Pliego de cláusulas administrativas particulares Que, como Ley fundamental del contrato, regirá El concurso, por procedimiento abierto, para
Adjudicar la prestación del servicio de explotación del bar de las piscinas municipales.
Pliego de cláusulas administrativas particulares, que, como Ley fundamental del contrato, habrá de regir el concurso tramitado, por procedimiento abierto, para adjudicar la prestación del servicio de Explotación del Bar de las Piscinas Municipales.
1.- Objeto del contrato. Es objeto del contrato la prestación del servicio de Explotación del Bar de las Piscinas Municipales de Autol, conforme a las condiciones técnicas que se unen como anexo al presente, excluyendo la barra de bar existente en el campo de fútbol, la cual será gestionada por el C. D. Autol en sus eventos deportivos.
2.- Procedimiento y forma de adjudicación: el contrato se adjudicará por procedimiento abierto y concurso, tramitación urgente, y se regirá por el presente Pliego de Cláusulas Administrativas particulares y supletoriamente por la Ley 7/85 de 2 de abril, por el Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, y por la Ley de Contratos del Sector Público.
3.- Naturaleza jurídica del contrato: el contrato que se perfeccione tiene carácter administrativa conforme a lo previsto en la Ley de Contratos del Sector Público.
4.- Plazo del contrato: el contrato se otorgará por un plazo de UN AÑO que terminará el 31 de mayo de 2010, no obstante, podrá prorrogarse de año en año tácitamente, si no se expresa por cualquiera de las partes la voluntad de darla por terminada al menos con dos meses de antelación al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de las prórrogas. Transcurrido el plazo de 4 años desde el inicio de la explotación, la concesión quedará definitivamente extinguida sin posibilidad de ninguna prórroga. 5.- Obligaciones básicas del contratista: Serán obligaciones básicas del contratista las siguientes:
a) Prestar el servicio del contrato poniendo para ello en funcionamiento los locales e instalaciones el día 1 junio de 2009.
b) El servicio se prestará por el contratista durante el plazo de duración del contrato, siendo de su cuenta los gastos que origine en general el funcionamiento del mismo c) Conservar los enseres, mobiliario, electrodomésticos, herramientas y elementos que
contiene el bar y mantenerlos en perfecto estado de funcionamiento, limpieza e higiene, hasta que, por conclusión de la concesión, deban entregarse, con todas las instalaciones que sean inherentes y necesarias al mismo para su adecuada prestación.
El contratista suscribirá a favor del Ayuntamiento de Autol una póliza de seguro de Responsabilidad Civil por un importe mínimo de 300.000,00 euros que cubra los daños derivados del funcionamiento del bar, cuyo documento será presentado a la hora de firmar el contrato.
d) Admitir al uso del servicio a toda persona que cumpla los requisitos reglamentarios. e) Responder a terceros en los daños que puedan irrogarse por el funcionamiento del
servicio concedido, salvo los que procedan de actos realizados en cumplimiento de órdenes impuestas por el Ayuntamiento de Autol.
f) No enajenar, ni gravar sin autorización bienes o instalaciones que deban revertir a la Corporación concedente.
6.- Tarifas: Las tarifas que el contratista perciba del público, con descomposición de sus elementos conformadores, con vistas a futuras revisiones, serán las autorizadas legalmente. Dichas tarifas o precios de venta al público serán los establecidos de común acuerdo entre el Ayuntamiento y el contratista.
Estos precios, serán revisados por el órgano competente.
7.- Canon que satisfará el contratista: El canon que el contratista satisfará mensualmente al Ayuntamiento será el que resulte de la oferta del proponente seleccionado, el cual se revisará anualmente por aplicación del IPC, que fije el INE o el que legalmente le sustituya. Siendo el tipo de licitación anual de 1.600,00 euros más IVA, AL ALZA.
8.- Relaciones con los usuarios del servicio. El contratista y los usuarios ajustarán sus relaciones con el público otorgándoles un trato escrupulosamente respetuoso y solicitando la mediación en los posibles conflictos con sus clientes del Ayuntamiento de Autol.
8.- Capacidad para contratar.- Están capacitados para contratar las personas jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten solvencia económica, financiera, o técnica en los términos en los términos de los artículos 64 y 65 de la Ley 30/2007 de 20 de Octubre, y que se detallan en el apartado 4º del presente artículo, y no estén afectadas por ninguna de las circunstancias que enumera el Art. 49 de dicha Ley como prohibitivas para contratar.
La Administración podrá contratar con uniones de empresas que constituyan temporalmente al efecto (sin que sea necesaria la formalización de las mismas en Escritura Pública hasta que se haya efectuado la adjudicación) las cuales responderán solidariamente ante la Administración y ante la cual se nombrará un representante o un apoderado único.
10.- Garantía provisional. La garantía provisional será de 24,00 euros. y podrá constituirse en cualquiera de las formas previstas en 84 de la LCSP.
11.- Garantía definitiva. La garantía definitiva será de 3.000,00 euros. y podrá constituirse en cualquiera de las formas previstas en el art. 84 de la LCSP.
La constitución de la garantía definitiva deberá acreditarse dentro de los 15 días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación del concurso. El incumplimiento de este requisito, por causa imputable al contratista, dará lugar a la resolución del contrato.
12.- Presentación de proposiciones: Lugar y plazo de presentación formalidades y documentación. Las proposiciones se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Autol, en el plazo de 10 días naturales, a contar del día siguiente a la publicación del anuncio correspondiente en el Boletín Oficial de La Rioja.
12.1 Formalidades.- Las proposiciones constarán de dos sobres cerrados denominados A y B y en cada uno se hará constar el contenido, en la forma que se indicará y el nombre del licitador.
a) Sobre A, denominado proposición económica, se ajustará al modelo contenido en la cláusula final y se presentará cerrado, pudiendo ser lacrado y precintado, a petición del interesado y deberá tener la siguiente inscripción: Proposición económica para el concurso de prestación del servicio de Explotación del Bar de las Instalaciones deportivas municipales de Autol
b) Sobre B, denominado de documentos, expresará la inscripción de: Documentos generales para el concurso de prestación del servicio de Explotación del Bar de las Instalaciones deportivas Municipales de Autol y contendrá la siguiente documentación:
1.- Documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, consistentes: 1.1 Documentos Nacional de Identidad del licitador, cuando se trate de
personas físicas o empresarios individuales, por fotocopia compulsada por quien ostente la representación pública o administrativa o Escritura de constitución de la Sociedad Mercantil, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando el empresario fuera persona jurídica.
1.2 Poder bastanteado, por el Secretario Letrado de la Corporación, por los Servicios jurídicos o por Letrado con ejercicio en ámbito del Colegio Profesional Provincial, cuando se actúe por representación.
1.3 En caso de concurrir a licitación varias empresas, constituyendo una unión temporal, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que suscriben las proposiciones, la participación de cada una de ellas, designando la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la representación de la unión entre la Administración.
2.- Resguardo acreditativo de la constitución de la garantía provisional. 3.-- Declaración responsable del licitador otorgada ante la Autoridad Judicial
Administrativa, Notario y Organismo cualificado, haciendo constar que no se halla incursa en ninguna de las prohibiciones para contratar enumeradas en el art. 20 del TRLCAP.
4.- Documentos relativos a la gestión del servicio de explotación del Bar de las instalaciones deportivas municipales de Autol
4.2 Otras indicaciones
4.3 Tarifas de los servicios del bar.
4.4 Carné de manipulador del personal empleado.
13.- Mesa de contratación: La mesa de contratación estará integrada o constituida del modo siguiente:
+ Presidente, que lo será de la Corporación Municipal o miembro en quien delegue
+ Vocales; Un miembro de cada grupo político que compone la Corporación
El secretario de la Corporación
+ Secretario, Un funcionario de la Corporación
14.- Calificaciones de la documentación general: Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la mesa de contratación procederá a la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en el sobre B en sesión no pública. Si la Mesa de contratación observa defectos formales en la documentación presentada, podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a 3 días para que el licitador lo subsane.
Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, se rechazará la proposición.
15.- Criterios para la adjudicación de concurso: Dejando a salvo el derecho de tanteo, los criterios objetivos que servirán de base para la adjudicación del concurso, en orden decreciente de importancia, serán los siguientes:
• Mejor calidad del servicio gestionado………25 PUNTOS.- • Mejor cualificación profesional acreditativa…………..25 PUNTOS.- • Mayor experiencia………..20 PUNTOS.- • Menor precio de las tarifas……….15 PUNTOS.- • Mayor canon ofertado a favor de la Administración…..15 PUNTOS.- •
Las ofertas se valorarán aplicando la suma total de cada uno de los criterios precedentes.
16.- Apertura de proposiciones: Apertura de proposiciones.- La Mesa de contratación, en acto público, al día siguiente de la finalización de la presentación de proposiciones, se procederá a la apertura de las documentaciones, a las 13 horas en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, dará cuenta del resultado de la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en los sobres B, indicando excluidos y las causas de su exclusión, invitando a los asistentes a formular observaciones que recogerán en el Acta.
A continuación, el Secretario de la Mesa, procederá a la apertura de los sobres A y dará lectura de las proposiciones económicas formuladas por ellas y las elevará con el Acta y la propuesta que estime pertinente al Órgano de contratación que haya de efectuar la adjudicación.
17.- Documentos complementarios a presentar por el adjudicatario: Antes de la adjudicación definitiva y dentro del plazo concedido al efecto, el adjudicatario propuesto deberá presentar por originales o copias compulsadas la siguiente documentación:
• Número de Identificación Fiscal
• Alta en el I.A.E. en el ejercicio y en el domicilio fiscal o en el lugar de la estación del servicio
• Documento acreditativo de estar al corriente en las obligaciones con la Seguridad Social, acreditando su inscripción o alta en la misma, así como la afiliación e ingreso de cuotas de los trabajadores a su servicio o de cualquier otra deuda con la Seguridad Social
• Carné de Manipulador de alimentos.
18.- Adjudicación definitiva.- El Órgano de contratación, recibida la documentación de la mesa de Contratación y evacuados los informes técnicos correspondientes, dictará alternativamente, dentro de los tres meses siguientes a la apertura de proposiciones económicas, resolución adjudicando el contrato a la proposición más ventajosa, sin atender exclusivamente al valor económico de la misma, o declarando desierto el concurso.
Al efectuar la notificación al adjudicatario del contrato, se le requerirá para que constituya la garantía definitiva, en la cuantía y forma indicadas en al cláusula 13 y aporte los documentos enumerados en la cláusula anterior.
19.- Formalización del contrato: La Administración y el contratista deberán formalizar el contrato para la presentación del servicio de Explotación del Bar de las instalaciones deportivas municipales de Autol en Documentos Administrativo, constituyendo título los 30 días siguientes al de notificación de la adjudicación, constituyendo título suficiente para acceder a cualquier Registro. No obstante lo anterior dicho contrato administrativo, podrá elevarse a Escritura Pública a petición del contratista y a su costa.
20.- Gastos a cargo del Adjudicatario: Serán a cuenta del adjudicatario los siguientes gastos:
a) Los de anuncio que genere el concurso y los preparatorios y de formalización del contrato.
b) Los tributos estatales, municipales y regionales que deriven del contrato. c) Asumir el pago del IVA, que se entenderá excluido dentro del precio de
adjudicación.
d) Los de formalización pública del contrato de adjudicación.
21.- Sanciones: Las infracciones en que incurra el contratista por incumplimiento de los plazos contractuales se sancionarán de conformidad con lo dispuesto en el art. 196 de la LCSP.
Cuando se incumplieren por causas injustificables los plazos establecidos en el pliego o en la proposición, se impondrá la sanción de 60,00 euros por día de demora.
Cualquier incumplimiento grave podrá ser sancionado con multa de hasta 300,00 euros, e incluso, con la resolución del contrato, que conlleva la pérdida de la fianza, la inhabilitación de contratista y el resarcimiento de los daños y perjuicios.
22.- Resolución de contrato.- El contrato podrá extinguirse por alguna de las causas enunciadas en el art. 284 y concordantes de la LCSP o por finalización de plazo, Al término del mismo el contratista estará obligado a entregar las instalaciones y el material que se relaciona en anexo que se une a este pliego, en el mismo estado en el que lo recibe.
23.- Régimen Jurídico; En lo no previsto expresamente en el Pliego de condiciones o elementos administrativos, se aplicará supletoriamente la Ley 7/85 de 2 de Abril, el R.D. Legislativo 781/87, de 8 de abril, y la LCSP.
24.- Jurisdicción competente: Todas las incidencias que surjan sobre interpretación, cumplimiento y ejecución del contrato, se someterán a resolución de los Tribunales que tengan jurisdicción en el territorio de Autol, a cuya competencia se someten las partes contratantes.
25.- Modelo de proposición: D.
vecino de , con domicilio en , en nombre propio ( o en representación de D. ), enterado del concurso convocado por procedimiento abierto, para adjudicar la prestación del servicio de Explotación del Bar de las Instalaciones deportivas municipales de Autol, se compromete a asumirlo con arreglo a las condiciones técnicas del servicio aprobado por la Corporación y al pliego de cláusulas administrativas particulares y disposiciones particulares, ofreciendo:
* El canon de más IVA en su caso Y demás condiciones que para su ponderación se relacionan.
En Autol, mayo de 2009 EL ALCALDE
CONDICIONES TECNICAS:
Es objeto del presente la contratación mediante concurso y procedimiento abierto de la gestión del Servicio de Bar de las Instalaciones deportivas municipales de Autol
El servicio cuya explotación se contempla y al que se refiere este pliego comprende las siguientes dependencias: • Almacén • Cocina • Servicios • Bar Cláusulas de la explotación.
1.- El adjudicatario vendrá obligado al mantenimiento de lo enseres, mobiliario, electrodomésticos, herramientas y elementos que contiene el Bar y mantenerlos en perfecto estado de funcionamiento, limpieza e higiene, hasta que, por conclusión de la concesión, deban entregarse, con todas las instalaciones que sean inherentes y necesarias al mismo para su adecuada prestación en perfecto estado de funcionamiento, tanto a la limpieza como al decoro y buen uso de las mismas, exigiéndose al personal empleado en el Bar que vaya correctamente vestido con arreglo a las buenas prácticas de la profesión y atienda correctamente al público
2.- El adjudicatario vendrá obligado a mantener abierto el edificio y las instalaciones del Bar, como mínimo media hora más del horario de cierre de las instalaciones deportivas.
3.- La limpieza de las dependencias objeto de concesión, incluidos los dos aseos de la zona de graderios del pabellón, será responsabilidad de la persona que lleve la explotación del Bar, debiendo aportar los útiles, material y productos de limpieza, estando obligado a mantener en perfecto estado de higiene y pudiendo se sancionado a criterio del Ayuntamiento, si considera que no cumple correctamente con este cometido. La limpieza y mantenimiento de las instalaciones deportivas municipales, no objeto de concesión, césped, piscinas etc., serán responsabilidad de la persona contratada por el Ayuntamiento a tal efecto.
4.- El contratista está obligado a reparar o reponer en caso de avería o roturas, las instalaciones o elementos materiales inherentes al servicio, siempre que la avería se deba al mal uso, negligencia etc., imputable al contratista, según informe emitido por los servicios técnicos municipales.
5.- El adjudicatario viene obligado a formalizar contrato y alta con la empresa suministradora de energía eléctrica, al pago de la corriente eléctrica que consuma el recinto del Bar (consumo de todos los electrodomésticos) de las facturas del servicio telefónico que se utilizado por el adjudicatario para su uso, combustibles y gas etc. 6.- La Administración municipal tendrá potestad para prohibir la instalación o funcionamiento de máquinas recreativas o de venta mecánica, la colocación de anuncios o elementos de propaganda y la realización de cualquier acta que afecte o pueda afectar a unas adecuadas condiciones de limpieza, ambientación o tranquilidad de los servicios e instalaciones, ordenando la adopción de las medidas necesarias para garantizar estas prohibiciones. Quedando expresamente prohibida ka instalación de máquinas tipo B. 7.- Queda prohibida la venta en el Bar de cacahuetes, pipas, chicles y productos de cáscara, debido a lo perjudicial, salvo cuando estas ya estén cerradas en que podrá accederse a través de la puerta que da a la vía pública.
9.- El adjudicatario tiene obligación de mantener abierto el Bar.
10.- El adjudicatario deberá aportar la vajilla, cubertería etc., necesaria para un correcto servicio del Bar.
TEPORADA VERANIEGA
- Todos los días de la semana RESTO DEL AÑO
- Las tardes de los viernes, sábados y domingos, por la mañana y tarde - Siempre que se celebren competiciones o actos público
Autol, mayo de 2009. El Alcalde,