Haga clic para modificar el
estilo de título del patrón
Haga clic para modificar el estilo de
subtítulo del patrón
Gestión de Residuos de
Aparatos Eléctricos y
Electrónicos
(RAEE)
PBDEs
Haga clic para modificar el
estilo de título del patrón
Haga clic para modificar el estilo de
subtítulo del patrón
La Directiva 2002/95/CE, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos, incluye las excepciones de uso para dichas sustancias.
Legislación
La Directiva 2002/96/CE, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE), tiene por objetivo, prevenir la generación estos residuos así como, reutilizar, reciclar y otras formas de valorización de dichos residuos, a fin de reducir su eliminación.
La Directiva 2003/108/CE, por la que se modifica la Directiva 2002/96/CE, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, se establece las disposiciones relativas a la financiación de los RAEE no procedentes de hogares particulares.
El Real Decreto 208/2005, sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos, obliga a los productores de AEE a adoptar medidas para que los residuos, puestos por ellos en el mercado, sean recogidos de forma selectiva y tengan una correcta gestión medioambiental. Estas obligaciones podrán ser cumplidas de forma individual o a través de uno o varios Sistemas Integrados de Gestión (SIG).
Haga clic para modificar el
estilo de título del patrón
Haga clic para modificar el estilo de
subtítulo del patrón
Las normas jurídicas de la UE y la Ley 10/1998, de Residuos obligan a la redacción y aprobación de planes para todos los tipos de residuos.
Objetivos:
1) Recogida selectiva. 2) Valorización.
En España se exige que los planes nacionales se confeccionen por integración de los planes aprobados por las Comunidades Autónomas.
El PNRAEE pretende dar cumplimiento a esas exigencias jurídicas y al RD 208/2005.
Plan Nacional de Residuos de Aparatos
Eléctricos y Electrónicos (RAEE)
Haga clic para modificar el
estilo de título del patrón
Haga clic para modificar el estilo de
subtítulo del patrón
Industria
Según la Asociación Europea de Fabricantes de Plásticos y el Panel de la Industria Europea de retardantes de llama bromados, los siguientes AEE contienen retardantes de llama bromados:
Equipos de oficina Ordenadores Equipamiento eléctrico Sistemas de telecomunicación Grandes electrodomésticos
Haga clic para modificar el
estilo de título del patrón
Haga clic para modificar el estilo de
subtítulo del patrón
Fabricante
Los fabricantes de AEE, importadores, y
distribuidores en determinados casos
deberán inscribirse en el Registro
REI-RAEE.
Deberán declarar su condición como
productor a nivel autonómico.
Haga clic para modificar el
estilo de título del patrón
Haga clic para modificar el estilo de
subtítulo del patrón
Productor
Cualquier persona que,
i) fabrique y venda AEE con marcas propias,
ii) revenda con marcas propias aparatos fabricados por terceros, sin que pueda considerarse productor al vendedor si la marca del productor figura en el aparato, conforme al inciso i), o
iii) se dedique profesionalmente a la importación o exportación de dichos aparatos eléctricos y electrónicos a un Estado miembro.
Según la Directiva 2002/96/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de enero de 2003, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE), productor es:
Haga clic para modificar el
estilo de título del patrón
Haga clic para modificar el estilo de
subtítulo del patrón
- Con sede social en España: Deberá registrarse y
declarar su condición de productor.
- Sin sede social en España: Para poder registrase y
declarar su condición de productor, es necesario que
disponga de un representante legal en España. Si no,
deberá nombrarlo y una vez que esté legalmente
reconocido, registrarse y declarar su condición como
productor.
Haga clic para modificar el
estilo de título del patrón
Haga clic para modificar el estilo de
subtítulo del patrón
Distribuidor
No están obligados a inscribirse en el Registro a menos que realicen las siguientes actividades:
- La venta de AEE con marcas propias.
- La importación o exportación de AEE.
Según la Directiva 2002/96/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de enero de 2003, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE), distribuidor es:
Cualquier persona que suministre un aparato eléctrico o electrónico, en condiciones comerciales, a quien vaya a utilizarlo;
Haga clic para modificar el
estilo de título del patrón
Haga clic para modificar el estilo de
subtítulo del patrón
Procedimientos, mecanismos y actuaciones que, previa
autorización y supervisión por las Comunidades Autónomas
en cuyo ámbito territorial se implanten, pongan en marcha
los agentes económicos interesados, acuerdos voluntarios
aprobados o autorizados por las Administraciones Públicas
competentes, o mediante Convenios de Colaboración con éstas,
con la finalidad de garantizar la recogida selectiva de los residuos.
Haga clic para modificar el
estilo de título del patrón
Haga clic para modificar el estilo de
subtítulo del patrón
ECO-RAEE
No es un impuesto, no es una tasa,
ni es una contribución especial.
Impuesto destinado a financiar la gestión de los RAEE históricos. La ECO-RAEE debe estar incluida en las facturas de los productos afectados por la Normativa RAEE.
Sobre la ECO-RAEE no existe margen comercial. No es negociable para ningún producto.
Haga clic para modificar el
estilo de título del patrón
Haga clic para modificar el estilo de
subtítulo del patrón
Si el producto se ha adquirido después del 13 de agosto de 2005, se utilizará el sistema de recogida selectiva que implante el fabricante.
Para los RAEE que no proceden
de domicilios particulares
Si el producto es anterior al 13 de agosto de 2005, en el supuesto de que se sustituya por otro nuevo, el fabricante suministrador se hará cargo de los gastos de gestión del aparato retirado.
Si no es sustituido, el usuario se tiene que hacer cargo de los costes de gestión, pudiendo entregar el equipo al sistema implantado por el fabricante o bien asumiendo directamente la gestión.
Haga clic para modificar el
estilo de título del patrón
Haga clic para modificar el estilo de
subtítulo del patrón
-
Punto limpio
: Hay espacios en las ciudades y
municipios, que disponen de contenedores para
su gestión.
Los RAEE procedentes de domicilios particulares,
los tenemos que entregar para su gestión
-
Puntos limpios móviles
: Existen camiones
adaptados para la recogida de residuos, para
aquellas localidades más alejadas.
-
Grandes superficies
: Cuando se compran
electrodomésticos, las tiendas se hacen cargo
de la recogida de los aparatos antiguos.
Haga clic para modificar el
estilo de título del patrón
Haga clic para modificar el estilo de
subtítulo del patrón
En algunos pueblos existen sistemas alternativos móviles
para la recogida de RAEE, denominados puntos
limpios móviles.
Puntos Limpios
Las instalaciones de los puntos limpios recogen gratuitamente los residuos domésticos que, por su gran volumen o por su peligrosidad, no deben arrojarse a la bolsa de la basura, ni depositarse en los contenedores de la calle.
La OCU ha elaborado una base de datos, para que los usuarios puedan obtener información a cerca de su punto limpio más cercano.