SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA
DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE FORMACIÓN PARA EL TRABAJO/ DIRECCIÓN DE FORMACIÓN PROFESIONAL
CONVOCATORIA INTERNA No. 1 de 2013
PROGRAMA DE INVESTIGACIÓN, DESARROLLO TECNOLOGICO E INNOVACIÓN LÍNEA PROGRAMÁTICA: INVESTIGACIÓN PARA LA FORMACIÓN PROFESIONAL/ APOYO A LA INVESTIGACIÓN APLICADA EN
LOS CENTROS DE FORMACIÓN
I. ASPECTOS GENERALES DE LA CONVOCATORIA 1. CRITERIOS ORIENTADORES DE POLÍTICA 2. OBJETIVO DEL PROGRAMA
3. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
5. POBLACIÓN OBJETIVO DE LA CONVOCATORIA 6. REQUISITOS DE PARTICIPACION
8. FINANCIACIÓN DE LOS PROYECTOS. 8.1. Presupuesto Oficial
8.2. Monto Máximo de Financiación
8.3. Rubros Financiables (artículo décimo cuarto, acuerdo 16 de 2012) 9. DURACIÓN MÁXIMA DE LOS PROYECTOS
10. RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE
II. PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA 1. CRONOGRAMA DE LA CONVOCATORIA. 2. PROPUESTA
III. VERIFICACION EVALUACION Y ADJUDICACION DE LAS PROPUESTAS 1. DIVULGACIÓN Y ORIENTACIÓN DE LA CONVOCATORIA
2. LUGAR Y FECHA DE RECEPCIÓN DE LOS PROYECTOS 3. EVALUACION TÉCNICA DE LAS PROPUESTAS
3.4 Criterios de Evaluación Técnica 3.4.1 Puntaje
3.4.2 Criterios de desempate 3.4.3 Solicitud de aclaraciones IV. ANEXOS
PROGRAMA DE INVESTIGACIÓN, DESARROLLO TECNOLOGICO E INNOVACIÓN Y. LÍNEA PROGRAMÁTICA: INVESTIGACIÓN PARA LA FORMACIÓN PROFESIONAL/ APOYO A LA INVESTIGACIÓN APLICADA EN
LOS CENTROS DE FORMACIÓN
I. ASPECTOS GENERALES DE LA CONVOCATORIA
1. CRITERIOS ORIENTADORES DE POLÍTICA
El Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014 plantea que el camino a la prosperidad democrática debe basarse en tres pilares, de los cuales el primero es el “crecimiento sostenido basado en una economía más competitiva, más productiva y más innovadora, y con sectores dinámicos que jalonen el crecimiento” (p. 23). De lo anterior se deriva el interés del Estado por promover una cultura de innovación en distintas esferas, con el propósito de generar a largo plazo una alta competitividad y sostenibilidad en el país.
En este contexto, en el Plan Nacional de Desarrollo la innovación comprende no solo el desarrollo de nuevos productos o la transformación de los existentes sino que también involucra la creación de “nuevas formas de organizar, gestionar, producir, entregar, comercializar, vender y relacionarse con clientes y proveedores; logrando, en última instancia, generar valor agregado a través de toda la cadena productiva. Es por esto que la innovación y la inversión en investigación y desarrollo no son exclusivas a los sectores de alta tecnología. Por lo contrario, deben ser parte vital de todos los sectores económicos y hacerse extensivos a todos sus eslabonamientos.” (p.68)
Por otra parte, este Plan estima que el país necesita garantizar una tasa de crecimiento potencial de 6%1 o más de manera sostenida para mejorar su competitividad en los mercados internacionales para lo cual propone avanzar en tres ejes fundamentales: (1) la innovación; (2) la política de competitividad y de mejoramiento de la productividad; y (3) la dinamización de sectores “locomotora”, cuyo impacto directo e indirecto lideren el crecimiento y la generación de empleo: sector minero-energético, vivienda, transporte, sectores basados en la innovación, y sector agropecuario.
1 “Este Plan es consistente con el escenario macroeconómico y fiscal descrito en el Capítulo VIII. Como se menciona en dicho capítulo, el objetivo de locomotoras para el crecimiento y la generación de empleo, impulsarán la economía del país a niveles superiores al 6% del PIB, lo que se ajusta al Marco Fiscal de Mediano Plazo (MFMP), aprobado por el Consejo Superior de Política Fiscal, el cual supone un crecimiento potencial de 4.5% del PIB.” (p.791)
En materia de Ciencia, Tecnología e Innovación, en el CONPES 3582 DE 2009, se consolidó el concepto de innovación como un proceso social basado en la producción e intercambio de conocimiento entre múltiples autores internos y externos a las organizaciones y se identificó que el problema central del país ha sido su baja capacidad para identificar, producir, difundir, usar e integrar conocimientos, problemática asociada a bajos niveles de innovación de las empresas, débil institucionalidad en el Sistema Nacional de Ciencia Tecnología e Innovación, insuficientes recursos humanos para la investigación y la innovación, baja apropiación social de la ciencia y la tecnología, ausencia de focalización en áreas estratégicas de largo plazo y disparidades regionales en capacidades científicas y tecnológicas. Para hacer frente a esta situación se establece la necesidad de focalizar la acción del Estado en el desarrollo de sectores estratégicos a largo plazo, que se caractericen por la producción de bienes y servicios de alto contenido científico y tecnológico que generen valor agregado y diversificación hacia nuevos sectores con mayor demanda.
Por su parte, la Ley 1286 de 20092, establece como uno de los principios y criterios que regirán el fomento, desarrollo y fortalecimiento de la ciencia, la tecnología y la innovación, así como las actividades de investigación que realicen los organismos y entidades de la administración pública, la descentralización, en el sentido de que los instrumentos de apoyo a la ciencia, la tecnología y la innovación deben ser promotores de la descentralización territorial e institucional, procurando el desarrollo armónico de la potencialidad científica y tecnológica del país, buscando así mismo, el crecimiento y la consolidación de las comunidades científicas en los departamentos y municipios.
Finalmente, a nivel de normas internas, mediante Decreto 249 de 2004, numeral 3 del artículo 3, el Consejo Directivo Nacional del SENA fue facultado para “Aprobar las políticas para la contribución del SENA al Desarrollo Tecnológico y la Competitividad y los criterios generales de utilización de los recursos de la ley 344 de 1996”. Con base en esta reglamentación se establecieron los Acuerdos del Consejo Directivo Nacional del SENA:
1. Acuerdo 003 de 2012 “Por el cual se imparten políticas y directrices para el manejo de la inversión para la competitividad y el desarrollo tecnológico productivo”.
2. Acuerdo 15 de 2012 “Por el cual se modifican los artículos 8 y 13 del Acuerdo 003 de 2012”
2
Por la cual se modifica la Ley 29 de 1990, se transforma a Colciencias en Departamento Administrativo, se fortalece el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación en Colombia y se dictan otras disposiciones.
3. Acuerdo 16 de 2012 “Por el cual se establece el Programa de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación”
Normas que regulan los aspectos de la presente convocatoria. 2. OBJETIVO DEL PROGRAMA
En el marco del Sistema de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación del SENA, se expide el Acuerdo 16 de 2012 del Consejo Directivo Nacional del SENA, en el cual se crea el PROGRAMA DE INVESTIGACIÓN, DESARROLLO TECNOLÓGICO E INNOVACIÓN, dentro del cual se contempla la LINEA PROGRAMÁTICA DE INVESTIGACIÓN PARA LA FORMACIÓN PROFESIONAL, que se define así:
3. Investigación para la formación profesional integral: Se realizarán acciones
enfocadas a brindar recomendaciones para formular la política de formación profesional integral y contribuir a su pertinencia y calidad, con base en el análisis de información y elaboración de estudios e investigaciones, de igual forma, se adelantarán acciones para la gestión del conocimiento generado por la investigación aplicada desarrollada en los Centros y por los resultados de los proyectos con el fin de incorporarlos a la formación, divulgarlos y transferirlos a la formación profesional, la formación para el trabajo y al sector productivo.
El Servicio Nacional de Aprendizaje SENA es una de las entidades llamadas a impactar directamente los indicadores de Ciencia, Tecnología e Innovación en Colombia. En su estrategia cuenta como eje de desarrollo el Sistema de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación, el cual contempla la Investigación en Formación Profesional y el apoyo a la Investigación aplicada en los Centros de Formación como componentes.
Los resultados de la investigación aplicada, tanto la desarrollada internamente en el SENA como la cofinanciada al sector productivo a través de los diferentes programas de fomento, generan un conocimiento que debe retroalimentar los diferentes programas de formación profesional. Para ello se ha dispuesto de un Sistema de Gestión del Conocimiento SENA que permita darle un soporte a esta incorporación de conocimiento y tecnologías aunado a la producción intelectual generada por las redes de conocimiento, las mesas sectoriales en el subsistema de cualificaciones del SENA, el Observatorio Laboral y Ocupacional, y las investigaciones en formación profesional que se desarrollen.
Con estas justificaciones, el Grupo de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación de la Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo del
SENA, desarrolló su plan de acción y agenda de investigación para 2013, enmarcada en el Sistema de Investigación, Desarrollo Tecnológico e innovación, la cual contempla el apoyo a la investigación aplicada a los Centros de Formación Profesional.
3. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
Convocar a los Centros de Formación Profesional del SENA, para que presenten proyectos tendientes al fortalecimiento del proceso de investigación aplicada, a través de las siguientes modalidades:
A. Publicaciones que se encuentren terminadas (Revistas, manuales, guías, buenas prácticas), de conformidad con el Anexo 2 (manual de
publicaciones) de esta convocatoria.
B. Suscripciones a bases de datos o licencias requeridas para el proceso de investigación adelantado en el Centro de Formación.
C. Contratación de servicios de apoyo a la formulación de planes y/o proyectos de investigación aplicada para el Centro de Formación, o para el avance de proyectos ya en ejecución, cuya duración no puede ser mayor a 30 días. D. Evento de divulgación de investigación aplicada.
E. Solicitudes de patentes y/o registro de la propiedad industrial nacional. F. Servicios tecnológicos, requeridos en la ejecución de proyectos de
investigación aplicada.
4. POBLACIÓN OBJETIVO DE LA CONVOCATORIA
Todos los Centros de Formación del SENA.
5. REQUISITOS DE PARTICIPACION
- El Proyecto deberá ser remitido por el Subdirector del Centro correspondiente.
- Deberá enviarse diligenciado el formulario del proyecto (anexo1) en Word (Letra Arial 12), y con cada campo resuelto.
6. FINANCIACIÓN DE LOS PROYECTOS.
6.1. Presupuesto Oficial
CIEN MILLONES DE PESOS ($100.000.000.oo).
6.2. Monto Máximo de Financiación
Se financiará máximo 20 millones de pesos por proyecto. Los Centro de Fomración deberán tener presente los impuestos, tasas y contribuciones que se generen por las actividades a realizar.
8.3. Rubros Financiables (artículo décimo cuarto, acuerdo 16 de 2012) se seleccionan los que son aplicables a esta modalidad de convocatoria y tipo de proyectos:
1. Costo del personal técnico especializado requerido para el desarrollo del proyecto y cuya participación sea necesaria para la obtención de los resultados. Por este rubro se podrá contemplar el personal que realiza actividades de dirección o gerencia del proyecto. Lo anterior debe estar formulado en el proyecto y se deberá determinar su participación en términos de la dedicación directa en la ejecución del proyecto. Independientemente del tipo de contratación del personal, siempre y cuando cumpla con la normatividad laboral vigente los recursos deben valorarse y atender a la normatividad aplicable.
2. Costo del personal no calificado dedicado exclusivamente al desarrollo del proyecto, independientemente del tipo de contratación que tenga, siempre y cuando cumpla con la normatividad laboral vigente; podrán incluirse los costos de desplazamiento y alimentación de ser indispensables para el desarrollo del proyecto, previa revisión y autorización de la Comisión Nacional de Proyectos.
3. Insumos y materiales requeridos para el desarrollo del proyecto, que sean bienes consumibles durante la ejecución del mismo y no constituyan bienes de capital.
4. Pago de servicios tecnológicos para la obtención de: modelos, metodologías, pruebas de laboratorio que sean requeridos para el desarrollo y obtención de resultados previstos por el proyecto, de manera cuantificable y verificable, y que estén claramente relacionados y valorados en el proyecto. Su ejecución
debe ser realizada por persona jurídica especializada en el servicio tecnológico requerido.
5. Arrendamiento de equipo para investigación y desarrollo tecnológico, así como actividades de control de calidad establecido en las fases del proyecto no disponibles en las instalaciones del ente ejecutor y/o Centro de Formación del SENA. Incluye pago de servicios por alojamiento de programas informáticos (Hosting, Servidores de Aplicaciones ASP). Su ejecución debe ser demostrada a través del contrato correspondiente.
6. Diseño de prototipos que incluyan innovación tecnológica o diseño de dispositivos a equipos de producción existentes, de productos y de procesos que incluyan igualmente innovación (una nueva aplicación) tecnológica con fines de actualización. Será posible el financiamiento del desarrollo de prototipos con recursos del SENA siempre y cuando los mismos al final del proyecto se queden en el SENA; de lo contrario el desarrollo deberá ser financiado con recursos de contrapartida.
7. Acceso a información especializada requerida para el desarrollo y obtención de los resultados previstos por el proyecto, entre ellos acceso a nodos y redes telemáticas especializadas, adquisición de documentos y bibliografía. Estos últimos quedarán en manos del ejecutor y garantizará acceso a los mismos al SENA por un tiempo adicional equivalente al tiempo de duración del proyecto.
8. Gastos de patentamiento de los resultados del proyecto o registro de propiedad industrial nacional.
9. Gastos de normalización, certificación, registro y similares, provenientes de la certificación de normas técnicas especializadas de producto.
10. Publicaciones de resultados del programa o proyecto, impresos o digitales.
ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO. RUBROS NO FINANCIABLES: No se aportarán
recursos del SENA ni recursos de la contrapartida, sin perjuicio de lo contenido en el Acuerdo de Políticas para el Manejo de la Inversión para la Competitividad y el Desarrollo tecnológico Productivo, para las siguientes acciones:
1. Compra de lotes, construcciones, adecuación de infraestructura física. 2. Pagos de deudas, dividendos o recuperaciones de capital.
3. Capital de trabajo para la producción corriente. 4. Inversiones en otras entidades y/o empresas.
5. Compra de acciones, derechos de empresas, bonos y otros valores mobiliarios
6. Pago de regalías e impuestos causados en el desarrollo del proyecto, con excepción de los indicados en el parágrafo del artículo anterior.
7. DURACIÓN MÁXIMA DE LOS PROYECTOS
Los proyectos deberán ser ejecutados y pagados a más tardar el 16 de diciembre de 2013, conforme a las normas presupuestales aplicables al SENA.
8. RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE
Esta convocatoria se desarrolla de conformidad con los Acuerdo 03 de 2012 y 016 de 2012 del Consejo Directivo Nacional del SENA, y para los procesos de contratación, deberá aplicarse el régimen correspondiente según la modalidad respectiva.
II. PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA 1. CRONOGRAMA DE LA CONVOCATORIA. La Convocatoria contará con el siguiente cronograma:
PUBLICACIÓN Y DIVULGACIÓN DE LA CONVOCATORIA
18 de octubre de 2013
PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS 18 de octubre de 2013 al 22 de octubre de 2013 a las 24 horas.
EVALUACIÓN TÉCNICA DE LAS PROPUESTAS
23 de octubre de 2013 PUBLICACIÓN DE LOS RESULTADOS 24 de octubre de 2013 SOLICITUD DE ACLARACIONES 25 de octubre de 2013 RESOLUCIÓN DE ACLARACIONES 28 de octubre de 2013 PUBLICACIÓN DE PROPUESTAS
SELECCIONADAS
29 de octubre de 2013 TRASLADO DE RECURSOS A LOS
CENTROS DE FORMACIÓN 30 de octubre al 1 de noviembre-26 de 2013 EJECUCIÓN DE PROYECTOS EN CENTROS DE FORMACIÓN Del 30 de octubre de 2013 al 16 de diciembre de 2013 2. PROPUESTA
La propuesta será presentada en el formato anexo 01. De esta convocatoria.
III. VERIFICACION EVALUACION Y ADJUDICACION DE LAS PROPUESTAS 1. DIVULGACIÓN Y ORIENTACIÓN DE LA CONVOCATORIA
Esta convocatoria estará abierta desde el 18 de octubre de 2013, hasta las 24 horas del martes 22 de octubre de 2013, y será divulgada a través del correo institucional de la Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo:
Las inquietudes de la convocatoria, serán resueltas a través del correo del Coordinador del Grupo de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación, Carlos Lugo Silva: [email protected]
En la ficha anexa, se incluye la orientación específica de cada punto.
2. LUGAR Y FECHA DE RECEPCIÓN DE LOS PROYECTOS
La recepción de los proyectos será hasta las 24 horas del martes 22 de octubre de 2013 en el correo: [email protected], también se podrá enviar en copia al correo: [email protected].
3. EVALUACION TÉCNICA DE LAS PROPUESTAS 3.1. Criterios de Evaluación Técnica
Los proyectos deberán tener como objetivo general el fortalecimiento del proceso de investigación aplicada en los Centros de Formación Profesional del SENA como parte del Sistema de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación SENNOVA, e impactar alguno de los criterios que se señalan a continuación:
- Contribución al fortalecimiento de las competencias de aprendices y/o instructores del SENA, en relación con los procesos de investigación aplicada, desarrollo tecnológico e innovación.
- Contribución a la actualización o modernización de los programas de formación profesional impartidos en el Centro de Formación.
- Impacto de la temática en la competitividad del sector productivo.
COMITÉ EVALUADOR: El Grupo de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación del SENA conformará un comité evaluador, con personal de las Direcciones de Formación Profesional y Sistema Nacional de Formación para el Trabajo, según la especialidad de cada tema.
Los proyectos se calificarán de 1 a 100 conforme a los criterios antes señalados y se aprobarán los que obtengan una calificación superior a 60 puntos, hasta agotar el presupuesto.
3.3. Criterios de desempate
- Que el proyecto esté ligado a un grupo de investigación registrado en Colciencias.
- Experiencia de trabajo previa en la temática del proyecto, publicación, evento, entre otros.
- Se prevalecerán las publicaciones y divulgación de resultados de investigaciones adelantadas por el Centro de Formación.
De prevalecer el empate, se definirá por día y hora de registro del proyecto.
3.4. Solicitud de aclaraciones
Se contará con 1 día para aclarar los proyectos, posterior a la publicación de los resultados.
IV. TRASLADO DE RECURSOS
Con base los resultados de la evaluación elaborado por el Comité Evaluador, el Coordinador del Grupo de Investigación Desarrollo Tecnológico e Innovación, elaborará el listado de los proyectos a financiar para que la Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo gestione el trámite de traslado de recursos correspondiente.
V. ANEXOS
Anexo 1. Ficha de proyecto.
Anexo 2. Manual de publicaciones científicas y tecnológicas del SENA. Anexo 3. Acuerdo 16 de 2012