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CLAUSULA 2.- DEFINICIÓN DE LAS LABORES A REALIZAR:

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Academic year: 2021

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1 PLIEGO CONDICIONES TÉCNICAS QUE REGIRÁ EL PROCEDIMIENTO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE ZONAS AJARDINADAS, ZONAS VERDES, ESPACIOS LIBRES DE LA URBANIZACIÓN, ACERAS Y VIALES DE LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS ALTURY.

CLAUSULA 1.- OBJETO:

El presente Pliego tiene por objeto regular, ordenar y establecer las condiciones que han de regir la contratación, por el procedimiento abierto del servicio de Mantenimiento de y Conservación de las zonas verdes, jardines, viales, aceras y espacios libres de la Urbanización Altury.

El alcance y extensión de esta contrata comprende los trabajos de conservación de las zonas ajardinadas verdes y jardines diversos (zonas verdes ajardinadas y zonas verdes con vegetación de crecimiento espontáneo), limpieza de viales, así como las labores a realizar en las mismas descritas en el presente pliego.

Comprende también las operaciones especiales o trabajos extraordinarios, haciéndose extensivo al arbolado viario que tiene la Urbanización, como palmeras y demás, escribiéndose las operaciones de mantenimiento y la frecuencia de las mismas.

Así mismo, el adjudicatario deberá realizar las tareas de desbroce y aplicación de herbicidas donde proceda, en las zonas comunes de la Urbanización, incluidos bordillos, aceras y viales (inclusive las no terminadas).

La Comunidad podrá realizar cuantas mejoras estime convenientes en las zonas comunes, debiéndolas conservar la Empresa Adjudicataria, sin que ello suponga incremento en el precio ofertado.

CLAUSULA 2.- DEFINICIÓN DE LAS LABORES A REALIZAR:

Se relacionan en este apartado las labores a realizar (conservación de las zonas ajardinadas y limpieza de viales de la Urbanización), debiéndose considerar igualmente incluidos en el precio ofertado, aunque no estén taxativamente señalados en este pliego, todos los trabajos y operaciones que en orden lógico y práctica del buen oficio sea necesario ejecutar o disponer.

Las frecuencias que se señalan deberán tomarse como mínimas, encontrándose siempre supeditadas al criterio del Comité de la Urbanización y al Administrador.

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2 1.- Labores que han de efectuarse en las zonas verdes ajardinadas y viales (aceras y bordillos).

2.- Desbroce y aplicación de herbicidas. 1. ZONAS VERDES AJARDINADAS. Se incluyen:

A. Labores de conservación B. Labores de poda de árboles

A.- LABORES DE CONSERVACIÓN.

El conjunto de labores que han de realizarse para conservar las zonas verdes en perfecto estado botánico y ornamental, se descompone como sigue:

1) Riego. 2) Siega

3) Recorte y poda de arbustos 4) Recebado de arbustos. 5) Escarda 6) Entrecavado y rastrillado 7) Limpieza 8) Abonado. 9) Tratamientos fitosanitarios 10) Perfilado 11) Poda de palmeras.

Las anteriores labores se realizarán ajustándose a las condiciones particulares que para cada una de ellas se detallan a continuación:

1) Riego.

Los elementos vegetales se regarán con frecuencia aconsejable según la época del año, dependiendo de las condiciones climatológicas y de las especies existentes, de forma que todos los elementos vegetales encuentren el suelo con el porcentaje de agua útil necesario para su normal crecimiento y desarrollo.

A título orientativo se establecen las siguientes frecuencias mínimas para cada tipo de riego:

-Zonas ajardinadas con césped, arbolado y/o arbustos: meses de mayo a septiembre, ambos inclusive, tres veces por semana; meses de abril y octubre, una vez por semana. -Zonas ajardinadas con arbolado y/o arbustos; meses de mayo a septiembre, ambos inclusive, una vez por semana; meses de abril y octubre, dos veces al mes.

-Arbolado: meses de mayo a septiembre, ambos inclusive, dos veces al mes; meses de abril y octubre, una vez al mes.

Los riegos se realizarán mediante la utilización de mangueras, aspersores, difusores, etc. según la textura del suelo y la naturaleza de las plantaciones a regar.

El agua consumida en el riego será por cuenta de la Urbanización, debiendo el contratista no utilizar más agua que la estrictamente necesaria y cuidando que no se produzcan pérdidas de agua por bocas de riego mal cerradas o cualquier otro motivo.

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3 Será por cuenta del contratista la conservación total de la red de riego y redes de agua, tanto la reparación de averías, como la sustitución de aspersores, difusores, válvulas, tuberías u otros elementos de riego que se deterioren; siendo sustituidos por otros similares con el visto bueno del Administrador.

Correrá a cargo del adjudicatario la sustitución de todos aquellos elementos de la red de riego que se encuentren averiados o defectuosos, salvo actos vandálicos y demás supuestos de fuerza mayor contemplados en la ley.

La reparación de las averías que se produzcan deberá realizarse de forma inmediata, en un plazo no superior a un día hábil de haberse producido.

Cuando la avería o su reparación produzcan desperfectos en el entorno, la empresa adjudicataria deberá proceder a la restitución de la superficie a su anterior estado, ya sea superficie ajardinada, enarenada o pavimentada.

Si el contratista deseara modificar el sistema de riego o introducir cambios a su costa, con el exclusivo objetivo de mejorar las condiciones del servicio, deberá contar con la expresa autorización escrita del Comité Ejecutivo de la Urbanización previa solicitud y exposición de los trabajos a realizar, quedando todo ello una vez resuelto el contrato, en propiedad de la urbanización.

2) Siega.

Se realizará con la frecuencia precisa para que la hierba no alcance una altura tal que estética y fisiológicamente suponga un perjuicio para el césped.

De modo general, la altura del césped será de 3 a 5 cm, no admitiéndose en ningún caso una altura superior a 10 cm. y pudiéndose fijar por el Comité de la Urbanización las alturas máximas para cada tipo de césped. Tampoco podrá realizarse de una sola vez, el corte de más de la tercera parte de la altura foliar del césped.

3) Recorte y poda de arbustos y setos.

Comprende el recorte y poda de arbustos y setos en crecimiento libre o dirigido, según criterio del Comité de la Urbanización, y se realizará en la forma y época más conveniente para la mejor formación y vegetación de las plantas; teniendo en cuenta que no siempre será necesaria la realización de algún tipo de poda, sobre todo en especies perennifolias.

Se determinará la frecuencia e intensidad de la poda o recorte de arbustos no indicados antes, siguiendo en todo caso, los criterios generales de jardinería y los particulares de la zona.

En general, con la realización de las podas se deberá conseguir el máximo nivel estético posible, mantener la estructura habitual de la especie y estimular la emisión de ramas nuevas controlando su potencial vegetativo.

De otro lado, las flores marchitas, por razones estéticas y fisiológicas, deben ser eliminadas, salvo en los casos de arbustos de frutos ornamentales.

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4 4) Recebado en caminos y paseos y conservación de elementos no vegetales El recebado de caminos, paseos, zonas de reposo, de juego, etc., se llevará a cabo en la forma y momento en que las condiciones físicas de los mismos los requieran, y siempre que a juicio del Comité de la Urbanización se considere oportuno. Sin perjuicio de lo anterior, se realizará un arreglo general en primavera.

En los límites de las áreas de césped y con objeto de que este no invada el bordillo o el camino, se realizará siempre que a juicio del Comité de la Urbanización considere oportuno y al menos una vez al año, un recorte del borde, arrancando la parte sobrante e incluso las raíces.

Se incluye también dentro de las labores a realizar por el adjudicatario, la nivelación y limpieza de los areneros de las zonas de juegos y los pipi-can existentes dentro de las zonas verdes objeto del contrato.

5) Escarda.

Tendrá como finalidad la eliminación de las malas hierbas y deberá efectuarse en cuanto desmerezca el aspecto del terreno, o siempre que el Comité de la Urbanización así lo indique; pudiendo realizarse de forma manual, mecánica o química.

La escarda manual o mecánica consiste en el entrecavado de las zonas ocupadas por árboles, arbustos y plantas de flor.

La escarda química se realiza mediante la aplicación de herbicidas de baja toxicidad. En el caso concreto de la eliminación de las malas hierbas del césped mediante la utilización de herbicidas selectivos, aparte de la autorización necesaria para su uso, éste debe garantizar la supervivencia de las especies utilizadas en la siembra y las demás plantas que componen el jardín.

Cuando se trate de eliminación de malas hierbas y vegetación de crecimiento espontáneo en superficies sin plantación (caminos, paseos, zonas de estar, terrenos utilizables pendientes de ordenación, etc.), y en el caso de ser utilizado algún tipo de herbicida, éste también deberá ser de baja toxicidad.

6) Entrecavado y rastrillado.

Las zonas terrizas ocupadas por árboles, arbustos, plantas de flor, etc., se entrecavarán frecuentemente, de forma que, aparte de que no existan malas hierbas, se mantenga la buena estructura del suelo.

La frecuencia dependerá de la época del año, debiendo ser mayor en primavera y verano; a título orientativo se establece una frecuencia mínima de una vez al mes, entre los meses de abril a octubre, y dos veces más durante el resto del año.

Para evitar la compactación del suelo, todos los terrenos de cualquiera de las zonas serán rastrillados frecuentemente y, en particular después de cada operación de entrecavado.

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5 Se dedicará una atención constante y meticulosa a la limpieza de todas las superficies comprendidas dentro del perímetro de los parques y zonas verdes objeto del contrato y, especialmente, en el interior de los propios jardines.

Esta labor consistirá en la eliminación, tanto de la vegetación de crecimiento espontáneo (malas hierbas, maleza, etc.) como de residuos vegetales (hojas caídas, restos de labores, etc.), y de los desperdicios y basuras que por cualquier procedimiento (vaciado de papeleras, arrastres por aire, etc.) lleguen a las zonas que son objeto del presente contrato.

También se incluye la limpieza de fuentes instalados dentro de las zonas ajardinadas objeto del contrato, manteniendo estos sin papeles y otros objetos flotantes o en el fondo. En este sentido, se procederá al vaciado y limpieza de fondos, al menos una vez al mes, debiéndose además notificar inmediatamente al Comité de la Urbanización de las averías, obstrucciones o cualquier otra incidencia que se produjese en las mismas. Se realizará igualmente la limpieza de todo tipo de residuos u objetos que aparezcan en los alcorques de los árboles, tengan o no su correspondiente rejilla o tapa, volviéndose a colocar debidamente cuando exista.

Se informará puntualmente al Comité de la Urbanización del deterioro o ausencia de elementos deteriorados o ausentes, tales como tutores, rejillas, bocas de riego, aspersores, etc….

En todo caso, la limpieza no se limitará al barrido, recogida y amontonamiento de las materias indicadas dentro de la superficie a su cuidado, sino que se completará con la retirada inmediata de todas ellas y el traslado de las mismas con medios propios o a su cargo y dentro de la jornada del trabajo a la zonas de depósitos de residuos Ecoparques autorizados, no cobrándose ningún canon en este caso, siempre fuera del recinto de las zonas verdes y evitando que permanezcan en la vía pública acopios de los mismos. Durante la manipulación y traslado de residuos o productos de las diversas labores, no se podrá derramar parte alguna de los mismos, debiéndose tomar para ello las medidas oportunas, y en el caso que así sucediera, el adjudicatario estará obligado a que de forma inmediata sean retirados, quedando limpios los lugares donde se haya trabajado. No obstante, la operación de limpieza se realizará tantas veces como se precise para que las zonas verdes se encuentren permanentemente en un correcto estado de limpieza. En este sentido, cuando se produzcan actos culturales, sociales, deportivos o de cualquier otro carácter extraordinario en las zonas verdes objeto de conservación y siempre que éstos sean organizados o, será obligatoria la limpieza total de la zona afectada, de forma lo más inmediata posible a la realización del acto, sin que esto suponga un incremento en la cantidad a percibir. Para ello el adjudicatario deberá ser avisado como mínimo con veinticuatro horas de antelación al comienzo del acto.

Asimismo se mantendrá especialmente limpio el entorno de los contenedores de basura y demás elementos selectivos (cartón, vidrio, etc).

8) Abonado.

El abonado de los céspedes y otros tapizantes se efectuará al menos una vez al año, preferentemente al comienzo de la primavera, incorporándose un abono químico a razón

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6 de 50 g/m2. La fórmula y dosis del fertilizante químico serán los adecuados aceptados por el Comité de la Urbanización a propuesta del adjudicatario, dependiendo de las condiciones físico-químicas del suelo y del estado vegetativo del césped; recomendándose como norma general el uso de un abono completo específico para césped.

En las zonas terrizas plantadas y no ocupadas por césped u otros tapizantes que lo impidieran, al realizar las plantaciones anuales de flor, vivaces y arbustos, se aportará abono orgánico (estiércol). La superficie abonada será de un entrecavado con el fin y efecto de enterrar el abono.

Todos los abonos antes mencionados serán aportados por el adjudicatario. 9) Tratamientos fitosanitarios.

El adjudicatario quedará obligado a realizar con sus propios medios y en las fechas oportunas los tratamientos preventivos necesarios para impedir la iniciación o propagación de cualquier enfermedad o plaga que pudieran aparecer en alguno de los cultivos o en terrenos de zonas verdes objeto del convenio, así como aquellos otros encaminados a combatir en su totalidad la enfermedad o plaga una vez desarrollada. En la aplicación de estos tratamientos se utilizarán medios, productos y procedimientos modernos y eficaces, no tóxicos ni molestos para las personas y con baja Ecotoxicidad, adecuando las dosis utilizadas a las necesidades reales de cada caso concreto. Las horas de tratamiento deberán ser tales que no causen perjuicio al vecindario.

Todos los productos fitosanitarios y nutricionales a emplear, serán aportados por el adjudicatario que, asimismo, deberá disponer de los sistemas de información técnica adecuados para poder controlar y seguir la evolución de los tratamientos que se propongan.

Tratamiento específico a las palmeras para combatir el picudo cuando la misma lo requiera, usando los productos adecuados y en horario que no perjudique a las personas. 10) Perfilado.

Comprende la realización, mecánica o manual, del recorte de los bordes del área de pradera o tapizante, tanto exterior (bordillos), como interior (macizos de flor, arbustos y árboles en pradera), arrancando la parte sobrante, incluso las raíces.

Esta operación se efectuará, a título orientativo, con una prioridad mínima de una vez por mes durante los meses de abril a octubre, y una vez más durante el resto del año. En todo caso se mantendrá el actual trazado de los perfiles en las diferentes zonas, siempre que no exista otra indicación al respecto, corrigiendo los desperfectos o alteraciones que por cualquier causa se originen en aquellos.

11) Poda de palmeras. Se incluye en el punto siguiente. B. LABORES DE PODA DE ÁRBOLES Y PALMERAS

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7 Esta labor se realizará siempre en la época más adecuada, se incluirá la poda de palmeras y quedará supeditada a lo que se marque en todo cada caso el Comité de la Urbanización, lugar y circunstancia, sometiéndose siempre a unas normas de carácter general:

Se podarán en primer lugar las ramas enfermas, estropeadas o muertas.

La eliminación de ramas vivas y sanas sólo se justificará para aclarar la copa, para compensar la pérdida de raíces, para dar buena forma al árbol y para revitalizar árboles viejos o poco vigorosos.

Se eliminarán perfectamente las ramas pequeñas que están mal dirigidas, cruzadas o demasiado juntas, tratando de mantener la forma natural del árbol.

Se evitarán las podas muy drásticas, y sólo se efectuarán en casos muy concretos y siempre bajo las indicaciones del Comité de la Urbanización Se dará la forma necesaria a arbustos y demás plantas que lo admitan para destacar su ornamentación.

En las calles se podarán también los árboles para evitar interferencias con cables eléctricos y telefónicos, tráfico rodado, etc., así como para impedir la posible caída espontánea de ramas.

En todos los casos, es fundamental efectuar correctamente los cortes y tratar debidamente las heridas resultantes.

Los cortes se realizarán al nivel de la base de la rama a eliminar, dejando la herida enrasada por la parte que permanece. No se dejarán muñones que sobresalgan, por constituir focos de infección y dificultar la cicatrización.

Se tenderá a realizar el menor número posible de cortes, propiciándose los de pequeño tamaño.

Estos deberán ser limpios y sin rebabas, para lo cual las herramientas que se utilicen deberán estar perfectamente afiladas y desinfectadas. Todos los cortes cuyas heridas sean de un diámetro superior a 5 cm. serán tratadas con un producto fungicida. Su aplicación deberá realizarse inmediatamente después de efectuada la poda del árbol. Deberá realizarse también el tratamiento de las heridas producidas por causa accidental o las provocadas por cortes efectuados inadecuadamente en años anteriores.

En plazas y otras zonas verdes, donde los árboles tengan espacio suficiente para su desarrollo, se podarán con la frecuencia necesaria para mantener un buen estado sanitario, forma adecuada y floración.

Correrán también por cuenta del adjudicatario la poda de los árboles ubicados en las zonas objeto de este contrato.

El adjudicatario deberá disponer, además de todas las herramientas de corte (motosierras, hachas, tijeras, etc.) necesarias para llevar a cabo esta labor, de los medios mecánicos necesarios para la retirada de los residuos de la poda, que deberá realizarse de forma inmediata.

La señalización necesaria para la realización de algunas labores y muy especialmente la de la poda de arbolado de alineación, será por cuenta del adjudicatario, que deberá

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8 disponer de todos los elementos necesarios como vallas de obra, señales de tráfico, etc., en número suficiente para la correcta realización del trabajo.

En cualquier caso, el tipo de señales o vallas de obra serán de modelo normalizado, y su colocación se realizará de acuerdo con la normativa municipal al respecto.

OTROS TRABAJOS DE URGENCIA DE JARDINERIA.

Se talarán y podarán con cargo al adjudicatario, los árboles y sus ramas que presenten peligro ya sea por inclinación, rotura, golpes, proximidad o contacto con Compañías de Servicios, roces con vehículos altos, deterioro diverso, afectación por condiciones climatológicas, accidentes y cualquier causa que implique una situación de inseguridad del árbol o alguna de sus partes.

El arbolado vial accidentado se recuperará, enderezándolo y tutorándolo, o por cualquier otra técnica de recuperación, utilizando las técnicas de cirugía arbórea. En el caso de no ser recuperable, se talará, troceará y se retirará de la vía pública hasta el lugar adecuado sin representar coste alguno para la Urbanización.

CLAUSULA 4.- PERSONAL

El adjudicatario dispondrá del personal necesario en cada momento y época del año para la buena ejecución de las labores de conservación, sin que ello suponga un sobre coste adicional.

Dos veces al mes, la adjudicataria facilitará al Comité en su reunión ordinaria y al Administrador de la Comunidad, el detalle de los trabajos a realizar y/o realizados, así como las distintas zonas de la urbanización en los que se van a desarrollar. No obstante lo anterior, al finalizar cada mes se enviaría por e-mail copia de los partes de trabajo confeccionados por los operarios de los trabajos diarios realizados.

El contratista deberá especificar en la oferta el personal que debidamente justificado, se compromete a mantener para la realización de los distintos trabajos objeto del presente Pliego. No obstante lo anterior, el adjudicatario estará obligado a mantener el personal mínimo necesarios que a continuación se relaciona:

1. Encargado: con experiencia en el mantenimiento de jardines que permanecerá adscrito al servicio el tiempo que precise para ordenar y dirigir las tareas a ejecutar por los empleados de la empresa adjudicataria durante toda la duración del contrato.

2. Oficial de primera; el tiempo que sea necesarios para atender las tareas que cada especialidad requiera.

Los peones de jardinería que sean necesarios en función de la época del año para poder cumplir con el presente contrato.

Dispondrá, en los casos que fuese necesario para el buen funcionamiento de conservación, de un técnico que estará afecto a la Dirección y organización de los trabajos, cuando los mismos lo requiriesen. Asimismo, deberán presentar relación

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9 detallada de todo el personal indirecto asignado a la Urbanización, con el fin de garantizar el buen funcionamiento de los mismos.

El personal a que hace referencia este artículo será el mínimo a efectos de contrato, no pudiendo el contratista alegar la falta del mismo para suspender, retrasar o reducir los servicios objeto del contrato, debiendo siempre disponer del necesario para su desarrollo, sin repercusión alguna y debiendo ser sustituido inmediatamente en el caso de vacaciones, bajas superiores a 2 días, o cualquier otro tipo de ausencias superior a 2 días.

Deberá disponer de seguro de responsabilidad civil que cubra posibles daños a terceros en la realización de los trabajos contemplados, que se deberá acreditar ante el Comité de la Urbanización.

El adjudicatario deberá igualmente aportar Plan de Prevención de Riesgos Laborales y certificado de inscripción en el REA (Registro de Empresas Acreditadas).

El personal, cumplirá la normativa específica para ser trabajador de pleno derecho en el centro de trabajo.

Como norma, no se superarán las cuarenta y ocho horas de tiempo máximo de no prestación en el servicio, debido a fiestas consecutivas.

Dentro de los diez días siguientes a la formalización del contrato el adjudicatario

notificará al Comité de la Urbanización los nombres, categorías y demás circunstancias personales, de los trabajadores que hayan de cubrir la plantilla para el desempeño de las misiones a que se refiere el presente contrato, así como las variaciones o ampliación de plantilla, que se produzcan en el mismo.

El personal del Adjudicatario, en ningún supuesto podrá considerarse con relación laboral, contractual o de naturaleza alguna respecto a la Comunidad de Propietarios Altury. El Adjudicatario deberá cumplir el Estatuto de los trabajadores. Todos los operarios irán provistos de uniforme y con prendas suficientes y diferenciadas para cubrir los periodos de verano, invierno y lluvias; así como de todo el equipo de seguridad personal.

En todo momento, los uniformes se mantendrán en buen estado, siendo responsable el Adjudicatario de la falta de aseo o decoro en el vestir o, de carecer de uniforme, así como de las faltas por trato desconsiderado hacia el vecindario.

El Adjudicatario. se compromete a tener debidamente dado de alta al personal en la Seguridad Social y cumplir todas las obligaciones legales contractuales respecto del mismo.

CLÁUSULA 5.- MATERIAL, MAQUINARIA, UTILES, HERRAMIENTAS Y VEHÍCULOS.

El adjudicatario dispondrá de la maquinaria y medios auxiliares necesarios para el desarrollo de las labores previstas.

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10 La adquisición de todo tipo de material y maquinaria necesarios para la prestación del servicio será por cuenta y a cargo del adjudicatario, así como los gastos de conservación y mantenimiento para un perfecto funcionamiento durante el periodo de vigencia del contrato.

Del mismo modo, el adjudicatario deberá aportar cuantos útiles y herramientas se precisen para una buena realización del trabajo de mantenimiento y dispondrá de las reservas correspondientes para suplir las normales incidencias que pudieran surgir. Todas ellas deberán encontrarse en todo momento en perfecto estado de conservación y limpieza. El adjudicatario, deberá prever los suficientes vehículos para que bajo ningún concepto se entorpezca la marcha normal de los trabajos. Estos vehículos deberán ser adecuados a las funciones que deban realizar debiendo tener permanentemente un buen aspecto exterior.

Del mismo modo, estarán en todo momento en perfectas condiciones de mantenimiento en cuanto a limpieza, pintura, señalización, sistemas de seguridad, etc.

El contratista debe ofertar, entre otros, la siguiente maquinaria:

• Herramienta eléctrica suficiente para mantenimiento y reparación de sistemas de riego.

• Cortacéspedes con recogida de tornillos sin fin • Cortasetos. • Desbrozadoras. • Grupo electrógeno • Motosierras. • Sopladores. • Furgoneta.

• Herramienta manual en número suficiente para todos los trabajadores.

El importe y amortización de todos ellos se considerará incluido en el precio ofertado CLAUSULA 6.- FACULTADES DEL COMITÉ DE LA URBANIZACIÓN

El Comité de la Urbanización vigilará y controlará en todo momento la forma de prestación de la actividad en relación con las especificaciones del presente convenio. Sus funciones serán las siguientes:

a) Controlar que las labores se efectúen oportunamente y en forma correcta.

b) Controlar si se cumple tanto lo estipulado en el contrato, como en los posibles compromisos posteriores del Adjudicatario.

c) Determinar si los equipos, maquinaria y herramientas de que dispongan para la realización de las labores, satisfacen las condiciones exigidas en el contrato.

d) Fiscalizar el consumo de agua para que sea el mínimo compatible con la realización de los riegos adecuados y el baldeo necesario.

La adjudicataria velará, bajo su responsabilidad, por el vestuario (EPI’S) y demás ropa necesaria para el puesto de trabajo requerido.

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11 El adjudicatario deberá de presentar un informe mensual en el cual se detallen las labores realizadas, circunstancias y novedades que se consideren oportunas y además vendrá obligado a facilitar los datos que con fines estadísticos y de control, considere necesarios el Comité de la Urbanización para la buena marcha de la Contrata y el propio Servicio en sí.

Semestralmente presentará el adjudicatario un informe exhaustivo escrito y fotográfico sobre el estado de conservación de los diferentes elementos, trabajos realizados en ese tiempo y otras consideraciones que estime oportunas.

Igualmente está obligado a denunciar los daños que notase en los jardines, y a poner en conocimiento del Comité y del Administrador, cuantas obras o trabajos se realicen en las zonas comunes.

CLAUSULA 8.- DURACIÓN DEL CONTRATO Y ACREDITACION DE EXPERIENCIA PREVIA.

El plazo contractual o de ejecución máximo del contrato será de UNO A DOS años. Deberán acreditarse al menos 3 años de experiencia en dicha actividad mediante aportación del IAE.

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