• No se han encontrado resultados

PROY TEMA: CONSULTOR: BID CMAR ASESOR

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2021

Share "PROY TEMA: CONSULTOR: BID CMAR ASESOR"

Copied!
7
0
0

Texto completo

(1)

P

TE

 

PROY

Fund

E

EMA:

 

Pesca

 

   

YECT

B

dació

cosis

NOR

contin

CON

ASESOR

ASIST

BOGOT

TO

 

B

BID

 

ón

 

M

stem

Bibl

RMAT

nental

 

NSULTOR:

   

SUPERVIS

Directo

R

 

TÉCNICO

 

CI

Fac

TENTE

 

LOCAL

Apoy

 

 

D.C.

 

COLO

BASE

 

CM

Malp

mas

 

M

 

iograf

TIVIDA

/

 

Apa

 

Ing.

 

JHON

 

FA

SOR:

 

Dr.

 

JUL

r

 

Proyecto

 

B

IENTÍFICO:

 

D

cilitador

 

Col

L:

 

ASTRID

 

M

yo

 

logístico

 

C

OMBIA,

 

OCT

E

 

DE

 

MAR

pelo

 

Mar

fía

 

AD

 

P

rejos

 

p

ABIO

 

BARRE

LIÁN

 

BOTERO

BID

 

–CMAR

Dr.

 

VLADIMI

ombia

 

MONCALEAN

Colombia

 

TUBRE

 

DE

 

20

DAT

y

 

ot

inos

ESQU

pesqu

ETO

 

M.

 

O

 

IR

 

PUENTES

 

NO

 

RUBIO

 

011

 

 

TOS

 

ros

 

s

 

UERA

eros

 

 

A

 

(2)

 

Categoría principal Normatividad pesquera

Subcategorías Pesca continental / Aparejos pesqueros

País de la norma Colombia

Entidad que la promulga

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL

Norma y fecha Resolución 0842, 3 de octubre de 1962

Objeto de la norma Por la cual se reglamentan las dimensiones de los chinchorros trasmallos,

atarrayas y cóngolos para la pesca en aguas dulces.

Texto completo de la norma

madre084262.pdf

Resumen Disposición derogada por normas posteriores.

Categoría principal Normatividad pesquera

Subcategorías Pesca continental / Aparejos pesqueros

País de la norma Colombia

Entidad que la promulga

CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE LOS VALLES DEL MAGDALENA Y DEL SINU

Norma y fecha Resolución 0386, 2 de diciembre de 1967

Objeto de la norma Por la cual se dictan algunas medidas sobre pesca en el sistema hidrográfico del

Río Magdalena donde la CVM ejerce su jurisdicción

Texto completo de la norma

cvmre038667.pdf

Resumen Autoriza el empleo del chinchorro en los sectores en donde ejerce jurisdicción la

CVM. Prohibe la unión de dos o más chinchorros. Norma con limitaciones temporales y espaciales. Disposición derogada por la Resolución 450 de Noviembre 25 de 1968

Categoría principal Normatividad pesquera

Subcategorías Pesca continental / Aparejos pesqueros

País de la norma Colombia

Entidad que la promulga

CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE LOS VALLES DEL MAGDALENA Y DEL SINU

Norma y fecha Resolución 450, 25 de noviembre de 1968

Objeto de la norma Por la cual se prorroga la vigencia de la Resolución No.386 del 2 de Diciembre de

1967, sobre pesca con chinchorro en el sistema hidrográfico del Río Magdalena

Texto completo de la norma

cvmre45068.pdf

Resumen Establece la vigencia de la Resolución 386 del 2 de Diciembre de 1967 durante el

término de la próxima subienda comprendida entre Diciembre del año en curso hasta marzo de 1969.

Categoría principal Normatividad pesquera

Subcategorías Pesca continental / Aparejos pesqueros

País de la norma Colombia

Entidad que la promulga

INSTITUTO NACIONAL DE LOS RECURSOS NATURALES Y DEL MEDIO AMBIENTE

Norma y fecha Resolución 0999, 1 de enero de 1969

Objeto de la norma Por la cual se dictan medidas sobre pesca fluvial.

Texto completo de la norma

indre099969.pdf

Resumen El uso de chinchorros o trasmallos para la pesca en agua dulce deberán tener una

medida de 4 cm entre nudo y nudo contiguo, estando mojada y extendida la red hasta el 30 de mayo. A partir del 1 de junio esa medida será de 5 cm. Suguen vigentes los demás aspectos relacionados en las normas establecidas por el

(3)

Ministerio de Agricultura y la CVM.

Categoría principal Normatividad pesquera

Subcategorías Pesca continental / Zonas de reserva / Aparejos pesqueros

País de la norma Colombia

Entidad que la promulga

INSTITUTO NACIONAL DE LOS RECURSOS NATURALES Y DEL MEDIO AMBIENTE

Norma y fecha Resolución 0764, 4 de noviembre de 1970

Objeto de la norma Por la cual se dictan medidas sobre pesca fluvial y se derogan varias disposiciones sobre la materia

Palabras clave Tallas mínimas

Texto completo de la norma

indre076470.pdf

Resumen Se establece el ojo de los chinchorros en 5 cm entre nudo y nudo contiguo en el rio

Cauca, desde Caucasia hasta la desembocadura en el rio Magdalena y desde Dorada hasta la desembocadura del Magdalena en el mar. Se prohibe el uso del chinchorro en los caños, ciénagas y vertientes afluentes de los rios Magdalena y Cauca. Todos los chinchorros, redes agalladeras deberán tener registro de arte pesquero y el portador, licencia de pesca del INDERENA. Se prohibe la pesca con explosivos y sustancias tóxicas, el zangarreo y los tapones o tapadas. Se prohibe la construcción de espigones de piedra conocidos como camas Se reglamenta la pesca en ciénagas y en el municipio de Honda y en el Caño de Guarinocito. Se establecen las tallas mínimas para 16 géneros y especies comercialmente explotables y se determinan los montos de las infracciones a los contraventores

Categoría principal Normatividad pesquera

Subcategorías Pesca continental / Cuenca magdalénica / Aparejos pesqueros

País de la norma Colombia

Entidad que la promulga

INSTITUTO NACIONAL DE LOS RECURSOS NATURALES Y DEL MEDIO AMBIENTE

Norma y fecha Resolución 0025, 27 de enero de 1971

Objeto de la norma Por la cual se fijan normas sobre pesca fluvial en las hoyas hidrográficas de los ríos Magdalena y Sinú, se dictan otras medidas sobre la materia y se derogan varias disposiciones

Palabras clave Zonas de reserva / Tallas mínimas

Texto completo de la norma

indre002571.pdf

Resumen Deroga normas anteriores sobre la materia. Reglamenta el uso y características del

chinchorro en la cuenca del Magdalena. Se prohibe la pesca en los caños que comunican las ciénagas con los rios así como el uso de camas y y mallas fijas que impidan el tránsito de los peces. Se reglamente la pesca con otros aparejos y se establecen las tallas mínimas para la pesca y comercialización de las principales especies de la cuenca magdalénica. Se determinan las sanciones para los infractores.

Categoría principal Normatividad pesquera

Subcategorías Pesca continental / Administración de recursos / Aparejos pesqueros

País de la norma Colombia

Entidad que la promulga

INSTITUTO NACIONAL DE LOS RECURSOS NATURALES Y DEL MEDIO AMBIENTE

Norma y fecha Resolución 0267, 30 de abril de 1971

Objeto de la norma Por la cual se modifica la Resolución 025 del 27 de enero de 1971

Texto completo de la norma

indre026771.pdf

Resumen Hace más general la disposición que reglamenta el uso del chinchorro en la cuenca

(4)

Categoría principal Normatividad pesquera

Subcategorías Pesca continental / Aparejos pesqueros

País de la norma Colombia

Entidad que la promulga

INSTITUTO NACIONAL DE LOS RECURSOS NATURALES Y DEL MEDIO AMBIENTE

Norma y fecha Resolución 0268, 30 de abril de 1971

Objeto de la norma Por la cual se permite el uso del chinchorro en la hoya hidrográfica del río Magdalena

Texto completo de la norma

indre026871.pdf

Resumen Permite el uso del chinchorro en la cuenca magdalénica hasta el 31 de diciembre

de 1971. pero limitado unicamente a los cauces principales

Categoría principal Normatividad pesquera

Subcategorías Pesca continental / Aparejos pesqueros / Vedas

País de la norma Colombia

Entidad que la promulga

INSTITUTO NACIONAL DE LOS RECURSOS NATURALES Y DEL MEDIO AMBIENTE

Norma y fecha Resolución 1442, 27 de junio de 1979

Objeto de la norma Por la cual se fijan normas para el uso de trasmallo en las Ciénagas de los ríos

Magdalena, San Jorge y Cauca

Texto completo de la norma

indre144279.pdf

Resumen Permite el trasmallo en los rios Magdalena, Cauca y San Jorge entre el 1 de abril y

el 15 de noviembre de cada año. Se establecen las medidas y características de los trasmallos. Los trasmallos deberán registrarse en el INDERENA. Se prohibe la pesca por cualquier medio en los caños o canales naturales que comuniquen las ciénagas con el rio o con otras ciénagas. Se establecen las sanciones para los infractores.

Categoría principal Normatividad pesquera

Subcategorías Pesca continental / Vedas / Aparejos pesqueros

País de la norma Colombia

Entidad que la promulga

INSTITUTO NACIONAL DE LOS RECURSOS NATURALES Y DEL MEDIO AMBIENTE

Norma y fecha Acuerdo 0024, 1 de junio de 1989

Objeto de la norma Por el cual se autorizan y reglamentan nuevos artes de pesca, se fijan épocas de

veda y se delegan algunas funciones

Texto completo de la norma

indac002489.pdf

Resumen Se prohibe el uso de la ralera o malluda o atarraya barredora en la cuenca

magdalénica durante los meses de mayo a junio de cada año. Se autorizan las características y especificaciones de los aparejos. También se autoriza el uso de las nasas, cóngolos, chinchorros con especiales características y en ciertas épocas del año. Se deroga la resolución 1442 de 1979.

Categoría principal Normatividad pesquera

Subcategorías Pesca continental / Aparejos pesqueros / Prohibiciones

País de la norma Colombia

Entidad que la promulga

INSTITUTO NACIONAL DE PESCA

Norma y fecha Acuerdo 005, 24 de febrero de 1993

Objeto de la norma Por el cual se autoriza el uso de algunos artes y aparejos de pesca en las cuencas

de los ríos Magdalena, Cauca y San Jorge y se dictan otras disposiciones.

Texto completo de la norma

inpac000593.pdf

(5)

ciénagas. Se prohibe la pesca en las ciénagas con redes de enmalle o trasmallos y las redes de arrastre de cualquier tipo. Se prohibe la pesca en caños y canales naturales que comuniquen las ciénagas con otras o con los ríos Magdalena, Cauca y San Jorge. Se reglamentan otros aparejos y se fijan medidas para las mallas de los cóngolos. Se prohibe el uso de la ralera o barredora en las cuencas de los rios mencionados, en determinadas épocas y zonas. Se reglamenta el uso del trasmallo para ciertas áreas, épocas y con determinadas características. Se reglamenta en general la pesca en la cuenca magdalénica.

Categoría principal Normatividad pesquera

Subcategorías Pesca continental / Aparejos pesqueros

País de la norma Colombia

Entidad que la promulga

INSTITUTO NACIONAL DE PESCA

Norma y fecha Acuerdo 0004, 23 de junio de 1995

Objeto de la norma Por el cual se modifica parcialmente el Acuerdo 0005 del 24 de febrero de 1993

para la pesquería en la Ciénaga Grande de Magangue

Texto completo de la norma

inpac000495.pdf

Resumen Se modifica parcialmente el Acuerdo No.005 del 24 de febrero de 1993 por el cual

se autorizó el uso de artes y aparejos de pesca en las cuencas del los ríos Magdalena, Cauca y San Jorge.

Categoría principal Normatividad pesquera

Subcategorías Pesca continental / Aparejos pesqueros

País de la norma Colombia

Entidad que la promulga

INSTITUTO NACIONAL DE PESCA

Norma y fecha Resolución 0028, 10 de febrero de 2000

Objeto de la norma Por medio de la cual se establece un horario específico de pesca en el área

comprendida desde el salto de Honda hasta Puerto Caracolí, perteneciente a los municipios de Honda, departamento del Tolima y Puerto Bogotá, departamento de Cundinamarca.

Texto completo de la norma

inpre002800.pdf

Resumen Se establece un horario de pesca de las 3:00 p.m. a las 9: 00 a.m. en el Río

Magdalena, en la zona comprendida desde el Salto de Honda hasta Puerto Caracolí, a partir del 10 de febrero hasta el 15 de marzo del año 2000. Los artes de pesca permitidos para el sector del Salto de Honda a Puerto Caracolí son

exclusivamente la Atarraya y el Congolo, de acuerdo con las medidas y

especificaciones contenidas en el Acuerdo 000005 del 24 de febrero de 1993. Se prohíbe la utilización de los artes de pesca denominados la Barredera, El Deslizador o Peluda, y demás artes no contemplados en el artículo segundo de ésta Resolución.

Categoría principal Normatividad pesquera

Subcategorías Pesca continental / Cuenca magdalénica / Aparejos pesqueros

País de la norma Colombia

Entidad que la promulga

INSTITUTO NACIONAL DE PESCA

Norma y fecha Resolución 0533, 7 de noviembre de 2000

Objeto de la norma Por el cual se reglamentan algunos artes pesqueros en la Cuencas de los Ríos

Magdalena, Cauca y San Jorge.

Texto completo de la norma

inpre053300.pdf

Resumen Se autoriza el uso de la Chinchorra menuda y Chinchorra ojona, quedando

prohibida su operación en el plano inundable y en las ciénagas relacionadas con los ríos Magdalena, Cauca y San Jorge. Se reglamenta n este y otros aparejos de

(6)

acuerdo con las épocas de pesca.

Categoría principal Normatividad pesquera

Subcategorías Pesca continental / Embalse del Guájaro / Aparejos pesqueros

País de la norma Colombia

Entidad que la promulga

INSTITUTO NACIONAL DE PESCA

Norma y fecha Resolución 0534, 7 de noviembre de 2000

Objeto de la norma Por el cual se reglamentan los artes y aparejos pesqueros en el Embalse del

Guájaro, Departamento del Atlántico.

Texto completo de la norma

inpre053400.pdf

Resumen Se autoriza el uso del Trasmallo fijo o parado en el Embalse del Guájaro, entre el 22

de abril y el 18 de febrero de cada año. Así mismo, se autoriza el uso de la atarraya en ciertasc épocas.

Categoría principal Normatividad pesquera

Subcategorías Pesca continental / Orinoquía / Aparejos pesqueros

País de la norma Colombia

Entidad que la promulga

INSTITUTO NACIONAL DE PESCA

Norma y fecha Resolución 0535, 7 de noviembre de 2000

Objeto de la norma Por la cual se reglamenta las redes de enmalle conocidas como mallas en el alto

Río Meta en la Cuenca del Río Orinoco.

Texto completo de la norma

inpre053500.pdf

Resumen Se autoriza el uso de mallas estacionarias y rodadas en el alto Río Meta

comprendido desde la confluencia de los Caños Camoa y Guamal hasta la localidad de Orocue. Se fijan las características de las mallas estacionarias, las cuales deben ser tejidas en nylon y tener como máximo cien (100) metros de largo y seis (6) metros de alto, con relinga de flotación, sin seno, sin relingas de plomadas y no podrán tener timones de ninguna clase. El ojo de malla no debe ser inferior a dieciséis (16) centímetros.

Categoría principal Normatividad pesquera

Subcategorías Pesca continental / Aparejos pesqueros / Tallas mínimas

País de la norma Colombia

Entidad que la promulga

INSTITUTO NACIONAL DE PESCA

Norma y fecha Resolución 0520, 8 de noviembre de 2001

Objeto de la norma Por la cual se reglamentan algunos artes pesqueros, se implementan las tallas

mínimas de algunas especies ícticas de consumo, en la cuenca del río Sinú y se adoptan algunas medidas de protección del recurso pesquero en este sector.

Palabras clave Rio Sinú

Texto completo de la norma

inpre052001.pdf

Resumen Se sutoriza en toda la Cuenca, Microcuenca y Ciénagas, relacionadas con el Río

Sinú el uso de la atarraya. Se establecen sus características. Se autoriza además el uso de la nasa o trampa de fondo y se establecen sus características. Se prohibe el uso de chinchorros, trasmallos fijos a a la deriva y la pesca con métodos ilegales como explosivos. Se establecen las tallas mínimas para 12 especies de la cuenca.

Categoría principal Normatividad pesquera

Subcategorías Pesca continental / Aparejos pesqueros

País de la norma Colombia

(7)

promulga

Norma y fecha Resolución 0521, 9 de octubre de 2002

Objeto de la norma Por la cual remodifica parcialmente la Resolución No. 000520 del 8 de noviembre

de 2001.

Texto completo de la norma

inpre052102.pdf

Resumen Se modifica la Resolución No. 000520 del 8 de noviembre de 2001, en los artículo

tercero y quinto. Denominase Calandria o línea madre donde se fijan líneas secundarias o réinales y en las cuales se fijan los anzuelos, puede ser de

superficie, media agua o de fondo; fija o semifija. El largo de la línea madres deberá tener como máximo 70 metros y deberá estar debidamente señalizada con boyas. Se establece la talla mínima de captura ( T.M.C. ) para las especies Barbul, Pimelodus clarias en 15 cms.

Referencias

Documento similar