Transformación que la compañía IBERDROLA, S.A.U. ha instalado en la referida calle recientemente, no teniendo éstas carácter municipal.
Atendido que, asimismo, se informa que las obras mencionadas en ningún caso han afectado a los accesos al comercio del reclamante, manteniéndose en todo momento los mismos libres de cualquier impedimento.
Atendido lo dispuesto en el Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de Responsabilidad Patrimonial.
Esta ALCALDÍA RESUELVE:
Dar audiencia a D. Luis Mendiluce Luengo, a fin de que en plazo de diez días, a contar desde el siguiente al de la notificación de este Decreto, pueda consultar el expediente, formular por escrito alegaciones y presentar cuantos documentos y justificaciones estime pertinentes en relación con los hechos y lo manifestado en la parte expositiva."
Lo que se hace público a efectos de notificación a D. Luis Mendiluce Luengo, al no haberse podido practicar la notificación personalmente, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, significándole que el plazo para presentar alegaciones empezará a contar desde el día siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid.
Valladolid, 14 de septiembre de 2011.–El Alcalde, Fco. Javier León de la Riva.
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III.–ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN
El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 22 de septiembre de 2011, procedió a la Modificación de la Ordenanza reguladora del Precio Público de la Escuela Infantil.
Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa y es definitivo en dicha vía, pueden los interesados interponer el siguiente recurso:
Recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acuerdo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación. Dicho recurso deberá ser resuelto y notificado en el plazo de un mes, entendiéndose en caso contrario presuntamente desestimado.
Contra la desestimación expresa o presunta del recurso de reposición, cabe recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo con sede en Valladolid, en los plazos que a tal efecto señala el artículo 46 de la Ley 29/1998, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
No obstante, los interesados podrán ejercitar cualquier otro recurso que estimen oportuno.
Todo ello se publica en cumplimiento de lo ordenado en el artículo 70.2 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, Ley 7/1985, de 2 de abril.
El Alcalde, Bernardo Sanz Manso.
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III.–ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN Expediente de modificación al Presupuesto de Gastos
por Créditos Extraordinarios
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 22 de septiembre de 2011, aprobó provisionalmente el expediente de Modificación de Crédito n.º 13/2011 de Créditos Extraordinarios al Presupuesto General de 2011.
En virtud de lo dispuesto en los artículos 20 y 38 del RD 500/1990, de 20 de abril, dicho expediente se expone al público en la Secretaría de este Ayuntamiento durante 15 días hábiles siguientes a la publicación de este anuncio en el BOP, en horas de oficina al público (lunes a viernes de 9 a 14 horas), a efectos de que los interesados puedan presentar las reclamaciones que consideren oportunas a sus derechos.
En el supuesto de no presentarse reclamaciones en el plazo indicado el expediente se entenderá aprobado definitivamente produciendo efectos desde la fecha de la aprobación provisional una vez que se hayan publicado íntegramente las modificaciones.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Aldeamayor de San Martín, 23 de septiembre de 2011.–El Alcalde, Bernardo Sanz Manso.
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AYUNTAMIENTO DE ARROYO DE LA ENCOMIENDA Anuncio de aprobación provisional de Modificación
de las Ordenanzas Fiscales
El Pleno del Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda, en sesión ordinaria celebrada el día 21 de septiembre de 2011, acordó la aprobación provisional de la modificación de las Ordenanzas Fiscales reguladoras de los siguientes tributos:
• Modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
• Modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto de Actividades Económicas.
• Modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
• Modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa de prestación del Servicio de Recogida de Basuras.
• Modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por utilizaciones privativas y aprovechamientos especiales por Entrada de Vehículos a través de aceras y reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, cargas y descarga de mercancías de cualquier clase.
Asimismo acordó el Pleno la imposición y aprobación provisional de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Licencias Autotaxis.
En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 17 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se someten los expedientes a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar los expedientes y presentar las alegaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
Arroyo de la Encomienda, 27 de septiembre de 2011.–El Alcalde, José Manuel Méndez Freijo.
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III.–ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE GATÓN DE CAMPOS
Aprobado inicialmente el presupuesto 2011 de este Ayuntamiento en sesión de Pleno de 21 de septiembre de 2011, en cumplimiento de las previsiones del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, RD 2/2004, de 5 de marzo, art. 169.1, se abre un plazo de quince días a contar desde el siguiente a la presente publicación, para su revisión y formulación de alegaciones por los interesados.
Gatón de Campos, 22 de septiembre de 2011.–La Alcaldesa, Ana M.ª Gago Martín.
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AYUNTAMIENTO DE MONTEMAYOR DE PILILLA
Resolución del Ayuntamiento de Montemayor de Pililla (Valladolid) por la que se anuncia subasta para la adjudicación del aprovechamiento ordinario de PIÑAS del M.U.P.
n.º 64, denominado Llano de la Pililla, correspondiente al Plan del año 2012.
1.–Entidad adjudicadora.
a) Organismo: Ayuntamiento de Montemayor de Pililla (Valladolid).
2.–Objeto del contrato.
a) Descripción del objeto: Aprovechamiento de piñas del M.U.P. n.° 64, Llano de la Pililla.
b) Características:
– Localización: Todo el monte.
– Peso estimado: 50.000 kilogramos.
3.–Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación.
a) Tramitación: Ordinaria.
b) Procedimiento: Abierto.
c) Forma: Subasta.
4.–Tipo de licitación al alza. Importe total: 9.950,00 euros + 10% IVA (995,00 €).
5.–Obtención de documentación e información.
a) Entidad: Ayuntamiento de Montemayor de Pililla (Valladolid).
b) Domicilio: Plaza Mayor, 1.
c) Localidad y código postal: Montemayor de Pililla (Valladolid) 47320.
d) Teléfono y fax: 983694001.
e) Fecha límite de obtención de documentos e información: Hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de proposiciones.
6.–Presentación de las ofertas.
a) Fecha límite de presentación: 15 días naturales posteriores a la publicación en el BOP de este anuncio, y hasta las 14,00 horas del mismo. Si el día señalado para la finalización del plazo de presentación de proposiciones fuera sábado, domingo o día inhábil en el municipio de Montemayor de Pililla, se considerará que el plazo termina el primer día hábil siguiente, sin variación de la hora.
b) Documentación a presentar: La establecida en la cláusula 6.ª del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
c) Lugar de presentación: Ayuntamiento de Montemayor de Pililla (Valladolid).
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8.–Apertura de las ofertas.
a) Entidad: Ayuntamiento de Montemayor de Pililla (Valladolid).
b) Domicilio: Plaza Mayor n.º 1.
c) Fecha: Primer viernes siguiente hábil al de la finalización del plazo para la presentación de ofertas.
d) Hora: Diez horas, desarrollándose el acto en los términos previstos en la cláusula 7.ª del Pliego.
9.–Otras informaciones. Las proposiciones se ajustarán al modelo recogido en el anexo del pliego de cláusulas económico-administrativas particulares.
Montemayor de Pililla, 22 de septiembre de 2011.–El Alcalde, Fco. Javier Martín Sanz.
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III.–ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE MORALEJA DE LAS PANADERAS
Aprobado por Resolución de la Alcaldía de fecha 22 de septiembre de 2011 el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que han de regir la adjudicación por único criterio en procedimiento abierto y tramitación ordinaria del aprovechamiento de piñas del monte n.º 2 del C.P.U, denominado "RECORBA" (Lote 1) incluido en el Plan Anual de Aprovechamientos Forestales 2012, se somete a información pública para que los interesados puedan presentar las reclamaciones al mismo, abriéndose simultáneamente plazo de licitación de quince días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, conforme a los siguientes datos:
1. Entidad adjudicadora.
a) Organismo: Ayuntamiento de Moraleja de las Panaderas (Valladolid).
b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría.
2. Objeto del contrato.
a) Descripción del objeto: Aprovechamiento de Piñas del Monte n.º 2 denominado RECORBA (Lote 1) que se describen en la cláusula 1.ª del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
d) Plazo de ejecución: Aprovechamiento manual: del 11-11-2011 al 10-4-2011.
Aprovechamiento mecanizado: del 11-11-2011 al 15-3-2011.
3. Tramitación, procedimiento.
a) Tramitación: Ordinaria
b) Procedimiento: Adjudicación por único criterio en procedimiento abierto.
4. Presupuesto base de licitación. Precio mínimo de adjudicación al alza:
1.233,80 euros
5. Garantía provisional: Excluido de Garantía.
6. Obtención de documentación e información.
a) Entidad: Ayuntamiento de Moraleja de las Panaderas.
b) Domicilio: Calle Iglesia n.º 3.
c) Localidad y código postal: Moraleja de las Panaderas 47454.
d) Teléfono: 983 82 50 49.
e) Telefax: 983 82 50 49.
f) Fecha límite de obtención de documentos e información: Hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de proposiciones.
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7. Requisitos específicos del contratista.
a) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional: Por cualquiera de los medios de acreditación del art. 64 de la Ley 30/2007 de 30 de octubre.
8. Criterios de valoración de las ofertas.
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a un único criterio: El mayor precio ofertado.
9. Presentación de las ofertas de participación.
a) Fecha límite de presentación: Quince días naturales contados a partir del siguiente a la publicación de anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
b) Documentación a presentar: La establecida en la cláusula 9 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
c) Lugar de presentación: Registro General del Ayuntamiento de Moraleja de las Panaderas, Calle Iglesia n.º 3, 47453 Moraleja de las Panaderas (Valladolid).
10. Apertura de las ofertas.
a) Entidad: Ayuntamiento de Moraleja de las Panaderas (Valladolid), Plaza Mayor 1, 47454 (Valladolid).
b) Fecha: Primer jueves hábil a los diez días siguientes a la finalización del plazo de presentación de proposiciones a las 15 horas.
11. Mesa de contratación: Conforme a la cláusula 9 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
12. Gastos de anuncios: Serán por cuenta del adjudicatario.
Moraleja de las Panaderas, 22 de septiembre de 2011.–La Alcaldesa, Lucía Heras González.
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AYUNTAMIENTO DE PIÑA DE ESGUEVA
Por Resolución de la Alcaldía de 16 de septiembre de 2011 se han aprobado los siguientes padrones tributarios correspondientes al ejercicio y período que se indica:
Tasa por Abastecimiento de Agua 1.er y 2.º trimestre 2011.
Tasa por Recogida de Basuras 1.er y 2.º trimestre 2011.
Durante el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio, se exponen al público los referidos padrones en la Secretaría del Ayuntamiento, a efectos de que los interesados puedan examinarlo y, si lo desean, interponer recurso de reposición que será resuelto por el propio Ayuntamiento. En todo caso cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado correspondiente de Valladolid, con los requisitos y plazos que se indican en los artículos 45 y 46 de la Ley 29/1998 de la Jurisdicción Contenciosa, todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan interponer los recursos que consideren convenientes para la defensa de sus derechos.
Lo que se hace público para general conocimiento en cumplimiento de lo establecido en el artículo 14 del R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Piña de Esgueva, 16 de septiembre de 2011.–El Alcalde, José Luis Cuesta García.
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III.–ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE TRIGUEROS DEL VALLE Anuncio de adjudicación definitiva de un contrato de obras
A los efectos de lo previsto en el art. 138 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se hace pública la adjudicación definitiva del contrato siguiente:
1.–Entidad adjudicadora:
d) Organismo: Pleno del Ayuntamiento.
e) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría-Intervención.
f) Número de expediente:
2.–Objeto del contrato:
c) Tipo de contrato: Contrato de obras.
d) Descripción del objeto: Recuperación Casas Cueva y entorno.
3.–Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:
c) Tramitación: Urgente.
d) Procedimiento: Negociado sin Publicidad.
4.–Presupuesto base de licitación. Importe total: 90.000,00 Euros, IVA incluido.
5.–Adjudicación definitiva:
f) Fecha: 22 de septiembre de 2011.
g) Contratista: Construcciones Dionisio Pérez, S.L.
h) Nacionalidad: Española.
i) Importe de adjudicación: 89.875 Euros IVA incluido.
j) Plazo de ejecución: 2 meses.
Trigueros del Valle, 22 de septiembre de 2011.–La Alcaldesa, María Josefa Polo Coca.
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III.–ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VALDESTILLAS
Por D. JOSÉ M. BENITO GARCÍA, se solicita licencia ambiental para el ejercicio de una actividad dedicada a encerradero de 4 caballos y 2 potros, en la parcela 51 del polígono 1 de este término municipal.
Por lo que, a tenor de lo establecido en el artículo 27 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, y demás legislación complementaria dimanante de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Castilla y León, se hace público, para que todo aquel que pudiera resultar afectado de algún modo por dicha actividad, puedan ejercer el derecho a formular las alegaciones u observaciones que consideren oportunas en el plazo de veinte días, a contar desde la publlcación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid.
Valdestillas, 22 de septiembre de 2011.–El Alcalde en funciones (Tte. Alcalde), Domingo Pérez Casero.
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III.–ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ZARATÁN
Exposición pública Aprobación Provisional de Modificación de la Ordenanza Fiscal n.º 20 reguladora del Precio Público
para la utilización de Instalaciones Deportivas Municipales y Desarrollo de Actividades Deportivas y Culturales
El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el 27 de septiembre de 2011 acordó la aprobación provisional de la Modificación de la Ordenanza Fiscal n.º 20 reguladora del precio público para la utilización de instalaciones deportivas municipales y desarrollo de actividades deportivas y culturales.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, durante el plazo de 30 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el B.O.P., los interesados podrán examinar los expedientes y durante el mismo plazo se les da audiencia a efectos de que puedan presentar las reclamaciones y hacer las alegaciones y sugerencias que estimen oportunas.
En el supuesto de que durante el periodo de exposición pública no se presenten reclamaciones los acuerdos provisionales se elevarán automáticamente a definitivos, sin necesidad de segundo acuerdo expreso, publicándose en todo caso el texto íntegro de la Ordenanza Fiscal o sus modificaciones.
Zaratán, 28 de septiembre de 2011.–El Alcalde, José Luis Revuelta Giralda.
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III.–ADMINISTRACIÓN LOCAL
ENTIDAD LOCAL MENOR DE LA SANTA ESPINA
Autorizado por el Servicio territorial de Medio Ambiente el aprovechamiento de fruto forestal piñas para el año 2012 en el MUP n.º 152 denominado “Santa Espina” de esta Entidad Local y aprobado por esta Entidad Local Menor el Pliego de condiciones que han de regir en la subasta de dicho aprovechamiento, se procede a anunciar la convocatoria de la subasta pública, por procedimiento abierto y como único criterio de selección el precio:
1.º–Entidad adjudicataria:
Organismo: Entidad Local Menor de La Santa Espina.
2.º–Objeto del contrato:
Descripción: Aprovechamiento de piñas Monte n.º 152 “SANTA ESPINA”.
Características: Localización superficie arbolada con Pinus Pinea.
Superficie: 500,00 ha.
Cantidad estimada piñas de pino piñonero: 120.000 kg.
Zonas excluidas de aprovechamiento: Ninguna.
Modalidad: En pie, a riesgo y ventura.
Plazo de ejecución: Aprovechamiento manual de 11-11-2011 hasta 10-04-2012; Aprovechamiento mecanizado de 11-11-2011 hasta 15-03-2012.
3.º–Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:
a) Tramitación: Urgente.
b) Procedimiento: Abierto.
c) Forma: Único Criterio Precio.
4.º–Tipo de licitación al alza: 20.880,00 Euros al alza.
5.º–Garantías:
Garantía provisional: No se exige.
Garantía definitiva: Será del 5% del importe de adjudicación.
6.º–Documentación e información:
En las Oficinas de la Entidad Local Menor de la Santa Espina, teléfonos: 983565193 615157255 siendo la fecha límite para la obtención de documentos e información hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de proposiciones.
Núm. 226 Sábado, 1 de octubre de 2011 Pág. 31
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7.º–Plazo y lugar de presentación de proposiciones:
a) Fecha límite de presentación: 8 días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
b) Documentación a presentar la establecida en el Pliego de cláusulas administrativas particulares.
c) Lugar de presentación: Entidad Local Menor de La Santa Espina.
8.º–Apertura de las ofertas:
En la Entidad Local Menor de La Santa Espina el primer jueves hábil siguiente a la finalización del plazo para la presentación de ofertas a las 16,30 horas.
9.º–Otras informaciones: Las proposiciones se ajustarán al modelo recogido en el Pliego de cláusulas administrativas particulares.
10.º–Gastos de anuncios: Serán de cuenta del adjudicatario.
La Santa Espina, 23 de septiembre de 2011.–El Alcalde Pedáneo, Luis Miguel Puerta Puerta.
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IV.–ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN Sala de lo Social de Valladolid
N.I.G.: 47186 44 4 2008 0400689.
Tipo y N.° de Recurso: Recurso Suplicación 0001170/2011 M.B.
Juzgado de Origen/Autos: Demanda 0000568/2008 Jdo. de lo Social N.° 004 de Valladolid.
Recurrente/s: Ultracongelados Dona Dona, S.L.
Abogado/a: José Antonio Turnes Toja.
Procurador/a: Jorge Rodríguez-Monsalve Garrigos.
Recurrido/s: Ofici. Territ. Trabajo de la Junta de Castilla y León en Valladolid, Grupo Empresarial de Servicios Castellanos Siglo XXI (Grupo Emser), José Javier Contreras Sanz (Administrador Concursal Grupo Emser), Virginia Cantalapiedra Saldaña, Oliva Romo Fernández, María del Carmen González Aldaba, Sara Barajas García, Lorena Hernández Milán, Esther Martín Fernández , María del Carmen Sánchez Rodríguez, Aurora María Heras Sánchez, Concepción Martín San Pedro, Cándida Revuelta Elices, Soledad Sanz Gómez, Raquel Gómez Camino, Vanesa Castrodeza García, Patricia Prieto Viñas, Susana Casas Herranz, Julia Cruz González, María Isabel Cantalapiedra Platón, Vanesa Armesto Mesa, Eva María Hernández Miguel, Tamara Palacios Santiago, María Soledad Gil Becerra, María de la Guía Sánchez Nieto, Sandra Hernández Blanco, María José Montalvillo Arranz, Mónica Álvarez Vázquez, Verónica Morejón Carranza, María Vanesa Gil Aparicio, Sara Rincón Vecino, Rosana Marcos Domínguez, Inocencia Pérez García, María Cristina Juez Casares.
Abogado/a: Letrado Comunidad (Servicio Provincial).
Carmen Rodríguez Arias, Secretaria de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid.
DOY FE: Que en el Recurso de Suplicación 1.170/11 M.B., seguido a instancia de ULTRACONGELADOS DONA DONA, S.L. contra AUTORIDAD LABORAL –INSPECCIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL– y las trabajadoras D.ª VIRGINIA CANTALAPIEDRA SOLADANA, D.ª OLIVA ROMO FERNÁNDEZ, D.ª M.ª DEL CARMEN GONZÁLEZ ALDABA, D.ª SARA BAJARJAS GARCÍA, D.ª LORENA HERNÁNDEZ MILÁN, D.ª ESTHER MARTÍN FERNÁNDEZ, D.ª CARMEN SÁNCHEZ RODRÍGUEZ, D.ª AURORA MARÍA HERAS SÁNCHEZ, D.ª CONCEPCIÓN MARTÍN SAN PEDRO, D.ª CÁNDIDA REVUELTA ELICES, D.ª SOLEDAD SANZ GÓMEZ, D.ª RAQUELGÓMEZ CAMINO, D.ª VANESA CASTRODEZA GARCÍA, D.ª PATRICIA PRIETO VINAS, D.ª SUSANA CASAS HERRANZ, D.ª JULIA CRUZ GONZÁLEZ, D.ª M.ª ISABEL CANTALAPIEDRA PLATÓN, D.ª VANESA ARMESTO MESA, D.ª EVA M.ª HERNÁNDEZ MIGUEL, D.ª TAMARA PALACIOS SANTIAGO, D.ª M.ª SOLEDAD GIL BECERRA, D.ª
Núm. 226 Sábado, 1 de octubre de 2011 Pág. 33
cve-BOPVA-A-2011-06626
B oletín o ficial de la P rovincia de v alladolid
M.ª DE LA GUÍA SÁNCHEZ NIETO, D.ª SANDRA HERNÁNDEZ BLANCO, D.ª M.ª JOSÉ MONTALVILLO ARRANZ, D.ª MÓNICA ÁLVAREZ VÁZQUEZ, D.ª VERÓNICA MOREJÓN CARRANZA, D.ª VANESA GIL APARICIO, D.ª SARA RINCÓN VECINO, D.ª ROSANA MARCOS DOMÍNGUEZ y D.ª INOCENCIA PÉREZ GARCÍA, D.ª M.ª CRISTINA JUEZ CASARES, y la empresa, sobre CESIÓN ILEGAL, se ha dictado Resolución por esta Sala en fecha 14 de septiembre de 2011, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"Que desestimando el recurso de suplicación interpuesto por ULTRACONGELADOS DONA DONA, S.L., contra la Sentencia del Juzgado de lo Social 4 de Valladolid de fecha 29 de diciembre de 2010, recaída en autos n.° 568/08, seguidos a virtud de demanda de oficio promovida por AUTORIDAD LABORAL –INSPECCIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL– contra CONGELADOS DONA DONA, S.L., GRUPO EMPRESARIAL SERVICIOS SIGLO XXI, S.L. (GRUPO EMSER), y las trabajadoras D.ª VIRGINIA CANTALAPIEDRA SOLADANA, D.ª OLIVA ROMO FERNÁNDEZ, D.ª M.ª DEL CARMEN GONZÁLEZ ALDABA, D.ª SARA BAJARJAS GARCÍA, D.ª LORENA HERNÁNDEZ MlLÁN, D.ª ESTHER MARTÍN FERNÁNDEZ, D.ª CARMEN SÁNCHEZ RODRÍGUEZ, D.ª AURORA MARÍA HERAS SÁNCHEZ, D.ª CONCEPCIÓN MARTÍN SAN PEDRO, D.ª CÁNDIDA REVUELTA ELICES, D.ª SOLEDAD SANZ GÓMEZ, D.ª RAQUEL GÓMEZ CAMINO, D.ª VANESA CASTRODEZA GARCÍA, D.ª PATRICIA PRIETO VINAS, D.ª SUSANA CASAS HERRANZ, D.ª JULIA CRUZ GONZÁLEZ, D.ª M.ª ISABEL CANTALAPIEDRA PLATÓN, D.ª VANESA ARMESTO MESA, D.ª EVA M.ª HERNÁNDEZ MIGUEL, D.ª TAMARA PALACIOS SANTIAGO, D.ª M.ª SOLEDAD GIL BECERRA, D.ª M.ª DE LA GUÍA SÁNCHEZ NIETO, D.ª SANDRA HERNÁNDEZ BLANCO, D.ª M.ª JOSÉ MONTALVILLO ARRANZ, D.ª MÓNICA ÁLVAREZ VÁZQUEZ, D.ª VERÓNICA MOREJÓN CARRANZA, D.ª VANESA GIL APARICIO, D.ª SARA RINCÓN VECINO, D.ª ROSANA MARCOS DOMÍNGUEZ y D.ª INOCENCIA PÉREZ GARCÍA, D.ª M.ª CRISTINA JUEZ CASARES, sobre CESIÓN ILEGAL, debemos confirmar y confirmamos el fallo de instancia.
Se acuerda la pérdida del depósito constituido para recurrir y se imponen a la Mercantil recurrente las costas del recurso, que incluirán los honorarios del letrado de la Junta que lo impugna, en cuantía de 300 euros.
Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, y expídase testimonio que quedará unido al rollo de su razón, incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias.
Se advierte que:
Contra la presente sentencia, cabe recurso de Casación para la Unificación de Doctrina, que podrá prepararse dentro de los diez días siguientes al de esta notificación, mediante escrito firmado por Abogado y dirigido a esta Sala, con expresión sucinta de la concurrencia de requisitos exigidos, previstos en el artículo 219 de la Ley de Procedimiento Laboral.
Todo el que intente interponer dicho recurso sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social consignará como depósito la cantidad de 300,00 euros en la cuenta núm. 4636 0000 66 170-2011 abierta a nombre de la Sección 1.ª de la Sala de lo Social de este Tribunal, en la oficina principal en Valladolid del Banco Español de Crédito (BANESTO), acreditando el ingreso.
Asimismo deberá consignar separadamente en la referida cuenta la cantidad objeto de condena, debiendo acreditar dicha consignación en el mismo plazo concedido para