CONVENIO
PROGRAMA DE CENTROS COMUNITARIOS DE SALUD FAMILIAR (CECOSF) ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD MUNICIPAL
En Castro a 13 de Marzo de 2013 entre el Servicio de Salud Chiloé, RUT N° 61.979,210-6 persona jurídica de derecho público domiciliado en calle O Higgins N° 504 , representado por su Director Sr. Rodrigo Callejas Callejas, Cédula Nacional de Identidad N° 10.719.524-6, del mismo domicilio, en adelante el "Servicio" y la Ilustre Municipalidad de Castro, RUT N° 69.230.400-4 persona jurídica de derecho público domiciliada en^Blanco N° 273, en fa Comuna de Castro, representada por su Alcalde Don Nelson Águila Serpa, Cédula Nacional de Identidad N° 6.648.538-2 de ese mismo domicilio, en adelante la Municipalidad, se ha acordado celebrar un convenio que consta de las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Se deja constancia que el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal,
aprobado por la Ley N° 19.378, en su artículo 56 establece que el aporte estatal mensual podrá incrementarse: "En el caso que las normas técnicas, planes y programas que se impartan con posterioridad a la entrada en vigencia de esta ley impliquen un mayor gasto para la Municipalidad, su financiamiento será incorporado a los aportes establecidos en el artículo 49".
Por su parte, el articulo 6° del Decreto Supremo N° 153 del 2006r del Ministerio de Salud, reitera dicha norma, agregando la forma de materializarla al señalar "para cuyos efectos el Ministerio de Salud dictará la correspondiente resolución".
SEGUNDA; En el marco de la Reforma de Salud, cuyos principios orientadores apuntan a ia
Equidad, Participación, Descentralización y Satisfacción de los Usuarios, de las prioridades programáticas, emanadas deí Ministerio de Salud e incorporando a la Atención Primaria corno área y pilar relevante en el proceso de cambio a un nuevo modelo de atención, el Ministerio de Salud, ha decidido impulsar el Programa de Centros Comunitarios de Salud Familiar fCECOSF).
El financiamiento del referido Programa ha sido aprobado por Resolución Exenta N° 430 del 04 de Marzo de 2013, del Ministerio de Salud, anexo al presente convenio y que se entiende forma parte integrante del mismo, el que la Municipalidad se compromete a desarrollar en virtud del presente instrumento.
TERCERA; El Ministerio de Salud, a través del Servicio, conviene en asignar a la
Municipalidad recursos destinados a financiar los siguientes componentes de! Programa de Centros Comunitarios de Salud Familiar (CECOSF).
1) Componente 1: Los 3 Centros Comunitarios de Salud Familiar implementados y funcionando en coordinación con el equipo de salud del cual depende que en este caso corresponde al CESFAM Castro Alto.
Estrategias:
1.1 Implementar la atención de prestaciones de salud primaria en los Centros Comunitarios de Salud familiar de:
•s Rilan y área correspondiente a las Postas de Salud de Salud Rural de Curahue, Puyan y Yutuy.
v' Llau-Llao y área correspondiente a la Posta de Salud Rural de Pid Pid.
• Irnplementa Equipo de Cabecera Básico compuesto por: Médico, Enfermera,
Matrona, Técnico Paramédico y administrativo.
• Implementa Modelo de Salud Familiar y comunitario evaluado a través de indicadores técnicos de proceso y resultado en los ámbitos comunitarios, familiar y de gestión.
• Se facilite la capacitación del recurso humano en el modelo de salud f a m i l i a r de parte de los empleadores con el fin de avanzar en el cumplimiento de los indicadores o1:? participación comunitaria, enfoque familiar y de gestión.
Los indicadores de cumplimiento de acuerdo a las Orientaciones Técnicas para CECOSF
son:
Criterio: Enfoque Comunitario Nombre Indicador
Mesa de trabajo constituida. Diagnóstico participa tívo de salud realizado y actualizado. El equipo de salud debate con la comunidad temas de ciudadanía, derechos de salud y funcionamiento de! centro.
Cartera de servicios establecida con participación comunitaria y explícita para ¡a comunidad en el centro.
Medio de verificación
Acta de conformación de mesas de trabajo u otra instancia y actas de reuniones
Está disponible el documento de diagnóstico de la situación de salud de la comunidad inscrita, actualizado del año en curso,
Está disponible documento con actas de acuerdo de los espacios de debate con una frecuencia de a lo menos bimensual
Está disponible documentación con actas de acuerdo de la cartera de servicios.
Cartera de servicio explícita en el centro, visible para todo el que ingresa.
Criterio: Enfoque Familiar Todos los Profesionales
capacitados en herramientas de trabajo con familias. Todas las familias con Carpetas familiares y qenoqrama en el centro. Existe diagnóstico de vulnerabilidad de las familias inscritas.
La Visita domiciliarla es una actividad sistemática y permanente de todos los miembros del equipo.
En el resumen del programa de capacitación ejecutado en el año en curso, se consignan los cursos realizados y él (los) miembros del equipo capacitado Revisión de los archivos y /o resumen consolidado de familias Inscritas.
Esté documentado el diagnóstico de situación de las familias inscritas, éste contiene ¡a valoración de los factores de riesgo, los antecedentes disponibles de evaluación de vulnerabilidad (CASEN) e integra antecedentes globales disponibles en el municipio. Registros de la Visita domiciliaria integral (VDI) realizadas a las familias inscritas y /o bajo control.
2. INDICADORES DE RESULTADOS:
Criterio: Enfoque Comunitario Nombre Indicador
Proyectos presentados para financiamiento de realización conjunta.
Existen espacios formales y regulares de interacción con la comunidad.
Realiza acciones de acercamiento a la
Medio de verificación Proyectos disponibles
Actas de reuniones y jornadas con líderes de la comunidad que señalen asistencia, temas tratados, estrategias de interacción con ia comunidad, compromisos de trabajo conjunto y cronoqrama Existe documentación de las experiencias de acercamiento a la comunidad (tanto juntas de vecinos,
comunidad. Existe participación de representantes de organizaciones y usuarios en '¿1 proceso de planificación ¿.el centro.
como organizaciones específicas)
Actas de rG un ion es que señalen asistencia, temas tratados, compromisos de trabajo conjunto y cronograma
Criterio: Enfoque familiar Todos los programas de
atención de crónicos incorporan la consideración de !a familia en e! manejo.
Se evalúan los resultados de las intervenciones familiares.
Enfoque promocional preventivo en la familia.
Revisión de diseno de los planes y programas de atención para personas con patología crónica, deben cumplir a los menos:
Descripción de la implicancia de la familia en el cuidado de la salud de acuerdo al tipo de problema. Evidencia y /o recomendación de expertos que respalda dicha descripción. Acciones concretas de la atención en que se incorpora al grupo familiar. Instrumentos a utilizar para la valoración. Estándares de registro
Existe documento que define los criterios de evaluación e indicadores para la evaluación del resultado de las intervenciones relacionadas con la aplicación del enfoque familiar en la atención de salud del centro. Está documentado el trabajo con familias de acuerdo a su ciclo vital y las crisis normativas que en él ocurren.
Criterio: Gestión Se cuenta con medición de
satisfacción usuaria.
Cuenta con plan de trabajo en función de los resultados de la encuesta de satisfacción.
Se evalúa el proceso de implementación.
Incremento progresivo de población bajo control con diabetes e hipertensión arterial compensada
Está documentada la medición de satisfacción usuaria de manera sistemática, con adecuaciones a las demandas existentes
Plan de trabajo en función de los resultados de la encuesta de satisfacción usuaria
Existen actas e informes periódicos de evaluación del proceso de implementación de acuerdo al plan estratégico y su cronograma, que contienen: información al equipo de los estados de avance en la implementación (logros y dificultades para la implementación del modelo), la opinión de los usuarios internos y externos y las estrategias propuestas para superar las barreras. Se documenta que las estrategias se han planificado con amplia participación de los equipos de salud del centro.
Medición semestral de población bajo control con diabetes e hipertensión arterial compensada. Línea base población bajo control con enfermedades crónicas compensada a! inicio del CECOSF.
1.2 Coordinación entre los equipos de salud de los Centros Comunitarios de Salud Familiar y el equipo de Salud del Establecimiento de Atención Primaria del cual dependen que en este caso corresponde a CESFAM Castro Aíto.
• Desarrolla procesos de Planificación y Programación en red en forma coordinada con el establecimiento de Atención Primaria de Base que en este caso corresponde a CESFAM Castro Alto.
Estas estrategias serán medidas a través de:
^ Cumplimiento cartera Prestaciones CECOSF (Registros DEIS)
•/ Documento de Programación en Red CECOSF Kintunien, Rilan y programa de reducción de brechas en coordinación con CESFAM Base.
•/ Evaluación de la programación de acuerdo a coberturas logradas sobre población a atender en CECOSF Kintunien, Rilan, Llau-Llao con sus respectivos porcentajes de cumplimiento de actividades de acuerdo a rendimiento y concentraciones establecidas por Programas y Orientaciones Programáticas.
CUARTAi Conforme a lo señalado en las cláusulas precedentes el Ministerio de Salud, a través del Servicio de Salud, conviene en asignar al Municipio, desde la fecha de total tramitación de la Resolución aprobatoria, la suma anual y única de $ 153.332.796, para alcanzar el propósito y cumplimiento de las estrategias señaladas en la clausula anterior, con la distribución siguiente:
/ CECOSF Kintunien •/ CECOSF Rilan •/ CECOSF Llau-üao
$51.110.932
$51.110.932
$51.110.932
De acuerdo a lo anterior deberá financiar;
^ Equipo de Cabecera Básico compuesto por: Médico, Enfermera, Matrona, Técnico
Paramédico y administrativo.
•s Cartera de prestaciones Centros Comunitarios de Salud Familiar. ^ Gastos de operación de CECOSF Kintunien, Rilan, Llau-Llao
El Municipio se compromete a coordinar la definición de coberturas en conjunto con el Servicio cuando corresponda, asi como, a cumplir las acciones señaladas por éste para estrategias especificas y se compromete a implementar y otorgar las prestaciones señaladas en el Programa para las personas válidamente inscritas en el área de atracción de los establecimientos, comprendidas por:
•/ Kintunien
v Rilan y área correspondiente a las Postas de Salud de Curahue, Puyan y Yutuy s Llau-Uao y área correspondiente a la Posta de Salud de Pid Pid
QUINTA: E! Municipio se compromete a utilizar los recursos entregados para financiar las siguientes actividades y metas:
Indicador de Cumplimiento 1. Centros Comunitarios de Salud Familiar de Kintunien, Rilan y Llau- Llao funcionando.
Fórmula de cálculo (N° de Centros Comunitarios de Salud Familiar funcionando/Total de Centros Comunitarios de Salud Familiar proyectados) * 100
Meta Anual
100%
SEXTA: El Servicio evaluará el grado de cumplimiento del Programa, conforme a las metas
definidas en las clausulas tercera y quinta. Es decir 100% de Centros Comunitarios de Salud
Familiar funcionando.
Se entenderá Centros Comunitarios de Salud Familiar funcionando aquelfos que cumplan con:
•/ Equipo de cabecera compuesto por: Médico, Enfermera, Matrona, Técnico Paramédico y administrativo. El verificador de este ámbito será la presentación de copia de los contratos de trabajo del recurso humano por 44 horas semanales.
•/ Programación en red anual con su correspondiente monitoreo en Junio de 2013 y evaluación en diciembre de 2013.
•s Dación de 100% de cartera de prestaciones definida en Manual de Centros Comunitarios de Salud Familiar.
•/ Cumplimiento de coberturas sobre población a atender de acuerdo a concentraciones y rendimiento establecidos en programas de salud y orientaciones programáticas a nivel nacional.
•/ Desarrollo de indicadores técnicos de proceso y resultado en los ámbitos comunitarios, familiar y de gestión.
SÉPTIMA: Los recursos serán transferidos en 12 cuotas, tramitación del convenio y las siguientes en forma sucesiva.
„ »
OCTAVA: El Servicio, requerirá a la Municipalidad, los datos e informes relativos a la
ejecución del programa y sus componentes específicos en la cláusulas tercera, cuarta y
quinta de este convenio, con los detalles y especificaciones que estime del caso, efectuando
una constante supervisión, control y evaluación del mismo. Igualmente, el Servicio podré
impartir pautas técnicas para alcanzar en forma más eficiente y eficaz los objetivos del
presente convenio.
NOVEN Al Será responsabilidad de la Municipalidad, velar por la correcta administración de
los fondos recibidos, gastados e invertidos en las diferentes unidades de salud. Lo anterior
independiente de las atribuciones que le competen al Servicio en el sentido de exigir
oportunamente la rendición de cuentas de los fondos entregados y de las revisiones que
pudiese efectuar, si así fuese el caso, en términos aleatorios, a través del depto. de
Auditoria del Servicio.
Sin perjuicio de lo anterior, las transferencias de recursos se rigen por las normas
establecidas en la resolución N°759 de 2003, de la Contraloría General de la república, en
particular en lo señalado en su numeral 5.2 que: el Organismo Público Receptor estará
obligado a enviar a la Unidad otorgante un comprobante de ingresos por los recursos
percibidos y un informe mensual de su inversión, que deberá señalar, a (o menos, el monto
de los recursos recibidos en el mes, el monto detallado de la inversión realizada y el saldo
disponible para el mes siguiente.
Y en su numeral 5.4: los Servicios de salud no entregarán nuevos fondos a rendir, sea a
disposición de unidades internas o a la administración de terceros, mientras la persona o
institución que debe recibirlos no haya cumplido con la obligación de rendir cuenta de !a
inversión de los fondos ya concedidos.
DECIMA: La Municipalidad mensualmente rendirá cuenta de la transferencia, mediante una
planilla consolidada en que detalle a lo menos: ingresos, egresos detallados y saldo
disponible, la que deberá hacer llegar dentro de los cinco primeros días del mes siguiente a
que haga referencia, al domicilio del Servicio, sin perjuicio de otros antecedentes que se le
puedan solicitar formalmente. Al finalizar el convenio, la Municipalidad, deberá entregar una
rendición detallada y documentada de los gastos realizados y el cumplimiento de los
objetivos y estrategias comprometidas.
DECIMA PRIMERA: Finalizado el período de vigencia del presente convenio, el Servicio
descontará de la transferencia regular de atención primaria, ei valor correspondiente a la
parte transferida y no ejecutada del Programa objeto de este instrumento, en su caso. Para
lo cual, la Municipalidad le faculta para aplicar el descuento correspondiente, en la primera
cuota del convenio de continuidad de! año siguiente.
DECIMA SEGUNDA; E! Servicio de Salud no asume responsabilidad financiera mayor que la
que en este Convenio se señala. Por ^[|ja,_gnel caso que la Municipalidad se exceda de los
fondos destinados por el Serv¡c¡q,-pSra !a ejecütión del mismo, ella asumirá el mayor gasto
resultante.
DECIMA TEJtCERA: El presente convenio tendrá vigencia desde el 1 de Enero hasta el 31
de diciembre del año 2013, sin embargo podrá extenderle por un período posterior al año
en curso, si la entidad administradora de salud lo solicita expresamente a! Servicio de Salud
y éste lo estima pertinente. La renovación deberá solicitarse formalmente/ por parte del
Municipio en una fecha anterior al vencimiento del Convenio.
DECIMA CUARTA: El presente
;--..del Servicio de Salud, uno en
ialud,División de Integración
AGUÓLA SERPA
:ALM •
PALIDAD CASTRO
convenio se firma en 4 ejemplares, quedando uno en poder
de la Municipalidad y los d$s restantes en/la de! Ministerio
Redes y Departamento
SR. ROD1
SERV:
rídico, Servicio de Salud Chiloé
IGO CALLEJA
DIRECTOR CIO DE SALU