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III.- ACTAS IV.- CUENTA - A sus antecedentes - Se tuvo presente. - Se tuvo presente. - Se tuvo presente.

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CORRESPONDIENTE A LA 364ª LEGISLATURA, CELEBRADA EL DÍA MARTES 29 DE NOVIEMBRE DE 2016, DE 15:32 A 17:59 HORAS.

SUMARIO: Se continuó con el estudio del proyecto de ley sobre Educación Superior (boletín N° 10783-04), en primer trámite constitucional, con urgencia calificada de “simple”. Se escuchó al Presidente del Colegio de Cirujano Dentistas de Chile A.G., señor Jaime Acuña D’Avino; al Presidente del Colegio de Bioquímicos de Chile A.G., señor Carlos Solano Jerez; a la Presidenta del Colegio de Enfermeras Chile A.G., señora Paola Pontoni Zúñiga; a la Presidenta del Colegio de Kinesiólogos de Chile, señora Loreto Henríquez Rodríguez; a la Presidenta del Colegio de Matronas y Matrones de Chile, señora Anita Román Morra; a la Presidenta del Colegio de Tecnólogos Médicos de Chile, señora Corina Farfán Reyes, y al Presidente del Colegio de Nutricionistas Universitarios de Chile A.G., señor Samuel Durán Agüero.

I.- PRESIDENCIA

Presidió la sesión el señor Alberto Robles Pantoja. Actuó como Abogada Secretaria de la Comisión la señora María Soledad Fredes Ruiz y como Abogado Ayudante la señora Macarena Correa Vega.

II.- ASISTENCIA

Asistieron los diputados integrantes de la Comisión señoras Cristina Girardi Lavín, María José Hoffmann Opazo, Yasna Provoste Campillay y Camila Vallejo Dowling, y los señores Jaime Bellolio Avaria, Rojo Edwards Silva, Sergio Gahona Sandoval, Romilio Gutiérrez Pino, Giorgio Jackson Drago, Alberto Robles Pantoja y Mario Venegas Cárdenas.

En representación del Ministerio de Educación concurrieron el Jefe de Asesores y Jefe de la Reforma a la Educación Superior, señor Luis Felipe Jiménez, y la Asesora Legislativa, señora Javiera Morales.

En calidad de invitados asistieron el Presidente del Colegio de Cirujano Dentistas de Chile A.G., señor Jaime Acuña D’Avino, acompañado por el Jefe de Gabinete, señor Patricio López Pichipil; el Presidente del Colegio de Bioquímicos de Chile A.G., señor Carlos Solano Jerez; la Presidenta del Colegio de Enfermeras Chile A.G., señora Paola Pontoni Zúñiga, acompañada por el Vicepresidente de Desarrollo Profesional, señor Cristian Cáceres Torres, y la Secretaria General, señora Carmen Gloria Navarrete Meneses; la Presidenta del Colegio de Kinesiólogos de Chile, señora Loreto Henríquez Rodríguez, acompañada por el Expresidente, señor Pedro Mancilla Fritis, y el Secretario General, señor Reinaldo Barría Mancilla; la Presidenta del Colegio de Matronas y Matrones de Chile, señora Anita

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Román Morra; la Presidenta del Colegio de Tecnólogos Médicos de Chile, señora Corina Farfán Reyes, acompañada por la Secretaria del Colegio, señora Solange Vargas Malverde, y el Presidente del Colegio de Nutricionistas Universitarios de Chile A.G., señor Samuel Durán Agüero.

III.- ACTAS

El acta de la sesión 236ª se declaró aprobada. Las actas de las sesiones 237ª y 238ª se pusieron a disposición de las señoras diputadas y señores diputados.

IV.- CUENTA

Se recibieron los siguientes documentos:

1.- Oficio de S.E. la Presidenta de la República mediante el cual hace presente la urgencia calificada de “simple” para el despacho del proyecto de ley sobre Educación Superior (boletín N° 10783-04).

- A sus antecedentes

2.- Correo electrónico del Colegio de Químico Farmacéuticos de Chile, mediante el cual se excusa la inasistencia de su Presidente a esta sesión, dadas las diversas actividades programadas para la Semana Farmacéutica, y se señala que estarán muy bien representados por el Colegio de Dentistas y el Colegio de Bioquímicos, quienes presentarán una exposición conjunta de las tres órdenes profesionales.

- Se tuvo presente.

3.- Comunicación del Presidente de la Fundación Posgrados para Chile, quien solicita audiencia con la Comisión a fin de exponer sobre el Sistema de Posgrados.

- Se tuvo presente.

4.- Correo electrónico de la Directiva del Sindicato de Trabajadores del Liceo Industrial de Chillán, por medio del cual solicitan audiencia con la Comisión, para referirse a su condición de establecimiento educacional regido por DFL 3166. Se señala que la situación del Liceo “Instituto Industrial Superior” de Chillán desde el año 2012 es administrado por la institución estatal Universidad Tecnológica de Chile UTEM, la cual generó problemas laborales, ya que sus trabajadores por ser administrados por una institución estatal adquirieron la calidad jurídica de funcionario públicos; en consecuencia, no pueden negociar colectivamente sus remuneraciones ni sus beneficios administrativos.

- Se tuvo presente.

5.- Comunicación de la Presidenta de la Asociación de Profesores Jubilados Provincial Limarí, del Colegio de Profesores de Chile, mediante la cual plantea que existe un número considerable de docentes acogidos a jubilación, quienes a partir del año 1981 fueron traspasados del Ministerio de Educación a las Municipalidades. Sostiene que es de justicia que a la

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totalidad de esos profesores se les conceda un bono laboral similar al que reciben los pensionados favorecidos a partir del año 2003, aduciendo a los logros que el Colegio de Profesores ha obtenido para todos los sectores que jubilaron a partir del 14 de noviembre de 2003 y para los futuros jubilados hasta el año 2023. Con el fin de mejorar sus rentas, y por ende su calidad de vida tan disminuida, solicita la reparación de la deuda histórica y considerar a los pensionados desde el año 1990 al 2002, dado que ninguna ley les ha favorecido con un mejoramiento en sus ingresos. Adjunta listado de firmas de profesores que apoyan la gestión.

- Se puso copia en las carpetas de los señores diputados.

V.- ACUERDOS No hubo.

VI.- ORDEN DEL DÍA

Iniciando la Orden del Día el diputado Gutiérrez consultó qué objetivo tiene continuar con audiencias para este proyecto si se está a la espera de una indicación sustitutiva.

La diputada Provoste hizo presente el costo y pérdida de tiempo y recursos que implica para los invitados asistir a referirse de un proyecto que en definitiva no será el que se someterá a votación. Adicionalmente, expresó que mientras la Comisión continúe con las audiencias el Ejecutivo no se verá impulsado y,o apremiado a presentar las indicaciones.

La diputada Girardi, pidió que se defina la lista de invitados futuros, en base a las solicitudes de los diputados y a las audiencias pedidas.

El diputado Venegas expresó que se está en conocimiento de que este proyecto debe modificarse significativamente e incluso está en duda que se convierte en ley en este Gobierno.

La diputada Vallejo propuso construir un documento que señale las principales materias en conflicto o nudos críticos del proyecto y las propuestas de las diversas instituciones y actores al respecto, por ejemplo, en materia de financiamiento, acceso, autonomía, control/regulación, entre otras.

El diputado Robles comentó que el Ejecutivo no presentará una indicación sustitutiva, sino, varias indicaciones a distintos artículos del proyecto, que lo modificarán de manera sustantiva. Además, destacó que esta semana debió haber ingresado una ley miscelánea que debe solucionar, entre otros aspectos, los plazos de la ley de Inclusión.

Iniciando las exposiciones de los invitados, el Presidente del Colegio de Cirujano Dentistas de Chile A.G., señor Jaime Acuña, apuntó que su intervención representa también la voluntad del Colegio de Químico Farmacéuticos y Bioquímicos de Chile A.G. y el Colegio de Bioquímicos de

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Chile A.G., e hizo hincapié en solicitar la acreditación obligatoria de las carreras de la salud.

Sostuvo que la ley N° 20.129 cometió un lamentable error al someter en su artículo 27 solo a las carreras y programas de estudio conducentes a los títulos profesionales de médico cirujano, al proceso de acreditación obligatoria, en atención a que la salud es un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades, debiendo contarse en dicha área con un nivel de calidad y acreditación supeditado al Estado de Chile y no a la autonomía universitaria.

Recordó que el Código Sanitario en su artículo 112, consagra que sólo podrán desempeñar actividades propias de la medicina, odontología, química y farmacia u otras relacionadas con la conservación y restablecimiento de la salud, quienes poseen el título respectivo otorgado por la Universidad de Chile u otra Universidad reconocida por el Estado y estén habilitados legalmente para el ejercicio de sus profesiones.

Asimismo, dicho texto legal en su artículo 115 define su autonomía, al prescribir que: “Los cirujanos-dentistas sólo podrán prestar atenciones odonto-estomatológicas. Podrán, asimismo, adquirir o prescribir los medicamentos necesarios para dichos fines, de acuerdo al Reglamento que dicte el Director General de Salud.”.

Luego, el artículo 116 prescribe que: “Los laboratorios dentales sólo podrán ejercer sus actividades a indicación de cirujano-dentistas, quedándoles prohibido ejecutar trabajos en la cavidad local.”.

La ley N° 19.664 que establece normas especiales para profesionales funcionarios que indica de los servicios de salud y modifica la ley N° 15.076 señala que según el Código Sanitario, son profesiones que ejercen su quehacer en forma autónoma sin supervisión de otro profesional de la salud. En el caso de la odontología, consiste en el diagnóstico, tratamiento, reparación y prevención de las patologías de la región maxilofacial.

Enfatizó que pese a que debiese exigirse que la carrera o programa disponga de la infraestructura, recursos de aprendizaje y equipamientos requeridos para el logro de los resultados esperados en los estudiantes como criterios de evaluación para la acreditación, la autonomía que se ha entregado a las instituciones de educación superior ha bajado los niveles de calidad de las carreras de la salud, tal como evidenció con el siguiente cuadro en materia de infraestructura:

Universidad Matrícula Sillones dentales Tasa

alumno/sillón De Chile 90 140 1,55 Concepción 80 104 1,3 Pedro de Valdivia (Antofagasta) 20 Arrienda clínicas particulares indefinido Arturo Prat 50 20 0,4 Andrés Bello 160 190 1,1

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Precisó que el objetivo final son los pacientes y el Estado debe ser garante de la calidad y dicha garantía no pueda negociarse ya que se trata de la salud de la población. Por ello, propuso que el Ministerio de Educación coordine, en conjunto con el Ministerio de Salud, en lo referente a las políticas públicas destinadas al desarrollo y promoción de las carreras y programas de formación en salud, estableciendo lineamientos comunes para el funcionamiento de estas carreras y programas.

También la construcción de criterios para la acreditación de carreras de la salud y especialidades de las profesiones sanitarias debe realizarse en consistencia con las políticas sanitarias existentes y en consulta con el Ministerio de Salud.

Finalmente, aludió a la ley N° 20.129, que establece un Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior, específicamente a su artículo 26, sobre acreditación de carreras, y del que se desprende que el objetivo de acreditar una carrera de educación superior es certificar la calidad de las carreras y los programas ofrecidos por las instituciones autónomas de educación superior.

Esta certificación se efectúa en función de tres criterios: los propósitos declarados por la institución que los imparte, los estándares nacionales e internacionales de cada profesión o disciplina, y el respectivo proyecto de desarrollo académico.

Complementó el Presidente del Colegio de Bioquímicos de Chile A.G., señor Carlos Solano, quien reafirmó lo expresado precedentemente e insistió en que debe haber una coordinación entre el Ministerio de Salud y el Ministerio de Educación para logar políticas sanitarias de calidad.

La Presidenta del Colegio de Enfermeras Chile A.G., señora Paola Pontoni expresó que analizó el proyecto en torno a sus 3 ejes, desde el punto de vista de la enfermería:

Respecto de la calidad de la formación en la educación superior, consideró que parte fundamental de la Reforma de la Educación Superior la componen la investigación y creación de nuevo conocimiento ejes esenciales de su misión y valores. Asimismo, destacó que el Colegio de Enfermeras de Chile A.G., en cuanto a su rol rector de la profesión, estima imprescindible su participación en el aseguramiento y mejora continua de la calidad de la carrera de enfermería impartida por las Universidades del país.

Hizo presente, en relación con el artículo 63 del proyecto, que establece la acreditación obligatoria de las carreras de médico cirujano, pedagogía y educación parvularia, que es pertinente incorporar esta obligatoriedad a la carrera de enfermería y su grado de licenciatura, en virtud de que corresponde a los ejes fundamentales de la atención de salud de la población.

Respecto de la equidad e inclusión, precisó que la educación es un derecho de las personas y son los individuos y su desarrollo los que deben estar al centro de ella. Como derecho humano fundamental, debe permitir a las personas desarrollar plenamente su potencial, y convertirse así en un

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factor transformador para alcanzar el desarrollo pleno y su fortalecimiento como persona.

Consideró que el financiamiento público regulado y normado con indicadores claros, precisos y consensuados favorece la equidad en el acceso a la educación superior de los sectores más vulnerables de la población.

En relación con la pertinencia, planteó que la educación superior debe considerar los aspectos relevantes para la salud de la población, tales como los epidemiológicos, demográficos y culturales, considerando estas variables y su particularidad a lo largo del país, en la formación de los profesionales enfermeras y enfermeros. No es lo mismo un profesional de la zona norte que uno del extremo sur, debiendo contar con autonomía las instituciones.

Apuntó que habiendo realizado unas primeras jornadas sobre reforma educación superior y sus implicancias en la disciplina de enfermería, en su preocupación por analizar y aportar al desarrollo del proyecto de ley de reforma de la educación superior el Colegio de Enfermeras de Chile A.G. invitó a las diferentes escuelas de enfermería a participar de un debate abierto en conjunto con el Ministerio de Educación, con resultados que generan opinión para aportar al debate parlamentario y ciudadano.

En conclusión, observó que, en particular, el aporte que realizan las enfermeras y enfermeros es promisorio para el país, en cuanto a su capacidad de intervenir positivamente, mediante sus prestaciones vinculadas al cuidado de la persona en estado de salud y enfermedad, las variables críticas de acceso, oportunidad, calidad/seguridad y sustentabilidad de la atención en salud actual.

Esto, conforme a la definición de universidad que entrega el proyecto de ley sobre Educación Superior, en el cual la universidad es el ámbito de formación propicio -cuya base común inicial es la licenciatura- para el desarrollo de las profesiones de la salud, en vista a dar satisfacción a las necesidades sociales en aumento de la sociedad chilena.

Ante la coyuntura, que en paralelo al proyecto de ley se ha ingresado una iniciativa que busca incorporar en el artículo 63 del decreto con fuerza ley N° 2m de 2010, del Ministerio de Educación, la carrera de “enfermería” entre los títulos que requieren haber obtenido previamente el grado académico de licenciado, estimó que esta materia requiere de un previo y especial pronunciamiento de la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados, de modo de construir el nuevo sistema de educación superior sobre bases sólidas, que en el ámbito de la educación y salud de respuesta a las determinantes epidemiológicas y sociales.

La Presidenta del Colegio de Kinesiólogos de Chile, señora Loreto Henríquez, expresó que según la Confederación Mundial para la Kinesiología (WCPT), esta tiene como objetivo facilitar el desarrollo, mantención y recuperación de la máxima funcionalidad y movilidad del individuo o grupo de personas a través de su vida. A su vez la kinesiología, como disciplina se define como el estudio del movimiento humano normal y

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de las condiciones que lo alteran, desde una visión analítica, hasta una visión antropológica y sociológica, científicamente fundadas y socialmente aceptadas, puestas al alcance de todas las personas, familias y comunidad, mediante su plena participación en la sociedad.

En Chile y en el mundo los kinesiólogos ayudan a las personas a maximizar su calidad de vida, mirando el bienestar físico, psicológico, emocional y social, su creciente participación en los ámbitos de la salud de promoción, prevención, tratamiento, habilitación y rehabilitación, han derivado en la creación de un campo del conocimiento científico propio, que se ha construido a partir de su capacidad de investigar, innovar y favorecer el estado de salud, entendiendo éste como el completo bienestar físico, emocional y social, por lo tanto, constituyéndose como un bien social, un derecho de la humanidad y un componente esencial de la calidad de vida, del crecimiento y desarrollo integral de un país.

El desarrollo histórico de la salud pública chilena ha producido una evolución de la profesión de kinesiólogo, haciendo migrar la profesión desde los primeros servicios de rehabilitación de enfermedades como la poliomielitis de los años 50, al manejo de problemas de salud en todos los niveles de atención. De esta forma, la gran mortalidad por enfermedades respiratorias en niños de los años 90 significó la inclusión del kinesiólogo a la atención primaria mediante salas IRA, con el consecuente desarrollo y especialización profesional de nivel universitario, para el manejo clínico de situaciones de mayor complejidad, factores claves para el éxito de este programa de salud.

El aumento de la expectativa de vida de los chilenos, sus hábitos de alimentación, de actividad física, entre otros tantos factores, han producido incremento en la prevalencia de enfermedades cardiovasculares y metabólicas, músculo esqueléticas y degenerativas, que han ampliado el ámbito de acción y especialización del kinesiólogo hacia todos niveles del sistema de salud, cumpliendo tareas de prevención, tratamiento, cuidados paliativos y utilizando recursos para la educación en salud, gestión, investigación y cuidado de la salud de las personas. Un ejemplo de este fenómeno de expansión del quehacer kinésico, es la incorporación del kinesiólogo en unidades de alta complejidad, como son las unidades de cuidados intensivos (guía organización y funcionamiento UPC 2004) o las unidades de Tratamiento del Ataque Cerebral UTAC (guía 2013 ACV Isquémico).

En este escenario de mayor participación, de mayor complejidad y en el contexto de la garantía de calidad de la ley AUGE, la profesión de kinesiólogo ha debido enfrentar el desafío de la especialización y de la creación de nuevos saberes para fundamentar su quehacer y colaborar con evidencia que dé respuesta a los problemas de las personas, esta tarea formativa e investigativa es asumida por las diferentes universidades en sintonía con la “formación profesional a lo largo de la vida” y se materializa con programas de pos título y post grado que exigen al menos el grado de licenciado.

De esta forma, las diferentes escuelas de kinesiología del país ofrecen en la actualidad a los kinesiólogos licenciados continuidad de estudios

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académicos conducentes a la obtención de grados académicos en disciplinas propias de la kinesiología y en ciencias básicas y de educación. La formación en kinesiología contempla diplomados en las áreas de terapias del sistema musculoesquelético, rehabilitación cardiovascular y enfermedades cardiometabólicas, kinesiterapia neonatal y seguimiento del paciente prematuro, ergonomía y salud laboral, fisiología del ejercicio, patología maxilofacial, deportiva, columna vertebral, etc. Del mismo modo se encuentran disponibles programas conducentes a la obtención del grado de magister en kinesiología, gerontología clínica, intervenciones terapéuticas respiratorias, terapia manual, fisiopatología cráneo cervical, craneomandibular y dolor facial, neuro-rehabilitación, entre otras.

Destacó que los actuales desempeños clínicos necesitan no solo del “saber hacer” ligados a las tareas y formación técnica tradicional, sino que deben abordar la complejidad y la incertidumbre propia del mundo científico para seleccionar, comprender, evaluar y aplicar la evidencia clínica cuando exista y generarla cuando no. Es necesario entonces, una formación profesional universitaria que lo haga posible y que este sintonizada con la globalización, con una base disciplinar propia y con acceso a grados académicos; licenciatura, magíster y doctorado; realidad cotidiana para los kinesiólogos en los países más desarrollados del mundo OCDE.

La Confederación Mundial para la kinesiología recomienda que el kinesiólogo debe ser un profesional de la salud, que haya seguido programas educativos basados en estudios de nivel universitario, validados y acreditados. En el documento Guidelines for physical therapist professional

entry level education, se establece que el kinesiólogo es formado para la

atención directa de pacientes y en su intervención requiere la toma de decisiones fundadas en conocimientos y en razonamiento clínico, que puede variar la conducta terapéutica y sus resultados a favor de la salud de los pacientes. Por ello recomienda la formación al menos con el grado de licenciado.

El plan de estudio de la carrera de kinesiología en las diferentes universidades del país incluye los conocimientos y experiencias de aprendizajes de las ciencias básicas transferibles posteriormente a situaciones clínicas, generando sistemáticamente un conocimiento propio disciplinar, a partir de un razonamiento clínico que se hace absolutamente necesario cuando se requiere contar con kinesiólogos especialistas en alguno de los ámbitos kinésicos. Además, y no menos importante es que la formación como profesionales universitarios, ha sido tradicionalmente, ante la sociedad, garantía del compromiso ético profesional.

El aseguramiento de la calidad y seguridad en la atención de los pacientes, es y ha sido una preocupación permanente, que ha llevado a diseñar guías clínicas y protocolos a nivel nacional en constante revisión y discusión, lo cual requiere indudablemente la constante investigación clínica para favorecer y optimizar en costo/efectividad la participación de las personas. Los kinesiólogos chilenos, conscientes del rol social que cumplen en la salud de la población, históricamente han propiciado el perfeccionamiento y capacitación profesional.

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En relación al Marco de Cualificaciones, precisó que es un instrumento que permite el reconocimiento, desarrollo y clasificación de los conocimientos, habilidades y competencias de las personas a lo largo de un continuo de niveles, lo que se traduce en el desarrollo de un conjunto de resultados de aprendizaje generales o cualificaciones, es decir, afirmaciones de lo que la persona debe saber o hacer al finalizar un ciclo formativo, sin importar si fueron aprendidos en contextos formales, informales o no formales (OECD, 2004).

Estos resultados de aprendizajes generales, se constituyen en la primera definición a nivel país de los aprendizajes a formar en las certificaciones que otorga el sistema de educación superior, en base a lo cual se pueden elaborar meta perfiles o perfiles profesionales, que establecen qué sabe y hace cada profesión. Asimismo, estas definiciones orientan la construcción de los planes de estudio, sin restarle autonomía a las instituciones, las que pueden desarrollar sus propios modelos educativos e imprimir sus sellos institucionales.

En este contexto, el Marco de Cualificación, al ser una herramienta ordenadora de los sistemas formativos, suelen ser mandatorios para todas las instituciones de educación superior del país y estar estrechamente ligados a los mecanismos de aseguramiento de la calidad, los que evalúan su implementación.

En Chile, el crecimiento de la matrícula y la diversificación de la oferta académica en educación superior ha generado grandes cambios en el sistema formativo, lo que sumado a la carencia de un marco regulatorio, ha impactado en grandes diferencias en la calidad de los programas de estudio que, muchas veces, resultan ser poco transparentes y pertinentes a las necesidades del ámbito social y laboral.

El tema pasa, por una parte, por la capacidad de entregar herramientas de formación a futuro para el profesional, no solo en la técnicas sino en el conocimiento de base -maestrías y doctorados-, que los institutos profesionales no pueden entregar, y también por entregar al alumno una formación completa, la cual abarque la investigación como soporte principal de desarrollo profesional -lo que los institutos profesionales no pueden realizar-. En el mundo, la formación de profesionales de salud es en universidades y si Chile quiere avanzar en definición de estándares globalizados debe alinearse. Estimó que si bien hay que discutir los tiempos de formación, no está en discusión dónde formarse.

Sostuvo que las deficiencias del actual sistema universitario deben ser corregidas claramente y toda universidad que no se encuentre desarrollando investigación y extensión en las diferentes áreas disciplinares en las que ofrece formación no debería ser llamada universidad. En muchos casos deberían volver a ser lo que realmente son, sin que con ello se haga menosprecio a la formación que entregan, sino que simplemente se deben separar las aguas entre lo que es una formación universitaria y otra que no lo es. Lamentablemente en Chile, la “libertad” para la formación de universidades no ha ido de la mano de la adecuada fiscalización o formulación de estándares.

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El sistema de educación superior debe cambiar y modernizarse, sin embargo, eso no significa desvincular la formación profesional de la investigación y la extensión. Algunos países OCDE tienen mallas curriculares comunes entre diferentes carreras de salud en el primer año, lo cual incrementa a largo plazo el trabajo en equipo ya que la formación al ser de base la misma permite un lenguaje común y confianza en el equipo de trabajo.

Finalmente, destacó que la exclusividad universitaria beneficia a todos los actores relacionados con las 7 carreras de la salud, con excepción de los institutos profesionales. Sin embargo, los alumnos de institutos profesionales tendrán el deber de obtener la licenciatura y, con ello, obtener el derecho de acceder a formación de postgrado. Los alumnos de universidades, quienes con gran esfuerzo pagan los aranceles, podrán tener la tranquilidad que su esfuerzo es valorado, los pacientes, también se verán beneficiados al obtener una atención con bases científicas, y la sociedad en general, al mantener estándares de calidad de salud en Chile.

La Presidenta del Colegio de Matronas y Matrones de Chile, señora Anita Roman, pidió considerar que para medir los logros de cualquier sistema educacional no basta con medir la cantidad de alumnos que ingresan -cobertura- sino que, lo que es más relevante, es que se debe medir la cantidad de alumnos que egresan o se titulan de dicho sistema.

Por cada 100 alumnos que ingresan solo se titulan, 40 es un sistema que no sólo no significa ningún logro sino que, por el contrario, representa un gran fracaso.

Afirmó que no son los “sistemas de acceso” los que impiden a los sectores de menores ingresos acceder a la educación superior, sino la mala formación previa con la que llegan muchos de los egresados de la educación media, especialmente los provenientes de colegios particulares subvencionados y municipalizados.

Las menores tasas de titulación entre las universidades corresponden, según la información SIES del Mineduc, la Universidad Miguel de Cervantes, con un 11,7%; la Universidad Los Leones, con 11,7%; la Universidad Pedro de Valdivia, con 16,0%, y la Universidad Santo Tomás, con 24,3%. Es decir, más de 75% no se titula, pero se endeuda, en estas universidades que no tienen ningún sistema de selección.

En relación al rango universitario de las carreras, manifestó que la exclusividad de formación profesional universitaria se perdió a partir de 1980, con la LOCE, junto al nacimiento de los institutos profesionales, lo que ha generado el nacimiento de dos tipos de profesionales del área de la salud, los de primera y los de segunda categoría.

Llamó a la formación de profesionales universitarios de calidad, quienes históricamente han ejercido de acuerdo al modelo de salud la primera atención con la responsabilidad de la derivación oportuna y la aplicación del tratamiento médico indicado a seguir, a niveles de atención no médica.

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La Presidenta del Colegio de Tecnólogos Médicos de Chile, señora Corina Farfán inició su intervención señalando que los tecnólogos médicos, al igual que los ingenieros, hacen la especialidad en pre grado.

En relación al proyecto, expresó que éste trata de una autonomía que comprende el aspecto académico, financiero y administrativo, de conformidad al marco establecido por la ley y, en especial, por las normas del Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior. Sin embargo, se debe poner término al exceso de profesionales en algunas áreas y a la carencia de otros en otras áreas, ya que la autonomía no puede implicar que se puedan formar profesionales que no tengan cabida en la sociedad, tal como ocurrió con la carrera de criminalística.

Respecto a la diversidad de proyectos educativos institucionales, el sistema promueve y respeta la diversidad de procesos y proyectos educativos, que se manifiesta en la pluralidad de visiones y valores sobre la sociedad y las formas de búsqueda del conocimiento y su transmisión a las y los estudiantes y a la sociedad. Sin embargo, debe existir una normativa que lo regule, porque hay conocimientos, habilidades y destrezas de una carrera de pregrado que se imparte como postgrados a otras. En este caso, quedan 2 profesionales con las mismas competencias: uno de pregrado y otro de postgrado, pagándose a este último una mejor remuneración, pese a que dedicó menos tiempo a su formación. Asimismo, ello influye en el aspecto económico del Servicio de Salud respectivo, ya que paga por una misma prestación distinto sueldo.

Además, expresó que el Colegio de Tecnólogos Médicos AG cree necesaria la participación de los colegios profesionales en el levantamiento de estándares de calidad para la acreditación institucional, y para las carreras y programas de estudio de pre y post grado (artículos 31 y 44 del proyecto).

En relación a la imposibilidad de la institución de educación superior a la que se le otorgue la acreditación institucional condicional, de impartir nuevas carreras o programas de estudio, de abrir nuevas sedes, o aumentar el número de vacantes en cada carrera o programa de estudio que imparta, mientras permanezca con la acreditación institucional condicional (artículo 56), precisó que su opinión es que todas las carreras y sedes nuevas debieran estar previamente acreditadas.

Respecto del artículo 63, que prescribe que: “Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo 4° de este título, las universidades acreditadas deberán acreditar obligatoriamente las carreras y programas de estudio conducentes a los títulos profesionales de Médico Cirujano, Profesor de Educación Básica, Profesor de Educación Media, Profesor de Educación Técnico Profesional, Profesor de Educación Diferencial o Especial y Educador de Párvulos y los programas de doctorado que impartan”, apuntó que debieran ser todas las carreras de la salud, incluida la tecnología médica.

En cuanto al artículo décimo sexto, que impone la obligación de acreditar programas de doctorado y las carreras y programas de estudio conducentes a los títulos profesionales de médico cirujano, de conformidad

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con lo establecido en el párrafo 9° del título III de esta ley, entrará en vigencia a partir del 1 de enero del año 2019, nuevamente afirmó, en coherencia con lo anteriormente expuesto, que deben ser todos los programas y carreras de la salud.

Finalmente, expresó que la ley tiene más de 10 faltas ortográficas e incluye la palabra mantención, que no está indizada en la RAE.

El Presidente del Colegio de Nutricionistas Universitarios de Chile A.G., señor Samuel Durán, expresó que las universidades contribuyen con investigación aplicada y orientada a los 3 objetivos del proyecto, esto son: calidad, equidad y pertinencia, pero también con la investigación básica y de frontera, que permite conocer mejor el mundo y el universo, y ayudan a comprendernos a nosotros mismos como sociedad.

A la vez, la reflexión sobre los grandes temas nacionales, el cultivo de las artes y las humanidades y la preservación del patrimonio cultural y natural contribuyen a la construcción de la identidad.

Destacó que Chile ocupa el cuarto lugar de América Latina en producción científica, superado sólo por países que sobrepasan al país ampliamente en población y número de instituciones de educación superior, tal como muestra la siguiente tabla:

Explicó que la nutrición y dietética es una disciplina inequívocamente arraigada en las ciencias de los alimentos, la nutrición y la dietética. Su cuerpo doctrinal propio es alimentar y nutrir al ser humano empleando bases científicas actualizadas.

La nutrición es la ciencia que se encuentra ubicada entre la fisiología y la bioquímica y además una profesión universitaria (nutricionista) en Iberoamérica, (nutriólogo) en México y (dietista) en el resto del mundo. El

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nutricionista es por tanto un profesional universitario, cuya formación académica se sustenta en una base científica y ética.

Enfatizó que el impacto del nutricionista en el área de ciencias en Chile, se representa en que el número de nutricionistas con doctorado que realizan clases en universidades públicas y privadas que es de 50 aproximadamente; el número de publicaciones científicas ISI de los últimos 5 años, que es superior a 300; el número de publicaciones científicas Scielo de los últimos 5 años, que es superior a 200; los programas de magister en el área de la nutrición, que ascienden a 15; el programa de doctorado en el área de la nutrición que es 1, y los proyectos Fondecyt, Fonis, Corfo, etc., ganados por nutricionistas (autor principal o coautor) de los últimos 5 años, que corresponden a 48.

Es así, que, por ejemplo, la carrera de nutrición y dietética lideró el número de publicaciones de la universidad, sumando en los últimos 3 años 79 publicaciones, lo que solo como carrera supera a todo lo publicado en 10 universidades públicas y 30 universidades privadas por año.

El fortalecimiento de la educación superior estatal es un objetivo central de este proyecto, pero contempla una nueva acreditación institucional, la que será obligatoria para las instituciones de educación superior autónomas. Esta nueva acreditación consistirá en la evaluación y verificación del cumplimiento de los estándares de calidad para cada nivel, fijados por el Ministerio de Educación, en conjunto con el Consejo para la Calidad y el Consejo Nacional de Educación.

Además, se mantiene la acreditación obligatoria de las carreras y programas conducentes a los títulos profesionales de médico cirujano, pedagogías y se establece la acreditación obligatoria de los programas de doctorados.

Enfatizó que esta es una oportunidad para dar acreditación obligatoria a las otras carreras de la salud, por el nuevo perfil demográfico y epidemiológico del país.

Asimismo, pidió a tener cautela con el artículo 28 letra c) de la iniciativa, que faculta al Presidente del Directorio del Consejo para la Calidad para proponer al Directorio el procedimiento de selección de carreras y programas de estudio de pregrado que serán evaluados en la acreditación institucional. Con todo, el procedimiento debe asegurar la evaluación de una muestra representativa, en cuanto a las necesidades de infraestructura, número de alumnos, número de docentes, entre otras variables, de las carreras y programas de estudio impartidos por la institución de educación superior, la que no podrá ser menor al 30% del total de éstas.

Lo anterior, en atención a que se puede caer en el “síndrome de casa piloto”, es decir, las instituciones pondrán los recursos económicos y humanos de manera no planificada en aquellas carreras seleccionadas para acreditación; probablemente, en desmedro de las carreras no tradicionales.

En segundo lugar, solicitó tener en cuenta que los procesos de acreditación para todas las carreras, constituyen una “obligatoriedad” en lo que se refiere a aseguramiento de la calidad y el tránsito de las unidades

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académicas en investigación, docencia y divulgación. Afirmó que sería un error, una vez más, impulsar a carreras tradicionales en desmedro de otras.

Finalizadas las exposiciones, el diputado Venegas se mostró a favor de la obligatoriedad en la acreditación de las carreras del área de la salud y estimó que se deberían acordar criterios base de carácter objetivo.

La diputada Girardi se mostró a favor de que todas las carreras de salud sean obligatoriamente acreditadas, por su importancia demostrada, por ejemplo, con los kinesiólogos en salas IRA y, además, porque se trata de equipos multidisciplinarios de salud. Consultó cuáles son los estándares que hoy se aplican para acreditar y qué opinión les merece el actual sistema de acreditación. Asimismo, destacó que no es justo que algunos jóvenes vulnerables paguen por una mala formación.

La diputada Vallejo consultó cómo ven la nueva institucionalidad para garantizar este proceso con carácter pertinente, sin conflictos de intereses, de calidad y demás características que han señalado como deseables, incluido el proceso de transición.

La diputada Hoffmann expresó que la realidad es clara y muestra que muchos centros de formación técnica e institutos profesionales cuentan con mejor calidad formativa que algunas universidades, por lo que no está de acuerdo con la exclusividad universitaria de ciertas carreras. Consultó, en términos generales, cómo debe ser la institucionalidad en las carreras de salud y por qué les afecta tanto que algunas carreras se impartan en institutos profesionales.

El diputado Jackson expresó que el actual sistema educacional no entrega importancia a ninguna carrera y tampoco a este subconjunto del área de la salud. Además, se mostró preocupado en que exista presión al Consejo para la Calidad, y llamó a resolverlo.

Precisó no estar a favor de la exclusividad universitaria en esta materia, porque hoy no existe un Marco Nacional de Cualificaciones y porque la desregulación imperante del sistema hace temer que las universidades privadas son el problema en la calidad de la salud y no que éstas sean impartidas por institutos profesionales. De ahí que la solución pasa por regulación de la pertinencia y calidad y contar con un Marco de Cualificaciones y no necesariamente por la exclusividad universitaria.

El diputado Robles expresó que el Estado debe asegurar a todos los ciudadanos que cuando se enfrenten ante profesionales de la salud y educación, éstos sean competentes y formados en instituciones y carreras acreditadas.

Estimó que todas las carreras de la salud deben desarrollar investigación y se les debe exigir el grado académico de licenciado, luego vendrá una segunda discusión sobre qué instituciones pueden o no entregarlos.

Consultó cuántos institutos profesionales actualmente forman profesionales del área de la salud y cuántas universidades no cuentan con

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campos clínicos razonables, por ejemplo, porque ocupan como campo clínico solo un hogar de adultos mayores.

En respuestas a las consultas anteriores, el señor Acuña expresó que han asistido a reuniones con la CNA y que cuentan con una agencia acreditadora de calidad, como es la Corporación Nacional Autónoma de Certificación de Especialidades Médicas (CONACEM). Además, aludió a que en el proceso de acreditación que lleva adelante la CNA no hay un marco cualitativo de evaluación, no existe lógica de créditos transferibles y se hace, en el papel, una acreditación “light”.

A mayor abundamiento, señaló que la CONACEM obliga a profesionales de la odontología a reacreditarse cada 7 años, porque no basta con recibir un título y estudiar en una institución y carrera acreditada. Además, la ley N° 20.584, que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud, es otra de las razones por las cuales se exige exclusividad, garantizando que el paciente reciba una atención digna y apropiada.

La calidad es un rol irrenunciable del Estado a través de una agencia estatal y el mundo académico debe formar parte de ella en calidad de observador, por lo tanto, se debe contar con un representante de los Colegios Profesionales.

El señor Solano expresó que la atención de salud es vida y, por lo tanto, debe ser de la máxima calidad, debiendo el Ministerio de Educación conversar con el Ministerio de Salud para determinar cómo y quién regulará la calidad de las instituciones que entregan formación en esta área.

La señora Pontoni manifestó que el Consejo para la Calidad debe ser autónomo y dar garantía de tal a las instituciones. Asimismo, apuntó que los Colegios Profesionales, que siempre han estado llanos a colaborar, deberían recuperar su tuición ética sobre sus profesionales. Por otra parte, afirmó que el Marco Nacional de Cualificaciones no debe maquillar la educación, sino dar una respuesta real a las necesidades del país y de los estudiantes.

La señora Henríquez manifestó que el problema de fondo es la desregulación del mercado y que se requiere de un cambio sustantivo. Además, enfatizó que en ningún caso menosprecian a los institutos profesionales, sino que se debe considerar que las universidades hacen investigación y con ello se crea conocimiento e influye en políticas públicas. Por ello, están a favor de la exclusividad universitaria, aun cuando también hay universidades que no son de buena calidad y no cuentan con campos clínicos apropiados.

La señora Román afirmó que nunca han querido ser peyorativos con la educación técnica, sino, por el contrario quieren que se termine con la existencia de profesionales de primera y segunda categoría, ya que ellos no están habilitados para trabajar en el servicio público. Formar a jóvenes de una misma profesión en instituciones tan diversas no tiene otra explicación que el lucro.

Destacó que no hay ninguna carrera de la salud que haya sido creada con posterioridad a la LOCE, y que el rol del Ministerio de Educación es

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proporcionar al país profesionales con los conocimientos y las competencias mínimos necesarios para entregar un servicio de calidad.

Finalmente, hizo hincapié en que las carrearas del área de la salud deben ser impartidas por instituciones que cuenten con docencia, investigación y extensión, y no es posible que sean impartidas por instituciones que no cuenten con acreditación.

La señora Farfán apuntó que la acreditación se refiere mucho a la calidad de los docentes y a la obtención de grados de magíster o doctorado, pero en su profesión se requiere principalmente de competencias clínicas, es decir, de gente con experiencia práctica.

Del mismo modo, señaló que en los hospitales las agencias acreditadoras se fijan aleatoriamente, a diferencia de lo que ocurre con las instituciones de educación superior, que pueden elegir, lo que genera perversión en el sistema.

El señor Durán precisó que le interesa la calidad profesional y que es necesario sincerar que las instituciones técnicas de mayor calidad que existen en el país, el DUOC y el INACAP, no imparten carreras del área de la salud.

Del total de 500 alumnos que ingresan al instituto que imparte carreras de la salud, egresan 35 estudiantes. Además, no pueden desempeñarse en el sector público ni podrían trabajar en otro país en el caso de que emigraran, porque ese título no se puede convalidar. En todo el mundo esas carreras son universitarias y no técnicas.

El señor Jiménez expresó que pese a no haber avanzado en la votación del proyecto, las audiencias han sido muy útiles para la confección de las indicaciones por parte del Ejecutivo. Aseguró que en la próxima sesión de la Comisión anunciará la fecha de presentación de las indicaciones.

En relación a la acreditación de carreras, explicó que el proyecto, en su artículo 63, solo contempla la acreditación obligatoria de las carreras de educación y de medicina, pero no excluye otras. Su selección se basará en la incidencia que tengan esas profesiones en la calidad de vida de los ciudadanos y el riesgo que puede presentar su falta de acreditación.

En materia de títulos y grados, expresó que si se discutieran todos los aspectos, el proyecto sería muchos más voluminoso de lo que es. Por lo tanto, deben precisarse las prioridades, especialmente si ello ya se encuentra contenido en otro proyecto.

En cuanto a la acreditación, precisó que es necesario determinar sí se regulan todos los detalles en la ley o se fija una institucionalidad que la guíe, siendo más práctica, por su mayor flexibilidad optar por esto último, es decir, crear una institucionalidad que responda a las demandas del entorno.

Finalmente, manifestó que se está desarrollando un trabajo en conjunto con el Ministerio de Salud para la formulación de estrategias en el área de la salud, para lo cual se recogerá la experiencia y las propuestas de los Colegios Profesionales.

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El debate habido en esta sesión queda registrado en un archivo de audio digital, conforme a lo dispuesto en el artículo 256 del Reglamento.

Habiéndose cumplido el objeto de la presente sesión, se levantó a las 17:59 horas.

ALBERTO ROBLES PANTOJA Presidente de la Comisión

MARÍA SOLEDAD FREDES RUIZ Abogada Secretaria de la Comisión

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