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MERMELADAS DE FRUTAS EXÓTICAS EN ITALIA. Parte Dos: Requisitos del comprador

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MERMELADAS DE FRUTAS

EXÓTICAS EN ITALIA

Parte Dos:

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REQUISITOS DEL COMPRADOR

NORMAS Y REGLAMENTOS

Requisitos generales de entrada

– reglamentación y documentación

aduanera

Los requerimientos aduaneros generales en Italia son los mismos que existen

para el resto de la Unión Europea, leyes aduaneras armonizadas.

Todo producto importado debe cumplir con un determinado procedimiento de

importación y debe venir acompañado de uno o varios de los siguientes

documentos:

Certificado de origen: permite beneficiarse de una tarifa preferente.

Factura comercial: contiene la información básica sobre la transacción y es

necesaria para el despacho en aduana.

Documentos de transporte: proporcionado por la compañía de transporte

contratada.

Documento Único Administrativo (DUA): las mercancías importadas en la Unión

Europea deben declararse a las autoridades aduaneras donde se lleven a cabo

las formalidades, según el código aduanero de la Comunidad Europea

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NORMAS Y REGLAMENTOS

Controles sanitarios

Para cautelar la salud publica, las importaciones de Italia de productos alimenticios viene controlados por la Oficina de Sanidad Marítima, Aérea y de Frontera (USMAF y sus unidades territoriales) del Ministerio de la Salud Italiana.

La actividad de control es realizada a través de 3 niveles (revisión documental, revisión de física, y sustracción de muestra con la finalidad de análisis) para ver si cumplen los requisitos y prescripciones previstas por las normativas italianas y comunitarias.

Pasadas las pruebas, se otorga un certificado de admisión de importación (Documento Común de Entrada - DCE para alimentos, “Nulla Osta” Sanitario - NOS para otras mercancías), o en caso que no pase los controles se da una Orden de No admisión a la importación.

Para mayor información por favor revisar el siguiente link:

http://www.salute.gov.it/portale/ministro/p4_8_0.jsp?lingua=italiano&label=servizionline&i dMat=SMAF&idAmb=MER&idSrv=NOS&flag=P

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Requisitos sanitarios y fitosanitarios

Para el ingreso de mermeladas de frutas a Italia se requiere que este cumpla con

las normas sanitarias de la Unión Europea aplicadas, las cuales son:

- Control de Contaminantes en Alimentos: La Regulación del Consejo Europeo

(EEC) No. 315/93 establece los procedimientos de la Unión Europea para

contralar el ingreso de contaminantes en alimentos (OJ L-37 13/02/1993). La

Regulación (EC) No 1881/2006 establece limites máximos para ciertos

contaminantes en alimentos (OJ L-364 20/12/2006), como por ejemplo: límites

en nitratos y nitritos, micotoxinas, metales pesados y pesticidas.

Para más información, por favor acceder al sitio web de la Dirección General

para la Salud y Consumidores en Europa:

http://ec.europa.eu/food/food/chemicalsafety/contaminants/index_en.htm

http://www.efsa.europa.eu/

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NORMAS Y REGLAMENTOS

La confitura o mermeladas tiene que ser el resultado de la fruta entera o troceadas, gelificada, bien cocida, traslùcida con azúcares añadidos. El aroma, el sabor , el color, tienen que coincidir con las características de la fruta de origen. La cantidad de fruta no debe ser inferior a 450gr/kg por producto.

El producto debe seguir los requisitos previstos por la ley y presentarse con una masa homogénea más o menos compacta, gelificada.

Al examen organoléptico no debe contener : • sinéresis;

• cristalización y/o caramelización del azúcar; • sabores raros;

• formación de hongos;

• presencia de materiales extraños.

Por ésto, el reglamento (CE) N. 1881/2006 DE LA COMMISION del 19 diciembre 2006 define los niveles máximos de algunos contaminantes en los productos alimenticios.

Controles contaminantes

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Control Sanitario de Alimentos de Origen No Animal:

1. Requerimientos Generales para la Higiene de Alimentos / Regulación

(EC) No 852/2004 - (OJ L-139 30/04/2004).

2. Condiciones generales sobre contaminantes en alimentos / Regulación

(EC) No 1881/2006 (OJ L-364 20/12/2006) para nitratos, nitritos,

metales pesados, etc. Regulación (EC) No 396/2005 (OJ L-70

16/03/2005) para límites en residuo de pesticidas, entre otros.

3. Provisiones especiales en alimentos Geneticamente Modificados (GM)

Regulación (EC) No 1829/2003 (OJ L-268 18/10/2003) y Regulación

(EC) No 258/97 (OJ L-43 14/02/1997).

4. Condiciones generales para la preparación de alimentos / Directiva

89/108/EEC (OJ L-40 11/02/1989) para congelado rápido y Directiva

1999/2/EC - (OJ L- 66 13/03/1999) para radiación ionizada.

5. Control oficial de alimentos / Regulación (EC) No 882/2004 - (OJ L-165

30/04/2004).

Para más información, por favor acceder al sitio web:

http://ec.europa.eu/food/food/controls/index_en.htm

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NORMAS Y REGLAMENTOS

Control fitosanitario

En Italia se garantiza los controles fitosanitarios, aplicable a este producto, a través de 3 niveles de control y de aplicación de las normas en materia de seguridad alimenticia:

• Europeo • Nacional • Territorial

Los controles fitosanitarios son medidas de protección contra la entrada de organismos nocivos para productos vegetales y no vegetables, los controles los realiza el Servicio Fitosanitario Nacional, coordinado por el Ministerio de Políticas Agrícolas y Forestales.

Los controles fitosanitarios a las importaciones, son de competencia estatal, llevados a cabo por el Ministerio del Trabajo, Salud y Políticas Sociales.

Las oficinas USMAF (Uffici di Sanità Marittima, Aerea e di Frontiera) del Ministerio de Salud, llevan un control oficial bajo el Reglamento (CE) 882/2004 en importaciones sobre todos los productos vegetales destinados a la alimentación humana.

Las oficinas antes mencionadas operan a través de un sistema de calidad, con procedimientos operativos standard unificados, iguales o equivalentes.

La correcta aplicación de los procedimientos se verifica a través de un sistema de auditoria.

REQUISITOS DEL COMPRADOR

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Normas y reglamentos técnicos

Existen ciertas normas técnicas que aplican a las mermeladas frutas para su

ingreso a Italia, las cuales son:

- Trazabilidad, cumplimiento y responsabilidad: La Regulación (EEC) No.

178/2002 (OJ L-31 01/02/2002) establece las obligaciones específicas que

cubren todas las etapas de la producción y distribución alimentos en

cumplimiento de la Ley Alimenticia, Trazabilidad y Responsabilidades.

Para más información, por favor acceder al sitio:

http://ec.europa.eu/food/food/foodlaw/principles/index_en.htm

http://ec.europa.eu/food/food/foodlaw/traceability/index_en.htm

http://ec.europa.eu/food/food/foodlaw/responsibilities/index_en.htm

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NORMAS Y REGLAMENTOS

Producto BIO

El nuevo Reglamento (CE) nº. 834/2007 del Consejo del 28 junio 2007 sobre la producción biológica y su etiquetado ( en el Reglamento (CEE) n. 2092/91), entró en vigor el 27 julio 2007 y es aplicable desde el 1 enero de 2009.

Los Ministerios de Agricultura de la UE han llegado a un acuerdo político sobre un nuevo reglamento sobre la producción biológica y su etiquetado. Los productos que sean BIO y desean comercializarse como tal, deberán contener obligatoriamente la marca BIO UE, pero puede ir acompañada de marcas nacionales o privadas. Además vendrá indicado el lugar de proveniencia del producto.

Podrán utilizar la marca BIO sòlo los productos alimenticios que tengan al menos un 95% de ingredientes biológicos. Los productos con un porcentaje mas bajo podrán indicar en su composición los eventuales ingredientes biológicos.

Está prohibido el uso de organismos genéticamente modificados (OGM), pero se indicará si la medida no pasa el 0,9% del producto.

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REQUISITOS DEL COMPRADOR

NORMAS Y REGLAMENTOS

Etiquetado

En todos los productos alimenticios vendidos en la UE se aplica la directiva 2001/113/CE concerniente al etiquetado y la presentación de los productos alimenticios, y su relativa publicidad

.

El etiquetado y sus formas son destinadas a asegurar la correcta y transparente información hacia el consumidor, cuya finalidad es la siguiente:

a) No inducir en error al comprador sobre las características del producto alimenticio y precisamente sobre la naturaleza, identidad, calidad, composición, cantidad, conservación, origen o proveniencia, modo de fabricación o de obtención del producto mismo;

b) No atribuir al producto alimenticio efectos o propiedades que no tiene;

c) No sugerir que el producto alimenticio tenga características particulares, cuando todos los productos alimenticios análogos tienen características idénticas;

d) No dar al producto alimenticio propiedades que ayudan a prevenir, curar o sanar una enfermedad, salvo las normas comunitarias del agua mineral y a ciertos productos alimenticios destinados a una alimentación particular.

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REQUISITOS DEL COMPRADOR

En la imagen se detalla la descripción de

una etiqueta posterior de una mermelada

de frutas exóticas de la organización

Altromercato.

Sobre el etiquetado: todos los productos

alimenticios comercializados en la Unión

Europea (UE) deben cumplir con las normas

de etiquetado de la UE, cuyo objetivo es

garantizar que los consumidores reciben

toda la información esencial para tomar una

decisión

informada

al

comprar

sus

alimentos. Las etiquetas de los alimentos de

acuerdo

con

las

normas

generales

establecidas por la Directiva 2000/13/CE y el

Consejo

.

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Arancel preferencial para el producto ecuatoriano

En el ámbito de la Sistema General de Preferencias - SGP, Ecuador se beneficia

de un margen de preferencia de 100% en este producto, lo que quiere decir que el

producto ecuatoriano entra a Italia libre de impuesto de importación.

El Impuesto al Valor Agregado (IVA) es del 10%

Se recomienda al exportador consultar:

http://exporthelp.europa.eu/

donde podrá

conocer más información acerca de los requerimientos de entrada del producto al

mercado europeo y conocer las diversas actualizaciones de las que son sujetas las

leyes.

REGIMEN IMPOSITIVO

REQUISITOS DEL COMPRADOR

Tipo Partida arancelaria Arancel Origen Mermeladas de frutas tropicales 2007.10.91 15% Tercer país 0% SGP

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REQUISITOS DEL COMPRADOR

REQUISITOS DEL PRODUCTO, INCLUYENDO EL SECTOR

 El producto se presenta en botes de vidrio del tamaño de 290 g.

 La mermelada producida únicamente con fruta fresca se cultiva sin pesticidas y sin el uso de abonos químicos.

 Para elaborar la mermelada, se usa azúcar de caña de azúcar, el cual es obtenido durante la prensa del las cañas, sin utilizar agentes blanqueadores como por ejemplo anhídrido sulfuroso.

 Los sabores más populares son frutilla, manzana y mora

 La mermelada comercializadas por Altromercato es enteramente producida y envasada en Ecuador y se encuentra presente todo el año.

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REQUISITOS DEL COMPRADOR

PRE-VENTA Y POST-VENTA

La relación con los clientes occurre por medio de:

- Correo electrónico (informaciones generales y aclaraciones sobre la documentación online, boletines informativos y el seguimiento de los documentos);

- Visitas (saludos y presentación de productos nuevos);

- Regalos (ocasiones especiales como, por ejemplo, Navidad y Pascua);

- Teléfono (comunicación por medio de teléfono occurre de manera frecuente e informal). http://www.spheragroup.it/pdf/venditore.pdf

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REQUISITOS DEL COMPRADOR

REQUISITOS DE MARKETING

Los materiales de marketing que podrían servir de guía para tener una idea general respecto a las estrategias de marketing que aplican las empresas italianas, son las siguientes :

- http://www.menz-gasser.it/it/ - http://www.chiriottieditori.it/newsletter/PI/PI_speciale_marmellate_2013/Speciale_marmell ate.pdf - http://www.salute.gov.it/imgs/C_17_pubblicazioni_2176_allegato.pdf - http://www.dietadellasalute.com/esperti/rischio-microbiologico-marmellate.pdf - http://www.uncucchiaiodimarmellata.com/ Libros:

 "500 ricette di marmellate. Confetture, conserve e liquori casalinghi";  Marmellate e conserve. 50 ricette facili".

No existen ferias "oficiales" sobre las mermeladas.

Existen procedimientos específicos para la admisión temporal de los productos en otros paises para la participación en las ferias comerciales, eventos, congresos, muestras y circuitos diplomaticos.

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REQUISITOS DEL COMPRADOR

COMPETITIVIDAD

Las marcas de mermeladas mas conocidas y presentes en la mayoría de los

supermercados italianos son: Santa Rosa, Valfrutta, Zuegg, Hero y marcas blancas.

Los sabores más populares

en los puntos de venta son

:

Manzana

Fresa

Albaricoque

Cereza

Frutas del bosque

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REQUISITOS DEL COMPRADOR

COMPETITIVIDAD

Las mermeladas de Altromercato

En Italia, no hay marcas especificas que venden mermeladas de frutas exóticas. Altromercato es la organización principal que distribuye mermeladas de frutas exóticas, considerando que es un nicho de mercado muy reducido en Italia. La organización vende alrededor de 55.000 unidades de mermeladas por año, divididas en 6 sabores:

Frutas tropicales Papaya de los Andes Naranja Moras Piña Guayaba y maracuyá

El precio medio por unidad es € 3.00

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REQUISITOS DEL COMPRADOR

COMPETITIVIDAD

Frutas exóticas

El término "frutas exóticas" se utiliza en Italia para referirse a todas aquellas frutas que generalmente maduran en climas tropicales y por lo tanto tienen que ser importadas. La evolución de las técnicas de conservación, el desarrollo del comercio y el deseo de novedad han ayudado a aumentar la importación y el consumo de productos exóticos, lo que conduce a una reducción parcial de los precios de venta.

La producción de frutas exóticas en el mundo tiene importantes repercusiones en el mercado: frutas como banana, coco, mango, piña, papaya y el aguacate representan el 44% de la cantidad total de fruta producido en el mundo (casi 630 millones de toneladas).

Sin embargo, la mayoría de la variedad no son comercializadas en Italia, aunque año tras año, aumente su disponibilidad en el mercado.

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REQUISITOS DEL COMPRADOR

COMPETITIVIDAD

En resumen, el mercado de las mermeladas de frutas exóticas es muy reducido. Se puede vislumbrar áreas de desarrollo futuro para la materia prima ecuatoriana, previo acuerdos con los compradores de la gran distribución y las principales empresas de producción.

El sector exótico italiano se encuentra en crecimiento, favorecido por la presencia de extranjeros de diferentes países. El fenómeno de la inmigración está gradualmente cambiando la tradición gastronómica del País. Es interesante ver la presencia de frutas exóticas en la categoría de las frutas en almíbar: en la Grande Distribución Organizada, en esta investigación se identificó que aproximandamente el 48% del total de las frutas son de esta categoría. Otra categoría interesante es de los snacks de frutas exóticas que se venden en la zona del departamento de fruta, entre los snacks de frutas, aproximadamente dos tercios se realizan con sabores tropicales.

En el amplio mundo de los zumos, la cuota de los zumos de fruta exótica, en el total de ventas de la Grande Distribución Organizada, varía de un mínimo de 8% (para cajas de cartón de zumos) a un máximo de 35% (para el zumo en botella).

Por lo tanto, la fruta tropical es un líder en el mundo de los zumos, y a Ecuador se sugiere una estrategia de diferenciación de su materia prima/producto.

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Referencias

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